BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA
SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE
SUMINISTRO DE BIENES
Aprobada mediante Directiva Nº 018-2012-OSCE/CD
SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
SIMBOLOGÍA UTILIZADA:
Nº Símbolo Descripción
1 [ABC] / […….] La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser
completada por la Entidad durante la elaboración de las Bases.
2 [ABC] / […….]
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la Buena Pro para el caso específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en la rotulación de los sobres de la Propuesta Técnica y Económica.
3 IMPORTANTE• : Abc
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el Comité Especial o por los proveedores. Se debe registrar en color azul.
CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:
Las Bases Estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características: Nº Características Parámetros
1 Márgenes Superior: 2.5 cm Inferior: 2.5 cm Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
3 Estilo de Fuente
Normal: Para el contenido en general Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
4 Color de Fuente Automático: Para el contenido en general
Azul: Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
5 Tamaño de Letra
16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica 11 : Para el nombre de los Capítulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general 9 : Para el encabezado y pie de página
Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad 8 : Para las Notas al pie
6 Alineación
Justificada: Para el contenido en general y notas al pie.
Centrada: Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres de los Capítulos.
7 Interlineado Sencillo
8 Espaciado Anterior : 0 Posterior : 0
9 Subrayado Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún concepto
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN DIRECTA
SELECTIVA PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO
DE BIENES
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA POR SUSBASTA
INVERSA PRESENCIAL Nº
001-2014-CE-CSJMO-PJ
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE SUMINISTRO DE BIENES
1SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LA CSJ DE MOQUEGUA
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE
SELECCIÓN
SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE
SELECCIÓN
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 1.1. BASE LEGAL
- Ley 29951 de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013
- Ley 29952 de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2013. - Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contratacion es del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Directivas del OSCE.
- Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Código Civil.
- Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
− Directiva Nº 015-2012-OSCE/CD. “Aplicación de la modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa”, aprobada por Resolución Nº 290-2012-OSCE/PRE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes es gratuito. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.
IMPORTANTE:
• Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.
1.4. FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN
Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.
Cuando la presentación de propuestas se realice en acto público, las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple. Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.
1.5. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS2
Los participantes presentarán sus propuestas, con cargo y en sobre cerrado, en la dirección, en el día y horario señalados en las Bases, bajo responsabilidad del Comité Especial. En el caso que la propuesta del postor no fuera admitida, el Comité Especial incluirá el motivo de esa decisión en el acta de los resultados del proceso que publicará en el SEACE, debiendo devolverse los sobres que contienen la propuesta técnica y económica, una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.
1.5.1 ACTO PÚBLICO
El Acto Público de presentación de Propuestas, Puja y otorgamiento de la Buena Pro es uno solo, y una vez iniciado, no se puede suspender, salvo caso fortuito o fuerza mayor. Asimismo, en los procesos convocados según relación de ítems podrá suspenderse el acto público cuando el horario no permita su continuación, para lo cual es necesario que se haya
2 De acuerdo a lo establecido por el art
ículo 64 del Reglamento, el acto de presentación de propuestas en una Adjudicación Directa
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
concluido con el desarrollo de la puja en un ítem determinado, debiendo reanudarse en el día hábil siguiente con el ítem que corresponda.
El Notario Público deberá suscribir todas las hojas que formen parte del acta de adjudicación.
En el supuesto que el acto público se suspenda por alguna de las causales antes indicadas, los sobres quedarán en custodia del notario público, hasta su reanudación.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 95 del Reglamento, el acto público contara con la presencia de un Notario Público o Juez de Paz, quien dejara constancia en acta de lo que acontezca en dicho acto público.
1.5.2 INTRODUCCIÓN AL ACTO PÚBLICO
En el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria, antes de dar inicio al acto público, el Comité Especial invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo de absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas.
Las propuestas se presentarán en Acto Público, que se realizará en la fecha, hora y lugar señalado en las presentes Bases.
El Comité Especial verificará que la acreditación del representante del postor se ajuste a lo dispuesto en los artículos 65 y 95 del Reglamento. Tratándose del apoderado designado por el representante legal común del consorcio o designado por uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la carta poder requerida por el Comité Especial deberá indicar, adicionalmente, que el apoderado cuenta con la facultad de formular propuestas, efectuar lances y ejercer todos los demás actos inherentes a la subasta inversa durante el acto público. De tratarse del representante legal de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, se entenderá que este se encuentra facultado por el consorcio para formular propuestas, efectuar lances y ejercer todos los demás actos inherentes a la subasta inversa durante el acto público.
1.5.3 HABILITACIÓN DE PARTICIPANTES Y PROPUESTA ECONOMICA.
El acto de habilitación de participantes se inicia cuando el Presidente del Comité Especial empieza a llamar a cada uno de los participantes, en el orden en que se hubieren registrado, con la finalidad de que ellos, o a través de sus representantes acrediten que estos cuentan con los poderes suficientes para formular ofertas en el presente proceso de selección. Las personas naturales concurren personalmente y se identificarán con su DNI. o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta poder simple.
Las personas jurídicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado acreditado con carta poder simple ante el Comité Especial.
El representante legal acreditará tal condición con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo, y en el caso del apoderado, será acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que acredite la condición de éste.
La carta poder simple deberá señalar que “el representante” cuenta con poder suficiente para entregar la propuesta a nombre del postor, pudiendo también hacer en su nombre, los lances verbales en la etapa de puja que considere conveniente, siempre y cuando su
propuesta se encuentre comprendida entre las propuestas que pasaron a esta etapa.
(Formato 02)
De manera simultánea a la habilitación, los participantes deberán presentar los sobres cerrados N° 01 “Sobre de habilitación” que contendr á la documentación que habilite al postor a participar y el sobre N° 02 “Propuesta Económica” , el mismo que deberá ser presentado de acuerdo a lo solicitado en el numeral 2.4 de las Bases.
Si al momento de ser llamado el participante no se encontrase, se le tendrá por desistido de participar en el proceso de selección.
Si alguno es omitido podrá acreditarse con la presentación de la respectiva constancia de comprobante de registro. Los integrantes de un Consorcio no podrán presentar ofertas individuales.
La propuesta económica se presentara en sobre cerrado, indicara el precio ofertado en función al valor referencial total del proceso o del ítem al cual se presenta el postor, según corresponda, y deberá expresarse hasta con dos (2) decimales. En ningún caso, podrá exceder del valor referencial total del proceso o del ítem respectivo. Asimismo, en los procesos convocados bajo el sistema de contratación a precios unitarios, tarifas o porcentajes, el postor deberá adjuntar el detalle de precios unitarios.
La propuesta económica deberá incluir todos los conceptos a que se refiere el artículo 63 del Reglamento.
El sobre de habilitación y la propuesta económica se presentaran en hojas simples y se redactaran por medios mecánicos o electrónicos, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente. En caso de que el postor sea una persona natural, bastara que este o su apoderado, indique debajo la rúbrica sus nombre y apellidos completos.
Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta para un mismo ítem o proceso de selección.
1.5.4 APERTURA DE PROPUESTAS
Una vez presentadas las propuestas, el Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en el numeral 2.4 de las Bases. En caso se omita la presentación de alguno de los calificados como obligatorios, se procederá a su descalificación.
Acto seguido, el Presidente del Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados, anunciando los montos ofertados, los mismos que serán anotados en una pantalla, a través de un sistema informático, ordenándolos de menor a mayor y garantizando la perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes.
El Notario Público deberá verificar dichas actuaciones y hacer las anotaciones correspondientes en el acta respectiva.
1.5.5 CLASIFICACIÓN DE PROPUESTAS
Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por ciento (10%).
Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el período de puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cuales quiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron.
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores.
En caso que dos (2) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente.
1.5.6 PERIODO DE PUJA
Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior, podrán participar en el período de puja realizando lances verbales, debiendo contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento.
Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público o Juez de Paz, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados.
El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio o costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo.
Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.
Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (3) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. El Comité Especial proveerá un sistema de control de tiempo visible para todos los participantes. El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances.
Los postores calificados pueden realizar propuestas de precios las veces que crean conveniente; para ser aceptadas tienen que ser iguales o menores a la diferencia, entre la postura líder en ese momento y el decremento mínimo.
La realización de lances se sujeta a lo siguiente. a) Puja con lances verbales:
El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la calificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.
Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (3) minutos para dar una respuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido. El Comité Especial se proveerá de un sistema de control de tiempo que sea visible para todos los participantes.
El periodo de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho periodo hayan desistido de seguir presentando nuevas propuestas.
De otro lado, si el lance no respeta el decremento mínimo previsto en las Bases, el Comité Especial debe indicarle al postor que su lance no es válido y que puede efectuar otro lance, siempre que no hayan transcurrido los tres (3) minutos. No cabe la rectificación de un lance valido, debiendo el Comité Especial solo tomar en cuenta el primer lance realizado.
1.5.7 DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido y se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo más bajo. No se asignaran puntajes ni bonificaciones.
1.6. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.
IMPORTANTE:
• Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente3.
1.7. ACTO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
La Buena Pro se otorgará al postor que haya ofertado el menor costo.
Cabe precisar que para otorgar la Buena Pro se requerirá la existencia de dos (2) propuestas válidas como mínimo; de lo contrario, el ítem se declarará desierto. De acuerdo al Artículo 95º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El otorgamiento de la Buena Pro se registrará en el SEACE en la fecha prevista en el calendario del proceso.
Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.
A) Solución en caso de empate:
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
En el supuesto de que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectuará a través de sorteo en el mismo acto (artículo 95° del reglamento)
B) De la declaratoria de desierto:
Se declarará desierto el ítem correspondiente:
- Cuando no se haya presentado ninguna propuesta en cada ítem.
- Cuando no haya por lo menos dos (2) propuestas válidas al otorgar la Buena Pro. (Artículo 95° del reglamento), en cada ítem.
1.8. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido si culminado el periodo de puja ningún participante hubiera dejado constar en actas su intención de impugnar el proceso.
1.9. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo previsto en el artículo 115 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de la presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten su validez, deberá ser interpuesto por los postores dentro de los CINCO (05) días hábiles siguientes de dicho acto público.
El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.
El Titular de la Entidad deberá resolver dentro del término no mayor de diez (10) días hábiles de admitido el recurso, salvo que hubiese requerido información adicional, en cuyo caso deberá pronunciarse dentro del término de quince (15) días hábiles.
Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.
La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento
Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Copia de DNI del Representante Legal;
Copia del RUC de la empresa.
Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa; Código de cuenta interbancario (CCI).
Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.
3.2. VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.
El plazo de ejecución del suministro de combustible será hasta agotar el monto contractual del contrato, contado a partir del día siguiente de la firma del contrato.
3.3. DE LAS GARANTÍAS
3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación y el pago respectivo a cargo del contratista.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel
cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.
3.4. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
IMPORTANTE:
• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o
contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.
3.5. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.
3.6. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la entrega del bien requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.
3.7. PAGOS
Los pagos se realizarán a través de abono en su cuenta bancaria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26° de la Directiva de Tes orería, aprobado por Resolución Directoral N° 008-2007-EF/77.15, para lo cual deberá presentar la Carta de Autorización según el modelo del Anexo N° 6.
La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes.
La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la sección específica de las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
3.8. REAJUSTE DE PRECIOS
Los reajustes por variación de precios se realizan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en tal sentido el reajuste de precios se efectuara en función al siguiente mecanismo:
La entidad reajustará el precio de los combustibles suministrados teniendo en cuenta el incremento real en soles que haya sufrido el precio de los combustibles, para lo cual el postor favorecido con la buena pro; cuando solicite un reajuste de precios deberá alcanzar junto con dicha solicitud, la carta por medio de la cual su distribuidor o proveedor le comunique dicho incremento; la cual podrá ser verificada por la Entidad.
El Proveedor, deberá comunicar por escrito la variación de precios, adjuntando la documentación sustentatoria mencionada en el párrafo anterior y deberá ingresarla por Mesa de Partes (Trámite Documentario) de la Corte Superior de Justicia DEL SANTA, con oficio dirigido al Administrador de la Corte.
En caso de que se produzca la variación de precios, el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para solicitar el reajuste. Vencido dicho plazo y cuando por causas de fuerza mayor debidamente sustentadas, el proveedor, no hubiera podido realizar la comunicación de variación de precios, se le otorgará un plazo adicional de dos días hábiles para la presentación que se detalla en el segundo párrafo.
Si el proveedor no realiza ninguna comunicación en los plazos estipulados, se considerará que no hubo variación en el precio contractual.
3.9. RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL SUMINISTRO
La Conformidad de la recepción se sujeta a lo dispuesto por el Artículo 176° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será extendida por la Oficina de Logística; teniendo en consideración el cumplimiento de lo establecido en el contrato y de los siguientes requisitos:
-Calidad
Si el suministro de combustible reúne las condiciones fijadas en la propuesta del postor ganador de la Buena Pro.
-Cantidad
Si se realiza conforme a los requerimientos solicitados.
- Oportunidad (cumplimiento)
Si la entrega del combustible se realiza en los lugares fijados por el postor.
El Contratista es el responsable por la calidad ofrecida por los vicios ocultos de los bienes ofertados durante la vigencia del contrato o hasta realizar las pruebas pertinentes a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
3.10. PLAZO DE ENTREGA
Las entregas serán en forma parciales según las especificaciones técnicas y se hará efectiva a partir del día siguiente de la firma de la suscripción del contrato.
3.11. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE
SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
CAPÍTULO I GENERALIDADES 1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : PODER JUDICIAL – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
MOQUEGUA
RUC Nº : 20159981216
Domicilio legal : AV. CIRCUNVALACION LOTE C MOQUEGUA Teléfono/Fax: : 053463555 – 053463403 – 053463502 Anexo 54529 Correo electrónico: : [email protected]
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del suministro de Combustible para los vehículos de la Corte Superior de Justicia de Moquegua por un período de 12 meses o hasta agotar el monto contractual del contrato, estando sujeto a la disponibilidad presupuestal el periodo del contrato correspondiente al ejercicio presupuestal 2015 de conformidad con las presentes Bases.
1.2.1 Código de la Ficha Técnica Aprobada:
1.3. VALOR REFERENCIAL4
El valor referencial asciende a Ciento siete mil ochocientos veintisiete con 95/100 nuevos soles S/. 107,827.95, incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de Setiembre.
CUADRO DEMOSTRATIVO
• Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases
4
El monto del valor referencial indicado en esta sección de las Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del valor referencial indicado en las Bases aprobadas.
Ítem Denominación del Bien Código de Ficha Técnica Resolución
1 DIESEL B5 1510150500146101 Resolución Nº 102-2013-OSCE/PRE
REQUERIMIENTO DE LA ENTIDAD CALCULO
Nº Código Descripción
Req. Total Anual
U.M. VALOR REFERENCIAL
P. U. P.Total:
1 1510150500146101 DIESEL B5 6779.148 Gln. 14.91 101,077.10
como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas.
Las propuestas que excedan el valor referencial serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas
1.4. VALOR DEL DECREMENTO MÍNIMO
El valor monetario que representa el Decremento Mínimo, el mismo que deberá contemplarse durante el periodo de puja, el que no puede ser inferior al cero punto uno por ciento (0.1%) ni superior al tres por ciento (3%) del valor referencial total es el siguiente:
Ítem Descripción del Bien P. U. Cantidad Precio Total (S/.)
VALOR REFRENCIAL S/. Decremento Mínimo 0.1% TOTAL I DIESEL B5 14.91 6779.148 101,077.10 101,077.10 101.0771 1.5. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Nº 024-2014-ADM-CSJMO-PJ el 22 de Diciembre del 2014.
1.6. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios
1.7. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente proceso se rige por el sistema de Precios Unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.8. MODALIDAD DE SELECCIÓN
Subasta Inversa Presencial (SIP)
1.9. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
No corresponde
1.10. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.
1.11. PLAZO DE LAS ENTREGAS
Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en forma periódica en el plazo de doce (12) Meses o hasta agotar el monto contractual del contrato.
1.12. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES
S/. 5.00 ( Cinco con 00/100 nuevos soles)
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
- Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional d el Presupuesto.
- Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contratacion es del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE.
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrati vo General. - Código Civil.
- Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.
CAPÍTULO II
DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN 5
Etapa Fecha, hora y lugar
Convocatoria 26.12.2014
Registro de participantes Del: 29.12.2014 Al: 08.01.2015
En la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia del Moquegua, sito en Av. Circunvalación Lote C Moquegua de 08:00 a 16:30 horas
Presentación de Propuestas, Puja y Otorgamiento de la Buena Pro
* En Acto Público:
09.01.2015
En la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia del Moquegua, sito en Av. Circunvalación Lote C Moquegua a las 14:30 horas
2.2. CONVOCATORIA
Se efectuará a través de su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado — SEACE que opera el OSCE, de conformidad con lo señalado en la Ley de Contrataciones del Estado, la misma que se realizará en la fecha señalada en el Cronograma del proceso.
2.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizará en la Oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Moquegua sito en Urb Acacollo Av Circunvalacion Lote C Moquegua, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:45 horas.
La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado.
Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y Apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono. Formato N° 01.
En caso se remitiese la información del registro de participantes fuera de la hora establecida en el cronograma, se tomará a la misma como no presentada, no considerándose como participante en el presente proceso.
2.4. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS, PUJA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO.
Introducción al acto público.- En el lugar, fecha y hora indicados en la convocatoria,
antes de dar inicio al acto público, el Comité Especial invitará a los participantes a formular preguntas sobre el proceso en general, debiendo de absolverlas de inmediato. Cualquier desacuerdo que pudiera surgir en torno a las respuestas recibidas no dará lugar a
5 La información del cronograma indicado en las Bases no debe diferir de la información consignada en el cronograma de la
ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradicción en esta información, primará el cronograma indicado en la ficha del proceso en el SEACE.
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
procedimiento de reclamo alguno. La presentación de propuestas por parte de un postor significa su conformidad con las respuestas dadas a las consultas.
Las propuestas se presentarán en Acto Público, que se realizará en la fecha, hora y lugar señalado en las presentes Bases.
Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante Carta poder simple (Formato
N° 02 ).
Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal o apoderado de acuerdo con el artículo 65' del Reglamento. (Formato No 02).
El acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, en adelante el "Acto Público", es uno solo y, una vez iniciado, no puede suspenderse, salvo que se postergue por algunas de las causas establecidas en la Ley y su Reglamento; el mismo contará con la presencia del Comité Especial y de un Notario Público.
La concurrencia del postor al Acto Público, implica su pleno conocimiento y total sometimiento a lo establecido en las presentes Bases, en sus anexos, y a las disposiciones legales contenidas en aquellas.
PRÉSENTACION DE SOBRES DE HABILITACION Y DE PROPUESTAS ECONOMICAS PUJA Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
El acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, se iniciará cuando el Presidente del Comité Especial de Subasta inversa llame a todos los participantes en el orden en que se hubieren inscrito, con la finalidad que presenten su dos (02) sobres, de los cuales el primero, denominado Sobre de Habilitación, contendrá la documentación que acredite que el postor se encuentra habilitado para participar en el proceso de selección y cumplir con el objeto de la contratación, y el segundo su Propuesta Económica. Sólo los sobres que contengan la propuesta económica deberán ser presentados en sobres diferentes por ítem, el sobre de habilitación que presente cada postor será válido para ambos ítems.
En caso de actuar a través de representante, éste deberá presentar una carta que lo acredite para presentar las propuestas en representación del postor y que indique que éste cuenta con los poderes suficientes procesos de selección Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N' 001-2014-CE-CSJMO-PJ, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N° 1 : Sobre de habilitación. El sobre será rotulado:
SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:
Señores
PODER JUDICIAL – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA Urb Acacollo Av. Circunvalación Lote C Moquegua
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 001-2014-CE-CSJMO-PJ
Denominación de la convocatoria: SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE SOBRE N° 1: SOBRE DE HABILITACION
La oferta económica se presentará en sobre cerrado, debiendo indicarse el precio o costo ofertado en función al valor referencial total del paquete, establecido en las Bases, y deberá expresarse hasta con dos (2) decimales, La propuesta económica deberá incluir todos los conceptos a que se refiere el sexto párrafo del artículo 63° del Reglamento de la Ley.
Las propuestas se presentarán en hojas simples, debidamente foliadas y se redactarán por medios mecánicos o electrónicos o por manuscrito, debiendo llevar siempre el sello y rubrica del representante del postor.
Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta para un mismo proceso de selección.
2.4.1. PRESENTACION DE PROPUESTAS
El Presidente del Comité llamará a los participantes en el orden en que se hayan inscrito para que presenten sus propuestas en dos sobres que se denominan el sobre de habilitación, que contiene los documentos requeridos en las bases y el sobre conteniendo la propuesta económica. Las propuestas que se presenten deben ser en original.
Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en el mencionado proceso.
Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá como desistido de participar en el proceso de selección. Si algún postor es omitido, podrá acreditarse con la presentación del comprobante por derecho de participación.
SOBRE DE HABILITACIÓN:
Se presentará en un (1) original.
El sobre N° 01 contendrá, además de un índice de do cumentos
Documentación de presentación obligatoria:
Declaración Jurada de datos del postor - Anexo Nº 01.
Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
Declaración Jurada del postor de acuerdo al numeral 1) del Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo Nº 02
Señores
PODER JUDICIAL – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA Urb Acacollo Av. Circunvalación Lote C Moquegua
Att.: Comité Especial
ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL N° 001-2014-CE-CSJMO-PJ
Denominación de la convocatoria: SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.
Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y porcentaje de participación. Anexo
N° 03.
La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las bases del proceso.
Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.
• Copia de Licencia de Funcionamiento vigente como Empresa de Suministros de Combustible.
• Copia simple de constancia de inscripción en la Dirección General de Hidrocarburos - DGH (Autorización para la comercialización de combustible otorgado por el Ministerio de Energía y Minas) y/o copia simple de inscripción en el Registro de Hidrocarburos emitidos por OSINERGMIN que autorice al postor a comercializar el combustible.
La omisión de alguno de los documentos enunciados anteriormente acarreará la descalificación de la propuesta.
Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa — REMYPE, de ser el caso.
b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estás, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.
El sobre con la propuesta económica deberá contener:
a) Oferta económica, expresada en nuevos soles, incluidos todos los conceptos a que se refiere el artículo 63° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y no podrá exceder el valor referencial total. Por lo tanto, la Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. Anexo No 04.
b) Deberá indicar el precio o costo ofertado en función al valor referencial total establecido en las Bases y deberá expresarse hasta con dos decimales.
c) Las propuestas se presentarán en hojas simples y se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente.
d) Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta al proceso de selección.
2.4.2. APERTURA DE PROPUESTAS
Una vez presentadas todas las propuestas, el Comité Especial abrirá los sobres de habilitación de cada uno de los postores, para verificar la presentación de la totalidad de la documentación exigida en las Bases. De omitirse la presentación de algún documento se procederá a la descalificación de la propuesta.
Acto seguido, el Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestas económicas de los postores habilitados por ítem, anunciando los montos ofertados y los anotará en la pantalla, a través de un sistema informático, o directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizando una perfecta visualización y seguimiento por parte de los asistentes.
Las propuestas económicas que superen el valor referencial, no serán consideradas válidas y serán devueltas por el Comité Especial, teniéndolas por no presentadas.
2.4.3. CLASIFICACION DE PROPUESTAS
Solamente clasificarán para participar en el período de puja el postor que haya ofrecido el menor precio o costo y aquellos cuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por ciento (10%).
Si una vez realizado dicho corte, no hubieran clasificado para participar en el período de puja tres (3) o más postores, incluido el del menor precio o costo, se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres (3) menores precios o costos, cualesquiera que sean los montos ofrecidos y el número de postores que los ofrecieron.
En caso que sólo existieran dos (2) propuestas válidas, la puja se realizará con la participación de dichos postores.
En caso que dos (2) o más postores hubieran ofrecido el mismo precio o costo, todos ellos clasificarán al período de puja; sin embargo, deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecer el orden requerido en el numeral siguiente.
2.4.4. PERIODO DE PUJA
Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el numeral anterior, podrán participar en el período de puja realizando lances verbales, debiendo contemplar necesariamente el valor monetario dado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento.
Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público o Juez de Paz, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados.
El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio o costo a dar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego a los demás postores en el orden de prelación que hayan ocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo la secuencia de menor a mayor precio o costo. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento.
Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (3) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. El Comité Especial proveerá un sistema de control de tiempo visible para todos los participantes.
El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio o costo más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances.
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
2.4.5. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio o costo ofrecido se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio o costo más bajo.
En caso de empate, el Otorgamiento de la Buena pro se efectuará a través de sorteo en el mismo acto.
2.4.6. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
El otorgamiento de la buena pro quedará automáticamente consentido si culminado período de puja ningún participante hubiera dejado constancia en actas su intención de interponer el recurso de apelación.
El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten su validez, deberá ser interpuesto por los postores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de dicho acto público, conforme a lo establecido en el artículo 95º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
INFORMACIÓN ADICIONAL DE LOS CONTRATOS
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, se procederá conforme a los plazos y procedimientos para suscribir el contrato que se establecen en el artículo 148° del Reglamento.
Dentro de los siete (07) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, sin mediar citación alguna, el postor deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación deberá concurrir ante la entidad para suscribir el contrato.
El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:
• Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado;
• Garantía de fiel cumplimiento cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la última prestación del servicio; la garantía de fiel cumplimiento deberá ser emitida conforme al artículo 158° y 161° del Reglamento de la Ley de Contrataciones, de ser el caso.
• Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.
• Copia de DNI del Representante Legal;
• Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;
• Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado;
• Copia del RUC de la empresa.
• Carta de autorización para el pago con abono en Código de cuenta interbancaria, indicando el número de ésta.
Para el presente proceso, el plazo para que el postor ganador de la buena pro entregue la documentación requerida, es de 6 días hábiles, contados a partir del día siguiente de dicho requerimiento, conforme a lo señalado en el artículo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
La documentación antes señalada, será entregada en la oficina de Logística de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.
DE LAS GARANTÍAS
GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la última prestación del suministro.
GARANTÍA DE MONTO DIFERENCIAL (De ser el caso)
Previamente a la firma del contrato, postor ganador de la buena pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la última prestación del suministro.
EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en los artículos 158º, 160º y 164° del Reglamento de la Le y de Contrataciones del Estado.
VIGENCIA DEL CONTRATO
La vigencia del contrato será desde el día siguiente de la suscripción del contrato, por el periodo de 12 meses, hasta culminar contrato o hasta agotar disponibilidad presupuestal.
DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del suministro requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 167° del Reglamento.
REAJUSTE DE PRECIOS
Los reajustes por variación de precios se realizan de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49° del Reglamento de la Ley de Contrataci ones del Estado.
Pa= Po *K
Dónde:
Pa= Precio unitario actualizado del Producto
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº. 001-2014-CE-CSJMO-PJ, Primera Convocatoria
K = Coeficiente de reajuste
K, es el coeficiente de reajuste que se obtiene de aplicar lo siguiente:
Donde:
K = Va Vo
K = Coeficiente de reajuste
Va = Precios de su empresa proveedora al momento de consumo precio actualizado oficial)
Vo = Precios de su empresa proveedora al momento de presentar su oferta económica
El Proveedor, deberá comunicar por escrito la variación de precios, adjuntando la documentación debidamente fundamentada y sustentada y deberá ingresarla por Mesa de Partes, situado en Urb Acacollo Av Circunvalación Lote C Moquegua, con carta dirigido al Administrador de la Corte.
En caso de que se produzca la variación de precios, el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para solicitar el reajuste. Vencido dicho plazo y cuando por causas de fuerza mayor debidamente sustentadas, el proveedor, no hubiera podido realizar la comunicación de variación de precios, se le otorgará un plazo adicional de dos días hábiles para la presentación que se detalla en el segundo párrafo.
Si el proveedor no realiza ninguna comunicación en los plazos estipulados, se considerará que no hubo variación en el precio contractual.
A solicitud por escrito de cualquiera de las partes, los precios podrán ser reajustados en la misma cantidad en que se acredite el incremento o disminución del precio fijado por su proveedor mayorista, incluidos los incrementos y/o disminuciones que pudieran fijarse al implementarse el D.S. 021-2007-EM.
El reajuste de los precios será a partir de la fecha efectiva del alza o disminución.
DISPOSICIONES FINALES
El presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento y modificatorias, así como por las disposiciones legales vigentes.
CAPÍTULO III
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS CANTIDAD DE COMBUSTIBLE A SER SUMINISTRADO
1. Plazo de Ejecución:
12 meses o hasta acabar el monto contractual, lo que ocurra primero
2. Cronograma y plazo de entrega
El proveedor deberá abastecer a las unidades móviles de la Corte Superior de Justicia de Moquegua en el momento que se requiera el suministro.
El suministro se efectuará mediante entregas parciales en forma diaria, de acuerdo a las necesidades de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, directamente a los tanques de sus vehículos, en los grifos o estaciones de servicio que señale el contratista, previa presentación del Vale u orden de suministro por parte del conductor del vehículo, el mismo firmará dicho documento en señal de haber recepcionado el combustible.
Las cantidades se determinarán en los vales de combustible, los cuales serán proporcionados por la Corte Superior de Justicia de Moquegua y necesariamente deberán contar con la autorización de la Oficina de Administración y/o del Área de Logística de la Corte.
El combustible (PETRÓLEO) deberá suministrarse en el grifo en forma inmediata a la presentación del vale de combustible debidamente autorizado.
Si el postor cuenta con más de una estación de suministro de combustible podrá indicar en su propuesta que cuenta con estaciones adicionales, siempre que estas cumplan con las condiciones mínimas exigidas y estén en condiciones de prestar el servicio.
El suministro de combustible debe efectuarse exclusivamente a la flota de vehículos de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, para lo cual se entregará al contratista la relación y datos de las unidades vehiculares, así también se le comunicará cualquier variación en las unidades vehiculares. El proveedor realizará el control respectivo, bajo responsabilidad.
El combustible se despachará directamente al tanque del vehículo, en casos excepcionales y con la debida autorización de la Oficina de Administración y/o Logística de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, se llenará en galoneras, con el sustento debido.
CRONOGRAMA DE ENTREGA
La entrega de galones se efectuará de acuerdo al siguiente cronograma cuyas cantidades son aproximadas referenciales.
MESES CANTIDAD EN GALONES DIESEL B5 Enero 564 Febrero 564 Marzo 564 Abril 569 Mayo 564 Junio 564 Julio 564 Agosto 570.148 Setiembre 564 Octubre 564 Noviembre 564 Diciembre 564 TOTAL 6,779.148
Item CANTIDAD UNIDAD DESCRIPCION