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Expdte. 1010/2020 OBJETO DEL CONTRATO

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Expdte. 1010/2020

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE HORA EXTRA DE 8 A 9 y 17 a 18 HORAS QUE EL AYUNTAMIENTO OFRECE PARA LOS ALUMNOS DE LOS CENTROS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN INFANTIL “LA COMETA” Y “LA ESTRELLA”

OBJETO DEL CONTRATO

Es objeto del contrato la prestación del Servicio de hora extra de 8 a 9 horas y de 17 a 18 horas así como del servicio de sustituciones puntuales en los centros Municipales de Educación Infantil, conforme a las prescripciones del presente pliego.

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ISABEL ROMERO MARTINEZ (1 de 2) DIRECTORA ESCUELA INFANTIL Fecha Firma: 22/12/2020 HASH: 7b2dc78d822929870f7d1945184b164b

ANA ISABEL GOMEZ CURTO (2 de 2) DIRECTORA ESCUELA INFANTIL Fecha Firma: 22/12/2020 HASH: ac060262a6f11ff7022f6b8a6761c936

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1.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

HORARIOS Y FECHAS DE PRESTACIÓN EN LOS CENTROS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN INFANTIL “LA COMETA” Y “LA ESTRELLA”.

1. En los centros municipales de Educación Infantil “La Cometa” y “La Estrella” el servicio se prestará en un horario para los usuarios comprendido entre las 8,00 y 9,00 horas y las 17,00 y 18,00 horas, siempre que haya 5 o más usuarios.

2. El personal asignado al servicio deberá comenzar su horario con la suficiente antelación para la correcta preparación de las actividades del servicio y finalizarlo una vez quede el espacio en perfectas condiciones de orden y limpieza. Se estima que, por el tamaño de los centros y número de usuarios, estos servicios ocuparán quince minutos diarios en cada hora de prestación (llegada, diez minutos antes de la incorporación de los alumnos, salida, cinco minutos después de la salida de los alumnos).

3. En el horario de 8.00 h. a 9.00 horas los alumnos podrán incorporarse en cualquier momento. Los que lo hagan uso de la hora de 17.00 a 18.00 horas deberán ser recogidos del Centro como máximo a las 18.00 horas.

4. En el caso de que durante el período de contrato el Ayuntamiento de Utebo modificase los actuales horarios, la prestación del servicio deberá adaptarse económica y organizativamente a estos cambios.

5. A lo largo de la prestación del servicio los centros permanecerán cerrados los festivos nacionales, locales y aquellos que se establezcan por convenio del Ayuntamiento de Utebo. Se le entregará a la empresa adjudicataria un calendario al comienzo de cada curso.

6. Las labores de apoyo y sustitución puntual del personal municipal se realizará en supuestos en los que dada la urgencia y la inmediatez de la necesidad, y/o la duración de la misma, sea inviable la cobertura por personal municipal, así en supuestos como enfermedad o cita médica de aquel, siendo la duración de la sustitución desde un mínimo de 30 minutos hasta un máximo de 8 horas. Siempre según las necesidades de los centros.

La previsión que se estima para este tipo de servicios, teniendo en cuenta

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que esta previsión podrá variar al alza o a la baja en cualquier caso, en función de las necesidades de las escuelas, es de 62 días (7 horas/día) para el CMEI “La Cometa” y 62 días (7 horas/día) para el CMEI “La Estrella”

por cada curso escolar, en el horario que en cada caso se indique (el horario siempre estará comprendido entre las 9 y las 17 horas).

2.- TITULACIÓN REQUERIDA DEL PERSONAL ASIGNADO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El personal que preste el Servicio de Atención Infantil y las sustituciones puntuales en los Centros Municipales de Educación Infantil “La Cometa” y “La Estrella” deberá estar cualificado con alguno de los títulos siguientes:

“Técnico Superior en Educación Infantil” o “Técnico Especialista en Jardín de Infancia” o “Maestro/a en Educación Infantil”.

La empresa deberá contratar al personal con una categoría mínima de “Técnico Superior en Educación Infantil”.

3.- UNIFORMIDAD DEL PERSONAL ASIGNADO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El personal asignado a los distintos centros deberá ir uniformado adecuadamente.

4.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN INFANTIL EN LOS CENTROS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN INFANTIL “LA COMETA” Y “LA ESTRELLA”

El servicio comprenderá:

1. La recepción en el centro de los niños en cualquier momento dentro del horario previsto.

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2. La prestación de la debida atención a las necesidades de los usuarios (cambios de pañales necesarios, limpieza y atención para ir al baño de los usuarios cuando sea necesaria, acostar a los usuarios en sus cunas o hamacas si lo requieren).

3. La realización de actividades lúdicas, siempre que las necesidades básicas de los niños estén cubiertas, según un proyecto de trabajo (programación) cuyas características se especificarán en el apartado Nº 7 referente a las actividades a llevar a cabo.

4. El material necesario para el desarrollo de las actividades programadas, así como el necesario para el cambio del pañal de los alumnos de las Escuelas de Educación Infantil (guantes y toallitas húmedas), deberá ser aportado por la empresa.

5. Cuando resulte necesario, el acompañamiento de los alumnos a sus respectivas aulas cuando sus tutoras estén en ellas, sin dejar en ningún caso a los alumnos solos.

6. La información a las tutoras de todo aquello que los padres o tutores de los usuarios le hayan comunicado a las monitoras.

7. El control por escrito, en hojas de registro mensuales que se proporcionarán desde los centros, de los días que los alumnos hacen uso del servicio. En dicho registro se deberá especificar el nombre y apellido del alumno, el aula en el que está matriculado y si se trata de un usuario fijo o eventual.

8. Sin perjuicio del carácter enunciativo de este listado y pudiendo incorporarse otras actividades complementarias a las descritas y necesarias para prestar un adecuado servicio dentro del horario que se fija.

9. La asignación de un monitor más siempre que se avise con al menos un día de antelación de la utilización del servicio por parte de un usuario eventual y se sobrepase la ratio máxima de alumnos establecida según la normativa.

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10.Al menos un monitor en cada uno de los centros dispondrá de un teléfono móvil aportado por la empresa, con el fin de poderse comunicar con padres o familiares de los niños, centros médicos coordinador del servicio y/o dirección del centro en caso de necesidad durante el desempeño del servicio.

11. Con el fin de garantizar una mayor seguridad para los alumnos y el personal, éste deberá mantener cerradas las puertas del centro, de tal manera que se impida el acceso a cualquier persona ajena al centro.

12.La empresa designará a un coordinador responsable del correcto desarrollo de la prestación del servicio y del proyecto de actividades y de realizar las compras y prever la renovación del material, así como para encargarse de los contactos con la oficina del Área de Educación, pudiendo ser uno de los monitores u otra persona, sin perjuicio de que, en caso de emergencia, cualquier técnico asignado al servicio pueda llevar a cabo las tareas descritas anteriormente.

13. En caso de imposibilidad de asistencia al puesto de trabajo del personal que se ocupe de prestar el servicio, éste/a deberá ponerse en contacto con la empresa adjudicataria con el fin de que sea ésta la que designe otra persona para la realización del mismo y avise a la dirección del centro del cambio de monitor. A tales efectos, siempre antes de la sustitución deberá acreditarse por la empresa que cuenta con la titulación exigida.

14.En cuanto al servicio de sustituciones puntuales en los centros Municipales de Educación Infantil, este se deberá ajustar a lo siguiente:

 Las sustituciones se realizarán en el intervalo horario de 9 a 17 horas, pudiendo contratarse desde un mínimo de 30 minutos a un máximo de 8 horas al día. La jornada contratada podrá ser continua o partida, solicitando la contratación en horario de mañana y pudiendo volver a contratar después de la hora de comer para la realización de la sustitución de la tarde. En estos casos, la persona que realiza la sustitución podrá ser diferente si se prefiere así a nivel organizativo.

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 La solicitud de horas necesarias de sustitución se ajustará a las necesidades derivadas de la situación, de modo que, si bien siempre se intentará ajustar lo máximo posible, siempre será una previsión, puesto que podrá variar en función de las necesidades reales del servicio en el momento de la sustitución.

* Si por ejemplo, la persona a la que se sustituye tiene una cita médica, el horario de la sustitución será impredecible (es decir, no podremos prever exactamente el tiempo de sustitución y decírselo a la técnico que va a sustituir) puesto que dependerá de cuando se le atienda en el centro médico.

* Otro supuesto sería en los días de puente o festivos para los colegios, como vacaciones de Navidad, etc. en los que si bien la afluencia de alumnos puede ser menor, al no saber con exactitud el número de alumnos que finalmente va a venir a las escuelas hasta que ese mismo día se cierran las puertas del centro a las 9.45 horas, se ha de prever una sustitución de todo el día. No obstante, si llegado el momento se observa que dado que no han venido muchos alumnos, la técnico municipal puede hacerse cargo de las dos aulas siempre y cuando no sobrepase la ratio estipulada por Ley; en ese caso, la sustitución por parte de la empresa finalizaría abonando a la empresa la hora de sustitución de 9 a 10 horas.

 Han de ser cubiertas de forma inmediata. Si bien la solicitud de una persona para la realización de una sustitución se realizará con suficiente antelación, cuando la causa que provoque dicha necesidad haya surgido de forma repentina e imprevisible, se podrá solicitar a dicha persona ese mismo día, con un mínimo de 1 hora de antelación para que pueda desplazarse.

 La persona contratada para la realización de una sustitución deberá hacerse cargo de todos los alumnos/as del aula que se le haya asignado, responsabilizándose de las tareas propias de la tutoría del aula que le corresponda (aula de 0 a 1 año, aula de 1 a 2 años o aula de 2 a 3 años), y siendo de este modo responsable directa y exclusiva de la vigilancia, atención y cuidado de los niños/as de 0-3 años que estén a su cargo, en lo referente a la alimentación, higiene, descanso e intervención educativa adecuados a la edad, intereses y necesidades de los alumnos/as que ha

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de tutorizar, así como a la información a las familias de los datos más relevantes sobre la estancia de su hijo en el centro ese día (a través de las agendas escolares y del contacto directo con ellas en la entrega de los alumnos a sus padres). La programación a realizar les será facilitada por el centro, así como toda la información sobre los alumnos de los que se hará cargo.

 En el caso de los servicios puntuales de sustitución de personal de las escuelas, la persona asignada, deberá asumir las funciones propias de una Técnico Superior de Educación Infantil, responsabilizándose de la tutoría del aula pertinente (aula de 0 a 1 año, aula de 1 a 2 años o aula de 2 a 3 años), y siendo de este modo responsable exclusiva de la vigilancia, atención y cuidado de niños/as de 0-3 años, en lo referente a la alimentación, higiene, descanso e intervención educativa adecuados a la edad, intereses y necesidades de los alumnos/as que ha de tutorizar.

Asimismo, se deberá tener en cuenta lo siguiente:

La previsión económica se ha calculado teniendo en cuenta que según el protocolo de actuación de ambos centros ante la actual situación sanitaria, debe haber una técnico por aula a fin de mantener los grupos estables de convivencia, es decir, hasta 11 técnicos entre ambos centros, si bien esta previsión podrá adaptarse a la baja durante el curso a la disminución de los usuarios del servicio y a otras necesidades del servicio.

Es por ello que, una vez finalicen las medidas de seguridad establecidas en los centros frente al COVID-19, el número de Técnicos Superiores de Educación Infantil será menor, puesto que se adaptará al número de alumnos matriculados, siendo la ratio máxima, en todo caso, la establecidas en la Orden de 25 de agosto de 2005 en la que se establecen los requisitos mínimos para los centros de primer ciclo en la Comunidad Autónoma de Aragón:

 Alumnos/as de 0 a 3 años: 10 alumnos por técnico

 Alumnos/as de 0-1 y 1-2 años: 12 alumnos por técnico

 Alumnos/as de 1-2 y 2-3 años: 14 alumnos por técnico

 Alumnos/as de 0- 1 y 2-3 años: 14 alumnos por técnico

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Dado que el promedio de usuarios del servicio de hora extra para ambas escuelas, suele ser una media de 16 usuarios por centro, la previsión será de 6 Técnicos de Educación Infantil al día entre ambas escuelas; sin perjuicio de que el número de usuarios pueda ser aún inferior, dado que durante el último curso escolar, la media de usuarios ha sido de 9 usuarios al día en el CMEI La Cometa y de 12 en el CMEI La Estrella. Si bien también hay que considerar que cabe la posibilidad de que en el CMEI La Estrella se abra un aula más, y consecuentemente, el número de usuarios de este servicio pueda sea mayor.

5.- INSTALACIONES

 El servicio se prestará en las instalaciones del centro educativo, en el lugar o lugares que se designen por la Dirección del Centro.

 La empresa coordinará con la Dirección de cada centro la forma de acceso, disponibilidad o copia de llaves, horarios límite de recogida y limpieza y otros aspectos relacionados con la prestación del servicio en las instalaciones escolares.

6.- MATRÍCULAS Y CONTROL DE USUARIOS, ALTAS Y BAJAS Y COBRO DE RECIBOS EN LOS CENTROS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN INFANTIL “LA COMETA” Y “LA ESTRELLA”

 La matrícula de usuarios fijos se realizará en la dirección del Centro por parte de los padres, rellenando el formulario de alta o baja creado a tal efecto.

 La solicitud de alta de los usuarios fijos se realizará por parte de los padres en la dirección del centro, permaneciendo abierta durante todo el curso la solicitud de admisión de nuevos alumnos y correspondiendo a las directoras de las escuelas la tramitación de altas y bajas en el servicio.

 En los casos de los niños que asistan de forma eventual sin previo aviso y siempre que el cumplimiento de la ratio establecida lo permita, corresponderá al personal de la empresa registrar el nombre, apellidos y aula del usuario, así como un teléfono de contacto para localizar a los

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padres en caso de emergencia, en la hoja que se proporcionará por el centro a tales efectos.

Asimismo, se deberá apuntar la asistencia de dicho/s alumnos eventuales en las hojas de registro proporcionadas por la dirección del centro, para que así posteriormente, ésta pueda realizar el cobro de dicha asistencia eventual. Las hojas de registro permanecerán siempre en el centro.

 La responsabilidad por el error o pérdida en el registro diario de usuarios será, en todo caso, de la empresa adjudicataria.

 Corresponderá al Ayuntamiento el cobro de recibos a los usuarios que opten tanto por la modalidad de usuarios fijos al mes como aquellos que opten como usuarios eventuales.

7.- ACTIVIDADES DURANTE EL HORARIO DEL SERVICIO EN LOS CENTROS MUNICIPALES DE EDUCACIÓN INFANTIL “LA COMETA” Y “LA ESTRELLA”

La línea metodológica de las Escuelas Municipales de Educación Infantil está basada en las pedagogías activas y respetuosas con el niño, que se centran en el niño como el protagonista de su propio aprendizaje, por lo que promovemos su desarrollo integral a través del movimiento libre, del juego, la manipulación y las experiencias vivenciales a través de talleres y provocaciones (exploración autónoma), que permiten un aprendizaje significativo y que respetan los ritmos y necesidades de cada alumno.

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Se debe tener en cuenta que el equipo docente de los centros tiene un especial interés en que el servicio de atención infantil sea un tiempo dedicado al juego lúdico y educativo de los alumnos y que repercuta en su desarrollo de forma positiva, teniendo en cuenta las características evolutivas que tienen los usuarios (cero a tres años), y priorizando siempre que las necesidades básicas de los niños estén cubiertas: afecto, alimentación, higiene y descanso.

1.

Para ello, se llevará a cabo el proyecto de actividades (programación) en el que se especifiquen las actividades que se pueden realizar durante el servicio.

La programación, que se realizará por parte de las monitoras junto con la coordinadora, se entregará a la dirección de cada centro trimestralmente para la supervisión de la adecuación de las actividades planteadas y de la cantidad de material aportado.

La programación deberá incluir los siguientes apartados:

- Objetivos

- Propuesta de actividades, teniendo en cuenta la diferencia de edad de los alumnos/as (desde los 4 meses hasta los 3 años de edad). Dichas actividades deberán ser de tipo lúdico (talleres de exploración, actividades de experimentación, juegos, manualidades, actividades sensoriales, cuentos, canciones, realización de construcciones/puzles/ensartables,etc., actividades de psicomotricidad fina y gruesa, etc.)

- Propuesta del material que se va a aportar a cada centro, tanto juguetes y libros, como material escolar.

2. La/s Técnico/s de Educación Infantil asignada/s a cada centro conocerán a fondo y llevarán a cabo durante el horario las actividades correspondientes al proyecto que se haya propuesto.

El desarrollo de dicho proyecto de actividades podrá adaptarse a los posibles imprevistos (edades de los alumnos, preferencias de los mismos, períodos de bajas numerosas, etc.), siendo estas adaptaciones a criterio de los monitores responsables.

3. El material necesario para el desarrollo de estas actividades deberá ser aportado por la empresa, no debiendo generar el mismo ningún gasto

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añadido a los padres ni al Ayuntamiento.

La empresa adjuntará a su oferta de actividades el listado completo de materiales que se va a asignar a cada una de las Escuelas Infantiles:

juguetes, preferiblemente que no sean de plástico, diferentes materiales para la manipulación, exploración y desarrollo de la motricidad fina y gruesa, libros/cuentos y material escolar (ceras de colores, papel de diferentes tamaños, colores y texturas, cartulinas, pintura de dedos, pegamento, etc.)

4. La empresa también se hará cargo de proporcionar el material necesario para el cambio de pañal de los alumnos que lo necesiten durante el tiempo del servicio: guantes y toallitas húmedas, que se repondrán mensualmente.

5. La/s Técnico de Educación Infantil asignada/s repartirá/n el material a utilizar por los usuarios (puzles, construcciones, cuentos, muñecos, etc.) proporcionándoles distintas actividades, con el fin de evitar la monotonía.

8.- REUNIONES CON PADRES Y RESPONSABLES MUNICIPALES

1. El personal asignado al servicio deberá atender diariamente las consultas habituales que les hicieran los padres. En caso de estimarse necesario, se podrán convocar reuniones por parte de los responsables municipales con los padres, para informarles de aspectos o incidencias del servicio.

2. Las Técnicos de Educación Infantil entregarán antes del comienzo de cada trimestre a la dirección de la escuela, la programación de actividades que llevarán a cabo, que previamente habrá sido supervisada por la coordinadora asignada para ambos centros.

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3. Se emitirá por parte de la empresa un informe trimestral de evaluación del servicio, en el que se refleje el cumplimiento del programa de actividades y todos aquellos aspectos que se consideren necesarios para la mejora del servicio.

En Utebo, a fecha de firma electrónica

Directora del CMEI La Cometa Directora del CMEI La Estrella

Isabel Romero Ana Gómez

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Referencias

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