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II y 98 del Reglamento interior del Congreso del Estado de Tlaxcala.

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Sesión Extraordinaria Pública celebrada en la Ciudad de Tlaxcala de Xiconténcatl, Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, el día 1 de febrero de dos mil once, Presidencia de la Ciudadana Diputada Mildred Murbartián Aguilar.

A las once horas con veintinueve minutos del día, la Secretaría procedió al pase de lista de asistencia y estando presente la mayoría de los ciudadanos diputados que integran la Sexagésima Legislatura, la Presidencia señaló que en vista de que existía quórum se declaraba legalmente instalada la Sesión Extraordinaria Pública. Presidenta: Se pide a todos lo presentes ponerse de pie y expresó: “La Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, siendo las once horas con treinta y dos minutos del día uno de febrero de dos mil once, abre la Sesión Extraordinaria Pública, para la que fue convocada por la Mesa Directiva de la Sexagésima Legislatura, el día treinta y uno de enero del año en curso”. Presidenta: Se pide a la Secretaría proceda a dar lectura a la convocatoria expedida por la Mesa Directiva de la Sexagésima Legislatura.

Intervención

Dip. Jorge García Luna. HONORABLE ASAMBLEA:

Los integrantes de la Mesa Directiva y el Presidente de la Junta de Coordinación y Concertación Política del congreso el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42 párrafo segundo y 54 fracción Vigésima Séptima de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, artículo 4 párrafo segundo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, artículo 12, 13 de la Ley Orgánica de Instituciones del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala, 92 fracción

II y 98 del Reglamento interior del Congreso del Estado de Tlaxcala.

CONVOCA

A los ciudadanos diputados integrantes de la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado a celebrar Sesión Extraordinaria Pública en la Sala de Sesiones del Palacio Juárez, Recinto oficial del Poder Legislativo del Estado el día uno de febrero del dos mil once al término de la Sesión Ordinaria Pública a celebrarse en esa misma fecha a las diez horas, para desahogar los siguiente puntos:

PRIMERO. Lectura de la propuesta que presenta la Junta de Coordinación y Concertación Política, relativa a la integración del Jurado que llevará a acabo el examen público de oposición a los profesionales del derecho que integran la terna propuesta por el Contador Público Mariano González Zarur, Gobernador del Estado de Tlaxcala, para nombrar al Procurador General de Justicia, a la Licenciada Alicia Fragoso Sánchez; al Licenciado José Juan Temoltzin Durante y al Licenciado Marco Antonio Díaz Díaz; SEGUNDO. Examen público de oposición a los profesionales del Derecho que integran la terna propuesta por el Contador Público Mariano González Zarur, Gobernador del Estado de Tlaxcala, para nombrar al Procurador General de Justicia.

TERCERO. Nombramiento por el Pleno de esta Soberanía del Procurador General de Justicia del Estado.

CUARTO. Toma de Protesta de Ley al Procurador General de Justicia del Estado.

Tlaxcala de Xicohténcatl a treinta y uno de enero de dos mil once. C. Mildred Murbartián Aguilar

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C. Alejandra Roldán Benítez Dip. Secretaria C. Jorge García Luna

Dip. Secretario C. Héctor Martínez García Dip. Presidente de la Junta de Coordinación y Concertación política Presidenta: Para desahogar el primer punto de la Convocatoria, se pide al Ciudadano Diputado Mario Enrique Aguilar Caldelas, integrante de la Junta de Coordinación y Concertación Política, proceda a dar lectura a la propuesta relativa a la integración del Jurado, que llevará a cabo el examen público de oposición, a los profesionales del derecho que integran la terna propuesta por el Gobernador del Estado, Mariano González Zarur, para nombrar al Procurador General de Justicia. Intervención

Dip. Mario Enrique Aguilar Caldelas. HONORABLE ASAMABLEA:

Con fundamento en lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 13 de la Ley Orgánica de la Ley de Instituciones del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala, esta Junta de Coordinación y Concertación Política del Congreso del Estado, se permite poner a consideración del Pleno a los ciudadanos Doctor Alberto del Castillo del Valle; Licenciado Carlos de Jesús Ponce Beltrán; Licenciado Héctor Maldonado Villagómez, para que integren el jurado que practicará el examen público de oposición a las personas propuestas a ocupar el cargo de Procurador General de Justicia, permitiéndonos adjuntar a este comunicado ficha curricular de cada uno de los integrantes de este sínodo.

Aatentamente

“Sufragio Efectivo. No Reelección” Tlaxcala, Tlax., a uno de febrero de dos mil once.

Junta de Coordinación y Concertación Política.

Dip. Héctor Martínez García Presidente de la Junta de Coordinación y

Concertación Política Dip. Lilia Caritina Olvera Coronel

Coordinadora de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción

Nacional

Dip. Efrén López Hernández Coordinador de la Fracción

Parlamentaria del PRD

Dip. Joaquín Pluma Morales Coordinador de la Fracción

Parlamentaria del PT Dip. José Víctor Morales Acoltzi Coordinador del Grupo Parlamentario del

PS

Dip. Bernardino Palacios Montiel Rrepresentante del PAC Dip. Eloy Berruecos López Representante del Partido Convergencia

Dip. Rafael Zambrano Cervantes Representante del Partido Nueva Alianza

Dip. Mario Enrique Aguilar Caldelas Representante del Partido Verde

Ecologista de México Dip. Mildred Murbartián Aguilar Presidenta de la Mesa Directiva. Presidenta: Se somete a votación la propuesta formulada por la Junta de Coordinación y Concertación Política, relativa a la integración del Jurado que llevará a cabo el examen público de oposición para nombrar al Procurador General de Justicia del Estado, quiénes estén de Acuerdo con la propuesta de mérito, sírvanse manifestar su voluntad de manera económica.

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Secretaría:, treinta y un votos a favor. Cero votos en contra.

Presidenta: De acuerdo a la votación emitida se declara aprobada la propuesta de mérito por unanimidad de votos; en consecuencia, el Jurado que llevará a cabo el examen público de oposición a los profesionales del derecho:

Alicia Fragoso Sánchez. José Juan Temoltzin Durante y Marco Antonio Díaz Díaz.

Que integran la terna propuesta por el Gobernador del Estado, Mariano González Zarur para nombrar al Procurador General de Justicia, serán:

El Doctor Carlos Ponce Beltrán

El Maestro Héctor Maldonado Villagómez y El Doctor Alberto del Castillo del Valle. Presidenta: Continuando con el siguiente punto de la Convocatoria, relativo al examen público de oposición que les aplicará el Jurado designado por el Pleno de esta Soberanía para el efecto de nombrar Procurador General de Justicia del Estado, a los profesionales del derecho que integran la terna propuesta por el Gobernador del Estado, se pide al Secretario Parlamentario invite a pasar a esta Sala de Sesiones a los integrantes del Jurado: Doctor en Derecho Carlos Ponce Beltrán, al Maestro Héctor Maldonado Villagómez y al Doctor Alberto del Castillo del Valle.

Presidenta. Se da la mas cordial bienvenida al Doctor en Derecho Carlos Ponce Beltrán, al Maestro Héctor Maldonado Villagómez y al Doctor Alberto del Castillo del Valle, y a su vez se les comunica que han sido designados para integrar el Jurado que llevará a cabo el examen público de oposición para nombrar al Profesional del Derecho que ocupará el cargo de Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala; se pide a la Secretaría proceda a dar lectura a los currículum de tan

distinguidas personalidades que nos honran con su presencia.

Intervención

Dip. Alejandra Roldán Benítez.

Doctor Carlos Ponce Beltrán, Abogado por la Universidad de Monterrey con Maestría en Ciencias Penales, Criminalística por la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados Asociación Civil en México, así como en Seguridad Pública del Instituto Nacional de Administración Pública y en la Asociación de Policías Latinos en Estados Unidos. ACTIVIDAD LEGISLATIVA: en el ámbito legislativo fue Oficial Mayor del Congreso del Estado Baja California sur, Coordinador Jurídico, y Vice Coordinador de Asesores en el Senado de la República en las Legislaturas LVIII y LIX, Asesor externo en la Cámara de senadores en la Unidad de Planeación Evaluación de Políticas Educativas de la Secretaría de Educación Pública; en sus trabajos como Licenciado en Derecho sea desempeñado en las áreas Civil, Familiar y Penal; se ha desempeñado como abogado postulante en el Secretariado General del Ayuntamiento de la Paz Baja California Sur, en la entidad en que ha sido integrante de los sínodos como corredores públicos y ha fungido como Subsecretario de Asesor de asuntos Jurídicos, y subsecretaría general de Gobierno y Procurador General de Justicia de Baja California Sur, así como Delegado de la Procuraduría General de la República en los Estados de Colima, Tabasco y Oaxaca.

ACTIVIDAD ACADÉMICA: Se ha desempeñado como Catedrático de la Universidad Autónoma de Baja California sur y en la Universidad Mundial de la Paz y ha impartido Derecho Penal y criminología en la Facultad de Derecho en la Barra Nacional de Abogados así como Derecho Parlamentario en la división de Postgrado de la Universidad ANAHUAC y de los

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derechos humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México.

Maestro Héctor Maldonado Villagómez, Abogado en la Escuela de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Puebla.

ACTIVIDAD LEGISLATIVA: Fue Director del Consejo Consultivo de Estudios Legislativos y Procuraduría General de Justicia del Estado de Puebla, se ha desempeñado como Procurador General de Justicia del Estado de Puebla, durante los períodos dos mil dos, dos mil cinco, ha sido subdirector jurídico del área sur suroeste de la República Mexicana en Banca SERFIN, A.C., ha sido Procurador General de Justicia del Estado de Tlaxcala, Magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala entre otros, cuenta con reconocimientos en grado de excelencia a la procuración de justicia otorgados por la asociación inter disciplinaria de juristas de México, además su destacada trayectoria académica otorga la Federación Nacional de Colegios y Barras de Asociación de Querétaro, ha sido catedrático de la Benemérita universidad Autónoma de Puebla, de la Escuela Libre de Derecho de Puebla y de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, de la Universidad de las Américas de Puebla.

Doctor Alberto del Castillo del Valle: Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana, habiendo presentado como tesis de grado medios de impugnación de leyes en México.

ACTIVIDAD LEGISLATIVA: Secretario del Juzgado Tercero en materia civil en el Distrito Federal, Abogado postulante especializado en Asuntos Constitucionales en Materia de Amparo; acción de inconstitucionalidad y controversia constitucional de la justicia electora; fue Asesor Jurídico de la fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional, del Congreso del Estado de Tlaxcala;

actualmente asesor jurídico de la fracción del Partido Acción Nacional en la Legislatura del Estado de Hidalgo,

ACTIVIDAD ACADÉMICA: Ha sido catedrático de la Universidad Autónoma de México; de la Universidad Autónoma de Hidalgo del Instituto Nacional de Ciencias Penales del Colegio Holandés en México, de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, también ha sido expósitos de la Universidad Panamericana en el Instituto de Estudios Sindicales de la Administración Pública de la Universidad Autónoma de Fresnillo Zacatecas, de la Universidad Autónoma de Durango, en el Instituto Nacional de Desarrollo Jurídico de la Universidad de Estudios de Postgrado en derecho y del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Guanajuato de México, Aguas Calientes y Zacatecas.

Presidenta: Se pide al Doctor Carlos Ponce Beltrán, Maestro Héctor Maldonado Villagómez, al Doctor Alberto del Castillo del Valle, procedan a designar de entre ellos al Presidente del Jurado, quien conducirá el examen de mérito; así como al Secretario y al vocal del mismo.

Intervención

Doctor Alberto del Castillo del Valle. Con la venia de la Presidencia manifestamos que aceptamos nuevamente con gusto la designación que se ha hecho en nuestras personas del cargo, como integrantes del Jurado, y en esas condiciones se ha designado como Presidente del mismo a su servidor Alberto del Castillo del Valle, como vocal al Doctor Héctor Maldonado Villagómez y como Secretario al Maestro Carlos Ponce Beltrán. Presidenta: Se declara como Presidente del Jurado al Doctor Alberto del Castillo del Valle, como Secretario al Doctor Carlos Ponce Beltrán y como vocal al Maestro Héctor Maldonado Villagómez; en consecuencia, el examen público de

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oposición para nombrar al Procurador General de Justicia del Estado, de entre los profesionales en derecho Alicia Fragoso Sánchez, José Juan Temoltzin Durante y Marco Antonio Díaz Díaz, será conducido por el Jurado elegido para tal fin, en términos del artículo 13 punto 4 de la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público en el Estado de Tlaxcala. Se concede el uso de la palabra al Doctor Alberto del Castillo del Valle

Intervención

Doctor Alberto del Castillo del Valle. Constituido el jurado se ha determinado siguiendo los lineamientos del artículo 13 de la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público en la Entidad, desarrollarlo en los siguientes términos: En primer lugar de manera aleatoria se escogerá el turno de participación de los sustentantes, para lo cual tenían un ánfora con los números del uno al tres, para determinar esa participación; acto seguido se le otorgará a cada uno de los participantes, ya en esa forma de intervención un lapso de dos minutos a efecto de que expongan públicamente su experiencia profesional en materia de procuración de justicia; asimismo se les otorgará un término de diez minutos a cada uno de ellos, para exponer de forma oral un tema relacionado con el cargo de Procurador General de Justicia, en el que se podría incluir su plan de trabajo. Terminada la exposición anterior se dará lugar al examen oral acerca de cuestiones que versen sobre la procuración de justicia, que tendrá una duración de cinco minutos por cada sustentante, conforme los temas propuestos por los miembros del Jurado que por sorteo le corresponda a cada uno de ellos desarrollar, más las preguntas que el Jurado les formule, para este último fin en una ánfora había cuatro temas que también de manera aleatoria serán desarrollados. En ese orden de ideas, vamos a pedir se presenten los tres sustentantes, para que se

haga la elección de la participación en el orden aleatorio.

Presidente del Jurado, solicito al Secretario, proceda a esa etapa si no tiene inconveniente. Se concede el uso de la palabra Maestro Carlos Ponce Beltrán, Secretario del Jurado.

Intervención

Maestro Carlos Ponce Beltrán, Secretario del Jurado.

Señor Presidente, de acuerdo con los nombres como se presentaron en la terna del Señor Gobernador para el cargo de Procurador, en ese orden están los números en una pequeña urna, el orden en el que se presentaron los nombres es la Licenciada Alicia Fragoso; el Licenciado José Juan Temoltzin y el Licenciado Marco Antonio Díaz, entonces el número que les toque es el correspondiente al turno de acuerdo con el ánfora; señor Presidente la Licenciada Alicia Fragoso Tendrá el segundo lugar en la participación; el licenciado Díaz Tendrá el número uno en su participación; y por tanto en tercer lugar estará participando el Licenciado Temoltzin, entonces le rogamos que se quede en este salón el Licenciado Marco Antonio Díaz como Primer Sustentante del examen; con mucho gusto por favor, vamos a dar inicio a la participación del Licenciado Marco Antonio Díaz Díaz, señor licenciado tiene usted dos minutos para, señor secretario tome el tiempo, dos minutos para que usted nos haga un planteamiento de su experiencia profesional en materia de procuración de justicia.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz. Gracias, muy buenos días.

Agradezco la oportunidad de estar en este Recinto Legislativo y decirles a ustedes que desde que egrese de la Universidad

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Autónoma de Tlaxcala, en mil novecientos noventa me he dedicado al litigio he sido abogado postulante, desde esa fecha hasta ahora y completamente a mi cargo un despacho jurídico en el cual a diario, a diario nos hemos encontrado con todo lo que representa la procuración y la administración de justicia, considero que tengo una amplia trayectoria en el litigio principalmente porque de eso vivo de eso he desarrollado mi carrera profesional, y en el ámbito de la administración y procuración de justicia consideramos propiamente que conocemos realmente nuestro papel importante como litigantes conocemos de las necesidades que tiene la ciudanía, conocemos de la necesidades que existen tanto en el Poder Judicial y tanto en la procuración de justicia, me he dedicado en forma completa y absoluta a defender a los ciudadanos y también estar en el otro lado en el sentido de realizar asesorías profesionales empresas y principalmente el trabajo que desarrollo o que he desarrollado hasta esta fecha es propiamente como abogado litigante, yo creo que realmente esta profesión nos ha enseñado en verdad requerimos un cambio total para Tlaxcala, en grandes rasgos señores del jurado decirles que mi formación académica a partir de egresar de la Universidad de Tlaxcala, propiamente es ser litigante, litigante he estado al frente de un despacho jurídico.

Presidente del Jurado: Pasamos a la segunda etapa se le otorga a usted un término de diez minutos para exponer de forma oral un tema con el cargo de Procurador General de Justicia en el que se podrá incluir su Plan de Trabajo.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

Se requiere para la procuración general de justicia en el Estado que sea funcional bajo los siguientes ejes rectores, certeza, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, legalidad pero principalmente el respeto a

los derechos humanos, se debe lograr en forma inmediata que las diferentes áreas de la Procuraduría se desarrollen, se realicen de manera efectiva, confiable y profesional para lograr y elevar la efectividad, la calidad en la atención y obtención de los resultados, de manera que la sociedad tlaxcalteca este bien representada, se debe fomentar la profesionalización, actualización y superación académica permanente de los funcionarios públicos que integran, hay que seleccionar al personal por sus cualidades, capacidad, conocimientos técnicos y administrativos a través de procesos científicos seleccionando su perfil para ocupar los cargos se requiere elaborar y desarrollar programas para la formación permanencia, especialización de los agentes del Ministerio Público, realizando la formulación, regulación y desarrollo del servicio civil de carrera, la función de la procuración corresponde al Estado y esta debe estar al día debido a todos los cambios tecnológicos, económicos y científicos, debe haber capacidad de respuesta, para que la procuración de justicia sea eficaz, pronta imparcial y oportuna y para lograr ello se requiere servidores capacitados, motivados evaluados y comprometidos con la sociedad y para lograr ello se requiere servidores capacitados motivados evaluados y comprometidos con la sociedad, debe haber una respuesta inmediata a la manda del servicio de que haya gestión de calidad, la sociedad tlaxcalteca demanda empleo y por consecuencia lógica seguridad y justicia, por ello, con estímulos muy bajos, salarios deficientes que obligan a que impere la corrupción, el trabajo de la procuraduría es trascendental a proceso penal, porque precisamente con la integración de la averiguación previa, da origen a que se inicie un proceso en resultados legalmente establecidos en el Estado de Tlaxcala, de ahí la importancia de que tengamos personal capacitado para poder realizar una restructuración en la procuración de Tlaxcala, no pasa desapercibido la ley de mediación que actualmente contempla

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nuestra ley, así se requiere personal debidamente capacitado y preparado para solucionar problemas, ser buenos componedores y conciliadores de esa forma evitar que a los juzgados se les cargue el trabajo por los delitos que no son graves, mismos que pueden ser resueltos en la Ley de mediación que actualmente impera en nuestro Estado, que los instrumentos del delito no sirvan para percibir políticos, no sirvan para percibir los ciudadanos que se utilicen en estricto apego de de hecho a lo que deba de ser, tenemos un problema actual en nuestro Estado, tenemos deficiencia a la hora de integrar las averiguaciones previas que dan lugar a que el tribunal no obsequie ordenes de búsqueda, aprehensión y detención que se solicitan como consecuencia de integrar en forma indebida una averiguación previa por eso se requiere que se realice, que se analice el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos y para ello se debe requerir personal debidamente capacitado para que puedan realizar un trabajo digno y decoroso. Así también tiene el problema que no se apela con argumentos jurídicos y lógicos tantos los autos de libertad como las sentencias definitivas que se dictan en los procesos penales, de ahí la importancia que se cuenta con personal debidamente capacitado, tenemos una asunto que es forma inmediata un sistema penal acusatorio, para su funcionamiento se requiere la integración del marco jurídico en el que deben intervenir el Congreso, el Poder Judicial, la defensoría pública, la Procuraduría General de la República, capacitación de personal actuante, abogados de defensores, peritos, jueces especializados, impulsar la infraestructura, centros de justicia adecuados, salas de audiencia, instalación adecuadas, oficinas de peritos, oficinas de defensores, porque actualmente tenemos una Procuraduría muy deficiente en la cual solamente se oculta la información que daba conocer la ciudadanía, nosotros tenemos el compromiso de aquellos asuntos graves, de

aquellos asuntos en los cuales se ventile la procuración de justicia sean conocidos por la sociedad para que en verdad la sociedad este tranquila y sepa quien nos va a representar en esa área, por último quiero concluir mi intervención en el sentido de que se requiere y es forzoso que se realice una restructuración de fondo en la Procuraduría para que se den resultados a corto plazo, la procuración de justicia debe estar al día, dado a los problemas sociales y de delincuencia que impera en nuestro país, razón por la cual considero de suma importancia que tanto la Procuraduría, como el Poder Judicial responsables en la procuración y administración de justicia realicen un cambio estructural a fondo que permita su funcionamiento, para que de buenos resultados, la Procuraduría a mi cargo no será rehén para perseguir políticos, para espiar a ciudadanos, debe ser un instrumento que garantice la paz y la tranquilidad que sea la procuración de justicia la institución de buena fe y la Ley lo contempla claramente.

Presidente del Jurado, recibimos entonces la tercera parte del examen; es un examen oral a cerca de cuestiones que versen sobre la procuración de justicia que tendrá una duración de cinco minutos conforme a los temas propuestos por los miembros del jurado, que se encuentran en esta ánfora y, que por sorteo le corresponderá a cada uno de ustedes más las preguntas que se le formulen, señor Secretario le solicito proceda a la insaculación respectiva y a la toma del término del desahogo.

Secretario del jurado: Como lo indica señor Presidente le damos al susténtate escoger un tema del cual va usted a exponer vinculado a la procuración de justicia, y si nos permite leer al publico su tema; expongan usted las dimensiones del termino representación social de la Procuraduría General de Justicia, es decir todas sus implicaciones del fundamento de la Representación Social a cargo del Ministerio Público.

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Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

De acuerdo al Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos, la procuración de justicia es representante de la sociedad y como tal tiene un papel muy importante en nuestro Estado y propiamente en la misma sociedad, esta representación social debe ser en forma adecuada, debe ser apegada en estricto derecho, debemos de cumplir con los lineamientos que exige la propia Constitución, la propia Ley Orgánica de la institución del Ministerio Público, la Sociedad a la que se le va a representar o quien se va a representar debe saber que al acudir ante una instancia como lo es el ministerio publico que tenga la certeza y la seguridad de que va ser atendida la sociedad como representante social, demanda eso demanda una atención, demanda una muy buena procuración de justicia actualmente la sociedad al acudir a una representación a una institución del Ministerio Público, lo hace con miedo y lo hace con miedo porque tal pareciera que lejos de ser quien los represente socialmente ante un delito se sienten ofendidos, se sienten agraviados, por ello la representación social que debe realizar el Ministerio Público debe ser con estricto apego a sus derechos humanos, cuando se logre esa representación social de la sociedad ante al comisión de algún delito que deba de representarnos que lo hagan con dignidad, que lo hagan con el profesionalismo que demanda la sociedad la sociedad misma y lo hemos visto a nivel de los medios de comunicación, lo hemos visto a diario lo hemos visto los que nos dedicamos al litigio realmente esta dolida por que esa representación social, ese apoyo que se debe requerir de la procuración de justicia de una agente del Ministerio Publico se ve vulnerado, pisoteado en sus derechos individuales, nos ha tocado presenciar asuntos delicados en los cuales nos indican es la representación social es la que te va a representar es la

que va a velar por tus intereses por tus derechos, por lo que conlleve eso y lejos de ser un buen representante social tal pareciera que es una autoridad inquisitoria una autoridad en la cual vulnera, trasgrede esos derechos fundamentales, yo estoy convencido de que si en verdad la procuración de justicia representa la sociedad como debe ser haremos que la sociedad y la autoridad se sienta completamente convencidos de que va a tener un garante alguien que lo defienda del arbitrio de la autoridad, es muy importante saber que la misma sociedad se queja, se vulnera, vulneran sus derechos, pero en realidad la representación social debe ser muy importante para todos.

Presidente del jurado: Tiene el uso de la voz el Maestro Carlos Ponce Beltrán Secretario de este Jurado para formular algunas preguntas al respecto.

Intervención

Maestro Carlos Ponce Beltrán.

Con relación al mismo tema de la representación social y con relación a las facultades del Ministerio Público y del Procurador, explique usted a este Jurado y a quienes nos están escuchando, cuales son esas funciones del ministerio público, esas funciones del Procurador que usted conoce a lo largo de su trayectoria profesional y como las podría desempeñar adecuadamente es decir el Ministerio Publico tiene una función esencial de representación social y otras más y díganos usted en ese contexto cuales son esas funciones y atribuciones y responsabilidades

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

Con todo gusto integrante de este jurado, la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público, lo establece claramente al igual que la propia constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala al igual que el artículo 34, dentro de las principales

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funciones que tiene el Procurador General de Justica el es de representar a la sociedad solicitar la acción penal, solicitar la atención adecuada a las victimas de algún delito, representar a los menores en los juzgados dar a tención a las personas en los delitos de violencia intrafamiliar, de ser consejero del Ejecutivo, de representar también y presentar algunas controversias que puedan estar en contra de la propia Institución del Ministerio Público, representar, vigilar el cumplimiento de todas las tareas que representan los ministerios públicos a su cargo y también algo muy importante e interesante es darle seguimiento a todos los delitos que están a cargo en las diferentes áreas o en los diferentes agentes del ministerio público, llevar un control exacto de ello pero principalmente toca, abarca que sea el representante social el que este vinculado a que se le de seguimiento estricto a todo lo que implique la comisión de un delito en el Estado de Tlaxcala, yo creo que dentro de esas facultades que propiamente establece la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público; y la constitución Ser garante de un impartición de Justicia en nuestro Estado de Tlaxcala.

Presidente del Jurado: Le pedimos al Doctor Héctor Maldonado Villagómez, haga uso de la voz para algunas preguntas por favor.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Saludo respetuosamente a esta Soberanía, de lo expuesto por usted desprendemos varias situaciones y la pregunta creo que no esta contestada totalmente, porque se refiere a una dimensión o actividades que el ministerio publico va a desarrollar independientemente de los aspectos que usted nos ha mencionado y que hacen referencia a lo previsto por el 21 Constitucional, pero en el artículo 1º. de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala, claramente se dice que

demás de lo inherente a la facultad constitucional de perseguir los delitos que tiene la institución en la parte final de ese dispositivo legal difiere que también se observará lo que otras leyes sean o resulten aplicables al caso y creo que independientemente de la Ley fundamental existe otros ordenamientos de los cuales desprendemos que el Ministerio público puede ser parte procesal o intervenir nada más desahogando vistas o formulando pedimentos, podría decirnos a que ramas del derecho nos estamos refiriendo.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

El Ministerio Público en el proceso penal es coadyuvante, el representante del ofendido del agraviado, ahí lo representa en el aspecto familiar en el aspecto de los juzgados de carácter familiar, también es el representante social y también coadyuva en el caso de las personas, también se siente agraviadas representado a menores de edad representando a también al aparato que se da a la familia, tan de moda que se esta dando no tan solo en Tlaxcala, sino en nuestro País, pero esto es un factor muy importante por que es coadyuvante dentro del proceso penal y también es parte fundamental de ser adscrito a un juzgado y que forme parte en asuntos también sucesorios, en las cuales tiene que velar por los intereses que se estén velando que se estén llevando en los juicios sucesorios, en los juicios que intervengan lo menores de dad, en los juicios donde se tenga que ver la cuestión familiar que tanto implica o que tanto tiene que ver, se está dando en la propia sociedad, pero si es parte fundamental y coadyuvante en esa área. Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. L,o coadyuvante como que siempre lo hemos referido a la víctima no, la parte coadyuvante del Ministerio Público, pero parte procesal que pueda demandar e

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inclusive el Ministerio Público en el orden familiar, si los hay, juicios que puede iniciar, entablar la demanda correspondiente no lo recuerda.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

Bueno en ese sentido el ministerio público, de la misma actuación se desprende alguna violación, algún derecho de alguna persona en algún procedimiento considero que también puede solicitar iniciar algún procedimiento.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Los hay y como Procurador debe estar al pendiente de que los representantes sociales, pues se ejerciten la acciones correspondientes, simplemente la nulidad del matrimonio, investigación de la paternidad y en el divorcio, tiene una intervención determinante en el divorcio voluntario; o por mutuo consentimiento, a propósito de algo que mencionó usted que el Procurador es el Consejero Jurídico del Gobierno, entonces me salta a la vista que existe también una consejería jurídica, no hay duplicidad de funciones.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

Quiero comentar lo siguiente, desafortunadamente, le digo desafortunadamente le digo la propia Ley e institución o sea el Reglamento del Ministerio Público, establece que es consejero jurídico del ejecutivo, actualmente derivado de la acción de gobierno, existe una consejería jurídica, pero yo más bien quiero hacer esta precisión señores del jurado, en el sentido de que esta disposición tendría que ver desde el punto de vista muy personal con el aspecto de la procuración de justicia dado que, en la consejería jurídica del Ejecutivo ahí se desprenden

diversos asuntos que llevan desde asuntos familiares, asuntos de toda índole, entonces yo propiamente enfocaría a esa disposición que establece esta Ley en el sentido de que fuera en el aspecto de procuración de justicia en la práctica le quiero decir, y salvo prueba en contrario que no he encontrado, que no se lleva a cabo en la práctica y decirle que yo también pido he sugerido que elimine esta disposición, porque podría contra restar a lo que se establece la consejería pero propiamente sería más bien una cuestión de que este informado el ejecutivo de todo lo que suceda con la procuración de justicia de que este informado al día porque resulta y lo digo públicamente sin temor a equivocarme de que tenemos una Procuraduría que no informa que oculta información, entonces yo creo que debe estar informado el Ejecutivo de lo que este pasando en la Procuraduría, que asuntos relevantes estén llevando a cabo, el seguimiento que se lleve a cabo porque al final de cuentas es responsabilidad como lo he comentado del Estado, la procuración de justicia en la medida que el Ejecutivo este enterado de lo que suceda en la Procuraduría, yo creo que esa va ser la medida fundamental para que la ciudadanía este tranquila de que se le esta dando seguimiento a los asuntos que se estén llevando a cabo, no tan solo en la propia Procuraduría, en las agencias de las agencias del Ministerio público.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Bueno no hay que eliminarlo entonces y en todo caso hacer la precisión correspondiente.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

Exacto en ese sentido de que sea exclusivamente que sea la procuración de justicia señor integrante del jurado.

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Presidente del Jurado: señor Licenciado Díaz Diaz, me gustaría que nos hiciera una referencia sobre la participación del Ministerio Público o la Procuraduría General de Justicia en el tema de control constitucional local.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Diaz.

Con todo gusto quiero comentarle que en mi experiencia como litigante hasta esta fecha, desconocemos o no se realiza esta actividad por parte del procurador en asuntos que podrían darse de controversias constitucionales o del control constitucional por lo siguiente expongo porque: El área de la procuración de justicia es un área como todos sabemos muy complicada en el sentido de que propiamente tiene que ver con la cuestión del delito, sin embargo hay una unidad jurídica que solamente lo que se ventila ahí lo que se lleva a cabo, son asuntos de contestar demandas de amparo dar cumplimiento a informes justificados pero realmente en la practica señor integrante de este jurado, le quiero decir que en Tlaxcala, no tenemos o hasta la fecha no se le ha dado cumplimiento a lo que marca clara mente también la Ley de la Institución del Ministerio Público, yo creo que en la medida de que podamos nosotros establecer un área en la cual efectivamente se le de ese seguimiento ha esta parte tan fundamental del control constitucional, podemos lograr el equilibrio, el equilibrio total entre la Procuraduría esta también en el sentido de estar al corriente, estar al pendiente de todo lo que pueda llevar y que pueda estar en contra de lo que se pueda llevar a cabo en la propia procuraduría pero si necesitamos tener en cuenta que no en la vida práctica no se lleva a cabo, sin embargo yo en mi exposición también propuse que podamos tener el personal capacitado para que esas controversias que se puedan dar o el control constitucional lo podamos llevar al pie de la mano porque realmente hay que estar a la vanguardia con lo que esta pasando en el país, tener una

buena coordinación y yo creo que en la medida que tengamos ese control que alguna disposición que vaya en contra de la misma Institución del Ministerio Público, lo podamos realizar en tiempo y forma.

Presidente del jurado: Hablenos por favor si no es mucha molestia de las garantías de la procuración de justicia; las garantías tanto del indiciado como de las víctimas.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Diaz.

Claro las garantías en las contempla el artículo 20 constitucional en el sentido, en el caso de la persona, este, que es responsable de algún ilícito, dentro de las que establece es si el delito no es grave, puede solicitar su libertad porque es una garantía que otorga, porque también es una garantía fundamental que daba saber quien lo acusa, también darle la oportunidad para que también nombre defensor particular, para que también pueda estar, este no deba estar incomunicado conozca quien lo acusa, conozca y se allegue de elemento necesarios para una buena defensa que también se le permita dentro del termino constitucional, ofrecer desahogar las pruebas pertinentes para demostrar en todo momento, no se responsable en la comisión de un delito.

Presidente del jurado: Perdón la interrupción, nada más para aclarar, cuando me habla del termino constitucional a que se refiere.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

Cuando una persona es detenida en el término de setenta y dos horas o la duplicidad o sea en el término constitucional, al momento de que es detenido es sujeta ya a un proceso penal. Presidente del jurado: en medio minuto hábleme de las garantías de las víctimas.

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Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

Sí, las víctimas es recibir asesoría por parte del Ministerio Público solicitar la reparación del daño si se le ha causado, darle la atención psicológica y necesaria que pueda realizarse en el momento de estar involucrado en la comisión de un delito pero cuando es parte agraviada recibir la atención necesaria y también el apoyo de poderse defender, de poder tener el respaldo total para estar defendido dentro de una causa penal y otra casusa también fundamental que se pueda allegar de elementos necesarios para una buena asesoría dentro del área que se pueda dar dentro de un proceso penal.

Presidente del jurado: El Doctor Héctor Maldonado Villagómez le formulará otra pregunta.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Si este a propósito de algo fundamental que mencionó usted ya en dos ocasiones la capacitación o profesionalización de los servidores públicos de la procuración de justicia como se va a llevar a cabo o como lleva a cabo en la actualidad si en la Ley del Ministerio Público que se ha invocado no encuentro una dirección, una unidad encargada prevista en la Ley de eso, de profesionalización o capacitación.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Diaz.

Si con todo gusto, le quiero comentar que de acuerdo al organigrama que tiene la Institución del Ministerio Público, establecen exactamente ciertas direcciones pero en ninguna, en ninguna establece cual es la función fundamental ni del director de averiguaciones previas, ni del director del control de litigio, y en el caso del profesionalismo yo considero, salvo cuestión contrario, yo sugiero que esa

capacitación, que esa profesionalización la podamos emplear a través de un programa inmediato coadyuvando con algunas otras instituciones que también tiene que ver con la cuestión de la seguridad, entonces es un trabajo muy interesante no lo contempla la propia ley sin embargo si podemos realizar ese trabajo en conjunto para realizar esa capacitación, y me desvío un poquito integrante de este jurado, porque podríamos realizar o se puede realizar lo que hace, lo que se hace a nivel federal, en el que constantemente hay capacitación hay cursos, y los convocan y están actualizados, desgraciadamente nuestra Procuraduría en Tlaxcala no contamos con ello y además no regula la propia ley pero, podríamos proponer o se puede proponer una reforma, una adición en forma inmediata porque requerimos para que la Procuraduría en Tlaxcala funcione, gente prepara, gente capacitada, gente con perfil y no improvisados y solamente que lleguen por recomendación.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Si hay que tener memoria institucional, y de hecho si se llevó a cabo la profesionalización, verdad, pero habrá posibilidad de que la misma Ley propicie, permita que se instale una unidad o una dirección especializada en esto.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Diaz. Considero que si.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. No obstante que no le prevé la Ley actual, y sin necesidad que se reforme.

Intervención

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No considero que si, yo creo que en la medida que nosotros veamos el panorama completo de lo que tenemos implementar esa medida para que exista esa área disponible, precisamente para llevar a cabo se puede realizar; yo creo que se puede realizar sin violar la Ley sin realizar ninguna cuestión contraria a derecho, se puede realizar.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Es una facultad del Procurador.

Intervención

Lic. Marco Antonio Díaz Díaz.

Yo creo que se puede realizar y estamos en la mejor disposición de realizarlo, insisto como litigante o en mi caso personal como litigante conozco de la necesidades y deficiencias que hay en la procuración de justicia en Tlaxcala.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Es una opinión muy personal.

Presidente del Jurado: damos por terminada esta participación, le solicitamos que participe la segunda sustentante; solicitamos la presencia de la Licenciada Alicia Fragoso Sánchez, por favor, buenos días doña Alicia, vamos a desarrollar esta parte del examen en tres etapas, la primera etapa donde usted contará con dos minutos nos va a exponer su experiencia profesional en materia de procuración de justicia en la segunda etapa usted tendrá diez minutos para exponer en forma oral un tema relacionado con el cargo de Procurador General de Justicia en el que se podrá incluir su plan de trabajo y por último tendrá usted cinco minutos a efecto de que exponga un tema por miembros del jurado que por sorteo le corresponda a usted deliberar sobre el, aquí están las preguntas, los temas y los miembros del jurado

podremos llevar adelante las preguntas correspondientes, le pido al señor secretario tenga a bien tomar el tiempo de dos minutos para su exposición y al cumplirse ese termino se le haga saber a la sustentante por favor.

Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez. Muy amable muchas gracias.

Bueno en relación a la experiencia y trayectoria profesional que yo presento y someto a la consideración de este sínodo debo referir que yo fui agente del Ministerio Público en el Estado de Tlaxcala, fui agente del Ministerio Público investigadora en el Distrito Judicial y Uribe que tiene su residencia en Santa Ana Chiutempan, posteriormente fui agente del Ministerio Público investigador en el Modulo de delitos sexuales región norte de la Procuraduría General de Justicia, fui Agente del Ministerio Público adscrita al Tribunal Superior de Justicia, fui Agente del Ministerio Público investigador en Mesas de trámite de la Procuraduría también del Estado, posteriormente por inquietud personal sustente un examen por oposición en el Instituto Nacional de Ciencias Penales de la Procuraduría General de la República y obtuve el cargo de Ministerio Público Federal, estuve colaborando cinco años en la PGR, estuve Adscrita en el Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Procesos penales en Toluca y eso me permitió colaborar en el SEFERESO, el único SEFERESO que en aquel entonces existía en 1993, en Almoloya de Juárez, Fui Ministerio Público adscrita en los casos de los narco traficantes, chapo Guzmán Caro Quintero, ceja güera, Mario Aburto entre otros, asimismo estuve adscrita al Tribunal Colegiado de circuito del estado de México, posteriormente fui convocada para acudir al movimiento zapatista de Chiapas, llegue el cinco de enero de mil novecientos noventa y cuatro, a Tuxtla y estuve colaborando en Acotzingo, Comitán y las Margaritas como

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Agente del Ministerio Público en las investigaciones que se desarrollaron en ese lugar, asimismo fui Ministerio Público adscrita en la fiscalía especializada para los casos Colosio, posadas Ocampo y Ruiz Massieu y derivado de mi desempeño profesional por mis superiores fui propuesta para ocupar la Subdirección Nacional del caso posadas Ocampo.

Secretario del Jurado: muchas gracias se nos agoto el tiempo.

Presidente del Jurado; cuenta usted con un término de diez minutos, para exponer de forma oral un tema relacionado con el cargo de Procurador General de Justicia en el que podrá incluir su plan de trabajo, también instruyo al señor Secretario para que lleve adelante el computo del término respectivo; tiene la voz Licenciada Alicia Fragoso Sánchez.

Intervención

Lic Alicia Fragoso Sánchez.

Bueno yo traigo un trabajo para cada uno de ustedes es un engargolado que he titulado por una procuración de justicia eficaz, este trabajo si ustedes se dan cuenta yo lo planteo de una manera muy ágil, porque entiendo que este día ustedes tendrán que emitir su propio dictamen y lo que yo planteo en si es inicialmente una problemática; el tema que yo sustentaría en este caso sería mi preocupación como ciudadanía tlaxcalteca, como abogada y como litigante que he sido, creo que derivado de la preocupación que hay a nivel federal porque se erradique la delincuencia y porque se atienda a la víctima Tlaxcala no esta exento de esta posición es por ello que el planteamiento que yo aquí hago decirles que he sido también víctima y objeto de justicia de parte del Ministerio Público en Tlaxcala, me he dado cuenta que desde hace seis años el personal tanto de ministerios públicos como de policía ministerial, peritos en el Estado y personal administrativo no ha incrementado que

tenemos más de un millón de habitantes y contamos con un número mínimo de ministerios públicos, cincuenta, asimismo también se que no llegamos a los cien policías ministeriales, y esto en personal me preocupa, porque en los juzgados penales, un ministerio publico lleva la carga del conocimiento de cuatrocientos procesos cada elemento, en este caso bueno yo lo que propongo adecuemos esto al sistema de seguridad nacional que recientemente ha sido reformado en Tlaxcala los ministerios públicos, no están debidamente capacitados, no se hace la selección por convocatoria y muchos menos están certificados, lo que yo propongo en este caso además en materia pericial, los peritos estén debidamente capacitados, sabemos de crímenes muy graves y muy fuertes que en Tlaxcala se han cometido y que no tenemos en este momento las herramientas necesarias para combatirlos, los agentes ministeriales, tienen chalecos antibalas caducos, no tienen armamento, sus vehículos están mu demeritados no hay manera de combatir a la delincuencia, así mismo no hay una coordinación interinstitucional con las demás entidades y mucho menos con los municipios en donde debe de trabajarse principalmente; así mismo yo propongo que de manera inmediata se realice una visita a todas las agencias del Ministerio Público porque un Procurador debe ser de tiempo completo, un Procurador debe ser de veinticuatro horas y el compromiso que yo haría en este caso será trabajar incansablemente si es posible llegar a las dos de la mañana a Calpulalpan a realizar un visita a un Ministerio Público para verificar si esta trabajando o no, porque hay mucha relación en esto no hay autoridad en Tlaxcala en la procuración de justicia y creo que es lo que necesitamos; asimismo propongo que se reforme la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público, me permite leerla y quede decepcionada esta completamente falta de reglamentación, no hay un reglamento al respecto, nos dice cuales son las facultades del Procurador, nos dice cuales son la

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facultades del Ministerio Público, nos dice cuales serían también de la policía ministerial, pero tenemos órganos auxiliares, como es la dirección de servicios periciales, la dirección de comunicación social, la dirección jurídica, la visitaduria, la dirección Administrativa y acá no están sus facultades, en el caso de algún personal de la Procuraduría no acatara debidamente las instrucciones del titular, yo me preguntaría como las voy a catar si aquí no están debidamente constituidas y reglamentadas, por lo tanto yo propongo y en este caso sería, porque una de las facultades del Procurador General de Justicia es presentar iniciativas en el Congreso, me comprometería a presentar una Iniciativa en la que se creara una Ley Orgánica, una Ley de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tlaxcala, en donde este debidamente completa y actualizada con las últimas reformas que se han sufrido desde el día dieciocho de junio de dos mil ocho a nivel nacional, constitucionalmente adecuadas; asimismo no hay manuales, ni hay protocólogos creo que es muy importante porque de otra forma como trabaja la Procuraduría, como trabajan los ministerios públicos, además se que las recomendaciones no son atendidas por el Procurador, yo tengo conocimiento de que también una de las facultades es atender las recomendaciones, se que no es una obligación, pero creo que moralmente si estamos obligados, porque desde el momento que la víctima o el ciudadano acude a la Comisión de Derechos Humanos es porque esta recibiendo una grave afectación, y si no es considerado entonces donde queda la Ley y donde queda la confianza hacia las autoridades; también propongo hacer una revisión exhaustiva, de todas estas recomendaciones que ha hecho la comisión de Derechos Humanos, y de inmediato tomar las medidas correspondientes, si es necesario iniciar una averiguación previa a un ministerio público, a un perito o a un agente ministerial creo que es lo que exige y necesita Tlaxcala; en términos generales esa sería mi propuesta

para la Procuraduría General de Justicia del Estado lo hecho de una manera muy ágil lo dejo aquí planteado y creo que también debemos ajustarnos a la selección del personal que conforme al sistema de seguridad pública nacional, porque también lo es, no esta exento de esto los ministerios públicos, debe haber una convocatoria, debe haber una perfecta selección, debe haber una evaluación, debe haber una certificación y debe de haber una vigilancia constante.

Presidente del Jurado: Pasamos a la tercera etapa, donde usted deberá exponer en un términos de cinco minutos propuesto por los miembros del jurado y que será seleccionado por sorteo y después vendrán preguntas de lo miembros del jurado, señor secretario si no es mucha molestia.

Secretario del jurado: Comunico a usted señor Presidente, le rogamos Licenciada escoja un tema, lo vamos a leer al público, de este congreso para que escuche; hable usted sobre el estatus de la aplicación de la reforma constitucional de dos mil ocho en materia penal, que efectos ha tenido en Tlaxcala, y que propuesta haría usted para su aplicación.

Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

Si, esta reforma muy ambiciona en México, esta reforma es constitucional que abarca el artículo los artículos 16 y 17,18, 19, 20, 21 y 22 de la Constitución General de la República, asimismo el artículo 115 y el artículo 123 en su apartado B, esta reforma básicamente se refiere a la cuestión de la ahora el sistema, el nuevo sistema penal acusatorio y moral que próximamente en Tlaxcala lo llevaremos a cabo, en algunos estados ya se esta realizando, para mi es muy innovador se que va a ser. Lo he catalogado y en mi muy particular punto de vista, vamos a tener un nuevo derecho, un nuevo derecho en México, nos consideramos privilegiados por que es una

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oportunidad para todos nosotros, porque en algunas cuestiones he sido cuestionada; pero insisto es mi particular punto de vista pero vamos a empezar de cero; vamos a empezar de cero, porque si bien es cierto ya hay legislación; si bien es cierto están las garantías constitucionales, si bien es cierto tenemos una reglamentación en México pero también vamos empezar con un nuevo sistema penal; en nuestro país que básicamente es con la finalidad de acabar con la delincuencia, acabar con la delincuencia organizada, garantizar los derechos y garantías de las víctimas, así como también velar por la garantías de los inculpados; en el caso concreto yo quiero decirles que en Tlaxcala existe y lo traigo acá documentado, existe ya una iniciativa, que se presentó en el cual se propone el Código de Procedimientos penales, el nuevo Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tlaxcala, de acuerdo a un Código Modelo, un Código Modelo, que ha sido expedido por la Federación, creo que cumple con ello, asimismo ya tenemos un artículo Transitorio el Décimo Primero en la Constitución Local de nuestro Estado en donde establece que a más tardar en agosto de dos mil trece tendremos que adecuarnos a esta reforma, estableció a partir del dos mil ocho que se llevó a cabo esta nueva reforma a la Constitución en Tlaxcala se establecieron cinco años para su cumplimiento; al respecto se han llevado convenios de colaboración interinstitucional con la federación, con el Estado de Tlaxcala, con los municipios y con el Tribunal superior de Justicia, en los cuales por lo que corresponde al Ejecutivo se ha llevado un trabajo ya de difusión, por lo que corresponde al Poder Judicial ya un trabajo de capacitación y por lo que corresponde al Marco jurídico, la Universidad Autónoma de Tlaxcala se queda con esta responsabilidad; es lo que ha estado aconteciendo aquí, asimismo también la Ley de Seguridad Pública del Estado de Tlaxcala ya se encuentra adecuada al Marco Nacional, aquí ya hablamos de que los elementos, miembros de la seguridad pública nacional

ya serán convocados para poder presentar un examen, para poder ser evaluados, para poder ser vigilados y en caso para estar siempre certificados en su momento.

Presidente del Jurado: Muchas gracias, tiene el uso de la voz el Maestro Carlos Ponce Beltrán para formular alguna o algunas preguntas a la sustentante, Maestro adelante.

Intervención

Maestro Carlos Ponce Beltrán.

Si, relacionado con lo mismo licenciada, efectivamente México vive inmerso en el proceso de adaptación de una reforma penal que usted nos da ha entender que la conocer, nos ha mencionado cual es la situación en el Estado, uno de los temas en los que esta siendo comentada esa reforma federal que es obligatoria para implementarse a nivel local, es el tema de la oralidad, obviamente es un tema que corresponde tanto al ámbito de la Procuración de Justicia, como de la Administración de Justicia; pero a donde el Ministerio Público en este caso es representado por un Procurador pues es parte fundamental en sus diferentes faces, cual es su visión del tema de la oralidad completamente aterrizada en el Estado de Tlaxcala.

Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

Claro, bueno en el tema de la oralidad, como un principio precisamente del sistema penal acusatorio ha mi en lo personal se me hace muy interesante porque esto va a evitar que los abogados litigantes chicaneen el asunto, porque esto va a permitir que haya transparencia en el desahogo de los procesos, por lo tanto me pronuncio por ello, de hecho en el rubro de los adolecentes que comenten alguna infracción social, ya esta considerado se esta llevando a Tlaxcala, tengo entendido que ya la sala unitaria de adolecentes se han llevado a cabo estos

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procesos y porque, porque además de ser públicos al ser vaporables y son públicos, garantizan la transparencia y garantizan que realmente las autoridades por medio de inmediación puedan ajustarse a derecho, esa es mi opinión.

Presidente del Jurado, sedo la palabra al Doctor Héctor Maldonado Villagómez para que formula alguna o algunas preguntas a la sustentante.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Gracias señor Presidente; de su programa de trabajo una pregunta, me llamo mucho la atención; eso de acercamiento de Procuración de Justicia a todas horas es con el afán exclusivamente de fiscalización. Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

No solo con el afán eso es uno de los afanes es una de las intenciones.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Pero también podría ser que el acercamiento de Procuración de Justicia implicara este acercar, como se dice la palabra acercamiento, como se dice los servicios de la Institución y que evitar el traslado de las personas de las victimas de los ofendidos que pues aun cuando es chico nuestro Estado, perdón que me exprese así pero soy tlaxcalteca, entonces aún cuando se puede trasladar más fácilmente que en otras entidades federativas, pero si representa un costo enorme para mucha gente, y que mejor que el acercamiento comprenda también la aportación la prestación del servicio que acompañen al Procurador todos los imbuidos en esto. Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

Así es Maestro y yo quiero decirle que a diferencia de la cuestión de carácter jurisdiccional en donde precisamente se habla de jurisdicción en el Ministerio Público no acontece así, ahí la unidad y se comete un delito en Calpulalpan por ejemplo este y la persona por alguna razón tuvo que huir y llegar a Huamantla, ahí puede presentar su denuncia, entonces en ese momento creo que coincido con usted en el tema de acercamiento, porque esta conformada esta característica el Ministerio Público, pero además Maestro también decirle que es el acercamiento también con la ciudadanía y es lo que exige Tlaxcala, Tlaxcala exige que tenga autoridad y que los titulares estén realmente comprometidos, yo quiero decirle también que en consecuencia y decir esto y creo que lo metí hace un momento el término debe haber un Procurador itinerante en Tlaxcala.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Coincidimos, ya referente a la reforma al Judicial verdad en términos amplios, hay un aspecto que llama mucho nuestra atención haber que opina usted, a propósito de la reparación del daño creo que se le da otra visión ya al asunto, otra dimensión mejor dicho, podríamos decir que esa reparación del daño ya va ser la llamada justicia restaurativa o la recomposición, si que opina usted de eso.

Intervención

Licenciada Alicia Fragoso Sánchez. En lo personal se me hace benéfico, porque, porque tal y como lo estableció el espíritu de legislador se hace con la finalidad de disminuir los procesos de llegar a un acuerdo inmediato como se dice con la justicia restaurativa y en los casos en que la Ley lo permita, porque además son casos específicos, creo que va ser benéfico dice un dicho y lo decimos todos los abogados más vale un arreglo que un buen juicio, creo

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que a través de eso si la persona afectada agraviada siente que sea reparado su daño, creo que es benéfico, porque se va ha ahorra en mucho de los casos un tormento de tiempo y de gastos innecesarios.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Re victimar, re victimización o doble victimización, entonces podríamos decir que la reparación del daño o más bien la justicia restaurativa y la recompensación mejor llamada es algo más que la simple reparación del daño.

Intervención

Licenciada Alicia Fragoso Sánchez. Si, para mi sí, si están de acuerdo las partes por supuesto, tiene que ser ese.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Hay que involucrar e inclusive al autor del delito, no solamente la victima.

Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

Así es tienen que estar de acuerdo las dos partes, conviene esto a los dos creo como usted dice evitar esa re victimización, porque es un camino turtoroso y tormentoso además entonces comparto con eso, pero simplemente estén de acuerdo las dos partes y en los casos que la ley lo permita. Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Me gustaría oír su comentario en torno a una exposición de usted, terminar con la delincuencia, con el nuevo sistema, cómo logrará ello si hay soluciones alternativas, si hay procedimientos abreviados, si hay suspensión del procedimiento a prueba o a

comisión, si además como dijo usted al final, se pretende la disminución de los procesos, pero no se habla de una reinserción social, en todos estos puntos, como lograríamos ello.

Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

Bueno también como yo lo mencionaba, trate de ser más ágil, omití algunas cuestiones y lo hice en mi manifestación hace un momento con la reforma constitucional de dos mil ocho, pero ahí esta incluido también el artículo 18 constitucional que precisamente nos habla de la reinserción social cuando hay.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Y cómo se lograría esa reinserción social cuando hay una solución alternativa si hay dinero de por medio del delincuente hacía la víctima y no se lleve el tratamiento de reinserción social concretamente le hablo de las experiencias de Chihuahua, Oaxaca y otros estados, como se lograría aquí que es parte de la pregunta que se le formulo de cómo aterrizaríamos esta reforma en Tlaxcala.

Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

Mire se me hace muy interesante su pregunta y creo que independiente de esa reparación no exime del hecho de que el delincuente vuelva a reincidir, y a decir se me hace muy fácil total reparo y no hay mayor problema, creo que en este momento si debe de considerarse en este momento en Tlaxcala en un apartado muy importante de la ley en el que se toman en cuenta los aspectos de educación, de cultura de deporte de capacitación para estar vigilando a la persona y seguir ayudando a ella para efecto de no volver a delinquir y que tome conciencia que lo mejor será conducirse conforme a derecho como un ciudadano

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creo que en ese aspecto si debería haber una reforma importante para que, así como se gasta una cantidad muy elevada con la reclusión de los internos, porque no destinar también un presupuesto importante precisamente para la rehabilitación, estando, sin la necesidad de estar recluido. Presidente del jurado, en quince segundos dígame por favor los menores de edad, los adolecentes comente delitos, no son infracciones sociales, Jurado, si la constitución en el artículo 18 dice, a quien haya cometido un delito siendo menor de edad, no sería un delito, por ultimo punto le pido que me refiera en cuanto a la participación como ministerio público, que me refiera su intervención en materia de control constitucional local.

Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

Si, es una de las facultades que tiene el Procurador General de Justicia en el Estado, consagradas en la Ley Orgánica del Ministerio Público, y en el Estado de Tlaxcala no se han dado aún estos casos a pesar de ser una facultad, creo y consideraría esto yo en la reforma, creo que si bien es cierto existe una dirección jurídica en la Procuraduría pero esta exclusivamente dedicada y atiborrada de contestar amparos y de contestar requerimientos de autoridades, creo que debería de darse una especial atención y un departamento también, porque, porque creo que es una de las facultades del Procurador vigilar la legalidad en el Estado de Tlaxcala y en consecuencia hacer uso de los medios constitucionales, medios de control constitucional que previene en el artículo 81 de la Constitución Local en el Estado de Tlaxcala.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Intervengo nada más brevemente debe entenderse esto como la facultad que tiene

el Procurador de ejercitar la acción de inconstitucional o nada más participar. Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

No, claro que ejercer la facultad es una facultad que esta considera ejercerla, pero además porque también no se ejerce, porque no hay personal suficiente en la Procuraduría porque debe de haber capacitación y muchas veces si el Procurador quisiera hacerlo y no tiene los mecanismos y las herramientas y el personal necesario no se esta cumpliendo con la Ley, pero si es una facultad.

Intervención

Doctor Héctor Maldonado Villagómez. Una última cuestión este que opina usted, porque llamó la atención en días pasados porque en cierta Procuraduría del País, se dijo que la Procuraduría de justicia no puede intervenir en los Programas de Prevención del Delito.

Intervención

Lic. Alicia Fragoso Sánchez.

Como no si la Procuraduría forma parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y esa es una de las facultades que están prevista en la Ley y hace un momento yo lo omití, pero también quiero decir que dentro de mi propuesta sería establecer en Tlaxcala un observatorio ciudadano y un control de mecanismos tecnológicos, por los cuales el Procurador tenga en su oficina la verificación exacta de las averiguaciones previas y de los procesos que se están desahogando; y que esta participación ciudadana sea a través de este observatorio que acontece en otros estados menos en el nuestro, para que haya una participación con toda la ciudadanía con las autoridades locales, con las autoridades municipales, con la federación y como lo establece ya, insisto la Ley Nacional de Seguridad

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