ORDEN FOM/353/2006, de 7 de marzo, por la que se efectúa convoca-toria pública para la concesión de las ayudas económicas previstas en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la pro-moción, adquisición y arrendamiento protegido de la Vivienda Joven en Castilla y León.
Uno de los objetivos que persigue el Decreto 99/2005, de 22 de diciem-bre, por que se regula la promoción, adquisición y arrendamiento protegi-do de la vivienda joven en Castilla y León, es facilitar el acceso a una vivienda digna a los jóvenes mediante un sistema de ayudas para un nuevo tipo de vivienda con protección pública caracterizada por unos parámetros más flexibles que la vivienda tradicional.
Se trata de establecer un tipo de vivienda adaptada a las características personales, familiares, sociales y económicas de los jóvenes.
Así, el acceso a la Vivienda Joven se facilita a través de dos mecanis-mos. Por una parte, una financiación a medida de los jóvenes, con créditos hipotecarios a un tipo de interés competitivo, con un plazo de amortización de hasta 40 años y la posibilidad de solicitar el 100% del precio de la vivienda. Y por otra, mediante la concesión de importantes ayudas directas autonómicas a la entrada así como una ayuda económica destinada a sufra-gar los gastos derivados de la compraventa y la hipoteca.
La entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha modificado el régimen jurídico vigente en materia de subvenciones, estableciendo una serie de normas básicas aplicables a todas las administraciones públicas. Es este sentido debe citarse la necesidad de que previamente al otorgamiento de las subvenciones deben aprobarse las normas que establecen las bases reguladoras de concesión de las mismas, a lo que responde la Orden FOM/67/2006, de 25 de enero.
Por su parte, el artículo 36 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras prevé la concurrencia abierta para este tipo de sub-venciones y el artículo 48 establece que las subsub-venciones derivadas del Decreto de vivienda Joven se concederán dentro de los límites que en cada caso acuerde la Junta de Castilla y León a propuesta de la Consejería de Hacienda y el expediente de gasto podrá aprobarse y el gasto imputarse en los términos que determine dicha Consejería cuando se tramite el anticipo o la primera justificación de la subvención.
En su virtud, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, se efectúa convocatoria pública para la concesión de las ayudas económicas señaladas, y a tal efecto
DISPONGO:
Primero.– Objeto.
La presente Orden tiene por objeto efectuar convocatoria pública, en régimen de concurrencia abierta, de las ayudas económicas previstas en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre, por que se regula la promoción, adquisición y arrendamiento protegido de la vivienda joven en Castilla y León.
Segundo.– Condiciones de las viviendas.
a) La vivienda debe cumplir las condiciones previstas en el Art. 2 del Decreto 99/2005, de 22 de diciembre.
b) El contrato privado de compraventa o de adjudicación, en el caso de adquisición de vivienda, o el contrato de arrendamiento, deberá haberse formalizado a partir del 1 de enero de 2006.
Tercero.– Beneficiarios.
1.– Podrán resultar beneficiarios de las ayudas reguladas en la presen-te convocatoria, las personas físicas que reúnan los siguienpresen-tes requisitos: a) Que el solicitante tenga una edad que no supere los 35 años, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Decreto 99/2005, de 22 de diciembre.
b) Destinar la vivienda adquirida a residencia habitual y permanente. c) No ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso y dis-frute de una vivienda de protección oficial ni de una vivienda libre, cuando el valor de ésta, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales, exceda del 40% del precio máximo total de venta de la vivienda objeto de la actuación
protegida. Este valor se elevará al 60% en el caso de familias nume-rosas, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género o del terrorismo.
d) Que sus ingresos familiares corregidos estén comprendidos entre 1,5 y 3,5 veces el IPREM, sin perjuicio de lo dispuesto en el Art. 10 del Decreto 99/2005, de 22 de diciembre.
El IPREM, establecido por el Real Decreto-Ley 3/2004, de 25 de junio, se considera la unidad de medida para la determinación de los ingresos familiares, en su cómputo anual, incluyendo dos pagas extras. La correc-ción de ingresos se efectuará de acuerdo con la normativa aplicable a las viviendas protegidas.
A estos efectos, se computará la renta proporcionada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y solicitada de oficio por la Conse-jería de Fomento en virtud de lo dispuesto en el apartado sexto de la pre-sente Orden, correspondiente al periodo impositivo inmediatamente ante-rior a la fecha de la formalización del contrato con plazo de presentación vencido.
No obstante, en el caso de no estar obligado a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, deberá presentarse decla-ración responsable sobre los ingresos correspondientes al periodo imposi-tivo inmediatamente anterior a la fecha de la formalización del contrato con plazo de presentación vencido, sin perjuicio de la posible comprobación administrativa.
2.– No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurran alguna de las causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Sin perjuicio de la facultad de la Consejería de Fomento para exigir la presentación o recabar por sí otros documentos de acuerdo con lo establecido en la base tercera, apartado segundo de la Orden FOM/67/2006, de 25 de enero, la justificación de no estar incurso en las prohibiciones establecidas en el citado artículo 13 se hará constar mediante declaración responsable otor-gada ante autoridad administrativa o notario público.
Cuarto.– Cuantía de las ayudas.
1.– Las ayudas económicas por la adquisición o adjudicación de Viviendas Jóvenes de nueva construcción o en segunda o posterior trans-misión y por adquisición de viviendas libres que reúnan todas las caracte-rísticas señaladas en el artículo 2 del Decreto 99/2005, de 22 de diciembre consistirán en:
a) Una subvención denominada ayuda autonómica directa a la entrada, por las siguientes cuantías máximas:
• 10.000 euros si el adquirente tiene unos ingresos familiares corregidos entre 1,5 y 2,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
• 7.000 euros si el adquirente tiene unos ingresos familiares corre-gidos entre 2,5 y 3,5 veces el indicador público de renta de efec-tos múltiples (IPREM).
En cualquier caso, cuando la vivienda estuviera situada en un muni-cipio declarado de actuación preferente, la cuantía de la ayuda direc-ta a la entrada se incremendirec-tará en una cuantía de 2.000 euros. b) Una subvención para sufragar los gastos realmente acreditados, de
carácter no tributario, derivados de la constitución, subrogación de la hipoteca, novación, en su caso, y, de la formalización de la escri-tura de compraventa y por un importe máximo de 1.500 euros. Den-tro de tales gastos se encuentran los gastos derivados de la minuta notarial y registral, los gastos de tasación y los gastos de gestión de escrituras. Para ser beneficiario de estas ayudas el adquirente tiene que tener unos ingresos familiares corregidos entre 1,5 y 3,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). 2.– La ayuda económica destinada a subvencionar alquileres a arrenda-tarios de viviendas jóvenes consistirá en una subvención por importe de: a) El 35 por ciento del precio anual del alquiler si sus ingresos
familia-res corregidos no superan 3,5 veces el IPREM.
b) El 40 por ciento de dicho precio si sus ingresos familiares corregi-dos no superan 2,5 veces el IPREM.
Quinto.– Solicitudes y documentación.
Las solicitudes se presentarán conforme a los modelos que se recoge como Anexos de la presente Orden, y estarán a disposición de los interesa-dos en los Servicios Territoriales de la Consejería de Fomento a las que deberá acompañarse la documentación prevista en la Orden FOM/67/2006, de 25 de enero y que se relaciona en cada uno de los modelos de solicitu-des que se adjuntan como Anexos a la presente Orden.
1.– Los plazos de presentación de solicitudes y la correspondiente documentación serán los siguientes:
• En los supuestos de adquisición o adjudicación de Vivienda Joven de nueva construcción, de viviendas libres construidas que reúnan las características de Vivienda Joven así como viviendas jóvenes en segunda o posterior transmisión, el plazo de presentación de la soli-citud para contratos formalizados antes de la publicación de la pre-sente Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León» será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación.
• En los supuestos de adquisición de Vivienda Joven de nueva cons-trucción, el plazo de presentación de solicitudes para contratos for-malizados después de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León» será de un mes a contar desde la firma del contrato privado, y para adquisición de viviendas libres construidas que reúnan las características de Vivienda Joven así como viviendas jóvenes en segunda o posterior transmisión, el plazo de presentación de la solicitud será de será de cuatro meses a contar desde la firma del contrato privado de compraventa.
• Arrendamiento de Vivienda Joven: El plazo de presentación de la solicitud será de un mes desde la formalización del contrato de arrendamiento o del cumplimiento de cada una de las anualidades del contrato de arrendamiento.
2.– Se podrá presentar la solicitud en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común o en cual-quiera de las unidades que integran los Servicios de Información y Aten-ción al Ciudadano de la AdministraAten-ción de la Comunidad de Castilla y León, así como en cualquier otro centro de los que se señalan en el artícu-lo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan artícu-los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Admi-nistración de la Comunidad de Castilla y León, debiendo ser remitidas a los Servicios Territoriales de Fomento de la provincia respectiva.
Igualmente, las solicitudes podrán presentarse por telefax, en las con-diciones previstas en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se declaran los números telefónicos oficiales.
3.– Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o no va acompañada de los documentos a los que se refiere el apartado anterior, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, repare la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada en los térmi-nos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.– Por el órgano competente de la Administración de la Comunidad de Castilla y León se realizará las verificaciones que estime pertinentes en las Delegaciones de Hacienda y de la Seguridad Social, así como en las Con-sejerías de la Junta de Castilla y León y en los organismos competentes por razón de la materia a verificar. A tal efecto, la solicitud de ayuda implica la autorización expresa por parte del solicitante para que la Administración Pública competente pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información de carácter tributario, relativa a la Seguridad Social o de cualquier otra índole que corresponda en cada caso.
5.– La Administración podrá requerir del solicitante y éste podrá pre-sentar cualquier otro documento necesario para verificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos exigibles para obtener las ayudas.
6.– El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedi-miento será el Servicio Territorial de Fomento de la provincia respectiva y la resolución corresponderá al titular del mismo. Contra dicha resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso de alzada ante el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en la provincia respectiva en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación.
9.– En el caso de ayudas económicas a la adquisición o adjudicación de Vivienda Joven el plazo máximo para resolver y notificar el procedimien-to será de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la corres-pondiente solicitud y en el caso de ayudas económicas destinadas a sub-vencionar alquileres a arrendatarios de Viviendas Jóvenes será de doce meses a contar desde la presentación de la solicitud.
lución expresa, implicará que el solicitante pueda entender desestimada su solicitud, conforme se establece en el artículo 122.6 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, a los efectos de que pueda interponer los recursos administrativos correspon-dientes en los plazos y ante los órganos que establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 11.– Los interesados que deseen obtener información sobre el estado de tramitación de su solicitud pueden acudir a los siguientes medios: Oficinas de Información de Vivienda de la Consejería de Fomento (teléfono 902.22.88.88 y fax 983.41.99.99), en la página web: http://www.jcyl.es/jcyl/cf (para infor-mación general), así como en la Dirección General de Vivienda, Urba-nismo y Ordenación del Territorio y en los Servicios Territoriales de Fomento de las respectivas provincias.
Séptimo.– Disponibilidad económica.
La concesión de las subvenciones se efectuará con cargo a las aplica-ciones presupuestarias 04.02.261A02.780B1 y 04.02.261A02.48018 de la Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comu-nidad de Castilla y León para el año 2006, y dentro del límite de DOCE MILLONES OCHENTA Y OCHO MIL EUROS (12.088.000,00 €) acor-dado por la Junta de Castilla y León con fecha 30 de enero de 2006.
Octavo.– Pago de las ayudas económicas directas.
1.– En los supuestos de adquisición de Vivienda Joven, la cuantía de las ayudas se satisfará al beneficiario por la Entidad Financiera colaboradora en el momento de la formalización del préstamo cualificado, cuya obtención será necesaria para poder recibir las ayudas, previa presentación por parte de los beneficiarios de la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad social, sin perjuicio de que la Administración de la Comunidad pueda recabar directamente y/o por medios telemáticos la información de carácter tributario o relativa a la Seguridad Social.
2.– En los supuestos de arrendamiento de Vivienda Joven, el pago se realizará previa justificación documental de los recibos acreditativos del pago del alquiler y presentación por parte de los beneficiarios de la acredi-tación de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad social, sin perjuicio de que la Administración de la Comunidad pueda reca-bar directamente y/o por medios telemáticos la información de carácter tri-butario o relativa a la Seguridad Social.
Noveno.– Régimen Jurídico.
En lo no previsto en la presente Orden será de aplicación la Orden FOM/67/2006 de 25 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la promoción, adquisición y arrenda-miento protegido de la vivienda joven en Castilla y León («Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 19 de 27 de enero de 2006), la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, los pre-ceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub-venciones y demás normativa que resulte que aplicación.
Décimo.– Desarrollo y efectos.
1.-–Se faculta al Director General de Vivienda, Urbanismo y Ordena-ción del Territorio para dictar cuantas instrucciones complementarias requiera la ejecución de la presente Orden.
2.– La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes tal y como se establece en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o, directamente, recurso contencioso-administra-tivo ante la Sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en Valladolid, en el plazo de dos meses, tal y como esta-blecen los Arts. 1, 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regulado-ra de la Jurisdicción Contencioso-Administregulado-rativa, ambos plazos a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Castilla y León».
Valladolid, 7 de marzo de 2006.
El Consejero de Fomento,
Decreto 99/2005 – VIVIENDA JOVEN EN CASTILLA y LEÓN – Anexo I
DATOS DE LA VIVIENDA
TIPO DE ACTUACIÓN PROTEGIBLE: VIVIENDA JOVEN DE CASTILLA Y LEÓN “VJCL”
x “NC” CON CALIFICACIÓN DE VIVIENDA JOVEN DE LA COMUNIDAD TIPO DE PROMOCIÓN DE LA QUE PROCEDE:
Promoción para venta……… Cooperativa de propietarios………. x ADQUISICIÓN DE VIVIENDA JOVEN ARRENDADA
(con opción de compra)
x ADQUISICIÓN EN 2ª ó POSTERIOR TRANSMISIÓN VIVDA JOVEN x ADQUISICÓN VIVIENDA LIBRE………..
SITUACIÓN:
Calle o plaza ... Nº/ Bloque ..., Piso ..., Letra ... Municipio ... C.P. ... DATOS DEL/LOS SOLICITANTE/S
DATOS PERSONALES
D./D.ª ..., N.I.F..., Fecha nacim. ... D./D.ª ..., N.I.F..., Fecha nacim. ...
con domicilio a efectos de notificación en:
Calle o plaza ..., Nº...,Municipio ..., C.P. ..., Provincia ..., Teléfono ...,
COMPOSICIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR : (Anexo I-A)
Nº de miembros integrantes de la unidad familiar...
Nº de miembros dependientes de la unidad familiar con derecho a deducción . ... Circunstancias Personales / Familiares:
Familia Numerosa:...……….. Familia Monoparental con hijos a cargo……….... Personas Mayores de 65 años……….…..
Personas con Discapacidad……….……… Víctimas de la violencia de género o de Terrorismo…………. Edad no superior a 35 años………. DECLARACIÓN RELATIVA A POSESIÓN DE OTRAS VIVIENDAS: (Anexo I-B)
Posee otra vivienda en propiedad: SI Protegida Libre NO
SOLICITA/N: Le/s sea admitida la presente solicitud según lo expuesto, y previo visado del contrato, le/s sea reconocido las ayudas autonómicas que en su caso correspondan, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la promoción, adquisición y arrendamiento protegido de la vivienda joven en Castilla y León, y demás normativa de desarrollo y concordante, declarando ser ciertos los datos contenidos en la presente solicitud y documentación que se acompaña, comprometiéndose a cumplir con las exigencias establecidas en la normativa de aplicación.
Esta solicitud implica y así lo autoriza/n expresamente el/los firmante/s que el órgano competente de la Administración de la Comunidad de Castilla y León pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información de carácter tributario, la relativa a la Seguridad Social o de cualquier índole que corresponda en cada caso
Con la presentación de esta solicitud se efectúa, y el interesado declara recibir, comunicación sobre información relativa al procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 42.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), los datos suministrados por el interesado quedarán incorporados en un fichero automatizado, el cual será procesado exclusivamente para la finalidad descrita. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección adecuado, según el Real Decreto 994/1999 de 11 de junio, tomándose las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte de terceros que lo puedan utilizar para finalidades distintas para las que han sido solicitados al interesado. El interesado podrá ejercer sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación, en cumplimiento de lo establecido en la LOPD, en cualquier oficina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
..., a ... de ... de ...
(Firma del solicitante)
SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE LA
AYUDA ECONÓMICA A LA ADQUISICIÓN
DE VIVIENDA JOVEN PREVISTA EN EL
DECRETO 99/2005, de 22 de diciembre
Expediente de Calificación
Vivienda Joven de Castilla y León “ VJCL”
... Fecha calificación Provisional
.../.../... Fecha calificación Definitiva
.../.../...
SR. JEFE DEL SERVICIO TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO DE ...
PLAN DIRECTOR DE VIVIENDA Y SUELO DE CASTILLA Y LEON 2002-2009
Registro de entrada
El plazo para resolver y notificar la resolución este procedimiento es de 3 meses.
La no resolución en plazo supone la desestimación (apartado sexto 9º de la Orden de Convocatoria)
Expte.:
ÁMBITO MUNICIPAL: 1 2 3 4 LOCALIDAD ... PROVINCIA... EMPLAZAMIENTO...Piso... Letra...Consejería de Fomento
Servicio Territorial de ……….
M2 ÚTILES PRECIO Vivienda………. Vivienda……… Garaje……… Garaje……… Trastero………. Trastero………. TOTAL……….A-I DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN
A. Documentos de carácter personal
a) Fotocopia compulsada del DNI de la persona/s titular/es de las viviendas y del libro de familia.
b) Según corresponda en su caso, certificado o acreditación documental de alguna de las circunstancias siguientes:
Familia Numerosa: Nº de miembros……… Familia Monoparental con hijos a cargo………... Personas Mayores de 65 años……….……… Personas con Discapacidad………. Víctimas de violencia de género o terrorismo………
c) Compromiso de destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, en las condiciones establecidas en la
legislación vigente, y declaración responsable sobre la obtención o no previamente de financiación por el mismo concepto. (Anexo I-B)
2. Acreditación de ingresos y obligaciones tributarias (Anexo I-A)
Los ingresos se determinarán según la cuantía de la parte general y especial de la base imponible reguladas en los artículos 39, 40 y 51, respectivamente, del Texto Refundido de IRPF, Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, con plazo de presentación vencido a la fecha de adquisición de la vivienda, correspondientes a todos los componentes de la unidad familiar. En caso de haber realizado declaración de IRPF, los datos sobre la misma se solicitarán de oficio por la Consejería de Fomento a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
d) En caso de no estar obligado a la presentación de la misma, según el art. 97 del RDL 3/2004, se presentará
declaración responsable relativa a los artículos citados del Texto Refundido, Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo. (Anexo I-A). Las referencias a la unidad familiar a efectos de ingresos se hacen extensivas a las personas que no estén integradas en ninguna unidad familiar.
La acreditación del cumplimiento, en su caso, de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de conformidad con el Decreto 61/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la acreditación por los beneficiarios de subvenciones, se solicitará de Oficio por la Consejería de Fomento ante los organismos competentes.
3. Documentos relativos a propiedades de viviendas
e) Declaración responsable de no ser titular/res de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra
vivienda de protección oficial ni de una vivienda libre, cuando el valor de ésta, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales exceda del 40 % del precio de la actuación protegida, o del 60% en el supuesto de familias numerosas, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género o de terrorismo.
En el caso de ser propietario de otra vivienda, deberá aportar fotocopia compulsada del título de propiedad, y documentación acreditativa de la valoración de la misma, determinada de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
4. Documentos relativos a la vivienda objeto de financiación cualificada
f) En el supuesto de adquisición de “vivienda joven” (VJCL) en primera transmisión, contrato de opción de compra, de
compra-venta o de adjudicación, con las limitaciones a la facultad de disposición y al precio máximo de venta en posteriores transmisiones así como los derechos de tanteo y retracto regulados en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre.
g) En el caso de adquisición protegida de vivienda joven, sea nueva, libre o vivienda joven en 2ª o posterior transmisión,
contrato de opción de compra, de compraventa o de adjudicación, para su visado por el Servicio Territorial de Fomento. En su caso, se adjuntará asimismo, copia compulsada de la escritura de propiedad del vendedor, o nota simple del Registro de Propiedad si se trata de viviendas libres en segunda o posterior transmisión o, de la licencia de primera ocupación en el caso de la primera transmisión.
5. Acreditación de condición de beneficiario de subvención (anexo I-B)
Acreditación de Condición de Beneficiario de subvención, art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Base tercera de la Orden.
6. Así mismo, el solicitante podrá presentar y la administración solicitar, cualquier otro documento necesario para verificar el cumplimiento de los requisitos exigibles.
7. Se adjunta Anexo I-A: De declaración responsable de ingresos, (en el supuesto de no estar obligado a presentar
Declaración sobre la Renta de las Personas Físicas), y de composición de la unidad familiar.
Anexo I-B: De declaración responsable sobre el destino de la vivienda, sobre obtención o no de ayudas, sobre la titularidad o no de otras viviendas, y sobre acreditación de condición de beneficiario de subvención.
Todos los documentos de los que se presenten fotocopias DEBEN ESTAR ACOMPAÑADOS DEL ORIGINAL PARA SU COMPULSA
ANEXO I-A
D/Dª ________________________________________________________________________________
Con D.N.I./N.I.F.____________________ mayor de edad, con domicilio en _______________________
Calle o Plaza __________________________________________Nº____________Piso______________
A los efectos de solicitar ayudas autonómicas correspondientes a la “Vivienda Joven” reguladas en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre y no teniendo obligación de presentar la declaración del I.R.P.F., de conformidad con lo previsto en el artículo 97, del Texto Refundido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Real Decreto Legislativo 3/2004 de 5 de marzo,
DECLARO RESPONSABLEMENTE (sólo en el caso de no estar obligado a presentar declaración del I.R.P.F.):
Que los ingresos familiares obtenidos durante el año …...,han sido los siguientes*:
PERCEPTOR CONCEPTO IMPORTE (en euros)
TOTAL €
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA COMPOSICIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR Así mismo, DECLARO
Que la Unidad Familiar a la que se hace referencia está integrada por los siguientes miembros**: (Se acompaña libro de familia)
NOMBRE TITULAR/ES Y
COMPOSICIÓN FAMILAR N.I.F.
FECHA DE NACIMIENTO RELACIÓN CON EL SOLICITANTE CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES: Especificar caso***
En caso de algún miembro de la Unidad Familiar con minusvalía, especificar y acreditar dicha circunstancia con el oportuno certificado.
, de de 200__.
(firma del interesado/s )
La declaración responsable del ejercicio, debe corresponderse con el período impositivo inmediatamente anterior (con plazo de presentación vencido) a la fecha de adquisición de vivienda.
*La acreditación de los ingresos declarados, debe hacerse con la aportación documental justificativa de los mismos. ** En el supuesto de familia numerosa deberá justificarse con el título correspondiente.
*** Según los supuestos de circunstancias especiales establecidos en la composición de la unidad familiar del modelo de solicitud, debiendo acompañar el certificado, o documento acreditativo correspondiente.
ANEXO I-B
DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. /Dña. __________________________________________________ con D.N.I.____________________ y D./Dña___________________________________ con D.N.I_______________________________________ mayor de edad, con domicilio en _____________________________________________________________
Calle o Plaza _________________________________Nº _______________ Piso_________________________
A los efectos de solicitar Ayudas Autonómicas a la adquisición de Vivienda Joven reguladas en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre y normativa de desarrollo y concordante, DECLARO RESPONSABLEMENTE (márquese lo que proceda):
x SOBRE DESTINO DE LA VIVIENDA:
Declaro/amos SI F NO F destinar la vivienda objeto de Financiación a residencia habitual y permanente de la Unidad Familiar a la que se hace referencia en la solicitud, de conformidad con la normativa concordante.
x SOBRE SOLICITUD U OBTENCIÓN PREVIA DE AYUDAS FINANCIERAS PARA LA MISMA FINALIDAD: Declaro/amos SI F NO F haber solicitado u obtenido Ayudas Financieras para el mismo concepto: En caso afirmativo indicar
- tipo de ayuda solicitada o recibida: ______________________________________ - importe solicitado o recibido: ___________________________________________ - número de expediente: __________________________________
x SOBRE LA NO TITULARIDAD DE OTRA/S VIVIENDA/S:
Asimismo, declaro/amos, SI F NO F ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de Protección Oficial, ni sobre una vivienda libre.
* En caso afirmativo y ser titular, de alguna otra vivienda deberá aportarse copia compulsada del título de propiedad y documentación acreditativa de la valoración de la misma, determinada de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
x SOBRE LA OBTENCIÓN DE CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIÓN:
De conformidad con lo dispuesto en la Base tercera de la Orden FOM/67/2006, de 25 de enero.
“Declaro responsablemente, no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al objeto de obtener la condición de beneficiario de subvención, sin perjuicio de la oportuna comprobación administrativa.”
D/Dña_________________________________ D/Dña _______________________________________
Decreto 99/2005 – VIVIENDA JOVEN EN CASTILLA y LEÓN – Anexo II
DATOS DE LA VIVIENDA
TIPO DE ACTUACIÓN PROTEGIBLE: VIVIENDA JOVEN DE CASTILLA Y LEÓN “VJCL” EN ALQUILER – Decreto 99/2005
“NC” CON CALIFICACIÓN DE VIVIENDA JOVEN DE LA COMUNIDAD. TIPO DE PROMOCIÓN DE LA QUE PROCEDE:
Promoción para arrendamiento……… EXPTE:……….Fecha Calificación Definitiva………
SITUACIÓN:
Calle o plaza ... Nº/ Bloque ..., Piso ..., Letra ... Municipio ... C.P. ... ARRENDADOR – PROMOTOR:
D./D.ª ...,C.I.F./ N.I.F... en representación de:……….C.I.F.:……….
Fecha del contrato de arrendamiento:………..
DATOS DEL/LOS SOLICITANTE/S (INQUILINOS – ARRENADATARIOS) DATOS PERSONALES
D./D.ª ..., N.I.F..., Fecha nacim. ... D./D.ª ..., N.I.F..., Fecha nacim. ...
con domicilio a efectos de notificación en:
Calle o plaza ..., Nº...,Municipio ..., C.P. ..., Provincia ..., Teléfono ...,
COMPOSICIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR : (Anexo II-A)
Nº de miembros integrantes de la unidad familiar...
Nº de miembros dependientes de la unidad familiar con derecho a deducción . ... Circunstancias Personales / Familiares:
Familia Numerosa:...……….. Familia Monoparental con hijos a cargo……….... Personas Mayores de 65 años……….…..
Personas con discapacidad……….……… Víctimas de la violencia de género o de Terrorismo…………. Edad no superior a 35 años………. DECLARACIÓN RELATIVA A POSESIÓN DE OTRAS VIVIENDAS: (Anexo II-B)
Posee otra vivienda en propiedad: SI Protegida Libre NO
Datos bancarios del beneficiario de la ayuda:
Entidad (4 dígitos) Sucursal(4 dígitos) DC(2 dígitos) Nº cuenta (10 dígitos)
EXPONE/N: Que habiendo celebrado contrato de arrendamiento con fecha…………., para “la vivienda joven” reseñada, según se acredita con la documentación adjunta,
SOLICITA/N: Que le/s sea admitida la presente solicitud según lo expuesto, y le/s sea reconocido las ayudas económicas destinadas a subvencionar alquileres a arrendatarios de viviendas jóvenes de la vivienda a la que se hace referencia previo visado del contrato que en su caso correspondan, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre, por el que se regula la promoción, adquisición y arrendamiento protegido de la vivienda joven en Castilla y León, y demás normativa de desarrollo y concordante, declarando ser ciertos los datos contenidos en la presente solicitud y documentación que se acompaña, comprometiéndose a cumplir con las exigencias establecidas en la normativa de aplicación.
AUTORIZO, a que, en su caso, el importe total de la subvención que pudiera corresponder, pueda satisfacerse directamente al arrendador a cuyo efecto figura cláusula expresa en el contrato de arrendamiento de reducción de la renta a satisfacer, de conformidad con lo establecido en la Base 11ª de las Bases Reguladoras, para la concesión de subvenciones previstas en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre.
Esta solicitud implica y así lo autoriza/n expresamente el/los firmante/s que el órgano competente de la Administración de la Comunidad de Castilla y León pueda obtener directamente y/o por medios telemáticos la información de carácter tributario, la relativa a la Seguridad Social o de cualquier índole que corresponda en cada caso
Con la presentación de esta solicitud se efectúa, y el interesado declara recibir, comunicación sobre información relativa al procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 42.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), los datos suministrados por el interesado quedarán incorporados en un fichero automatizado, el cual será procesado exclusivamente para la finalidad descrita. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección adecuado, según el Real Decreto 994/1999 de 11 de junio, tomándose las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte de terceros que lo puedan utilizar para finalidades distintas para las que han sido solicitados al interesado. El interesado podrá ejercer sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación, en cumplimiento de lo establecido en la LOPD, en cualquier oficina de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
..., a ... de ... de ... (Firma del/los solicitante/s)
SOLICITUD DE ACCESO A LA AYUDA
DESTINADA A SUBVENCIONAR ALQUILERES
A ARRENDATARIOS PREVISTAS EN DEL
DECRETO 99/2005, de 22 de diciembre
SR. JEFE DEL SERVICIO TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO DE ...
PLAN DIRECTOR DE VIVIENDA Y SUELO DE CASTILLA Y LEON 2002-2009
Registro de entrada
El plazo para resolver y notificar la resolución este procedimiento es de 12 meses.
La no resolución en plazo supone la desestimación (apartado sexto 9º de la Orden de Convocatoria)
Expte.:
ÁMBITO MUNICIPAL: 1 2 3 4 LOCALIDAD ... PROVINCIA...Consejería de Fomento
Servicio Territorial de ……….
DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN
1. Fotocopia cotejada del contrato privado de arrendamiento.
2. Fotocopia cotejada del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los arrendatarios, así como del libro de familia del mismo/s y certificado de circunstancias familiares especiales que, en su caso, pudieran existir. (Anexo II-B)
3. Declaración responsable de la Unidad Familiar sobre la titularidad de otras viviendas, la solicitud u obtención de financiación o ayudas para la misma finalidad, de destinar la vivienda a residencia habitual y permanente y la de obtención de condición de beneficiario de subvención. (Anexo II-B)
4. En el caso de no estar obligado/s a presentar declaración del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas, los arrendatarios de la vivienda joven, declaración responsable sobre los ingresos obtenidos en el período impositivo inmediatamente anterior – con plazo de presentación vencido – a fecha del contrato de arrendamiento cuando se trate de primera solicitud de ayudas, ó, a fecha de solicitud de ayudas cuando se trate de prórroga de contrato, según proceda. (Anexo II-A)
No se podrá acceder a las ayudas económicas por arrendamiento de la vivienda joven, si el título de acceso o el contrato de arrendamiento no ha sido previamente visado por el Servicio Territorial correspondiente.
Nota: El abono de la subvención, en su caso, se realizará por el Servicio Territorial de Fomento correspondiente, previa justificación documental de los recibos acreditados del pago del alquiler, salvo en el supuesto de abono de la subvención al arrendador, en los casos previstos en la base undécima de la Orden FOM/67/2006, de 25 de enero.
Todos los documentos de los que se presenten fotocopias DEBEN ESTAR ACOMPAÑADOS DEL ORIGINAL PARA SU COMPULSA
ANEXO II-A
D/Dª ________________________________________________________________________________
Con D.N.I./N.I.F.____________________ mayor de edad, con domicilio en _______________________
Calle o Plaza __________________________________________Nº____________Piso______________
A los efectos de solicitar ayudas autonómicas correspondientes a la “Vivienda Joven” reguladas en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre y no teniendo obligación de presentar la declaración del I.R.P.F., de conformidad con lo previsto en el artículo 97, del Texto Refundido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Real Decreto Legislativo 3/2004 de 5 de marzo,
DECLARO RESPONSABLEMENTE (sólo en el caso de no estar obligado a presentar declaración del I.R.P.F.):Que los ingresos familiares obtenidos durante el año ..., a fecha de solicitud de contrato, ó, a fecha de solicitud de ayudas, según proceda, han sido los siguientes*:
PERCEPTOR CONCEPTO IMPORTE (en euros)
TOTAL €
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA COMPOSICIÓN DE LA UNIDAD FAMILIAR Así mismo, DECLAROQue la Unidad Familiar a la que se hace referencia está integrada por los siguientes miembros**: (Se acompaña libro de familia)
NOMBRE TITULAR/ES Y
COMPOSICIÓN FAMILAR N.I.F.
FECHA DE NACIMIENTO RELACIÓN CON EL SOLICITANTE CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES: Especificar caso***
En caso de algún miembro de la Unidad Familiar con minusvalía, especificar y acreditar dicha circunstancia con el oportuno certificado.
, de de 200__.
(firma del interesado/s )
La declaración responsable del ejercicio, debe corresponderse con el período impositivo inmediatamente anterior (con plazo de presentación vencido) a la fecha de solicitud de contrato de arrendamiento, en el supuesto de la primera solicitud de ayudas, ó, a fecha de solicitud de ayudas, en caso de prórroga de contrato..
*La acreditación de los ingresos declarados, debe hacerse con la aportación documental justificativa de los mismos. ** En el supuesto de familia numerosa deberá justificarse con el título correspondiente.
*** Según los supuestos de circunstancias especiales establecidos en la composición de la unidad familiar del modelo de solicitud, debiendo acompañar el certificado, o documento acreditativo correspondiente.
ANEXO II-B
DECLARACION RESPONSABLE
D. /Dña. __________________________________________________ con D.N.I.____________________ y D./Dña___________________________________ con D.N.I_______________________________________ mayor de edad, con domicilio en _____________________________________________________________
Calle o Plaza _________________________________Nº _______________ Piso_________________________
A los efectos de solicitar Ayudas Autonómicas al arrendamiento de Vivienda Joven reguladas en el Decreto 99/2005, de 22 de diciembre y normativa de desarrollo y concordante, DECLARO RESPONSABLEMENTE (márquese lo que proceda):
x SOBRE DESTINO DE LA VIVIENDA:
Declaro/amos SI F NO F destinar la vivienda objeto de Financiación a residencia habitual y permanente de la Unidad Familiar a la que se hace referencia en la solicitud, de conformidad con la normativa concordante.
x SOBRE SOLICITUD U OBTENCIÓN PREVIA DE AYUDAS FINANCIERAS PARA LA MISMA FINALIDAD: Declaro/amos SI F NO F haber solicitado u obtenido Ayudas Financieras para el mismo concepto: En caso afirmativo indicar
- tipo de ayuda solicitada o recibida: ______________________________________ - importe solicitado o recibido: ___________________________________________ - número de expediente: __________________________________
x SOBRE LA NO TITULARIDAD DE OTRA/S VIVIENDA/S:
Asimismo, declaro/amos, SI F NO F ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de Protección Oficial, ni sobre una vivienda libre.
* En caso afirmativo y ser titular, de alguna otra vivienda deberá aportarse copia compulsada del título de propiedad y documentación acreditativa de la valoración de la misma, determinada de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
x SOBRE LA OBTENCIÓN DE CONDICIÓN DE BENEFICIARIO DE SUBVENCIÓN:
De conformidad con lo dispuesto en la Base tercera de la Orden FOM/67/2006, de 25 de enero.
“Declaro responsablemente, no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al objeto de obtener la condición de beneficiario de subvención, sin perjuicio de la oportuna comprobación administrativa.”
D/Dña_________________________________ D/Dña _______________________________________