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DEL M I N I S T E R I O DE D E F E N S A
S U M A R I O
I — D I S P O S I C I Ó N ES G E N E R A L E S
Página MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Real D e c r e t o 3 2 4 / 1 9 8 6 , de 10 de febrero, por el que se
implanta en la Administración del Estado un nuevo sis-tema de información contable y se reestructura la fun-ción de ordenafun-ción de pagos
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II.—DISPOSICIONES PARTICULARES CON RANGO DE REAL DECRETO
MINISTERIO DE DEFENSA
Real Decreto 3 3 2 / 1 9 8 6 , de 1 7 de febrero, por el que se dispone el pase al Grupo de «Destino de Arma o Cuerpo» del General de Brigada de Artillería, diplomado de Estado Mayor, don José Riera Benac
Real D e c r e t o 3 3 0 / 1 9 8 6 , de 14 de febrero, por el que se nombra Consejero Togado del Consejo Supremo de Justicia Militar al Ministro Togado de la Armada don
1.589
Joaquín Montull Lavilla 1.589 Real D e c r e t o 3 3 1 / 1 9 8 6 , de 14 de febrero, por el que se
nombra Teniente Fiscal Togado del Consejo Supremo de Justicia Militar al General Auditor de la A r m a d a don
José Francisco Querol Lombardero 1.590 Real D e c r e t o 3 3 3 / 1 9 8 6 , de 17 de febrero, por el que se
dispone el pase al Grupo de «Destino de Arma o Cuerpo» del General de Brigada de la Guardia Civil don
Ángel Martín Diez-Quijada 1.590
I I I . — P E R S O N A L
ÓRGANOS CENTRALES DE LA DEFENSA
Dirección General de Personal 1.590
Personal Civil 1-590 EJERCITO DE TIERRA
Estado Mayor General 1.590 Casa de S.M. el Rey 1 590 Guardia Real • 1-590 Estado Mayor 1 -591 Infantería 1-591 Artillería 1-592 Ingenieros 1 593
Ingenieros de Armamento y Construcción 1.593 Escala Especial de Jefes y Oficiales (Especialistas)
(rectificaciones) 1.593 Cuerpo Jurídico Militar 1.593
Intendencia 1.594 Sanidad Militar 1-595 Farmacia Militar 1 -595
Veterinaria Militar '. 1-595 Cuerpo Eclesiástico del Ejército 1.596
Músicas Militares 1.596 Varias Armas • 1 596
Personal Civil 1 -598
ARMADA
Dirección de Reclutamiento y Dotaciones 1.598
Cuerpos de Oficiales 1.598 Reserva Naval Activa 1 -599
Escalas de Complemento 1.599 Cuerpo de Suboficiales y Asimilados 1.599
Marinería 1 -599
Unidad Administrativa de Infantería de Marina 1.599 Cuerpo de Suboficiales y Asimilados 1 5 9 9 EJERCITO DEL AIRE
Oficiales 1 5 9 9 Suboficiales 1 600
GUARDIA CIVIL
Oficíales 1 6 0 1 Suboficiales 1.602 MINISTERIO DEL INTERIOR
1.586 21 de febrero de 1986
I V . — E N S E Ñ A N Z A
Página EJERCITO DE TIERRA
Escuela Superior del Ejército 1.604 Escuela de Estado Mayor 1.604
Infantería ' 1 604 Sanidad Militar 1605 Varias Armas 1 -605
V . - R E T R I B
Ó R G A N O S CENTRALES DE LA DEFENSA Dirección de Mutilados 1-613V I . — O T R A S DI
Y . F O R M A C I Ó N
Página ARMADA Varios Ejércitos 1.605 Cuerpos de Oficiales 1.605 Cuerpo de Suboficiales y Asimilados 1.605Marinería 1 -606 Cruz Roja del Mar. Voluntariado Normal de Marinería . 1.606 EJERCITO DEL AIRE
Oficiales 1611
U C I O N E S
EJERCITO DE TIERRA Músicas Militares 1.613P O S I C I O N E S
Competiciones Hípicas 1.615V i l — A D M I N I S T R A C I Ó N D E J U S T I C I A
Recursos Contencioso-administrativos 1.615 Anulación de Requisitorias 1.616 Edicto 1.616V I I I — A N U N C I O S Y A V I S O S
Laboratorio y Parque Central de Veterinaria Militar . . . 1.616 Junta Económica del Parque y Talleres de Vehículos
Automóviles de la Región Centro 1.616
DEL MINISTEIIII) III DEFENSA
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BOD. núm. 36 21 de febrero de 1 986
I . — D I S P O S I C I Ó N ES G E N E R A L E S
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
H A C I E N D A P U B L I C A . C O N T A B I L I D A D Y O R D E N A C I Ó N D E P A G O S
REAL DECRETO 324/1986, de 10 de febrero, por el que se implanta en la Administración del Estado un nuevo sistema de información contable y se reestruc-tura la función de ordenación de pagos.
Los métodos contables vigente en la Administración del Estado, que encuentran su origen en las antiguas Leyes de Administración y Contabilidad de mediados del siglo pasado, responden a una; concepción tradicional de la Hacienda Pública; su estructura responde básicamente a la consecución de un solo objetivo: El de seguimiento y control de la ejecución y liquidación del Presu-puesto, siendo instrumento adecuado para el control de legalidad. Esta concepción tradicional de la Contabilidad Pública ha llevado a identificarla con la Contabilidad del Presupuesto o Contabilidad Presupuestaria.
Estos métodos contables han funcionado correctamente y satis-fecho los fines para los que fueron concebidos mientras se mantuvo el concepto de la Hacienda Pública neutral; pero al evolucionar la Hacienda Pública los métodos contables que se venían aplicando no lo hicieron igualmente. Los cambios en la Hacienda Pública han sido tan profundos que han traído como consecuencia, entre otras, que la Contabilidad Presupuestaria resulte insuficiente para el cumplimiento de los fines que actualmente se demanda, imponién-dose la reforma de la misma.
La ya derogada Ley de Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública, de 1 de julio de 1911, en so articuló 75 establecía que: «La Contabilidad del Estado se llevará por el sistema de partida doble». Todos los intentos que desde entonces se han realizado para poner en práctica este planteamiento teórico no han llegado a cuajar siguiéndose, dentro de la Administración del Estado, un complejo sistema basado en un conjunto de libros auxiliares y de registro en que se asientan las operaciones efectua-das, indicando sus características deudoras o acredoras pero sin conseguir los adecuados enlaces y contrapartidas que impone el método de partida doble.
Por su 'parte, el Decreto 6/1962, de 18 de enero, sobre mecanización de la Contabilidad de Gastos Públicos indicaba en su preámbulo que era urgente el reorganizar la Contabilidad del Estado, ayudándose de las posibilidades que en, ese momento brindaban las máquinas de Contabilidad, y ello^ con el fin de «proporcionar una rápida información con absoluta garantía de exactitud, prescindir de trámites innecesarios y facilitar el análisis estadístico económico que debe hoy seguir a todo sistema de Contabilidad».
Dicho Decreto dejaba fuera de su alcance, aunque sí lo preveía para etapas sucesivas, la Contabilidad del Presupuesto de Ingresos, Patrimonio y demás sectores de la Contabilidad Pública, abarcando su reorganización exclusivamente la Contabilidad de los Gastos Públicos.
Ninguno de los dos textos se han llegado a desarrollar en su totalidad por lo que se refiere al sistema de llevar y desarrollar la Contabilidad, con respecto al primero, y en cuanto a su extensión en etapas sucesivas, en el segundo.
La Ley General Presupuestaria, de 4 de enero de 1977'. sienta la base jurídica suficiente para llevar a cabo la reforma de la Contabilidad Pública. Sin entrar a definir en concreto los sistemas y medios para llevar y desarrollar la misma, indica, en su exposición de motivos, que la Contabilidad Pública: «Sigue siendo el insustituible soporte de la buena administración y del eficaz control de las actividades todas de la Hacienda Pública».
A modo de principio general, establece, en su artículo 19, que la finalidad de la Contabilidad Pública es la de reflejar toda clase de operaciones y de resultados de la actividad de la Hacienda Pública, como facilitar datos e información en general que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones.
En su afán de modernizar la Contabilidad Pública, la citada Ley General Presupuestaria, la subordina a las necesidades de gestión, control e información que e » ese momento siente la Hacienda
Pública, y no sólo, como indica en su exposición de motivos, desde la perspectiva de la técnica jurídica, sino también desde la dinámica económica en que de modo tan relevante participa el Estado en nuestros días.
De ahí que, desde el tradicional de hacer posible el control de legalidad, se amplían los fines de la Contabilidad Pública a fines de gestión, mediante la determinación de resultados presupuestarios, económicos y analíticos; de control, permitiendo llevar a cabo también los más actuales controles de eficacia y eficiencia; de información, cubriendo las necesidades sentidas cada día con mayor intensidad por los gestores públicos, a la hora de tomar decisiones y de analizar los efectos económicos de su gestión. Esto sólo, de por sí, justifica la necesidad de reformar el sistema contable.
Tal como ya ha quedado indicado, si bien la derogada Ley de Administración y Contabilidad de 1911, imponía como sistema contable el de la partida doble, quizás por ser el más metódico y práctico, nunca ha llegado a utilizarse en la Contabilidad de la Administración del Estado, que también ha permanecido ajena a los procesos normalizadores y planificadores sufridos por -la Conta-bilidad en general, de vital importancia para la economía de la Nación al permitir comparar y agregar la información contable
ofrecida. , El gran avance tecnológico experimentac}o en los últimos años
por los equipos de proceso de datos, permite contar en la actualidad con instrumentos para el tratamiento masivo de datos, más eficaces que los citados en el preámbulo del Decreto 6/1962, de 18 de enero, y que permiten abordar sistemas más complejos y sofisticados que los actuales, pudiéndose enfocar la reforma de la Contabilidad Pública de la Administración del Estado mediante la implantación de un sistema de información contable.
El sistema de información contable que por este Real Decreto se implanta en la Administración del Estado, se puede definir como un sistema que intenta abarcar todas las operaciones de naturaleza económico-financiera que se den en el ámbito de las competencias de la Administración del Estado.
Se configura como una Contabilidad para la gerencia, ya que presenta como objetivo esencial el permitir gestionar de la manera más eficiente, sirviéndose para ello fundamentalmente de la Contabilidad Analítica.
El sistema que se implanta es un sistema integrado, ya que toda la información que en el mismo se recoge no permanece de una forma inconexa, sino que autorregula todas las interrelaciones que sobre ella existan.
Otro de los principios en que se basa en es el de la descentraliza-ción de las funciones de gestión contable en cada centro contable, ios cuales se establecen lo más cerca posible de cada centro responsable de la gestión económica, de manera que en los mismos se mantenga y disponga de la información contable precisa para su gestión, sin que por ello se-pierda la garantía de la centralización y consolidación de los datos contables para obtener información a nivel nacional.
Se basa también en el método de la partida doble mediante la aplicación de! Plan General de Contabilidad Pública, consiguiendo de esta forma que las corrientes planificadoras y normalizadoras que imperan en la Contabilidad privada se hagan realidad en la Contabilidad de la Administración del Estado al utilizar como modelo contable el establecido por el citado Plan Contable, el cual tiene, a su vez, como modelo, el Plan General de Contabilidad, aprobado por el Decreto 530/1973, permitiendo así la comparación y agregación de la información contable ofrecida por el sistema.
El sistema está soportado informáticamente, haciendo uso de los avances teconológicos, tanto físicos como lógicos, a que antes se hacía referencia. A su vez, está basado en el automatismo, es decir, los datos que ha de recoger el sistema son registrados una única vez, produciendo efectos en todos los lugares en que afecten los mismos.
Otros de los principios, quizás ya más operativo que los anteriores, es el de obtener la simplificación de los procedimientos contable-administrativos mediante el registro y proceso de los datos objeto de contabilización en el punto más cercano posible a su generación, eliminando, en la mayoría de los casos, el movi-miento físico de los documentos por envío de la información a través de medios informáticos y organizando archivos para la conservación de la documentación contable.
1.588 BOD. núm. 36
Otro principio que se ha tenido presente en el momento del diseño del nuevo sistema contable ha sido el de la seguridad de su funcionamiento, lo cual se ha conseguido mediante la unicidad de los criterios contables, el tratamiento informático homogéneo en todos los centros contables y la comunicación y coordinación entre los mismos, con lo cual se garantiza la coherencia de la información obtenida y se evitan destases que provoquen deficiencias en la información consolidada.
Por último, la implantación del nuevo sistema contable va a suponer la concentración de la función de Ordenador de Pagos, en el Director general del Tesoro y Política Financiera, establecido en el artículo 75 de la Ley General Presupuestaria.
El citado artículo 75 de la Ley General Presupuestaria vino a suponer la asunción con carácter único de la función de Ordenador de Pagos por el Director general del Tesoro y Política Financiera, si bien previo la posibilidad de la existencia de Ordenadores de Pagos Secundarios para facilitar el servicio correspondiente. Esta disposición supuso la derogación de todas las normas relativas a Ordenaciones de Pagos Secundarios hasta tanto no fuera desarro-llada reglamentariamente la Ley General Presupuestaria, desarrollo que no se ha producido hasta el momento. Esta ausencia no ha sido, sin embargo, obstáculo para que las ordenaciones secundarias de pagos por obligaciones de los Departamentos militares y los Delegados de Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competen-cias, hayan seguido ejerciendo las funciones de ordenación de pagos que tenían atribuidas por normas que ahora se derogan con carácter expreso.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Economía y Hacienda, oído el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de febrero de 1986,
D I S P O N G O :
Artículo 1.° La Administración del Estado está sometida al régimen de Contabilidad Pública en los términos previstos en la Ley General Presupuestaria y en el presente Real Decreto.
Art. 2.° Para el cumplimiento de los fines que la Ley General Presupuestaria asigna a la Contabilidad Pública, se implanta en la Administración del Estado el sistema de información contable, cuyos principios y asignación de competencias se desarrollarán por el Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta de la Interven-ción General de la AdministraInterven-ción del Estado, de acuerdo con lo establecido en el presente Real Decreto.
Art. 3.° Uno.-El sistema de información contable de la Administración del Estado ha de ajustarse a los siguientes objetivos principales:
a) Implantación del Plan General de Contabilidad Pública. b) Implantación de la Contabilidad Analítica.
c) Aplicación de un modelo contable descentralizado. d) Simplificación de los procedimientos contable-administra-tivos.
e) Seguridad de funcionamiento del sistema.
Dos.-La implantación descentralizada del Plan General de Contabilidad Pública y de Contabilidad Analítica supondrá la sustitución de los tradicionales métodos contables vigentes, ppr otro en el que queden integradas las Contabilidades financiera o externa, presupuestaria y analítica, configurando un único sistema de información adecuado a los siguientes finés:
a) Establecer el Balance Integral del Estado, poniendo de manifiesto la composición y situación de su Patrimonio asi como sus variaciones.
b) Determinar los resultados desde el punto de vista econó-mico patrimonial.
c) Determinar los resultados analíticos, poniendo de mani-fiesto el coste y rendimiento de los servicios públicos.
d) Registrar la ejecución de los Presupuestos Generales del Estado, poniendo de manifiesto Jos resultados presupuestarios.
e) Registrar las operaciones de administración de los recursos de otros entes públicos gestionados por la Hacienda Pública.
0 Registrar los movimientos y la situación del Tesoro Público. g) Proporcionar los datos necesarios para la formación y rendición de la Cuenta de la Administración del Estado, así como de las cuentas, estados y documentos que deben elaborarse o remitirse al Tribunal de Cuentas.
h) Facilitar los datos y demás antecedentes que sean precisos para la confección de las cuentas económicas del Sector Público y las Nacionales de España.
i) Rendir la información económica y financiera que sea necesaria para la toma de decisiones, tanto en el orden política como en el de gestión.
j) Posibilitar el ejercicio de los controles de legalidad, finan-ciero y de eficacia.
k) Suministrar información para posibilitar el análisis de los efectos económicos de la actividad desarrollada por la Administra-ción de Estado.
1) Posibilitar el inventario y control del inmovilizado material, inmaterial y financiero, el control del endeudamiento y el segui-miento individualizado de la situación acreedora o deudora de los interesados que se relacionen con la Adminitración del Estado.
Tres.-La organización contable descentralizada en que se basa el sistema .de información contable responde a los siguientes principios:
a) Descentralización de las funciones de gestión contable en los centros contables que se establecen en el artículo 4.°.
b) Centralización en la Intervención General de la Adminis-tración del Estado de la información suministrada por los distintos centros contables a los efectos de su agregación y consolidación.
Cuatro.-La simplificación de los procedimientos contable-administrativos consistirá preferentemente en:
a) Registro y tratamiento de los datos objeto de contabiliza-ción mediante equipos de procesos de datos y en el lugar más cercano posible a su generación.
b) Sustitución del movimiento físico de documentos por envío de la información a través de medios informáticos.
c) Implantación de servicios de archivo y conservación de la documentación contable.
Cinco.-La seguridad de funcionamiento del sistema se garanti-zará mediante:
a) La coherencia de la información obtenida a través de la unicidad de criterios contables.
b) La homogeneidad en el tratamiento de la información en todos los centros contables.
c) La comunicación y coordinación entre los centros contables evitando desfases que provoquen deficiencias en la información consolidada.
Art. 4.° Las oficinas que integran la organización contable descentralizada son las siguientes:
a) Intervención General de la Administración del Estado a través de la Subdirección General de Gestión Contable, que actuará c o m o Central Contable.
b) Oficinas de Contabilidad de las Intervenciones Delegadas en los Departamentos Ministeriales de carácter civil.
c) Ordenación General de Pagos del Ministerio de Defensa. d) Oficinas Presupuestarias de los Departamentos Ministeria-les.
e) Oficina de Contabilidad de la Intervención Delegada en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
f) Intervenciones Territoriales de las Delegaciones de Hacienda.
Art. 5.° U n o . - D e conformidad con el artículo 126 de la Ley General Presupuestaria, y al objeto de alcanzar los fines que por este Real Decreto se le encomienda, corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado, a través de la Subdirec-ción General de Gestión Contable, en su calidad de Central Contable del sistema, el ejercicio d<r las siguientes funciones:
a) Examinar, formular, en su caso, observaciones y preparar las cuentas que hayan de rendirse al Tribunal de Cuentas.
b) Recabar la presentación de las cuentas, estados y demás documentos sujetos a su examen crítico.
c) Centralizar la información deducida de la Contabilidad de las oficinas a que se refiere el artículo 4.°
d) Elaborar la Cuenta de la Administración del Estado que forma parte de la Cuenta General del Estado.
e) Elaborar la documentación estadística-contable que emita el Centro.
f) Contabilizar todas aquellas operaciones que, dada la natura-leza específica de las mismas, no proceda su registro en alguna de las oficinas contables que se citan en el artículo 4.°
Dos.-Asimismo corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado la inspección de la Contabilidad Finan-ciera o externa, de la Presupuestaria y de la Analítica de la Administración del Estado en orden a garantizar el adecuado cumplimiento del control financiero y de eficacia contemplados en los artículos 17 y 18 de la Ley General Prespuestaria.
Art. 6.° A las Oficinas Contables de las Intervenciones Delega-das en ios Departamentos Ministeriales de carácter civil y a la Ordenación General de Pagos de Defensa les corresponde llevar y desarrollar la Contabilidad Financiera o externa del Departamento y el seguimiento, en términos financieros, de la ejecución de los créditos del presupuesto de gastos que se gestionen en el mismo hasta la fase del reconocimiento de la obligación contraída en nombre del Estado.
Art. 7.° La gestión de la Contabilidad Analítica de los Depar-tamentos ministeriales, debidamente integrada en el sistema de información contable a que se refiere el artículo 2.° del presente Real Decreto, es competencia de las Oficinas Presupuestarias de los mismos.
Art. 8.° A la Oficina de Contabilidad de la intervención Delegada en la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, le.compete llevar y desarrollar:
a) La Contabilidad Financiera o externa del Centro. b) La Contabilidad especial de la Deuda Pública del Estado, en sus distintas modalidades, así como el seguimiento, en términos financieros, de la ejecución de la sección presupuestaria de la misma de los Presupuestos Generales del Estado.
1.589
c) La Contabilidad especial de la Ordenación General de Pagos del Estado.
d) La Contabilidad especial de la Caja,General de Depósitos. Art. 9.° A las Intervenciones Territoriales de las Delegaciones de Hacienda les" corresponde llevar y desarrollar la Contabilidad Financiera o externa por las^operaciones de naturaleza económico-financiera que se produzca en el ámbito de sus respectivas competencias territoriales.
Art. 10. Uno.-Las facultades que actualmente tienen atribui-das la Ordenación General de Pagos de Defensa y los Delegados de Hacienda de ordenar pagos con cargo a los créditos del Presupuesto de Gastos del Estado, de anticipos de Tesorería concedidos al amparo del artículo 65 de la Ley General Presupuestaria o de presupuestos cerrados, serán ejercidas por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
D o s . - U n a vez reconocidas las obligaciones contraídas en nom-bre del "Estado por las autoridades competentes de los respectivos Departamentos ministeriales, éstas procederán a expedir las corres-pondientes propuestas de pagó que pondrán en conocimiento de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, la cual ordena-rá el pago, de acuerdo con la normativa vigente. Dichas propuestas de pago podrán emitirse simultáneamente al reconocimiento de la obligación.
Tres.-LoS Altos Órganos Constitucioales una vez reconocidas las obligaciones contraídas en nombre del Estado, remitirán a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera Las.correspon-dientes propuestas de pago para que se cumplimenten por ésta.
Cuatro.-Los datos relativos a las propuestas de pago a que se refieren los puntos anteriores se podrán poner en conocimiento de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a través de medios informáticos. "
Quinto.-Las órdenes de pago que emita la Dirección General del Tesoro y Política Financiera con base en las propuestas recibidas podrán ser comunidadas a las respectivas Cajas Pagado-ras, en las que el pago deba efectuarse, a través de medios informáticos que permitan obtener los documentos contables destinados a hacer efectivo el mismo.
Art. 11. Corresponde a los Delegados de Hacienda autorizar y tramitar los documentos de gestión contable relativos a las fases de «obligación» y «propuestas de pagos» de los gastos que se reconoz-can con cargo a los créditos de los Presupuestos de Gastos del Estado y que respecto de los mismos tenían reconocida la facultad de ordenar pagos.
DIPOSICION TRANSITORIA
Las Contabilidades relativas al seguimiento de la ejecución de los presupuestos de gastos de los Altos Órganos Constitucionales del Estado serán llevadas y desarrolladas en la Oficina de Contabili^ dad de la Intervención Delegada en el Ministerio de Economía y Hacienda.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas las disposiciones que se citan a continuación y cuantas se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto: - Real Decreto, de 24 de mayo de 1891, aprobando el Regla-mento de la Ordenación de Pagos, en lo que se oponga al presente Real Decreto.
- Decreto 6/1962, de 18 de enero, sobre mecanización de la Contabilidad de Gastos Públicos, en lo que se oponga al presente Real Decreto.
- Decreto 482/1966, de 17 de febrero, sobre facultades de los Delegados de Hacienda en materia de Ordenación de Pagos por obligaciones civiles del Estado.
- Decreto 275/1973, de 15 de febrero, por el que se amplían las facultades de los Delegados de Hacienda en relación a la Ordena-ción de Pagos en materia de personal.
- Real Decreto 449/1978, de 2 de marzo, ampliando las facultades de los Delegados de Hacienda en materia de Ordenación de Pagos de los Ministerios Civiles del Estado.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.-El Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado, desarrollará las normas contenidas en el presente Real Decreto.
Segunda.-Por el Ministerio de Defensa se procederá, en el plazo de seis meses, previo.informe de los Ministerios de la Presidencia y de Economía y Hacienda, a aprobar o, en su caso, proponer las modificaciones orgánicas precisas en orden a la creación de un órgano central que asuma las funciones que por este Real Decreto se atribuye a dicho Departamento ministerial y que coordine las que actualmente desarrollan las Direcciones Económicas de Conta-bilidad de los Cuarteles Generales.
Tercéra.-El Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta de los Altos Órganos Constitucionales del Estado, podrá acordar el traspaso de las competencias reguladas en la disposición transitoria a las Oficinas descentralizadas de Contabilidad que se creen en los citados Altos Órganos.
Cuarta.-Se autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda para que, mediante Orden, determine la fecha de entrada en funciona-miento del sistema de información contable que por este Real Decreto se implanta en la Administración del Estado.
Quinta.-El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 10 de febrero de 1986.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Economía y Hacienda.
C A R L O S S O L C H A G A C A T A L Á N
(Del BOE núm. 42, de 18-2-1986.)
II—DISPOSICIONES PARTICULARES CON RANGO
DE REAL DECRETO
MINISTERIO DE DEFENSA
REAL DECRETO 332/1986, de 17 de febrero, por el que se dispone el pase al grupo de «Destino de Arma o Cuerpo» del General de Brigada de Artillería, Diplomado de Estado Mayor, don José Riera Benac.
Por aplicación del apartado 2, del artículo 2.Q, del Real Decreto 1 6 1 1 / 1 9 8 1 , de 24 de julio, que regula las primeras medidas a adoptar para el desarrollo de la Ley 2 0 / 1 9 8 1 , de 6 de julio, de creación de la situación de Reserva Activa y fija-ción de edades de retiro para el personal militar profesional, Vengo en disponer que el General de Brigada de Artillería, Diplomado de Estado Mayor, don José Riera Benac pase al Grupo de «Destino de Arma o Cuerpo», por haber cumplido la
edad reglamentaria el día 15 de febrero de 1 986, quedando en la situación de disponible forzoso.
Dado en Madrid a 1 7 de febrero de 1986.
JUAN CARLOS R. El Ministro de Defensa.
NARCISO SERRA SERRA
REAL DECRETO 330/1986, de 14 de febrero, por el que se nombra Consejero Togado del Consejo Supremo de Justi-cia Militar al Ministro Togado de la Armada don Joaquín Montull Lavilla.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.Q del Reglamento Orgánico del Régimen Interior del Consejo
1.590
Supremo de Justicia Militar, modificado por Orden número 6 / 1 9 8 1 , de 15 de enero, que lo adaptó a la Ley orgánica 9 / 1 9 8 0 , de 6 de noviembre, de reforma del Código de Justicia Militar, y a propuesta del Ministro de Defensa,
Vengo en nombrar Consejero Togado del Consejo Supremo de Justicia Militar al Ministro Togado de la Armada don Joa-quín Montull Lavilla, que reúne las condiciones exigidas en el artículo 119 del Código de Justicia Militar.
Dado en Madrid a 14 de febrero de 1986.
JUAN CARLOS R. El Ministro de Defensa.
NARCISO SERRA SERRA.
REAL DECRETO 331/1986, de 14 de febrero, por el que se nombra Teniente Fiscal Togado del Consejo Supremo de Justicia Militar al General Auditor de la Armada don José Francisco Querol Lombardero.
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.Q del Reglamento Orgánico del Régimen Interior del Consejo Supremo de Justicia Militar, aprobado por Orden de 30 de octubre de 1959 y modificado por Orden número 6 / 1 9 8 1 , de 15 de enero, que lo adaptó a la Ley Orgánica 9 / 1 9 8 0 , de 6 de noviembre, de reforma del Código de Justicia Militar, y a pro-puesta del Ministro de Defensa,
Vengo en nombrar Teniente Fiscal Togado del Consejo Supremo de Justicia Militar al General Auditor de la Armada
don José Francisco Querol Lombardero, que reúne las condi-ciones'exigidas para ello.
Dado en Madrid a 14 de febrero de 1986.
JUAN CARLOS R. El Ministro de Defensa.
NARCISO SERRA SERRA
REAL DECRETO 333/1986, de 17 de febrero, por el que se dispone pase al Grupo de "Destino de Arma o Cuerpo» el General de Brigada de la Guardia Civil don Ángel Martín Diez-Quijada.
Por aplicación del apartado 2, del artículo 2.Q, del Real Decreto 1611 / 1 9 8 1 , de 24 de julio, que regula las primeras medidas a adoptar para el desarrollo de la Ley 2 0 / 1 9 8 1 , de 6 de julio, de creación de la situación de Reserva Activa y fija-ción de edades de retiro para el personal militar profesional, Vengo en disponer que el General de Brigada de la Guardia Civil don Ángel Martín Diez-Quijada pase al Grupo de «Destino de Arma o Cuerpo», por haber cumplido la edad reglamentaria el día 15 de febrero de 1986, quedando en la situación de disponible forzoso.
Dado en Madrid a 1 7 de febrero de 1986.
JUAN CARLOS R. El Ministro de Defensa.
NARCISO SERRA SERRA.
(Del eOE.núm. 42, de 18-2-1986.)
I I I — P E R S O N A L
ÓRGANOS CENTRALES DE LA DEFENSA
Dirección General de Personal
P E R S O N A L C I V I L Destinos Orden 7 2 4 / 0 4 2 4 7 / 8 6
En virtud de las atribuciones, en materia de personal civil funcionario, que me confiere la Orden 71 / 1 9 8 5 , del Ministerio de Defensa, de fecha 16 de diciembre'(«Boletín Oficial del Estado» número 311), y a petición de la interesada, con la conformidad del Excmo. señor General Jefe del Estado Mayor del Ejército, cesa en el cargo de InspectoraGeneral.del Cuerpo de Damas Auxiliares de Sanidad Militar, doña Coloma Rotger y Guardiola (1ME00051), funcionaría del Cuerpo de Damas Auxi-liares de Sanidad Militar del Ejército de Tierra, y pasa a prestar sus servicios como Dama Auxiliar de Sanidad Militar al Cuartel General del Ejército de Tierra (Madrid), en vacante de su Cuerpo, quedando sin efecto la Orden de 11 de marzo de 1975 («Diario Oficial del Ejército de Tierra» número 60).
Madrid, 18 de febrero de 1986.—El Director General de Personal, Federico Michavila Pallares.
E J E R C I T O DE T I E R R A
E S T A D O M A Y O R G E N E R A L R e c o m p e n s a s
Orden 3 6 2 / 0 4 2 4 8 / 8 6
Se concede autorización para usar sobre el uniforme la Cruz al Mérito Policial con distintivo blanco, al General de Bri-gada de la Guardia Civil don Constantino Gómez González, Jefe de la 4 .a Zona de la Guardia Civil.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
C A S A D E S . M . E L R E Y GUARDIA REAL A s c e n s o s h o n o r a r i o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 4 9 / 8 6
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 81 / 1 9 8 0 , de 30 de diciembre («Diario Oficial» número 23 del 81) y Orden
Mi-1.591
nisterial número 16/82, de 11 de febrero («Diario Oficial» nú-mero 40), que desarrolla dicha Ley, se c o n c e d e el ascenso honorífico, al empleo inmediato superior, a los oficiales y sub-oficiales de la Guardia Real, en situación de retirado, que a continuación se relaciona:
A comandante honorario
Capitán de la Guardia Real don Guillermo Trejo Larios.
A teniente honorario (a título postumo)
Subteniente de la Guardia Real don Fernando Mayoral Carrasco.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D, el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
R e s e r v a A c t i v a Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 0 / 8 6
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 2 0 / 1 9 8 1 , de 6 de julio y disposiciones que la desarrollan, por cumplir la edad reglamentaria en la fecha que se indica pasará a la si-tuación de Reserva Activa, el personal que a continuación se relaciona, cesando en su actual destino y q u e d a n d o a dispo-sición del Sr. Ministro de Defensa:
Día21 de marzo de 1 9 8 6 — Subteniente de la Guardia Real don Francisco Requena Requena, con destino en la Guardia Real, fijando su residencia en la Guarnición y Plaza de Madrid.
Día 29 de marzo de 1986—Subteniente de la Guardia Real don Juan Leiva Pino, con destino en la Guardia Real, fijando su residencia en la Guarnición de Madrid, Plaza de El Pardo.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
E S T A D O M A Y O R A c o p l a m i e n t o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 1 / 8 6
A propuesta del General Director de la Escuela Superior del Ejército, según lo dispuesto en el artículo 210, apartado K), del Reglamento de Enseñanza, Régimen Interior y Servicio de la Escuela Superior del Ejército, queda acoplado en la ci-tada Escuela (Escuela de Estado Mayor), Madrid, para profe-sor auxiliar de Táctica d e Primer Curso, en vacante de clase DEM., tipo 1.°, Arma de Infantería, el comandante.de Infante-ría, diplomado de Estado Mayor, Escala Activa, Grupo de «Mando de Armas», don Femando Gutiérrez Salguero (9674), del mismo Centro al que se le destina.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — E l Teniente General JEME., José María Sáenz de Tejada.
Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 2 / 8 6
A propuesta del General Director de la Escuela Superior del Ejército, según lo dispuesto en el artículo 210, apartado K), del Reglamento de Enseñanza, Régimen Interior y Servicio de la Escuela Superior del Ejército, queda a c o p l a d o en la ci-tada Escuela (Escuela de Estado Mayor), Madrid, para profe-sor auxiliar de Táctica de Primer Curso, en vacante de clase DEM., tipo 1 ° , cualquier Arma, el comandante de Infantería, diplomado d e Estado Mayor, Escala Activa, Grupo de «Mando de Armas», d o n Mario Ruiz Blanco (9532), del mismo Centro al que se le destina.
Madrid, 13 de febrero de 1986.—El Teniente General JEME., José María Sáenz de Tejada.
V a c a n t e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 3 / 8 6
Clase DEM., tipo 1.°
Estado Mayor del Ejército, Madrid.—Una de teniente
coro-nel o comandante, indistintamente, de cualquier Arma, diplo-mado de Estado Mayor, Escala Activa, Grupo de «Mando de Armas»,
Documentación: Papeleta de petición de destino y ficha-resumen, que se remitirá al Cuartel General del Ejército, Di-rección de Personal.
Plazo de admisión de papeletas: Doce días naturales con-tado a partir del siguiente al de la fecha de publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Defensa».
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D, el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
D e s t i n o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 4 / 8 6
Para cubrir la vacante de comandante de cualquier Arma, d i p l o m a d o de Estado Mayor, Escala Activa, Grupo de «Mando de Armas», anunciada por Orden 3 6 2 / 1 4 5 / 8 6 («Boletín Oficial de Defensa» número 4), dé clase DEM., tipo 1.°, existente en la Academia General Militar, Zaragoza, para la Secretaría de Es-tudios, profesor, se destina, con carácter voluntario, al coman-dante de Infantería, diplomado de Estado Mayor de la citada Escala y Grupo don Félix Ático Ñuño Gallego (9758), del Es-tado Mayor de la Brigada de Infantería Motorizada Lll.
Madrid, 11 de febrero de 1 9 8 6 — E l Teniente General JEME., José María Sáenz de Tejada.
Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 5 / 8 6
Para cubrir la vacante de teniente coronel o comandante, indistintamente, de cualquier Arma, diplomado de Estado Ma-yor, Escala Activa, Grupo de «Mando de Armas», anunciada por Orden 3 6 2 / 3 0 3 3 7 / 8 5 («Boletín Oficial de Defensa» nú-mero 221), d e clase DEM., tipo 1.°, existente en el Estado Ma-yor del Ejército, Madrid, se destina, con carácter voluntario, al comandante de Artillería, diplomado de Estado Mayor de la citada Escala y Grupo d o n Ricardo Tur Serra (4766), del Es-tado Mayor de la Capitanía General de la 5.a Región Militar.
Madrid, 11 d e febrero de 1 9 8 6 — E l Teniente General JEME., José María Sáenz de Tejada.
I N F A N T E R Í A A s c e n s o s honorarios Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 6 / 8 6
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 81 / 1 9 8 0 , de 30 de diciembre («Diario Oficial» número 23, del 81), y Orden Ministerial número 1 6 / 8 2 , de 11 de febrero («Diario Oficial» número 40), que desarrolla dicha Ley, se concede el ascenso honorífico al empleo de brigada al sargento primero de Infante-ría, en situación de retirado, don Antonio Fernández Núñez.
Madrid, 12 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
V a c a n t e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 7 / 8 6
Las vacantes anunciadas con el número 2 de la Orden 3 6 2 / 3 0 8 0 8 / 8 5 («Boletín Oficial de Defensa» número 225), en el Regimiento de Infantería «Las Navas» número 12, quedan anuladas a todos los efectos.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D.„ el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
D e s t i n o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 8 / 8 6
Clase C, tipo 3 °
Como resolución parcial a las vacantes anunciadas por or-den 3 6 2 / 3 0 8 0 8 / 8 5 («Boletín Oficial de Defensa» número 225), pasa destinados:
1.592 BOD. núm. 36
VOLUNTARIOS
Al Regimiento de Infantería Mahón número 46 (Mahón, Menorca)
Cabo primero de Banda, Juan Carlos Ruiz León (482), del Regimiento de Infantería Asturias número 3 1 .
Al Regimiento de Infantería Teruel número 48, Ibiza
Cabo primero de Banda, José Francisco Duran Jiménez (493), del Regimiento de Infantería Tenerife número 49.
Al Regimiento de Infantería Canarias número 50 (I y II Bata-llón), Las Palmas de Gran Canaria
Cabo primero de Banda, Jesús Galindo Narváez (468), del Regimiento de Infantería Alcázar de Toledo número 6 1 .
FORZOSOS
Al Regimiento de Infantería Príncipe número 3 (Pruvia-Noreña, Asturias)
Maestro de Banda, asimilado a sargento primero d o n Enri-que Serrano Navarro (352), de disponible forzoso por ascenso en la Plaza de Córdoba.
Al Regimiento de Infantería Mahón número 46 (Mahón, Menorca)
Cabo primero de Banda Manuel Ruiz Vega (421), de dispo-nible forzoso en la Plaza de Alicante.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
A R T I L L E R Í A Destinos Orden 3 6 2 / 0 4 2 5 9 / 8 6
Para cubrir parcialmente las vacantes, anunciadas de clase C, tipo 3.°, por Orden 3 6 2 / 4 9 9 / 8 6 («Boletín Oficial de Defensa» número 7), se destina, con el carácter que se indica, a las Unidades y Centros que se citan, a los oficiales de Artille-ría que a continuación se relacionan:
PREFERENCIA VOLUNTARIA
VACANTES DEL ARMA EN PLANTILLA FIJA
Grupo SAM del Regimiento de Artillería AA. número 74 (San Roque, Cádiz)
Teniente, Escala Especial de Jefes y Oficiales (Escala de Mando), don José Osuna Sánchez (4742), del Regimiento de Artillería de Costa número 5, USYM.
Regimiento Mixto de Artillería número 2, para la UST y M (El Ferrol, La Coruña)
Capitán, Escala Auxiliar, don César Goyanes Menéndez (2072), de la Dirección de Material del MASAL.
EN PLANTILLA EVENTUAL
Regimiento de Artillería de Campaña número 11 (Madrid)
Teniente, Escala Auxiliar, don Miguel Villamor Villamor (2777), de la plantilla de teniente del mismo Regimiento al que se le destina.
Jefatura del Servicio de Artillería de la Región Militar Sur (Sevilla)
Teniente, Escala Auxiliar, don Valentín Suárez Parreño (3161), del Grupo de Artillería de Campaña Lll, D.P. artículo 59.
CMR del Regimiento de Artillería de Campaña número 18 (Murcia)
Capitán, Escala Auxiliar, don Pedro Gómez Oliva (2248), del ISFAS, Subdelegación de Cuenca.
Mando de Artillería de Costa del Estrecho (Algeciras, San Roque)
Teniente, Escala Auxiliar, don Julio González Antoñanzas (2634), del Grupo SAM del Regimiento de Artillería AA. número 74.
Teniente, Escala Auxiliar, don Manuel Muñoz Casas (3111), del Grupo de Artillería a Lomo XLI.
Teniente, Escala Auxiliar,. don Antonio Carrillo Cañete (3164), del Grupo de Artillería de la Brigada Paracaidista.
Grupo SAM del Regimiento de Artillería AA. número 74 (San Roque, Cádiz)
Teniente, Escala Auxiliar, don Ricardo Morales Calvo (3007), del Grupo de Artillería de Campaña XXII.
Regimiento de Artillería de Campaña número 14 (Sevilla)
Teniente, Escala Auxiliar, don Jesús Leal Perianez (3202), del Grupo de Artillería de Campaña Lll, D.P. artículo 59.
VACANTES DE CUALQUIER ARMA PLANTILLA FIJA
Cuartel General de la Región Militar Levante, Sección de Movi-lización (Valencia)
Capitán, Escala Especial de Jefes y Oficiales (Escala de Mando), don Juan Ramos García (76), del Regimiento de Arti-llería de Campaña número 17.
Capitán, don José Cantalapiedra Mora (102), del Regi-miento de Artillería de Campaña número 17.
Zona de Reclutamiento y Movilización número 32 (Castellón)
Capitán, Escala Auxiliar, don Ramón Avila Cano (2494), del Gobierno Militar de Cuenca, artículo 41-f.
Zona dé Reclutamiento y Movilización número 35 (Murcia)
Capitán, Escala Auxiliar, don Miguel Sánchez Ferrer(2372), de la Dirección de Servicios Generales.
CIR número 13, Campamento de Figueirido (Pontevedra)
Teniente, Escala Auxiliar, don Víctor Lucía García (2743), de la PLM, del Mando de Apoyo Logístico de la Zona Interre-gional Centro. DP artículo 45.
Subinspección de la Zona Militar de Canarias (Santa Cruz de Tenerife)
Capitán, Escala Auxiliar, don Luis Miguel Bartolomé (2523), de disponible forzoso en la Guarnición de Tenerife, Plaza de Santa Cruz.
Zona de Reclutamiento y Movilización número 71 (Valladolid)
Capitán, Escala Auxiliar, don Pedro Parra García (2528), de disponible forzoso en la Guarnición de Valladolid y agregado al Parque y Talleres de Vehículos Automóviles de la 7.a Región Militar.
Gobierno Militar del Campo de Gibraltar (Algeciras, San Roque)
Teniente, Escala Especial de Jefes y Oficiales (Escala de Mando), don Enrique Alcantarilla Fernández (4309), de dispo-nible forzoso en la Guarnición de Jerez de la Frontera y agre-gado al Regimiento de Artillería AA. número 74.
Zona de Reclutamiento y Movilización número 76 (León)
Capitán, Escala Auxiliar, don Juan de Vera Espinosa (2475), de plantilla eventual de la misma Zona a la que se destina.
PLANTILLA EVENTUAL
Cuartel General de la División número 1 (Colmenar Viejo, Madrid)
Teniente, Escala Auxiliar, don Mariano Camacho Torres (3136), del Grupo Logístico XII.
Grupo Logístico XXXI (Bétera, Valencia)
Teniente, Escala Auxiliar, don Leopoldo Vaz-Romero Sán-chez (3222), del Grupo de Artillería de Campaña Lll. Conti-nuando en su anterior destino hasta cumplir un año de perma-nencia en el mismo (14 de junio de 1986), artículo 59, disposición transitoria punto 1, publicado el 22 de enero de 1986 («Boletín Oficial de Defensa» número 14).
Teniente, Escala Auxiliar, don Félix Buendía Moya (2710), de la Agrupación Logística de la División 3.
Zona de Reclutamiento y Movilización número 11 (Madrid)
Teniente, Escala Auxiliar, don Antonio Loureiro Castro (2371), de la plantilla de teniente de la'misma Zona a la que se le destina.
Zona de Reclutamiento y Movilización número 15 (Cuenca)
Teniente, Escala Auxiliar, don Antonio Pita Carretero (3261), de disponible forzoso en la Guarnición de La Coruña y agregado a la Jefatura de Artillería de la 8.a Región Militar.
Zona de Reclutamiento y Movilización número 34 (Albacete)
Teniente, Escala Auxiliar, don Argimiro Simarro Nieva (2534), del Regimiento de Artillería AA. número 73.
Gobierno Militar de Mallorca
Teniente, Escala Auxiliar, don Pedro Garau Villalonga (2601), del Regimiento Mixto de Artillería número 9 1 .
Zona de Reclutamiento y Movilización número 35 (Patencia)
Teniente, Escala Auxiliar, don José Sanz Caro (3093), del Regimiento de Artillería de Campaña número 47.
V A C A N T E S DE OFICINAS MILITARES PLANTILLA EVENTUAL
Junta Delegada de Compras del Cuartel General del Ejército (Madrid)
Teniente, Escala Auxiliar, don Hilario Vaquero Corral (2667), del Regimiento de Artillería AA. número 7 1 .
Academia de Artillería (Segovia), provisionalmente en Madrid
Teniente, Escala Auxiliar, don Antonio García García (2544), del Regimiento de Instrucción de la misma Academia a la que se le destina.
Academia de Artillería (Segovia)
Teniente, Escala Auxiliar, don Luis García Heredero (2543), ' de la plantilla de teniente de la misma A c a d e m i a a la que se le destina.
Academia de Artillería, Sección de Costa (Cádiz)
Capitán, Escala Auxiliar, don Alfonso Cabrera González' (2363), de disponible forzoso en la Guarnición de Córdoba.
Cuartel General de la Capitanía General de la 5.a Región Militar
(Zaragoza)
Capitán, Escala Auxiliar, don Juan Checa Abad (2510), d e l ' Cuartel General de la Región Militar Centro, Jefatura de Personal.
Cuartel General de la Capitanía General de la 7.a Región Militar
(Valladolid)
Teniente, Escala Auxiliar, don Manuel Esteban Herrero'1 (2627), del Regimiento de Artillería AA. Ligera número 26. i
2.a Jefatura de Tropas de la 8.a Región Militar (Pontevedra)
Capitán, Escala Auxiliar, don Nicanor A m o e d o Área (2432), de la Agrupación Mixta de Encuadramiento número 6 1 . Conti-nuando en su anterior destino hasta cumplir un año de perma-nencia en la misma (6 de marzo de 1986), artículo 59, disposi-ción transitoria punto 1, publicado el 22 de enero de 1986 («Boletín Oficial de Defensa» número 14).
Almacén Local y Servicios de Intendencia de Mahón (Menorca)
Capitán, Escala Especial de Jefes y Oficiales (Escala de Mando), don Juan Cabrera Valenzuela (85), de la Compañía de Policía Militar número 103.
Jefatura de Tropas de Mallorca, Cuartel General (Palma de Mallorca)
Teniente, Escala Auxiliar, don Juan Ramonell Costa (2588), de la Jefatura de Tropas de Mallorca.
PREFERENCIA FORZOSA
VACANTES DEL ARMA • PLANTILLA FIJA
Regimiento Mixto de Artillería número 93 (Santa Cruz de Tenerife)
Capitán, Escala Auxiliar, don Julio González Apestigue (2527), de disponible forzoso en la Guarnición de Burgos y agregado al Parque de Artillería de dicha Plaza.
Madrid, 12 de febrero de 1 9 8 6 — P . D„ el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
I N G E N I E R O S Destinos Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 0 / 8 6
Para cubrir la vacante de suboficial de Ingenieros, anun-ciada por Orden 3 6 2 / 0 2 4 1 3 / 8 6 («Boletín Oficial de Defensa» número 20), de clase C, tipo 1.2, existente en la Dirección de Personal del Mando Superior de Personal (Madrid), se destina, con carácter voluntario al sargento primero de Ingenieros don Francisco Galán Galán (3603), del Regimiento de Transmisio-nes de la Red Territorial de Mando y Servicios Especiales, Unidades de Madrid.
Madrid, 1 7 de febrero de 1986 — P. D., el General Jefe Inte-rino del MASPE, Ramón Valverde Martínez.
I N G E N I E R O S D E A R M A M E N T O Y C O N S T R U C C I Ó N ESCALA ESPECIAL DE JEFES Y OFICIALES
(ESPECIALISTAS) Destinos
Advertido error en el «Boletín Oficial de Defensa» número 28, de fecha 11 de febrero de 1986, Orden 3 6 2 / 0 3 3 4 6 / 8 6 , página 1.285, segunda columna, se rectifica como sigue:
Donde dice: Madrid, 3 de enero de 1986. Debe decir: Madrid, 3 de febrero de 1986. Madrid, 18 de febrero de 1986. C U E R P O J U R Í D I C O M I L I T A R V a c a n t e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 1 / 8 6 Clase C, tipo 1 .a Plantilla eventual.
En la Junta de Compras Delegada del Cuartel General del Ejército.—Una de coronel auditor de la Escala activa.
21 de febrero de 1986 BOD. núm. 36
Documentación: Papeleta de petición de destino y ficha-resumen, que se remitirán a la Dirección de Personal del Cuar-tel General del Ejército.
Plazo de admisión de papeletas: Doce días naturales, c o n -tados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Defensa».
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 2 / 8 6 Clase C, tipo 1.a
En la Fiscalía Jurídico Militar de la 5.a Región Militar.—Una de teniente coronel o comandante auditor de la Escala Activa. Documentación: Papeleta de petición de destino y ficha-resumen, que se remitirán a la Dirección de Personal del Cuar-tel General del Ejército.
Plazo de admisión de papeletas: Doce días naturales, c o n -tados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Defensa».
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 3 / 8 6 Clase C, tipo 3.2
1 .—En la Auditoría de Guerra de la 8.a Región Militar.—Una de teniente coronel auditor de la Escala Activa.
2.—En el Juzgado Togado Militar Permanente de Instruc-ción número 1 (Barcelona), para secretario relator.—Una de capitán o teniente auditor de la Escala Activa.
Documentación: Papeleta de petición de destino, que se remitirá a la Dirección de Personal del Cuartel General del Ejército.
Plazo de admisión de papeletas: Doce días naturales, c o n -tados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Defensa».
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
Destinos Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 4 / 8 6
Se destina, con carácter voluntario, en vacante clase C, tipo 1 .Q, a la Fiscalía Jurídico Militar de la Región Militar Centro, al teniente coronel auditor don Lino Santiago Tarodo Viñuelas (249), de la Fiscalía Togada del Consejo Supremo de Justicia Militar.
Esta vacante fue anunciada por Orden 3 6 2 / 3 0 8 1 7 / 8 5 («Boletín Oficial de Defensa» número 225).
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Jefe Inte-rino del MASPE, Ramón Valverde Martínez.
I N T E N D E N C I A A s c e n s o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 5 / 8 6
La Orden 3 6 2 / 0 2 2 5 1 / 8 6 («Boletín Oficial de Defensa» número 19), por la que se ascendía al empleo de coronel de Intendencia a don Julio Martínez Yuste queda modificada en el sentido de que su agregación es al Mando de Apoyo Logístico a la Zona Interregional Centro.
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez. .
Ingreso e n la Escala Auxiliar Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 6 / 8 6
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.Q, del Real Decreto 1000/1985, de 19 de junio («Boletín Oficial de
Defensa», número 101), se concede el ingreso en la Escala Auxiliar con el empleo de teniente auxiliar de Intendencia al subteniente del Cuerpo don Diego Alcántara Almansa (644,332), con antigüedad de 1 de diciembre de 1985, en situación de Reserva Transitoria, en la Plaza de Sevilla.
Escalafonándose en su nuevo empleo con el número 555,333 y continuando en la misma situación de Reserva Transitoria en dicha Plaza.
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 7 / 8 6
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.Q, del Real Decreto 1 0 0 0 / 1 9 8 5 , de 19 de junio («Boletín Oficial de Defensa» número 101), se concede el ingreso en la Escala Auxiliar con el empleo de teniente auxiliar de Intendencia al subteniente del Cuerpo don Juan García Andrade (644,415), con antigüedad de 1 de enero de 1986, en situación de Reserva Transitoria, en la Plaza de Sevilla.
Escalafonándose en su nuevo empleo con el número 555,666 y continuando en la misma situación de Reserva Transitoria en la misma Plaza.
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
Reserva Activa Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 8 / 8 6
De conformidad con lo dispuestso en la Ley 2 0 / 1 9 8 1 , de 6 de julio y disposiciones que la desarrollan, por cumplir la edad reglamentaria en las fechas que se indican pasará a la situa-ción de Reserva Activa, el personal que a continuasitua-ción se relaciona, cesando en su actual destino y quedando a disposi-ción del Sr. Ministro de Defensa:
El día 5 de marzo de 1986, capitán de Intendencia (E.Aux.) (340), don Avelino Yonte Hernández, de la Dirección de Asun-tos Económicos, en Madrid.
El día 17 de marzo de 1986, coronel de Intendencia (EA) (1076), don Joaquín Medina Pérez, de la Mayoría Regional de Intendencia de la 5.a Región Militar, en Zaragoza.
El día 24 de marzo de 1986, coronel de Intendencia (EA) (1088), don Joaquín Lascurain Ruiz, de la Dirección de A s u n -tos Económicos, en Madrid.
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
Retiros Orden 3 6 2 / 0 4 2 6 9 / 8 6
Por cumplir la edad que determina el Real Decreto 1 1 2 8 / 1 9 8 5 , de 3 de julio («Boletín Oficial de Defensa» número 111), pasa a la situación de retirado, el día 17 de junio de 1986, el coronel de Intendencia (EA) don Jaime Blasco Moreno (620), en la Región Militar Centro (Madrid).
En cumplimiento de lo determinado en el artículo 2 .2, del Real Decreto 3 0 6 / 1 9 8 5 , de 26 de febrero («Boletín Oficial de Defensa» número 33), el coronel a que se refiere la presente Orden tendrá derecho a la percepción de una ayuda e c o n ó -mica en cuatro mensualidades, por un importe total de 360.376 pesetas.
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
V a c a n t e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 0 / 8 6
Clase C, tipo 1.°.
En la Jefatura de Intendencia de la División de Montaña. «Urgel» número 4 (Lérida).—Una de coronel de Intendencia. ( E A ) .
1.595
Documentación: Papeleta de petición de destino y ficha-resumen, que se remitirá a la Dirección de Personal del Cuar-tel General del Ejército.
Plazo de admisión de papeletas: Doce días naturales, con-tados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Defensa».
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
D e s t i n o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 1 / 8 6
Como resolución parcial de las vacantes de oficial de cualquier Arma o Cuerpo para Servicios burocráticos, anun-ciadas clase C, tipo 3 ° por Orden 3 6 2 / 4 9 9 / 8 6 («Boletín Oficial de Defensa» número 7) se destina:
EN PREFERENCIA VOLUNTARIA
A la Agrupación Logística de la División número 1 (Colmenar Viejo, Madrid)
Capitán de Intendencia (E. auxiliar) don Julio Sánchez Ji-ménez (434), de la Academia de Intendencia.
A la 3.a Zona de la IMEC (Distrito de Valencia)
Capitán de Intendencia (E. auxiliar) don Blas López Cárce-les (381), de la A g r u p a c i ó n Logística número 3 (en vacante de Oficinas Militares).
A la Zona de Reclutamiento y Movilización número 101 (Palma de Mallorca)
Teniente de Intendencia (E. auxiliar) don Emilio Martínez Pérez (476), del Centro de Instrucción de Reclutas número 14 (en plantilla eventual).
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 2 / 8 6
Para cubrir vacante de oficial de Oficinas Militares que po-día ser solicitada por oficiales de cualquier Arma o Cuerpo, anunciada clase C, tipo 3 ° por Orden 3 6 2 / 4 9 9 / 8 6 («Boletín Oficial de Defensa» número 7), en la Prisión Militar de Alcalá de Henares, se destina en preferencia voluntaria, en plantilla eventual al teniente auxiliar d e Intendencia 1.° Grupo don Avelino Escarpa Palomero (491), del Grupo Regional de In-t e n d e n c i a n ú m e r o 1. P a n a d e r í a MiliIn-tar de A l c a l á d e
Henares (Madrid).
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
S A N I D A D M I L I T A R I n g r e s o e n l a E s c a l a A u x i l i a r Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 3 / 8 6
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.° del Real De-creto 1000/1985, de 19 de junio («Boletín Oficial de Defensa» número 101), se c o n c e d e el ingreso en la Escala Auxiliar, con el empleo de teniente auxiliar del Cuerpo de Sanidad Militar, •a los subtenientes de dicho Cuerpo que a continuación se relacionan, con antigüedad de 1 de octubre de 1985, en situa-c i ó n de Reserva Transitoria, en las Plazas que para situa-cada uno se indica.
En su nuevo empleo se les asigna el número que para cada uno se especifica y continuando en la misma situación de Reserva Transitoria en dichas Plazas.
Don Juan Ribas Torres (707), en Lluch Mallor (Mallorca), se le asigna el número (618100).
Don Manuel Morales Fernández (711), en Valencia, se le asigna el número (618200).
Don Manuel Palma Cenizo (713), en Sevilla, se le asigna el número (618300).
Don Alfonso Delgado Fernández (719), en Valencia, se le asigna el número (618400).
Don Lorenzo Jaume Horrach (745), en Rubers (Mallorca), se le asigna el número (618500).
Don Ladislao Marcos Cardeñoso (746500), en Madrid, se le asigna el número (618600).
Don Francisco Tafalla Follana (746600), en Alicante, se le asigna el número (618700).
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D, el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
F A R M A C I A M I L I T A R V a c a n t e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 4 / 8 6
Clase B, tipo 2.°.
Una de comandante, capitán o teniente farmacéutico, Es-cala Activa, d i p l o m a d o en Óptica de Anteojería, existente en la Farmacia Central de la 4.a Región Militar.
Para la adjudicación de esta vacante se aplicará el ba-remo publicado por Orden de 13 de febrero de 1978 («Diario Oficial» número 38).
Documentación: Papeleta de petición de destino y ficha-resumen, remitidas al Cuartel General del Ejército (Dirección de Personal).
Plazo de admisión de papeletas: Doce días naturales, con-tados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Defensa».
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
D e s t i n o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 5 / 8 6
Clase C, tipo 3.°.
Como resolución de las vacantes anunciadas por orden 3 6 2 / 0 1 5 5 6 / 8 6 («Boletín Oficial de Defensa» número 14), se destinan:
EN PREFERENCIA VOLUNTARIA
A la Farmacia Militar de Orense
Comandante farmacéutico, Escala Activa, d o n Enrique Sanmartín Merino (313), de disponible forzoso en la Guarni-ción de Orense.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 6 / 8 6
Para cubrir la vacante de teniente coronel, comandante, capitán o teniente farmacéutico, Escala Activa, para diplo-'mado en Síntesis de Medicamentos, Industria Químico Far-macéutica, existente en el Laboratorio de Farmacia Militar de Valladolid, anunciada por Orden 3 6 2 / 0 1 5 5 5 / 8 6 («Boletín Ofi-cial de Defensa» número 14), de clase B, tipo 2.°, se destina con carácter voluntario al capitán farmacéutico (E. A.) don Pe-dro Encinas Blanco (379), del Grupo de Sanidad de la Agru-pación Logística número 1, con un baremo de 5 puntos.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
V E T E R I N A R I A M I L I T A R V a c a n t e s
Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 7 / 8 6 De clase B, tipo 2 ° .
En la Unidad de Veterinaria número 5 (Zaragoza).—Una de comandante, capitán o teniente veterinario, d i p l o m a d o en Bi-crobiología y Epizootiología.
Documentación: Papeleta de petición de destino y ficha-resumen, que se remitirán al Cuartel General del Ejército (Di-rección de Personal).
Plazo de admisión de papeletas: Doce días naturales, con-tados a partir del día siguiente al de la publicación de la pre-sente Orden en el «Boletín Oficial de Defensa».
Madrid, 11 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
D e s t i n o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 8 / 8 6
Se destina con carácter voluntario, en vacante clase B, tipo 2.°, como Bromatólogo, a la Unidad de Veterinaria 1, Región Militar Centro (Madrid), al capitán veterinario (E. A.) d o n Tomás García Soria (510), de la Unidad de Veterinaria de la Coman-dancia General de la Zona Militar de Baleares.
• Puntos de baremo, 6.
Esta vacante fue anunciada por Orden 3 6 2 / 0 0 8 3 9 / 8 6 («Bo-letín Oficial de Defensa» número 9).
Madrid, 11 de febrero de 1986.—P. D., el General Jefe Inte-rino del MASPE. Ramón Valverde Martínez.
A g r e g a c i o n e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 7 9 / 8 6
Se c o n c e d e la Agregación al Gobierno Militar de Zara-goza, por un plazo máximo de tres meses sin perjuicio del destino que voluntario o forzoso pueda corresponderle, al te-niente coronel veterinario, Escala Activa, d o n Juan José Cala-via Ruiz (349), de disponible forzoso en dicha Plaza.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P. D., el General Director de Personal,. Julio Peñas Pérez.
C U E R P O E C L E S I Á S T I C O D E L E J E R C I T O C a m b i o d e r e s i d e n c i a
Orden 3 6 2 / 0 4 2 8 0 / 8 6
Se amplía la Orden 3 6 2 / 3 4 5 4 / 8 6 («Boletín Oficial de De-fensa» número 29), en el sentido de que se le concede, a peti-ción propia, el cambio de residencia, con derecho a indemni-zación de traslado, a la Guarnición y Plaza de Lérida, al teniente coronel capellán d o n Antonio Cerda Bibiloni (270), permaneciendo en la misma situación en la Plaza de su nueva residencia.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez
V a c a n t e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 8 1 / 8 6
Clase C, tipo 3 ° .
De teniente coronel o comandante capellán 1. Regimiento de Artillería de Información y Localización (Ciudad Real).—Una.
2 — R e g i m i e n t o de Zapadores Ferroviarios (Madrid).— Una.
Documentación: Papeleta de petición de destino, que se remitirá a la Dirección de Personal del Cuartel General del Ejército.
Plazo de admisión de papeletas: Doce días naturales, con-tados a partir d e l siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial de Defensa».
Madrid, 13 de febrero de 1986.—P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
M Ú S I C A S M I L I T A R E S R e t i r o s
Orden 3 6 2 / 0 4 2 8 2 / 8 6
Por cumplir la edad que determina el Real Decreto 1128/ 1985, de 3 de julio («Boletín Oficial de Defensa» número 111), pasa a la situación de retirado el día 1 de julio de 1986, el co-mandante director músico, d o n Pedro Raventós Gaspar (32), de la 5.a Región Militar, Zaragoza, q u e d a n d o pendiente del haber pasivo que le señale el Consejo Supremo de Justicia Militar, previa propuesta reglamentaria que se cursará a dicho Alto Centro.
En cumplimiento de lo determinado en el artículo 2.°, del Real Decreto 3 0 6 / 1 9 8 5 , de 26 de febrero («Boletín Oficial de Defensa» número 33) el citado jefe tendrá derecho a la per-c e p per-c i ó n de una ayuda eper-conómiper-ca, en per-cuatro mensualidades por un importe de 337.032 pesetas.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P. D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
A g r e g a c i o n e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 8 3 / 8 6
La orden 3 6 2 / 1 3 2 / 8 6 («Boletín Oficial de Defensa» número 3), por la que se c o n c e d e prórroga de agregación a la Música de la División 3.a hasta la finalización del período bienal de reenganche entre otros al c a b o primero músico, Marcos Sán-chez González (318), se modifica en el sentido de que el ver-dadero nombre del citado c a b o primero músico es el de Mar-cos Sánchez Martínez.
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez.
V A R I A S A R M A S A c o p i a m i e n t o s Orden 3 6 2 / 0 4 2 8 4 / 8 6
La Orden 3 6 2 / 2 0 1 1 4 / 8 5 («Boletín Oficial de Defensa» nú-mero 128), se modifica en el sentido de q u e el personal que en aquella se cita, perteneciente a las Unidades q u e se men-cionan, pasa a c o p l a d o a los Gobiernos Militares q u e se rela-cionan, en vacante de igual denominación, clase y tipo que ocupaban.
Al Gobierno Militar d e Granada, de la Cía. de P. M. número 25 (Granada).
Al Gobierno Militar de Córdoba, de la Sección de P. M. I/ 20 (Córdoba).
Al Gobierno Militar de Almería, de la Sección de P. M. II/20 (Almena).
Al Gobierno Militar del Campo de Gibraltar (Algeciras), de la Sección de P. M. V/20 (Algeciras).
Al Gobierno Militar de Málaga, de la Sección de P. M. V I / 20 (Málaga).
Madrid, 13 de febrero de 1 9 8 6 — P . D., el General Director de Personal, Julio Peñas Pérez
V a c a n t e s Orden 3 6 2 / 0 4 2 8 5 / 8 6
Clase B, tipo 1.°.
Una de coronel de cualquier Arma, Escala Activa, Grupo de «Mando de Armas» o de la Escala Activa, de los Cuerpos de Intendencia, Sanidad, Farmacia y Veterinaria, existente en el Órgano Central, del Servicio de Estadística, Madrid, de-biendo los peticionarios estar en posesión del diploma Supe-rior de Estadística Militar.
Documentación: Papeleta de petición de destino y ficha-resumen, que se remitirá al Cuartel General del Ejército (Di-rección de Personal).