LA PESCA DEL ATUN ROJO EN ESPA
EL ATUN ROJO
EL ATUN ROJO
.
. El AtEl Atúún rojon rojo ((ThunnusThunnus thynnnus
thynnnus) es una especie ) es una especie cosmopolita ampliamente
cosmopolita ampliamente
distribuida por todo el
distribuida por todo el
Atl
Atláántico oriental y ntico oriental y occidental. Tambi
occidental. Tambiéén esta n esta presente en el Mediterr
presente en el Mediterrááneo.neo.
•
•
Elevada longevidad ( puede Elevada longevidad ( puede vivir hasta los 20 avivir hasta los 20 añños).os).
•
•
Elevada fecundidad ( hasta Elevada fecundidad ( hasta 45.000 huevos por hembra).45.000 huevos por hembra).
•
•
Realiza grandes migraciones Realiza grandes migraciones oceANTECEDENTES DE LA PESCA DEL
ATUN ROJO EN ESPAÑA
ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL
ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL
ATUN ROJO EN ESPA
ATUN ROJO EN ESPA
Ñ
Ñ
A
A
•
La pesquería del atún rojo
es una de las más antigua en
la historia .
La primera evidencia indica que el atún rojo se capturaba
en el Mediterráneo siete mil años antes de Cristo. En la
antigüedad, especialmente durante la época del dominio
de Roma, la pesquería del atún rojo era muy activa,
destacando las artes de pesca de línea de mano y artes
de playa
.•
ALMADRABAS: Aparecen a final de la Edad Media en el Mediterráneo y experimentan un gran apogeo, estimándose unas capturas de alrededor de las 15.000 toneladas/año.•
CAÑAS CON CEBO VIVO EN EL CANTÁBRICO: Se desarrolla a mitades del siglo XIX.ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL
ATUN ROJO EN ESPAÑA
ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL
ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL
ATUN ROJO EN ESPA
ATUN ROJO EN ESPA
Ñ
Ñ
A
A
•
PESCA DE CERCO Y PALANGRE:Aparecen en la segunda mitad del siglo XX en el Atlántico Norte y el Mediterráneo.
•
GRANJAS DE ENGORDE:En la década d e los años 90 se inicia en España la actividad de engorde de atún rojo en cautividad.
ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL
ANTECEDENTES DE LA PESCA DEL
ATUN ROJO EN ESPA
ATUN ROJO EN ESPA
Ñ
Ñ
A
A
•
•
CONCLUSION:CONCLUSION:La pesca de at
La pesca de atúún rojo en Espan rojo en Españña es un actividad que a es un actividad que esta muy arraigada hist
esta muy arraigada históóricamente al sector pesquero ricamente al sector pesquero por su importancia econ
REGULACION DEL ATUN ROJO EN
REGULACION DEL ATUN ROJO EN
ESPA
ESPA
Ñ
Ñ
A
A
•
•
El atEl atúún rojo se regula originalmente en el seno de las n rojo se regula originalmente en el seno de las Organizaciones Regionales de Pesca. Para el caso deOrganizaciones Regionales de Pesca. Para el caso de
esta especie, es la CICAA, Comisi
esta especie, es la CICAA, Comisióón Internacional para n Internacional para la Conservaci
la Conservacióón del atn del atúún atln atláántico, la encargada de su ntico, la encargada de su ordenaci
ordenacióón y gestin y gestióón.n.
•
•
Desde el aDesde el añño 2006 existe un Plan de Recuperacio 2006 existe un Plan de Recuperacióón para n para el atel atúún rojo del Atln rojo del Atláántico Oriental y Mediterrntico Oriental y Mediterrááneo, que neo, que contempla toda una serie de medidas de ordenaci
contempla toda una serie de medidas de ordenacióón, n, gesti
gestióón y control. Este Plan ha sido recientemente n y control. Este Plan ha sido recientemente enmendado en 2008.
NORMATIVA
NORMATIVA
NORMATIVA
INTERNACIONAL:INTERNACIONAL:
•
•
RecomendaciRecomendacióón ICCAT (08n ICCAT (08--05), 05), queque enmiendaenmienda la la RecomendaciRecomendacióón de ICCAT n de ICCAT sobresobre el el establecimientoestablecimiento de un de un plan de
plan de recuperacirecuperacióónn plurianualplurianual parapara el el atatúúnn rojorojo en el en el Atl
Atláántico Este y ntico Este y MediterrMediterrááneoneo..
•
•
RecomendaciRecomendacióón ICCAT (06n ICCAT (06--07), 07), sobresobre el el engordeengorde de de atatúúnn rojorojo..
•
•
RecomendaciRecomendacióón ICCAT ( 08n ICCAT ( 08--12)para 12)para enmendarenmendar la la RecomendaciRecomendacióón (07n (07--10) 10) sobresobre el el ProgramaPrograma ICCAT de ICCAT de documentaci
NORMATIVA
NORMATIVA
NORMATIVA
EUROPEA EUROPEA
•
• Reglamento (CE) NReglamento (CE) Nºº 1559/2007, del consejo de 17 1559/2007, del consejo de 17 de
de diciembre de 2007, por el que se establece un diciembre de 2007, por el que se establece un plan de recuperaci
plan de recuperacióón plurianual para el atn plurianual para el atúún rojo n rojo en el Atl
en el Atláántico oriental y el Mediterrntico oriental y el Mediterrááneo y se neo y se modifica el Reglamento (CE) n
modifica el Reglamento (CE) nºº 520/2007.520/2007.
NACIONAL NACIONAL
•
• Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se Orden ARM/1244/2008, de 29 de abril, por la que se regula la pesquer
regula la pesqueríía de ata de atúún rojo en el atln rojo en el atláántico ntico Oriental y Mediterr
Oriental y Mediterrááneo.neo. •
• ResoluciResolucióón de la Direccin de la Direccióón General de Recursos n General de Recursos Pesqueros y Acuicultura por la que se establecen
Pesqueros y Acuicultura por la que se establecen
las disposiciones de aplicaci
las disposiciones de aplicacióón del Plan de atn del Plan de atúún n rojo en el Atl
rojo en el Atláántico Oriental y el Mar Mediterrntico Oriental y el Mar Mediterrááneo neo para 2008.
DESARROLLO DEL PLAN DE RECUPERACION
DE ATUN ROJO EN ESPAÑA
DESARROLLO DEL PLAN DE RECUPERACION
DE ATUN ROJO EN ESPAÑA
La pesquería del atún rojo en España se
articula en torno a dos ejes fundamentales:
•
Medidas de Ordenación y Gestión:
• Asignación y gestión de cuotas.
• Medidas Técnicas.
MEDIDAS DE ORDENACIÓN
MEDIDAS DE ORDENACI
MEDIDAS DE ORDENACI
Ó
Ó
N
N
En España se han asignado posibilidades de pesca entre las flotas de pesca dirigida, las almadrabas, y las flotas de pesca accidental, en base a criterios cuantitativos de historicidad de capturas y criterios socioeconómicos como son el empleo directo e indirecto generado por la actividad pesquera.
Igualmente se ha querido ir más allá de la norma europea y se ha distribuido la cuota a todos los buques y almadrabas con carácter individual con independencia de su eslora.
MEDIDAS DE ORDENACI
MEDIDAS DE ORDENACI
Ó
Ó
N
N
•
Asignación de cuotas entre flotas y artes de
pesca dirigida:
•
Cebo vivo Cantábrico: 21,76%
•
Cañas y línea mano del Estrecho: 7,17%
•
Palangre y línea de mano: 13,86%
•
Cerco Mediterráneo: 28,35%
•
Almadrabas: 26,44%
MEDIDAS DE ORDENACION
MEDIDAS DE ORDENACION
•
•
Asignaci
Asignaci
ó
ó
n cuotas entre flotas pesca accidental:
n cuotas entre flotas pesca accidental:
•
•
El 2,42% restante se reparte entre:
El 2,42% restante se reparte entre:
•
•
Flota ca
Flota ca
ñ
ñ
eros Canarias: 1,21%
eros Canarias: 1,21%
•
•
Buques curric
Buques curric
á
á
n Costera del Bonito: 0,93%
n Costera del Bonito: 0,93%
•
•
•
Vedas de temporada y artes de pesca:
Vedas de temporada y artes de pesca:
--
Cerco: Del 16
Cerco: Del 16
-
-
06 al 15
06 al 15
-
-
04.
04.
--
Palangre: Del 02
Palangre: Del 02
-
-
06 al 31
06 al 31
-
-
12.
12.
--
Cebo vivo: Del 16
Cebo vivo: Del 16
-
-
10 al 15
10 al 15
-
-
06.
06.
--
Pesca deportiva y de recreo: Del 16
Pesca deportiva y de recreo: Del 16
-
-
10
10
al 15
al 15
-
-
06
06
MEDIDAS TECNICAS
•
•
Talla m
Talla m
í
í
nima + derogaciones regionales:
nima + derogaciones regionales:
General
General
: 30
: 30
kg
kg
ó
ó
115
115
cm
cm
;
;
Derogaciones
Derogaciones
:
:
Entre 8 y 30
Entre 8 y 30
kg
kg
para flotas Cebo vivo
para flotas Cebo vivo
Cant
Cant
á
á
brico, Ca
brico, Ca
ñ
ñ
as y l
as y l
í
í
nea de mano Estrecho,
nea de mano Estrecho,
Palangre y l
MEDIDAS TECNICAS
•
•
Pesca de recreo y deportiva, captura y
Pesca de recreo y deportiva, captura y
suelta.
MEDIDAS DE CONTROL
A) Buques autorizados At
A) Buques autorizados At
ú
ú
n Rojo:
n Rojo:
Directa:
Directa:
Cerco, Cebo vivo, palangre, l
Cerco, Cebo vivo, palangre, l
í
í
nea de mano,
nea de mano,
almadrabas, Ca
almadrabas, Ca
ñ
ñ
eros del Estrecho,
eros del Estrecho,
Accidental:
Accidental:
Curric
Curric
á
á
n, L
n, L
í
í
nea de mano del Estrecho
nea de mano del Estrecho
::•
•
Estar registrados en censos espec
Estar registrados en censos espec
í
í
ficos (flotas y
ficos (flotas y
almadrabas) con cuota individual asignada.
almadrabas) con cuota individual asignada.
•
•
Poseer autorizaci
Poseer autorizaci
ó
ó
n
n
-
-
Permiso Temporal de pesca
Permiso Temporal de pesca
at
MEDIDAS DE CONTROL
FLOTA FLOTA • • Desembarque:Desembarque:-- En puerto designado: 28.En puerto designado: 28.
-- Preaviso con 4 horas de antelaciPreaviso con 4 horas de antelacióónn
:
:
Hora estimada llegada, cantidades a Hora estimada llegada, cantidades a bordo, zona en que se realizaron las capturas.bordo, zona en que se realizaron las capturas.
-- Registro de la informaciRegistro de la informacióón en:n en:
-- Diario de a bordo: cantidad capturada, arte, fecha y situaciDiario de a bordo: cantidad capturada, arte, fecha y situacióón capturas.n capturas.
-- DeclaraciDeclaracióón desembarque: peso total y ejemplares atunes con separacin desembarque: peso total y ejemplares atunes con separacióón <> n <> 30 Kg.
30 Kg.
-- Informe de captura cada dInforme de captura cada díía.a.
-- Documento de captura atDocumento de captura atúún rojo (DCA) y etiquetas de marcado.n rojo (DCA) y etiquetas de marcado.
-- InspecciInspeccióón obligatoria.n obligatoria.
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
ALMADRABAS ALMADRABAS
-- Registro de capturas y comunicaciRegistro de capturas y comunicacióón en un mn en un mááximo de 48 horas a SGM ximo de 48 horas a SGM tras cada levantada.
tras cada levantada.
-- Desembarque en puerto designado.Desembarque en puerto designado.
-- Si transfiere a buque de tercer paSi transfiere a buque de tercer paíís para su transformacis para su transformacióón:n:
-- AutorizaciAutorizacióón previa para transferencia a buque de tercer pan previa para transferencia a buque de tercer paíís.s.
-- Preaviso de transferencia y transformaciPreaviso de transferencia y transformacióón.n.
-- DeclaraciDeclaracióón CICAA de Transferencia.n CICAA de Transferencia.
-- ComunicaciComunicacióón de cantidades transformadas por buque de tercer pan de cantidades transformadas por buque de tercer paíís.s.
-- DCA + Etiquetas.DCA + Etiquetas.
-- Presencia observador durante el 100% extracciPresencia observador durante el 100% extraccióón de capturas.n de capturas.
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
•
•
TransbordoTransbordo:
:
--
En puerto designado y autorizaciEn puerto designado y autorizacióón previa Estado n previa Estado abanderanteabanderante buque que captura.buque que captura.
--
Preaviso de llegada a puerto con 48 horas Preaviso de llegada a puerto con 48 horas antelaciantelacióón:Horan:Hora estimada llegada, cantidades a bordo, zona en que seestimada llegada, cantidades a bordo, zona en que se
realizaron las capturas, nombre buque cedente y receptor,
realizaron las capturas, nombre buque cedente y receptor,
cantidades a transbordar.
cantidades a transbordar.
--
AnotaciAnotacióón en Diario de a bordo de los buques implicados.n en Diario de a bordo de los buques implicados.-- DeclaraciDeclaracióón CICAA de n CICAA de transbordotransbordo..
--
DCA + etiquetas.DCA + etiquetas.--
InspeciInspecióónn obligatoria.obligatoria.MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
B)
B)
Cerco: actividades de captura,
Cerco: actividades de captura,
transferencia e introducci
transferencia e introducci
ó
ó
n en granja,
n en granja,
sacrificio
sacrificio
.
.
•
Condiciones pesca atún rojo capturado por
buque cerquero para engorde: dos situaciones;
- captura única.
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
CAPTURA UNICA
• Buques autorizados (de cerco y remolcador)
• Buque de cerco con cuota individual asignada.
• Registrados en listas ICCAT específicas.
• Equipado VMS- Remolcador.
•
• Registro de la informaciRegistro de la informacióón en:n en:
-- Diario de a bordo: cantidad capturada, arte, fecha y Diario de a bordo: cantidad capturada, arte, fecha y situaci
situacióón capturas.n capturas.
•
• Informe de captura cada dInforme de captura cada díía.a.
•
• Documento de captura atDocumento de captura atúún rojo (DCA) y etiquetas de marcado.n rojo (DCA) y etiquetas de marcado. • Observador presente. (100%)
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
OPERACION PESCA CONJUNTAOPERACION PESCA CONJUNTA
•
•
AdemAdemáás de lo anterior, se debe poseer:s de lo anterior, se debe poseer:•
•
AutorizaciAutorizacióón previa Estados n previa Estados abanderantesabanderantes que que intervienen en la operaciintervienen en la operacióón.n.
•
•
Anotar las capturas en el Diario de a bordo por parte de Anotar las capturas en el Diario de a bordo por parte de cada buque que interviene en la operacicada buque que interviene en la operacióón.n.
•
•
Anotar si la captura sube a bordo o se transfiere a jaula Anotar si la captura sube a bordo o se transfiere a jaula de remolque.de remolque.
•
•
Anotar las capturas asignadas en una operaciAnotar las capturas asignadas en una operacióón de n de pesca conjunta.pesca conjunta.
•
•
Presencia obligatoria de un observador.Presencia obligatoria de un observador.•
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
•
•
TransferenciaTransferencia::
-- Transferencia de buque pesquero a jaula de remolque:Transferencia de buque pesquero a jaula de remolque:
-- AutorizaciAutorizacióónn previa del estado de banderaprevia del estado de bandera
-- DeclaraciDeclaracióón CICAA de Transferencia.n CICAA de Transferencia.
-- DCA+ etiquetas.DCA+ etiquetas.
-- Solicitud de introducciSolicitud de introduccióón en granja de engorde.n en granja de engorde.
-- En caso de transferencias sucesivas:En caso de transferencias sucesivas:
-- Solicitud de autorizaciSolicitud de autorizacióón de transferencia de n de transferencia de at
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
•
•
Operaci
Operaci
ó
ó
n de introducci
n de introducci
ó
ó
n en granja:
n en granja:
--
Es necesaria una autorizaci
Es necesaria una autorizaci
ó
ó
n previa e
n previa e
individual para cada operaci
individual para cada operaci
ó
ó
n por parte SGM y
n por parte SGM y
del pabell
del pabell
ó
ó
n buque que captura.
n buque que captura.
--
Declaraci
Declaraci
ó
ó
n CICAA de introducci
n CICAA de introducci
ó
ó
n en granja.
n en granja.
--
Acompa
Acompa
ñ
ñ
ado de DCA, Declaraci
ado de DCA, Declaraci
ó
ó
n CICAA de
n CICAA de
Transferencia.
Transferencia.
--
Observador presente en las operaciones
Observador presente en las operaciones
introducci
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
•
•
Sacrificio:
Sacrificio:
- Solicitud de autorización para realizar sacrificios
de atún.
- Observador presente durante todas las
operaciones de sacrificio.
- Declaración de transferencia.
- DCA + Etiquetas.
--
Empleo de factores de conversi
Empleo de factores de conversi
ó
ó
n para
n para
productos procesados de la CICAA.
productos procesados de la CICAA.
--
Empleo factores de crecimiento establecidos por
Empleo factores de crecimiento establecidos por
la SGM.
CONCLUSIONES GENERALES
CONCLUSIONES GENERALES
1.
1.
SSóólo puede pescar atlo puede pescar atúún rojo quien estn rojo quien estáá autorizado y autorizado y tiene cuota.tiene cuota.
2.
2.
Todos los desembarques se realizan en puertos Todos los desembarques se realizan en puertos autorizados y se inspecciona el 100%.autorizados y se inspecciona el 100%.
3.
3.
Todas las actividades de transbordos, transferencias, Todas las actividades de transbordos, transferencias, introducciintroduccióón de jaula y sacrificio deben autorizarse n de jaula y sacrificio deben autorizarse puntualmente.
puntualmente.
4.
4.
Todos los atunes deben llevar un marcado individual, Todos los atunes deben llevar un marcado individual, salvo que se valide el DCA.salvo que se valide el DCA.
5.
5.
En todas la operaciones hay un DCA: elemento clave En todas la operaciones hay un DCA: elemento clave en laen la trazabilidadtrazabilidad del atdel atúún rojo.n rojo.
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
MEDIDAS DE CONTROL
DCA
EN TODAS LAS OPERACIONES DE COMERCIALIZACI
EN TODAS LAS OPERACIONES DE COMERCIALIZACIÓÓN N HAY QUE EXIGIR EL DCA
HAY QUE EXIGIR EL DCA
Flota
Flota LonjaLonja MinoristaMinorista Lonja
Lonja
Almadraba
Almadraba ComercializaciComercializacióón directan directa Exportaci
Exportacióónn
Distribuci
Distribucióónn Cerco
Cerco EngordeEngorde MinoristaMinorista Exportaci
Exportacióónn
•
•
Clave para que el atClave para que el atúún que consumimos sea un atn que consumimos sea un atúún n pescado en condiciones depescado en condiciones de sostenibilidadsostenibilidad y bajo las y bajo las condiciones del Plan de Recuperaci
condiciones del Plan de Recuperacióón.n.