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B B a a n n c c o o H H i i p p o o t t e e c c a a r r i i o o d d e e l l U U r r u u g g u u a a y y
C CO C O OM M M P PR P R R A A A D D D I IR I R R E E E C CT C T T A A A A A A M MP M P PL L L I IA I A A D D D A A A N N N R R R O O O 4 4 4 8 8/ 8 / /2 2 2 0 0 0 1 12 1 2 2
O O O B B B J J J E E E T T T O O O : : : C C C o o o n n n t t t r r r a a a t t t a a a c c c i i i ó ó ó n n n d d d e e e u u u n n n a a a e e e m m m p p p r r r e e e s s s a a a q q q u u u e e e b b b r r r i i i n n n d d d e e e u u u n n n s s s e e e r r r v v v i i i c c c i i i o o o d d d e e e c c c o o o n n n f f f e e e c c c c c c i i i ó ó ó n n n , , , c c c o o o n n n t t t r r r o o o l l l
y y y m m m a a a n n n t t t e e e n n n i i i m m m i i i e e e n n n t t t o o o d d d e e e i i i n n n v v v e e e n n n t t t a a a r r r i i i o o o d d d e e e l l l o o o s s s b b b i i i e en e n ne e es s s d d de e e u u u s s s o o o
FECHA DE RECEPCION DE OFERTA: 01 de Octubre de 2012 HORA: 15:00 hs.
LUGAR: Departamento de Compras y Suministros, Entrepiso Casa Central
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1. OBJETO DEL LLAMADO
El objeto del presente llamado será la contratación de una empresa que brinde un servicio de confección, control y mantenimiento de inventario de los bienes de uso del Banco Hipotecario del Uruguay, (en adelante BHU) en Casa Central y sus Sucursales.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
2.1 Locales a relevar.
- Casa Central
- Sucursal Ciudad de la Costa - Sucursal Maldonado
- Sucursal Melo - Sucursal Rivera - Sucursal Colonia - Sucursal Salto
2.2 Bienes a incluir en el Relevamiento.
Se deberá inventariar todos los bienes que por su valor (mayores a 6 UR) o su destino sean considerados bienes de uso. Se detallan los siguientes bienes de usos al solo efecto enunciativo:
- Equipamiento informático: monitores, pc, impresoras, notebook, fotocopiadora, scanners, etc.
- Mobiliario: sillas, mesas, escritorios, cajoneras, armarios, lámparas, etc - Aparatos eléctricos: heladera, cafetera, Jarra Eléctrica, etc
- Otros: caja fuertes, fax, calefones, pinacoteca, estufas, equipos de comunicaciones, cofres de cajeros, armas, etc
- Equipamiento no medico de la clínica
Se deberán inventariar los mismos por local, es decir Casa Central y cada una de las sucursales (Ciudad de la Costa, Maldonado, Melo, Rivera, Colonia y Salto).
3 2.3 Procedimiento.
Las empresas oferentes deberán indicar el procedimiento a implementar, así como el material que utilizaran para su tarea.
Los oferentes deberán indicar los atributos para cada uno de los bienes relevados.
Para la realización del trabajo se deberá coordinar previamente con el Departamento de Compras y Suministros tanto en Casa Central como para el interior, debiendo el adjudicatario entre otros datos proporcionar la nómina del personal que realizará la tarea, la que deberá respetar las exigencias del BHU en materia de horario y demás aspectos que puedan alterar la normal operativa del BHU.
2.4 Opcionales
Se deberá cotizar como opcionales.
1. Servicio de mantenimiento y actualización de datos.
2. Insumos para el mantenimiento.
3. NORMAS Y DISPOSICIONES ESPECIALMENTE APLICABLES
1. El presente Pliego de Condiciones Particulares.
2. Los comunicados y aclaraciones emitidas por el BHU.
3. El Pliego Único de Base de Condiciones Generales para los contratos de Suministros y servicios no personales (Decreto 53/993 del 28/01/93 y modificaciones pertinentes del Decreto 342/999 de 26/10/99 y Decreto 20/02).
4. En subsidio se aplicara el decreto 150/012 del 17/05/2012 (TOCAF).
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4. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES
Toda notificación que realice el BHU, se llevará a cabo en forma escrita personalmente, por fax, carta certificada con aviso de retorno, o telegrama colacionado con aviso de retorno, al domicilio, fax o correo electrónico, indicado por el proveedor en la carta de presentación de su oferta.
Constituye plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, los documentos antedichos que así lo registren.
5. ACLARACIONES SOBRE EL PLIEGO
La presentación de la propuesta implica, por parte del proponente, el conocimiento total de los requisitos del presente llamado.
Se podrá solicitar aclaraciones hasta tres días hábiles anteriores a la fecha fijada para la apertura de las ofertas. Las consultas se formularán por escrito. Las mismas serán dirigidas al Departamento de compras y Suministro, correo electrónico:
[email protected] quien comunicará las respuestas a todos los participantes del presente llamado a través de correo electrónico. Así mismo serán publicadas en la página web del BHU y en la página de Compras Estatales.
Vencido dicho término no se dará trámite a ninguna solicitud de aclaración.
El BHU por propia iniciativa podrá dar aclaraciones y/o informaciones ampliatorias o introducir aclaraciones a estas bases hasta el segundo día hábil anterior al de la fecha fijada para el acto de apertura de las ofertas.
6. DISCREPANCIAS TÉCNICAS
Si surgieran divergencias en la interpretación del Pliego de Condiciones desde el punto de vista técnico, éstas serán resueltas por el BHU. Se notificará por escrito a los oferentes de la resolución adoptada.
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En caso de que se presenten en tiempo las mencionadas propuestas, el depósito le será devuelto al día siguiente de la apertura de la Licitación.
Si la solicitud de prórroga no fuera concedida, el depósito le será devuelto al día siguiente de la notificación respectiva.
7. ANULACION DEL LLAMADO
El BHU podrá en cualquier momento, antes de la apertura de ofertas anular el llamado.
En el caso de anulación, la misma será difundida o comunicada a través de los mismos medios utilizados para la difusión del llamado y el BHU procederá a devolver de oficio el importe de los pliegos y garantías depositadas sin que ello genere derecho a reclamación alguna de parte de los oferentes.
8. REQUISITOS FORMALES DE LAS OFERTAS
La evaluación del cumplimiento de los requisitos formales, se efectuará aplicando los criterios establecidos en el art. 149 del TOCAF.
9. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deben presentarse en sobre único y cerrado en original o fotocopia certificada notarialmente.
Las mismas se presentaran por escrito, redactadas en forma clara y precisa, en idioma español y firmadas por el oferente o su representante.
Deberán ser fácilmente legibles, las enmiendas, e interlineados salvados en forma.
Toda clausula imprecisa, ambigua, y/ o contradictoria a criterio del BHU, será interpretada por la institución a su exclusivo criterio.
La propuesta deberá indicar el nombre, o en su caso, razón social y forma del proponente, la representatividad de quien participa por la empresa, dirección de correo electrónico del oferente y constituir domicilio en el país.
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10. PLAZO COMPLEMENTARIO
El oferente presentará al momento de la apertura de ofertas, la documentación técnica suficiente para poder analizar y valorar las características técnicas de los materiales y soluciones propuestas.
Cuando se constate la omisión de la presentación de documentación o información, cuya incorporación posterior no altere la igualdad entre los oferentes, el BHU podrá otorgar un plazo de 2 (dos) días hábiles e improrrogable, a efectos que los interesados puedan subsanar la omisión, de acuerdo a lo establecido en el art. 65 del TOCAF.
11. PRECIO Y COTIZACION
Los oferentes deberán cotizar en pesos uruguayos:
1. El servicio de puesta a punto a brindar más impuestos.
2. Servicio de mantenimiento.
3. Precio mas impuestos de eventuales equipos de mantenimiento en caso de que el mismo lo realice el BHU.
4. Se deberá incluir una tasa de descuento “pronto pago”. entendiéndose por pronto pago dentro de los 30 dias de fecha de factura. En el caso de que los oferentes omitan la referencia a la “tasa de descuento pronto pago” se considerará que aquellos cotizaron “cero % el valor de la misma”.-
Los precios cotizados deberán incluir todos los gastos que cubran la entrega de la prestación del servicio en el lugar establecido en el presente pliego.
12. RECEPCION DE OFERTAS
Se recepcionarán en el Departamento de Compras y Suministros, Entrepiso de Casa Central el día 01 de octubre de 2012 las 15.00 horas, en único llamado, en presencia de
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los funcionarios que designe la Institución y de los oferentes que deseen asistir. No se aceptaran ofertas presentadas con posterioridad al día y hora establecidos.
AVISO IMPORTANTE - En el supuesto caso que en la fecha y hora indicadas precedentemente, las oficinas del B.H.U. no funcionaran, la apertura se efectuará el próximo día hábil siguiente, en las mismas condiciones.
El Banco se reserva el derecho de aceptar las propuestas que a su exclusivo juicio estime convenientes, pudiendo ser todas declaradas inadmisibles si a su criterio no reúnen las condiciones requeridas o no cumplen las especificaciones que se establecen, sin que ello genere derecho a reclamación ni indemnización de especie alguna.
El BHU se reserva el derecho de no adjudicar a la oferta de mejor precio.
13. OFERTAS SIMILARES
Los procedimientos de mejora de ofertas y negociaciones, establecidos en el artículo 66 del TOCAF serán empleados por el B.H.U, cuándo lo considere conveniente para su interés.
14. ADJUDICACIÓN
El B.H.U se reserva las facultades de:
1- Realizar la adjudicación que considere más conveniente a su solo juicio, no adjudicando la oferta de mejor precio.
2- No efectuar adjudicación alguna, sin que ello genere reclamo o indemnización a favor de los oferentes.
3- Efectuar adjudicaciones parciales.
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15. NOTIFICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA Y CONTRATACIÓN
15.1 Notificación
La notificación de la adjudicación se comunicará de acuerdo a lo establecido en el punto 4, sin perjuicio de lo cuál dentro del término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de la comunicación realizada por parte del BHU, el adjudicatario o sus representantes debidamente acreditados, deberán concurrir al Departamento de Compras y Suministros para notificarse personalmente de la adjudicación.
Se entenderá perfeccionada la adjudicación en el momento de la notificación respectiva en forma personal.
15.2 Plazo Adjudicado
El plazo de la presente contratación será hasta la finalización del servicio contratado con la conformidad por parte del BHU.
16. CESIONES DE CREDITOS
Quien resulte adjudicatario, no podrá ceder los créditos emergentes del contrato salvo autorización expresa del BHU.
17. FORMA DE PAGO
El pago se realizará de acuerdo con los cronogramas de pago del BHU, al mes siguiente de presentada la factura, previa aceptación y conformidad por parte del BHU, de los bienes o servicios recibidos.
Previo a la presentación de la factura el adjudicatario deberá estar inscripto como proveedor del BHU.
El BHU oficiará de agente de retención de los tributos que correspondan.
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18. MORA Y PENALIDADES
En caso de incumplimiento total o parcial del adjudicatario, la empresa omisa se hará pasible de una multa diaria de 0,5 % del monto de suministros e instalación, con un tope del 15 % o de la suma depositada en garantía de fiel cumplimiento de contrato, a elección del Banco según sea la mayor de éstas, sin perjuicio de la facultad de la Administración de proceder a la rescisión unilateral del mismo sin expresión de causa y adoptar las demás acciones que entienda pertinente, sin que ello genere derecho a reclamación alguna de parte del adjudicatario.
19. OBLIGACIONES LABORALES Y LEGALES
19.1 Obligación Laborales
La empresa adjudicataria deberá cumplir con lo establecido al respecto en las leyes 18.098 y 18.099 y 17.904 (art. 13).
La empresa adjudicataria, antes de comenzar a prestar el servicio, deberá presentar ante el B.H.U. o ante quién este disponga, los datos de los trabajadores asignados a la prestación del servicio, las tareas que desempeñará cada uno y el horario que prestarán.- En caso de que se produzcan cambios en los datos aportados, la empresa se obliga a comunicarlos al B.H.U. antes de efectuarlos.
La adjudicataria deberá abonar -a los trabajadores asignados a las tareas necesarias para dar cumplimiento al objeto de la presente contratación- retribuciones que respeten los laudos salariales establecidos por los Consejos de Salarios (Ley No. 18.098).
El incumplimiento por parte de la adjudicataria en el pago de las retribuciones de los trabajadores mencionados en la cláusula anterior será causal de rescisión del contrato, por causa imputable al adjudicatario.
El B.H.U. se reserva el derecho a exigir a la adjudicataria -previo al pago del precio de la contratación- la documentación que acredite el pago de los salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, el seguro contra accidentes de trabajo y las contribuciones de seguridad social, así como de todas aquellas futuras obligaciones que
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se dispongan. A tales fines la empresa adjudicataria autoriza expresamente al BHU o a quien este disponga, a acceder a dicha información en forma documental o a través de los medios informáticos disponibles.
En caso de que la empresa no acredite estar al día con alguna de las obligaciones mencionadas en la cláusula anterior, el B.H.U. retendrá del pago del precio a la empresa, la cantidad necesaria para cubrir dichos créditos.
En todos aquellos casos en que el B.H.U. deba responder, por obligaciones laborales, de seguridad social, prima por accidente de trabajo y enfermedad profesional y sanciones y recuperos del B.S.E., que la empresa adjudicataria no asumió respecto a sus trabajadores, el Banco además de rescindir el contrato, aplicará a la adjudicataria una multa equivalente al 50% del valor de la contratación acumulable con el pedido de daños y perjuicios.
La empresa adjudicataria, deberá presentar también ante el B.H.U., la documentación que acredite que los trabajadores -seleccionados para desempeñarse en el Banco- fueron informados previamente y por escrito, de sus condiciones de empleo, salario y la empresa para la que trabajarán (Ley No. 18.099).
En cumplimiento de la Ley N° 17904, cuando el co-contratante sea una sociedad y contrate a través de un administrador, director, o representante, por acto distinto del contrato o estatuto social, deberá al momento de suscribirse el contrato, presentar certificado expedido por el Registro de Personas Jurídicas, Sección Comercio y/o certificado notarial que acredite su designación y respectiva inscripción. En caso de que la representación fuera conferida por un negocio de apoderamiento, deberán cumplirse los requisitos precedentes en relación a quienes comparecen en representación de la persona jurídica, a otorgar el Poder.
Dicha declaración jurada expresará -entre otros- en su texto: “La representación de los firmantes, Sres …, en nuestra calidad de … de la Sociedad … se considerará vigente y válida ante el Banco Hipotecario del Uruguay, a todos los efectos, mientras no se comunique por escrito, en forma fehaciente, su revocación, limitación, suspensión, renuncia o cualquier otro acto que la altere y/o modifique, ante la citada Institución,
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asumiendo los suscritos total y absoluta responsabilidad al efecto. En caso de que la representación fuere conferida por un negocio de apoderamiento, deberán cumplirse los requisitos precedentes en relación a quienes comparecen en representación de la persona jurídica a otorgar el Poder
Declaración de Concurso (Ley 18387, art 201) La empresa adjudicataria (persona física o jurídica ) deberá presentar también ante el BHU , certificado expedido por el Registro Nacional de Actos Personales, Sección Interdicciones, que acredite la no inscripción de Sentencia judicial que declare el Concurso.
En forma previa a la iniciación de los trabajos, la empresa adjudicataria deberá agregar fotocopia de la documentación que acredite que el proponente tiene contratado un seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los empleados por un plazo que cubra la ejecución de los trabajos. Así también deberá acreditar la contratación de los seguros que correspondan a la actividad que desarrolla.
19.2 Exclusión De Deudores Alimentarios.
La empresa adjudicataria persona física o los directores o administradores de personas jurídicas, no podrán contratar con el B.H.U. si se encuentran inscriptos en el Registro como deudores alimentarios y en caso de estarlo, deberán obligarse a levantar dicha inscripción al momento de formalizar el contrato.
20. RESCISIÓN
El BHU podrá declarar rescindido el contrato en caso de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato de la empresa adjudicataria. Asimismo, podrá rescindirse el contrato cuando exista incumplimiento en la entrega de los productos, servicio o cuando los mismos no se ciñan a las especificaciones establecidas en el presente Pliego.
La rescisión por las causales establecidas en el párrafo anterior podrá dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato, sin perjuicio de las acciones por daños y perjuicios a que pudiera dar lugar.
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21. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO.
La empresa adjudicataria quedará obligada a prestar el servicio en las condiciones establecidas en los Pliegos, siendo asimismo responsables por la idoneidad de sus técnicos. La falta de cumplimiento de cualquier o de ambas obligaciones dará derecha al BHU a rescindir, sin expresión de causa, la contratación, comunicándole a la Empresa mediante telegrama colacionado con aviso de retorno TCC PC) y a percibir la devolución de las sumas que hubiese abonado a terceros por efecto de dichos incumplimientos con mas los intereses, gastos y honorarios profesionales si correspondiere. El Banco queda autorizado a compensar automáticamente, sin previa comunicación, las cantidades líquidas y exigibles que los deudores le adeuden, imputando al pago de las mismas las sumas que por cualquier concepto actualmente o en el futuro tengan que percibir de dicha institución, aun cuando éstas no sean liquidas y/o exigibles.
22. COFIDENCIALIDAD
La empresa, así como los directores, accionistas, síndicos, auditores en caso de tratarse de una Sociedad y demás personas vinculadas a la misma, así como todo el personal que preste el servicio o que tenga relación directa o indirecta con el mismo ya sea en la ejecución o en su implementación se obligan a guardad reserva de la información a que tengan acceso, referida al Banco o la actividad que éste desarrolla, clientes del mismo u operaciones que éstos efectúen con el Banco (Art .302 del Código Penal y Decreto Ley 15322). Asimismo los datos de clientes del Banco a los que acceda la empresa incluyendo la información referida a datos personales de cada cliente no podrá ser utilizada para otro fin que no sea la ejecución de las prestaciones derivadas del servicio contratado. La violación del deber de guardar secreto y reserva será causal de rescisión unilateral del contrato por parte del Banco, sin responsabilidad de ningún tipo par a éste; todo ello sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales, a que haya lugar.
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INDICE
1. OBJETO DEL LLAMADO 2
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 2
2.1 Locales a relevar. 2
2.2 Bienes a incluir en el Relevamiento. 2
2.3 Procedimiento. 3
2.4 Opcionales 3
3. NORMAS Y DISPOSICIONES ESPECIALMENTE APLICABLES 3
4. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES 4
5. ACLARACIONES SOBRE EL PLIEGO 4
6. DISCREPANCIAS TÉCNICAS 4
7. ANULACION DEL LLAMADO 5
8. REQUISITOS FORMALES DE LAS OFERTAS 5
9. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 5
10. PLAZO COMPLEMENTARIO 6
11. PRECIO Y COTIZACION 6
12. RECEPCION DE OFERTAS 6
13. OFERTAS SIMILARES 7
14. ADJUDICACIÓN 7
15. NOTIFICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA Y CONTRATACIÓN 8
15.1 Notificación 8
15.2 Plazo Adjudicado 8
16. CESIONES DE CREDITOS 8
17. FORMA DE PAGO 8
18. MORA Y PENALIDADES 9
19. OBLIGACIONES LABORALES Y LEGALES 9
19.1 Obligación Laborales 9
19.2 Exclusión De Deudores Alimentarios. 11
20. RESCISIÓN 11
21. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. 12 22. COFIDENCIALIDAD 12