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Epistemología del ejercicio periodístico

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Academic year: 2022

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(1)

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA INFORMACIÓN

TESIS DOCTORAL

MEMORIA PARA OPTAR AL GRADO DE DOCTOR PRESENTADA POR

Enrique de Aguinaga López

DIRECTOR:

José Luis Martínez Albertos

Madrid, 2015

© Enrique de Aguinaga López, 1982

Epistemología del ejercicio periodístico

(2)

)AD COMP UNIV

0186180

Enrique de Aguinaga f-opez

EPIS T E M O LOGIA DEL E J E R C I C I O PERIODISTICO T O M O I

Departamento de Redaccion Periodxstica Facultad de Ciencxas de la Informacion

Universidad Complutense de Madrid 1984

(3)

Coleccl6n Tesis Doctorales. NS 85/84

E n r ique de Agulnaga Lopez

E d ita e imprime la Editorial de la U n i v e r s i d a d C o m p l u t e n s e de Madrid. Serv i c i o de R e p r o g r a f f a Noviciado, 3 M a d r i d-8

Madrid, I984 Xerox 9200 XB 48O

D e p6sito Legal: M-I539O-I984

X - rS- O i O - O

(4)

ENRIQUE DE AGUINAGA LOPEZ

EPISTEMOLOGIA DEL EJERCICIO PERIODISTICO Los estudlos de Perlodismo y su proyecciôn profeslonal

Tome I

Director:

JOSE LUIS MARTINEZ ALBERTOS Catedrâtico

Jefe del Depeortamento de Redacoiôn Periodistica

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID Facultad de Ciencias de la Informaciôn Departamento de Redacciôn Periodlstica 1982

(5)
(6)

- Ill -

A Manolls Martinez Romero (I), a José Marla Aguinaga Martinez (2), a los estudiantes de Glen cias de la Informaciôn y a cuan tos hacen del Periodismo una - verdadera profesiôn.

(1) V Promociôn de la Escuela Oficial de Periodismo, 1947 (2) XXV Promociôn de la Escuela Oficial de Periodismo, 1974

(7)

- I V -

"E1 Periodismo, no hay m&s remedio que reconocerlo, es todavla una profesiôn subdesarrollada, y en consecuencla se considéra al periodista, como ocurrla hace un siglo con los cirujanos, al - misroo nlvel que los barberos” .

WALTER LIPPMANN

"'Antes de que termine el présente si­

glo, las Escuelas de Periodismo serân unas de las Instituciones de la Ense- fianza superior, como las Facultades - de Derecho o de Medicina” .

JOSEPH PULITZER

"Es necesario insistir cada vez mâs - en la profesionalizaciôn de los dis—

tintos sectores de la vida naoional La profesionalidad es lo importante".

JUAN CARLOS I

(8)

— V

INDICE

(9)

- VI

0. PRESENTACION... X

1. PROFESION Y SOCIEDAD... 1

1.1. Concepto general de profesiôn... 3

1.1.1. Notas... 12

1.2. Prof esionalidad... 13

1.2.1. Notas... 19

1.3. Profesiones tituladas... 20

1.3.1. Notas... 27

1.4. Profesiones libérales. ... 28

1.4.1. Notas... 34

1.5. Prof esiones cientlficas... 35

1.5.1.... Notas... 40

1.6. Profesionalizaciôn... 41

1.6.1.... Notas... 46

1.7. Univepsidad y profesiôn. ... 47

1.7.1.... Notas... 56

1.8. El titulo, aspiraciôn y garantla... 58

1.8.1.... Notas... 65

1.9. Colegiaciôn profesional... 66

1.9.1.... Notas... 76

2. ESTUDIOS DE PERIODISMO... 78

2.1. Antecedent es universitarios... 8o 2.1.1. Notas... 87

2.2. Iniciativa profesional... 88

2.2.1. Notas... 96

2.3. Polômica del siglo X X ... 97

2.3.1. Notas... 112

2.4. Escuela de "El Debate"...114

2.4.1. Notas... 134

(10)

- VII -

2.5. Escuela Oficial de Periodismo... 136

2.5.1. Très etapas... 150

2.5.2. Notas...164

2.6. Escuelas reconocidas... 170

2.6.1. Notas... 178

2.7. Facultad de Ciencias de la Informaciôn... 180

2.7.1. Titulaciôn uni ver sit aria... 197

2.7.2. Notas... 204

2.8. Estudios de Periodismo en Europa... 209

2.8.1. Notas... 218

2.9. Estudios de Periodismo en Araêrica... 220

2.9.1. Notas... 227

3. PROFESION Y PERIODISMO... 229

3.1. Periodismo como actividad...231

3.1.1. Notas... 241

3.2. Periodismo como profesiôn...243

3.2.1. Notas... 262

3.3. Acceso a la profesiôn... 266

3.3.1. Notas... 287

3.4. F5?ofesiôn periodlstica en EspaRa... 290

3.4.1. Notas... 301

3.5. Registro Oficial de Periodistas... 304

3.5.1. Notas... 323

3.6. Asociaciones profesionales... 326

3.6.1. Notas... 340

3.7. Colegiaciôn periodlstica... 341

3.7.1. Notas... 352

3.8. Profesiôn periodlstica en ETuropa... 354

3.8.1. Notas... 378

3.9. Profesiôn periodlstica en Amôrica... 380

3.9.1. Notas... 388

(11)

- VIII -

4. EJERCICIO PERIODISTICO... 390

4.1. Materia periodlstica... 392

4.1.1. Notas... 399

4.2. Colaboraciôn periodlstica... 400

4.2.1. Clasificaciôn... 412

4.2.2. Legislaciôn... 423

4.2.3. Notas...436

4.3. Reporterismo grâfico... 441

4.3.1. Proceso legal... 448

4.3.2. Propiedad intelectual... 460

4.3.3. Notas... 464

4.4. Periodista en activo... .469

4.4.1. Notas...485

4.5. Definiciôn objetiva... 487

4.5.1. Notas... 498

4.6. Consejo Nacional de Prensa... 499

4.6.1. Notas... 508

4.7. Definiciôn sintética. ... .509

4.7.1. Notas... 521

4.8. Definiciôn analltica... 523

4.8.1. Notas... 538

4.9. Propuesta estatutaria... 539

4.9.1. Notas... 545

5. PERIODISMO N E O T E R I C O... 546

5.1. Libert ad de expresiôn y prof esionalidad... 549

5.1.1. Notas... 573

5.2. Constituciones europeas... 577

5.2.1. Notas... 599

5.3. Constituciones americanas... 801

5.3.1. Notas...612

(12)

- IX -

5.4. Constltuciôn espafiola. ... ..613

5.4.1. Notas... 622

5.5. Perspectlvas légales... 623

5.5.1. Notas... 639

5.6. Periodismo como periodificaciôn... 643

5.6.1. Notas... 658

5 .7 . Periodismo como creaciôn... .660

5.7.1... Notas...669

5.8. Publicismo, reporterismo y periodismo... ...670

5.8.1... Notas...682

5.9. Graduaciôn de los requisites... 683

5 .9 .1 ... Notas...692

6. CONCLU SIONE S ...693

7. BIBLIOGRAFIA... 698

(13)

— X

PRESENTACION

(14)

- XI -

El de 1982-1983 serâ mi trigésimo curso como profesor de - Pe r i o d 'smo. Pongo aqui el dato no para hacer alarde personal al- guno, sino pëira subray ecr sencil lamente el principal fund amen to - de estas pâginas: la perseverante dedicaciôn a la docencia perio dlstica.

En las aulas de la Escuela Oficial de Periodismo, de la E^

cuela de Periodismo de la Iglesia o de la Facultad de Ciencias - de la Informaciôn y en otras aulas ocasionales, como las de Uni­

versidad "Menôndez Pelayo", el Institute de Estudios de Adminis- traciôn Local o la Universidad de Navarra, con los alumnos por - testigos, he ido elaborando y depurando las ideas que aquî se — proponen.

Con el titulo de "Epistemologla del ejercicio periodlstico, Los estudios de Periodismo y su proyecciôn profesional", esta te sis tan largamente elaborada se ha propuesto, fiel a su enuncia- do, una investigaciôn del ejercicio periodlstico en funciôn de - las enseRanzas de Periodismo, como consecuencia cientlfica, por encima de lo que amp1lamente podrla denominarse Periodismo roraân tico, de filiaciôn literaria, que ya se llama, por superaciôn, -

(15)

- XII -

Periodismo decimonônico.

Este trabajo ha tenido un primer apunte; la memoria de li- cenciatura "Definiciôn objetiva del ejercicio profesional del Pe riodismo", aprobada en la Facultad de Ciencias de la Informaciôn de la Universidad Complutense el 20 de febrero de 1980 y publica da con el titulo de "Periodismo, profesiôn" (Madrid, Editorial - Fragua, 198o). Renuevo aqui mi gratitud a José Maria Dosantes, - que dirigiô aquella memoria, y a la Secretarla de Estado para la Informaciôn, que patrocinô su ediciôn.

El anâlisis ahora propuesto desarrolla y amplia aquella — primera investigaciôn ya que se refiere tanto a la evoluciôn que el ejercicio periodlstico ha registrado hasta la fecha como a la que razonablemente debe registrar como consecuencia de la refie—

xiva interpretaciôn de los derechos fundamentales y de las l i b ^ tades pûblicas de naturaleza constitucional, âmbito al que esta investigaciôn se ciRe y atiende como novedad preferente.

Quede bien claro, pues, que se trata de un anâlisis del — ejercicio periodlstico para nuestra sociedad con sus caracterls- ticas y sus posibilidades. En este sentido, el trabajo se organi za en dos pianos: el del âmbito de las realidades sociales, jurl

(16)

- XIII -

dicas, laborales y administrâtivas del ejercicio periodlstico ha^

ta la Constituciôn de 1978 y, sobre tal estado de la cuestiôn, el del âmbito de làs perspectivas del tal ejercicio a partir de las nuevas realidades.

La primera hipôtesis de trabajo es la posibilidad de défi­

nir el ejercicio profesional del Periodismo, tanto para los su—

puestos actuales como para los supuestos futures, tanto en las - estructuras légales précédantes como en las estructuras légales venideras.

La segunda hipôtesis de trabajo es la necesidad del plan—

teamiento de un nuevo Periodismo, de un Periodismo neotêrico con nuevas definiciones y exigencies, como consecuencia de la evolu­

ciôn de los supuestos sociales, de los avances cientificos y de las consiguientes dotaciones intelectuales de las enseflanzas.

i. 3 investigaciôn de aquella definiciôn del ejercicio perio dlstico y la investigaciôn de los perfiles del Periodismo neotê­

rico son, por lo tanto, los objetivos de este trabajo que aporta al intento una revisiôn histôrica y un amplio repertorio documen tal.

(17)

- XIV -

Para favoreoer la comprensiôn de la doble investigaciôn, se ha utilizado un método progresivo. Asl, partiendo del concepto so cial de profesiôn y del panorama de los estudios de Periodismo, - se llega, en primer têrmino, a la determinaciôn de la profesiôn - periodlstica generada por aquellos estudios. Ya en esta platafor- ma, se propone el anâlisis de los actos propios de la profesiôn - periodlstica o ejercicio profesional del Periodismo con especial r eferenda, por via de depuraciôn, a las formas de colaboraciôn - o auxiliarla que suelen confundirse con el sustantivo ejercicio - periodlstico. Y todo ello, como planteamiento bâsico y actual pa­

ra el desarrollo de la hipôtesis del Periodismo neotêrico.

La fuente principal de este trabajo es, sin hipêrbole, mi - propia vida dedicada al Periodismo en su doble dimensiôn de ejer- cicio profesional y docencia. Tanto en la experiencia como en el anâlisis se han depurado las ideas apoyadas, aparté las tradicio- nales fuentes bibliogrâficas, en un anç»lio sistema de relaciones directas, en mi propio archivo y biblioteca, producto de muchos - aRos de cuidado, y particularmente en un largo escrutinio hemero- grâfico.

De taies antecedentes se deduce que mi gratitud tiene que - ser, por fuerza, rauy ea^tensa, porque en el largo recorrido ha ha-

(18)

- XV -

bldo ocasiôn para recibir muchas ayudas.

Mi gratitud primera, a mi mujer y a mi hijo, a quienes ex- presâmente he dedicado este trabajo y en quienes represento todo el seno familiar que lo ha consentldo y aientado. Mi gratitud, - a la gran famllia de los alumnos de mis cuarenta y cuatro cursos (los ventidos cursos de la Escuela Oficial de Periodismo, de - - 1953 a 1975; los once de la Escuela de Periodismo de la Iglesia, de 1962 a 197 3; y los once de la Facultad de Ciencias de la In—

formaciôn, de 1971 hasta el présente) que en gran parte han pro- vocado estas reflexiones y en ellas han participado. Mi gratitud, a mi profesores y a mis compaReros de Periodismo. De todos he — aprendido y a todos honro en la memoria de un ausente, Ismael — H errai z (1913-1969), que derramô su enorrne talento periodlstico.

Mi gratitud, a la Universidad Complutense, a mis conpaRe—

ros de Facultad y particularmente a quienes han estado mâs pre—

sentes en la culminaciôn de este trabajo, que por delicadeza nom braré sencillamente sin calificaciôn alguna: Angel Vian, Angel - Benito, José Luis Martinez Albertos y Antonio Lopez de Zuazo.

Mi gratitud, en fin, a quienes mâs directamente me h an asis, tido y soportado en la intensa realizaciôn material del proyecto:

(19)

- XVI -

Raquel Sierra, con su fiel eficacia, personificaciôn de la Es eue la de la calle de Zurbano, que tantos periodistas recuerdan; y - Maria Luz Rivera, Teresa Lopez y Sagrario Paez, con su amistosa y compétente laboriosidad.

Mi gratitud, juntamente, a todos porque de un modo u otro me han ayudado a servir dos afectos profundos; Periodismo y Uni­

versidad (l).

Madrid, quince de agosto de mil novecientos ochenta y dos.

(l) Enrique de AGUINAGA, Universidad y Periodismo. en "HAZ", 15 de febrero de 1953.

(20)

1

1. PROFESION Y SOCIEDAD

(21)

- 2 -

1. PROFESION Y SOCIEDAD

En esta parte y como cuestiôn previa, se considéra el ccncep- to de profesiôn en cuanto especificiôn de una idea general. Asl, partiendo del concepto bâsico de profesiôn como modo de existencia, se perfila el concepto especifico de profesiôn en la sociedad moder na, concepto que se asienta fundamentalmente en el carâcter, çrado y finalidad de las enseflanzas que se establecen como necesarias ra el ejercicio de cada profesiôn definida de este modo. Evidente—

mente, se trata de analizar las bases de la profesionalidad para verificcLT en su moment o si el ejercicio profesional del Periodismo debe regirse o no regirse por los requisitos y normas comunes a to das las demâs profesiones.

(22)

- 3 -

1.1. CONCEPTO GENERAL DE PROFESION

No séria conveniente, en este princlpio, separar las dô§ Ideas matrices de la profesiôn: la idea de la inclinaciôn voluntaria hacia el ejercicio de una creencia o convieciôn y, por otra parte, la idea del ejercicio continuado de un trabajo u ocupaciôn. No conviene ciertamente porque en la indole del ejercicio profesional socialmen te considerado actua de modo eminente el factor de la vocaciôn que se alimenta en la primera de las dos ideas propuestas.

Con esta advertencia previa, la naturaleza del présente tra­

bajo conduce inmediatamente a considerar la profesiôn, desde el pun to de vista social, al pie de la definiciôn del Diccionario de la Lengua EspaRola, como empleo, facultad u oficiô que cada uno tiene y ejerce publicamente.

En el concepto general, aparece asi la profesiôn como un modo de cuinplir el dêbito social del trabajo en la forma tipica del em­

pleo en cuanto modo de actividad opuesto al significado antisocial de la inoperancia. Ahora bien; incluso en esta delimitaciôn del con cepto de profesiôn se entremezclan varias acepciones que, conside—

radas aisladamente, pueden llegar a aparecer como opuestas y que por esc estan necesitadas de los siguientes esclarecimientos.

(23)

- 4 -

El sentido de la profesiôn como obligaciôn contraida estable;

ce en primer término la doble condiciôn de deber y derecho; cumpll miento de un trabajo y digna retribuciôn. Una y otra condiciôn di^

tinguen basicamente la profesiôn de la aficiôn o, segûn la expresiôn popular la obligaciôn de la devociôn.

Dentro del repertorio de las ocupaciones posibles, el ejerci cio de una profesiôn se contrapone a la prâctica de un déporté en cuanto que, segûn la clasificaciôn de José Ortéga y Gasset (l) las ocupaciones trabajosas se contraponen a las ocupaciones felicita- rias :

"He ahx a los humanos colocados frente a dos repertorios opuestos de ocupaciones: las trabajosas y las felicitarias.Es conmovedor y de gran melancolxa ver cômo en cada individuo comba ten ambos. Los trabajos nos quitan el tiempo para ser fe lices, y las delicias mordisquean cuanto pueden el tiempo re clamado por el trabajo. Tan pronto como el hombre descubre un resquicio o rendija en la marafia de sus trabajos escapa por ellos al ejercicio de actividades venturosas". (2)

De aquel modo, las ocupaciones trabajosas en cuyo âmbito se instala la profesiôn, serxan las ocupaciones propiamente dichas que el mismo Ortega diagnostica como penosas en cuanto que vienen im- puestas por la necesidad y no por el placer, hasta el punto de que

habitualmente se 11aman "trabajos", palabra que significô primero un atroz tormento (trepalitum):

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- 5 -

"Con reflexiones secundarias que intentan ennoblecer a nuestros ojos el trabajo y construirle una especie de leyen- da hagiogrâfioa procuramos animeirnos; pero el fondo insobor- nable que actûa siempre en nuestro interior no abandona jamas la protesta y confirma la terrible maldiciôn del Gênesis. De aqui el mal sentido que con frecuencia insuflamos en el voca blo "ocupaciôn". Cuando alguien nos dice que "estâ muy ocupa- do", suele darnos a entender que tiene en suspense su verda­

dera vida, como si realidades extranjeras hubiesen invadido sus ânibitos y la hubiesen desalojado. Hasta tal punto es asi, que quien trabaja lo hace con la esperanza, mâs o menos tenue, de ganar con ello un dia la liberaciôn de su vida, de poder en su hora dejsir de trabajar y... comenzcir de verdad a vivir"

(3).

La simple observaciôn de la naturaleza social nos demuestra que no cabe detenerse en esta simplificaciôn, necesitada de correc- ciones évidentes. La primera referida al sentido negative del traba jo o de la ocupaciôn considerados como reverso de lo libre y placen tero. Asi en nuestra sociedad es frecuente comprobar la existencia de ocupaciones felicitarias que se realizan profesionalmente o la

* existencia de profesionales que encuentran en su trabajo no solo el gozo del cumplimiento de una vocaciôn sino tambiôn el simple gozo de realizarlo. La expresiôn "deportista profesional" mezcla tipic^

mente lo trabajoso con lo felicitario y es una prueba évidente de la sitnbiosis de ambos conceptos, aunque persista la idea bâsica de que el profesional es de algûn modo lo contrario del "amateur", es decir, del amador, que actua primordialmente, libremente, por el gozo que ello le reporta.

(25)

- 6 -

Lo que de modo inmedlato reporta el ejercicio de la profesiôn es aquello calificado anteriormente como digna retribuciôn. En prin cipio, la profesiôn ejercida pûblicamente reporta los medios peora que el profesional, indivivual o familiarmente, instale su existen cia y satisfaga sus mâs variadas necesidades en el seno de la socie dad destinatciria de su ejercicio. Hay efectivamente una relaciôn di recta entre el concepto de profesiôn y la realidad vital de la re­

tribuciôn.

Preguntado sobre la utilidad de las Acaderaias en la sociedad actual, Antonio Dominguez Ortiz, de la Real Academia de la Historia, ha declarado: "Ser acadéniico no es una profesiôn. No podemos dedi- ceirle todo nuestro tiempo. Asistimos a juntas, préparâmes libros,e_t cetera, y todo por amor a la ciencia, porque la retribuciôn es nu- la" (4).

Aparece, pues, en palabra de académico, la idea de dedicaciôn como propia de la profesiôn que, en consecuencia, obtiene mâs que un placer una eficacia. Desde este punto de vista la profesiôn afir ma su existencia no solo sobre la actitud de quien la ejerce sino también sobte los resultados que de tal ejercicio se obtienen.

Para un criterio mâs restrictive, como es el criterio fiscal, el concepto de profesiôn no solo se caracteriza por el sujeto y

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- 7 -

el resultado sino también por el modo de ejerciclo, fundamentaImen te por cuenta propia, englobando en esta calificaciôn, con las pro fesionales, a las actividades empresariales y artlsticas:

"Se considerarân rendimientos de actividades empresaria­

les, profesionales y artlsticas, aquellos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno s6lo de estos factores, supongan por parte del sujeto pasivo la ordenaciôn por cuenta propia de los medios de producciôn y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producciôn y distribuciôn de bienes o servi cios" (5).

"No se consideraran rendimientos de actividades profesio nales, las cantidades que perciban las personas que, a suel- do de una Empresa, por las funciones que realizan en la mis- ma, vienen obligadas a inscribirse en sus respectives Cole- gios profesionales. Dichas cantidades se comprenderân entre los rendimientos del trabajo personal" (6),

Con otro criterio de mayor dominio publico^ el concepto de pro fesiôn se restringe ya no solo por la actitud del sujeto, la cali- dad de los resultados o el modo del ejercicio sino también por su origen y legitimaciôn en la sociedad. De aqui procédé la distinciôn entre profesiôn y oficio, siendo ambos ocupaciones en sentido gene ral. La profesiôn respecte a otras ocupaciones tiene un sentido se lectivo que responde a los requisites y exigencias de la prepara- ciôn necesarla, en el piano superior de las preparaciones, llaraada vulgarmente "carrera", como indicio de su largura y dificultad.

(27)

— 8 —

José Ortega y Gasset, que ha tratado especlficamente la cue^

tl6n de las carreras, iniciaba su discurso sobre el concepto etimo lôgico de trayectoria que, pasando por el estadio, 11ega a Clcerôn como siinbolo de vida: Exiquuni nobis vitae curriculum natura circums- cripsit. Sobre esta oase, Ortega sitûa al hombre ante la necesidad de elegir una vida entre las posibilidades que le ofrece su contor no y llega a la conclusion de que "esas trayectorias esquemâticas de vida son las carreras o carriles de existencia que existen ya notorios, definidos, regulados en la sociedad" (7). Y enseguida perfecciona la idea con la modernizaciôn de la palabra "carrera":

"Ha perdido el sentido individual que ténia en la frase de Cicerôn para contraerse a significar los esquemas de vida, vidas tipicas; esto es, genéricas, abstractas que el indivi- duo encuentra preestablecidas en la sociedad. Son, pues, las

"carreras" un concepto sociolôgico, que recibe también el nombre de "profesiones". No afecta a la cuestién présente el hecho de que, en rigor, la palabra "carrera" tiene hoy un si£

nificado un poco menos extenso. En efecto, la albafiileria o la carpinteria no se suelen llamar "ceirreras" sino "oficios".

Pero, clciro esta, que el "oficio" es también un esquema so­

cial de vida. ô?or qué, sin embargo, el idioma ha separado la denominaciôn en uno y otro caso? Hay tras esta duplicidad de nombres, en apariencia, tan mansa, algo tremendo que desde hace sesenta aflos mueve y dramatiza la historia. Se llama

"carreras" a los esquemas sociales de la vida en que predomi na el hacer espiritual -intelecto, cientificoe; voluntad, po liticos, hombres de accién; imaginaciôn, poetas, novelistas, dramaturges- y "oficios" a aquellos en que prédomina el hacer de la mano, la mano de obra" (8).

La distinciôn entre profesiôn y oficio, en los que actua igua mente el acto de la elecciôn personal, esta plenamente introducida

(28)

- 9 -

en la dlaléctica social. "La nueva direcciôn del PSUC decidiô no hacer pûblica la composiciôn sociolôgica de los delegados a su reciente congreso, que al parecer refleja un menor porcentaje de obreros y mayor de profesionales" se decla en una notlcia de prensa (9)uCasi al mismo tiempo que un comentario de otro periôdico clas_i ficaba un conjunto de personas como "profesionales, técnicos, fun- cionarios, empleados y simples obreros" (10).

Por encima de aquellas notas periodlsticas, nadie podrâ tachar de anecdôtica la proclamaciôn que en este sentido expresa el artlcu lo 35 de la Constituciôn EspaHola: "Todos los espaholes tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elecciôn de profesiôn u oficio, a la promociôn a través del trabajo y a una re muneraciôn suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su farailia, sin que en ningûn caso pueda hacerse discriminaciôn por jrazôn de sexo" (il).

Que taies especificaciones de la estructura de la sociedad han de respetar en definitiva el sentido profundo del trabajo huma no es al^o que no necesita una expresa demostraciôn. Pero, en este punto, no résulta superflua una invocaciôn teolôgica de la maxima

autoridad como es la del Papa Juan Pablo II al referirse a la con- cepciôn evapgêlica del trabajo:

(29)

- 10' -

"En esta concepclôn desapaurece cas! el fund amen to mismo de la antigua divisiôn de los hombres en clases sociales, se- gûn el tipo de trabajo que realizasen. Esto no quiere decir que el trabajo humano, desde el punto de vista objetivo, no pueda o no deba ser de algûn modo valorizado y cualificado.

Quiere decir solamente que el primer fundamento del valor del trabajo es el hombre mismo, su sujeto" (12).

En un orden mâs prôximo y ordinario el concepto de profesiôn amp ara todo género de ocupaciones trabajosas: la profesiôn como ele mento de identificaciôn personal que hàbitualmente se hace constar en los mâs diversos documentos y particularmente en aquellos en que se establecen las sehas del individuo.

Es notorio que a tal respecte los cinco elementos de la iden tificaciôn personal son; el nombre y los apellidos, el lugar de na cimiento, la edad, el domicilie y la profesiôn, entendida esta 6l- tima en su acepciôn mâs amplia, que, a los efectos del Documente Nacional de Identidad, va, por ejemplo, desde "ama de casa" (admi- tida ya oficialmente) hasta "Jefe del Estado".

La tarjeta de visita o la esquela mortuoria, como institucio- nes de la comunicaciôn social, utilizan preferentemente el dato de la profesiôn peira identificar a la persona. Sirva a este respecte

como r e f e r e n d a final, comprensiva de todos los matices del conce£

to general de profesiôn, el registre de la costumbre del diario "El Pais" que en su secciôn necrolôgica publica habitualmente las noti-

(30)

- 11 -

ci as; corxejspondientes bajo un epigrafe cotnpuesto en cada caso s6lo per dos (dattes: priniero, nombre y apellido; segundo, profesiôn. Por ejermplo: "ILuis Lacasa, periodista", "César Lôpez, sacerdote", "Anto nio Amêrigo, ingeniero" (13).

SulblJLmando aquellas referencias anecdôticas, la profesiôn, r e s p m e s t a a la pregunta primaria de definiciôn personal ("iA qué se dediica?"J, aparece claramente, en su dimensiôn mâs importante y uni ver Sial, c o m o el modo de existencia.

(31)

- 1 2 -

1.1.1. NOTAS

(1) José ORTEGA Y GASSET, Prôloqo a "Veinte ahos de caza mayor", del conde de Yebes. Obras Complétas. VI. (l^ éd., Madrid, Revista de Occidente, 1947), 425.

(2) Ibidem, 425.

(3) Ibidem, 424.

(4) Trini de LEON-SOTELO, El papel de las Academias. "ABC" de Madrid, 14 de marzo de 1982.

(5) REGLAMENTO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISI- CAS, Real Decreto 2384/1981 (B.O.E. del 26 de octubre de 1981) Artîculo 59.1.

(6) Ibidem. Articule 59.4.

(7) José ORTEGA Y GASSET, Sobre las carreras. Obras Complétas.

V (15 éd., Madrid, Revista de Occidente, 1947), 169.

(8) Ibidem. 170.

(9) Elena LORENTE, Menos obreros v mâs profesionales entre los delegados al ultimo congreso del PSUC. "El Pais", 31 de mgur-

zo de 1982.

(10) Diario "EL ALCAZAR", Los otros exiliados. 6 de mayo de 1982.

(11) CONSTITUCION ESPANo l a. Referendum Nacional de 6 de diciembre de 1978.

(12) JUAN PABLO II, Laborem exercens. carta enciclica de 14 de septiembre de 1981.

(13) Diario "EL PAIS", Necrolôgicas. 6 de mayo de 1982.

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1.2. PROFESIGNALIDAD

Situada la profesiôn en un contorno social con el que se re- lacicona responsablemente, surge de modo inmediato el valor de la proftesionalidad en cuanto actitud subjetiva y , al mismo tiempo, me dida d e l ^ûmplimiento de aquel compromisô social.

Se plantea asl el sentido êtico de la profesiôn cuyo ejerci­

cio, en definitiva, es una conducta con proyecciôn social. El buen profesional no se limita a aplicar unos conocimientos o unas têcni cas sîino que ademâs administra una confianza y una ejemplaridad de dimenisiôn pûblica.

En cualquier materia de las rauy diverses que componen el area de las profesiones e incluso fuera de esta restringida limita ciôn, en el area de los oficios, la profesionalidad se estima como iun va lor de naturaleza personal.

Asl como primitivamente se concebian dos roodos de ocupaciôn (el servil y el libre) también actualmente existen dos conciencias en cuanto al modo personal de proyectarse en el trabajo. A aquella conciencia que trasmite los valores personales a las maneras de tra bajar se le llama comunmente profesionalidad. Hay, por el contrario

n modlo impersonal, mecânico, de emplearse en el trabajo.

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"Ser profesional es algo que lo es una persona, forma par te de si en cuanto que la ejerce con su estilo reflejando su peculiar talento para ejercer una tarea. Por eso, por perso­

nal, la profesionalidad es también una cuestiôn vital. Y se ejerce como se ejerce el vivir que "es de cierto", en frase de Ortega, "tratar con el mundo, dirigirse a él, actuar en él, ocuparse de él". Aûn a riesgo de caer en lo perogrulles- co, decimos esto porque hay g ente, con mente de enq>leado, que disocia personalidad y profesionalidad, como si no tuviera nada que ver una con otra. Sin meternos a indagar las razones de este conç>ortamiento, vemos como aparece el anverso del prg fesional: "el ettçleado", y no nos referimos a la relaciôn ju rldico laboral, sino al esquema mental del individuo frente al trabajo: como profesional o como empleado" (1).

El concepto de profesionalidad como valor entronca con el pro pôsito moral de la educaciôn superior que es una cuestiôn tan cri- tica como actual en el planteamiento de los sistemas de ensehanza.

El padre Theodore M. Hesburgh, rector de la Universidad Notre Dame y miembro de la Academia Norteamericana de Artes y Ciencias, resume asl la cuestiôn: "Parece que pasamos por una época en que estâ bo- ga el aprender cômo hacer algo y no el aprendizaje liberal y huma- nlstico de cômo ser alguien" (2).

Por supuesto, segûn ahade el propio Hesburgh, "es importante saber hacer cosas y hacerlas bien" para lo cual "hay que aprender a hacer bien ésta o aquella tarea especlfica, aunque el hacer esto p aquello no représenta la suma total de nuestras vidas ni el sig- nificado cabal de nuestra existencia" , sobre todo si se tiene en cuenta que vivimos "an un mundo donde el conocimiento se puplica cada quince aflos, especi aiment e en el âmbito de la ciencia y de la

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tecnolcogîa" (3).

M h o r a bien, toda aquella compelencia carecerla de sentido si no se Unsertase en el cuadro de los valores raediante el proceso edu cativo que, desde las proposiciones de la présente tesis, es la pla t a f ormm indispensable en todo planteamiento verdaderamente profesio nal.

"Cualidad importante de la educaciôn humanlstica es la ca piacidad de valorar. No hay forma de aprender esto si todo el e'sfuerzo educativo se emprende en pos de medios y no de fines;

mtediante têcnicas y no con propôsitos. Si no posee un sentido dte los valores, el cientifico o ingeniero mâs grande puede ser l.a amenaza mâs grande del mundo. Sin el sentido del valor y d«el propôsito, el abogado puede convertirse en un hâbil mani piulador de la ley que lucha por todo menos por la justicia.

E U médico puede olvidar el valor, el misterio y la dignidad d æ l paciente y tratar a éste en la misma forma que un mecâni cco tratarla un motor" (4).

L æ profesionalidad, que es el valor ético que ha de informer el ejercicio de toda profesiôn cabalmente entendida, debe ser con- secuentementé una preocupaciôn permanente desde la raiz del proce­

so profesional ; es decir, desde el comienzo y hasta el têrmino de la fase preparatoria o docente. Por otra parte esta idea abona la necesidaid de que toda profesiôn tenga que ser objeto de una insti- tuciôn f'ormativa en cuanto que la adquisiciôn de los conocimientos ..de las têcnicas correspondientes no basta por si sola. Conocimien tos y têtcnicas necesitan impregnarse de aquellos valores propios

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del orden conainltarlo de aquellas Instituciones cuya m&xlma repre- sentaciôn, tanto histôrioa como soclalmente, es la Universidad.

"Nada es mâs dificil de enseflar que los valores, o la C£

pacidad de valorar, de tener un sentido cada vez mâs claro de propôsito y prioridad morales en un mundo que con frecuen cia estâ desprovisto de ambos. Todos los que participai! en la educaciôn, especialmente la educaciôn humanlstica y profe sional, debén recordar que en materia de valores enseRam mu- cho mâs con lo que ellos mismos son y hacen, que con lo que escriben y dicen. Loa estudiantes tienen un radar altamente desarrollado que distingue con rapidez lo sincero de lo fal­

so, la convicciôn de la pose. La honestidad intelectual, el apego riguroso a las pruebas, la bûsqueda decidida e inque- brantable de la verdad en medio del error, la convicciôn fir me del carâcter venerable del aprendizaje y la enseRanza, la actitud abierta a las ideas nuevas -incluso, y quizâ especia^

mente las de los alumnos- el interesarse en que los estudian tes se formen y no sôlo que aprueben, todos estos intereses estân cargados de valores y vale la pena enseRarlos ya se tr£

te de matemâticas, de termodinâmica o del côdigo pénal" (5).

Hechas estas consideraciones, el têrmino "facultad" en su ace ciôn universitaria, adquiere la plenitud de su significaciôn que no se limita a la de simple capacitaciôn. Si Covarrubias define la fa cuitad como "poder, fuerças, caudal, hazienda, etc.", es fâcll com pletar la significaciôn de la facultad universitaria como la convi vencia que proporciona el genio de la profesionalidad, factor Tivi ficante de la profesiôn que solo de este modo acaba justificando su legitimaciôn por la sociedad.

"La facultad, en su sentido de poder, fuerzas, cau4aL -posibilidad siquiera- (se supone que para hacer algo), se

torna ciencia o arte en su contacte con las ramas del sa>er.

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CConoce la ciencia de la ley quien conoce los principios, ba­

sses, necesidades y normas générale^ que rigen su factura. Se rrâ profesional en leyes quien sepa usar de ellas del algûn irmodo (qui en sepa ejercer la f acultad )para algûn inter ês ^ar- tticular (como por ejengslo, les abogados). Esto se ve muy cia rramente en la enseHanza del Derecho, facultad universitaria aantigua. En ella se enseRa a ser jurista, segûn el plan clâ- ssico, esto es, a conocer la ley, la justicia y los principios ggenerales. Con razôn se quejan Sus licenciados de no "saber nnada de la abogacia". Efectivamente, no se les forma para esjercer profesionalmente la abogacia, sino para conocer los eslementos bâsicos que fundan y dan sentido a esa profesiôn.

01 de otra manera: Facultar a los estudiantes para poder algûn dila ejercer la profesiôn sabiendo de lo que tratan; conocien ddo Intimamente lo que "se traen entre manos" (6).

Loa profesionalidad es un modo de hacer desde u n modo de ser y, en tcal sentido, el producto complet© de un sistema educativo en

el que îse compaginan las dotaciones têcnicas y cientlficas con las dotaciornes deontolôgicas hasta lograr el profesional como modelo hu mémo.

Ess fâcil reconocer en el lenguaje corriente el significado elogiosoo del têrmino "profesional" referido a una persona como sim plificacciôn de "buen profesional". A propôsito de la actuaciôn de un abogaado y precisamente bajo el titulo de "El profesional", se ha escrito:: "Nada mâs empezar a hablar se nota, se palpa, un aire dis tinto enn sus palabras, en la forma sosegada y puntual de expresar los conc:eptos. Es, sencillamente, un profesional" (7).

A ]propôsito de los resultados favorables a la Asociaciôn Pro

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fesional Libre e Independiente (APLI) en las elecciones sindicales de Radio Nacional y Televisiôn Espafiola, un periôdico subrayaba en su editorial como sîntoma rauy significativo la victoria de "un gru po prâcticamente creado la vispera y que no enarbola otra bandera ideolôgica que los intereses profesionales de los trabajadores del medio... Porque es claro que en las mas as trabaj adores intere-

sa mâs una sigla en la que haya una P de profesionales que cualquier otra sigla que pudiera regirse por coordenadas pollticas" (8).

En definitiva, los factores positives de la profesionalidad como valor que enriquece cualquier ocupaciôn pueden referirse a los très siguientes: objetividad, probidad y eficiencia. Objetividad, en cuanto que el profesional cumple con su deber superando todo gé nero de subjetivismos; probidad, en cuanto que el profesional cum­

ple con su deber no solo de modo objetivo sino también y en grado excelente de modo honesto; y eficiencia, en cuanto que el profesio nal cumple con su deber obteniendo los resultados optimos.

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1.2.1. NOTAS

(1) CIRCULO DE PROGRESO UNIVERSITARIO, Guia de las salldas univer- sltarlas. (1* ed. Madrid 1982), XVI.

(2) Theodore M. HESBURGH, /.Aprender a Hacer o a Ser?. en "Facetas", num. 55, 1/1982, 35.

(3) Ibidem, 35.

(4) Ibidem, 38.

(5) Ibidem, 38-39.

(6) CIRCULO DE PROGRESO UNIVERSITARIO, O.C., XVII.

(7) Victoria LAFORA, El profesional. "Diario 16", 30 de abril de 1982.

(8) Diario "ABC", Un slntoma. 1 de mayo de 1982.

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1.3. PROFESIONES TITULADAS

Corrientemente, por sing)le mecanlsmo del lenguaj e, se consi­

déra como profesiôn titulada aquella para cuyo ejerciclo es preci­

se la posesiôn de un determinado titulo acadêmico. En este sentido el Diccionario define al "titulado" (segunda acepciôn) como la per sona que posee un titulo acadêmico.

Con sujeciôn al Côdigo Penal, profesiôn titulada séria aque lia cuyo ejercicio sin el titulo correspondiente se considéra de- lictivo segûn el articule 321, tan celosamente invocado por todos los colegios profesionales:

"El que ejerciere actes propios de una profesiôn sin po- seer el correspondiente titulo oficial o reconocido por dispo siciôn legal o convenio internacional, incurrirâ en la pena de prisiôn menor. Si el culpable se atribuyere pûblicamente

la cualidad de profesional, se impondrâ ademâs la pena de raul ta de 10.000 a 100.000 pesetas" (1).

Habitualmente y de modo especial en el mercado de enqjleos, se considéra profesiôn titulada no sôlo la que se ejerce como consecuen cia de un titulo acadêmico o de un titulo oficial sino, con mayor precisiôn, la que procédé de la ensefianza superior, consider ando a este respecto tanto la ensefianza superior de grado medio (primer ci cio de Universidad, Escuelas Têcnicas y otras Escuelas que exigen un nivel similar para ingresar y una duraciôn de estudios de dos a

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cuatrro afios) como la ensefianza Superior universitaria (segundo ciclo de Umiversidad, Bscuela Têcnicas Superiores, Formaciôn Profesional de Teercer Grado) que comprende las enseflanzas de postgraduados (Doc toraddo, Investigaciôn y otras que exigen el titulo de Licenciado, Arqulitecto o Ingeniero). De esta clasificaciôn se derived los têr- m i n o s vulgares de titulado medio y titulado superior (2).

Dos cuestiones afectan agudamente, "hie et nunc", a las profe siones tituladas: el problema estrictamente laboral y el problema de definiciôn jurldica.

En el panorama del desempleo las profesiones tituladas cons- tituyen un capltulo muy caracterlstico por su calidad y dimensiôn hasta el punto de que a las Facultades Universitarias se las ha ca lificiado de "fâbricas de parados" y la dificultad de ençleo de los licencciados ha merecido consideraciones periodlsticas como la si- j guientte:

"Como en la popular canciôn infantil inglesa, cualquier cosa es posible: "calderero, sastre, soldado, espla". Cual­

quier cosa menos el ejercicio de la profesiôn para la que e£

tudiaron durante largos aflos. Titulados superiores, especie que no corre el mâs mlnimo riesgo de extinciôn, dedicados a transportistas ilegales, vendedores de enciclopedias, bombe- ros, temporeros de la aceituna o policlas municipales. No siej^

ten la fascinaciôn por el titulo, se llaman a si mismos para dos de lujo y aceptan con naturalidad el ejercicio de activi dades que hubieran hecho sonrojar a cualquier mêdico, economis ta o ingeniero hace tan sôlo quince aflos" (3).

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En el panorama jurldico, las profesiones tituladas tienen, hoy por hoy, dos eçpectativas abiertas: el titulo de Diplomado y la definiciôn constitucional.

De acuerdo con las consideraciones anteriores, los tltulos que determinan las profesiones tituladas son los siguientes: Diplo mado universitario, Ingeniero Tècnico. Arguitecto Técnico o D i plo­

mado en enseflanzas de grado medio (al terminar el primer ciclo uni versitario y Escuelas Universitarias o similares); Licenciado. Ar- quitecto, Ingeniero, Titulo profesional (al terminar el segundo ci cio de Universidad, Escuelas Têcnicas Superiores o Formaciôn Prof e sional de 3^ Grado), y de Doctor o Diplomado en altos estudios (al terminar el tercer ciclo universitario o determinados estudios de postgraduados) (4).

El titulo de Diplomado quedô establecido en la Ley General de Educaciôn (5) en los siguientes têrminos:

"Articule 39.1.- Los alumnos que hayan concluido los estu­

dios del primer ciclo de una Facultad o Escuela Têcnica Supe rior y seguido las pertinentes enseflanzas de Fc^rmaci^n Profe sional de tercer grado, y aquellos otros que concluyan los estudios correspondientes a una Escuela universitaria, obten drân el titulo de Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico es la especialidad correspondiente, que habilitarâ para el ejercicio profesionali,

Tendrân acceso a las enseflanzas del segundo ciclo, median te los requisitos docentes que reglamentariamente se establez can, tanto los que hayan concluido el primero como los Diplg

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m a d o s de Escuelas universitarias, Arquitectos Técnicos o In- genieros Técnicos". ,

L a realidad es que ni se ha establecido la Pormaciôn Profe—

s i o m a l d e Tercer Grado ni se ha otorgado el titulo de Diplomado a los alummos que han ter minado el primer ciclo de las Facultades uni verssitar ias. La realidad es que tampoco parece que haya interes en otorrgar aquel titulo, aunque para algunos efectos de oposiciones y accesso a otros estudios ya funciona operativamente como si existie ra ((6).

P or otra parte, las profesiones tituladas figuran e x p r e s a m ^ te etn la Constituciôn Espaflola como una expectativa legal, en el artliculo 36, que dice; "La ley regularâ las peculiaridades propias del ireginnen jurldico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de Icas profesiones tituladas".

La regulaciôn legal de las profesiones tituladas a que la Cons, titucciôn obliga plantea la cuestiôn previa de la definiciôn de taies profeesiomes sobre la base de que la existencia de un centro superior de ernseflainz-a que otorgue un titulo determinado no supone necesaria mentee q u e dicho titulo sea inçrescindible para el ejercicio de la profeesiôni correspondiente.

Bieai es verdad que aquel argumente se asienta artificiosameg

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te al servicio de una actitud sistemâtica y ostensible frente a la consideraciôn del Periodismo como profesiôn titulada con todas las consecuencias y con todos los carâcteres de cualquier otra profesion titulada.

Lo cierto es que la duda estâ expresada por Garcia de Enterrla del modo siguiente:

"En cuanto al artîculo 36 (precepto que légitima la regu laciôn del ejercicio de las profesiones tituladas), hay que reseflar también algunos datos de gran interés para nuestro tema. Es cierto que del debate parlamentario no se obtiene ningûna luz sobre la cuestiôn previa de cuândo una profesiôn es "titulada", pues como veremos este inciso fue introducido irregularmente por la "Comisiôn mixta Congreso-Senado", por lo que queda al intérprete constitucional la tarea de préci­

ser cuândo una profesiôn puede calificarse de profesiôn titu lada" (7).

Garcia de Enterrla conduce la cuestiôn a un ceimpo que ahora solo se enuncia ya que es propio de otro capltulo de este estudio;

la prevalencia de un "derecho fundamental" (el derecho a la liber- tad de expresiôn, reconocido en el artîculo 20, secciôn 1*, "De los derechos fundamentales y de las libertades pûblicas", del capitule segundo, "Derechos y libertades", del titulo I, "De los derechos y deberes fundamentales") sobre un "derecho de los ciudadanos" (la regulaciôn legal del ejercicio de las profesiones tituladas, obliga da por el articule 36, secciôn 25, "De los derechos y deberes d e los ciudadanos", del capltulo segundo, "Derechos y libertades", del tl-

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“ 25 -

tuloo I, "De los derechos y deberes fundamentales") (8).

Desde aquella base de Intrlncada dialéctica como se aprecia en sisu simple enunciaciôn, el dictamen de Garcia de Enterrla postu­

la ppor via excepcional la exclusiôn del Periodismo en la regulaciôn legahl del ejercicio de las profesiones tituladas y para ello esta- blecce previamente no sôlo el carâcter interpretative del articule 36 dde la Constituciôn sino también su confuso origen »a partir del textdo aprobado por la Comisiôn de Asuntos Constitucionales y L i b %

tadess Pûblicas del Senado en su sesiôn del 22 de agosto de 1978 ("Unaa Ley regularâ las peculiaridades propias del rêgimen jurldico de laos Colegios profesionales con estructura y funcionamiento den»

crâtlico y con el respeto a las normas de adscripciôn y ejercicio hastaa ahora vigentes")(

"Este texto que, como se advierte, para nada habla de la regulaciôn del ejercicio de la profesiln, fue aprobado por el Pleno del Senado en Sesiôn de 28 de septiembre de 1978 sin mo dificaciôn alguna. Sin embargo, sorprendentemente, la Comi­

siôn Mixta (Senado-Congreso) en su dictamen de 28 de octubre de 1978 redactô una nueva fôrmula en la que, sin base de en- mj 3nda alguna, introdujo la novedad de "la regulaciôn del eier- cicio de profesiones tituladas". cuestiôn que ni el Senado ni el Congreso habîan tratado anteriormente y sobre la cual, pues, no existla "discrepancia" que legitimase una nueva redacciôn

(artîculo 32, 2 de la Ley para la Reforma Polltica de 4 de enero de 1977). Sin embargo, esta manifiesta irregularidad de la Comisiôn Mixta no fue tenida en cuenta ni por el Senado ni por el Congreso cuândo ambas Câmaras, por separado, aprobaron definitivamente el dictamen de la Comisiôn. Ello explica la ausencia total de debates sobre el contenido normative de la expresiôn "la Ley regularâ... el ejercicio de las profesiones tituladas"(9).

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Frente al laberlntlco argumente del dictamen encargado a Gar­

cia de Enterrla, que serâ objeto de anâlisis en el capltulo corre^

pondiente, en este capltulo se levantan dos evidenclas: la primera, la definiciôn lôgica y plenamente aceptada de las profesiones tit£

ladas; la segunda, el articule 36 de la Constituciôn Espaflola que obliga a la regulaciôn legal del ejercicio de dichas profesiones tituladas.

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— 27 —

1.3.1. NOTAS

Articule 321 del Côdigo Penal (Madrid, ediciôn oficial 1976), 22o-,

Carlos de la PUENTE GOMEZ, Todos los estudios v carreras.

(15 éd., Barcelona 1981), 44.

Jorge MARTINEZ REVERTE, Calderero. sastre. soldado esoia.

"El Pais", 9 de mayo de 1982.

Carlos de la FUENTE GOMEZ, O.C., 44-46.

Lev 14/1970 de 4 de agosto, General de Educaciôn v Financia- miento de la Reforma Educativa (b o e de 6 y 7 de agosto de 1970)

Carlos de la FUENTE GOMEZ, o/C., 46.

Eduardo GARCIA DE ENTERRIA, Dictamen emitido a requerimiento de la Asociaciôn de Editores de Diarios Espafloles sobre la va­

lidez constitucional del requisite de titulaciôn acadêmica.

para el acceso al ejercicio de la profesiôn periodistica. Madrid, 2 de junio de 1980, 42.

Ibjdem, 45.

Ibidem, 44.

(47)

- 28 -

1.4. PROFESIONES LIBERALES

La calificaciôn de "liberal" referida a la profesiôn asl co- mo el têrmino genérico "profesiones libérales" estan plenamente in troducidos en el lenguaje social aûn cuândo la Real Academia Espa- flola en su Diccionario de la Lengua (1) no acoja taies significa­

ciones. Como aproximaciôn al concepto actual de "profesiôn liberal", el Diccionario de la Lengua explica que "cirte liberal" (mâs usado en plural, "artes libérales") es cualquiera de las que principalmen te requieren el ejercicio del entendimiento.

En su conferencia "Las profesiones libérales" (2), José Orte ga y Gasset empieza por evocar la terminologia romana en la qtie

"artes libérales" se contraponlan a "artes serviles". Ortega, al bus, car el origen del termine "liberal" referido a un determinado tipo de ocupaciôn humema, hace la salvedad de que "griegos y romanos nos han enseflado, sin duda, muchas cosas, pero también gravitem sobre nosotros excesivamente, imponiéndonos modos de pensar y de hablar que son, por complete, arcaicos, obra muerta".

Desde aquella prevenciôn, Ortega establece la distinciôm entre Martes libérales" y "artes serviles" no por la materia del ejo r ci- cio sino por la persona que la ejercita, de modo que en las "artes libérales" el libre era el sujeto, con una libertad que constituia

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- 29 -

un eesitado social perfectamente determinado y jurldicamente deflnldo.

Sobre la base de que en nuestro tiempo todos los hombres son juriidUcamente libres con un estado social que tiende a la homogenel dad,, (Drtega concluye que para nosotros el têrmino "profesiôn libe­

ral"" ttiene otra significaciôn principalmente referida a un gênero de oDciupaciones. El discurso de Ortega se orienta inmediatamente a averriguar la naturaleza de taies ocupaciones que, en primer têrmino se diiætinguen sin duda de las ocupaciones predominantemente manua- les y„ mâs en general, corporales. Asl la profesiôn liberal es pre domilnæntemente una ocupaciôn intelectual que, como dice el Diccio- narilo de la Lengua a propôsito de las "artes libérales", requiere de mnodio principal el ejercicio del entendimiento.

En una Enciclopedia antonomâsica (3) se definen las "profe- sionaes; libérales" como aquellas que con especialidad ejercitan las

I

I facullt.ades intelectuales, en contraposiciôn a las "profesiones mecâ nicaîs"', que ejercitan con particularidad las fuerzas del cuerpo. La Enciccliopedia aflade una precisiôn al decir que "las profesiones libe raleîs tienen como caracterlstica la posesiôn del titulo ôficial aca dêmicco concedido por el Estado".

INo obstante, para una afinaciôn del concepto de "profesiôn li berall" en su sentido restringido y actual, las notas de intelectu^

(49)

- 30 -

lidad y titulaciôn resultan insuficientes y requieren mayores deli mitaciones. A ellas se aplica la investigaciôn de Ortega cuândo ob serva:

"Cuândo leo en el programa de este Congreso (4) los nom­

bres de las profesiones que van a exponer sus problemas par- ticulares, no encuentro en la lista los tltulos profesionales de profesor, de ingeniero ni de burôcrata, no obstante ser

todos ellos personas que viven de ejercitar actividades inte lectuales muy acusadas. iOué razôn hay para que en esta aso­

ciaciôn no estén representadas esas profesiones? Yo no en­

cuentro mâs que una: las profesiones libres aqul asociadas se caracterizan,aparté de ser ejercicio intelectual, porque no se ejercitan corporativamente. Profesor y burôcrata actûem insertos en la niâxima corporaciôn que es el Estado y los in- genieros, en muchos palses, por ejemplo Espafla, constituyen una corporaciôn, con un "cuerpo". Por tanto, la profesiôn li beral, en este sentido mâs restringido, es aquella en que el individuo actûa suelto, por si y ante si. Que esto acontezca, que haya ocupaciones las cuales, por lo visto, reelaman o, por lo menos, tienden a ser cumplidas individuaimente es el rasgo mâs saliente de la profesiôn liberal que nos orienta para de£

cubrir sus condiciones internas y su peculiar situaciôn en la sociedad actual" (5).

Aparece asl la nota de autonomla como la caracterlstica de la

"profesiôn liberal" que tiene, por supuesto, un fundeunento intelee.

tuai y una estructura administrative de la que procédé el otorga- miento del titulo correspondiente. Pero no se trata de enmarcar la

"profesiôn liberal" en un âmbito definido estrictamente por la mate ria de su actividad o pot la credencial con que se ejerce. A estas circunstancias hay que afladir necesarlamente la disposiciôn perso­

nal, con la cual volvemos al punto de partiel a del discurso de Or te

(50)

- 31 -

ga aal que en este momento püede afladirse la siguiente aportaciôn;

en nnuestro tiempo la "profesiôn liberal" no viene determinada exclu sivaamente por la condiciôn del sujeto que la ejerce pero tal ejerci cio iniplica, al menos moralinente, una especial condiciôn del suje­

to een su proyecciôn mâs subjetiva. Ortega, que -ya es hora de decir lo- se ha propuesto de modo excelente la cuestiôn moderna de la

"proDfesiôn liberal", expresa inequlvocamente el sentido de este ên fasiis personalista:

"En la profesiôn liberal el hombre actûa-formalmente como individuo concreto, con sus condiciones personalisimas. Su aç tividad tiene siempre una dimensiôn de creaciôn. No consiste en repetir un comportamiento standard. Se exige de ella que sea siempre, mâs o menos, invenciôn, que el profesional reaç clone en cada caso de un modo original... En la pro­

fesiôn liberal la ocupaciôn pertenece a lo mâs personal de la persona. Esta es, en principio, inseparable de aquella.

Ahora bien, un esfuerzo continuado que no nos viene impuesto desde fuera, sino que, por el contrario, emerge del propio su jeto hasta el punto de que solo sumergido en ôl se siente fe liz, es lo que llamamos vocaciôn"(6).

Desde este punto de vista la "profesiôn liberal" no es solo un moodo de ejercicio personal sino también una actitud global en el seeno ',!e la sociedad afectada o amagada por todo un sistema de f e nômennos en el que se insertan dos circunstancias que mâs o menos in tensanmente tiflen el horizonte de nuestro tiempo: masificaciôn y co lectitvizaciôn. En este punto el diagnôstico de Ortega no puede sor prendder a nadie:

(51)

- 3 2 -

”AÛn es posible que ciertas minorlas de hombres bien dota dos reobren contra el tiempo. Pero, esto es lo que mâs se echa de menos desde hace decenios. No creo que las Ixneas généra­

les del colectivismo puedan ser ni evitadas ni modificadàs en grado suficiente, pero si es posible salvecr dentro de ellas ciertas formas de vida, de actuaciôn individual, y el inten- tarlo séria el papel histôrico de las profesiones libérales”

(7).

Con un criterio siniultaneamente transcendental y realists, Ortega considéra que a aquel papel histôrico de las "profesiones li beraies" se oponen principalmente dos factores. El primero, efecto de la crisis de la cultura, producto de la desestimaoiôn de los va lores de la inteligencia, "de suerte que las profesiones libérales no pueden, como hace cuarenta o cincuenta ahos, apoyarse en un re- conocimiento pûblico de sus peculiares necesidades e imprescindibles privilegios" (8). El segundo, que exige la creaciôn de nuevas f o r ­ mas de actuaciôn individual por parte de las "profesiones libérales"

ya que "la vida histôrica de Occidente estâ suspendida y por eso estâmes viviendo dentro de formas sociales, politicas, doctrinales, las cuales tanto prâctica como teôricamente todos sentimos como inac tuales y que reelaman ser sustituidas por otras" (9).

En un piano mue ho mâs doméstico la "prof esiôn liberal" pxuede entenderse, segûn el general entendimiento, como aquella que s e ejer ce previa consulta del interesado en su bénéficié. La consulta* tem tradicional en la dispensaciôn de saberes aplicados, introduce en el

(52)

— 33 —

or den superior de la intelectualidad, la titulaciôn y la autonomla, la clircunstancla de domiciliaciôn que confirma el sentido obsesi- vamentte personalista de la "profesiôn liberal".

No cabe en la "profesiôn liberal" la tlpica relaciôn entre em pleaido) y empleador, de modo que a esta luz muchas prof esiones que puedleni ser tenidas por Intelectuales o tituladas, entre ellas la del Periiodlismo, no pueden ser consideradas como "profesiones libérales".

Resu.lt;a asi que la "profesiôn liberal" queda definida tanto por lo que es como por aquello que no es en virtud de su propia esencia, a pesair (de las ligerezas y comodidades del lenguaje en el que fIota efec ti’vamente la expresiôn "profesiôn liberal".

Referencias

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