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Catálogo de Servicios

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Academic year: 2021

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Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias 900 322 237

Catálogo de Servicios

2016Sevilla

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servicio de atención al cliente 24 h.

autorizaciones por fax

oficina en internet

autorizaciones telefónicas información general contratación de pólizas

902 200 200

902 205 205

www.adeslas.es

Sevilla

Oficinas centrales: Diego de Riaño, 4 - 41004 Sevilla. Telf.: 95 441 80 00

Horario de invierno: de lunes a jueves mañanas de 9:00 a 14:30 h. Tardes de 16:00 a 18:30 h.

Viernes de 8:00 a 15:00 h.

Horario de Verano: de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 h.

Cuadro Médico

coordinación general de urgencias 24 h.

urgencias médicas y de enfermería a domicilio ambulancias

900 322 237

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Oficinas de informacion y atencion al cliente

DELEGACION ADESLAS SEVILLA

DIEGO DE RIAÑO, 4 95 441 80 00

41004 SEVILLA

INFORMACIÓN COMERCIAL 95 498 79 75

95 441 84 11

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TELEFONO URGENCIAS 24 HORAS

Cerca de ti en todo momento.

Teléfono de urgencias para MUFACE, ISFAS y MUGEJU

Adeslas, número 1 en seguros de salud, pone a tu disposición un teléfono gratuito de urgencias 24 horas, atendido por un amplio equipo de profesionales médico-sanitarios.

Teléfono URGENCIAS 24 h.

900 322 237

Quién puede llamar

• El propio cliente

• El padre o madre si se trata de un menor

• Cualquier acompañante que esté con el paciente en el momento de la urgencia Para qué puedo llamar

• Recibir asesoramiento médico

• Envío de médico a domicilio

• Traslado en ambulancia al hospital o centro médico de urgencia más cercano

• Envío de UVI medicalizada al domicilio del paciente y posterior traslado al servicio de urgencias hospitalario concertado más cercano

Qué informacion facilitar

• Nombre completo del paciente

• Edad

• DNI y/o número de tarjeta Adeslas

• Dirección exacta donde se encuentra el paciente

• Número de teléfono de contacto disponible

• Síntomas y hora de comienzo Cuando debo llamar

• Requiero orientación sobre la situación clínica en que me encuentro

• Para elegir el recurso más adecuado en función de los síntomas y circunstancias

• Cuando el paciente presente alguno de los siguientes cuadros:

– Pérdida súbita de conciencia, dificultad respiratoria (disnea), dolor torácico, hemorragia, pérdida súbita de movilidad de una o más extremidades, desorientación témporo-espacial súbita, traumatismo cráneo encefálico, parada cardiorrespiratoria, dolor súbito de cabeza y cuello, crisis hipertensiva, hipoglucemia en diabéticos o quemadura extensa.

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URGENCIAS

URGENCIAS HOSPITALARIAS/

CLINICAS DE URGENCIAS URGENCIAS GENERALES HOSPITAL FATIMA

AVDA. DE LA PALMERA 2 954613300

DIARIO 24 HORAS HOSPITAL NISA ALJARAFE AVDA. PLACIDO FDEZ VIAGAS 954464000

DIARIO 24 HORAS

HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

C. RAFAEL SALGADO 3 954937676 902322233 DIARIO 24 HORAS HOSPITAL SAN AGUSTIN PROLONGACION DR FLEMING 13 ZONA DOS

955050570 DIARIO 24 HORAS

HOSPITAL VICTORIA EUGENIA AVDA. CRUZ ROJA 1

954359543 DIARIO 24 HORAS URGENCIAS GINECOLOGICAS Y OBSTETRICAS HOSPITAL FATIMA AVDA. DE LA PALMERA 2 954613300

DIARIO 24 HORAS HOSPITAL NISA ALJARAFE AVDA. PLACIDO FDEZ VIAGAS 954464000

DIARIO 24 HORAS

HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

C. RAFAEL SALGADO 3 954937676 902322233 DIARIO 24 HORAS

URGENCIAS OFTALMOLOGICAS HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

C. RAFAEL SALGADO 3 954937676 902322233 DIARIO 24 HORAS

URGENCIAS PEDIATRICAS HOSPITAL FATIMA

AVDA. DE LA PALMERA 2 954613300

DIARIO 24 HORAS HOSPITAL NISA ALJARAFE AVDA. PLACIDO FDEZ VIAGAS 954464000

DIARIO 24 HORAS

HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

C. RAFAEL SALGADO 3 954937676 902322233 DIARIO 24 HORAS HOSPITAL SAN AGUSTIN PROLONGACION DR FLEMING 13 ZONA DOS

955050570 DIARIO 24 HORAS

URGENCIAS QUIRURGICAS HOSPITAL FATIMA

AVDA. DE LA PALMERA 2 954613300

DIARIO 24 HORAS HOSPITAL NISA ALJARAFE AVDA. PLACIDO FDEZ VIAGAS 954464000

DIARIO 24 HORAS

HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

C. RAFAEL SALGADO 3 954937676 902322233 DIARIO 24 HORAS

HOSPITAL VICTORIA EUGENIA AVDA. CRUZ ROJA 1

954359543 DIARIO 24 HORAS URGENCIAS

TRAUMATOLOGICAS HOSPITAL FATIMA AVDA. DE LA PALMERA 2 954613300

DIARIO 24 HORAS

HOSPITAL NISA ALJARAFE AVDA. PLACIDO FDEZ VIAGAS 954464000

DIARIO 24 HORAS

HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

C. RAFAEL SALGADO 3 954937676 902322233 DIARIO 24 HORAS URGENCIAS AMBULATORIAS/

URGENCIAS PERMANENTES URGENCIAS MEDICAS MEDICUR, S.L.

C. JOSE DE LA CAMARA 3 954535000 954535521 DIARIO DE 09:00 A 21:00 URGENCIAS

ESTOMATOLOGICAS ADESLAS DENTAL ALCALA DE GUADAIRA

AVDA. ANTONIO DE MAIRENA 37 955627120

DE L. A V. DE 10:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 21:00

ADESLAS DENTAL DOS HERMANAS C. SAN FRANCISCO 2

955668247

DE L. A V. DE 09:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 21:00

ADESLAS DENTAL ECIJA C. MAS Y PRATS 8 955901032

DE L. A V. DE 10:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 20:00

ADESLAS DENTAL SEVILLA CENTRO PL. DE LA MAGDALENA 7

902530954

DE L. A V. DE 09:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 21:00

ADESLAS DENTAL SEVILLA LUIS MONTOTO

C. LUIS MONTOTO 16 902530954

DE L. A V. DE 09:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 21:00

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ADESLAS DENTAL SEVILLA PEDRO DE CASTRO

C. DOCTOR PEDRO DE CASTRO 4 BIS 902530954

DE L. A V. DE 09:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 21:00

ADESLAS DENTAL UTRERA C. LAS MUJERES 1 954863653

DE L. A V. DE 10:00 A 14:00 Y DE 17:00 A 21:00

CENTRO DE REHABILITACION DENTAL, S.L.

C. PAGES DEL CORRO 184 954284585

DE L. A V. DE 09:00 A 21:00 URGENCIAS DOMICILIARIAS URGENCIAS MEDICAS URGENCIAS ADESLAS 902109393 900322237 COORDINACIÓN GENERAL DE URGENCIAS DOMICILIARIAS 24 H MÉDICAS / ATS Y DE TRASLADOS URGENTES EN AMBULANCIA ENFERMERIA

URGENCIAS ADESLAS 902109393 900322237 COORDINACIÓN GENERAL DE URGENCIAS DOMICILIARIAS 24 H MÉDICAS / ATS Y DE TRASLADOS URGENTES EN AMBULANCIA AMBULANCIAS URGENCIAS ADESLAS 902109393 900322237 COORDINACIÓN GENERAL DE URGENCIAS DOMICILIARIAS 24 H MÉDICAS / ATS Y DE TRASLADOS URGENTES EN AMBULANCIA

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OFICINAS DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CLIENTE... 3

URGENCIAS 5 URGENCIAS HOSPITALARIAS/ CLINICAS DE URGENCIAS... 7

URGENCIAS AMBULATORIAS/ URGENCIAS PERMANENTES ... 7

URGENCIASDOMICILIARIAS ... 7

AMBULANCIAS ... 7

PRESENTACIÓN 11 INFORMACIÓN Y NORMAS DE USO 13 INFORMACIÓN GENERAL Y NORMAS DE USO... 15

CUADRO MÉDICO CAPITAL DE PROVINCIA 25 CUADRO MÉDICO POR ESPECIALIDAD(FACULTATIVOS) MEDICINAFAMILIAR, MEDICINAGENERAL, MEDICINA DECABECERA: ... 27

PEDIATRÍA YPUERICULTURA... 29

ENFERMERÍA, A.T.S, PRACTICANTES, MATRONAS... 29

ESTOMATOLOGÍA... 30

FISIOTERAPEUTAS... 31

PODOLOGÍA... 31

ALERGOLOGÍA, ALERGIA, ASMA... 31

ANGIOLOGÍA YCIRUGÍAVASCULAR... 32

APARATODIGESTIVO... 32

CARDIOLOGÍA... 33

CIRUGÍACARDIOVASCULAR... 33

CIRUGÍAGENERAL Y DEL APARATO DIGESTIVO... 33

CIRUGÍAMAXILOFACIAL... 34

CIRUGÍAPEDIÁTRICA... 34

CIRUGÍAPLÁSTICA YREPARADORA... 35

CIRUGÍATORÁCICA... 35

DERMATOLOGÍA... 35

ENDOCRINOLOGÍA YNUTRICIÓN... 35

HEMATOLOGÍA YHEMOTERAPIA ... 36

MEDICINAINTERNA... 36

NEFROLOGÍA... 37

NEUMOLOGÍA... 37

NEUROCIRUGÍA... 37

NEUROLOGÍA... 37

GINECOLOGÍA YOBSTETRÍCIA... 38

OFTALMOLOGÍA... 40

ONCOLOGÍAMÉDICA... 41

ONCOLOGÍARADIOTERÁPICA... 41

OTORRINOLARINGOLOGÍA... 41

PREPARACIÓN AL PARTO... 42

PSIQUIATRÍA... 42

REUMATOLOGÍA... 42

TRAUMATOLOGÍA YORTOPEDIA... 42

UROLOGÍA... 43

Índice General

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PRUEBAS DIAGNÓSTICAS 44

ANÁLISIS CLÍNICOS... 44

ANATOMÍA PATOLÓGICA... 44

DIAGNÓSTICO POR LA IMAGEN... 44

RESONANCIAMAGNÉTICANUCLEAR(R.M.N.)... 46

TOMOGRAFÍAAXIALCOMPUTERIZADA... 46

MEDICINANUCLEAR ... 46

NEUROFISIOLOGÍACLÍNICA ... 46

PRUEBAS CARDIOVASCULARES... 47

TRATAMIENTOS ESPECIALES 47 HEMODIALISIS ... 47

REHABILITACIÓN ... 47

PSICOTERAPIA ... 47

LOGOFONIATRÍA... 47

CENTROS HOSPITALARIOS 47 CUADRO MEDICO DE LA PROVINCIA 49 POBLACIONES(ORDEN ALFABÉTICO) ... 55 ATENCIÓN ESPECIALIZADA NIVEL IV COMUNIDAD AUTÓNOMA 101

CARTERA DE SERVICIOS DE REFERENCIA MUTUALIDADES 105

ASISTENCIA NACIONAL I

CARTERA DE SERVICIOS XLI

INDICES 107

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Presentación

Estimado/a asegurado/a:

Te presentamos el nuevo Catálogo de Servicios de Adeslas.

La información se ha organizado de la forma más clara posible, agrupándose en seis diferentes apartados.

El primer apartado es el de URGENCIAS. Es donde encontrarás los teléfonos y direcciones a las que acudir en caso de emergencia.

El segundo capítulo, INFORMACIÓN, recoge el sumario de la guía, las direcciones de los puntos de atención al cliente en la provincia y algunas normas de uso de los servicios de Adeslas. Lee detenidamente ese apartado.

En el tercero se especifican los servicios sanitarios de la capital de la provincia, ordenados de la siguiente forma:

• MEDICINA FAMILIAR

• PEDIATRÍA

• ENFERMERÍA

• ESPECIALIDADES: en este apartado encontrarás por orden alfabético a los profesionales de todas las especialidades médicas y quirúrgicas.

• PRUEBAS DIAGNÓSTICAS: se incluyen todos los procedimientos diagnósticos: radiolo- gía, laboratorios de análisis, etc.

• CENTROS HOSPITALARIOS: reúne todas las clínicas, sanatorios, hospitales, etc. con los que cuenta Adeslas, en cada provincia, para la asistencia hospitalaria.

El cuarto gran apartado está organizado de la misma forma que el tercero y se indican los servicios sanitarios de la provincia excluidos los de la capital. Las poblaciones están orde- nadas alfabéticamente.

El quinto separador da paso a dos índices alfabéticos:

– Por materias.

– Por médicos y centros.

En el último capítulo se relacionan los puntos de asistencia del asegurado en toda España.

Al final de la guía se incluye una hoja en donde puedes anotar los datos de los médicos a los que acudes con más frecuencia.

Te recomendamos que tengas el Catálogo de Servicios siempre a mano. Puedes pedirnos asesora- miento o aclaración a cualquier duda siempre que lo necesites en el 902 200 200.

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INFORMACION Y NORMAS DE USO

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INFORMACIÓN GENERAL Y NORMAS DE USO

Objeto del Concierto y alcance de la acción protectora

El objeto del Concierto es asegurar el acceso a la prestación de asistencia sanitaria en el terri- torio nacional a los beneficiarios que opten por recibir la asistencia a través de Adeslas.

Las contingencias cubiertas por este Concierto son las derivadas de enfermedad común o pro- fesional, lesiones derivadas de accidente, cualquiera que sea la causa, incluso si se trata de un acto de terrorismo, y por embarazo, parto y puerperio, así como las actuaciones preventivas recogidas en el mismo.

Identificación / Tarjeta Sanitaria

La Tarjeta Sanitaria de Adeslas facilita la identificación del beneficiario y la prestación de los Ser- vicios Médicos que necesite simplificando los trámites administrativos.

Cada persona cubierta tiene su propia Tarjeta que es personal e intransferible y ha de ir firma- da por el Titular de la misma. Antes de terminar el periodo de validez, en el caso de que lo tuvie- ra, recibirá una nueva.

Cuando se produzca el robo, extravío, deterioro o se advierta alguna anomalía en la Tarjeta, comuníquelo a nuestro Servicio de Atención al Cliente 24 horas 902 200 200 o a cualquiera de nuestras oficinas. Se anulará la anterior y le enviaremos una nueva.

Siempre que se acceda a alguno de los Servicios de nuestros Catálogos de Proveedores será necesario presentar la Tarjeta Sanitaria. Como se indica en el dorso de su Tarjeta, los Profesio- nales Sanitarios podrán solicitarle, además, documento acreditativo de su personalidad como titular de la tarjeta.

Libertad de elección de facultativo y centro

Los beneficiarios podrán elegir libremente facultativo y centro de entre los que figuran en el Catálogo de Servicios de Adeslas.

Servicios que precisan autorización previa y procedimiento para su obtención Las prestaciones que se relacionan a continuación estarán sujetas a autorización previa de Adeslas:

1.1.- Hospitalizaciones.

A) Hospitalización.

B) Hospitalización de día.

C) Hospitalización domiciliaria.

D) Equipos de Soporte en cuidados paliativos.

1.2.- Técnicas diagnósticas, tratamientos y técnicas quirúrgicas.

A) Cirugía ambulatoria.

B) Odontoestomatología: Tartrectomía -limpieza de boca- Prótesis dentarias e implantes osteointegrados en accidente en acto de servicio o enfermedad profesional, anodoncia o secuelas de enfermedad oncológica.

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C) Rehabilitación, fisioterapia y logopedia.

D) Terapias respiratorias domiciliarias: oxigenoterapia, ventiloterapia y aerosolterapia.

E) Tratamientos de diálisis peritoneal y hemodiálisis.

F) Oncología: inmunoterapia y quimioterapia, cobaltoterapia, radiumterapia e isótopos radiactivos, braquiterapia y acelerador lineal.

G) Diagnóstico por imagen: tomografía computarizada, resonancia magnética, ortopanto- mografía, mamografía, radiología intervencionista, PET-TC, gammagrafía, doppler y densitometría ósea

H) Estudios neurofisiológicos.

I) Test y estudios neuropsicológicos.

J) Estudio y tratamiento endoscópico.

K) Cardiología: Estudios y tratamientos hemodinámicos.

L) Obstetricia: amniocentesis.

M) Oftalmología: retinografía y tratamiento láser. Tomografía óptica de coherencia. Tomo- grafía óptica con láser confocal (HTR - Heidelberg Retina Tomograph). Polarimetría.

Láser GDX. Tratamiento de la degeneración macular asociada a la edad (DMAE) por tera- pia fotodinámica o inyección intravítrea de antiangiogénicos.

N) Tratamiento en unidad de dolor.

O) Estudio y tratamiento en unidad del sueño.

P) Litotricia renal.

1.3.- Psicoterapia.

1.4.- Asistencia a médicos consultores.

1.5.- Podología.

1.6.- Servicios de correspondientes al Nivel IV (excepto consultas ambulatorias de especialistas) y servicios de referencia.

1.7.- Los Servicios correspondientes a los centros hospitalarios privados no concertados en los que el beneficiario tenga derecho de asistencia.

Los mutualistas y beneficiarios que precisen la autorización podrán obtenerla a través de los canales que Adeslas pone a su disposición:

• Presencialmente, en cualquiera de sus delegaciones.

• Telefónicamente 902 200 200

• Por fax 902 205 205

• A través de la página web de la Entidad www.adeslas.es Asistencia domiciliaria

La asistencia sanitaria se prestará por los profesionales de Atención Primaria en el domicilio del paciente, siempre que la situación clínica así lo requiera, en los siguientes casos:

a) Cuando se trate de pacientes que por razón de su enfermedad no pueden desplazarse.

b) Cuando se trate de pacientes inmovilizados crónicos que precisen ayuda de otra perso- na para las actividades básicas de la vida diaria.

c) Cuando se trate de enfermos terminales.

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La asistencia domiciliaria de estos pacientes incluye las extracciones y/o recogidas de muestras a domicilio que sean precisas, así como todos aquellos procedimientos propios de la Atención Primaria, entre ellos tratamientos parenterales, curas y sondajes.

Asistencia en régimen de hospitalización

La asistencia en régimen de hospitalización comprende la asistencia médico-quirúrgica incluida la realización de los tratamientos y procedimientos diagnósticos que precisen los pacientes que requieren cuidados continuados en régimen de hospitalización, así como los servicios hoteleros básicos inherentes a la misma.

Los beneficiarios que precisen asistencia en régimen de hospitalización deberán solicitar auto- rización previa de Adeslas aportando la preceptiva prescripción del médico de la Entidad con indicación del centro hospitalario. En los ingresos efectuados a través de los servicios de urgen- cia esta tramitación deberá efectuarse en el plazo más breve posible.

En el caso que un beneficiario se encuentre ingresado en un centro hospitalario ajeno a la Enti- dad por una situación de urgencia, puede solicitar su ingreso en un centro concertado de la Enti- dad para la continuidad de la asistencia sin que sea necesaria la prescripción de un médico de la Entidad. Para ello además de la solicitud deberá aportar el informe médico del proceso por el que está siendo atendido.

La hospitalización persistirá mientras que, a juicio del facultativo responsable de la asistencia al enfermo, subsista la necesidad, sin que razones de tipo social puedan ser motivo para prolon- gar la estancia.

Otros regímenes de hospitalización:

A) Hospitalización de día

a) Comprende las actividades asistenciales, diagnósticas, terapéuticas y de rehabilitación, destinadas a pacientes que requieren cuidados especializados continuados, incluida la cirugía mayor ambulatoria, pero que no precisan que el paciente pernocte en el hospital.

b) Serán por cuenta de Adeslas todos los gastos de hospitalización que se puedan produ- cir en el centro sanitario durante la estancia en el mismo para la realización de procedi- mientos diagnósticos y/o terapéuticos.

B) Hospitalización domiciliaria

a) Comprende el conjunto de tratamientos y cuidados sanitarios proporcionados en el domicilio del paciente, de una complejidad, intensidad y duración comparables a las que recibiría ese mismo paciente en el hospital convencional, y que por esos motivos no pueden ser asumidos por el nivel de Atención Primaria.

b) La hospitalización domiciliaria podrá llevarse a cabo en aquellos casos en que el estado del enfermo lo permita.

c) Durante esta hospitalización, la responsabilidad del seguimiento del paciente corres- ponde a la Unidad de Hospitalización a Domicilio (UHD) y será prestada por los espe- cialistas (médicos de familia o internistas) y el personal de enfermería que conforma dicha UHD, la cual deberá estar coordinada con la unidad de hospitalización médica o quirúrgica correspondiente a la patología del paciente y con el área de urgencias del hospital, con la finalidad de garantizar la continuidad asistencial.

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d) El ingreso en la UHD podrá realizarse desde un servicio hospitalario mediante el corres- pondiente informe de derivación y desde Atención Primaria o Especializada ambulato- ria. En estos dos últimos casos, corresponderá a la UHD valorar si el paciente cumple los criterios de ingreso en dicha unidad.

e) El ingreso en la UHD estará sujeto a los mismos requisitos que el ingreso en un hospi- tal, recibiendo las mismas atenciones que hubiera recibido de estar ingresado en un hos- pital.

f) La UHD informará por escrito al paciente y su familia acerca de cómo contactar con la unidad a cualquier hora del día, con el objeto de dar respuesta a las eventuales inciden- cias. Cuando se produzca el alta, el médico de la UHD emitirá el correspondiente parte médico de alta en los términos previstos por la ley.

g) Mientras el paciente permanezca ingresado en la UHD, correrán por cuenta de Adeslas todas las atenciones y productos que precise el paciente, además de toda la medicación, material de curas, nutriciones no comunes, pruebas complementarias, interconsultas, absorbentes, sondas, hemodiálisis domiciliaria y oxigenoterapia. Quedan excluidas, en todo caso, las dotaciones domésticas ordinarias, la nutrición común y los servicios de auxiliares de clínica.

Transporte para la asistencia sanitaria

El transporte para la asistencia sanitaria contemplada en este Concierto incluye las siguientes modalidades:

a) Transporte sanitario urgente b) Transporte sanitario no urgente c) Transporte en medios ordinarios Transporte sanitario urgente

La Atención de Urgencia comprende, entre otras prestaciones, el transporte sanitario urgente, terrestre, aéreo o marítimo, asistido o no asistido, según lo requiera la situación clínica de los pacientes, en los casos en que sea preciso para su adecuado traslado al centro sanitario que pueda atender de forma adecuada la situación de urgencia.

Este tipo de transporte comprende las siguientes modalidades:

a) Transporte primario urgente, desde el lugar donde se ha producido la emergencia hasta el primer centro o dispositivo sanitario con capacidad para atender al paciente. Puede requerir una primera asistencia, en el mismo lugar donde se ha producido la emergen- cia, por parte de personal cualificado.

b) Transporte sanitario solicitado por el Centro Coordinador de Urgencias (900 322 237).

Utilización directa del Servicio de Ambulancias:

En los casos de urgencia en que no haya sido posible comunicar con los Servicios de Urgencias y/o de ambulancias de la Entidad y no resulte adecuada otra alternativa, el beneficiario podrá solicitar directamente del Servicio de Ambulancias existente en la localidad el traslado al Servi- cio de Urgencias de la Entidad a la que se encuentre adscrito y la Entidad deberá asumir o rein- tegrar los gastos del traslado.

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Transporte sanitario no urgente

El transporte sanitario no urgente consiste en el desplazamiento de enfermos o accidentados que no se encuentran en situación de urgencia o emergencia, y que por causas exclusivamen- te clínicas están incapacitados para desplazarse en los medios ordinarios de transporte a un centro sanitario para recibir asistencia sanitaria o a su domicilio tras recibir la atención sanita- ria correspondiente, y que pueden precisar o no atención sanitaria durante el trayecto. El trans- porte sanitario no urgente debe ser accesible a las personas con discapacidad.

La cartera de servicios de transporte sanitario no urgente incluye el transporte sanitario asisti- do, para el traslado de enfermos o accidentados que requieren asistencia técnico-sanitaria en ruta, y el transporte sanitario no asistido, que es el indicado para el traslado especial de enfer- mos o accidentados que no requieren asistencia técnico-sanitaria en ruta.

El transporte sanitario no urgente, según el origen y destino del traslado del paciente, así como por el carácter de periodicidad, comprende los siguientes tipos de traslados:

a) Traslados periódicos del paciente desde su domicilio a centros sanitarios y/o traslado desde centro sanitario a su domicilio.

b) Traslado puntual del paciente desde su domicilio a centros sanitarios y/o traslado desde centro sanitario a su domicilio.

c) Traslado del paciente desde un centro sanitario a su domicilio, si fuera necesario, tras el alta hospitalaria o tras atención en un servicio de urgencias.

d) Traslado de un paciente a su municipio de residencia, bien a su domicilio o a otro cen- tro sanitario, cuando hubiera recibido asistencia urgente en otro municipio en el que se encontrara desplazado transitoriamente, siempre que su situación clínica haga necesa- ria la utilización de transporte sanitario.

Se entiende por domicilio del paciente el lugar de residencia habitual o temporal.

Los centros sanitarios de origen y/o destino deben ser centros concertados con la Entidad, o haber sido objeto de autorización específica.

La necesidad de transporte sanitario se justificará mediante la prescripción escrita del corres- pondiente facultativo que deberá valorar tanto el estado de salud como el grado de autonomía del paciente para poder desplazarse en medios de transporte ordinarios, entre su domicilio y un centro sanitario, o viceversa, independientemente del problema de salud que esté en el origen.

La prescripción del transporte se considerará justificada siempre que el paciente cumpla al menos uno de los dos criterios siguientes:

a) Limitación para el desplazamiento autónomo y que requiere el apoyo de terceras perso- nas.

b) Situación clínica del paciente que le impida el uso de medios de transporte ordinario.

Transporte en medios ordinarios

Se considera medio de transporte ordinario, a los fines asistenciales previstos en el Concierto, el que se realiza en automóvil, autobús, ferrocarril o, si procediese por tratarse de provincias insulares o las ciudades de Ceuta o Melilla, en barco o avión.

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El beneficiario tendrá derecho a este tipo de transporte a cargo de la Entidad, en los siguientes supuestos:

a) Desplazamientos motivados por la indisponibilidad de los medios exigidos en el corres- pondiente municipio, en función del Nivel asistencial en el que esté encuadrado, de forma que el beneficiario venga obligado a desplazarse desde el municipio en que resida, con carácter temporal o permanente, al más próximo donde aquellos estén disponibles.

b) Desplazamientos a Servicios de Nivel IV y a Servicios de Referencia, ubicados en un muni- cipio distinto al de residencia, cuando en el mismo no se disponga de este tipo de servicios.

c) Desplazamientos a un municipio distinto al de residencia para recibir asistencia sanita- ria derivada de accidente en acto de servicio o enfermedad profesional.

Los traslados se valorarán siempre por su coste, en clase normal o turista, en líneas regulares de transporte en autobús o ferrocarril o, si procediese por tratarse de provincias insulares o las ciudades de Ceuta y Melilla, en barco o avión, hasta el municipio más próximo en que la Enti- dad disponga de medios para completar la asistencia requerida. La prestación comprenderá el traslado de regreso.

Se tendrá derecho a los gastos de transporte de un acompañante para los desplazamientos del paciente en los siguientes supuestos:

a) Desplazamientos de beneficiarios menores de quince años y en el caso de las ciudades de Ceuta y Melilla y provincias insulares, menores de 18 años.

b) Desplazamientos de beneficiarios que acrediten un grado de discapacidad superior al 65%.

c) Desplazamientos de beneficiarios residentes en las ciudades de Ceuta y Melilla y en las provincias insulares, cuando así lo indique su médico responsable, circunstancia que se acreditará mediante la presentación de la prescripción escrita del facultativo.

Garantía de accesibilidad a los medios

La Entidad debe garantizar el acceso a los medios que en cada nivel asistencial exige la Cartera de Servicios en los términos establecidos en el Concierto, salvo que no existan medios privados ni públicos, en cuyo caso lo facilitará en el municipio más próximo donde estén disponibles.

Si los medios exigidos en cada nivel asistencial no estuvieran disponibles, la Entidad se obliga a facilitar el acceso de los beneficiarios a otros servicios privados que existan en el mismo muni- cipio o, de no existir éstos, a los correspondientes servicios públicos, asumiendo directamente los gastos que pudieran facturarse.

Utilización de medios no concertados

De conformidad con lo establecido en las normas legales y reglamentos correspondientes, cuando un beneficiario, por decisión propia o de sus familiares, utilice medios ajenos a la Enti- dad, deberá abonar, sin derecho a reintegro, los gastos que puedan ocasionarse, excepto en los casos de denegación injustificada de asistencia y en los de asistencia urgente de carácter vital.

En aplicación de lo previsto en el Reglamento correspondiente, se produce denegación injusti- ficada de asistencia:

a) Cuando Adeslas no autorice o no ofrezca una solución asistencial válida antes de que con- cluya el quinto día hábil siguiente a la fecha de solicitud del beneficiario de alguna de las

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prestaciones o servicios que precisan autorización previa, en el nivel que corresponda, y que haya sido prescrita por un médico concertado, o deniegue una prestación incluida en la Cartera de Servicios cubierta por este Concierto. La respuesta de la Entidad deberá rea- lizarse por escrito o por cualquier otro medio que permita dejar constancia de la misma.

b) Cuando Adeslas no cumpla con las exigencias de disponibilidad de medios previstos en el presente Concierto. En este supuesto, el beneficiario podrá acudir a los facultativos o centros privados que existan en el nivel correspondiente, o de no existir éstos, a los correspondientes servicios públicos.

c) Cuando el beneficiario solicite autorización a Adeslas para acudir a un facultativo o cen- tro no concertado (previa prescripción por escrito de un facultativo de la Entidad con exposición de las causas médicas justificativas de la necesidad de remisión al medio no concertado) y la Entidad ni lo autorice ni ofrezca una alternativa asistencial válida con sus medios antes de que concluya el décimo día hábil siguiente a la presentación de la solicitud de autorización.

d) Cuando un beneficiario haya acudido o esté ingresado en un centro de Adeslas para reci- bir asistencia y según criterio del facultativo que le atiende no existan o no estén dispo- nibles los recursos asistenciales necesarios. En este supuesto se presume que se pro- duce una situación de denegación injustificada de asistencia cuando desde el medio de la Entidad se haya remitido al paciente a centro no concertado.

e) Cuando el beneficiario esté ingresado en un centro no concertado a causa de una situa- ción médica que requiera una atención inmediata de urgencia, y éste (o los familiares o terceros responsables) lo comunique a Adeslas dentro de las 48 horas posteriores al ingreso y no le ofrezca una solución asistencial válida antes de que concluyan las 48 horas siguientes a la comunicación, bien comprometiéndose a asumir los gastos que se ocasionen, bien gestionando su traslado a un centro de la Entidad, propio o concertado, siempre que el traslado sea médicamente posible.

La solicitud a la Entidad se realizará por un medio que permita dejar constancia de la misma (preferiblemente a través de su Centro Coordinador de Urgencias y Emergencias) e inclui- rá una breve descripción de los hechos y circunstancias en que se ha producido el ingreso.

Asistencia urgente de carácter vital

Se considera situación de urgencia de carácter vital aquélla en que se haya producido una pato- logía cuya naturaleza y síntomas hagan previsible un riesgo vital inminente o muy próximo, o un daño irreparable para la integridad física de la persona de no obtenerse una actuación tera- péutica de inmediato.

Para que el beneficiario tenga derecho a la cobertura de los gastos producidos por utilización de medios ajenos en situación de urgencia vital, el medio ajeno al que se dirija o sea trasladado el paciente deberá ser razonablemente elegido, teniendo en cuenta las circunstancias de lugar y tiempo en que la patología se haya producido, así como la capacidad de decisión del enfermo y, en su caso, de las personas que prestaron los primeros auxilios.

Situaciones especiales de urgencia

Se considerará que siempre reúnen la condición de urgencias de carácter vital las siguientes situaciones especiales:

a) La asistencia que precisen los beneficiarios con motivo de accidente en acto de servicio o en el ejercicio de las funciones propias de su actividad o como consecuencia o con oca-

(23)

sión de actos cometidos por personas integradas en bandas o grupos organizados y armados.

b) Cuando el beneficiario se encuentre en la vía o lugares públicos y los equipos de emer- gencias sanitarias públicos (112, 061, etc.) sean activados por persona distinta a aquél o a sus familiares en caso de que se encuentre acompañado.

c) Cuando la activación de los equipos de emergencias sanitarias públicos sea realizada por los cuerpos de seguridad del Estado u otras estructuras de emergencias no sanita- rias (bomberos, etc.).

d) Cuando el mutualista sufra un accidente en acto de servicio y sea atendido por los equi- pos de emergencias sanitarias públicos en el lugar donde se ocasione.

e) Cuando el beneficiario resida en un centro de mayores asistido o en un centro para cró- nicos y los equipos de emergencias sanitarias públicos sean activados por el personal del centro, o cuando aquél resida en domicilio particular, y estos equipos sean activados por un Servicio de teleasistencia de financiación pública, en ambos casos siempre y cuando aquél o su familia hayan comunicado al centro o servicio su adscripción a la Enti- dad a efectos de su asistencia sanitaria.

A efectos de la cobertura de los gastos producidos, la situación de urgencia de carácter vital se extiende desde el ingreso hasta el alta hospitalaria del paciente (incluyendo los posibles trasla- dos a otros centros no concertados por causas asistenciales), salvo en los dos supuestos siguientes:

a) Cuando Adeslas, con la conformidad del equipo médico que estuviese prestando la asis- tencia, ofrezca una alternativa asistencial que posibilite el traslado del paciente a un centro propio o concertado adecuado y el enfermo o sus familiares responsables se nieguen a ello.

b) Cuando el paciente sea remitido a un segundo centro ajeno y no existan causas que impidan la continuidad del tratamiento en un centro de Adeslas.

El beneficiario, u otra persona en su nombre, comunicará a Adeslas la asistencia recibida con medios ajenos por cualquier medio que permita dejar constancia de la comunicación, aportan- do el correspondiente informe médico de urgencias, dentro de las 48 horas siguientes al inicio de la asistencia, salvo que concurran circunstancias excepcionales, debidamente justificadas, que hayan impedido comunicar la asistencia recibida con medios ajenos.

Cuando Adeslas reciba la comunicación de la asistencia de un beneficiario en medios no concerta- dos deberá contestar, dentro de las 48 horas siguientes a la recepción de la comunicación y por cual- quier medio que permita dejar constancia de la misma, si reconoce la existencia de la situación de urgencia vital y, por tanto, acepta el pago de los gastos producidos o si, por el contrario, no se con- sidera obligada al pago por entender que no ha existido una situación de urgencia de carácter vital.

En el supuesto de que Adeslas reconozca la existencia de la situación de urgencia vital deberá comunicar al proveedor sanitario que se hace cargo directamente de los gastos ocasionados, a fin de que por parte de éste se emita la correspondiente factura a la Entidad. Si el beneficiario hubiera abonado los gastos, la Entidad deberá efectuar el reintegro dentro de los diez días siguientes a la fecha en que solicite el reintegro presentando los justificantes de los gastos.

En el supuesto de que Adeslas no se considere obligada al pago por entender que no ha existi- do la situación de urgencia vital, en un plazo máximo de siete días, emitirá un informe argu- mentando y fundamentando tal circunstancia y dará traslado del mismo al beneficiario y al Ser- vicio Provincial correspondiente.

(24)

Cuando el beneficiario no haya efectuado la comunicación en tiempo y forma, la Entidad le rein- tegrará el importe. Si la Entidad no ha realizado lo establecido en esta cláusula, estará obligada al pago directo al proveedor sanitario, si el interesado lo solicita.

En el supuesto de que Adeslas no se considere obligada al pago por entender que no ha existi- do la situación de urgencia vital, emitirá informe argumentando y fundamentando tal circuns- tancia, y dará traslado del mismo al beneficiario.

Atención Primaria en el medio rural

En las zonas rurales expresamente previstas en los Convenios suscritos con las respectivas Comu- nidades Autónomas, la asistencia sanitaria a nivel ambulatorio, domiciliario o de urgencia a cargo del médico general o de familia, pediatra, diplomado en enfermería y matrona se podrá prestar por los Servicios de Atención Primaria y de Urgencia de la Red Sanitaria Pública. En todo caso, los beneficiarios residentes en los municipios incluidos en los respectivos convenios rurales, podrán optar por ser atendidos en los medios de que disponga la Entidad en los municipios próximos.

Información sobre asistencia sanitaria en caso de accidente cuando existe un terce- ro obligado al pago (accidentes de tráfico, deportistas federados, etc.)

En el supuesto de asistencia sanitaria por lesiones producidas o enfermedad derivada o agra- vada por accidentes cubiertos por cualquier modalidad de seguro obligatorio o cuando el coste de la asistencia sanitaria prestada deba ser satisfecho legal o reglamentariamente por organis- mos públicos distintos de las mutualidades o por Entidades privadas, Adeslas, sin perjuicio de cubrir en todo caso la asistencia, podrá subrogarse en los derechos y acciones de los benefi- ciarios relativos al importe de los gastos derivados de dicha asistencia sanitaria, realizando a su cargo las gestiones necesarias para reintegrarse del coste de la misma. Los beneficiarios, por su parte, estarán obligados a facilitar a Adeslas los datos necesarios para ello.

(25)
(26)

CUADRO MEDICO CAPITAL DE PROVINCIA

(27)
(28)

MEDICINA FAMILIAR

41001

ARENAL DE SALUD SL C. PASTOR Y LANDERO 13 PLT BJ 954293338

CITA PREVIA.

41002

DR. LUQUE OLMEDO, FRANCISCO J.

C. JESUS DEL GRAN PODER 5 PLT 3 PTA J

954370220 CITA PREVIA.

41003

DRA. ARAICA COREA, MAGGIE C. IMAGEN 5 PLT 5 PTA IZ 954213661

CITA PREVIA.

CENTRO MEDICO MARIA AUXILIADORA SL

C. MARIA AUXILIADORA 21 PLT 2 PTA B 954537196

CITA PREVIA.

DR. NAVARRO TALAVERA, ALFONSO C. M AUXILIADORA 21 PLT 2 PTA B 954537196

CITA PREVIA.

DR. ROMERO PEREZ, JOSE ANTONIO C. DE CAPUCHINOS 8

630043840 CITA PREVIA.

41004

HOSPITAL NISA ALJARAFE C. ENRAMADILLA 8 954420600 CITA PREVIA.

DRA. LOIZAGA GONZALEZ, M.

ESPERANZA

CENTRO MED.DE CHEQUEO HISPALIA, S.L.

C. BARTOLOME DE MEDINA, 6 954663502

CITA PREVIA.

41005

CONSULTA MEDICA, S.C C. MARQUES DEL NERVION 106 PLT 2 954648402

CITA PREVIA.

DR. MILLAN SIMO, JOSE M.

C. MARQUES DEL NERVION 106 PLT 2 954648402

CITA PREVIA.

DR. RODRIGUEZ PEREZ, LOURDES C. CLAUDIO GUERIN 17 PLT 9 PTA C 954642298

CITA PREVIA.

41006

DR. MORENO TENOR, FEDERICO PL. CANDELARIA 3

954659800 CITA PREVIA.

DR. RODRIGUEZ PEREZ, LOURDES AVDA. HYTASA 12 BL HYTASA 954642298

CITA PREVIA.

DR. SEGOVIA MALPARTIDA, GUILLERMO

C. SATSUMA 12 PLT 5 PTA C 954512674

CITA PREVIA.

41007

DRA. GONZALEZ RUIZ DE LOIZAGA, M. JOSE

C. MONTE OLIVETE 17 954584765 CITA PREVIA.

DR. RODRIGUEZ FERNANDEZ, JOSE FCO.

C. TOMAS MURUBE 43 954570534

CITA PREVIA.

DR. TORRES VAZQUEZ, NICOLAS AVDA. LA SOLEA PLT BJ PZ DEL PILAR 954526930

CITA PREVIA.

41008

DR. RODRIGUEZ JIMENEZ, JOAQUIN J.

MEDICUR, S. L.

C. STA MARIA DEL REPOSO 25 954430313

CITA PREVIA.

DRA. SANCHEZ RODRIGUEZ, CARMEN

GRUPO BDA LOS PRINCIPES 8 BL 10 PLT BJ PTA 1

954946824 CITA PREVIA.

41009

DR. CASTELLO DE MORA, FERNANDO

C. LEON XIII 78 PLT BJ PTA G 954434717

CITA PREVIA.

DRA. DIAZ SANCHEZ, M. PILAR C. FRAY ISIDORO DE SEVILLA 32 954350387

CITA PREVIA.

HOSPITAL VICTORIA EUGENIA DRA. PRADA PEREZ, ANGELES AVDA. CRUZ ROJA 1

954359543 CITA PREVIA.

DR. OSSA BINDANG, NARCISO C. MAR NEGRO 8 PLT PR PTA C 666538864

CITA PREVIA.

DR. PARDO JIMENEZ, JOSE LUIS C. FLORENCIO QUINTERO 15 PLT 1 PTA 5 627809535

CITA PREVIA.

41010

DR. ARIAS BRAGA, VICTOR C. PAGES DE CORRO 142 PLT 1 954272200

CITA PREVIA.

DR. FERNANDEZ SAMBRUNO PINTO, MANUEL

C. JUAN DIAZ DE SOLIS 42 PLT BJ 954000712 653291967 CITA PREVIA.

DRA. GONZALEZ RUIZ DE LOIZAGA, M. JOSE

C. EVANGELISTA 69 BL LOC PTL 28 954458230

CITA PREVIA.

URMESA URGENCIA MEDICA SEVILLANA, S.L.

DRA. DACHARY GARRIZ, M.

CARMEN

C. PAGES DEL CORRO 142 PLT 1 954272200

CITA PREVIA.

(29)

41011

DRA. BARRENA DE VICENTE, MARIA SARA

SERV. SANITARIOS PUERTA DE AMERICA, S.L.

C. FERNANDO IV 24 954279786 CITA PREVIA.

DR. RUIZ DE LINARES MARIN, RAFAEL

C. MONTE CARMELO 71 954282949 954282636 CITA PREVIA.

DR. SEPULVEDA GARCIA DE LA TORRE, JOSE A.

C. ARCOS 8 PLT BJ 954274648 CITA PREVIA.

SERV. SANITARIOS PUERTA DE AMERICA, S.L.

C. FERNANDO IV 24 954279786 CITA PREVIA.

VITALY, S.L.

C. MONTE CARMELO 71 954282636

CITA PREVIA.

41012

DRA. CHABRERA ADIEGO, JULIA M.

AVDA. REINA MERCEDES 29 ESC EXT PLT BJ

954612640 954623352 CITA PREVIA.

HOSPITAL FATIMA AVDA. DE LA PALMERA 2 954613300

CITA PREVIA.

DR. TORRES VAZQUEZ, NICOLAS C. DRESDE 1 BL LOC PTL 2 954239007

CITA PREVIA.

41013

AGRUPACION CIR PLASTICA Y ESTETICA S C, .

C. RAFAEL SALGADO 3 954619637

CITA PREVIA.

ASISTENCIA INTEGRAL DE PEDIATRIA S L

DR. HERNANDEZ BLANCO LACAVE, CARLOS

C. PROGRESO 39 LOCAL DCHO.

954618857 CITA PREVIA.

DRA. AVIVAR FALCON, INMACULADA

AVDA. RAMON CARANDE 11 PLT 1 PTA C ED LUZ PALMERA

954231801 CITA PREVIA.

C. MEDICO CERVANTES CASTILLA, S.C.

C. PROGRESO 27 PLT 2 PTA D 954626543 954231381 CITA PREVIA.

HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

DR. SANCHEZ TORRES, JOSE MANUEL

DRA. SANCHEZ BAUTISTA, M. JESUS AVDA. MANUEL SIUROT 52

954672800 954937693 CITA PREVIA.

41015

DR. FELIPE GOMEZ, FRANCISCO C. DE GRAZALEMA 3 BL LOC PTL 2 954944680

CITA PREVIA.

41016

DR. SANCHEZ GOMEZ, JOSE M.

C. TORREPEROGIL 54 954408693 CITA PREVIA.

41018

DR. ALMAZAN QUESADA, ANTONIO C. LUIS MONTOTO 65 PLT 1 PTA E 954570361 954570548 CITA PREVIA.

DR. AMADOR VISUERTE, VICENTE MEDICUR, S. L.

C. JOSE DE LA CAMARA 3 954535000

CITA PREVIA.

DR. AUMESQUET CORNELLO, ANGEL C. TROVADOR PLT 1 PTA C

954532298 CITA PREVIA.

DR. GONZALEZ VALDECANTOS, MIGUEL

VIVISOL IBERICA, S.L.

AVDA. EDUARDO DATO 22 954297014

CITA PREVIA.

MEDICUR, S.L.

C. JOSE DE LA CAMARA 3 954535000 954535521 CITA PREVIA.

DRA. PEREZ ANDRES, Mª ASUNCION C. JUAN SIERRA 3 PLT 2 PTA C 954413648

CITA PREVIA.

DR. SANTANA CABEZA, JUAN JESUS AVDA. RAMON Y CAJAL PLT 4 VIAPOL MOD 10

954662909 CITA PREVIA.

VIVISOL IBERICA, S.L.

AVDA. EDUARDO DATO 22 954297014

CITA PREVIA.

41019

DR. BERMUDO JIMENEZ, MANUEL C. CIUDAD DE CARLET 4 PLT BJ PTA 2 P ALCOSA

954673722 CITA PREVIA.

41020 ESPEMET, S.L.

C. MILANO PERLADO 27 954252527

CITA PREVIA.

HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

AVDA. DE LAS CIENCIAS BL LOC PTL 1 ED PORTASEVILLA

954672800 954937693 CITA PREVIA.

SERV. SANITARIOS PUERTA DE AMERICA, S.L.

DRA. MACIAS DORADO, ELENA MARIA

C. CUEVA DE LA PILETA 2 PTL 11 PLT LOC PTA 17

954520010 CITA PREVIA.

(30)

PEDIATRIA Y PUERICULTURA

41002

DR. PARODY RUIZ BERDEJO, JERONIMO

C. TEODOSIO 3 954387506 CITA PREVIA.

41004

PEDIATRIA INTEGRAL DEL ALJARAFE SL

C. ENRAMADILLA 8 954420600 CITA PREVIA.

41006

DR. MORENO TENOR, FEDERICO PL. CANDELARIA 3

954659800 CITA PREVIA.

41008

DR. BUIZA DE RUZ, JUAN MEDICUR, S.L.

954535000 954535521 C. STA MARIA DEL REPOSO 25 954430313

CITA PREVIA.

DR. MUÑOZ RODRIGUEZ, JUAN G.

MEDICUR, S. L.

C. STA MARIA DEL REPOSO 25 954430313 954359999 CITA PREVIA.

41009

DR. GONZALEZ MELIAN, CARLOS HOSPITAL VICTORIA EUGENIA AVDA. CRUZ ROJA 1

954359543 CITA PREVIA.

HOSPITAL VICTORIA EUGENIA DR. GONZALEZ MENESES LOPEZ, ANTONIO

AVDA. CRUZ ROJA 1 954359543 CITA PREVIA.

DRA. LARA LARA, ISABEL MARIA HOSPITAL VICTORIA EUGENIA AVDA. CRUZ ROJA 1

954359543 CITA PREVIA.

41010

DR. FERNANDEZ SAMBRUNO PINTO, MANUEL

C. JUAN DIAZ DE SOLIS 42 PLT BJ 954000712 653291967 CITA PREVIA.

41011

DR. LOPEZ CANTI MORALES, LUIS F.

AVDA. PTE CARRERO BLANCO 26 PLT 1 PTA 11

954270750 CITA PREVIA.

41012

INST. HISPALENSE PEDIATRIA (SOLO NIÑOS)

DR. RIVAS RAMOS, DIEGO DR. CARMONA MARTINEZ, ALFONSO

DR. PERALTA RODRIGUEZ, ANTONIO AVDA. DE JEREZ 46 PTL 4 PLT 1 EXPO LOCAL

954610022 CITA PREVIA.

41013

DR. DE LEON MOLINARI, PEDRO ASISTENCIA INTEGRAL DE PEDIATRIA S L

C. PROGRESO 39 954618857 CITA PREVIA.

INST. HISPALENSE PEDIATRIA (SOLO NIÑOS)

DR. RODRIGUEZ HERRERA, ALFONSO

DR. VALVERDE FERNANDEZ, JUSTO DR. ANDRES MARTIN, ANSELMO C. GUADALBULLON 2

954298013 CITA PREVIA.

INST. HISPALENSE PEDIATRIA (SOLO NIÑOS)

DR. RIVAS RAMOS, DIEGO DRA. GAYAN GUARDIOLA, MARIA LUISA

DR. CARMONA MARTINEZ, ALFONSO

DR. PERALTA RODRIGUEZ, ANTONIO AVDA. MANUEL SIUROT, 45 BAJO 954610022

CITA PREVIA.

DR. NIETO PEDREGAL, CARLOS A ASISTENCIA INTEGRAL DE PEDIATRIA S L

C. PROGRESO 39 954618857 CITA PREVIA.

41018 MEDICUR, S.L.

DR. SANGUINO FABRE, JUAN CARLOS

C. JOSE DE LA CAMARA 3 954535000 954535521 CITA PREVIA.

DRA. PEREZ ANDRES, Mª ASUNCION C. JUAN SIERRA 3 PLT 2 PTA C 954413648

CITA PREVIA.

DR. PINEDA MANTECON, MANUEL C. LUIS MONTOTO 36 PLT 1 PTA B 954533664

CITA PREVIA.

41020

INST. HISPALENSE PEDIATRIA (SOLO NIÑOS)

DRA. YEPES CARMONA, LAURA DR. PONCE GONZALEZ, FRANCISCO J DRA. SANCHEZ GARCIA, ISABEL DRA. ALONSO RUEDA, INMACULADA

DRA. DE LA VEGA GUERRERO, ROSARIO

DR. TELLEZ PEREZ, JOSE I.

AVDA. DE LAS CIENCIAS ED PORTASEVILLA

954610022 CITA PREVIA.

INST. HISPALENSE PEDIATRIA (SOLO NIÑOS)

AVDA. ALCALDE LUIS URUÑUELA 954672800

CITA PREVIA.

ENFERMERIA

41004

HOSPITAL NISA ALJARAFE C. ENRAMADILLA 8 954420600 CITA PREVIA.

(31)

41006

SR. PALACIOS VENEGA, DAMIAN C. PUERTO DE PIEDRAFITA 17 PLT BJ PTA A

954516789 CITA PREVIA.

41008 MEDICUR, S.L.

C. STA MARIA DEL REPOSO 25 954430313

CITA PREVIA.

SR. MESA DE LA TORRE, EUGENIO Pº. DE GRAZALEMA BL A PLT 1 MZ B 954944680

CITA PREVIA.

SR. VILCHES NUEVO, BORJA C. ORFEBRE DOMINGUEZ VAZQUEZ 1 PLT 2

664688290 CITA PREVIA.

41009

HOSPITAL VICTORIA EUGENIA AVDA. CRUZ ROJA 1

954359543 CITA PREVIA.

SR. VILLALBA BOLAÑOS, FERNANDO C. ABOGADO RAFAEL MEDINA 5 ESC 9 PTA B

954365376 CITA PREVIA.

41011

SR. ESTEVEZ SANCHEZ, JUAN C. CARLOS HAYA POL TABLADA 954452011

CITA PREVIA.

SR. MORILLO TRIGO, MANUEL VITALY, S.L.

954271691

C. MONTECARMELO 71 954282636

CITA PREVIA.

SR. OLIVA ZAYAS, REGINO MERCADO LOS REMEDIOS 9 PLT ST 954453023 954282106

CITA PREVIA.

VITALY, S.L.

C. MONTE CARMELO 71 954271691

CITA PREVIA.

41012

INST. HISPALENSE PEDIATRIA (SOLO NIÑOS)

AVDA. DE JEREZ 46 E. EXPOLOCAL, LC 4 1º 954610022

CITA PREVIA.

41013

SR. ZAMUDIO VILCHES, JOSE C. FRANCISCO GUERRERO 5 954233122

CITA PREVIA.

41018 MEDICUR, S.L.

C. JOSE DE LA CAMARA 3 954535000 954535521 CITA PREVIA.

VIVISOL IBERICA, S.L.

AVDA. EDUARDO DATO 22 954297014 902407010 CITA PREVIA.

41020

SR. GARCIA NUÑEZ, JUAN L.

C. CUEVA DE LA PILETA 2 BL 11 PTL 17 954520010

CITA PREVIA.

HOSPITAL QUIRON SAGRADO CORAZON

AVDA. DE LAS CIENCIAS BL LOC PTL 1 ED PORTASEVILLA

954672800 954937693 CITA PREVIA.

INST. HISPALENSE PEDIATRIA (SOLO NIÑOS)

SRA. RIVAS RAMOS, MARIA JOSE SR. MARTIN QUINTERO, JUAN ALFONSO

AVDA. DE LAS CIENCIAS ED PORTASEVILLA

954610022 CITA PREVIA.

ODONTOLOGIA - ESTOMATOLOGIA

41001

ADESLAS DENTAL SEVILLA CENTRO PL. DE LA MAGDALENA 7

902530954

CITA PREVIA. DE L. A V. DE 09:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 21:00

41003

ADESLAS DENTAL SEVILLA LUIS MONTOTO

C. LUIS MONTOTO 16 902530954

CITA PREVIA. DE L. A V. DE 09:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 21:00 41004

ADESLAS DENTAL SEVILLA PEDRO DE CASTRO

C. DOCTOR PEDRO DE CASTRO 4 BIS 902530954

CITA PREVIA. DE L. A V. DE 09:00 A 14:00 Y DE 16:00 A 21:00 41010

CENTRO DE REHABILITACION DENTAL, S.L.

DRA. PURAS FERNANDEZ, ESTIBALIZ

DRA. ORTIZ RUIZ, ELENA CRISTINA DRA. RODRIGUEZ GONZALEZ, MARTA

DRA. PEREZ ALCONCHEL, MACARENA

DRA. HERCE MARQUEZ, MERCEDES DRA. GUERRERO RODRIGUEZ, LIDIA C. PAGES DEL CORRO 184

954284585 CITA PREVIA.

41011

CENTRO DE REHABILITACION DENTAL, S.L.

DRA. PONCE TOMAS, BEATRIZ DRA. PURAS FERNANDEZ, ESTIBALIZ

DRA. TRIGUERO PASTRANA, MARIANELA

DRA. BARCHIN RODRIGO, BEATRIZ DRA. JOVER COBOS, ENCARNACION AVDA. REPUBLICA ARGENTINA 27 PTL B PLT 2 PTA I

954275047 CITA PREVIA.

Referencias

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