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Mujeres en situación de Vulnerabilidad que son Víctimas de la Violencia de Género

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¿Cuándo se encuentra una mujer

víctima de violencia de género

en situación de especial vulnerabilidad?

La vulnerabilidad que presenta una mujer como consecuencia de la violencia de género que sufre puede verse agravada por circunstancias personales o sociales que añaden una vulnerabilidad adicional, generando una multidiscriminación que dificulta su acceso a la información y asesoramiento, así como a la atención y los servicios disponibles.

La ley 13/2007 establece en su artículo 45 (Aten-ción a colectivos especialmente vulnerables) Así, se consideran colectivos de especial

vulnerabili-Mujeres

en situación

de Vulnerabilidad

que son Víctimas

de la Violencia

de Género

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dad aquellos en los que la mujer, además de sufrir violencia de género, tiene otras problemáticas o situaciones añadidas, en particular:

• mujeres con discapacidad. • mujeres inmigrantes. • enfermedad mental. • mayores sin recursos.

• mujeres con problemas de adicción.

Protección y garantía de derechos

La Administración de la Junta de Andalucía tiene como objetivo favorecer la igualdad y prevenir y erra-dicar la violencia de género. Para ello, es esencial que los poderes públicos faciliten la accesibilidad a la comunicación, velando de manera especial por la protección y garantía de los derechos de las mujeres con discapacidad o mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

La Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de

Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género en Andalucía, tiene especial sensibilidad

con las mujeres víctimas de violencia de género que cuentan, además, con circunstancias añadidas que

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suponen mayor dificultad para recibir atención y conseguir su recuperación integral.

→ El artículo 45 se dedica a la atención a colecti-vos especialmente vulnerables e indica que: • La Administración de la Junta de Andalucía

facilitará el ingreso preferente en la red públi-ca de centros existentes a las mujeres que, además de sufrir violencia de género, tengan otras problemáticas o situaciones añadidas, en particular, enfermedad mental, prostitución, mujeres inmigrantes, discapacidad, mayores sin recursos y mujeres con problemas de adicción. Estos centros contarán con la cola-boración de los servicios especializados en la atención a la violencia de género.

• La Administración de la Junta de Andalu-cía establecerá medidas específicas para la atención a las personas especialmente vul-nerables que convivan con el autor de la violencia de género o con la mujer que la haya sufrido.

Además, incide en las áreas de actuación que requieren aún mayor atención:

• Líneas de investigación sobre el fenómeno social de la violencia de género en diferen-tes aspectos, para informar y sensibilizar a

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la sociedad en general, teniendo en

cuen-ta la especial situación de las mujeres con discapacidad, las mujeres inmigrantes y las mujeres en riesgo de exclusión social.

• Plan integral de sensibilización y prevención

contra la violencia de género en Andalucía,

que incorpora la estrategia de actuación diri-gida a la detección, atención y prevención de la violencia de género, prestando una espe-cial consideración a los grupos de mujeres más vulnerables.

En las campañas que se desarrollen habrán de tenerse en cuenta las especiales cir-cunstancias de dificultad en el acceso a la información que puedan encontrarse deter-minados colectivos como el de personas inmigrantes, personas que viven en el medio rural, y personas con discapacidad, procuran-do un formato accesible para estas últimas. • Protocolo Andaluz para la Actuación Sanitaria

ante la Violencia de Género, que establece las

medidas específicas en el ámbito de la salud para la prevención, detección precoz, aten-ción e intervenaten-ción en los casos de violencia de género. Igualmente, incorpora las medidas necesarias para el seguimiento y evaluación del impacto en salud en las personas afectadas.

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La detección precoz, en centros públicos y privados ubicados en Andalucía, considera de forma especial la situación de las mujeres que puedan tener mayor riesgo de sufrir la vio-lencia de género o mayores dificultades para acceder a los servicios previstos en la ley, tales como las pertenecientes a minorías, las inmigrantes, las que se encuentran en situa-ción de exclusión social, explotasitua-ción sexual o las mujeres con discapacidad.

Los protocolos sanitarios, además de refe-rirse a los procedimientos a seguir, incluyen los trámites a realizar en colaboración con la Administración de Justicia, en aquellos casos en que exista constatación o sospecha funda-da de funda-daños físicos o psíquicos ocasionados por estas agresiones o abusos.

• La atención social incluye la información y

asesoramiento en relación con la violencia de

género. Los servicios de información han de ser accesibles para dar a conocer los derechos que asisten a las mujeres víctimas de violen-cia de género.

Dicha información comprenderá:

▸ Las medidas relativas a su protección y seguridad.

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▸ Los derechos y las ayudas.

▸ Los servicios de emergencia, acogida y atención integral, así como la del lugar de prestación de estos servicios.

▸ El momento procesal en que se encuentran las actuaciones jurídicas.

La garantía en el acceso integral a la informa-ción sobre sus derechos y sobre los recursos existentes las mujeres víctimas de violencia de género, se centra en:

▸ Mujeres con discapacidad. ▸ Mujeres inmigrantes.

▸ Mujeres que por sus circunstancias perso-nales y sociales puedan tener una mayor dificultad para el ejercicio efectivo de este derecho.

La Administración de la Junta de Andalu-cía colabora con las Corporaciones locales, organizaciones sociales y asociaciones de mujeres que prestan servicios en materia de violencia de género, dado que la amplitud del fenómeno y las circunstancias multicau-sales que la provocan, requieren de todas los esfuerzos por parte de los elementos sociales implicados.

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• La Atención integral especializada prestada a las mujeres víctimas de violencia de género incluye la acogida, la atención integral espe-cializada y multidisciplinar, y los medios de apoyo y recuperación de las mujeres y sus hijas e hijos. Las estructuras y los servicios que se proporcionen a las mujeres con disca-pacidad y a las mujeres inmigrantes deberán estar adaptadas y ser accesibles para ellas. • En las promociones de vivienda protegida

existe un cupo de reserva de viviendas especí-fico para su cesión o adjudicación en régimen de alquiler o en propiedad a las mujeres que acrediten la situación de violencia de género. Se tendrá en consideración la situación de precariedad económica de la mujer.

Las mujeres mayores y las mujeres con disca-pacidad que sufren violencia de género, y que se encuentran en situación de precariedad económica, deben ser consideradas colectivo preferente a los efectos de tener acceso a las residencias públicas.

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Marco normativo

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de

Medidas de Protección Integral contra la Vio-lencia de Género, que establece la importancia del acceso a la información de las mujeres dis-capacitadas y en situación de exclusión social y articula la tutela penal de las mujeres en situa-ción de vulnerabilidad.

Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género en Andalucía, en la que se articula la protección y la garantía de los dere-chos de las mujeres víctimas de violencia de género que además tengan otras problemáticas o situaciones añadidas.

Decreto 23/2004, por el que se regula la Protec-ción Jurídica a las Personas Mayores, artículo 7.2. Se indica que la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social establecerá un teléfono gratui-to y específico para las denuncias de situaciones de maltrato y desasistencia a personas mayores.

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Acceso general a la información y

asesoramiento sobre violencia de género

Teléfono de Información a la Mujer 900 200 999. El Teléfono 900 200 999 es un servicio de infor-mación a las mujeres, puesto a disposición por el Instituto Andaluz de la Mujer, que además de cubrir las necesidades de mujeres víctimas de violencia de género, asesora e informa sobre diversos recursos y servicios que éstas tienen a su disposición en Andalucía.

Este servicio de atención telefónica es gratuito y per-manente, disponible durante las 24 horas, los 365 días del año. Es confidencial y el equipo humano que lo atiende está formado por personas especializadas. Ofrece la posibilidad de atención hasta en 51 idio-mas distintos, como requiere el artículo 39.1.b de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, para garantizar el acceso a las mujeres con discapacidad e inmi-grantes. Para ello, mantiene conexión directa con el Servicio de traducción telefónica simultánea para mujeres inmigrantes y tiene un dispositivo especial para atender a mujeres sordas.

El servicio ofrece:

Asesorar en materia jurídica a mujeres víctimas de violencia de género.

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Actuar como servicio de urgencias en situacio-nes de malos tratos o de agresión sexual contra las mujeres

Atención social prioritaria sobre situaciones de violencia: violación, acoso sexual, agresiones sexuales, malos tratos y servicio de acogida en caso necesario.

Informar sobre los servicios, programas y acti-vidades del Instituto Andaluz de la Mujer y, en general, sobre todos los recursos disponibles para las mujeres.

Asesoramiento otros sobre aspectos jurídicos: matrimonial, filiación, registro civil, legislación laboral, malos tratos, violación, justicia gratuita, etc.

Canalizar denuncias en materia de discrimi-nación en sus distintas manifestaciones: publicidad sexista, discriminación laboral, etc.

Las mujeres con discapacidad

La mayoría de las acciones violentas ejercidas con-tra las mujeres con discapacidad no se manifiestan ni se generan del mismo modo que cuando se ejerce sobre mujeres que no presentan estas

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carac-terísticas. Por ello, la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a través de la Dirección General de Personas con Discapacidad, promueve políticas y actuaciones en colaboración con asociaciones y entidades dedicadas a la atención social a personas que sufren violencia y cuentan con alguna forma de discapacidad.

Cuando se ejerce sobre mujeres con discapacidad, la violencia de género va a generar escenarios específicos, por los factores de vulnerabilidad que presentan y por el uso por parte del maltratador de mecanismos de violencia específicos para estas mujeres.

→ Entre los factores específicos de vulnerabilidad

a la violencia de género en mujeres con discapa-cidad encontramos:

• Posible dependencia de la asistencia y cuida-dos de otros.

• Miedo a denunciar el abuso por la posibilidad de la pérdida de los vínculos y la provisión de cuidados.

• Suelen tener menor credibilidad a la hora de denunciar la violencia.

• Suelen tener menor capacidad de defenderse físicamente.

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• Pueden presentar dificultades o imposibili-dad para comunicarse, no pudiendo relatar la violencia o pedir ayuda.

• Dificultad de acceso a los recursos.

• En muchas ocasiones pueden presentar una peor autoestima, autoimagen y autoconcepto. • Menor riesgo para el maltratador de que se

descubra su violencia.

• Mayor aislamiento social y mayor riesgo de ser manipuladas.

• Escasa adaptación de los recursos de apoyo y acogida para sus necesidades.

• Los y las profesionales que intervienen no tienen formación específica sobre violencia y discapacidad.

→ Es importante conocer los mecanismos

especí-ficos de violencia de género contra mujeres con discapacidad1

• Administración de fármacos de forma injusti-ficada.

1. IGLESIAS, M.; GIL, G.; JONEKEN, A.; MICKLER, B.; KNUDSEN, J.S.: Violencia y la Mujer con Discapacidad, Proyecto METIS, iniciativa DAPHNE de la Unión Europea. Asociación Iniciativas y Estudios Sociales, 1998.

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• Restricción de la movilidad.

• Aislamiento, prohibiendo o limitando el acce-so a los medios de comunicación (teléfono, correo...), información, así como relaciones con familiares de fuera del hogar y vecinos. • Maltrato verbal mediante insultos, críticas

constantes, ridiculización de su cuerpo, casti-gos en presencia de otros.

• Sobreprotección. Opinar, hablar o tomar deci-siones por ella.

• Intimidación, chantaje emocional. • No valorar su opinión.

• Violación, vejación sexual, negación del dere-cho a la sexualidad, negación de información sexual, esterilización.

• Uso de mujeres y niñas con discapacidad para el ejercicio de la mendicidad. Utilización de la mujer con discapacidad en tareas mal remu-neradas y vinculadas al empleo clandestino. • Limitar el acceso a la información y gestión

de la economía personal. Negación familiar del acceso a recursos económicos externos (trabajo, becas, etc.).

• Abandono en la atención personal. Abandono en la higiene. Negligencia en la alimentación.

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• Ignorar su existencia. Avergonzarse de su existencia.

→ Las mujeres con discapacidad que sufren vio-lencia de género presentan consecuencias distintivas:

• En muchas ocasiones pueden no ser cons-cientes de la violencia que sufren.

• Existen muchos menos servicios de apoyo adaptados y especializados para atenderlas. • La violencia contra las personas

discapacita-das es socialmente más aceptada y menos castigada.

→ Programa de Atención Integral para las mujeres con discapacidad de Andalucía. El Programa

de Atención Integral para las mujeres con dis-capacidad de Andalucía se encuentra dentro del Plan de Acción Integral para Mujeres con Discapacidad en Andalucía 2008-2013 (PAIMDA 2008-2013).

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Mujeres en situación de exclusión social

→ Subvenciones para la Atención a mujeres en

riesgo de exclusión social. La Consejería para la

Igualdad y Bienestar Social, a través del Institu-to Andaluz de la Mujer, concede subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social en Andalucía, que se organizan en dife-rentes programas específicos.

Entre los programas subvencionados se encuen-tran programas que se cenencuen-tran específicamente en la violencia de género, destacándose el Progra-ma para mujeres con probleProgra-mas de prostitución y tráfico con fines sexuales, y también se sub-vencionan programas que tratan la cuestión de la violencia de género transversalmente.

Los objetivos propuestos son:

• Ayudar a las entidades sin ánimo de lucro formadas por mujeres, con escasos recursos económicos, que necesitan financiación para su mantenimiento y realización de actividades. • Contribuir a fomentar y potenciar servicios y

programas dirigidos a mujeres y menores a su cargo que por circunstancias personales estén en riesgo de exclusión social.

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Los programas específicos que son subvencio-nados para atender a mujeres en situación de exclusión social son:

• Programas para mujeres en situación de ries-go de exclusión social.

• Programas para madres jóvenes.

• Programas de atención a las mujeres reclusas y ex reclusas.

• Programa dirigido a mujeres inmigrantes. • Programa para mujeres con problemas de

prostitución y tráfico con fines sexuales. La atención se dirige a mujeres y sus hijos e hijas pertenecientes a sectores sociales desfavoreci-dos, debido a sus circunstancias personales, familiares, socioeconómicas, o de otras pro-blemáticas asociadas, en las que la causa del riesgo de exclusión no es la violencia de género de forma directa, aunque sí pueda ser elemento transversal.

Para lograr el objetivo marcado, el IAM colabora con ONGs y entidades sin ánimo de lucro, ya que las nuevas problemáticas que se presentan precisan de respuestas de todos los sectores implicados. Los problemas que ahora se pre-sentan no se deben a un solo fenómeno sino

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que son multicausales. Cada vez son necesarios recursos más especializados que aborden las necesidades existentes para facilitar la inclu-sión social.

→ Medidas para la recuperación integral e incor-poración al mercado laboral. La recuperación

integral de las mujeres que han sufrido la violen-cia de género y de las y los menores a su cargo, especialmente si cuentan con problemáticas añadidas, implica la mejora de su situación eco-nómica en caso de encontrarse en una situación de escasez de recursos así como la existencia de ayudas en el acceso a terminados servicios esenciales como la escolarización de menores dependientes o para el acceso a la vivienda. Además de la concesión de ayudas económicas directas para evitar su exclusión social por el Instituto Andaluz de la Mujer, se contemplan otras medidas tomadas para la recuperación integral de las víctimas de violencia de género de manera que puedan reintegrarse a la socie-dad de una forma normalizada.

Existen proyectos de formación e inserción laboral impulsados desde la Junta de Andalucía, como el Programa Cualifica, programas de formación al empleo, Escuelas Taller y Talleres de Empleo, e incentivos a la contratación y el empleo autónomo.

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Mujeres en prostitución o

explotación sexual

→ Actuaciones de atención social para mujeres

que viven en contexto de prostitución. Se trata

de actuaciones dirigidas a mujeres tanto extran-jeras como españolas que están en riesgo de explotación sexual, en redes de tráfico prove-nientes de la trata para la explotación sexual, que tiene como objetivo facilitar su desarrollo integral y mejorar las condiciones de vida, así como favorecer su inclusión en la sociedad de manera normalizada.

Se realizan en colaboración desde la Dirección General de Violencia de Género, el Instituto Andaluz de la Mujer y las Delegaciones Provincia-les de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y con las Diputaciones Provinciales, a través de asociaciones.

La actuación incluye dos objetivos específicos: • Proporcionar acogida y acompañamiento de

las mujeres involucradas en el mundo de la prostitución, ofreciendo el apoyo residencial, como casas o centros de acogida, así como las nuevas alternativas y el acceso a la red de servicios sanitarios y laborales.

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• Prestar asesoramiento, información y forma-ción para facilitar la autonomía personal y social. Los servicios ofrecidos son:

▸ Cursos para la albabetización y/o aprendi-zaje del idioma.

▸ Cursos y talleres ocupacionales de los dife-rentes organismos.

▸ Inscripción en bolsas de empleo.

▸ Acceso al sistema sanitario público: Centro de salud y especialidades.

▸ Servicio Andaluz de Empleo (SAE), Ayunta-mientos y Asociaciones en asesoraAyunta-mientos familiar, jurídicos y de orientación laboral. → Realización de Proyectos dentro del Plan de

intervención y apoyo a mujeres inmigrantes prostituidas en Andalucía. La Consejería de

Empleo, concede subvenciones para diversos proyectos relacionados con la mujer inmigrante prostituida en Andalucía, en el marco del Plan

de Intervención y Apoyo a mujeres inmigrantes prostituidas en Andalucía.

Se enmarcan en los programas e infraestruc-turas destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes, desarrollados por entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades públicas andaluzas.

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Mujeres con problemas de adicción

→ Protocolos de Actuación y Derivación. Con el fin

de homogeneizar las pautas asistenciales y con-solidar los circuitos de atención, va a entrar en funcionamiento el Protocolo de Actuación ante

la Violencia de Género en la red pública de

aten-ción a las drogodependencias y adicciones. Permite orientar e informar a las víctimas de

vio-lencia de género que sean atendidas en la red asistencial. Además, se complementa con las actividades de sensibilización y de adquisición de conocimientos y habilidades para el manejo de estas situaciones dirigidas a los profesiona-les de los servicios de drogodependencias. El Protocolo de Actuación y Derivación de

muje-res con problemas de adicciones víctimas de violencia de género incluye recomendaciones para actuar ante un caso de violencia de género en una mujer atendida en un Centro de adiccio-nes o residente en un Centro de Acogida en la que se detecte una adicción.

El Protocolo implica a los 117 Centros de Trata-miento Ambulatorio de adicciones que existen en Andalucía en 2010.

→ III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones. El III

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que se desarrolla a partir de 2011, incluye una línea estratégica y transversal en materia de violencia de género que se integrará en las actuaciones que se realicen en las distintas áreas de dicho Plan.

→ Actuaciones de atención social para mujeres que viven en un contexto de problemas de adic-ciones. Las actuaciones van dirigidas a mujeres

que viven en un entorno de adicciones con sus-tancias o ludopatías, para facilitar su desarrollo integral y mejorar las condiciones de vida así como su inclusión en la sociedad de manera normalizada.

El objetivo de la actuación es la acogida y acompañamiento de las mujeres con esta pro-blemática desde una perspectiva de género, con especial atención a las víctimas de violencia de género, ofreciendo:

• Recursos de la Red de Atención Especializada a personas con problemas de drogodepen-dencias (Recursos Especializados).

• Instrumentos de prevención (Programa de Ciudades ante las Drogas).

• Acceso a la red de programas de empleo e inserción laboral (Arquímedes y Red de Arte-sanos).

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Las mujeres mayores sin recursos

→ Teléfono de Atención a las Personas Mayores

900 85 83 81

El Teléfono de Atención a las Personas Mayores

900 85 83 81 es un servicio gratuito de aten-ción a la ciudadanía, dentro de las políticas de promoción de la autonomía personal y de la prevención de situaciones de riesgo de las per-sonas mayores andaluzas.

Es un servicio andaluz permanente, que ofrece atención personalizada, realizada por perso-nas profesionales cualificadas. Funciona las 24 horas del día, los 365 días del año.

Sus objetivos son:

• Facilitar información de servicios y recursos existentes en Andalucía dirigidos a personas mayores.

• Detectar de forma rápida situaciones de ries-go o de maltrato (abuso físico, psicológico, sexual, económico, negligencia, autonegli-gencia, abandono, vulneración de derechos, etc.) y/o violencia de género.

• Atender de manera personalizada y por pro-fesionales cualificados las demandas de las personas usuarias de este servicio público.

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El funcionamiento del servicio supone la actua-ción coordinada de la Administraactua-ción de la Junta de Andalucía con los Servicios Sociales Comuni-tarios de los Ayuntamientos y, en su caso, con el Ministerio Fiscal.

→ Colectivos preferentes en el acceso a las resi-dencias públicas: mujeres mayores sin recursos, víctimas de violencia de género. La Consejería

para la Igualdad y Bienestar Social, en concreto la Dirección General de Personas Mayores, en colaboración con los Servicios Sociales Comu-nitarios de los Ayuntamientos, dentro de las actuaciones para evitar la exclusión social, atienden a las personas mayores que puedan sufrir violencia de género y tramita su ingreso en un Centro Residencial, proporcionando la atención integral que necesiten.

Esta actuación se establece mediante la Orden de 11 de febrero de 2008, por la que se regula el procedimiento y requisitos para el ingreso en Centro Residencial de Personas Mayores en situación de exclusión social.

Se trata de una actuación permanente en Anda-lucía, dirigido a personas mayores, es decir, que cuentan con 60 años o más.

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traba-jan con el objetivo de lograr la eliminación de las causas que generan las situaciones de exclusión y la atención a las mismas, citando específicamente al colectivo de las personas mayores como uno de los grupos vulnerables y, por tanto, susceptible de intervención. Así, en la Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores, en su arti-culado contempla como uno de sus objetivos el prevenir y evitar situaciones de riesgo social que puedan dar lugar a situaciones de maltrato y desasistencia.

Se tramitan las solicitudes de ingreso en los Centros Residenciales cuyo motivo es el mal-trato y/o violencia de género hacia mujeres mayores, cuando se considera que es la medida de intervención más adecuada.

Se da preferencia a las mujeres procedentes de Centros de Emergencia para mujeres víctimas de violencia de género o en el Centro Provincial de la Mujer, y/o que cuenten con Orden de Aleja-miento para el agresor.

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Las mujeres inmigrantes

Las inmigrantes se consideran un colectivo de espe-cial vulnerabilidad ante la violencia de género. Cuentan con derechos y deberes documentales, laborales, socio-sanitarios y, además, en caso de sufrir la violencia de género, están asistidas por los derechos que a las víctimas les asisten en estos casos.

Para ampliar información sobre las actuaciones específicas, se puede consultar el nº 8 de esta

Colección, dedicado a las mujeres inmigrantes vícti-mas de violencia de género.

¿A dónde puede acudir la mujer

víctima de violencia de género?

→ Dirección general de violencia de género.

Con-sejería para la Igualdad y Bienestar Social. Es la Dirección General de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social que desarrolla las competencias en materia de violencia de género dentro de la Administración de la Junta de Andalucía.

Dirección:

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Teléfono:

955 048 176

Correo electrónico:

correo.cibs@juntadeandalucia.es

→ Delegaciones Provinciales de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Anda-lucía.

→ Instituto Andaluz de la Mujer. Es el organismo

de igualdad de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía que trabaja por y para los derechos de las mujeres, sin importar tu situación administrativa ni tu procedencia.

Dirección:

C/ Doña Maria Coronel, 6. Sevilla-41003

Teléfono:

954 54 49 10

Web del Instituto Andaluz de la Mujer:

www.juntadeandalucia.es/institutodelamujer

→ Centros Provinciales de la Mujer. En cada capital

andaluza encontrarás un Centro Provincial del Instituto Andaluz de la Mujer. En él encontrarás: • Asesoramiento jurídico en caso de

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• Orientación en salud y sexualidad.

• Orientación para el empleo y el autoempleo. • Asistencia legal en caso de discriminación

laboral.

• Información para el acceso a la vivienda. • Actividades formativas y culturales.

• Información para la participación pública sobre asociaciones, servicios especializados y redes relacionadas con las mujeres y los colectivos de mujeres con circunstancias específicas: migraciones, interculturalidad, discapacidad, exclusión social...

• Información, asesoramiento especializado, asistencia legal, apoyo psicológico y social para mujeres víctimas de violencia física, psi-cológica, sexual y económica.

• Atención integral y acogida en caso de vio-lencia de género. Tienes que saber que si te encuentras en una situación de emergencia el acogimiento será inmediato.

→ Centros Municipales de Información a la Mujer (CMIM). En más de 168 municipios andaluces

puedes encontrar servicios específicos dirigi-dos a las mujeres. En ellos te informarán y

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asesorarán sobre tus derechos y encontrarás información sobre empleo, actividades formati-vas y culturales, sobre fórmulas de participación en asociaciones, recursos sociales y, caso de ser demandado, ayuda y asesoramiento si te encuentras en una situación de violencia de género.

→ Ayuntamientos. En tu Ayuntamiento puedes

encontrar servicios específicos dirigidos a las mujeres o Servicios Sociales dirigidos a toda la población en los cuales te pueden informar y derivar a los recursos que necesites.

¿Dónde se puede obtener más información?

Teléfono de Información a la mujer

900 200 999

→ Dirección General de Violencia de Género

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Referencias

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