PROTOCOLO:
RECONOCIMIENTO DEL PASIVO PENSIONAL
1. Información General del Documento
Objetivo: Estandarizar el reconocimiento contable del Pasivo Pensional de la Universidad en la aplicación del nuevo marco normativo para las Entidades de Gobierno.
Alcance:
Inicia con Registro del cálculo actuarial del pasivo pensional y finaliza con la revelación en notas a los Estados Financieros y actualización del cálculo Actuarial. Aplica para la Dirección Nacional Fondo Pensional de la Universidad Nacional de Colombia.
Definiciones:
1. Acto administrativo: Manifestación de voluntad proferida por autoridad competente, para producir efectos jurídicos, que se dicta en ejercicio de la función pública.
2. Amortización: Distribución del costo de un activo amortizable durante el tiempo en que contribuye a la generación del ingreso o al cumplimiento de las actividades propias del cometido estatal. (cfr. Diccionario de Términos de Contabilidad Pública de la CGN).
3. Bonos pensionales: Los bonos pensionales constituyen aportes destinados a contribuir a la conformación del capital necesario para financiar las pensiones de los afiliados al Sistema General de Pensiones.
4. Cuotas partes pensional: Porcentaje de una pensión reconocida y pagada en su totalidad por la Universidad, que se debe recobrar a otra entidad obligada a concurrir en el pago en proporción al tiempo laborado o cotizado por el pensionado, conforme al acto administrativo de reconocimiento del derecho pensional. Es una obligación de tracto sucesivo que se debe cumplir mientras el pensionado y sus beneficiarios con derecho sobrevivan.
5. Cálculo Actuarial: Representa el valor presente de los pagos futuros que la entidad responsable deberá realizar a sus pensionados actuales, o a quienes hayan adquirido derechos, de conformidad con las condiciones definidas en las disposiciones legales vigentes por concepto de pensiones y cuotas partes de pensiones. También corresponde al valor de las pensiones futuras, es decir, al valor presente de los pagos futuros que la entidad deberá realizar a favor del personal activo una vez este consolide su derecho pensional.
6. Unidades especiales: Las Unidades especiales tienen como propósito el ejercicio de funciones no misionales asignadas por la ley a la Universidad Nacional de Colombia y se reglamentarán a partir de las normas nacionales o internas que las crean o regulan. Estas unidades son: UNISALUD y Fondo Pensional UN.
7. Vigencia Fiscal: Periodo anual calendario, comprendido entre el primer día del mes de enero al 31 de diciembre de cada año.
Documentos de Referencia (Opcional):
A. Normatividad asociada al reconocimiento del pasivo pensional.
1. Marco normativo para entidades de Gobierno – CGN.
2. Resoluciones de la Contaduría General de la Nación.
3. Doctrina contable – CGN.
4. Directrices internas.
5. Resolución de Rectoría No. 1449 del 27 de diciembre de 2917, por la cual se adopta el “Por la cual se adopta el Manual de políticas contables definidas para la Universidad Nacional de Colombia bajo el nuevo marco normativo aplicable a entidades de Gobierno”.
6. Resolución de la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa No. 601 del 28 de diciembre de 2017, “por la cual se adopta el Documento de estimaciones contables para la Universidad Nacional de Colombia bajo el nuevo marco normativo aplicable a entidades de Gobierno”.
Condiciones Generales:
1. Las dependencias y/o cargos responsables se refieren a roles generales establecidos para determinar quién ejecuta determinada actividad, independientemente del cargo que se ocupe o el nombre de la dependencia dentro de la estructura administrativa de la Universidad Nacional de Colombia.
2. El presente documento se actualizará de acuerdo a los lineamientos que establezca la Contaduría General de la Nación para el reconocimiento del pasivo pensional.
2. Desarrollo del contenido
En aras de velar por la razonabilidad de los estados contables de la Universidad Nacional de Colombia, se considera necesario estandarizar el registro para el reconocimiento y revelación contable del pasivo pensional que incluye cálculo actuarial, mesadas pensionales, cuotas partes por cobrar y por pagar, bonos pensionales, indemnizaciones y auxilios funerarios, en aplicación de la Resolución 533 de 2015 de la CGN expedida por la Contaduría General de la Nación con la cual se incorpora en el Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Normativo para Entidades de Gobierno.
(Para ir a revisar cada una de las tareas para el reconocimiento del pasivo pensional, se debe poner el cursor del mouse sobre el nombre y oprimir la tecla control).
◘ Registro del cálculo actuarial del pasivo pensional.
◘ Registro de actualización del cálculo Actuarial del pasivo pensional.
◘ Plan de activos para beneficios posempleo.
◘ Registros contables de la nómina de pensiones.
◘ Registro contable de cuentas de cobro.
◘ Registro y pago de otras obligaciones pensionales a cargo de la Universidad Nacional de Colombia.
◘ Reintegro de mesadas pensionales pagadas.
◘ Revelación en notas a los estados financieros y actualización del cálculo actuarial.
1. Registro del cálculo actuarial del pasivo pensional
El cálculo actuarial del pasivo pensional representa el valor presente de los pagos futuros que la entidad responsable deberá realizar a sus pensionados actuales, o a quienes hayan adquirido derechos, de conformidad con las condiciones definidas en las disposiciones legales vigentes por concepto de pensiones y cuotas partes de pensiones. También corresponde al valor de las pensiones futuras, es decir, al valor presente de los pagos futuros que la entidad deberá realizar a favor del personal activo una vez este consolide su derecho pensional.
De conformidad con el Instructivo No. 002 de 2015 de la CGN, el valor del cálculo actuarial de la Universidad Nacional se reconocerá en la cuenta 2514 – Beneficios Posempleo – Pensiones, en la empresa 1003 – Fondo Pensional Sede Bogotá, así:
Cuenta Descripción
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES 251410 Cálculo actuarial de pensiones actuales
25141001 Cálculo actuarial pensiones actuales 25141002 Cálculo actuarial auxilio funerario
251412 Cálculo actuarial de futuras pensiones 251414 Cálculo actuarial de cuotas partes pensiones
Los Beneficios Posempleo se medirán por el valor presente de la obligación derivada de los beneficios definidos, utilizando como factor de descuento la tasa que se haya establecido para tal fin (Resolución 484 de 2017), que para el caso de la Universidad será la establecida en el Decreto 2783 de 2001.
2. Registro de actualización del cálculo actuarial del pasivo pensional
De conformidad con el concepto No. 2018200003751 del 14 de febrero de 2018 de la CGN, las evaluaciones actuariales se efectuarán con una frecuencia no mayor a tres (3) años, considerando las variables e hipótesis demográficas y financieras relativas a la población que hace parte del cálculo actuarial. En los años que no se realice la evaluación actuarial, el saldo contable del cálculo actuarial se actualizará financieramente, por lo menos al cierre del periodo contable, considerando las variables e hipótesis financieras que sustentan el cálculo actuarial.
Anualmente la DNFP efectuará el ajuste contable de la actualización del cálculo actuarial en la empresa 1003 así:
Registro contable de la actualización del cálculo actuarial de pensiones actuales y de cuotas partes de pensiones:
Los incrementos del cálculo actuarial de pensiones actuales y de cuotas partes de pensiones originados en la actualización financiera anual, se registrarán así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
251410 Cálculo actuarial de pensiones actuales $XXX
251414 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones $XXX 315101 Ganancias o pérdidas actuariales por planes de
beneficios posempleo
$XXX
Los incrementos del cálculo actuarial de pensiones actuales y de cuotas partes pensiones originados en la evaluación actuarial trienal, se registrarán así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
251410 Cálculo actuarial de pensiones actuales $XXX
251414 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones $XXX
580402 Intereses por beneficios a los empleados $XXX
Por su parte, los decrementos del cálculo actuarial de pensiones actuales y de cuotas partes de pensiones originados en la evaluación actuarial trienal, se registrarán así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
251410 Cálculo actuarial de pensiones actuales $XXX
251414 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones $XXX 315101 Ganancias o pérdidas actuariales por planes de
beneficios posempleo
$XXX
Registro contable de la actualización del cálculo actuarial de pensiones futuras.
Los incrementos del cálculo actuarial de pensiones futuras originados en la actualización financiera anual, se registrarán así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
251412 Cálculo actuarial de pensiones futuras $XXX
580402 Interés por beneficios a los empleados $XXX
Los incrementos del cálculo actuarial de pensiones futuras originados en la evaluación actuarial trienal, se registrarán así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
251412 Cálculo actuarial de futuras pensiones $XXX
315101 Ganancias o pérdidas actuariales por planes de beneficios posempleo
$XXX
Las disminuciones del cálculo actuarial de pensiones futuras originadas en la evaluación actuarial trienal, se registrarán así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
251412 Cálculo actuarial de futuras pensiones $XXX
315101 Ganancias o pérdidas actuariales por planes de beneficios posempleo
$XXX
3. Plan de activos para beneficios posempleo
El plan de activos para beneficios posempleo estará conformado por los recursos que están destinados exclusivamente para la atención de las obligaciones pensionales y no puede destinarse a otro uso. Para el caso de la Universidad Nacional de Colombia, el Plan de Activos se encuentra conformado por los dineros entregados al “Patrimonio Autónomo Universidad Nacional de Colombia – Pensiones”, en virtud de lo establecido en la Ley 1371 de 2009 y el decreto 530 de 2012.
La fiducia pública constituida por la Universidad se asimila a un encargo fiduciario (por el no traspaso de la propiedad) y a una fiducia de administración y pagos (ya que tiene por objeto la administración o el manejo de los recursos vinculados a los contratos que las entidades celebren), razón por la cual el procedimiento contable a aplicar corresponderá al definido para el encargo fiduciario bajo la finalidad de administración y pagos.
Entrega de recursos en efectivo: Los ingresos para pago de pensiones por concurrencia y pensiones año base recibidos de la Nación son girados directamente por la División Nacional de Gestión de Tesorería a la sociedad fiduciaria; estos recursos son registrados por la Dirección Nacional del Fondo Pensional así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
4428 OTRAS TRANSFERENCIAS
442801 Para pago de pensiones y/o cesantías XXX
Rendimientos Financieros: Los rendimientos financieros generados como resultado de los recursos entregados a la sociedad fiduciaria se registrarán así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
4802 FINANCIEROS
480232 Rendimientos sobre recursos entregados en administración
XXX
Comisiones: Los gastos por comisiones a favor de la sociedad fiduciaria se registrarán así:
Cuenta Descripción Débito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
5802 OTROS GASTOS
580237 Comisiones sobre recursos entregados en administración
XXX
4. Registros contables de la nómina de pensiones
4.1. Nómina
El registro contable mensual de la nómina de pensionados a cargo se efectuará mediante Interfaz entre el Módulo de Nómina Pensionados SARA y el Sistema Financiero QUIPÚ, así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251410 Calculo actuarial pensiones actuales XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251401 Pensiones de jubilación patronales XXX
2424 DESCUENTOS DE NOMINA
242401 Aportes a fondos pensionales XXX
242402 Aportes a seguridad social en salud XXX
242405 Cooperativas XXX
242406 Fondos de empleados XXX
242407 Libranzas XXX
242411 Embargos judiciales XXX
249028 Seguros XXX
249090 Otras cuentas por pagar XXX
El pago de la nómina de pensiones se registra mensualmente afectando las siguientes subcuentas contables:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251401 Pensiones de jubilación patronales XXX
2424 DESCUENTOS DE NOMINA
242401 Aportes a fondos pensionales XXX
242402 Aportes a seguridad social en salud XXX
242405 Cooperativas XXX
242406 Fondos de empleados XXX
242407 Libranzas XXX
242411 Embargos judiciales XXX
249028 Seguros XXX
249090 Otras cuentas por pagar XXX
4.2. Causación de cuotas partes de pensiones a cargo de otras entidades
De conformidad con la Resolución 533 de 2015, cuando existan cuotas partes a cargo de otras entidades, el valor de las mismas se debe reconocer mensualmente debitando la subcuenta 138408 – Cuotas partes de pensiones de la cuenta 1384 – Otras cuentas por cobrar y acreditando la subcuenta 251410 – Cálculo actuarial de pensiones actuales de la cuenta 2514 – Beneficios Posempleo - Pensiones, con el fin de revelar el valor real a cargo de la Universidad Nacional. Su registro se realizará así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1384 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
138401 Cuotas partes de pensiones XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251410 Calculo actuarial pensiones actuales XXX
5. Registro contable de cuentas de cobro
5.1. Registro Contable de Cuentas de Cobro por Cuotas Partes Pensionales
5.1.1. El registro contable del capital cobrado por concepto de cuotas partes de pensiones, se registrará conforme lo establecido en el numeral 4.2. Causación de cuotas partes de pensiones a cargo de otras entidades
5.1.2. De conformidad con el artículo 4 de la Ley 1066 de 2006, las obligaciones por concepto de cuotas partes pensionales causarán un interés DTF entre la fecha de pago de la mesada pensional y la fecha de reembolso por parte de la entidad concurrente. El registro contable de los intereses por concepto de cuotas partes se realizará por el Fondo Pensional Empresa 1003, así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1384 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
138401 Cuotas partes de pensiones XXX
4808 INGRESOS DIVERSOS
480803 Cuotas partes de pensiones XXX
5.1.3. El recaudo por concepto de cuotas partes pensionales se registrará así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
1384 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
138401 Cuotas partes de pensiones XXX
5.2. Registro Contable de Cuentas de Cobro por Devolución de Aportes:
5.2.1. El registro contable de las cuentas de cobro por devolución de aportes a cargo de Colpensiones, se registra así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
138490 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
13849004 Recuperación de costos y gastos XXX
4810 INGRESOS EXTRAORDINARIOS
480826 Recuperación costos y gastos XXX
5.2.2. El recaudo por concepto de devolución de aportes se registrará así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
138490 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
13849004 Recuperación de costos y gastos XXX
5.3. Registro Contable de Acuerdos de Pago
5.3.1. El registro contable de los Acuerdos de Pago suscritos con las entidades o personas naturales deudores de la Universidad – Fondo Pensional, se registrará así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
138490 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
13849004 Recuperación de costos y gastos XXX
4810 INGRESOS EXTRAORDINARIOS
480826 Recuperación costos y gastos XXX
5.3.2. El recaudo por concepto de Acuerdos de Pago, se registrará así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
138490 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
13849004 Recuperación de costos y gastos XXX
5.4. Deterioro de las cuentas por cobrar
El registro del deterioro de las cuentas de cobro se aplicará anualmente de acuerdo a las directrices que imparta la DNGC, sobre las obligaciones a favor de la Universidad que se encuentran en instancia de cobro por jurisdicción coactiva.
5.5. Reclasificación de las cuentas de cobro a deuda de difícil cobro:
Una vez se efectúe el deterioro al 100% de la obligación, se realizará la reclasificación a deuda de difícil cobro, así:
6. Registro y pago de otras obligaciones pensionales a cargo de la Universidad Nacional de Colombia.
6.1. Registro y pago de las cuotas partes de pensiones por pagar.
Con el fin de efectuar el reconocimiento contable de las cuentas por pagar de cuotas partes pensionales se tendrá como criterio el análisis jurídico efectuado por el Grupo de Cuotas Partes Pensionales respecto de la obligación a cargo de la Universidad Nacional de Colombia.
Cuenta Descripción Debito Crédito
1385 CUENTAS POR COBRAR DE DIFICIL RECAUDO
138590 Otras cuentas por cobrar de difícil recaudo XXX 1384 OTRAS CUENTAS POR COBRAR
138401 Cuotas partes de pensiones XXX
6.1.1. Cuando el análisis jurídico preliminar determine que se trata de una obligación clara, expresa y exigible, se procederá a reconocer contablemente la obligación para su respectivo pago, así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251414 Calculo actuarial de cuotas partes pensiones XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251405 Cuotas partes de pensiones XXX
6.1.2. Cuando el análisis jurídico preliminar determine que la obligación NO es clara, expresa o exigible, se reconocerán provisionalmente en una cuenta de orden hasta que sea aprobada por el grupo de cuotas partes pensionales, así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
990590 OTROS PASIVOS CONTINGENTES POR CONTRA
99059001 Obligaciones potenciales XXX
919090 OTROS PASIVOS CONTINGENTES
91909004 Cuotas partes pensionales por pagar XXX
Una vez se realice el análisis jurídico y la liquidación de la obligación, se tendrán en cuenta los siguientes criterios.
a) Si se ordena el pago total de la obligación, se cancela la cuenta por pagar y se registrará así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251405 Cuotas partes de pensiones XXX
b) Si se ordena parcialmente el pago, se cancela parcialmente la cuenta por pagar, registrándola como lo indica el literal a), y el saldo se reclasificará en una cuenta de orden hasta tanto se dirima la controversia.
c) Si la cuenta es objetada en su totalidad, se mantendrá o reclasificará, según corresponda, en una cuenta de orden, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.1.2.
d) Los valores registrados en cuentas de orden por concepto de cuotas partes pensionales serán cancelados por prescripción, transcurridos tres años desde la fecha del registro correspondiente sin que la entidad haya subsanado las inconsistencias detectadas o presentado una nueva cuenta, término que se ajusta a lo contemplado en la Ley 1066 de 2006.
6.2. Registro y pago de Bonos Pensionales
Los bonos pensionales constituyen aportes destinados a contribuir a la conformación del capital necesario para financiar las pensiones de los afiliados al Sistema General de Pensiones. Bonos Tipo A: Son los Bonos que se expiden por aquellas personas que se trasladen del régimen de prima media al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Bonos Tipo B: Son los Bonos que se expiden por aquellos servidores públicos que se trasladaron del Fondo Pensional de la Universidad Nacional de Colombia al ISS, hoy Colpensiones.
6.2.1. Reconocimiento del pasivo pensional por concepto de Bonos Pensionales
De conformidad con el procedimiento establecido por la DNG en el Memorando 062 del 27 de febrero de 2018, el valor del cálculo actuarial de bonos pensionales se reconocerá en cuentas de orden, así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
9312 LIQUIDACION PROVISIONAL DE BONOS PENSIONALES
931202 Entidades responsables del pasivo pensional XXX
9915 ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB)
991532 Liquidación provisional de bonos pensionales XXX 6.2.2. Emisión de los bonos Pensionales.
La emisión de bonos corresponde a la expedición por parte de la entidad competente, del acto administrativo que reconoce el derecho al bono pensional. Con la emisión del bono pensional se hace exigible el pasivo a los contribuyentes del bono.
Para el caso de bonos pensionales Tipo A, la DNFP envía un oficio de aceptación del Bono Pensional a la entidad, cuyo valor se reconocerá así:
a) Se disminuirá el saldo de las cuentas de orden por el valor del bono emitido:
Cuenta Descripción Debito Crédito
9915 ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (DB)
991532 Liquidación provisional de bonos pensionales XXX 9312 LIQUIDACION PROVISIONAL DE BONOS
PENSIONALES
931202 Entidades responsables del pasivo pensional XXX
b) Se reconocerá un débito a la cuenta 315101 Ganancias o Pérdidas Actuariales por Planes de Beneficios Posempleo con un crédito a la cuenta auxiliar 251414 – calculo actuarial de cuotas partes de pensiones, así:
Cuenta Descripción Debito Crédito 3151 GANANCIAS O PÉRDIDAS ACTUARIALES POR
PLANES DE BENEFICIOS POSEMPLEO
315101 Ganancias o pérdidas actuariales por planes de
beneficios posempleo XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251414 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones XXX
6.2.3. Reconocimiento y pago de Bonos Pensionales (Tipo A y Tipo B)
a) Una vez emitida la Resolución de reconocimiento y pago del Bono Pensional (Tipo A o Tipo B), se elaborará la orpa, registrando contablemente un debito a la cuenta 251414 - calculo actuarial de cuotas partes de pensiones con un crédito a la cuenta 291901 – cuotas partes de bonos pensionales emitidos.
Cuenta Descripción Debito Crédito
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251414 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones XXX 251414 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones XXX
2919 BONOS PENSIONALES
291901 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos XXX
b) Para la cancelación de la cuenta por pagar de Bonos Pensionales, se afectarán las siguientes cuentas contables:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
2919 BONOS PENSIONALES
291901 Cuotas partes de bonos pensionales emitidos XXX
6.3. Registro y Pago de Indemnizaciones Sustitutivas
a) La Interfaz de la nómina de pensionados afectará las siguientes cuentas contables:
Cuenta Descripción Debito Crédito
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251414 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251403 Indemnización sustitutiva XXX
b) Paralelamente, se efectuará un ajuste contable, registrado un debito a la cuenta 315101 – Ganancias o Pérdidas Actuariales por Planes de Beneficios Posempleo con un crédito a la cuenta 251414 – cuotas partes de pensiones, este reconocimiento se realizará hasta tanto la Contaduría General de la Nación se manifieste al respecto.
Cuenta Descripción Debito Crédito
3151 GANANCIAS O PÉRDIDAS ACTUARIALES POR
PLANES DE BENEFICIOS POSEMPLEO
315101 Ganancias o pérdidas actuariales por planes de
beneficios posempleo XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251414 Cálculo actuarial de cuotas partes de pensiones XXX c) Para el pago de la Indemnización, se afectarán las siguientes cuentas contable:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251403 Indemnización sustitutiva XXX
6.4. Registro y Pago de Auxilios funerarios.
a) La Interfaz de la nómina de pensionados afectará las siguientes cuentas contables:
Cuenta Descripción Debito Crédito
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251410 Calculo actuarial pensiones actuales XXX
2515 OTROS BENEFICIOS POSEMPLEO
251502 Auxilio funerario XXX
b) Para el pago del Auxilio Funerario, se afectarán las siguientes cuentas contable:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251502 Auxilio funerario XXX
6.5. Registro contable de Mesadas Pensionales Causadas No Reclamadas.
6.5.1. Causación y Pago de Mesadas Pensionales no Reclamadas
a) Las mesadas causadas no cobradas por ventanilla reportadas por la sociedad Fiduciaria, serán registradas en la cuenta contable de acreedores, así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251404 Mesadas pensionales no reclamadas XXX
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
b) El pago de mesadas causadas no reclamadas constituidas como acreedor se registrará así:
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251404 Mesadas pensionales no reclamadas XXX
6.5.2. Anulación de mesadas causadas no reclamadas por prescripción.
De conformidad con el artículo 41 del Decreto 3165 de 1968 reglamentado por el artículo 102 del Decreto 1848 de 1969 y el artículo 151 del Código Procesal del Trabajo, “las acciones para el cobro de las mesadas pensionales prescriben en tres (3) años contados a partir de la fecha en que la respectiva obligación se haya hecho exigible”.
Cuando opere la prescripción de las mesadas y demás obligaciones pensionales, se efectuará el siguiente registro contable:
Cuenta Descripción Debito Crédito
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251404 Mesadas pensionales no reclamadas XXX
4808 INGRESOS DIVERSOS
480826 Recuperaciones XXX
7.
Registro de mesadas pensionales pagadas
En caso que se reciban recursos por concepto de reintegro de mesadas pensionales giradas a pensionados fallecidos, se efectuará el reconocimiento contable dependiendo de la vigencia en la cual se realizó el giro de la mesada así:
a) Reintegro de pensión pagada en la vigencia actual
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
2514 BENEFICIOS POSEMPLEO - PENSIONES
251410 Calculo actuarial pensiones actuales XXX
b) Reintegro de pensión pagada en vigencias anteriores
Cuenta Descripción Debito Crédito
1904 PLAN DE ACTIVOS PARA BENEFICIOS POSEMPLEO
190404 Encargos fiduciarios XXX
4810 INGRESOS EXTRAORDINARIOS
480826 Recuperaciones XXX
8. Revelación en Notas a los Estados Financieros y actualización del cálculo Actuarial
Las entidades contables públicas empleadoras, que reconocen y pagan pensiones y las que tienen a su cargo los fondos cuenta o cuentas especiales, revelarán en las notas a los estados contables el monto total del cálculo actuarial del pasivo pensional, la fecha de corte del cálculo actuarial, la metodología técnica utilizada y la reserva contable.La Universidad revelará, como mínimo, la siguiente información sobre beneficios Posempleo:
a) Una descripción general del tipo de beneficio, incluyendo la política de financiación b) El valor del pasivo y la naturaleza y valor de los activos destinados a financiarlo.
c) La cuantía de las ganancias o pérdidas actuariales reconocida durante el periodo en el patrimonio.
d) La metodología aplicada para la medición de la obligación de este tipo de beneficios con relación a los empleados actuales, si a ello hubiera lugar.
e) Una conciliación de los saldos de apertura y cierre de la obligación por beneficios definidos que muestre, por separado, los beneficios pagados y todos los demás cambios.
f) Los supuestos actuariales principales utilizados, incluyendo cuando sea aplicable, las tasas de descuentos,
las tasas de rendimiento esperadas de los activos que respaldan los beneficios de largo plazo para los periodos presentados en los estados financieros y las tasas esperadas de incrementos salariales.
g) Cualquier otra suposición actuarial significativa utilizada.
Fin del protocolo.
Elaboró:
Luz Mery Clavijo Ibagón Equipo División Nacional de Gestión
Contable
Revisó:
Áreas contables de las Sedes y Unidades
Especiales María Fernanda Forero
Siabato
Andrea Sendoya Ospina
Aprobó: Álvaro Viña Vizcaíno
Cargo:
Jefe de la División Nacional de Gestión
Contable Profesionales
Contratista
Cargo:
Jefes de las áreas contables de las Sedes
y Unidades Especiales Asesora y contratista de la Gerencia Nacional
Financiera y Administrativa.
Cargo:
Gerente Nacional Financiero y Administrativo
Fecha: 09 de noviembre de
2018 Fecha: 12 de diciembre de
2018 Fecha: 27 de diciembre de 2018