® MINEDUCACIÓN TODOS POR UN
NUEVO PAIS
PAZ (QUIDAD tOUCA(ION
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL 24O212017
RADICADO: 2017-EE-032967 Fol: 1 Anex: O Destino: UNIVERSIDAD NACIONAl. DE COLOMBIA
Asunto: NOTUICACIÓN ELECTRÓNICA DE LA RESOLUCIÓN
Señor (a)
IGNACIO MANTiLLA PRADA
Representante LegalUNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
E-mail: [email protected]; [email protected]; secgener©unal.edu.co
Asunto: Notificación electrónica de la resolución n°. 2555 de 23 de FEBRERO de 2017
Cordial Saludo,
Dando cumplimiento a la autorización de notificación electrónica que Usted firmó al momento de radicar su solicitud, me permito notificarte electrónicamente el contenido de la resolución no.
2555 de 23 de FEBRERO de 2017, para la cual, le remito copia en archivo adjunto de la resolución antes mencionada, de acuerdo con lo contemplado en el artIculo 56 de la Ley 1437 de 2011, que establece:
Artícuio 56. Notificación electrónica. Las autoridades podrán notificar sus actos a través de medios electrónicos, siempre que el administrado haya aceptado este medio de notificación.
Sin embargo, durante el desarrollo de la actuación el interesado podrá solicitar a la autoridad que las notificaciones sucesivas no se realicen por medios electrónicos, sino de conformidad con los otros medios previstos en el Capítulo Quinto de/ presente Título.
La notificación quedará surtida a partir de la fecha y hora en que el administrado acceda al acto administrativo, fecha y hora que deberá certificar a la administración", por lo cual, esta notificación tiene plena validez.
IMPORTANTE: No debe desplazarse hasta nuestra entidad. Es suficiente esta notificación electrónica.
Atentamente,
1,17.41
DORA INÉS bJEÉWRÓNCANCIO
Asesora Secretaria GeneralUnidad de Atención al Ciudadano
Revó: D*da p~r& Dptottes
Calle 43 No. 57. 14 Centro Admlnlstratwo Nacional, CAN, Bogotá, D.C.
PBX: .57(1) 222 2800. Fax 222 4953
www.mlneducaclon.gov.co [email protected]
Bogotá, D.C.
REPÚBLICA DE COLOMBIA
1 ' ' T I,
-- 7YMINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL RESOLUCIÓN NÚMERO
02555 23 FEB 2017
Por medio de la cual se otorga la Acreditación de Alta Calidad al programa de Doctorado en Ingeniería -
Sistemas e Informática de la Universidad Nacional de Colombia, ofrecido bajo la metodología presencial en la ciudad de Medellín - Antioquia.
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL,
En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en la Ley 30 de 1992, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto 1841 del 15 de noviembre de 2016, y,
CONSIDERANDO:
Que la acreditación de alta calidad es el acto por el cual el Estado adopta y hace público el reconocimiento que los pares académicos hacen de la comprobación que efectúa una institución sobre la calidad de sus programas académicos, su organización, funcionamiento y el cumplimiento de su función social, constituyéndose en instrumento para el mejoramiento de la calidad de la educación superior.
Que en aplicación del artIculo 6 del Decreto Ley 1210 de 1993, la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA con domicilio en la ciudad de MEDELLÍN - ANTIOQUIA, solicitó al Consejo Nacional de Acreditación - CNA, mediante radicado del día 26 de noviembre de 2015, la Acreditación de Alta Calidad de su programa de DOCTORADO EN INGENIERÍA - SISTEMAS E INFORMÁTICA (Cód. SNIES 51669).
Que el Consejo Nacional de Acreditación - CNA, en sesión de los días 12 y 13 de diciembre de 2016, emitió concepto favorable, recomendando la Acreditación de Alta Calidad, válida por seis (6) años contados a partir de la fecha de ejecutona del acto de acreditación, al programa de DOCTORADO EN INGENIERÍA - SISTEMAS E INFORMÁTICA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA con domicilio en la ciudad de MEDELLÍN - ANTIOQUIA., siempre y cuando se mantengan las condiciones de alta calidad y no sobrevengan situaciones de hecho que afecten la calidad o el servicio público de educación durante la vigencia del presente acto administrativo, previas las siguientes consideraciones:
"Se ha demostrado que el
Programa
de DOCTORADO EN INGENIERÍA - SISTEMAS E INFORMÁTICA, de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, con domicilio en la ciudad de MEDELLÍN, ha logrado niveles de calidad suficientes para que, de acuerdo con las normas que rigen la materia, sea reconocido públicamente este hecho a través de un acto formal de acreditación.Para este Consejo se han hecho evidentes diversos aspectos positivos, entre los que cabe destacar los siguientes:
• Los procesos de mejora continua que lleva a cabo la Institución, evidenciándose en la acreditación Institucional obtenida en el año 2010 y de! Programa el cual so/icita al CNA su acreditación.
• El compromiso institucional por la formación doctoral, que implica el fortalecimiento de capacidades para el desarrollo de la investigación de alto nivel como soporte de! Programa Académico.
• Los profesores de tiempo completo que atienden el Programa, su compromiso y su nivel de formación; la planta profesoral esté representada en 18 docentes con exclusividad a la Institución. El Programa lo cursan 66 estudiantes.
• Los grupos de investigación que dan soporte al Programa /10) de los cuales dos son categoría Al (Ciencias de la Decisión y Grupo de Sistemas Energéticos), cinco A (GIDIA, Inteligencia Artificial en Educación, Lenguajes Computacionales, GUIAME, SINTEL WEB), uno en B (Big Data y Data Analyyics), uno en C (Ingeniería de Software) y uno en D (UNGIDO), resultado de la categorización 2015 de COLCIENCIAS.
• La productividad compartida entre docentes y estudiantes del Programa, entre e! año 2010 y 2015 se evidencian 462 productos entre artículos nacionales e internacionales, libros, capítulos de libro y software.
• Las estrategias de acompañamiento que ha implementado la Institución para disminuir la deserción del Programa Académico.
It!
02555
REsoLuaóN NÚMERO HOJA No, 2
Los convenios con instituciones nacionales e internacionales que le permiten a la Institución y el Programa ejercicios de movilidad, visibilidad y capacitación permanente: se evidencian, en el año 2015, siete pasantías, seis presentaciones orales y 175 movilidades internacionales entre profesores y estudiantes.
El impacto el Programa IÚe'.e manifiesta en el ejercicio de los egresados vinculados a instituciones regionales y nacionales.
• La infraestructura física dispuesta en el campus permite un buen desarrollo de las actividades académicas de¡ Programa.
Con base en las condiciones institucionales y de/ Programa que garantizan la sostenibilidad de las anteriores fortalezas, los suscntos consejeros conceptuamos que el Programa de DOCTORADO EN INGENIERÍA - SISTEMAS E INFORMÁTICA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA con domicilio en la ciudad de MEDELLIN, debe recibir la ACREDITACIÓN DE ALTA CALIDAD VÁLIDA POR SEIS (6) ANOS, contados a partir de la fecha de ejecutona de/ acto de acreditación.
Por otra parte, para garantizar un mejoramiento continuo en condiciones de calidad de/ Programa, el Consejo Nacional de Acreditación CNA recomienda los siguientes aspectos:
• Seguir fortaleciendo los grupos de investigación que tienen aún un desarrollo incipiente, el Programa reporta 11 grupos de los cuales siete tienen altos estándares de desempeño, se obsetva un rezago en los cuatro restantes.
• Fortalecer el esquema de formación pedagógica incentivando que todos los profesores pueden mejorar su calidad didáctica.
• Formular y formalizar el Proyecto Educativo de/ Programa, el cual no fue evidenciado por los pares académicos.
• incrementar los mecanismos de flexibilidad académica fuera de/ departamento académico de tal forma que se fomente la interriisciplinariedad en los proyectos de tesis.
• Promover el desarrollo de los medios educativos, mejorar los laboratorios existentes y crear los nuevos laboratorios especializados de acuerdo a las líneas de investigación de/ doctorado.
• Aumentar los vínculos con el sector empresarial que permita potenciar la relación docencia e investigación con aportes significativos a las necesidades reales de/ medio, de la misma forma incentivar la innovación.
• Mejorar los mecanismos de comunicación con los egresados de/ Programa, aprovechando su sentido de pertenencia y visión externa."
Que por lo anterior, este Despacho acoge el concepto académico emitido por el Consejo Nacional de Acreditación - CNA y en consecuencia, en los términos de la Ley 30 de 1992 y el Decreto 1075 de 2015, considera procedente otorgar la Acreditación de Alta Calidad por un periodo de seis (6) años, al programa de Doctorado en Ingeniería - Sistemas e Informática de la Universidad Nacional de Colombia, ofrecido bajo la metodología presencial en la ciudad de Medellín - Antioquía.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- Otorgar por el término de seis (6) años la Acreditación de Alta Calidad al siguiente programa:
Institución: Universidad Nacional de Colombia
Programa: Doctorado en Ingeniería - Sistemas e Informática Titulo a otorgar: Doctor en Ingenierla - Sistemas e Informática Lugar de desarrollo: Medellín - Antioquía
Metodología: Presencial
PARÁGRAFO.- Cualquier modificación en las condiciones que dieron origen a la acreditación de alta calidad de¡ programa identificado, dará lugar a que el Ministerio de Educación Nacional, previo concepto de¡ Consejo Nacional de Acreditación - CNA, revoque la acreditación que mediante este acto se reconoce.
02555
RESOWCIÓN NÚMERO HOJA No, 3
ARTÍCULO SEGUNDO.- La acreditación de alta calidad que mediante este acto se autoriza, deberá registrarse en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior - SNIES.
ARTICULO TERCERO.- El programa descrito en el artículo primero de esta resolución, podrá ser objeto de visita de inspección y vigilancia, y en caso de encontrarse que no mantiene las condiciones de acreditación de alta calidad requeridas para su desarrollo, o se evidencie el incumplimiento de las mismas o que se impida el normal funcionamiento de la Institución de Educación Superior, el presente acto administrativo perderá sus efectos jurídicos, una vez se encuentre ejecutoriada la resolución que en reconocimiento de tal situación expida el Ministerio de Educación Nacional en ejercicio de la función de inspección y vigilancia atribuida a esta, si a ello diere lugar.
ARTÍCULO CUARTO.- Notificar la presente resolución, por conducto de la Secretaría General de este Ministerio, al representante legal de la Universidad Nacional de Colombia con domicilio en la ciudad de Medellín
- Antioquia, a su apoderado, o a la persona debidamente autorizada para notificarse, acorde con lo dispuesto en los artículos 67 a 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO QUINTO.- Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación, en atención a lo dispuesto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO.- De conformidad con lo previsto en los artículos 87 y 89 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
ARTICULO SÉPTIMO.- En firme la presente resolución, compulsar copia a la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad para la Educación Superior de este Ministerio, junto con el respectivo expediente administrativo, y al Consejo Nacional de Acreditación para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá O. C., a los
2 3 FEB 2017
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN NACIONAL
Proyectó: Hernando A. Cadena Gómez - Profesional Especializado - Subdlrecclón de Aseguramiento de la Calidad para la Educación Superior
Aprobaron: Kelly lohanna Sterllng plazas Subdirectora de Aseguramiento de la Calidad la Educación Superio Jj Adtiana Colmenares M. - Directora de Calidad para la Educación Superior
T
T Jairo Eduartio Cristancho - Contratista Viceministerlo de Educación Superior Natalia Ruiz Rodgers - Vkeminlstra de Educación Superior kLiliana Maria Zapata Bustamante - Asesora Despacho Ministra de Educación Nac nal Código SNIES: 51669 (Cód. Proceso 37075)
(C NTA
w fuBogotá,
\ Die 2016
Doctora
YANETH GIHA TOVAR
Ministra de Educación Nacional E.S.D.
27.. 2
*02555
Señora Ministra,
La UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA con ccmiciIio en la ciudad de Medellin, radicó ante el CONSEJO NACIONAL DE ACREDlTACIÓN (C'9A), el dla 26 de noviembre de 2015, la solicitud de acreditación de alta calidad de st. :prog'arra de DOCTORADO EN INGENIERÍA -
SiSTEMAS E INFORMATICA (Cód. SNIES 5' 669). CmpIidas debidamente en este caso las etapas previstas en las normas vigentes para el proceso de acreditación, los miembros de este Consejo tenemos el gusto de enviarle el concepto al que hacen referencia el Decreto 2904 de 1994, el Acuerdo 06 de 1995 de¡ Consejo Nacional de Educación Superior y los Uneamientos para la Acreditación, publicados por el CNA, con base en los cuales, Usted ha de expedir el acto de acreditación correspondiente.
Las determinaciones finales de¡ Consejo se basaron en un análisis detallado del informe sobre la autoevaluación realizada por la Institución, de¡ informe sobre la evaluación externa que realizó un equipo de reconocidos pares académicos y ce la respuesta que a éste último informe dio la Institución. Como resultado de ese aiálisi, el Consejo adoptó por consenso en su sesión de los dlas 12 y 13 de diciembre de 2316, el siguiente concepto:
Se ha demostrado que el programa de DCCTORADO EN INGENIERÍA - SISTEMAS E INFORMÁTICA de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, con domicilio en la ciudad de Medellln, ha logrado niveles de calidad suf cientes para que, de acuerdo con las normas que rigen la materia, sea reconocido püblicamente este hecho a través de un acto formal de acreditación.
Para este Consejo se han hecho evidentes diversos aspectos positivos, entre los que cabe destacar los siguientes:
Los procesos de mejora continua que lleva a cabo la Institución, evidenciándose en la acreditación institucional obtenida en el año 2010 y del Programa el cual solicita al CNA su acreditación.
El compromiso institucional por la formación doctoral, que implica el fortalecimiento de capacidades para el desarrollo de la investigación de alto nivel como soporte de¡ Programa Académico.
Consejo Nacional de Acreditación
C..Ik &t ó -44 Piso r, T&s5" -t-4a ,oeo, 342 'Iokfx1 .I-34u2
Dog. CuIo,uih, Sud.i.,tér4,,. C.ruo ekcIT6ncu Pgn c.tr6nc.,: www.cn.gov.cu
Pgna 1 de 4
(CW
W4M. fl• Los profesores de tiempo completo que atienden al Programa, su compromiso y su nivel de formación; la planta profesoral esta representada en 18 docentes con exclusividad a la Institución. El Programa lo cursan 66 estudiantes.
• Los grupos de investigación que dan soporte al Pr3grama (10) de los cuales dos son categoria Al (Ciencias de la Decisión y Grupo de Sistemas Energéticos), cinco A (GIDIA, Inteligencia Artificial en Educación, Lenguajes Compitacionales, GUIAME, SINTELWEB), uno en B (Big Data y Data Analytics), uno en C lngenierfa de Software) y uno en O (UNGIDO), resultado de la categorización 2015 de CO..CIENCIAS.
• La productividad compartida entre docemes y estudiantes del Programa, entre el año 2010 y 2015 se evidencian 462 productos entre artículos nacionales e internacionales, libros, capítulos de libro y software.
• Las estrategias de acompañamiento que ha implementado la Institución para disminuir la deserción del Programa Académico.
• Los convenios con instituciones nacionalas e internacionales que le permiten a la Institución y el Programa ejercicios de movilidad, visibilidad y capacitación permanente; se evidencian.
en el año 2015, siete pasantlas, seis presenlaciones orales y 175 movilidades internacionales entre profesores y estudiantes.
• El impacto del Programa que se manifiesta en el ejarcicio de los egresados vinculados a instituciones regionales y nacionales.
• La infraestructura física dispuesta en el campus permite un buen desarrollo de las actividades académicas del Programa.
Con base en las condiciones institucionales y del Prograiia que garantizan la sostenibilidad de las anteriores fortalezas, los suscritos consejeros conceptuamos que el programa de DOCTORADO EN INGENIERIA - SISTEMAS E IWFORMÁT1CA de la UNiVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA, con domicilio en la ciedad de MEDELLIN, debe recibir la ACREDiTACIÓN DE ALTA CALIDAD VÁLIDA POR SES (6) AÑOS, contados a partir de la fecha de expedición del acto de acreditación.
Por otra parte, para garantizar un mejoramiento con:iriuo en condiciones de calidad del programa, el Consejo Nacional de Acreditacin CNA reconienda los siguientes aspectos:
• Seguir fortaleciendo los grupos de investigación que tienen aún un desarrollo incipiente, el Programa reporta 11 grupos de los cuales siete tienen altos estándares de desempeño, se observa un rezago en los cuatro restantes.
• Fortalecer el esquema de formación pedagógca ircentivando que todos los profesores puedan mejorar su calidad didáctica.
Consejo Nacional de Acreditación
Calle t No 6 .-i8 Pao t. TcI..' —t.4i 42 Tekfa': .i-4tIo2
& Colombta. SqAdanyérie.L Correo crnk cn4Dcna40v.co Lkgnd Etoetr4nia www.co.gov.o
Pgno 2 de 4
.4
(C TNA
un Lfl4 t*—
• Formular y formalizar el Proyecto Educativo del Programa, el cual no fue evidenciado por los pares académicos.
• Incrementar los mecanismos de flexibilidad académica fuera del departamento académico de tal forma que se fomente la interdisciplinasiedad en los proyectos de tesis.
• Promover el desarrollo de los medios educaIvos, mejorar los laboratorios existentes y crear nuevos laboratorios especializados de acuerdo a las lineas de investigación del doctorado.
• Aumentar los vincutos con el sector empresarial que permita potenciar la relación docencia e investigación con aportes significativos a las necesidades reales del medio, de la misma forma incentivar la innovación.
• Mejorar los mecanismos de comunicación con los egresados del Programa, aprovechando su sentido de pertinencia y visión externa.
Como se dispone en las normas, el acto de acreditación debe hacerse público y debe consignarse dentro del Sistema Nacional de Informaciói de la Educación Superior. En nuestra opinión, el contenido del presente concepto debe ser también de conocimiento público.
Los suscritos queremos dejar constancia de la valiosa colaboración del grupo de pares académicos que contribuyó a la evaluación de este prog -ama.
De la Señora Ministra, con toda consideración,
IONIERS GUERRERO ERAZO
ÁLV% / RÉS
OUANAFERNP?4NCÓN
RAZONA
Consejo Nacíónat de AcreditacLón
C
ia
llo ko ?o. b -468 P.o v. Téis4,tn -;- .jt Fckfdx: 57-I-34uuzBogec.. Colon,hi.., Stzd.,mri,. Corc) tMnCQ Pijn E10tr6nic.
PAglna3d4