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El incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las personas con discapacidad

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA

DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

INFORME DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN PREVIA LA

OBTENCION DEL GRADO ACADÉMICO DE MAGISTER EN

DERECHO CONSTITUCIONAL

TEMA:

“EL INCUMPLIMIENTO DE LA ESFERA PÚBLICA EN LA

INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”

AUTOR: AB. JAIME BAYARDO RODRÍGUEZ NARANJO. TUTORES: DR. LUÍS FERNANDO ÁVILA LINZAN MSC.

DRA. SONIA NAVAS MONTERO MG.

Ambato-Ecuador

(2)

CERTIFICACIÓN DE TUTORÍA

Nosotros: Dra. Sonia Navas Montero Mg

nuestras calidades de tutores, certificamos que el alumno

Rodríguez Naranjo, ha elaborado su informe final de Tesis de Grado, previo a la

obtención del Título de Magister en Derecho Constitucional, con el tema:

incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las personas con

discapacidad”

Y habiéndose cumplido

informamos que el trabajo de tesis puede proseguir el trámite correspondiente.

Atentamente.

CERTIFICACIÓN DE TUTORÍA

Nosotros: Dra. Sonia Navas Montero Mg; y, Dr. Luís Fernando Ávila Linzan

nuestras calidades de tutores, certificamos que el alumno Abogado.

ha elaborado su informe final de Tesis de Grado, previo a la

obtención del Título de Magister en Derecho Constitucional, con el tema:

incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las personas con

Y habiéndose cumplido con todos los requisitos académicos y reglamentarios,

informamos que el trabajo de tesis puede proseguir el trámite correspondiente.

Luís Fernando Ávila Linzan Msc, en

. Jaime Bayardo

ha elaborado su informe final de Tesis de Grado, previo a la

obtención del Título de Magister en Derecho Constitucional, con el tema: “El

incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las personas con

con todos los requisitos académicos y reglamentarios,

(3)

DECLARACIÓN DE AUTORÍA

Abogado. Jaime Bayardo Rodríguez Naranjo

Jurisprudencia, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES,

declaro en forma libre y voluntaria que el presente trabajo de investigación, que versa

sobre el tema: “El incumplimiento de la esfera pública en la i

personas con discapacidad”

firmante y se ha realizado la correspondiente investigación en base de la bibliografía

actualizada y legislación ecuatoriana e internacional,

En consecuencia asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma y la

fundamentación científica correspondiente.

DECLARACIÓN DE AUTORÍA

Jaime Bayardo Rodríguez Naranjo, maestrante de la Facultad de

Jurisprudencia, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES,

declaro en forma libre y voluntaria que el presente trabajo de investigación, que versa

El incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las

”, así como las exposiciones vertidas son de autoría del abajo

firmante y se ha realizado la correspondiente investigación en base de la bibliografía

actualizada y legislación ecuatoriana e internacional, así como con consultas en internet.

En consecuencia asumo la responsabilidad de la originalidad de la misma y la

fundamentación científica correspondiente.

, maestrante de la Facultad de

Jurisprudencia, de la Universidad Regional Autónoma de los Andes UNIANDES,

declaro en forma libre y voluntaria que el presente trabajo de investigación, que versa

nclusión laboral de las

, así como las exposiciones vertidas son de autoría del abajo

firmante y se ha realizado la correspondiente investigación en base de la bibliografía

así como con consultas en internet.

(4)

DEDICATORIA

Este trabajo investigativo lo dedico con cariño y respeto:

Al gran Arquitecto del Universo por permitirme avanzar a pesar de las dificultades

diarias que afronto, dándome la vida la cual quiero aprovechar contribuyendo con un

granito de arena para las futuras generaciones.

A mis queridos padres, por darme su amor, apoyo moral y ofrendarme su apoyo

incondicional.

A los maestros de la Universidad Autónoma de los Andes, por compartir sus

conocimientos y experiencias sin egoísmo, los cuales pondré al servicio de la sociedad

mediante el ejercicio profesional.

(5)

AGRADECIMIENTO

Mi imperecedero agradecimiento a la prestigiosa

Universidad Autónoma de los Andes por la oportunidad de

ingresar a sus aulas de conocimiento con la finalidad de

alcanzar la sabiduría y poder aportar nuevos

razonamientos, científicos, académicos, plasmados en la

(6)

ÍNDICE GENERAL

CONTENIDOS Pág.

PORTADA

CERTIFICACIÓN DE TUTORÍA Ii

DECLARACIÓN DE AUTORÍA Iii

DEDICATORIA Iv

AGRADECIMIENTO V

INDICE GENERAL Vi

INDICE DE CUADROS Ix

RESUMEN EJECUTIVO X

ABSTRACT Xi

INTRODUCCIÓN

1.1.ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN…….….………...

1.2.PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA………..……..…………...

1.3. PROBLEMA CIENTÍFICO………..

1.4. OBJETO DE INVESTIGACION Y CAMPO DE ACCIÓN………...

1.5. LÍNEA DE INVESTIGACIÓN………

1.6. OBJETIVOS………...

1.6.1. OBJETIVO GENERAL………...

1.6.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.………...

1.7. IDEA A DEFENDER………...

1.8. VARIABLES DE INVESTIGACIÓN.………...

1.9. MÉTODOLOGÍA EMPLEADA………..

1.9.1. HERRAMIENTAS………...

1.9.2. FICHAJE………...

1.10. DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA DE LA TÉSIS.

(7)

EPÍGRAFE 1

LA DISCAPACIDAD

1.1CONCEPTOS DE DISCAPACIDAD………...

1.2LA DISCAPACIDAD Y LOS DERECHOS HUMANOS………

1.3LA DISCAPACIDAD Y LA IGUALDAD REAL………

1.4LA DISCAPACIDAD EN EL ECUADOR………...

1.4.1 DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD………...

EPÍGRAFE 2

EL INCUMPLIMEITO DE LA ESPERA PÚBLICA

2.1. EL INCUMPLIMIENTO INSTITUCIONAL Y EL DERECHO AL TRABAJO

DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD………..

2.2. ANÁLISIS TÉCNICO DEL INCUMPLIMIENTO INSTITUCIONAL...….……...

2.3. ANÁLISIS JURÍDICO DEL INCUMPLIMIENTO INSTITUCIONAL EN LA

CONTRATACIÓN DEL PORCENTAJE LEGAL DE PERSONAS CON

DISCAPACIDAD AL DERECHO CONSTITUCIONAL DEL TRABAJO...…...

2.4. EFECTOS JURÍDICOS Y SOCIALES DE ESTE INCUMPLIMIENTO

INSTITUCIONAL………

EPÍGRAFE 3

LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

3.1. LA INCLUSION LABORAL………...………...

3.2. LA CONSTITUCION GARANTISTA DEL 2008 Y LOS DERECHOS DE LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD………..…...

3.3. MEDIDAS DE ACCIÓN AFIRMATIVA………...

3.4. LA INSERCIÓN LABORAL………...

3.4.1. LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD…

3.5. DERECHO AL TRABAJO COMO DERECHO HUMANO………...

3.6. LA LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES Y EL DERECHO AL

TRABAJO……….

3.7. EL CÓDIGO DEL TRABAJO Y EL DERECHO AL TRABAJO DE LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD………...

(8)

LABORAL………...

3.8. CONSECUENCIAS SOCIALES DEL INCUMPLIMIENTO INSTITUCIONAL

EN LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD…....

CAPÍTULO II

MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA

2.1. CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR DE LA INVESTIGACIÓN………...

2.2 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO………...

CAPÍTULO III

ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS………...

VERIFICACIÓN DE LA IDEA A DEFENDER………

CONCLUSIONES RECOMENDACIONES………...

VALIDACIÓN………... 68

68

72

72

76

86

87

(9)

ÍNDICE DE CUADROS

PREGUNTA

1. ¿Conoce Usted, si existen personas con discapacidad laborando en la

función Pública?.………..………..

2. ¿Conoce Usted si las personas con discapacidad participan en las

convocatorias a concursos públicos de méritos y oposición?...

3. ¿Considera Usted que en los indicados concursos públicos debe

aplicarse el principio de equidad?...

4. ¿Considera Usted que la autoridad nominadora que incumple con el

porcentaje de inserción laboral de personas con discapacidad debe ser

destituida?...

5. ¿Considera Usted que el Ministerio de Relaciones Laborales controla a las

instituciones públicas con respecto a la inserción laboral de las personas

con discapacidad de acuerdo con la Constitución y la ley?...

6. ¿Considera Usted que en los concursos públicos de méritos y oposición las

medidas de acción afirmativa están sujetas a la discrecionalidad de las

autoridades?...

7. ¿Considera Usted que se respetan los derechos de las personas con

discapacidad?...

8. ¿Considera Usted que se debe reformar la Ley Orgánica de

Discapacidades para que las Instituciones Públicas cumplan con la

inserción laboral de las personas con discapacidad?...

Pág.

76

77

78

79

80

81

82

(10)

9. ¿Considera Usted que para hacer efectivo lo señalado en la pregunta inmediata anterior es necesario reformar la Ley Orgánica de

Discapacidades?...

10. ¿Considera Usted que la reforma a la Ley Orgánica de Discapacidades, garantizará la inclusión laboral de las personas con discapacidad en la

esfera pública?... 84

(11)

RESUMEN EJECUTIVO

El incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las personas con

discapacidad, es evidente en nuestro país ya que no es muy común observar personas

con discapacidad en cargos o funciones públicas regulares, a pesar de que la

Constitución del 2008 es clara con respecto al trato discriminatorio en general y más

aun de los grupos de atención prioritaria, independientemente de las medidas de acción

afirmativas también reconocidas por la misma, complementándose con la Ley Orgánica

de Discapacidad.

La Autoridad nominadora de puestos o cargos públicos tienen la facultad discrecional

de elegir entre los diferentes postulantes, momentos en los cuales se dejan llevar por sus

afinidades olvidando las diferentes normas en beneficio de las personas con

discapacidad que se postulan, por razones incluso de carácter legal que en cierta manera

justifican su comportamiento discriminatorio en mucho de los casos, porque no existen

definiciones claras y definidas en las diferentes normas que amparan a los grupos de

atención prioritaria para su contratación dándole un margen de justificación a la

autoridad nominadora.

Para lo cual se utilizaron en la investigación los métodos: Exegético, Inductivo -

Deductivo, Analítico – Sintético, Histórico - Lógico, Descriptivo - Sistémico y

Hermenéutica Jurídica; que permitieron efectuar la propuesta que consiste en el

Anteproyecto de reforma a la Ley Orgánica de Discapacidades, que anule el

incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las personas con

discapacidad.

La propuesta fue validada por dos expertos en Derecho Constitucional, a través de

(12)

EXECUTIVE SUMMARY

Failure of the public sphere in the labor inclusion of people with disabilities is evident

in our country and that is not very common to see people with disabilities in regular

public positions or functions, although the 2008 Constitution is clear about

discriminatory treatment in general and even more of the priority groups, regardless of

affirmative action measures also recognized by the same, complemented by the Organic

Law on Disability.

The appointing authority or public office positions have the discretion to choose

between different candidates, moments in which they are driven by their affinities

forgetting the different standards for the benefit of people with disabilities who apply

for reasons including legal character that somehow justify their discriminatory behavior

in a case, because there are no clear definitions and defined in different standards which

protect priority groups for recruitment by giving a margin of justification to the

appointing authority.

To which the methods were used in the research: - Deductive, Analytic - Synthetic,

Historical - Logical Description - Exegetical, Inductive Systemic and Legal

Hermeneutics; that allowed making the proposal is in the draft amendment to the Law

on Disabilities, annul the failure of the public sphere in the labor inclusion of people

with disabilities.

The proposal was validated by two experts in constitutional law, through interviews

(13)

1 INTRODUCCIÓN

1.1ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

Las personas con discapacidad históricamente fueron tratados con indiferencia,

dependiendo el lugar que ocupaban en la comunidad, este trato fue variando siendo

despreciados, adorados, compadecidos, aniquilados o temidos según las ideologías

imperantes en el grupo social de pertenencia”1, hasta concluir en la caridad, lástima y en

muchos casos sin entender que lo normal es ser diferente, y así podríamos catalogar a los

antepasados como salvajes, inhumanos, déspotas, ignorantes por sus actos discriminatorios

pero estos conceptos no han cambiado y siguen en construcción con el desarrollo de las

leyes universales con inclusión de principios bíblicos más el descubrimiento de sus

posibilidades de interactuar en la sociedad y el rol que podrían ocupar en ella han

provocado y provocan respuestas disímiles, avances que se han traducido en la igualdad

ante la ley o simplemente la “evidencia fáctica vaga” o “supuestas presunciones de sentido

común”2 entre los hombres, como parte del desarrollo político y social de los pueblos,

pasando rápidamente del cuidado elemental a la búsqueda de la rehabilitación,

pretendiendo la inclusión laboral, educativa más generalizada, en la búsqueda de mejorar

su accionar social como fuerza motriz en la producción económica.

El ejercicio de la función pública por lo general depende de la ideología del poder político

dominante quien delinea la participación del Estado en las áreas económicas, sociales; etc.,

cuyos efectos son evidentes en la sociedad, sean estas positivas o negativas,

independientemente del reconocimiento o no de los derechos humanos que siguen un

proceso evolutivo independiente del poder político de tal o cual estado, razones por las

cuales el reconocimiento de estos no siempre armonizan con su declaración o ratificación

que en muchos de los casos busca el clientelismo político, sin considerar en su verdadera

magnitud la problemática y en nuestro caso lo relacionado con los grupos de atención

prioritaria3(grupos vulnerables) como beneficiarios del reconocimiento de las medidas de

acción afirmativa como derechos constitucionales en el cual se garantiza la inserción y

1 FERRARO, P, 2001.

(14)

accesibilidad4 laboral de las personas con discapacidad quienes hasta la presente fecha son

víctimas del incumplimiento de estas medidas.

Mientras que por otro lado estos grupos de atención prioritaria tienen la necesidad de

formar organizaciones de personas con discapacidad, entre otros cuya finalidad es la

defensa de sus derechos y por consecuencia mejorar su calidad de vida.

“Después de la segunda guerra mundial, se introdujeron los conceptos de integración y

normalización que reflejaban un conocimiento cada vez mayor de las capacidades de esas

personas”5; hacia fines de 1960, se pusieron cada vez más de relieve los problemas de la

discapacidad en los países en desarrollo, entre ellos el maltrato que en muchos de los casos

es causado por sus familiares con la complicidad e impavidez de los Estados.

Es así que en nuestro país surge la obligación política y a la vez la necesidad jurídica de

cumplir con un anhelo histórico olvidado, de establecer en la Constitución de 1998, “la

igualdad como derecho6, cambiando la consideración anterior de las personas con

discapacidad como “grupo vulnerable”, la cual sirvió de base para reformar el Código del

trabajo y hacer constar en el artículo 42 numeral 337, la obligación de contratar hasta el 4%

de personas con discapacidad como trabajadores de una empresa pública o privada, con

ciertos beneficios para este último si cumple con esta disposición, mientras que la

Constitución del 2008 tomo este antecedente normativo para cambiar de nombre

denominándolo “grupos de atención prioritaria” sin embargo persiste en el incumplimiento

de los derechos reconocidos constitucional y legalmente.

Revisados los archivos del centro de Documentología e información científica de la

UNIANDES, no se encuentra investigación alguna relacionada, con el incumplimiento del

sector público con la inserción laboral de las personas con discapacidad, en consecuencia

la investigación a desarrollarse es original y pertinente.

4 CONSTITUCIÓN ECUATORIANA 2008, Artículo 330.

5ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS resolución aprobada Normas Uniformes sobre la

igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, A/RES/48/96; 4 de marzo de 1994, Introducción, Antecedentes y necesidades actuales, # 4.

6 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Capítulo 2: De los derechos civiles,

Artículo 23, N° 3.

(15)

1.2 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Según cifras del primer “Informe Mundial sobre la Discapacidad” elaborado por la

Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Banco Mundial, de los aproximadamente

mil millones de personas que tienen discapacidad en todo el mundo (suponen alrededor del

15% de la población), unos 90 millones viven en Iberoamérica, donde se calcula que el

80% de estos ciudadanos que podrían trabajar no lo hacen; de ellas, casi 200 millones

experimentan dificultades considerables en su funcionamiento. En los años futuros, la

discapacidad será un motivo de preocupación aún mayor, pues su prevalencia está

aumentando. Ello se debe a que la población está envejeciendo y el riesgo de discapacidad

es superior entre los adultos mayores, y también al aumento mundial de enfermedades

crónicas tales como la diabetes, las enfermedades cardiovasculares, el cáncer y los

trastornos de la salud mental.

“En todo el mundo, las personas con discapacidad tienen peores resultados sanitarios,

académicos, una menor participación económica y unas tasas de pobreza más altas que las

personas sin discapacidad. En parte, ello es consecuencia de los obstáculos que entorpecen

el acceso de las personas con discapacidad a servicios que muchos de nosotros

consideramos obvios, en particular la salud, la educación, el empleo, el transporte, o la

información. Esas dificultades se exacerban en las comunidades menos favorecidas”.8

Tanto la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD), como

la Clasificación internacional del funcionamiento de la discapacidad y de la salud (CIF)

subrayan el papel que desempeña el entorno para facilitar o restringir la participación de

las personas con discapacidad. El Informe aporta pruebas sustanciales de los obstáculos a

que se enfrentan, como la formulación de políticas y normas insuficientes pues no

siempre tiene en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad, o bien no se

hacen cumplir las políticas y normas existentes.

Las actitudes negativas las creencias y prejuicios constituyen obstáculos para la educación,

el empleo, la atención de salud y la participación social. Por ejemplo, los conceptos

8 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, BANCO MUNDIAL, (2011), Resumen informe mundial sobre

(16)

erróneos de los empleadores de que las personas con discapacidad son menos productivas

que sus homólogos no discapacitados, junto con el desconocimiento de los ajustes

disponibles para llegar a acuerdos, limitan las oportunidades de empleo.

La prestación insuficiente de servicios cuyo resultado en las personas con discapacidad son

particularmente vulnerables a las deficiencias que presentan los servicios tales como la

atención de salud, la rehabilitación y la asistencia y apoyo. Según los datos de cuatro

países de África meridional, solo el 26-55% de las personas recibía la rehabilitación

médica que necesitaba; el 17-37% recibía los dispositivos auxiliares que necesitaba; el

5-23% recibía la formación profesional que necesitaba, y el 5-24% recibía los servicios de

bienestar social que necesitaba. Una investigación realizada en los estados indios de Uttar

Pradesh y Tamil Nadu comprobó que, después del costo, la falta de servicios en la zona era

la segunda razón más frecuente por la que las personas no acudían a los centros de salud.

Los problemas con la prestación de servicios, la mala coordinación de los servicios, la

dotación insuficiente de personal y su escasa competencia pueden afectar a la calidad,

accesibilidad e idoneidad de los servicios para las personas con discapacidad. Según los

datos de la Encuesta Mundial de Salud en 51 países, las personas con discapacidad tenían

más del doble de probabilidades de considerar que los proveedores de asistencia carecían

de la competencia adecuada para atender sus necesidades; una probabilidad cuatro veces

mayor de ser tratadas mal, y una probabilidad tres veces mayor de que se les negara la

atención de salud necesaria. Muchos cuidadores están mal remunerados y tienen una

formación insuficiente. Un estudio efectuado en los Estados Unidos de América encontró

que el 80% de los asistentes sociales no tenía formación ni cualificaciones formales.

La financiación insuficiente, los recursos asignados a poner en práctica políticas y planes

son a menudo insuficientes. La falta de financiación efectiva es un obstáculo importante

para la sostenibilidad de los servicios, sea cual sea el nivel de ingresos del país. Por

ejemplo, en los países de ingresos altos, entre el 20 y el 40% de las personas con

discapacidad no tienen cubiertas sus necesidades de asistencia para las actividades

cotidianas. En muchos países de ingresos bajos y medianos, los gobiernos nacionales no

pueden proporcionar servicios adecuados, y los proveedores comerciales de servicios no

(17)

análisis de la Encuesta Mundial de Salud de 2002-2004 en 51 países señaló que las

personas con discapacidad tenían más dificultades que las personas sin discapacidad para

obtener exenciones o reducciones de los costos de atención de salud.

La falta de accesibilidad a edificios en los cuales están incluidos los lugares públicos y

sistemas de transporte y de información no son accesibles a todas las personas. La falta de

acceso al transporte es un motivo habitual que desalienta a las personas con discapacidad a

buscar trabajo o que les impide acceder a la atención de salud. Los informes de los países

que tienen leyes sobre la accesibilidad, aun en el caso de que éstas tengan una antigüedad

de 20-40 años, confirman un bajo nivel de cumplimiento. Se dispone de poca información

en formatos accesibles, y no se satisfacen muchas necesidades de comunicación de las

personas con discapacidad. Las personas sordas a menudo tienen problemas para acceder a

un servicio de interpretación en lengua de señas: una encuesta efectuada en 93 países puso

de manifiesto que 31 de ellos no tenían ningún servicio de interpretación, mientras que 30

países tenían 20 o menos intérpretes cualificados. Las personas con discapacidad, en

comparación con las no discapacitadas, tienen tasas significativamente más bajas de uso de

tecnologías de información y comunicación, y en algunos casos es posible incluso que no

puedan acceder a productos y servicios tan básicos como el teléfono, la televisión o la

Internet.

La falta de consulta y participación, ya que muchas personas con discapacidad están

excluidas de la toma de decisiones en cuestiones que afectan directamente a su vida. Por

ejemplo, donde las personas con discapacidad no pueden decidir y controlar cómo se les

preste apoyo en sus hogares.

La falta de datos y pruebas sobre la discapacidad y la falta de pruebas objetivas sobre los

programas que funcionan pueden dificultar la comprensión e impedir que se adopten

medidas. Conocer el número de personas con discapacidad y sus circunstancias puede

mejorar los esfuerzos para eliminar obstáculos discapacitantes y proporcionar servicios

que permitan la participación de las personas con discapacidad. Por ejemplo, para facilitar

la identificación de intervenciones ambientales rentables deben estudiarse mejor el entorno

(18)

Situaciones que deterioran sus derechos ya que las personas con discapacidad tienen más

probabilidades de estar desempleadas, y generalmente ganan menos cuando trabajan. Los

datos de la Encuesta Mundial de Salud indican que las tasas de empleo son menores entre

los varones y mujeres discapacitados (53% y 20%, respectivamente) que entre los varones

y mujeres no discapacitados (65% y 30%, respectivamente).

Un estudio reciente de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos

(OCDE) comprobó que, en 27 países, las personas con discapacidad en edad de trabajar, en

comparación con sus homólogas no discapacitadas, experimentaban desventajas

significativas en el mercado laboral y tenían peores oportunidades de empleo. En

promedio, su tasa de empleo (44%) era ligeramente superior a la mitad de la de las

personas sin discapacidad (75%). La tasa de inactividad era unas 2,5 veces mayor entre las

personas sin discapacidad (49% y 20%, respectivamente); traduciéndose en los más altos

índices de pobreza y mayor dependencia y participación limitada.

Las estadísticas no mienten, el incumplimiento de las leyes que amparan a las personas con

discapacidad en muchos casos no se pueden cumplir por distintas razones, en la cual las

Américas no están libres de pecado, además considerando que el derecho del trabajo no

son más que el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones entre el propietario de

los medios de producción o patrón, en nuestro caso los Estados con sus representantes y

aquella persona que por el pago de un salario desarrolla una actividad manual o intelectual

subordinada al primero, las personas que pertenecen a los grupos de atención prioritaria,

como se evidencia la normativa está vigente lo cual no constituye el problema sino más

bien su ejecución, para lo cual los Estados deben seguir las sugerencias de los diferentes

Convenciones, Declaraciones sobre el tema y aplicarlo conforme a su realidad, con el fin

de evitar la exclusión de las personas con discapacidad al trabajo como un derecho.

En el Ecuador existen aproximadamente 1’608.334 personas que acusan algún tipo de

discapacidad física, mental o sensorial y que representan el 12,14% de la población

nacional, personas que, se encuentran en desigualdad de oportunidades en relación al resto

de la población y presentan dificultades para el ejercicio y disfrute de sus derechos civiles,

(19)

La inclusión laboral de las personas con discapacidad en nuestro país aún no se ha

corregido a pesar de que el trabajo es un derecho Constitucional, considerando además que

existen medidas de acción afirmativa para los grupos de atención prioritaria y por ende a

las personas con discapacidad, medidas entre las cuales consta la inserción social como:

mejorar el acceso a la salud, educación, recreación, e inclusión laboral; contemplando

sanciones para el empleador en casos de incumplimiento en el porcentaje de contratación

de personas con discapacidad, imponiéndole una multa mensual equivalente a diez

remuneraciones básicas mínimas unificadas del trabajador en general; y, en el caso de las

empresas y entidades del Estado, la respectiva autoridad nominadora, será sancionada

administrativa y pecuniariamente con un sueldo básico; multa y sanción que serán

impuestas por el director general del trabajo, hasta que cumpla la obligación, la misma que

ingresará en un cincuenta por ciento a las cuentas del Ministerio de Trabajo y Empleo y

será destinado a fortalecer los sistemas de supervisión y control de dicho portafolio a través

de su Unidad de Discapacidades; y, el otro cincuenta por ciento al Consejo Nacional de

Discapacidades (CONADIS) para dar cumplimiento a los fines específicos previstos en la

Ley de Discapacidades”; “las empresas e instituciones, públicas o privadas, para facilitar la

inclusión de las personas con discapacidad al empleo, harán las adaptaciones a los puestos

de trabajo de conformidad con las disposiciones de la Ley de Discapacidades, normas

INEN sobre accesibilidad al medio físico y los convenios, acuerdos, declaraciones

legalmente suscritos por nuestro país”9.

Mientras que la Ley Orgánica de Servicio Público da entender que esta nominación del

porcentaje legal de trabajadores con discapacidad en la esfera pública es discrecional de la

autoridad nominadora ya que se menciona la frase “hasta el 4%”, y con la sanción en caso

de violación primaria de una multa y si es reincidente “hasta” la destitución por lo que a la

final su cumplimiento no pasa de ser mera expectativa; si sumamos los antecedentes

anteriormente expuestos, lo cual ha ocasionado discriminación en el acceso al derecho

constitucional del trabajo en contra de las personas con discapacidad.

9 Reformas al Código de Trabajo, publicado en el Registro Oficial Nro. 198 del 30 de enero de 2006. Art

(20)

1.3 PROBLEMA CIENTÍFICO

¿El incumplimiento de la esfera pública en la inserción laboral de las personas con

discapacidad, afecta el derecho Constitucional al trabajo?

1.4 OBJETO DE INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCIÓN

OBJETO DE INVESTIGACIÓN.- Derecho Constitucional.

CAMPO DE ACCIÓN.- Derechos fundamentales.

LUGAR Y TIEMPO.- La presente Investigación se realizará en la ciudad de Quito, durante el primer semestre de 2014.

1.5 LÍNEA DE INVESTIGACIÓN.

Protección de derechos y Garantías Constitucionales.

1.6 OBJETIVOS

1.6.1 OBJETIVO GENERAL:

Elaborar un ante proyecto de ley reformatoria a la Ley Orgánica de discapacidades, para

que las instituciones públicas den cumplimiento al derecho constitucional al trabajo.

1.6.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Fundamentar jurídicamente la inclusión laboral, la discapacidad y derecho

Constitucional al Trabajo.

Investigar la incidencia del incumplimiento de las normas en el marco del derecho

(21)

Identificar en la normativa ecuatoriana, las falencias que disfrazan el

incumplimiento de la inserción laboral de las personas con discapacidad.

Encuestar a jurisconsultos, en el campo del derecho constitucional, para validar la

investigación del incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las

personas con discapacidad.

1.7 IDEA A DEFENDER

Mediante un ante proyecto de ley reformatoria a la Ley Orgánica de Discapacidades

determinar el cumplimiento con la cuota legal del 4% en la inclusión laboral de los grupos

de atención prioritaria en las instituciones del sector público, para garantizar el derecho

Constitucional al trabajo.

1.8 VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN

Variable independiente.- Con el ante proyecto de ley reformatoria a la Ley Orgánica de Discapacidades.

Variable dependiente.- Garantizar el derecho Constitucional al trabajo.

1.9 MÉTODOLOGÍA A EMPLEAR: métodos, técnicas y herramientas empleadas en la investigación.

La política académica de UNIANDES, orienta el proceso de investigación a la utilización

del paradigma crítico propositivo, y esto implica actuar sobre la realidad social concreta

con el objetivo de transformarla.

Se empleará la modalidad de investigación cuali cuantitativa por tratarse de

investigaciones de carácter social que nos permiten utilizar la subjetividad en la

apreciación de los fenómenos y sin embargo de aquello se complementa con la

(22)

representación objetiva de la investigación de campo de la misma que servirá como

fundamento esencial para resolver el problema investigado.

Una base importante en la investigación jurídica lo constituye la investigación

bibliográfica cuyos textos, libros, revistas, y otros aportes constituyen una contribución

científica actualizada.

Los métodos que se utilizaran son una combinación de teóricos y empíricos, como el

inductivo, deductivo, analítico sintético, histórico lógico, complementados con la observación, moderación y comprobación.

Este recorrido metodológico nos llevará hasta la propuesta.

1.9.1 HERRAMIENTAS

Se utilizarán: las fichas bibliográficas y mnemotécnicas.

1.9.2 FICHAJE

Fichas Bibliográficas, servirán para el acopio de la descripción de los libros o publicaciones de los autores que se utilizarán en esta investigación.

Fichas Mnemotécnicas, llamadas también ayuda memoria, en cambio permitirán el registro oportuno de citas textuales útiles para el desarrollo de aspectos importantes que no

se pueden olvidar.

Observación Directa, será utilizada con mayor importancia porque se realizará un trabajo de campo continuo para determinar las influencias que intervienen en éste fenómeno.

1.10 ESQUEMA DE CONTENIDOS.

EPÍGRAFE 1

(23)

1.1CONCEPTOS DE DISCAPACIDAD

1.2LA DISCAPACIDAD Y LOS DERECHOS HUMANOS 1.3LA DISCAPACIDAD Y LA IGUALDAD REAL

1.4LA DISCAPACIDAD EN EL ECUADOR

1.4.1 DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

EPÍGRAFE 2

EL INCUMPLIMEITO DE LA ESPERA PÚBLICA

2.1 EL INCUMPLIMIENTO INSTITUCIONAL Y EL DERECHO AL TRABAJO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

2.2 ANÁLISIS TÉCNICO DEL INCUMPLIMIENTO INSTITUCIONAL

2.3 ANÁLISIS JURÍDICO DEL INCUMPLIMIENTO INSTITUCIONAL EN LA CONTRATACIÓN DEL PORCENTAJE LEGAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD AL DERECHO CONSTITUCIONAL DEL TRABAJO.

2.4 EFECTOS JURÍDICOS Y SOCIALES DE ESTE INCUMPLIMIENTO INSTITUCIONAL.

EPÍGRAFE 3

LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 3.1 LA INCLUSION LABORAL

3.2 LA CONSTITUCION GARANTISTA DEL 2008 Y LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

3.3 MEDIDAS DE ACCIÓN AFIRMATIVA 3.4 LA INSERCIÓN LABORAL

3.4.1 LA INCLUSIÓN LABORAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD 3.5 DERECHO AL TRABAJO COMO DERECHO HUMANO

3.6 LA LEY ORGÁNICA DE DISCAPACIDADES Y EL DERECHO AL TRABAJO 3.7 EL CÓDIGO DEL TRABAJO Y EL DERECHO AL TRABAJO DE LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

(24)

CAPÍTULO II

MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA

CAPÍTULO III

VALIDACIÓN Y EVALUACIÓN DE RESULTADOS

1.12 APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA

APORTE TEÓRICO

El establecimiento de políticas públicas denominadas medidas de acción afirmativa en la

Constitución ecuatoriana entre las cuales se considera la inclusión laboral para los grupos

de atención prioritaria, no dejan de ser un gran salto en el desarrollo de los derechos

sociales para este grupo relegado, ya que aunque el Estado ofrezca muchos servicios

públicos, sin trabajo no existen los recursos necesarios para alcanzar el desarrollo social,

económico, lastimosamente el acceso a los mismos son más costosos para las personas de

los grupos de atención prioritaria que tienen discapacidad, razones por las cuales es vital la

inclusión laboral para que no sean considerados como una carga social, económica, sino

parte del desarrollo productivo del Estado, ejerciendo los derechos establecidos no solo

dentro de su legislación sino también en instrumentos internacionales, donde se procura

jurídicamente eliminar la discriminación; pero la realidad no es alentadora en nuestro país

porque el incumplimiento de la contratación del porcentaje legal por parte de los

representantes del estado, siendo necesario la propuesta de un anteproyecto de ley

reformatoria a la Ley Orgánica de Discapacidades, en el que la esfera pública cumpla con

el porcentaje legal del derecho constitucional al trabajo en favor de las personas con

discapacidad, eliminando la exclusión, contribuyendo al desarrollo de los derechos de los

(25)

SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA

El incumplimiento de la esfera pública en la inclusión laboral de las personas con

discapacidad, es discriminatorio porque no se cumple con el porcentaje legal, violando el

derecho constitucional al trabajo y la Ley orgánica de discapacidades.

NOVEDAD CIENTÍFICA

El tema de la inclusión laboral de las personas con discapacidad en el Ecuador es un

derecho humano fundamental, considerando que no solo es cuestión de crear normativa

positiva, sino de ejecutarla materialmente en beneficio de sus titulares, dentro del marco

social siguiendo los parámetros constitucionales, implementando normativa eficaz y

práctica para el cumplimiento de los derechos de este grupo vulnerable, siendo novedoso

(26)

CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO

EPÍGRAFE 1

LA DISCAPACIDAD

1.1CONCEPTOS DE DISCAPACIDAD

1.1.1 “Persona con discapacidad.- Para los efectos de esta10 Ley se considera persona con discapacidad a toda aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas,

mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiera

originado, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, sicológica y asociativa

para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, en la proporción que

establezca el Reglamento.

Los beneficios tributarios previstos en esta ley, únicamente se aplicarán para aquellos cuya

discapacidad sea igual o superior a la determinada en el Reglamento.

El Reglamento a la Ley podrá establecer beneficios proporcionales al carácter tributario,

según los grados de discapacidad, con excepción de los beneficios establecidos en el

Artículo 74”.

1.1.2 “Es toda restricción o ausencia (debida a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para cualquier ser

humano. Se caracteriza por insuficiencias o excesos en el desempeño y comportamiento en

una actividad rutinaria, que pueden ser temporales o permanentes, reversibles o

irreversibles y progresivos o regresivos. Se clasifican en nueve grupos: de la conducta, de

10 LEY ORGANICA DE DISCAPACIDADES, LOD, Publicación: Registro Oficial Suplemento 796; Fecha:

(27)

la comunicación, del cuidado personal, de la locomoción, de la disposición del cuerpo, de

la destreza, de situación, de una determinada aptitud y otras restricciones de la actividad11”.

Por lo tanto la “discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las

limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias son

problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones de la actividad

son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones de la participación son

problemas para participar en situaciones vitales.

Por consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una interacción

entre las características del organismo humano y las características de la sociedad en la que

vive12”.

1.1.3 "discapacidad" significa una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades

esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y

social13”.

1.2LA DISCAPACIDAD Y LOS DERECHOS HUMANOS.

Todos los miembros de la sociedad tienen los mismos derechos humanos, que incluyen

derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales.

Todas las personas con o sin discapacidad tienen derecho a gozar, sin discriminación

alguna, de todos sus derechos. Ello incluye el derecho a no ser víctima de discriminación

por motivos de discapacidad, así como por cualquier otro motivo como la raza, el color, el

sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de cualquier otra índole, el origen nacional

o social, el patrimonio, el nacimiento, o cualquier otra condición.

La base para que las personas con discapacidad sean reconocidas como sujetos de derechos

son los instrumentos Internacionales ratificados por el Ecuador y en la era constitucional

11 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) www.auditio.com/revista/pdf/vol2/3/020304.pdf 12 ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) http://www.who.int/topics/disabilities/es/ 13 CONVENCIÓN PARA LA ELIMINACIÓN DE DISCRIMINACIÓN A DISCAPACITADOS, publicado en el

(28)

que vivimos en el Artículo 424 inciso segundo de Constitución de la República, prescribe:

“La Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el

Estado que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución,

prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto del poder público”.

1.3LA DISCAPACIDAD Y LA IGUALDAD REAL.

La igualdad real está contemplada dentro del Artículo 11 numeral 2 de la Constitución del

2008, la misma que para su ejecución el Estado adoptará medidas de acción afirmativa, es

decir aplicar políticas públicas que beneficien a las grupos vulnerables o que estén

en desigualdad, ya que la igualdad real es un principio, cuyo objetivo es proteger la

dignidad a través de la aplicación de políticas públicas compensatorias, denominadas

medidas de acción afirmativa.

Uno de los principales cambios que la Constitución ecuatoriana establece, es la

consagración del principio de igualdad real, que consiste en el reconocimiento de la

igualdad y la diferencia.

Haciendo un breve recorrido de la conceptualización de la igualdad en la historia de la

humanidad, encontramos que inicialmente la igualdad no estaba dada desde una

perspectiva jurídica, simplemente imperaba la “ley” del más fuerte, en la que se ignoraban

las diferencias, éstas no eran fuente de derechos y tampoco de discriminación porque era la

fuerza la que definía quien accedía o no a los derechos; luego tenemos una etapa de

desigualdad jurídica, en la cual se valoran algunas identidades y jurídicamente se

desvalorizan otras como son el ser mujer, indio, negro; esta desvalorización jurídica de la

diferencia genera discriminación y desigualdad; frente a ello aparece el principio de

igualdad formal acogido en casi todas las Constituciones del mundo, con el que se

universaliza el principio de igualdad, todos somos iguales ante la ley; mas esa igualdad

implica la homologación jurídica de las diferencias, y en la práctica -al ignorar las

diferencias- se generan desventajas y discriminación para quienes no se enmarcan en el

(29)

Finalmente, aparece el principio de igualdad real que es el que otorga valor jurídico a las

diferencias. Al contrario de los sistemas anteriores en los cuales la diferencia es causa de

desvalorización, para la igualdad real, la diferencia es motivo de valoración, la reconoce y

le da igual valor, tutelando los derechos de aquellos diferentes al modelo de lo humano, y

exigiendo que éstos sean respetados y tratados como iguales.

La igualdad real es una igualdad que se mide en la llegada, cuando los ciudadanos/as han

logrado hacer efectivos sus derechos; no se trata de la igualdad en la partida (igualdad

formal), en la que se dice todos/as tenemos el derecho a la igualdad, pero cada quien ejerza

sus derechos por sí mismo, con una mínima intervención del Estado. La igualdad real

significa y así está dicho en nuestra Constitución que el Estado debe intervenir para

garantizar el ejercicio de los derechos de todos/as otorgándoles impulsos necesarios para

que aquellos que están en desventaja, producto de la diferencia, logren hacer efectivos sus

derechos y por lo tanto accedan en igualdad a la meta.

1.4 LA DISCAPACIDAD EN EL ECUADOR.

En el Ecuador, la atención específica a personas con discapacidades inició

aproximadamente hace medio siglo por iniciativa de algunos padres de familia que en

búsqueda de soluciones para el problema de sus hijos, encuentran en los países

desarrollados nuevas alternativas para su cuidado, las mismas que para ser aplicadas

requerían de la organización privada de estos. Es más tarde, en los años 60, donde se

registran las primeras tentativas gubernamentales por cubrir éstas necesidades y, se da paso

a la intervención técnica y sistematizada de algunas entidades gubernamentales que se

encargaron de la creación de las primeras Escuelas de Educación Especial, en un intento

por garantizar algunos de los derechos de las personas discapacitadas, especialmente en los

ámbitos de educación, salud e inserción laboral.

No obstante, a pesar de los esfuerzos realizados en éste sentido, no fue posible el que se

alcanzaren notables progresos en la materia, puesto que, si bien el Estado había

emprendido en éste tipo de acciones para mejorar la situación de éstas personas, dichas

(30)

reconocía a los discapacitados como un grupo vulnerable y, por ende, no tenía como una

de sus obligaciones y/o prioridades su atención.

Es recién en la década de los años 70 en la que, gracias a las favorables condiciones

económicas relacionadas con el boom petrolero, el sector público desarrolla importantes

acciones en los campos de la educación, salud y bienestar social de los discapacitados,

creándose varios servicios, organismos administrativos y reglamentaciones a favor de éstas

personas. Ejemplo de ello es la creación en 1973 del CONAREP Consejo Nacional de

Rehabilitación Profesional, que se encargó por primera vez de la formación ocupacional e

inserción laboral de personas con discapacidades. De igual manera, en 1977 se expide la

"Ley General de Educación", normativa en la que se puntualizó como responsabilidad del

Estado a la Educación Especial para las personas con discapacidades. Por otro lado, en

abril de 1979 se crea la "Unidad de Educación Especial14", con lo cual queda

completamente garantizado éste derecho. Nada de esto hubiera sido posible, si en el ámbito

constitucional no se hubiera dado lugar a la garantía de ciertos derechos que en

constituciones anteriores no se mencionaban. En efecto, si bien la Constitución Política del

Ecuador del año 1978 y su sucesora la de 1979, no hacen alusión directa a la protección

que debe brindársele a éste grupo vulnerable de la población, en cambio sí garantizaban al

menos en el papel, el acceso a la educación y salud sin discriminación alguna de todas las

personas consideradas como ecuatorianas15

No obstante, a pesar de registrarse un panorama alentador, la carencia de una planificación

integral por medio de la cual, tanto instituciones públicas como privadas, persiguieren

objetivos en común y ejecutasen acciones concretas encaminadas a la eliminación de las

barreras a las que históricamente debieron enfrentarse las personas con discapacidades,

impidieron que el efecto de las acciones que anteriormente se mencionaron, haya sido

totalmente efectivo, pues aunque en efecto, las condiciones de vida de éste grupo

poblacional mejoraron, aún fueron sujeto de discriminación social sobre todo en el ámbito

laboral y de movilización.

14 CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACITADOS (CONADIS), “II Plan Nacional de Discapacidades”,

Gobierno Nacional del Ecuador, Quito, Noviembre 2005, p. 13.

(31)

El 5 de agosto de 1982, se expide la "Ley de Protección del Minusválido", mediante la cual

se crea el DINARIM –Dirección Nacional de Rehabilitación Integral del Minusválido",

institución a la que se le asigna la rectoría y coordinación nacional del trabajo que sobre

discapacidades se realizaba en el país bajo la administración del CONAREP.

Simultáneamente, en el sector privado, también se llevaron a cabo nuevos esfuerzos en la

materia. Sin embargo, una vez más, los variados esfuerzos realizados se caracterizaron por

ser desordenados, con duplicidad de acciones, dispersión de recursos y desarticulación de

acciones.

A pesar de ésta situación, ocurre un hecho fundamental a finales de los 80`s y fue la

creación del CIASDE Comisión Interinstitucional de Análisis de las Discapacidades en el

Ecuador, que en 1989 por iniciativa del INNFA y los Ministerios de Salud, Educación y

Bienestar Social, promovió a través de sus delegados un trabajo interdisciplinario e

interinstitucional que en 1991 dio a luz al "I Plan Nacional de Discapacidades".

Adicionalmente, el 10 de agosto de 1992, se expide la "Ley 180 sobre Discapacidades",

por medio de la cual nace el “CONADIS”, Consejo Nacional de Discapacidades, entidad

autónoma con el mandato legal de dictar políticas, coordinar acciones e impulsar

investigaciones sobre la problemática de las personas con discapacidades en el país.

Con soporte en estos hechos trascendentales, se da inicio a una profunda transformación en

la década de los 90, en la que el CONADIS da paso a la formulación y ejecución de

acciones concretas a nivel nacional, fundamentalmente en lo que se refiere a la expedición

de políticas y normativas a la organización y el fortalecimiento de las organizaciones de

personas con discapacidades16 a la creación de la Red Nacional de ONG"s del país, al

establecimiento de mecanismos de coordinación de las entidades públicas y privadas, a

capacitaciones, a la recolección de información y a la sensibilización comunitaria sobre

éste tema. Como complemento de estas acciones, la Constitución Política del Ecuador de

1998 por primera vez reconoce a la población discapacitada como un grupo vulnerable que

requiere de la atención del Estado, siendo éste el avance más destacable de la época. Más

en la práctica, una inmensa mayoría de estas personas vivía prácticamente en el olvido y

sin protección estatal de ningún tipo, pese a que en 2005, se llevó a cabo una nueva

16 FENEDIF, FENCE, FENASEC y FEPAPDEM, esto se dio a través de la conformación de 4 federaciones

(32)

investigación sobre el tema y se elaboró el "II Plan Nacional de Discapacidades", cuyo

principal objetivo fue hacer efectivas todas aquellas medidas adoptadas en el país sobre

éste tema, lo cual jamás sucedió.

En la actualidad, se ha dado un nuevo brío a las políticas y acciones destinadas a mejorar

efectivamente las condiciones de vida de estas personas y, se ha reconocido

constitucionalmente a los discapacitados como un grupo de atención prioritaria en donde se

dedica una sección entera que detalla sus derechos y las obligaciones del Estado para con

ellos. El gobierno ha declarado la formulación de la política pública sobre discapacidades

como un eje transversal de la estructura del sector público y, ha puesto en marcha políticas

y programas públicos en favor de la inclusión de las personas con discapacidades en todas

las esferas de la sociedad, entre ellas el acceso al mercado laboral.17

En éste sentido, varios de los ejes del programa "Ecuador sin Barreras", apuntan a la

inserción laboral y a la equiparación de oportunidades para las personas de éste

significativo grupo de la población,18 mientras que por otro lado, varias de las normativas

recientemente instauradas como por ejemplo la "Ley del 1x1", apuntan a garantizar algunas

plazas de trabajo fijas para estas personas. Estos hechos no hacen otra cosa que poner de

manifiesto, al menos por el momento, la clara intención del actual gobierno de instaurar

una verdadera política de Estado a pro de la atención prioritaria a las personas con

discapacidades. No obstante, es aún prematuro aventurarse a descartar o afirmar que

efectivamente se está logrando cumplir con éste cometido.

Situación actual de la intervención gubernamental en pro de la inclusión de las personas

con discapacidades al mercado laboral en el Ecuador y América latina

En la actualidad, se estima que existen alrededor de 600 millones de personas

discapacitadas en todo el mundo que conformar aproximadamente el 10% de la población

mundial. De éste porcentaje, alrededor del 80% de personas viven en países en desarrollo

en donde se enfrentan a una situación de marginalización social, económica y política

17MORENO, L. (2007), Programa Ecuador sin Barreras, disponible en:

http://www.vicepresidencia.gob.ec/programas/ecuadorsinbarreras/ecuador-sin-barreras.

(33)

aplastantes, sin que los gobiernos, en general, hayan puesto real énfasis en otorgarles las

condiciones mínimas indispensables que les permitiese alcanzar un desarrollo integral en

un marco digno e igualitario. En otras palabras, no se han hecho los esfuerzos necesarios

por pasar de la simple literatura al accionar concreto.

En efecto, en América Latina, donde se estima que existe una población que asciende a

300 millones de personas, de las cuales al menos 30 millones tienen una discapacidad19 ha

existido un accionar gubernamental más bien paternalista que ha buscado dar soluciones de

corto plazo a los problemas que aquejan a éste grupo de la población y, han descuidado la

formulación e implantación de soluciones concretas, permanentes y sostenibles en el

tiempo, como parte esencial de una verdadera Política de Estado.

Resulta alarmante constatar que cerca del 20% de los casos de pobreza que se registran en

el América Latina –caracterizados por condiciones de pobreza extrema y violaciones a los

derechos económicos, sociales y culturales de las personas-, tienen relación directa con la

discapacidad, lo cual pone de manifiesto, la escasa atención e incluso el abandono al que

históricamente ha sido sometido éste importante grupo de la población, en lo que tiene que

ver con la formulación de leyes, normativas y políticas públicas específicas cuya finalidad

sea garantizar sus derechos e inclusión en la sociedad. Ésta situación puede constatarse

gracias a que, es precisamente, en las poblaciones que viven en la línea de la pobreza, en

donde como consecuencia de la desnutrición, condiciones de vivienda inapropiadas,

condiciones de trabajo inferiores, carencia de acceso a servicios de salud y agua potable y,

la imposibilidad del acceso a la instrucción y los recursos; el riesgo de sufrir lesiones o

malformaciones que deriven posteriormente en discapacidades es muy elevado20

Enmarcándonos ya en lo que se refiere al acceso de las personas discapacitadas al mercado

laboral latinoamericano y, considerando que el principal problema al que éstas personas se

enfrentan no es precisamente su deterioro particular, sino más bien el estigma social, la

discriminación y la inexorable violación de sus derechos; éste es quizá uno de los derechos

19 BANCO MUNDIAL (2004), “Population Dynamics”, Washington D.C., disponible en:

http://worldbank.org/data/wdi2004/tables/table2-1.pdf; Latin America and the Caribbean, Washington, 2004, en http://www.developmentgoals.org/Latin_America_&_the_Caribbean.htm.

20 ABELL, H. (1999), The poorest first: Activities to help people in greatest need, World Health Forum,

(34)

socioeconómicos que hasta antes de los años 90 menor atención y promoción ha recibido

por parte del Estado. A su vez, ha sido uno de los derechos del trabajador que menos se ha

cumplido por parte de la empresa privada, a pesar de leyes y normativas específicas sobre

la contratación de personas con discapacidades en varios países latinoamericanos y, la

obligación para con sus trabajadores en el sentido de concederles salarios justos, el derecho

y la garantía del ascenso y la promoción, el reparto justo de las utilidades, etc.

Sin embargo, como se mencionó anteriormente, ésta realidad ha dado un giro importante

especialmente a partir del año 2000, al menos con lo que tiene que ver con el rol que debe

cumplir el Estado en ésta materia. Si bien, las leyes y normativas de las que se hace

mención fueron escazas e incluso incompletas, es en la última década que se registra un

impulso trascendental de las mismas gracias al soporte constitucional que se les ha dado y

a los esfuerzos por lograr la cohesión entre éstas y otros instrumentos de política a favor de

la formulación de una verdadera Política de Estado. No obstante, es en varios países de

América del Sur, México y Costa Rica, en donde se registran mayoritariamente dichos

avances, no así en el resto de países latinoamericanos, en donde dichos esfuerzos aún no se

encuentran totalmente articulados y carecen de una adecuada coordinación lo que ocasiona

muchas veces duplicidad de funciones21

En efecto, es en ésta última década en donde el Estado ha cumplido de manera mucho más

eficiente y efectiva su rol como ente regulador y formulador de instrumentos, políticas y

programas públicos multisectoriales, con el objetivo de garantizar la inclusión social y la

suficiencia de oportunidades para las personas discapacitadas. En la actualidad, a

diferencia de épocas pasadas, los estados han empezado a superar la mentalidad

paternalista que operaban, accionar con el que buscaban apoyar el desarrollo de éste grupo

de la población en condiciones dignas, llegando en muchos de los casos a confundir

dignidad como gratuidad. Por citar un ejemplo, en el Ecuador, por las condiciones de

extrema pobreza en la que se encontraban la gran mayoría de éstas personas, el gobierno

emprendió un programa por medio del cual les otorgaba una subvención económica

denominada "Bono de Solidaridad". Sin embargo, éste era un programa aislado que no

formaba parte de ningún programa integral que persiguiere mejorar sus condiciones de

21 MALDONADO, S. (2005), ¿Exclusión o Discriminación? El Caso de las Personas con Discapacidad en el

(35)

vida, peor aún fue planificado como un programa que les garantizase un medio de

subsistencia temporal mientras encontraren una plaza de trabajo bajo el soporte de la

promoción de su inclusión en el mercado laboral por parte del Estado.22 Podría decirse que

simplemente fue una medida paliativa que le permitió al Estado "salir del paso".

Hoy en día, a más del reconocimiento y la garantía de los derechos de las personas

discapacitadas consagrados en las respectivas Constituciones Políticas de cada uno de los

países especialmente los sudamericanos, los estados han realizado notables esfuerzos por

dotar de institucionalidad a éste sector, facilitando de éste modo, la instauración de

instrumentos, políticas y programas que han hecho paulatinamente posible un servicio

mucho más eficiente y efectivo hacia éste grupo de la población. Ejemplos de éste tipo son:

la conformación del Consejo Nacional de Discapacidades (CONADIS), como órgano de

coordinación y ejecución a nivel nacional de políticas específicas para discapacitados en el

Ecuador, así como la formulación del "Plan Nacional de Discapacidades (1993 y 2005)" –

por parte del CONADIS-, respaldado por el "Plan Nacional del Buen Vivir (2007-2010)" –

elaborado por la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES), órgano

rector de la planificación a nivel nacional-. Así mismo está la instauración del Consejo

Nacional para la Integración de Personas con Discapacidades (CONADIS), ente

formulador y operador del "Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades para las Personas

con Discapacidad (2003-2007)" en el Perú y, la formulación e implementación del "Plan

Nacional de Intervención en Discapacidad (2005-2007)" promovido por el "Programa de

Apoyo a la Discapacidad", éste último eje esencial de la "Política Nacional de

Discapacidades" en Colombia. Está también la conformación de la "Comisión Nacional

Asesora para la Integración de personas Discapacitadas" en Argentina y, el establecimiento

del "Servicio Nacional de la Discapacidad", rector del "Fondo Nacional de Discapacidades

(2010)" encargado de brindar asistencia técnica a los discapacitados en Chile, entre otros.

De manera que, en términos generales, es responsabilidad de éstas instituciones la

formulación, ejecución y el seguimiento de las políticas generales y sectoriales, así como

de sus respectivos programas públicos, en materia de la garantía y promoción de la

accesibilidad, la inclusión e integración social, la atención y prevención de las

22 VOS, R. (2000), “Ecuador 1999: Crisis económica y protección social”, Estudios e informes del SIISE,

(36)

discapacidades, etc., con el propósito de elevar la calidad de vida de éstas personas. Así

mismo, son las encargadas de coordinar las acciones públicas y privadas a favor de éste

grupo de la población. Todo esto amparado bajo un paraguas legal y político muy fuerte en

cada uno de estos países de los cuales se ha hecho mención.

En el ámbito laboral, estas instituciones y sus respectivos gobiernos han estipulado que el

trabajo es un derecho y una obligación social que goza, en todas sus modalidades, de la

especial protección del Estado, siendo el llevar a cabo una política de previsión,

rehabilitación, promoción e integración social, parte de sus responsabilidades para con los

disminuidos. Así mismo, es el Estado el llamado a prestarles la atención especializada que

requieran, ya sea en salud, educación, accesibilidad, etc23. Por otro lado, existe un

renovado compromiso por hacer efectivos convenios regionales e internacionales tales

como la "Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de

Discriminación contra las Personas con Discapacidad (1999)" y la "Convención sobre los

Derechos de las Personas con Discapacidad (2006-2008)y que en América del Sur, llegado

el mes de agosto de 2010, esta Convención había sido ratificada por Argentina, Bolivia,

Brasil, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay, "auspiciada por el Programa de las

Naciones Unidas, aunque en países como Paraguay por ejemplo, los fondos destinados a

los planes nacionales de discapacidad apenas y llegan a representar el 1% del presupuesto

nacional anual.24

Sin embargo, aún existe un largo camino por recorrer para que las iniciativas antes

mencionadas se efectivicen al ciento por ciento, pues aunque, en efecto, el enfoque del

manejo estatal ha mudado de aires y, hoy en día, el Estado cumple un papel mucho más

activo y empieza a dejar de lado el paternalismo al que estuvo acostumbrado en ésta

materia; existen todavía problemas estructurales que no han hallado solución. Por citar un

ejemplo, en Brasil, las personas con necesidades especiales enfrentan aún muchas

dificultades previo su ingreso al mercado laboral, empezando por las penurias que deben

sobrellevar a la hora de emprender su preparación académica. En estos centros educativos

son aún sujeto de discriminación por parte de profesores y alumnos, así como de la

23 GROCE N, GANNOTTI M. (2008), Marginados de la sociedad: los discapacitados de América Latina, The

International Development Research Centre, pp. 18-20.

24 ESCOBAR, Guillermo (2008), Situación de las Personas con Discapacidad en Iberoamérica, Federación

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