IMPACTO CAUSADO POR
LAS MODIFICACIONES EN
EL REGIMEN DE ZONA
FRANCA
María Cecilia Ibarra
ESTADO ACTUAL DE LAS
ZONAS FRANCAS
SECTORES TOTAL ZF Industrial(Bebidas, cemento, placas de yeso,
papel, cosméticos, metalmecánico, alimentos, acero, vidrio, refinería, energía, cerámica)
23
Agroindustrial – Biocombustibles 6 agroindustrial – azúcar, alimentos, café 6
Servicios (Cal Center, portuarios, salud ,logísticos)
17
TOTAL 52
Zonas Francas Permanentes
Especiales
CONLCUSIONES DE LA EXISTENCIA DEL REGIMEN DE
Zonas Francas
1. ACEPTADO POR LA OMC Y POR LA OMA.2. DEMOSTRANDO SU EFECTIVIDAD EN PAISES CENTROAMERICANOS, ASIATICOS , EUROPEOS, ETC.
3. ES VALIOSO COMO MOTOR EN EL DESARROLLO ECONOMICO E INDUSTRIAL EN LAS REGIONES.
4. PROMUEVEN LA INVERSION NACIONAL Y EXTRANJERA. 5. GENERA EMPLEO NUEVO, DIRECTO E INDIRECTO
• Los usuarios operadores como administradores del régimen sus accionistas, personas naturales y jurídicas, sus miembros de Junta directiva y sus mas altos ejecutivos, son investigados personal y profesionalmente por la DIAN para garantizar el conocimiento y la idoneidad como operadores del comercio exterior.
• la ZF otorgan póliza anual
•Cuentan con programas informáticos de control de inventarios.
•Hay presencia física de funcionarios de la DIAN en cada Zona Franca. •Contratan auditorias externas anuales.
•Las zonas francas realizan reportes en medio magnéticos y físico de todas las operaciones de entrada y de salida .(DIAN – DANE)
•Los operadores realizan controles de verificación de clientes.
•El ingreso de nuevas empresas se estudia y verifica por los Usuarios Operadores.
•Se verifican los antecedentes de los socios y directicos de la nuevas empresas.
•Se aplican perfiles de riesgo sobre los usuarios.
•El ingreso, así como cualquier modificación de los usuarios es reportado a la DIAN.
•Sobre las operaciones sospechas se hacen reportes respectivos a la DIAN y a la UIAF.
MODIFICACIONES
PLANTEADAS AL
REGIMEN DE
1.EN EL PROCESO DE
DECLARATORIA
•En
la
actualidad
se
establece
la
Aprobación del Plan Maestro de la Zona
Franca por la Comisión Intersectorial
y
despues pasa a la DIAN a la obtención de
la declaratoria mediante resolución.
En el nuevo estatuto se establece solo la
aprobación del Plan Maestro por parte del
Mincomercio, se elimina el paso a la DIAN
a quien se le deja el control del
cumplimiento del Plan Maestro
2. DE LA ESCENCIA
DE
LAS ZONAS
FRANCAS
Aporte de recursos financieros que realiza la empresa representados en nuevos activos fijos reales productivos y terrenos que se vinculen directamente con la actividad productora de renta de los Usuarios de la Zona franca.
Definición se debe alinear con los compromisos de inversión para los usuarios de las Zonas Francas Permanentes. Articulo 393-24 de decreto 2685 de 1999 en el cual se mencionan ACTIVOS TOTALES.
(Aclaración en la Resolución 7310 del 2009, debe quedar a nivel de decreto)
Compromisos de Empleo
Actualmente para los usuarios industriales que se califican en una ZFP, entre mayor es la cantidad de activos totales, el compromiso de empleo aumenta.
Se debe tener en cuenta que existen empresas que son intensivas en tecnología. Una alternativa es que si aumenta la inversión en Activos fijos reales productivos, disminuya el compromiso de empleo.
“….La generación de empleo directo y formal debe estar directamente relacionada con el proceso productivo o de prestación de servicios…”
Exclusividad
Servicio ofrecido por el Usuario Industrial de Servicios deberá ser prestado exclusivamente dentro o desde el área declarada cono zona franca siempre y cuando no exista desplazamiento físico fuera de Zona Franca Permanente de quien presta el servicios.
La exclusividad que menciona este articulo, debe ser de la Actividad productora de renta, no deben ser tenida en cuenta las actividades administrativas las cuales se podrían localizar fuera de las instalaciones de Zona Franca.
3. TIPOS DE
ACTIVIDADES A
RECONOCER COMO
ZFP ESPECIAL
ZFP Especial: se autoriza a una empresa para que desarrolle sus actividades industriales o de servicios, siempre y cuando se trate de
proyectos de alto impacto económico y social para el país. Pueden ser: Bienes Servicios Servicios de Salud Proyectos Agroindustriales Sociedades portuarias
En el nuevo estatuto se establece para las:
•Agroindustriales.
4. EN LAS
OPERACIONES DE
COMERCIO
EXTERIOR EN LAS
ZF
Artículo 528. Mercancías en grave estado de deterioro, descomposición, daño total o demérito absoluto. Sin perjuicio de la
responsabilidad contractual del usuario operador con los depositarios de las mercancías que se hubieren introducido en la Zona Franca, aquellas que por un hecho ocurrido durante su permanencia en la respectiva zona, presenten grave estado de deterioro, descomposición, daño total o demérito absoluto, podrán ser destruidas bajo la responsabilidad del usuario operador.
No se debe limitar la destrucción de bienes que por un hecho ocurrido durante su permanencia en la Zona Franca sufren deterioro, descomposición, daño total o demerito absoluto.
Ej.: mercancías que durante el traslado a la Zona Franca sufren siniestros.
La introducción a Zona Franca Permanente desde el
Territorio Aduanero Nacional, de materias primas, partes,
insumos
y
bienes
terminados
nacionales
o
en
libre
disposición, necesarios para el normal desarrollo de su
objeto social a favor del Usuario Operador o Industrial de
Bienes y de Servicios, siempre y cuando dicha mercancía
sea efectivamente recibida por ellos.
Incluir a los usuarios comerciales ya que estos son lugares
donde se consolidan mercancías nacionales y del resto del
mundo
para
exportación
y
son
considerados
como
plataformas logísticas.
Los depósitos francos pueden abastecerse de mercancías provenientes de zonas francas y no incluye otro tipo de depósitos como son los Aeronáuticos, de Apoyo Logístico Internacional, de Distribución Internacional y de Transformación Bajo Control Aduanero.
TRANSITOS ADUANERO.
Aclarar que la restricción establecida en el ultimo inciso del art 12 de Res 7002 del 2002,. No aplica para los bienes producido en las zonas francas. "lo dispuesto en este inciso, no se aplicara a las importaciones de este tipo de mercancías cuando las mismas son producidas al interior de las zonas Francas por los Usuarios Industriales de Bienes.”
Envió de fotocopias de los formularios a la DIAN..
Precisar que no es obligatorio el envió de fotocopias o
copias
de
los
formularios
de
movimientos
de
mercancías con sus anexos, salvo en procedimientos
manuales o que no exista en la ZF procedimientos
informáticos
en
línea
que
permitan
consultar
los
movimientos diarios.
En todo caso se mantiene la obligación de conservar
los documentos
por el tiempo que establece la
legislación Aduanera.
Pólizas por Cesión de Derechos.
Se establece la exigencia de una póliza para los casos
de cesión de derechos. Los bienes bajo el régimen
franco, están bajo la responsabilidad del Uoperador y su
responsabilidad llega hasta garantizar el valor de los
tributos. Los bienes sobre los que se hace cesión de
derechos están dentro de la zona franca y no van a ser
retirados de la misma.
No debe exigirse garantía, ya que no existe riesgo
por la perdida de los bienes. Esta garantía debería
exigirse cuando la cesión implique un movimiento
entre ZF de diferente jurisdicción, aunque seria
pertinente verificar si existe otra póliza que garantice
los tributos.
Nacionalización de Excedentes
Nacionalización de excedentes y/o saldos de inventario. Los Usuarios Industriales de las zonas francas , en el desarrollo de su actividad, generan excedentes y /o saldos de inventario de las materias primas e insumos, que o pueden ser utilizado por el usuario, convirtiéndose en un inventario que genera sobrecostos y ocupando espacio en la bodega.
Con el fin de reducir estos sobrecostos al mantener inventarios obsoletos para el usuario, sugerimos se permita a los usuarios industriales previa solicitud debidamente justificada ante el usuario operador, comercializar este tipo de inventarios.