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Programa Buenos Aires Produce más Limpio (P+L) e Instrumentos de fomento financiero

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Academic year: 2021

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Programa Buenos Aires

Produce más Limpio (P+L)

e Instrumentos de

fomento financiero

Créditos Verdes

Aportes No Reintegrables

(2)

Programa Buenos Aires Produce más Limpio (P+L)

2

Programa Buenos Aires Produce más Limpio

(P+L)

El Programa tiene como objeto mejorar el desempeño y la gestión ambiental de los establecimientos industriales o de servicios, promoviendo la adopción de tecnologías, procesos y servicios que permita armonizar de manera eficiente el crecimiento económico y social con la protección del ambiente, a los efectos de garantizar el desarrollo sustentable de las actividades que se desarrollen en la Ciudad Autó-noma de Buenos Aires.

Objetivos del Programa:

a. Aplicar instrumentos y mecanismos de difusión, comunicación e información sobre producción y consumo sustentable.

b. Capacitar e implementar la operación de planes de aplicación del Programa Buenos Aires Produce más Limpio (P+L) a fin de mejorar el desempeño ambiental, económico y social de las establecimientos industriales o de servicios;

c. Desarrollar instrumentos que promuevan la producción limpia e incentiven la prevención de los impactos negativos sobre el ambiente.

Procedimiento del Programa Buenos Aires Produce más

Limpio:

La empresa interesada deberá presentar:

1. Solicitud de Adhesión al Programa (Anexo II Resolución 67-APRA-2011).

2. Suscribir con la Agencia de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, el Acuerdo de adhesión al Programa. Para ello debe acompañar:

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del titular del establecimiento o su represen-tante legal (primera y segunda hoja).

Estatuto de la sociedad.

Acta de Asamblea de designación de autoridades y acta de distribución de cargos. Declaración Jurada aprobada en el Anexo III.

Constancia de habilitación del establecimiento.

Certificado de Aptitud Ambiental o constancia de inicio de trámite.

Constancia de empadronamiento en el Registro AmbientaI de Industrias de la ACUMAR creado por la Resolución ACUMAR N° 29/2010, en aquellos establecimientos radicados en el ámbito geográfico de la Cuenca Matanza – Riachuelo.

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Programa Buenos Aires Produce más Limpio (P+L)

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Al suscribir el Acuerdo la empresa se compromete a presentar y aplicar un Plan de Mejora Ambiental. Por su parte APRA se compromete a brindarle capacitación y asistencia técnica gratuita para la confec-ción e implementaconfec-ción del Plan.

Se entiende por Plan de Mejora Ambiental los objetivos, metas, actividades, procedimientos, recursos e indicadores de desempeño ambiental, fijados voluntariamente por el establecimiento adherido, con el objeto de minimizar el impacto ambiental negativo que genera el desarrollo de su actividad en su zona de influencia en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El Plan de Mejora deberá contemplar algunos de los siguientes

objetivos:

La mimización de la carga contaminante de efluentes líquidos. La reducción de la generación y gestión sustentable de los residuos. La minimización de la carga contaminante de los efluentes gaseosos. La optimización del uso de materias primas e insumos.

La optimización del uso de agua.

La optimización de la eficiencia energética. El sistema de gestión ambiental.

Los sistemas de control y monitoreo.

La mitigación de las cargas contaminantes líquidas.

La mitigación de la carga contaminante de los efluentes gaseosos. Las Buenas Prácticas de Manufactura.

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Instrumentos de Fomento Financiero

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Fases para la confección del Plan de Mejora Ambiental:

A. Fase de Evaluación:

consiste en la evaluación, análisis y diagnóstico del establecimiento.

Para ello la empresa desarrollará:

I. El relevamiento de documentación previa a la Adhesión al P+L (Anexo I C.1.1 Resolución 67-APRA-11).

II. La auditoría Preliminar (obtención de la línea de base) (Anexo I C.1.2 Resolución 67-APRA-11). III. La auditoría de Desechos (Anexo I C.1.3 Resolución 67-APRA-11).

B. Fase de Implementación:

Para cada uno de los objetivos seleccionados, deberá completarse la Propuesta de Mejora y el Plan de Actividades, que incluirá la siguiente información: (Anexo IV y Anexo V Resolución 67-APRA-11)

I. La identificación del problema y oportunidades de mejora. II. La descripción de las Metas.

III. La descripción detallada de las actividades. IV. Los recursos implicados.

V. Los indicadores de Desempeño.

Cumplimentadas las Fase de Evaluación y la Fase de Implementación, se procederá a la aprobación del Plan de Mejoras mediante resolución de la Agencia de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en la cual se establecerá el cronograma de seguimiento y monitoreo de dicho Plan.

C. Fase de Seguimiento y Monitoreo del Plan de Mejoras:

La empresa deberá presentar informes de avance (Anexo VI Resolución 67-APRA-11) y un informe final (Anexo VII Resolución 67-APRA-11), dando cuenta de la evolución de su Plan de Mejora Ambiental. El monitoreo del Plan de Mejoras se realizará por medio de 2 (dos) tipos de auditorías:

I. La auditoría Documental. II. La auditoría Presencial (in situ).

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Instrumentos de Fomento Financiero

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Créditos Verdes

Créditos a Pymes con tasa subsidiada para proyectos de

mejora ambiental

Objetivo

Facilitar el acceso a financiamiento promocional a las micro, pequeñas y medianas empresas que deseen mejorar su desempeño ambiental y su eficiencia en el uso de los recursos energéticos.

Características

1. Beneficiarios:

Micro, pequeñas y medianas empresas de los sectores industrial, comercial o de servicios que desarrollen su actividad productiva en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y prioritariamente en la zona sur de la misma (según Ley 470/00) y en el área de influencia de la cuenca Matanza-Riachuelo (CGPs 4, 7, 8 y 9).

Facturación máxima según Resolución 21/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional1:

1. Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional. MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. Resolución 21/2010. Modificación de la Resolución Nº 24/01 en relación con la determinación del valor de las ventas anuales. ARTICULO 1º.- A los efectos de lo dispuesto por el Artículo 1º del Título I de la Ley Nº 25.300, serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales expresadas en Pesos ($) no superen los valores establecidos en el cuadro que se detalla a continuación. Se entenderá por ventas totales anuales, el valor de las ventas que surja del promedio de los últimos TRES (3) balances o información contable equivalente adecuadamente documentada, excluidos el impuesto al Valor Agregado, el impuesto interno que pudiera corres-ponder y deducidas las exportaciones que surjan de los mencionados balances o información contable hasta un máximo del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de dichas ventas.En los casos de empresas cuya antigüedad sea menor que la requerida para el cálculo establecido en el párrafo anterior, se considerará el promedio proporcional de ventas anuales verificado desde su puesta en marcha."

2. Destino de los fondos:

1. Adquisición de bienes de capital nuevos, nacionales y extranjeros nacionalizados –incluidos los gastos de infraestructura para su montaje.

2. Inversiones en tecnologías de procesos.

3. Infraestructura (con el fin de generar mejoras en el impacto ambiental proveniente del funcionamiento del establecimiento en general)

4. Software (aplicado a Gestión Ambiental)

Tamaño Micro Empresa Pequeña Empresa Mediana Empresa Industria y Minería 1.800.000 10.300.000 82.200.000 Comercio 2.400.000 14.000.000 111.900.000 Servicios 590.000 4.300.000 28.300.000 Construcción 760.000 4.800.000 37.700.000 Sector

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Programa Buenos Aires Produce más Limpio (P+L)

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3. Monto financiable: Hasta $ 300.000.

4. Tasa (T.N.A): Fija en Pesos

Requisitos

La empresa deberá:

1. Poseer domicilio legal, sede de la administración real y sede productiva en la Ciudad. 2. Estar constituida y en pleno funcionamiento.

3. Poseer una antigüedad mínima de dos años.

4. Desarrollar todas las acciones objeto del proyecto en el territorio de la Ciudad.

5. Haber obtenido resultados económicos operativos positivos en el último ejercicio, estar en situa-ción impositiva y previsional regular.

6. Adherir al Programa Buenos Aires Produce Más Limpio – P+L. (Ver: Programa Buenos Aires Produce Más Limpio en este documento).

¿Cómo acceder al crédito?

Las empresas interesadas deberán consultar y presentar:

1. La documentación solicitada en: Listado de documentación requerida (Anexo II). 2. Formulario "A". Debe ser completado y presentado en el Banco Ciudad.

3. Formulario "B" (Res APrA - 026/11 - Anexo IV) (Contactarse con el Programa Buenos Aires Produce Màs Limpio). Modelos de ejemplo: Modelo 1, Modelo 2.

4. Condiciones para el otorgamiento del beneficio (Anexo I). 5. Carta de presentación (Anexo III).

Para la obtención del crédito, la empresa deberá ser evaluada y aprobada técnicamente en dos aspectos: crediticio (por el Banco Ciudad) y ambiental (por la Agencia de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público).

Para descargar los anexos visite la página:

http://www.buenosaires.gov.ar/areas/med_ambiente/apra/des_sust/prod_sust/creditos_ciudad.php

Préstamo Tipo de empresa Tasa Plazo % zona sur % resto de la Ciudad

Para bienes de capital

Para

infraestructura

Micro, pequeñas y

medianas Fija 12 meses 5,0%

7,5% 6,5% 8,0% 9,5% 8,5% 12 meses 180 días Fija Medianas

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Instrumentos de Fomento Financiero

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Aportes No Reintegrables para la Producción

Sustentable y la Eficiencia Energética

El Programa Apoyo a la Competitividad Pyme, en su Categoría Eficiencia Energética y Producción Sustentable promueve proyectos empresariales que hagan un uso más eficiente de los recursos, inclu-yendo la energía, a través del financiamiento mediante Aportes No Reintegrables (ANR) y del apoyo de tutorías técnicas.

Anualmente y, en conjunto con la Subsecretaría de Desarrollo Económico, la Agencia de Protección Ambiental del Ministerio de Ambiente y Espacio Público invita a las pequeñas y medianas empresas para que presenten a concurso sus proyectos. Los mismos deberán estar destinados a:

Implementar acciones para la prevención y/o mitigación de los impactos ambientales producidos por las empresas en el curso normal de su actividad.

Optimizar su eficiencia energética.

Promocionando, al mismo tiempo, su productividad y competitividad.

Requisitos para participar:

Calificar como empresa Pyme industrial, comercial o de servicios, organizada en forma de socie-dades legalmente constituidas, sociesocie-dades irregulares o empresas unipersonales, con al menos dos años de antigüedad.

Facturación máxima según Resolución 21/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional2:

Tamaño Micro Empresa Pequeña Empresa Mediana Empresa Industria y Minería 1.800.000 10.300.000 82.200.000 Comercio 2.400.000 14.000.000 111.900.000 Servicios 590.000 4.300.000 28.300.000 Construcción 760.000 4.800.000 37.700.000 Sector

2. Resolución 21/2010 de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional. Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional. MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. Resolución 21/2010.Modificación de la Resolución Nº 24/01 en relación con la determinación del valor de las ventas anuales.

ARTICULO 1º.- A los efectos de lo dispuesto por el Artículo 1º del Título I de la Ley Nº 25.300, serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales expresadas en Pesos ($) no superen los valores establecidos en el cuadro que se detalla a continuación.

Se entenderá por ventas totales anuales, el valor de las ventas que surja del promedio de los últimos TRES (3) balances o información contable equivalente adecuadamente documentada, excluidos el impuesto al Valor Agregado, el impuesto interno que pudiera corres-ponder y deducidas las exportaciones que surjan de los mencionados balances o información contable hasta un máximo del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) de dichas ventas.En los casos de empresas cuya antigüedad sea menor que la requerida para el cálculo establecido en el párrafo anterior, se considerará el promedio proporcional de ventas anuales verificado desde su puesta en marcha."

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Instrumentos de Fomento Financiero

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Poseer domicilio legal, sede de la administración real y sede productiva en la Ciudad. Desarrollar todas las acciones objeto del proyecto en el territorio de la Ciudad.

Poseer Certificado de Aptitud Ambiental emitido por la Agencia de Protección Ambiental del Minis-terio de Ambiente y Espacio Público o haber iniciado su trámite.

Puede ver un resumen de los proyectos ganadores en convocatorias anteriores en: http://agenciaambiental.gob.ar/areas/med_ambiente/apra/des_sust/prod_sust/anr_2010.php?menu_id=32998 al pie de página “Proyectos ganadores en convocatorias pasadas”.

Los Aportes No Reembolsables 2010 se otorgaron por un máximo de $60.000 por proyecto y por hasta un 50% del total del mismo. Las Bases y Condiciones del Concurso 2011 serán publicadas en breve en la página web de la APrA: www.agenciaambiental.gob.ar.

Puede conocer las Bases y Condiciones, incluyendo los Formularios de proyecto, del Concurso 2010 en: http://estatico.buenosaires.gov.ar/areas/produccion/subs_produccion/fomento_competitividad/archivos/psy s/res_87_Anexo_I.pdf

Las Entidades Patrocinantes que brindarán apoyo técnico GRATUITO a las empresas que deseen presentarse al Concurso en la Categoría Eficiencia Energética y Producción Sustentable 2011 serán publicadas en la página web de la APrA: www.agenciaambiental.gob.ar.

Puede conocer las Entidades Patrocinantes que participaron en esta Categoría en 2010 en: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/produccion/subs_produccion/fomento_competitividad/eficiencia_ener g.php?menu_id=24654

Cronograma de actividades 2011

a. Apertura del llamado a concurso de proyectos empresariales: 19/05/2011.

b. Cierre de concurso de proyectos empresariales: 31/08/2011.

c. Listado de proyectos ganadores: 14/11/2011.

Recomendación

Póngase en contacto con la EP que usted elija con tiempo para poder hacer una buena presentación de su proyecto al Concurso 2011.

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Autoridades

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires

Mauricio Macri

Jefe de Gobierno

Diego Santilli

Ministro de Ambiente y Espacio Público

Agencia de Protección Ambiental

Javier Corcuera

Presidente

Adrián González

Jefe de Gabinete

Sergio Recio

Dirección General de Estrategias Ambientales

Leonardo Ananía

Unidad de Coordinación de Producción más Limpia

Georgina Schemberg

Unidad de Coordinación de Economía

Yanina Martelli

Jefatura de Relaciones Institucionales

Gabriela Urtiaga

Jefatura de Prensa y Comunicación

Consultas:

[email protected] www.agenciaambiental.gob.ar

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