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UMARIO
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NORMAS LEGALES
VIERNES 1 DEJUNIODE 2018 Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado
AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL
Año XXXV - Nº 14526
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
D.S. N° 058-2018-PCM.- Prórroga de Estado de
Emergencia en distritos de las provincias de Huanta y la Mar (Ayacucho), de las provincias de Tayacaja y Churcampa (Huancavelica), de la provincia de la Convención (Cusco) y de las provincias de Satipo, Concepción y Huancayo (Junín)
5 R.M. Nº 136-2018-PCM.- Autorizan viaje de funcionario
del INDECOPI a Francia, en comisión de servicios 6
AGRICULTURA Y RIEGO
R.M. Nº 234-2018-MINAGRI.- Designan Asesor I de la Alta
Dirección - Despacho Ministerial 7 R.M. Nº 235-2018-MINAGRI.- Designan Director Ejecutivo
del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca 8 R.M. Nº 236-2018-MINAGRI.- Designan Director General
de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos 8
R.D. Nº 224-2018-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE.- Aceptan renuncia de Director de la Dirección Zonal
Tumbes de AGRO RURAL 8
AMBIENTE
D.S. N° 004-2018-MINAM.- Modifican el D.S. N°
008-2009-MINAM, que establece Disposiciones para la elaboración de los planes maestros de las áreas naturales
protegidas 9
R.M. Nº 210-2018-MINAM.- Declaran en emergencia
la gestión y manejo de residuos sólidos en el distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de
Huánuco 10
R.M. Nº 211-2018-MINAM.- Autorizan viaje de servidores
del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP a Brasil, en comisión de servicios 11 R.M. Nº 214-2018-MINAM.- Designan Directora de la
Oficina General de Administración 12 R.M. Nº 216-2018-MINAM.- Designan Director de la
Oficina General de Recursos Humanos 12
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
R.M. N° 203-2018-MINCETUR.- Designan representantes
del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de la Acción del Estado en el Ámbito Marítimo – COMAEM 12
DEFENSA
R.M. Nº 681-2018 DE/.- Designan Asesor II del Despacho
Viceministerial de Políticas para la Defensa 13 R.M. Nº 682-2018 DE/SG.- Aprueban reordenamiento de
cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Unidad Ejecutora 0001: Administración General del Ministerio de Defensa 13
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
R.S. N° 007-2018-MIDIS.- Aceptan renuncia de
Viceministra de Prestaciones Sociales 15
ECONOMIA Y FINANZAS
R.D. Nº 007-2018-EF/51.01.- Oficializan diversos Eventos
Contables 15
EDUCACION
R.M. Nº 263-2018-MINEDU.- Modifican el artículo 2 de la
R.M. N° 205-2018-MINEDU, que designa a los responsables de entregar la información solicitada conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública 16 R.M. Nº 264-2018-MINEDU.- Designan Directora de la
Dirección de Educación Primaria de la Dirección General de Educación Básica Regular 16 R.M. Nº 265-2018-MINEDU.- Designan Director de la
Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural 17 R.M. Nº 266-2018-MINEDU.- Designan Directora de la
Dirección de Educación Inicial de la Dirección General de Educación Básica Regular 17 R.M. Nº 267-2018-MINEDU.- Aprueban Cuadro para
Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo 18 R.M. Nº 268-2018-MINEDU.- Designan Jefa de la Oficina
de Seguimiento y Evaluación Estratégica 19 R.M. Nº 269-2018-MINEDU.- Designan Directora General
de la Dirección General de Desarrollo Docente 19
ENERGIA Y MINAS
D.S. N° 012-2018-EM.- Declaran de necesidad pública
la inversión privada en actividad minera y autorizan a empresa minera con inversión extranjera y peruana a adquirir derechos mineros dentro de los cincuenta kilómetros de zona de frontera 19
EDITORA PERU Fecha: 01/06/2018 04:47:38
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NORMAS LEGALES
R.M. Nº 195-2018-MEM/DM.- Fijan en 7 horas las Horasde Regulación a que se refiere el literal d) del art. 110 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas para el periodo del 1 de mayo de 2018 al 30 de abril de 2022 20 R.M. Nº 196-2018-MEM/DM.- Fijan los valores de Margen
de Reserva (MR) del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), para el periodo que se inicia en mayo de 2018 y concluye en abril de 2021 21
INTERIOR
R.M. N° 738-2018-IN.- Designan Director General de la
Oficina General de Infraestructura del Ministerio 23 R.D. N° 029-2018-IN-VOI-DGIN.- Dan por concluidas
y dejan sin efecto designaciones, aceptan renuncias y designan Subprefectos Provinciales y Distritales 23
MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
D.S. N° 002-2018-MIMP.- Aprueban Reglamento de la
Ley N° 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño 25 R.M. Nº 173-2018-MIMP.- Aprueban el “Plan Operativo
Institucional - POI del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables” 36
RR.MM. Nºs. 175 y 176-2018-MIMP.- Designan Directora
Ejecutiva y Directora II de la Unidad de Atención Integral Frente a la Violencia Familiar y Sexual del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS 37
PRODUCE
Fe de Erratas R.M. Nº 227-2018-PRODUCE 38
RELACIONES EXTERIORES
R.S. N° 099-2018-RE.- Pasan a la situación de retiro a
Embajador en el Servicio Diplomático de la República 38
R.M. N° 0312/RE-2018.- Designan funcionario como
Presidente de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados 38
SALUD
RR.MM. Nºs. 509 y 510-2018/MINSA.- Autorizan viajes
de profesionales de la DIGEMID a la India y la República Popular China, en comisión de servicios 39 R.M. N° 512-2018/MINSA.- Designan Ejecutiva Adjunta I
de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 41
R.M. N° 513-2018/MINSA.- Autorizan viaje de
profesionales de la DIGEMID a la República Popular China, en comisión de servicios 42 R.M. N° 514-2018/MINSA.- Disponen la publicación de
proyecto de Reglamento del Servicio Civil Especializado de Salud en el Portal Institucional del Ministerio 43 R.M. N° 515-2018/MINSA.- Encargan funciones de
Director de Instituto Especializado de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño 43
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
R.VM. Nº 012-2018-MTPE/3.- Designan Gerente de la
Unidad Gerencial de Promoción del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” 44
R.VM. Nº 013-2018-MTPE/3.- Designan Gerente de la
Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” 44
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 386-2018 MTC/01.03.- Designan Directora
General de la Dirección General de Concesiones en
Comunicaciones 45
R.M. Nº 387-2018 MTC/01.02.- Designan Secretario
Ejecutivo del Fondo de Compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito y del Certificado contra Accidentes de Tránsito 45 R.M. Nº 388-2018 MTC/01.03.- Otorgan a Cable Hogar
S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio nacional 46 R.M. Nº 389-2018 MTC/01.03.- Otorgan a QITV
Telecomunicaciones S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio nacional 47 R.M. Nº 390-2018 MTC/01.02.- Aprueban ejecución de
expropiación de inmuebles afectados por la ejecución de la obra “Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana)” y el valor de tasación 48 R.M. Nº 391-2018 MTC/01.02.- Aprueban ejecución de
expropiación de inmueble afectado por el Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao” 50 RR.MM. Nºs. 392, 393 y 394-2018 MTC/01.02.-
Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Ucrania y los EE.UU., en comisión de
servicios 52
VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
D.S. N° 009-2018-VIVIENDA.- Decreto Supremo que
establece plazo para la entrega de expedientes y bienes vinculados al Catastro Rural a los Gobiernos Regionales y dispone medidas complementarias para que éstos asuman la ejecución de los procedimientos y servicios conforme al Decreto Supremo N° 018-2014-VIVIENDA 55
ORGANISMOS EJECUTORES
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
R.J. Nº 138-2018-INDECI.- Designan Director de la
Dirección Desconcentrada INDECI - Pasco 56
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
R.J. Nº 128-2018-J-OPE/INS.- Designan Asistente de Alta
Dirección de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud 57 SEGURO INTEGRAL DE SALUD
R.J. Nº 119-2018/SIS.- Designan Asesor de la Secretaría
General del Seguro Integral de Salud 57 R.J. Nº 120-2018/SIS.- Aprueban el Plan Operativo
Institucional - POI del Seguro Integral de Salud - SIS, correspondiente al Año Fiscal 2019 58
SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS
Res. Nº 016-2018-SUTRAN/01.1.- Designan Asesor de
Alta Dirección del Despacho de Superintendencia de la
SUTRAN 58
Res. Nº 017-2018-SUTRAN/01.1.- Designan Subgerente
de la Subgerencia de Registro y Ejecución de Sanciones de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones de la SUTRAN
59 Res. Nº 018-2018-SUTRAN/01.1.- Designan Subgerente
de la Subgerencia de Procedimientos de Tránsito de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones de la SUTRAN 59
Res. Nº 019-2018-SUTRAN/01.1.- Designan Subgerente
de la Subgerencia de Procedimientos de Servicios Complementarios de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones de la SUTRAN 60
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NORMAS LEGALES
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Res. Nº 083-2018-OS/CD.- Aprueban la Base de Datos de
Módulos Estándares de Transmisión en 500 kV 60 Res. Nº 084-2018-OS/CD.- Modifican la Norma “Precios
a Nivel Generación y Mecanismo de Compensación entre Usuarios Regulados”, aprobada por Resolución N°
180-2007-OS/CD 61
Res. Nº 023-2018-OS/GRT.- Aprueban costos
administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de marzo de 2018 64
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Res. Nº 00022-2018/CEPLAN/PCD.- Formalizan la
aprobación del Plan Operativo Institucional 2019 del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN 65
CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Res. Nº 103-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan
Acuerdo que amplía autorización a World Vision Perú como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de “Promotor en gestión del riesgo de desastres” 67 Res. Nº 104-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan
Acuerdo que autoriza a la Asociación Civil PROSYNERGY como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de “Experto en Tecnologías Productivas Familiares - Yachachiq Productivo” 67 Res. Nº 105-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan Acuerdo
que autoriza al Centro de Investigación y Tecnología Mecánica S.A.C. ITM SAC como Entidad Certificadora de competencias en la ocupación de “Operario de maquinaria
pesada” 68
Res. Nº 106-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan
Acuerdos que reconocen acreditaciones otorgadas por el ICACIT a diversos programas de estudios de la Universidad
ESAN 68
Res. Nº 107-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan
Acuerdos que reconocen acreditaciones otorgadas por el IAC- CINDA a diversos programas de estudios de la Pontifica Universidad Católica del Perú 69 Res. Nº 108-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan
Acuerdo que reconoce acreditación otorgada por el IAC - CINDA al programa de estudios de Ingeniería Industrial de la Universidad de Lima 70 Res. Nº 109-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan
Acuerdo que autoriza a International Zeta Consulting SAC como Entidad Evaluadora Externa con Fines de Acreditación para Educación Superior Universitaria 71 Res. Nº 110-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan
Acuerdo que autorizó el registro de la entidad “WASC SENIOR COLLEGE AND UNIVERSITY COMMISSION”, como agencia acreditadora ante el Sineace, para acreditación institucional de Educación Superior Universitaria 72 Res. Nº 111-2018-SINEACE/CDAH-P.- Oficializan Acuerdo
que autorizó el registro de la entidad “Consejo para la Acreditación de la Enseñanza del Derecho A.C. - CONAED”, como agencia acreditadora ante el Sineace, para acreditación de programas de estudio de pregrado en Derecho en el ámbito de Educación Superior Universitaria 73
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
R.J. Nº 165-2018-INEI.- Aprueban Índices de Precios al
Consumidor al Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de mayo de 2018 74 R.J. Nº 166-2018-INEI.- Aprueban Índice de Precios al Por
Mayor a Nivel Nacional correspondiente al mes de mayo de
2018 74
ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Res. N° 063-2018-OEFA/PCD.- Aprueban Plan Operativo
Institucional del OEFA para el Año Fiscal 2019 75
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Res. N° 124-2018-SUNARP/SN.- Designan Asesor de
Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos 76
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Res. Nº 021-2018-SUNASS-CD.- Resolución de Consejo
Directivo que aprueba la modificación del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS
(Separata Especial)
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Res. Nº 077-2018/SUSALUD/S.- Aceptan renuncia de
Secretario General de la Superintendencia Nacional de
Salud 76
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Res. Nº 050-2018-SUNEDU/CD.- Otorgan Licencia
Institucional a la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, para ofrecer el servicio educativo superior
universitario 78
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 369-2018-P-CSJCL/PJ.- Designan y
reasignan magistrados en la Corte Superior de Justicia del Callao y dictan diversas disposiciones 79 Res. Adm. Nº 384-2018-P-CSJCL/PJ.- Establecen
conformación del Juzgado Penal Colegiado Permanente del Callao, reasignan y designan magistrados en la Corte Superior de Justicia del Callao 81 Res. Adm. Nº 385-2018-P-CSJCL/PJ.- Reasignan y designan
magistrados en el 3° y 4° Juzgados de Familia del Callao 82 Res. Adm. Nº 386-2018-P-CSJCL/PJ.- Designan Juez
Supernumerario del 4° Juzgado de Paz Letrado del Callao
83 Res. Adm. Nº 390-2018-CED-CSJCL/PJ.- Establecen el
rol de turnos de los Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes y Transitorios; de los Juzgados Penales Unipersonales Permanentes y Transitorios; del Juzgado Penal Colegiado Permanente y Transitorio; y de la Sala Penal de Apelaciones Permanente y Transitoria de la Corte Superior de Justicia del Callao 84
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NORMAS LEGALES
Res. Adm. Nº 391-2018-P-CSJCL/PJ.- Designan JuezSupernumerario del 6° Juzgado de Trabajo del Callao 86
ORGANISMOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Res. Nº 312-2018-CG.- Aprueban Planes Anuales de
Control 2018 de veintidós Órganos de Control Institucional
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JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. Nº 0261-2018-JNE.- Confirman Acuerdo de
Concejo N.° 001-2018-MDG, que rechazó la solicitud de vacancia contra regidor de la Municipalidad Distrital de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de
La Libertad 88
Res. Nº 0276-2018-JNE.- Declaran nulo acto de
notificación del Acuerdo de Concejo que declaró improcedente solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Distrital de Las Pirias, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca y nulos los actos posteriores en el procedimiento de vacancia 91 Res. Nº 0287-2018-JNE.- Confirman el Acuerdo de
Concejo N° 003-2018-MDBSH, que declaró infundada solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Distrital de La Banda de Shilcayo, provincia y departamento
de San Martín 93
Res. Nº 0290-2018-JNE.- Confirman el Acuerdo de
Concejo N° 009-2018-MPA/CM, que desestimó solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Provincial de Ambo, departamento de Huánuco 98 Res. Nº 0291-2018-JNE.- Convocan a ciudadano para
que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima 106 Res. Nº 0300-2018-JNE.- Convocan a ciudadanos para
que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Cotaruse, provincia de Aymaraes, departamento
de Apurímac 109
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
R.J. N° 000098-2018-JN/ONPE.- Aprueban el Plan
Operativo Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el Año Fiscal 2019 111
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 2117-2018.- Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de
Seguros 111
Res. Nº 2165-2018.- Autorizan viaje de funcionario a
Francia, en comisión de servicios 112
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA
Acuerdo Nº 38-2018-GR.CAJ-CR.- Aprueban y
autorizan la transferencia de los Contratos de Operación y Mantenimiento del Programa de Ampliación de Frontera Eléctrica III Etapa -PAFE III, Cajamarca, obras de Electrificación Rural para Sistemas Eléctricos Rurales SER Lote 09; a favor de ELECTRONORTE S.A. 113
GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
R.D. Nº 74-2018-GR-HUANUCO/DREMH.- Otorgan
concesión definitiva a favor de HYDROPLUS GLOBAL S.A.C. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en la Pequeña Central Hidroeléctrica San Juan 114
GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Ordenanza Nº 014-2018-GRL-CR.- Aprueban la
modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Loreto 115
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ordenanza Nº 541/MC.- Ordenanza que aprueba la
campaña de formalización y/o regularización de autorización de instalación de anuncios y avisos de publicidad exterior en
el distrito 121
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
D.A. Nº 005-2018-A/MLV.- Modifican Anexo N° 1 del
Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año 2019 123
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Ordenanza Nº 390-MVES.- Ordenanza que establece
beneficios para el pago de deudas tributarias, administrativas, sanciones generadas y regularización predial 124
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Ordenanza Nº 002-2018-AL/CPB.- Aprueban fechas de
vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio 2018 y establecen la modalidad de liquidación de los tributos y los derechos de pago por los servicios de actualización
mecanizada 126
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CARABAYA
Acuerdo Nº 042-2018-CM/MPC-M.- Autorizan viaje del
alcalde para participar en el “I Encuentro Internacional Turístico La Magia del Tahuantinsuyo 2018”, a realizarse en EE.UU. 127
SEPARATA ESPECIAL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Res. Nº 021-2018-SUNASS-CD.- Resolución de Consejo
Directivo que aprueba la modificación del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS
PROYECTOS
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Res. Nº 020-2018-SUNASS-CD.- Proyecto de resolución que
establecería para EMAPISCO S.A. la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión del quinquenio regulatorio 2018-2023 y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios 128
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NORMAS LEGALES
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
Prórroga de Estado de Emergencia en
distritos de las provincias de Huanta y
La Mar (Ayacucho), de las provincias de
Tayacaja y Churcampa (Huancavelica), de
la provincia de la Convención (Cusco) y
de las provincias de Satipo, Concepción y
Huancayo (Junín)
DECRETO SUPREMO Nº 058-2018-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 035-2018-PCM, publicado el 29 de marzo de 2018, se declaró la prórroga por el término de SESENTA (60) días calendario, a partir del 4 de abril de 2018, del Estado de Emergencia en los distritos de Huanta, Ayahuanco, Santillana, Chaca, Sivia, Llochegua, Canayre, Uchuraccay, Pucacolpa y Luricocha de la provincia de Huanta y en los distritos de San Miguel, Anco, Ayna, Chungui, Oroncco y, Santa Rosa, Tambo, Samugari, Anchihuay de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; en los distritos de Pampas, Huachocolpa, Quishuar, Salcabamba, Salcahuasi, Surcubamba, Tintaypuncu, Roble, Santiago de Tucuma, Andaymarca, San Marcos de Rocchac, Huaribamba, Pazos, Daniel Hernández y Colcabamba de la provincia de Tayacaja y en los distritos de Anco. Chinchihuasi, Churcampa, Cosme, El Carmen, La Merced, Locroja, Pachamarca, Paucarbamba, San Miguel de Mayocc, San Pedro de Coris de la provincia de Churcampa del departamento de Huancavelica; en los distritos de Echarate, Megantoni, Kimbiri, Pichari, Vilcabamba, Inkawasi, Villa Kintiarina y Villa Virgen de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; y, en los distritos de Llaylla, Mazamari Pampa Hermosa, Pangoa, Vizcatán del Ene y Río Tambo de la provincia de Satipo, en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín;
Que, con Ofi cio N° 513-JCCFFAA/OAJ, (S) de fecha 14 de mayo de 2018, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas informa que de los distritos mencionados en el considerando precedente, en CINCUENTA Y CUATRO (54) distritos aún subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria de Estado de Emergencia, cuyo plazo de vigencia se encuentra próximo a culminar, mientras que con relación a los NUEVE (9) distritos restantes ya no subsisten dichas condiciones; en ese sentido, resulta necesario prorrogar el Estado de Emergencia respecto de los CINCUENTA y CUATRO (54) distritos antes citados, a fi n que la presencia de las Fuerzas Armadas, con su acertado accionar, permita que la población se identifi que con los fi nes u objetivos que busca el Gobierno Nacional, esto es, la consolidación de la pacifi cación de la zona y del país;
Que, mediante Informe Técnico N° 003-18 CCFFAA/D-3/DCT (S) de fecha 11 de mayo de 2018, el Jefe de la División de Operaciones - Frente Interno del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (3° DIEMCFFAA), concluye, desde el punto de vista operacional, que del total de distritos declarados en Estado de Emergencia en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), CINCUENTA Y CUATRO (54) distritos deben mantenerse en dicha situación con el fi n que las Fuerzas Armadas puedan continuar con las operaciones y
acciones militares dentro del área de responsabilidad del CE-VRAEM;
Que, mediante Dictamen N° 175-2018/CCFFAA/ OAJ, (S) de fecha 14 de mayo de 2018, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, opina que el proyecto de Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en CINCUENTA Y CUATRO (54) distritos en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM), en atención a la recomendación efectuada por el Jefe de la División de Operaciones - Frente Interno del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (3° DIEMCFFAA) mediante Informe Técnico N° 003-18 CCFFAA/D- 3/ DCT (S) de fecha 11 de mayo de 2018, se encuentra comprendido dentro de los alcances del marco legal previsto en el numeral (1) del artículo 137º de la Constitución Política del Perú;
Que, el numeral (1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, establece que la prórroga del Estado de Emergencia requiere de la emisión de un nuevo Decreto Supremo; asimismo, que durante el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno, si así lo dispone el Presidente de la República;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1095, se establece el marco legal que regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de la fuerza por parte de· las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, disponiendo en su artículo 4 que la intervención de las Fuerzas Armadas en defensa del Estado de Derecho y protección de la sociedad se realiza dentro del territorio nacional con la fi nalidad de hacer frente a un grupo hostil, conduciendo operaciones militares, previa declaración del Estado de Emergencia, cuando las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno;
Que, el artículo 12 del referido Decreto Legislativo, establece que durante la vigencia del Estado de Emergencia, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas designa al Comando Operacional para el control del orden interno, con la participación de la Policía Nacional del Perú, la que previa coordinación cumple las disposiciones que dicte el Comando Operacional;
Que, conforme al artículo 3 de la norma acotada, se considera grupo hostil a la pluralidad de individuos en el territorio nacional, que reúne las tres condiciones: (i) están mínimamente organizados; (ii) tienen capacidad y decisión de enfrentar al Estado en forma prolongada y por medio de armas de fuego; y (iii) participan en las hostilidades o colaboran en su realización;
Que, en ese orden de ideas, se precisa que la actuación de los remanentes terroristas, constituye un grupo hostil, toda vez que reúnen las condiciones antes señaladas;
Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la norma en mención, establece que el empleo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas contra un grupo hostil durante el Estado de Emergencia, se sujeta a las reglas de enfrentamiento, ejecutándose las operaciones de conformidad con el Derecho Internacional Humanitario;
Que, el numeral 4.14 del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas dispone que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas tiene entre sus funciones asumir el Comando Único de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, cuando el Presidente de la República declare el estado de emergencia con el control del orden interno a cargo de las Fuerzas Armadas; en concordancia con su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007- 2016-DE, publicado el 19 de julio de 2016;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 004-2013-DE, publicado el 21 de junio de 2013, precisa los alcances de Comando en acciones u operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control de orden interno, disponiendo que la planifi cación, organización, dirección y conducción de las acciones u operaciones militares serán ejecutadas bajo un Comando Unifi cado, a cargo del respectivo Comando Operacional de las Fuerzas Armadas;
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NORMAS LEGALES
(4) y (14) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República.
DECRETA:
Artículo 1.- Prórroga de Estado de Emergencia
Prorrogar por el término de SESENTA (60) días calendario, a partir del 3 de junio de 2018, el Estado de Emergencia en los distritos de Huanta, Ayahuanco, Santillana, Chaca, Sivia, Llochegua, Canayre, Uchuraccay, Pucacolpa y Luricocha de la provincia de Huanta y en los distritos de San Miguel, Anco, Ayna, Chungui, Oronccoy, Santa Rosa, Tambo, Samugari, Anchihuay de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; en los distritos de Pampas, Huachocolpa, Quishuar, Salcabamba, Salcahuasi, Surcubamba, Tintaypuncu, Roble, Andaymarca, Daniel Hernández y Colcabamba de la provincia de Tayacaja y en los distritos de Chinchihuasi, Churcampa, La Merced, Pachamarca, Paucarbamba, San Pedro de Coris de la provincia de Churcampa del departamento de Huancavelica; en los distritos de Echarate, Megantoni, Kimbiri, Pichari, Vilcabamba, Inkawasi, Villa Kintiarina y Villa Virgen de la provincia de La Convención del departamento del Cusco; y, en los distritos de Llaylla, Mazamari, Pampa Hermosa, Pangoa, Vizcatán del Ene y Río Tambo de la provincia de Satipo, en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de Concepción y en los distritos de Santo Domingo de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junín.
Artículo 2.- Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales
Durante el Estado de Emergencia a que se refi ere ‘el artículo anterior y en la circunscripción señalada en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos (9), (11), (12) y (24), apartado (f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Artículo 3.- Control del Orden Interno
Disponer que las Fuerzas Armadas asuma el control del Orden Interno, en tanto dure el Estado de Emergencia declarado en los distritos indicados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo.
La Policía Nacional apoya a las Fuerzas Armadas para el logro de dicho objetivo en los distritos declarados en Estado de Emergencia.
Artículo 4.- De la intervención de las Fuerzas Armadas
La actuación de las Fuerzas Armadas se rige por las normas del Derecho Internacional Humanitario, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.
Artículo 5.- Comando Unifi cado
Disponer que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, en los distritos indicados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, así como en el Decreto Supremo N° 004-2013-DE, que precisa los alcances del Comando en acciones y operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del Orden Interno.
Artículo 6.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ HUERTA TORRES
Ministro de Defensa
MAURO MEDINA GUIMARAES Ministro del Interior
SALVADOR HERESI CHICOMA Ministro de Justicia y Derechos Humanos
1654825-1
Autorizan viaje de funcionario del INDECOPI
a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 136-2018-PCM
Lima, 31 de mayo de 2018 VISTA:
La Carta Nº 420-2018/PRE-INDECOPI, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y,
CONSIDERANDO:
Que, la Organización para la Cooperación al Desarrollo Económicos (OCDE) tiene como objetivo fomentar políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, para lo cual brinda un foro donde los gobiernos pueden trabajar en conjunto para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes, trabajando con los gobernantes para comprender las razones que conducen al cambio económico, social y ambiental;
Que, en el año 2014, se suscribió el Acuerdo de Cooperación y el Memorando de Entendimiento entre la República del Perú y la OCDE, a efectos de implementar el “Programa País”, que desarrolla tres tipos de actividades: i) el estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad de sectores, ii) la adhesión a prácticas estándares e instrumentos legales internacionales, y, iii) la participación en las sesiones de diversos comités y grupos de trabajo de la OCDE;
Que, el Perú -a través de INDECOPI– es miembro Participante del Comité de Políticas de Competencia de la OCDE, por lo que, se requiere su participación activa en sus reuniones, y debe cooperar con las funciones del mencionado comité y de los foros vinculados, inclusive proporcionando la información que pueda ser requerida por este órgano;
Que, participar en las reuniones del Grupo de Trabajo Nº 2 sobre Competencia y Regulación, del Grupo de Trabajo N° 3 sobre Cooperación y Aplicación, y del Comité de Competencia de la OCDE, permite la promoción de las actividades del Perú en materia de política de competencia; asimismo, se debe tener en consideración que participar en las reuniones de la OCDE, es parte de las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser miembros, siendo la participación del Perú parte de sus obligaciones internacionales;
Que, el INDECOPI ha participado activamente en el Comité de Competencia fundamentalmente persiguiendo dos objetivos fundamentales: a) Aportar como institución al posicionamiento del país en el proceso de acceso a la OCDE; y, b) Trabajar en el acercamiento de las políticas públicas en materia de competencia de nuestro país a los estándares de este foro;
Que, adicionalmente, es importante recalcar que la participación del INDECOPI en las reuniones mencionadas
7
NORMAS LEGALES
se ha materializado en acciones consistentes con los dos objetivos mencionados en el párrafo anterior, siendo así que con relación al objetivo a) Aportar como institución al posicionamiento del país en el proceso de acceso a la OCDE: se ha reportado en diversos informes de participación en los foros en mención de la OECD, que es fundamental la presentación de contribuciones escritas y presentaciones en los grupos de trabajo, a fi n de dar a conocer los avances y experiencia del Perú en materia de competencia; se puede acceder a dicha información en el siguiente enlace: https://www.indecopi.gob.pe/web/guest/ contribuciones-al-comite-de-competencia;
Que, asimismo, con relación al objetivo b) Trabajar en el acercamiento de las políticas públicas en materia de competencia de nuestro país a los estándares de este foro: el trabajo realizado permanentemente en los grupos de trabajo y comité de competencia, ha permitido integrar al caso peruano reformas como las que han conducido al exitoso programa de clemencia, materializando cambios legislativos;
Que, mediante comunicación electrónica de fecha 16 de abril del presente año, la Secretaría de la División de Competencia de la OCDE remitió a los miembros del comité de competición, información relacionada a la obtención de versiones actualizadas de las agendas para las próximas reuniones de los Grupos de Trabajo Nº 2 - Competencia y Regulación, Grupo de Trabajo Nº 3 - Cooperación y Aplicación, y del Comité de Competencia de la OCDE; asimismo, se remitió la nota de instrucciones sobre las referidas reuniones que se realizarán del 04 al 08 de junio de 2018, en la ciudad de París, República Francesa;
Que, en el Grupo de Trabajo N° 2 se debatirá sobre el mercado de servicios de taxi, la revisión de la caja de herramientas para evaluación de competencia, y la presentación y discusión de Estándares de Interfaz de Aplicación de Programaciones (API, por sus siglas en inglés) en el sector bancario de Reino Unido y Holanda; mientras que el Grupo de Trabajo N° 3 tiene como uno de los puntos de su agenda discutir sobre los desafíos y la coordinación de programas de clemencia, el diseño y la prueba de compensaciones efectivas para encarar al consumidor, el monitoreo e implementación de la recomendación concerniente a la acción efectiva contra cárteles duros;
Que, en la reunión del Comité de Competencia que se realizará los días 06, 07 y 08 de junio de 2018, se discutirá los efectos causados por fusiones, comercio electrónico y competencia, reportes anuales en competencia, audiencia en concentración de mercados, alcances sobre discusión de cadena de bloques y competencia, reportes anuales en política de competencia, relaciones globales del Comité de Competencia, entre otros; temas de largo plazo para el Comité;
Que, adicionalmente, es importante mencionar que el INDECOPI presentará contribuciones escritas en la reunión del Grupo de Trabajo N° 2 sobre Competencia y Regulación, en la “Mesa Redonda sobre mercado de servicio de Taxis”; en el Grupo de Trabajo N° 3 sobre Cooperación y Aplicación, en la mesa redonda “Desafíos y coordinación de los Programas de Clemencia”; y, además, en este último Grupo de Trabajo se compartirá información relevante en la mesa redonda denominada “Diseño y Pruebas efi caces de compensaciones para el Consumidor”;
Que, la participación del INDECOPI en las referidas reuniones, con las autoridades del más alto nivel en el ámbito de competencia, permitirá compartir la experiencia peruana en temas de libre competencia con el resto de participantes, y conocer cómo se abordan las cuestiones tratadas en estas sesiones en otras jurisdicciones, lo que coadyuvará a la incorporación de la República de Perú a la OCDE;
Que, el INDECOPI ha coordinado la realización de reuniones bilaterales con agencias pares (como las agencias de competencia de Reino Unido, Australia, Italia, y Canadá), con el fi n de establecer las bases de colaboración para el fortalecimiento y desarrollo institucional, mediante la realización de actividades de cooperación técnica e intercambio de experiencias sobre la aplicación de leyes de competencia, así como
aquellas relacionadas con la abogacía de la política de competencia en sus respectivas jurisdicciones;
Que, la Gerencia General del INDECOPI es el órgano ejecutivo de mayor nivel dentro de la institución y lidera los esfuerzos para lograr el cumplimiento de los objetivos institucionales, lo cual contribuye al posicionamiento del INDECOPI frente a otras instituciones y organizaciones internacionales;
Que, en ese contexto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del Gerente General del Consejo Directivo del INDECOPI, señor Francisco Javier Coronado Saleh, la ciudad de París, República Francesa a fi n que participe en los eventos mencionados; lo que permitirá priorizar los compromisos que resultan de interés nacional para la promoción de las actividades de la República de Perú en materia de política de competencia;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI);
De conformidad con la Ley N° 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modifi catoria; el Decreto Legislativo Nº 1033 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y sus modifi catoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, y modifi catoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Francisco Javier Coronado Saleh, Gerente General del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 02 al 09 de junio de 2018 a la ciudad de Paris, República Francesa; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes : US$ 2,314.65 Viáticos (US$ 540,00 x 1+5) : US$ 3,240.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución
ministerial no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros
1654817-1
AGRICULTURA Y RIEGO
Designan Asesor I de la Alta Dirección -
Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 234-2018-MINAGRI
8
NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor I de la Alta Dirección – Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego; por lo que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo;
Con los respectivos visados de la Secretaría General, Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y Ofi cina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cada por la Ley Nº 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al
señor Javier Enrique Galdos Carvajal, en el cargo de Asesor I de la Alta Dirección – Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego
1654814-1
Designan Director Ejecutivo del Proyecto
Especial Binacional Lago Titicaca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235-2018-MINAGRI
Lima, 31 de mayo de 2018 CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0540-2016-MINAGRI, de fecha 27 de octubre de 2016, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 28 de octubre de 2016, se designó al señor Ingeniero Agrónomo Adán Quisocala Ramos, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca del Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, corresponde dar por concluida su designación; Con los respectivos visados del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, Secretaría General, Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y Ofi cina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cada por la Ley Nº 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor Adán Quisocala Ramos, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca del Ministerio de Agricultura y Riego.
Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Julver Josue Vilca Espinoza, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca del Ministerio de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego
1654814-2
Designan Director General de la Oficina
General de Gestión de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2018-MINAGRI
Lima, 31 de mayo de 2018 CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0480-2016-MINAGRI, de fecha 13 de setiembre de 2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 14 de setiembre de 2016, se designó al señor abogado José Francisco Hoyos Hernández, en el cargo de Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia;
Con los respectivos visados de la Secretaría General y, Ofi cina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cada por la Ley Nº 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor abogado José Francisco Hoyos Hernández, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Carlos Alberto Cavagnaro Pizarro, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Riego.
Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego
1654814-3
Aceptan renuncia de Director de la Dirección
Zonal Tumbes de AGRO RURAL
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 224-2018-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE
Lima, 31 de mayo de 2018 CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 392-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 08 de setiembre de 2017, se designó al Ingeniero Manuel Trinidad Leiva Castillo, en el cargo de Director de la Dirección Zonal Tumbes del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, el citado funcionario ha presentado Carta de Renuncia al cargo que viene desempeñando, el mismo que se ha visto por conveniente aceptar;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI;
9
NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:
Artículo 1.- ACEPTAR a partir de la fecha, la renuncia
presentada por el Ingeniero Manuel Trinidad Leiva Castillo, en el cargo de Director de la Dirección Zonal Tumbes del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese. JACQUELINE QUINTANA FLORES Directora Ejecutiva
Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL
1654815-1
AMBIENTE
Modifican el D.S. N° 008-2009-MINAM, que
establece Disposiciones para la elaboración
de los planes maestros de las áreas naturales
protegidas
DECRETO SUPREMO Nº 004-2018-MINAM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú señala que el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas;
Que, la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, norma los aspectos relacionados con la gestión de las Áreas Naturales Protegidas y su conservación;
Que, el artículo 20 de la Ley N° 26834 dispone que los Planes Maestros constituyen el documento de planifi cación de más alto nivel con que cuenta las Áreas Naturales Protegidas; los mismos que son elaborados bajo procesos participativos, revisados cada cinco (5) años, y defi nen, por lo menos, la zonifi cación, estrategias y políticas generales para la gestión del área; la organización, objetivos, planes específi cos requeridos y programas de manejo; y los marcos de cooperación, coordinación y participación relacionados al área y sus zonas de amortiguamiento;
Que, a través de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, y ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, constituyéndose en su autoridad técnico-normativa;
Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, se establece disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas, en el cual se precisa que son aplicadas e interpretadas en el marco de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento, así como sus normas modifi catorias y ampliatorias, siendo de cumplimiento obligatorio para el desarrollo de todos los procesos de elaboración de Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas cualquiera sea su modalidad de administración;
Que, de acuerdo a lo señalado por el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM,
corresponde al SERNANP, establecer las pautas técnicas para el desarrollo de los procesos de elaboración de los Planes Maestros mediante la aprobación de lineamientos generales para la elaboración de los Términos de Referencia, guías metodológicas, directivas u otros para el conjunto de las áreas naturales protegidas del país; y, corresponde a los Gobiernos Regionales elaborar los citados documentos aplicables a las Áreas de Conservación Regional, conforme a los lineamientos generales establecidos por el SERNANP;
Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, establece que los Gobiernos Regionales elaboran y aprueban los Planes Maestros de las Áreas de Conservación Regional;
Que, con la fi nalidad de mejorar la elaboración de los Planes Maestros de los Gobiernos Regionales, los cuales sean acordes con los principios rectores que rigen el proceso de descentralización, así como facilitar la concordancia entre las normas sobre la materia, se requiere modifi car el Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM;
De conformidad con lo dispuesto en numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización, y Funciones del Ministerio del Ambiente;
DECRETA:
Artículo 1.- Modifi cación del numeral 1.4
del artículo 1, el numeral 2.3 del artículo 2 y el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, que establece disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas
Modifi canse el numeral 1.4 del artículo 1, el numeral 2.3 del artículo 2 y el numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, que establece disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas, de acuerdo al siguiente detalle:
“Artículo 1.- Disposiciones para la elaboración de
los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas
(…)
1.4 Los Planes Maestros deben incluir estrategias mediante los cuales se implementen los convenios asumidos por el Estado Peruano en materia ambiental y de desarrollo humano, de conformidad con el numeral 37.2 del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, en cuanto les sea aplicable.
(…)”
“Artículo 2.- Autoridad competente para la
elaboración y aprobación de Planes Maestros
(…)
2.3 El SERNANP, en el marco de sus competencias, brinda asesoría técnica a los Gobiernos Regionales para la elaboración o actualización de los Planes Maestros de las Áreas de Conservación Regional.
(…)”
“Artículo 4.- De la zonifi cación en los Planes
Maestros
(…)
4.2 El SERNANP y los Gobiernos Regionales establecen la zonifi cación de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y regional, respectivamente, en base a los lineamientos y directivas técnicas establecidas y con sujeción al marco jurídico vigente.”
Artículo 2.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra del Ambiente.
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NORMAS LEGALES
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República
FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente
1654825-2
Declaran en emergencia la gestión y
manejo de residuos sólidos en el distrito
de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado,
departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 210-2018-MINAM
Lima,30 de mayo de 2018
VISTOS; el Informe N° 0518-2018-MINAM/VMGA/ DGRS, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 330-2018-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 339-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la fi nalidad de propender la maximización constante de la efi ciencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalados en esta Ley;
Que, el literal a) del numeral 24.1 del artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1278 establece que las Municipalidades Distritales, en materia de manejo de residuos sólidos, son competentes para asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la jurisdicción de las municipalidades provinciales comprende el territorio de la respectiva provincia y el distrito del cercado;
Que, de conformidad con lo establecido en el literal p) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1278, el Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos, es competente para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos, cuyo alcance, criterios y procedimientos son defi nidos en su Reglamento; y, coordinar con las autoridades sectoriales nacionales, entidades de fi scalización ambiental y/o los gobiernos regionales, según sea el caso;
Que, el literal b) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, señala como una causal para la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de los residuos sólidos, la afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados, que pone en riesgo la calidad de los mismos;
Que, de acuerdo al artículo 126 del citado Reglamento, en caso resulte procedente la declaratoria de emergencia, el Ministerio del Ambiente emite la resolución respectiva, en la cual se establece el ámbito territorial, el tiempo de
duración, el cual no deberá exceder de sesenta (60) días, prorrogables por cuarenta y cinco (45) días; y las medidas inmediatas a ser implementadas por las entidades correspondientes, dentro de las cuales dispondrá la elaboración de un Plan de Acción para la atención de la emergencia;
Que, el artículo 124 del Reglamento en referencia, establece que en caso de que sea declarado en emergencia el manejo de los residuos sólidos en la etapa de disposición fi nal, la Municipalidad Provincial, en coordinación con la Municipalidad Distrital, según corresponda, autoriza la implementación de celdas transitorias; y precisa que, para la implementación de la celda transitoria será aplicable todo lo relacionado con la materia;
Que, el literal d) del artículo 74 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, establece que la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene la función de evaluar la declaratoria de emergencia de la gestión y manejo de residuos sólidos y coordinar con las entidades competentes, según sea el caso;
Que, con Ofi cio N° 423-2018-MPLP/A, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado solicita al Ministerio del Ambiente declarar en emergencia la gestión y manejo de residuos sólidos municipales por el inadecuado manejo y vertimiento de residuos sólidos en el botadero municipal “La Muyuna”, ubicado en el distrito de Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco;
Que, mediante Memorando N° 466-2018-MINAM/ VMGA/DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos remite el Informe N° 0518-2018-MINAM/ VMGA/DGRS, en el cual señala que, de la revisión de la documentación recibida, se advierte que se viene realizando una inadecuada disposición de los residuos sólidos en el botadero municipal “La Muyuna”, ocasionando impactos negativos en el río Huallaga y alrededores, por ubicarse en la ribera de este; asimismo, precisa que esta situación confi gura la causal prevista en el literal b) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, debido a la afectación directa de cuerpos naturales de agua y sus bienes asociados que ponen en riesgo la calidad de los mismos;
Que, además, el citado Informe señala que, considerando que la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado tiene identifi cado el terreno para la implementación de la celda transitoria, esta deberá ser incluida en el Plan de Acción a elaborarse conforme a lo dispuesto en el artículo 126 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278; teniendo en cuenta, para tal efecto, lo señalado en el artículo 123 del Reglamento en referencia, el cual establece que las celdas transitorias a ser implementadas como parte de una declaratoria de emergencia deben contar con la opinión favorable del MINAM, para lo cual las municipalidades provinciales o distritales presentará ante la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos la información con las características para la habilitación de la celda transitoria;
Que, de lo antes señalado se advierte que se confi gura la exigencia necesaria para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Rupa Rupa, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1278 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; y, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Rupa
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NORMAS LEGALES
Rupa, provincia de Leoncio Prado, departamento de Huánuco, por un plazo de sesenta (60) días calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Provincial
de Leoncio Prado elabore, junto con las entidades involucradas, un Plan de Acción que contemple, entre otros aspectos, el cronograma preliminar de las acciones para la construcción y puesta en funcionamiento de una celda transitoria, considerando las actividades a desarrollar para la identifi cación del terreno donde se ubicará la celda, el saneamiento físico y legal del terreno, y la presentación del expediente técnico que contenga la información con las características de esta, entre otras actividades que se dispongan para atender la problemática identifi cada; señalando a los responsables de su ejecución. El citado Plan deberá ser remitido a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, contado desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Disponer que el Gobierno Regional de Huánuco y las entidades públicas del Gobierno Central correspondientes adopten las acciones complementarias para garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos en el distrito de Rupa Rupa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278.
Artículo 4.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado durante el desarrollo de las actividades para la implementación de la celda transitoria, en el marco de sus competencias.
Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente
1654483-1
Autorizan viaje de servidores del Instituto
de Investigaciones de la Amazonía Peruana
- IIAP a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 211-2018-MINAM
Lima, 30 de mayo de 2018
VISTOS; el Ofi cio N° 150-2018-IIAP-P de la Presidencia del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP; el Informe N° 344-2018-MINAM/SG/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto Legislativo N° 1013, en concordancia con la Sexta Disposición Complementaria Final de la misma norma, el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana es un organismo público ejecutor con personería de derecho público interno adscrito al Ministerio del Ambiente;
Que, mediante documento s/n de fecha 30 de abril de 2018, el Coordinador del Programa de Conservación y Mejoramiento Genético Forestal del Instituto Forestal de Sao Paulo, cursa invitación al Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, para participar en una pasantía sobre Mejoramiento Genético Forestal y Propagación Vegetativa, la cual se llevará a cabo en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 2 al 10 de junio de 2018;
Que, a través del Ofi cio N° 150-2018-IIAP-P el Presidente (e) del IIAP remite la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior de los señores Diego Gonzalo García Soria, Coordinador General; Jorge Manuel Revilla Chávez, Investigador Principal; y, Wilson Francisco Guerra Arévalo, Co-Investigador, del Proyecto: “Producción de semillas vegetativas de alta calidad genética de especies nativas de valor socioeconómico actual y potencial para la reforestación en áreas degradadas de la Amazonía Peruana” del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP;
Que, asimismo, el Presidente (e) del IIAP alcanza el Anexo 5, “Información de el/la Servidor/a Civil y/o Representante Propuesto para el Viaje al Exterior”, de cada uno de los servidores, en los cuales se señala que la asistencia y participación de los representantes del IIAP en el citado evento permitirá fortalecer las capacidades respecto a la innovación en el mejoramiento genético de especies forestales nativas para el desarrollo de las plantaciones forestales para la producción sostenible de bienes y servicios; y, el manejo y conservación de la biodiversidad forestal en la amazonia peruana, mediante la selección de germoplasma, propagación vegetativa de plantas en laboratorios de biotecnología, pruebas de progenies, jardines clonales, silvicultura clonal, manejo y transformación de los productos de la plantación;
Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gasto al Estado, la Ofi cina General de Administración del IIAP remite la correspondiente Certifi cación de Crédito Presupuestario;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros;
Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector;
Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje de los citados servidores, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo;
Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, de los señores Diego Gonzalo García Soria, Coordinador General; Jorge Manuel Revilla Chávez, Investigador Principal; y, Wilson Francisco Guerra Arévalo, Co-Investigador, del Proyecto: “Producción de semillas vegetativas de alta calidad genética de especies nativas de valor socioeconómico actual y potencial para la reforestación en áreas