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LA PESCA DEL ATUN ROJO EN ESPAÑA

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LA PESCA DEL ATUN ROJO EN ESPA

(2)

EL ATUN ROJO

EL ATUN ROJO

.

. El AtEl Atúún rojon rojo ((ThunnusThunnus thynnnus

thynnnus) es una especie ) es una especie cosmopolita ampliamente

cosmopolita ampliamente

distribuida por todo el

distribuida por todo el

Atl

Atláántico oriental y ntico oriental y occidental. Tambi

occidental. Tambiéén esta n esta presente en el Mediterr

presente en el Mediterrááneo.neo.

Elevada longevidad ( puede Elevada longevidad ( puede vivir hasta los 20 a

vivir hasta los 20 añños).os).

Elevada fecundidad ( hasta Elevada fecundidad ( hasta 45.000 huevos por hembra).

45.000 huevos por hembra).

Realiza grandes migraciones Realiza grandes migraciones oce

(3)

ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL

ATUN ROJO EN ESPAÑA

ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL

ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL

ATUN ROJO EN ESPA

ATUN ROJO EN ESPA

Ñ

Ñ

A

A

La pesquería del atún rojo

es una de las más antigua en

la historia .

La primera evidencia indica que el atún rojo se capturaba

en el Mediterráneo siete mil años antes de Cristo. En la

antigüedad, especialmente durante la época del dominio

de Roma, la pesquería del atún rojo era muy activa,

destacando las artes de pesca de línea de mano y artes

de playa

.

ALMADRABAS: Aparecen a final de la Edad Media en el Mediterráneo y experimentan un gran apogeo, estimándose unas capturas de alrededor de las 15.000 toneladas/año.

CAÑAS CON CEBO VIVO EN EL CANTÁBRICO: Se desarrolla a mitades del siglo XIX.

(4)

ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL

ATUN ROJO EN ESPAÑA

ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL

ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL

ATUN ROJO EN ESPA

ATUN ROJO EN ESPA

Ñ

Ñ

A

A

PESCA DE CERCO Y PALANGRE:

Aparecen en la segunda mitad del siglo XX en el Atlántico Norte y el Mediterráneo.

GRANJAS DE ENGORDE:

En la década d e los años 90 se inicia en España la actividad de engorde de atún rojo en cautividad.

(5)

ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL

ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL

ATUN ROJO EN ESPA

ATUN ROJO EN ESPA

Ñ

Ñ

A

A

CONCLUSION:CONCLUSION:

La pesca de at

La pesca de atúún rojo en Espan rojo en Españña es un actividad que a es un actividad que esta muy arraigada hist

esta muy arraigada históóricamente al sector pesquero ricamente al sector pesquero por su importancia econ

(6)

REGULACION DEL ATUN ROJO EN

REGULACION DEL ATUN ROJO EN

ESPA

ESPA

Ñ

Ñ

A

A

El atEl atúún rojo se regula originalmente en el seno de las n rojo se regula originalmente en el seno de las Organizaciones Regionales de Pesca. Para el caso de

Organizaciones Regionales de Pesca. Para el caso de

esta especie, es la CICAA, Comisi

esta especie, es la CICAA, Comisióón Internacional para n Internacional para la Conservaci

la Conservacióón del atn del atúún atln atláántico, la encargada de su ntico, la encargada de su ordenaci

ordenacióón y gestin y gestióón.n.

Desde el aDesde el añño 2006 existe un Plan de Recuperacio 2006 existe un Plan de Recuperacióón para n para el at

el atúún rojo del Atln rojo del Atláántico Oriental y Mediterrntico Oriental y Mediterrááneo, que neo, que contempla toda una serie de medidas de ordenaci

contempla toda una serie de medidas de ordenacióón, n, gesti

gestióón y control. Este Plan ha sido recientemente n y control. Este Plan ha sido recientemente enmendado en 2008.

(7)

NORMATIVA

NORMATIVA

NORMATIVA

INTERNACIONAL:

INTERNACIONAL:

RecomendaciRecomendacióón ICCAT (08n ICCAT (08--05), 05), queque enmiendaenmienda la la Recomendaci

Recomendacióón de ICCAT n de ICCAT sobresobre el el establecimientoestablecimiento de un de un plan de

plan de recuperacirecuperacióónn plurianualplurianual parapara el el atatúúnn rojorojo en el en el Atl

Atláántico Este y ntico Este y MediterrMediterrááneoneo..

RecomendaciRecomendacióón ICCAT (06n ICCAT (06--07), 07), sobresobre el el engordeengorde de de atatúúnn rojo

rojo..

RecomendaciRecomendacióón ICCAT ( 08n ICCAT ( 08--12)para 12)para enmendarenmendar la la Recomendaci

Recomendacióón (07n (07--10) 10) sobresobre el el ProgramaPrograma ICCAT de ICCAT de documentaci

(8)

NORMATIVA

NORMATIVA

NORMATIVA

EUROPEA EUROPEA

Reglamento (CE) NReglamento (CE) Nºº 1559/2007, del consejo de 17 1559/2007, del consejo de 17 de

de diciembre de 2007, por el que se establece un diciembre de 2007, por el que se establece un plan de recuperaci

plan de recuperacióón plurianual para el atn plurianual para el atúún rojo n rojo en el Atl

en el Atláántico oriental y el Mediterrntico oriental y el Mediterrááneo y se neo y se modifica el Reglamento (CE) n

modifica el Reglamento (CE) nºº 520/2007.520/2007.

NACIONAL NACIONAL

Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se regula la pesquer

regula la pesqueríía de ata de atúún rojo en el atln rojo en el atláántico ntico Oriental y Mediterr

Oriental y Mediterrááneo.neo.

ResoluciResolucióón de la Direccin de la Direccióón General de Recursos n General de Recursos Pesqueros y Acuicultura por la que se establecen

Pesqueros y Acuicultura por la que se establecen

las disposiciones de aplicaci

las disposiciones de aplicacióón del Plan de atn del Plan de atúún n rojo en el Atl

rojo en el Atláántico Oriental y el Mar Mediterrntico Oriental y el Mar Mediterrááneo neo para 2008.

(9)

DESARROLLO DEL PLAN DE RECUPERACION

DE ATUN ROJO EN ESPAÑA

DESARROLLO DEL PLAN DE RECUPERACION

DE ATUN ROJO EN ESPAÑA

La pesquería del atún rojo en España se

articula en torno a dos ejes fundamentales:

Medidas de Ordenación y Gestión:

• Asignación y gestión de cuotas.

• Medidas Técnicas.

(10)

MEDIDAS DE ORDENACIÓN

MEDIDAS DE ORDENACI

MEDIDAS DE ORDENACI

Ó

Ó

N

N

En España se han asignado posibilidades de pesca entre las flotas de pesca dirigida, las almadrabas, y las flotas de pesca accidental, en base a criterios cuantitativos de historicidad de capturas y criterios socioeconómicos como son el empleo directo e indirecto generado por la actividad pesquera.

Igualmente se ha querido ir más allá de la norma europea y se ha distribuido la cuota a todos los buques y almadrabas con carácter individual con independencia de su eslora.

(11)

MEDIDAS DE ORDENACI

MEDIDAS DE ORDENACI

Ó

Ó

N

N

Asignación de cuotas entre flotas y artes de

pesca dirigida:

Cebo vivo Cantábrico: 21,76%

Cañas y línea mano del Estrecho: 7,17%

Palangre y línea de mano: 13,86%

Cerco Mediterráneo: 28,35%

Almadrabas: 26,44%

(12)

MEDIDAS DE ORDENACION

MEDIDAS DE ORDENACION

Asignaci

Asignaci

ó

ó

n cuotas entre flotas pesca accidental:

n cuotas entre flotas pesca accidental:

El 2,42% restante se reparte entre:

El 2,42% restante se reparte entre:

Flota ca

Flota ca

ñ

ñ

eros Canarias: 1,21%

eros Canarias: 1,21%

Buques curric

Buques curric

á

á

n Costera del Bonito: 0,93%

n Costera del Bonito: 0,93%

(13)

Vedas de temporada y artes de pesca:

Vedas de temporada y artes de pesca:

--

Cerco: Del 16

Cerco: Del 16

-

-

06 al 15

06 al 15

-

-

04.

04.

--

Palangre: Del 02

Palangre: Del 02

-

-

06 al 31

06 al 31

-

-

12.

12.

--

Cebo vivo: Del 16

Cebo vivo: Del 16

-

-

10 al 15

10 al 15

-

-

06.

06.

--

Pesca deportiva y de recreo: Del 16

Pesca deportiva y de recreo: Del 16

-

-

10

10

al 15

al 15

-

-

06

06

(14)

MEDIDAS TECNICAS

Talla m

Talla m

í

í

nima + derogaciones regionales:

nima + derogaciones regionales:

General

General

: 30

: 30

kg

kg

ó

ó

115

115

cm

cm

;

;

Derogaciones

Derogaciones

:

:

Entre 8 y 30

Entre 8 y 30

kg

kg

para flotas Cebo vivo

para flotas Cebo vivo

Cant

Cant

á

á

brico, Ca

brico, Ca

ñ

ñ

as y l

as y l

í

í

nea de mano Estrecho,

nea de mano Estrecho,

Palangre y l

(15)

MEDIDAS TECNICAS

Pesca de recreo y deportiva, captura y

Pesca de recreo y deportiva, captura y

suelta.

(16)

MEDIDAS DE CONTROL

A) Buques autorizados At

A) Buques autorizados At

ú

ú

n Rojo:

n Rojo:

Directa:

Directa:

Cerco, Cebo vivo, palangre, l

Cerco, Cebo vivo, palangre, l

í

í

nea de mano,

nea de mano,

almadrabas, Ca

almadrabas, Ca

ñ

ñ

eros del Estrecho,

eros del Estrecho,

Accidental:

Accidental:

Curric

Curric

á

á

n, L

n, L

í

í

nea de mano del Estrecho

nea de mano del Estrecho

::

Estar registrados en censos espec

Estar registrados en censos espec

í

í

ficos (flotas y

ficos (flotas y

almadrabas) con cuota individual asignada.

almadrabas) con cuota individual asignada.

Poseer autorizaci

Poseer autorizaci

ó

ó

n

n

-

-

Permiso Temporal de pesca

Permiso Temporal de pesca

at

(17)

MEDIDAS DE CONTROL

FLOTA FLOTA • • Desembarque:Desembarque:

-- En puerto designado: 28.En puerto designado: 28.

-- Preaviso con 4 horas de antelaciPreaviso con 4 horas de antelacióónn

:

:

Hora estimada llegada, cantidades a Hora estimada llegada, cantidades a bordo, zona en que se realizaron las capturas.

bordo, zona en que se realizaron las capturas.

-- Registro de la informaciRegistro de la informacióón en:n en:

-- Diario de a bordo: cantidad capturada, arte, fecha y situaciDiario de a bordo: cantidad capturada, arte, fecha y situacióón capturas.n capturas.

-- DeclaraciDeclaracióón desembarque: peso total y ejemplares atunes con separacin desembarque: peso total y ejemplares atunes con separacióón <> n <> 30 Kg.

30 Kg.

-- Informe de captura cada dInforme de captura cada díía.a.

-- Documento de captura atDocumento de captura atúún rojo (DCA) y etiquetas de marcado.n rojo (DCA) y etiquetas de marcado.

-- InspecciInspeccióón obligatoria.n obligatoria.

(18)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

ALMADRABAS ALMADRABAS

-- Registro de capturas y comunicaciRegistro de capturas y comunicacióón en un mn en un mááximo de 48 horas a SGM ximo de 48 horas a SGM tras cada levantada.

tras cada levantada.

-- Desembarque en puerto designado.Desembarque en puerto designado.

-- Si transfiere a buque de tercer paSi transfiere a buque de tercer paíís para su transformacis para su transformacióón:n:

-- AutorizaciAutorizacióón previa para transferencia a buque de tercer pan previa para transferencia a buque de tercer paíís.s.

-- Preaviso de transferencia y transformaciPreaviso de transferencia y transformacióón.n.

-- DeclaraciDeclaracióón CICAA de Transferencia.n CICAA de Transferencia.

-- ComunicaciComunicacióón de cantidades transformadas por buque de tercer pan de cantidades transformadas por buque de tercer paíís.s.

-- DCA + Etiquetas.DCA + Etiquetas.

-- Presencia observador durante el 100% extracciPresencia observador durante el 100% extraccióón de capturas.n de capturas.

(19)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

TransbordoTransbordo

:

:

--

En puerto designado y autorizaciEn puerto designado y autorizacióón previa Estado n previa Estado abanderanteabanderante buque que captura.

buque que captura.

--

Preaviso de llegada a puerto con 48 horas Preaviso de llegada a puerto con 48 horas antelaciantelacióón:Horan:Hora estimada llegada, cantidades a bordo, zona en que se

estimada llegada, cantidades a bordo, zona en que se

realizaron las capturas, nombre buque cedente y receptor,

realizaron las capturas, nombre buque cedente y receptor,

cantidades a transbordar.

cantidades a transbordar.

--

AnotaciAnotacióón en Diario de a bordo de los buques implicados.n en Diario de a bordo de los buques implicados.

-- DeclaraciDeclaracióón CICAA de n CICAA de transbordotransbordo..

--

DCA + etiquetas.DCA + etiquetas.

--

InspeciInspecióónn obligatoria.obligatoria.

(20)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

B)

B)

Cerco: actividades de captura,

Cerco: actividades de captura,

transferencia e introducci

transferencia e introducci

ó

ó

n en granja,

n en granja,

sacrificio

sacrificio

.

.

Condiciones pesca atún rojo capturado por

buque cerquero para engorde: dos situaciones;

- captura única.

(21)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

CAPTURA UNICA

• Buques autorizados (de cerco y remolcador)

• Buque de cerco con cuota individual asignada.

• Registrados en listas ICCAT específicas.

• Equipado VMS- Remolcador.

• Registro de la informaciRegistro de la informacióón en:n en:

-- Diario de a bordo: cantidad capturada, arte, fecha y Diario de a bordo: cantidad capturada, arte, fecha y situaci

situacióón capturas.n capturas.

• Informe de captura cada dInforme de captura cada díía.a.

• Documento de captura atDocumento de captura atúún rojo (DCA) y etiquetas de marcado.n rojo (DCA) y etiquetas de marcado. • Observador presente. (100%)

(22)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

OPERACION PESCA CONJUNTA

OPERACION PESCA CONJUNTA

AdemAdemáás de lo anterior, se debe poseer:s de lo anterior, se debe poseer:

AutorizaciAutorizacióón previa Estados n previa Estados abanderantesabanderantes que que intervienen en la operaci

intervienen en la operacióón.n.

Anotar las capturas en el Diario de a bordo por parte de Anotar las capturas en el Diario de a bordo por parte de cada buque que interviene en la operaci

cada buque que interviene en la operacióón.n.

Anotar si la captura sube a bordo o se transfiere a jaula Anotar si la captura sube a bordo o se transfiere a jaula de remolque.

de remolque.

Anotar las capturas asignadas en una operaciAnotar las capturas asignadas en una operacióón de n de pesca conjunta.

pesca conjunta.

Presencia obligatoria de un observador.Presencia obligatoria de un observador.

(23)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

TransferenciaTransferencia::

-- Transferencia de buque pesquero a jaula de remolque:Transferencia de buque pesquero a jaula de remolque:

-- AutorizaciAutorizacióónn previa del estado de banderaprevia del estado de bandera

-- DeclaraciDeclaracióón CICAA de Transferencia.n CICAA de Transferencia.

-- DCA+ etiquetas.DCA+ etiquetas.

-- Solicitud de introducciSolicitud de introduccióón en granja de engorde.n en granja de engorde.

-- En caso de transferencias sucesivas:En caso de transferencias sucesivas:

-- Solicitud de autorizaciSolicitud de autorizacióón de transferencia de n de transferencia de at

(24)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

Operaci

Operaci

ó

ó

n de introducci

n de introducci

ó

ó

n en granja:

n en granja:

--

Es necesaria una autorizaci

Es necesaria una autorizaci

ó

ó

n previa e

n previa e

individual para cada operaci

individual para cada operaci

ó

ó

n por parte SGM y

n por parte SGM y

del pabell

del pabell

ó

ó

n buque que captura.

n buque que captura.

--

Declaraci

Declaraci

ó

ó

n CICAA de introducci

n CICAA de introducci

ó

ó

n en granja.

n en granja.

--

Acompa

Acompa

ñ

ñ

ado de DCA, Declaraci

ado de DCA, Declaraci

ó

ó

n CICAA de

n CICAA de

Transferencia.

Transferencia.

--

Observador presente en las operaciones

Observador presente en las operaciones

introducci

(25)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

Sacrificio:

Sacrificio:

- Solicitud de autorización para realizar sacrificios

de atún.

- Observador presente durante todas las

operaciones de sacrificio.

- Declaración de transferencia.

- DCA + Etiquetas.

--

Empleo de factores de conversi

Empleo de factores de conversi

ó

ó

n para

n para

productos procesados de la CICAA.

productos procesados de la CICAA.

--

Empleo factores de crecimiento establecidos por

Empleo factores de crecimiento establecidos por

la SGM.

(26)

CONCLUSIONES GENERALES

CONCLUSIONES GENERALES

1.

1.

SSóólo puede pescar atlo puede pescar atúún rojo quien estn rojo quien estáá autorizado y autorizado y tiene cuota.

tiene cuota.

2.

2.

Todos los desembarques se realizan en puertos Todos los desembarques se realizan en puertos autorizados y se inspecciona el 100%.

autorizados y se inspecciona el 100%.

3.

3.

Todas las actividades de transbordos, transferencias, Todas las actividades de transbordos, transferencias, introducci

introduccióón de jaula y sacrificio deben autorizarse n de jaula y sacrificio deben autorizarse puntualmente.

puntualmente.

4.

4.

Todos los atunes deben llevar un marcado individual, Todos los atunes deben llevar un marcado individual, salvo que se valide el DCA.

salvo que se valide el DCA.

5.

5.

En todas la operaciones hay un DCA: elemento clave En todas la operaciones hay un DCA: elemento clave en la

en la trazabilidadtrazabilidad del atdel atúún rojo.n rojo.

MEDIDAS DE CONTROL

(27)

MEDIDAS DE CONTROL

MEDIDAS DE CONTROL

DCA

(28)

EN TODAS LAS OPERACIONES DE COMERCIALIZACI

EN TODAS LAS OPERACIONES DE COMERCIALIZACIÓÓN N HAY QUE EXIGIR EL DCA

HAY QUE EXIGIR EL DCA

Flota

Flota LonjaLonja MinoristaMinorista Lonja

Lonja

Almadraba

Almadraba ComercializaciComercializacióón directan directa Exportaci

Exportacióónn

Distribuci

Distribucióónn Cerco

Cerco EngordeEngorde MinoristaMinorista Exportaci

Exportacióónn

Clave para que el atClave para que el atúún que consumimos sea un atn que consumimos sea un atúún n pescado en condiciones de

pescado en condiciones de sostenibilidadsostenibilidad y bajo las y bajo las condiciones del Plan de Recuperaci

condiciones del Plan de Recuperacióón.n.

MEDIDAS DE CONTROL

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