INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN
Quito - Ecuador
NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 2 556:2010
SEGURIDAD EN MOTOCICLETAS. ESPEJOS RETROVISORES.
REQUISITOS.
Primera Edición
SAFETY IN MOTORCYCLES. REAR-VIEW MIRRORS. REQUIREMENTS.
First Edition
DESCRIPTORES: Ingeniería automotriz, motocicletas y motonetas, espejos retrovisores, requisitos.
MC 08.05-403
CDU: 629.118.6 :629.1.018.1 CIIU: 3844 :3852
ICS: 43.140 :43.040.65
CDU: 629.118.6 :629.1.018.1 CIIU: 3844 :3852
ICS: 43.140 :43.040.65 MC 08.05-403
2010-553 -1-
Norma Técnica Ecuatoriana
Voluntaria
SEGURIDAD EN MOTOCICLETAS.
ESPEJOS RETROVISORES.
REQUISITOS.
NTE INEN 2 556:2010
2010-09
1. OBJETO
1.1 Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los espejos retrovisores en motocicletas para ser seguras.
2. ALCANCE
2.1 Esta norma aplica a todas las motocicletas de cilindraje entre 250 cm
3a 400 cm
3, de motor 4 tiempos, que se importen, ensamblen y se comercialicen en el Ecuador.
2.2 Esta norma no aplica a tipos especializados de motocicletas, como motocicletas de juguete y las que están diseñadas y equipadas para uso en competencias autorizadas
3. DEFINICIONES
3.1 Para los efectos de esta norma, se adoptan las siguientes definiciones:
3.1.1 Circulo inscrito. Círculo dibujado dentro de un polígono, siendo cada lado del polígono tangente al círculo.
3.1.2 Espejo retrovisor. Dispositivo que tiene por finalidad permitir una visibilidad clara hacia atrás y hacia los lados del vehículo.
3.1.3 Retrovisor Clase L. Son los espejos retrovisores exteriores principales que están destinados motocicletas.
3.1.4 Superficie Reflectora. Es una superficie pulida en la que al incidir la luz, se refleja siguiendo las leyes de la reflexión.
4. REQUISITOS
4.1 Requisitos específicos
4.1.1 Los espejos retrovisores deben cumplir con lo especificado en la tabla 1.
TABLA 1. Espejos retrovisores que deben tener las motocicletas
Categoría del
vehículo Observaciones
Retrovisores exteriores Izquierdo Derecho
Clase L Clase L Motocicletas Si la velocidad máxima es menor o
igual de 100 km/h 1 obligatorio 1 obligatorio Motocicletas Si la velocidad máxima es mayor de
100 km/h 1 obligatorio 1 obligatorio
(Continúa) DESCRIPTORES: Ingeniería automotriz, motocicletas y motonetas, espejos retrovisores, requisitos.
Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN – Casilla 17-01-3999 – Baquerizo Moreno E8-29 y Almagro – Quito-Ecuador – Prohibida la reproducción
NTE INEN 2 556 2010-09
4.1.2 Los espejos retrovisores deben cumplir con lo detallado a continuación:
4.1.2.1 Los retrovisores se deben colocar o ajustar de tal manera que la distancia del centro de la superficie reflectora medida en el plano horizontal, sea de por lo menos 280 mm por fuera del plano longitudinal vertical, pasando por el centro de la dirección de manejo del vehículo. Antes de la medida, el manubrio debe ser colocado en una posición recta y los espejos deben ser ajustados en su posición normal.
4.1.2.2 El borde de la superficie reflectora debe ser incluido en un sostenedor que en su perímetro tenga un valor de radio de curvatura de ≥ 2,5 mm en todos los puntos y en todas las direcciones.
4.1.2.3 Las dimensiones mínimas de la superficie reflectora se especifican a continuación:
a) El área no debe ser menos de 69 cm
2.
b) En el caso de tener espejos circulares, el diámetro no debe ser menos de 94 mm.
c) En el caso de los espejos no circulares, la dimensión debe permitir la inscripción de un círculo con un diámetro de 78 mm en la superficie reflectora.
4.1.2.4 Las dimensiones máximas de la superficie reflectora se especifican a continuación.
a) En el caso de los espejos circulares, el diámetro no debe ser mayor de 150 mm.
b) En el caso de los espejos no circulares, la superficie reflectora debe caber en un rectángulo de 120 mm x 200 mm.
4.1.2.5 La superficie reflectora de un retrovisor debe ser esférico convexo.
4.1.2.6 Los retrovisores deben ser de tal manera que el conductor pueda ajustarlos en posición de conducción normal.
4.1.2.7 Los retrovisores deben ser fijos para que permanezcan estables bajo condiciones normales del uso.
5. INSPECCIÓN Y ENSAYOS
5.1 Los espejos retrovisores serán sujetados a las pruebas descritas en la Regulación No. 81 de las Naciones Unidas, Rear-view mirrors for motorcycles, numeral 8.
(Continúa)
NTE INEN 2 556 2010-09
2010-553 -3-
APENDICE Z
Z.1 DOCUMENTOS NORMATIVOS A CONSULTAR
United Nations. Regulation No. 81 Rear-view mirrors for motorcycles.
Z.2 BASES DE ESTUDIO
http://www.autocity.com/tramites_dgt/legislacion/reglamento_vehiculos/anexo10.html
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Documento:
NTE INEN 2 556
TÍTULO: SEGURIDAD EN MOTOCICLETAS. ESPEJOS RETROVISORES. REQUISITOS
Código:
MC 08.05-403
ORIGINAL:
Fecha de iniciación del estudio:
2009-06-08
REVISIÓN:
Fecha de aprobación anterior del Directorio Oficialización con el Carácter de por Resolución No.
publicado en el Registro Oficial No.
Fecha de iniciación del estudio:
Fechas de consulta pública: de a
Comité Interno del INEN:
Fecha de iniciación: 2010-03-05 Fecha de aprobación: 2010-03-12 Integrantes del Comité Interno:
NOMBRES:
Ing. Mauricio Alminate Ing. Enrique Troya
Dr. Hugo Ayala Ing. Fausto Lara
Ing. Hugo Paredes Ing. Verónica Benítez (Secretaria Técnica)
INSTITUCIÓN REPRESENTADA:
DIRECTOR DEL ÁREA TÉCNICA DE
SERVICIOS TECNOLÓGICOS
DIRECTOR DEL ÁREA TÉCNICA DE
VERIFICACIÓN
ÁREA TÉCNICA DE CERTIFICACIÓN ÁREA TÉCNICA DE NORMALIZACIÓN ÁREA TÉCNICA DE NORMALIZACIÓN ÁREA TÉCNICA DE NORMALIZACIÓN
Otros trámites:
El Directorio del INEN aprobó este proyecto de norma en sesión de 2010-07-02
Oficializada como: Voluntaria Por Resolución No. 093-2010 de 2010-08-13
Registro Oficial No. 276 de 2010-09-10
Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN
Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN ---- Baquerizo Moreno E8Baquerizo Moreno E8Baquerizo Moreno E8Baquerizo Moreno E8----29 y Av. 6 de Diciembre29 y Av. 6 de Diciembre29 y Av. 6 de Diciembre29 y Av. 6 de Diciembre Casilla 17
Casilla 17 Casilla 17
Casilla 17----01010101----3939393999 99 99 ---- Telfs: (593 2)2 501885 al 2 501891 99 Telfs: (593 2)2 501885 al 2 501891 Telfs: (593 2)2 501885 al 2 501891 Telfs: (593 2)2 501885 al 2 501891 ---- Fax: (593 2) 2 567815Fax: (593 2) 2 567815Fax: (593 2) 2 567815Fax: (593 2) 2 567815 Dirección General: E
Dirección General: E Dirección General: E
Dirección General: E----Mail:direccionMail:direccionMail:direccionMail:[email protected] @inen.gov.ec @inen.gov.ec @inen.gov.ec Área Técnica de Normalización: E
Área Técnica de Normalización: EÁrea Técnica de Normalización: E
Área Técnica de Normalización: E----Mail:Mail:Mail:Mail:[email protected] @inen.gov.ec @inen.gov.ec @inen.gov.ec Área Técnica de Certificación: E
Área Técnica de Certificación: E Área Técnica de Certificación: E
Área Técnica de Certificación: E----Mail:Mail:Mail:certificacionMail:[email protected] @inen.gov.ec @inen.gov.ec @inen.gov.ec Área Técnica
Área Técnica Área Técnica
Área Técnica de Verificación: Ede Verificación: Ede Verificación: Ede Verificación: E----Mail:Mail:Mail:verificacionMail:[email protected] @inen.gov.ec @inen.gov.ec @inen.gov.ec Área Técnica de Servicios Tecnológicos: E
Área Técnica de Servicios Tecnológicos: E Área Técnica de Servicios Tecnológicos: E
Área Técnica de Servicios Tecnológicos: E----Mail:Mail:Mail:inencatiMail:[email protected]@[email protected]@inen.gov.ec Regional Guayas: E
Regional Guayas: E Regional Guayas: E
Regional Guayas: E----Mail:Mail:Mail:Mail:[email protected] [email protected] @inen.gov.ec @inen.gov.ec Regional Azuay: E
Regional Azuay: E Regional Azuay: E
Regional Azuay: E----Mail:Mail:Mail:Mail:[email protected]@[email protected] [email protected] Regional Chimborazo: E
Regional Chimborazo: ERegional Chimborazo: E
Regional Chimborazo: E----Mail:inenMail:inenMail:inenMail:inenriobambariobambariobambariobamba@@@@ineninenineninen.gov.ec.gov.ec.gov.ec .gov.ec URL:www.inen.gov.ec
URL:www.inen.gov.ecURL:www.inen.gov.ec URL:www.inen.gov.ec