MODULO 8: DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS
MAESTRA
JENNIFFER OYAMATHA GONZÁLEZ ROBLES
Democracia
Concepto:
El término democracia, señala el Diccionario de la Real Academia de la Lengua, está destinado a referirse a un sistema político en el cual la soberanía reside en el pueblo; a la forma de sociedad que reconoce y respeta como valores esenciales la libertad y la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y/o; la participación de todos los miembros de un grupo o de una asociación en la toma de decisiones. Es decir, una sociedad que la ejerce directamente el gobierno político por medio de sus representantes quienes son elegidos del pueblo, para gobernar al pueblo.
La democracia es la forma de gobierno por mayoría o mayorías, en contraposición a la monarquía o aristocracia. A este concepto se le ha ido agregado características, como son los derechos y libertades, los cuales pueden ser ejercidos de manera directa o indirecta, siendo la primera, aquella donde los ciudadanos pueden votar directamente en las elecciones para decidir lo que tiene que hacer, es decir, que los efectos de las decisiones que se toman son producto de la resolución mayoritaria de los integrantes de la comunidad. Por otra parte en la democracia indirecta los ciudadanos votaran de manera directa en las elecciones convocadas para decidir quién o quiénes los representaran en la toma de decisiones; esta figura, democracia indirecta, es la que generalmente conocemos y está vigente en la mayoría de los Estados, ya que debido a la densidad poblacional, seria casi imposible que todas y cada una de las decisiones que se deben tomar dentro del mundo de lo político -aprobación de presupuestos, sanción de leyes, procedencia
de juicios políticos o comparecencias de funcionarios públicos- se sometieran a un proceso de votación o participación directa; lo cual no se contrapone a la concepción a la concepción de democracia de Rousseau en el cual todos los ciudadanos, libres e iguales, pudieran concurrir a manifestar su voluntad para llegar a un acuerdo común, un contrato social, sistema que actualmente sería de casi imposible aplicación debido a la cantidad de ciudadanos que tienen cada País.
Las ideas antes señaladas nos llevan a reflexionar a que en la actualidad, por lo que se refiere a la cosa pública, es decir, el discutir y decidir los problemas de orden público que se enlistan en la denominada “agenda pública, no se contemplan mecanismos que garanticen la participación de todos los ciudadanos en la toma de decisiones, por lo que es necesario que mediante la figura de democracia representativa, es decir que mediante los representantes elegidos por la ciudadanía se ejerza la toma de decisiones relevantes. Dicha figura, democracia representativa, como forma de gobierno mayoritario tiene su origen en la segunda mitad del XVII y XVIII por la votación universal, después de abolir la esclavitud en general; ya que la libertad es una condición necesaria para el ejercicio de un gobierno en el cual los individuos se encuentran en una búsqueda constante de mayor libertad civil, incluyendo en esta categoría el derecho de expresión y de asociación con un mínimo de intervención estatal, lo cual contribuya en la obtención del bienestar social general.
Por otra parte, derivado del pensamiento económico, principalmente del liberalismo económico, que se preocupa por las reglas del mercado perfecto en el cual la oferta y demanda establecen la imposición de los precios con base en la libre
concurrencia de vendedores y compradores debiendo tener como condición una mínima intervención del gobierno. De dichos postulados se desprende que la sociedad democrática se basa en una igualdad, donde los miembros de la sociedad son vistos y considerados como iguales, buscando, desde una perspectiva teórica, la reducción de la desigualdad social para toda la población.
Ahora bien, el establecimiento de la democracia presupone la realización básica de las siguientes condiciones:
1. Elecciones regulares y genuinas en las que los líderes políticos y los grupos que buscan acceso a puestos clave del gobierno compiten libremente.
2. La participación de la ciudadanía en las elecciones bajo el principio de sufragio universal y garantía de la libertad de expresión y asociación.
3. Transferencia del poder representativo de los ciudadanos a los órganos electos.
Tipos de Democracia
Siguiendo las ideas de la Dra. Karla Rodríguez Burgos, encontramos diversas vertientes de la democracia, entre las más significativas figuran:
Democracia deliberativa, en esta se buscan razones para justificar las leyes que se adoptan apelando a los principios de libertad y justicia, aceptando los derechos que les corresponden a los ciudadanos, pero permitiendo que dichos derechos puedan ser interpretados y aplicados con cambios mediante el proceso de deliberación en el proceso político para encontrar términos justos de cooperación que puedan ser aceptados por la mayoría. Las teorías que sustentan la democracia
deliberativa dan énfasis a la argumentación razonada que debe seguirse mediante debates informados, imparciales y civiles, para llegar a un acuerdo en las decisiones políticas (Carter, 2005). Esta democracia -deliberativa- es una concepción de democracia política en donde las partes involucradas, los ciudadanos y los gobernantes, buscan las razones para justificar las leyes que se adoptan, conteniendo una serie de principios para la evaluación de las democracias actuales y especificando el proceso por el cual se llevarán a cabo esos principios.
Democracia consensual, la cual mantiene una posición diferenciada entre gobernantes y gobernados, esto es, cuando la ciudadanía está en desacuerdo y tiene diferentes preferencias a las elegidas por los que ostentan el poder, por lo que se busca satisfacer las necesidades de una mayor parte de la población por medios como la inclusión y el compromiso con la sociedad.
Democracia procedimental, ésta se identifica como los procedimientos de decisión popular -las elecciones-, derecho para votar en las elecciones, procedimientos reconocidos, protecciones al proceso participativo de las personas como las libertades de expresión, asociación y libertad de prensa. Lo cual permite observar a la democracia como un procedimiento en la toma de decisiones bajo circunstancias de libertades e igualdades políticas.
En cuanto a la democracia constitucional, ésta hace referencia a la relación que existe entre la democracia y la constitución, como resultado de la
¨democratización del constitucionalismo¨, integrando en ello los problemas políticos y económicos en la organización social.
La democracia directa, la cual se entiende un conjunto de instituciones a través de las cuales los ciudadanos comparten el poder político, de la manera más directa posible y con un mínimo de intermediarios Esta democracia busca tener una participación sin intermediarios.
Democracia directa liberal, es una forma de gobierno que consiste en una democracia representativa en la que la capacidad de los representantes electos para la toma de decisiones políticas está sujeta al Estado de derecho y normalmente es moderada por una constitución que la regula en la protección de los derechos de las personas que se encuentran en el Estado de que se trate.
Democracia Social esta se encuentra principalmente en las sociedades donde el poder reside en el Congreso de la Nación, en el cual se encuentran diputados y senadores.
Ejercicio: Da tu propia definición de Democracia y señala lo elementos esenciales que consideres se deben cubrir para ser considerada representativa.
Soberanía
El termino hace referencia al ejercicio de derechos sobre un territorio en particular; derecho que conforme a las constituciones pertenece al pueblo, tal como lo señala el artículo 39 de nuestra Carta Magna “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”, aunque el pueblo no lo ejerce directamente, sino que lo delega en sus representantes; esto significa independencia, entendida como poder en pleno; es decir que la constitución es el fundamento básico del sistema legal, por lo que ninguna disposición puede invalidarlo o estar por encima de ella.
Conceptualmente, el término hace referencia a la justificación legal que tiene el poder político transformando el poder de hecho en poder legal.
Entre las principales características que describen a la Soberanía, se encuentran que es absoluta, perpetua, indivisible, inalienable e imprescriptible.
a. Es absoluta porque define a un poder originario que no depende de otros ni está limitada por las leyes.
b. Es perpetua porque su razón trasciende a las personas que ejercen el poder y a diferencia de lo privado.
c. Es imprescriptible e inalienable porque no está sujeta a la perdida de sus efectos jurídicos por el solo paso del tiempo e inalienable porque no puede ser trasferida bajo ninguna modalidad a particulares u otros Estados.
Otra descripción del término se puede entender desde las ópticas de su carácter: “ilimitada”, “absoluta” y, “arbitraria”. Dentro de las cuales la primera concibe la soberanía como Locke, en el sentido de que los límites naturales se encuentran en el contrato del que surge (Constitución) y por el pueblo, de quien es un mandatario; por lo que respecta a la segunda de la ópticas, esta es pregonada por Hobbes y Rousseau y contempla que el poder soberano no tiene límites jurídicos pero su poder obedece a una racionalidad técnica o moral (voluntad general); y la tercera que considera que el Poder Soberano es la expresión en ley del interés del más fuerte.
Conforme a nuestra Constitución Política de los Estadios Unidos Mexicanos, la Soberanía reside “esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste”. También abunda que “el pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la Constitución Federal y las de cada Estado y de la Ciudad de México”.
Por lo que respecta a los derechos humanos, el cumplimiento y respeto de los mismos se ha considerado un indicador para saber cuáles son las sociedades y Estados más fuertes en su régimen democrático interno, ya que dichos factores refuerzan la soberanía. Por el contrario, en las sociedades y Estados donde existen abundantes pruebas del abuso de los derechos humanos se observa como una señal de debilidad que encamina, a menudo, hacia la guerra o incluso el colapso del sistema político interno. No obstante a ello, vemos en la actualidad que en
muchos países, se está atacado el reconocimiento fundamental de que todos los seres humanos son iguales y tienen derechos inherentes y las instituciones establecidas por los Estados para lograr soluciones comunes están siendo desestructuradas, incluso de manera legal, este falta de respeto a los derechos humano esta llevando cada vez a más crisis, conflictos, derramamiento de sangre, destrucción económica y devastación humana.
Montesquieu El espíritu de las leyes de 1748.
Una de las obras más críticas de la Ilustración es “El espíritu de las leyes”, la cual fue escrita por Charles Louis de Secondat, barón de Montesquieu, la cual fue publicada en 1748. En ella, el autor francés, entre otras tantas cosas, estudia las relaciones de las leyes políticas con la constitución de los Estados, las costumbres, la religión, el comercio, el clima y los tipos de suelo de cada nación, siendo un libro que en solo dos años tuvo 22 ediciones y suscitó una serie de violentas críticas, tanto por parte de los jesuitas, como por parte de los jansenistas, al grado de que la Sorbona lo prohibió y la Iglesia Católica lo incluyó en el Índice de Libros Prohibidos.
No obstante a ello, no podemos dejar de señalar que el espíritu de las leyes es un tratado de teoría política y derecho comparado en el cual el barón de Montesquieu desarrolla los conceptos que dan estructura a la separación de poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial pero, sobre todo, de la relación de que
deben tener los tres, rechazando las teorías absolutistas en las que una persona debería concentrarlos todos en su figura y apostando por un “equilibrio de poderes”, en la cual la Teoría del Equilibrio, que presenta en su obra, es recogida otros autores ilustrados, como Isaac Newton.
De la misma forma en que Montesquieu sugiere que haya un rey que esté controlado por unos poderes intermedios, formados por la nobleza, el clero y los parlamentos, Newton plantea teorías sobre cómo ciertos elementos se atraen, pero no pierden su identidad, lo que permite un equilibrio perfecto. Vendría a ser el mismo concepto pero, en lugar de aplicarse a la ciencia, es aplicado a la vida política.
Por ello se puede decir que “El espíritu de las leyes”, es una obra que une todo aquello que la Ilustración representa y, al mismo tiempo, combate el despotismo y el absolutismo, siendo más adelante una ideología que tendría aplicación en la Revolución Francesa en 1789 y todas las constituciones de corte liberal, a grado tal que Incluso hoy día, la mayoría de las constituciones democráticas nos hablan de la separación de poderes propuesta hace siglos por Montesquieu en su obra.
Separación de poderes
Las ideas de Montesquieu rompieron con todo el paradigma de la época respecto al ejercicio y concentración del poder, ya que al proponer una nueva división de poderes del Estado; concretamente en tres poderes; el ejecutivo, el legislativo y el judicial, los cuales tendrían áreas de aplicación y responsabilidades distintas la cuales en resumen son:
Poder ejecutivo, a este le correspondería el Gobierno, y lleva a cabo la ejecución de las leyes y políticas, además de encargarse de planificar y dirigir las actuaciones estatales, y de ejecutar las leyes que dicta el poder legislativo.
Poder Legislativo, ente autónomo representado por el presidente del Congreso o Parlamento, a quien en conjunto se le encarga de la formulación de leyes y proyectos de ley en beneficio de la sociedad que se encuentra en un Estado determinado. La forma en que el poder legislativo es compuesto dependerá de la estructura política de los Estados
Poder Judicial, este se encuentra integrado por jueces y tribunales que se encargarán de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, siendo independiente de los demás poderes.
Ejercicio: Describe con tus propias palabras las características de cada uno de los poderes y da un ejemplo donde se involucren los tres poderes.
Ejecutivo Legislativo Judicial
Los Tribunales
Los tribunales son órganos públicos cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, es decir, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada, de cumplir otros actos que las leyes que los organizan les puedan atribuir, los cuales forman parte de la jurisdicción voluntaria. El gobierno democrático no cuenta con eyes tan simples como la dictadura, por ello se necesitan tribunales que pronuncien sus decisiones, las cuales deben conservarse, estudiarse y aprender para que un día no se juzgue lo contrario que en el anterior, y la propiedad y la vida de los
ciudadanos se halle tan asegurada y fija como la constitución del Estado (Montesquieu).
En una democracia, la administración de la justicia, no solamente decide de la vida y del patrimonio sino también del honor, y por ello exige un esfuerzo adicional para realizar pesquisas escrupulosas, ya que la delicadeza del oficio de juez se aumenta en proporción con el depósito que se le confía, y con los mayores intereses (PRINCIPIO PRO PERSONA) sobre que pronuncia. Por dicha causa, pues, no es raro encontrar en las leyes de los Estados protectores de los Derechos Humanos tantas reglas, restricciones, extensiones y aclaraciones, hacen que se multipliquen los casos particulares, haciendo de la razón un placer y un arte.
Por lo que respecta al Poder Judicial, este se encuentra constituido por un conjunto de medios personales y materiales que son ordenados para el cumplimiento de su finalidad, es decir, la tramitación de los procesos judiciales, quedando estructurada con base en diferentes cuerpos funcionarios que la integran, los cuales tienen cada uno de ellos competencias específicas, entre las que encontramos:
Jueces, quienes son las personas encargadas de resolver las controversias y de emitir resoluciones después de haber estudiado todas las pruebas que fueron
ofertadas por las partes y que, una vez emitida la resolución, deberán de velar por que se ejecute lo que se ha resuelto. Por otra parte se encargan de dirigir la oficina judicial ejerciendo la jefatura directa de todo el personal, por que dirigen y ordenan el trabajo, responden del buen funcionamiento de la oficina, realizan las estadísticas, ponen en conocimiento de la autoridad competente las necesidades de medios personales y materiales de la oficina.
Gestores: Son funcionarios/as que se sitúan bajo la inmediata dependencia de los Jueces o encargados de la Administración de Justicia y están abocados en la tramitación de toda clase de procesos, diligencias y expedientes. Asisten al Juez/a de la Administración de Justicia redactando las providencias, diligencias, actas y notas que resulten necesarias. Son también los encargados de sustituir al Juez/a, o lo eran hasta hace algunos años, cuando lo aconsejen las necesidades del servicio.
Tramitadores son funcionarios/as dependientes del Juez/a cuya labor es colaborar en el desarrollo general de la tramitación de los procesos, transcriben los textos, realizan tareas ejecutivas no resolutorias, así como actos de comunicación que no estén encomendados a otros funcionarios/as, y cualesquiera otras funciones que les atribuyan las leyes.
El Ministerio Público/Fiscal es un órgano que coopera con la Justicia y debido a que no forma parte del Poder Judicial, ejerce sus funciones mediante órganos
propios organizados de una forma jerárquica; no son jueces/zas ni dependen orgánicamente de ellos/as ya que en una sociedad democrática en los procesos jurisdiccionales el Estado no puede ser juez y parte sino que cada uno de los poderes tendrá sus facultades y atribuciones: por lo que respecta al Fiscal, este debe velar por el cumplimiento de lo que establecen las leyes y cuando actúa, lo hace en representación del interés general de sociedad y no de una persona concreta e interviene de oficio en los casos más graves socialmente hablando, sin que nadie tenga que instar su participación, para proteger al interés público, haciendo obligatoria su intervención. Por ejemplo, cuando está en juego el interés de un menor, el Fiscal debe dirigir personalmente la investigación de los hechos e impulsar el procedimiento.
Ejercicio Realiza la siguiente sopa de letras. (DEMOCRACIA, SOBERANIA, DERECHOS HUMANOS, TRIBUNAL, LEGISLATIVO, JUDICIAL, EJECUTIVO)
D E M O C R A C I A T U V W X Y Z A B C
E A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S
R I J K L N M T R I B U N A L H G F E D
E O P Q R S T U V W X Y Z B C D E K L M
C A F G H I M J S O B E R A N I A O P Q
H R S T U V O W X Y Z A B C E D F G H I
O J K L M O N P Q R S T U V E W X Y Z A
S B C D E F T G I H J K L M J N O P Q R
H S T U V W E X Y Z A B V C E D F G J H
U I J K M L S N O P Q R S T C U V W U X
M Z A B C D Q E F G H I J K U L M O E Y
A O E P Q R U S T J V W U X T Y A N Z B
N C S D E F I G H I U J K L I M N O P Q
O D T G H U E B C A Z S W X V W U T S R
S E A I J K U L M N O P T Q O R S T U V
W F D X Y Z A B C D E F G I H J K L M N
A B O C D E F Z Y X W V U T C S R Q P O
L E G I S L A T I V O G H J K I L M N H
O P Q R S T U V W X Y Z A B C D A E F G
H I J L K M N J U D I C I A L O P Q R S
Derechos Humanos
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París en 1948, tuvo como contexto el devastador impacto de la Segunda Guerra Mundial. La constituyen 30 artículos, así como el marco de referencia al que deberían ajustarse las leyes y la acción política en todos los países. En ella se establece la obligación de que los Estados y la comunidad internacional deben garantizar la protección de derechos universales consagrados en dicha Declaración; no obstante, aún en muchos lugares del mundo se vulneran todos los días los Derechos Humanos en la calle, en los hogares, en las cárceles, en los campos de refugiados, en las fábricas, e incluso en la Internet.
Los derechos humanos tienen como características primordiales el ser universales, indivisibles, imprescriptibles, interdependientes y progresivos.
Engloban derechos y obligaciones inherentes a todos los seres humanos que nadie,
ni el más poderoso de los Gobiernos tendría la autoridad de negarnos o eximirse de cumplirlos haciendo distinción por el sexo, nacionalidad, lugar de residencia, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, edad, partido político o condición social, cultural o económica, a estos derechos humanos se suman los derechos civiles y políticos que garantizan la capacidad para participar en la vida civil y política en condiciones de igualdad y derivado de ello nadie (ni el Estado, ni una empresa, ni un grupo o una persona) puede privarnos de dichos derechos, ya que nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. Algunos de los principales son:
1. Derecho a la vida. Todos los seres humanos tenemos derecho a vivir libres y con seguridad. Nadie tiene derecho a privar de vida a otra persona y, sin embargo, todavía hay países donde se practica la pena de muerte.
2. Derecho a no ser sometido ni sometida a esclavitud ni servidumbre. Hay Estados, empresas y grupos armados, entre otros agentes, que violan los derechos humanos.
3. Derecho a no recibir daños ni torturas. La tortura sigue siendo un método utilizado para aterrorizar y disuadir a personas de emprender acciones consideradas “amenazantes” por muchos gobiernos.
4. Derecho a la no discriminación. Todo hombre, mujer, niño y niña tienen como derecho a estar libres de discriminación.
5. Derecho a la privacidad, ningún Gobierno o particular se encuentra facultado para espiar lo que hacemos en Internet, salvo que esto se encuentre mandatado por juez competente.
6. Derecho a la libre circulación, a buscar asilo y a tener una nacionalidad. Actualmente hay más de 25 millones de personas refugiadas.
Se trata de una crisis de envergadura mundial en la que unos pocos países se ven obligados a hacer mucho más de lo que les corresponde, sencillamente, por su proximidad a zonas de crisis; mientras que otros, los más ricos, hacen poco o nada por proteger a estas personas y respetar sus derechos.
7. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, opinión y expresión. Este derecho nos faculta para expresar las opiniones de forma abierta, publicar en redes sociales, participar en manifestaciones, entre otras cosas y es un derecho universal de todas y todos.
8. Derecho a participar en la vida política. Tenemos derecho a votar o a formar parte del gobierno de nuestro país. Además, todos los votos deben de tener el mismo valor.
Ejercicio: Realiza un mapa mental de los derechos que consideres son importantes para la democracia:
Historia de los derechos humanos
Desde la antigüedad, tanto en regímenes autoritarios como democráticos, se han encontrado momentos en que la voluntad de los gobernantes ha reconocido la participación de la ciudadanía en Integración de sus gobiernos, promoviendo diversos métodos para ello.
La defensa de los derechos humanos ha sido un concepto filosófico del hombre, del cual emergen rasgos esenciales, dando lugar para la creación de un sistema legal que garantice estos derechos, es decir, reconociéndolos como derecho positivo. En la antigüedad, si bien hubo esfuerzo, no se llegó a tener idea clara y precisa de la denominada dignidad del hombre como individuo y de sus correspondientes derechos frente a la comunidad y autoridad política, ya que se consideró que los hombres formaban parte de su comunidad y pertenecían a ella como las partes de un todo; luego entonces, la comunidad tenía la primacía absoluta sobre los hombres, y éstos debían obedecer las leyes de la misma aún cuando fueran injustas; ejemplo de ello lo teníamos en la polis que era considerada como una instancia de perfeccionamiento de la naturaleza humana y que el fin de la cuidad se identificaba con el fin de los ciudadanos y lo llevaba a su plenitud, por lo que éstos no tenían ningún derecho que de inconformarse frente al gobierno de la cuidad. Posteriormente con el esclavismo; después de la Segunda Guerra Púnica, con el aumentó en el número de esclavos, se notó cierto desarrollo en lo que entonces se podría haber llamado industria, habiendo señores tan poderosos que eran propietarios de millares de personas denominados esclavos, quienes en caso
de que en alguna rama industrial se carecía de ellos, habría quienes lo pudieran
“alquilar” y por ello hubo quienes únicamente los criaban para esta finalidad.
Durante la Edad Media se confundieron los órdenes natural y sobrenatural, lo eclesiástico y lo civil, lo humano y lo divino. El hombre es una persona racional, libre, moral, responsable de sus acciones. De esta naturaleza surgen los derechos naturales innatos: derecho a la vida, a la integridad corporal, a la libertad religiosa y fundar, conservar y defender una familia. Los derechos naturales, son propios del hombre por el simple hecho de ser humano e inherente a su persona. El hombre es un sujeto potencial de derechos y deberes frente a otros. A partir de que el ser humano se reconoce como ser capaz de dirigirse y autogobernarse, separa las leyes divinas, las cuales quedaría solo como una prerrogativa personal, y decide gobernarse, a crear sus propias formas de gobierno, los cuales parte de básicos principios de la dignidad humana, persona, libertad, igualdad.
La Carta Magna de 1215 de Inglaterra es donde se encuentra uno de los documentos más trascendentales en la historia de los derechos humanos ya que su reconocimiento llega a tal grado que hay quienes la consideran el antecedente más remoto de los derechos humanos en Occidente, tiempo después llega la declaración de derechos contenida en la Ley que Declara los Derechos y Libertades de los Súbditos y que dispone la sucesión de la Corona, impuesta por la Reina María II, hija de Jacobo II, y a su esposo Guillermo de Orange en 1688. Como en anteriores ocasiones la declaración de derechos tiene su origen en la lucha de evolución de los derechos humanos de los ingleses en contra de la política absolutista del monarca.
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, No puede explicarse sin el surgimiento de la Declaración de Derechos y Libertades de los Inglese y del contexto de la época, y especialmente en el momento histórico conocido como Revolución Francesa y dos años después de dictada la Declaración de 1789 se elaboró y publicó la Declaración de la Mujer y de la Ciudadana, la cual tenía la intención manifiesta de que fuera decretada por la Asamblea Nacional “en sus últimas sesiones o en la próxima Legislatura”, En uno de sus párrafos se garantiza la libertad de todo hombre para ir, permanecer, partir, sin poder ser arrestado o detenido, más que según las formas determinadas por la Constitución;
la libertad de todo hombre de hablar, escribir, imprimir y publicar sus pensamientos, sin que sus escritos puedan ser sometidos a censura ni inspección antes de su publicación, y ejercer el culto religioso al que pertenece; la libertad a los ciudadanos de reunirse pacíficamente y sin armas, de conformidad con las leyes de policía; la libertad de dirigir a las autoridades constituidas peticiones firmadas individualmente.
También llama la atención que la vigente Constitución francesa, confirma en el preámbulo la vigencia de la Declaración de 1789.
Derechos Humanos en México.
Han sido múltiples los ordenamientos jurídicos donde se consagran derechos que comparten las características de los derechos humanos, basta señalar a la Constitución de Cádiz, Constitución de Apatzingán (1814), El Plan de Iguala. 24
febrero de 1821, La Constitución 1824, Las Siete Leyes Constitucionales, 1835- 1836, Bases Orgánicas de la República Mexicana, 1843, Acta Constitutiva y de reforma, 1847, Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, 1857 y claro está, nuestra actual Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, en la cual se incluía parte de los ordenamientos de la Constitución de 1857, especialmente lo referente a los derechos humanos sobre derechos políticos y civiles y en esta nueva Constitución se establecen, además, una serie de derechos considerados como sociales. Uno de artículos que marcaron una diferencia con la Constitución de 1857 fueron los nuevos artículos: el artículo 3º Sobre el derecho a la educación, el 27 y el 123, con marcada visión de derechos sociales. Ahora tenemos un nuevo reto frente a nosotros, consistente en el fenómeno de la globalización, el cual es visto como una etapa superior de capitalismo y por tanto de la libre movilización de los capitales, la inestabilidad económica y vulnerabilidad de las economías de los Estados. Ante tal fenómeno, se necesita avanzar, entre muchas otras cosas, en la aplicación generalizada de los derechos humanos y sociales, particularmente en cuanto a la homologación de derechos ciudadanos y laborales para que los seres humanos no sean simplemente explotados ni tratados como ciudadanos de segunda, porque la globalización exige como respuesta una nueva ciudadanización, la ciudadanía universal.
Democracia y Derechos Humanos
Los rasgos esenciales de la vida política democrática muestran que el marco institucional, político y cultural por excelencia para lograr la vigencia de los derechos humanos es precisamente la democracia.
Podría decirse que la democracia es el telón de fondo, institucional y político, donde se recortan con mayor nitidez los derechos humanos fundamentales. Desde luego, ello es así en la medida en que, en su acepción moderna, no hay divorcio de ninguna naturaleza entre los derechos inherentes al individuo. De alguna manera, en todas nuestras Constituciones nos encontramos el reconocimiento de estos derechos fundamentales del individuo. Los valores de libertad y respeto por los derechos humanos y el principio de celebrar elecciones periódicas y genuinas mediante el sufragio universal son elementos esenciales de la democracia. A su vez, la democracia proporciona el medio natural para la protección y la realización efectiva de los derechos humanos. Esos valores se han incorporado en la Declaración Universal de Derechos Humanos y han sido elaborados aún más en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que consagra una multitud de derechos políticos y libertades civiles en que se basan las democracias significativas.
Los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en instrumentos de derechos humanos
posteriores que abarcan los derechos de los grupos (por ejemplo, los pueblos indígenas, las minorías, las personas con discapacidades) son igualmente esenciales para la democracia habida cuenta de que garantizan la inclusión de todos los grupos, incluyendo la igualdad y equidad con respecto al acceso a los derechos civiles y políticos.
Durante muchos años la Asamblea General de las Naciones Unidas y la ex Comisión de Derechos Humanos trataron de valerse de los instrumentos internacionales de derechos humanos para promover una comprensión común de los principios, las normas, y los valores que constituyen la base de la democracia, con miras a orientar a los Estados Miembros para la formación de tradiciones e instituciones democráticas internas; y atender sus compromisos en cuanto a derechos humanos, democracia y desarrollo.
En 2000, la Comisión recomendó una serie de importantes medidas legislativas, institucionales y prácticas para consolidar la democracia y en 2002, la Comisión declaró lo siguiente como elementos esenciales de la democracia.
• Respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales
• Libertad de asociación
• Libertad de expresión y de opinión
• Acceso al poder y su ejercicio de conformidad con el imperio de la ley
• La celebración de elecciones periódicas, libres y justas por sufragio universal y por voto secreto como expresión de la voluntad de la población
• Un sistema pluralista de partidos y organizaciones políticas • La separación de poderes
• La independencia del poder judicial
• La transparencia y la responsabilidad en la administración pública • Medios de información libres, independientes y pluralistas.
Los déficits de la democracia, las instituciones débiles y los liderazgos pobres son algunos de los principales problemas para la realización eficaz de los derechos humanos. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) tratan de abordar esos problemas mediante sus servicios consultivos y su programa de cooperación técnica, que se centran en el fortalecimiento del marco jurídico para la protección de los derechos humanos (reforma institucional y jurídica); el establecimiento de capacidades que habiliten a los segmentos vulnerables y en situación desventajosa de la sociedad; y la promoción de la conciencia y educación en derechos humanos.
La gobernanza democrática se encarga de suministrar apoyo continuo a instituciones democráticas, entre ellas entidades e instituciones nacionales involucradas en la administración de la justicia, al mejorar la capacidad de los
parlamentarios de participar en la protección de los derechos humanos, al apoyar a la sociedad civil y al facilitar los procesos de desarrollo electoral y constitucional.
Desde el marco ético, legal y político, derechos humanos. Las luchas históricas por el reconocimiento de la igualdad de dignidad y de derechos han tenido su principal impulso en las organizaciones de la sociedad civil. Por supuesto que también hay resistencia el punto de vista de los grupos en situación de vulnerabilidad no debe ser el punto de partida porque debe ser el punto de vista de la construcción de la igualdad de derechos y la identificación de problemas de no realización de los derechos.
Sin embargo, el diálogo del Estado con reclamantes de ciertos grupos es útil para la adopción del diagnóstico, ya que permite ver los fenómenos invisibles, comprender las causas estructurales del problema y pensar las respuestas relevantes.
Para integrar un enfoque de derechos humanos en las políticas públicas, también es necesario analizar las debilidades del Estado porque no se puede proteger del daño y generar la gratificación efectiva de los niveles básicos de derechos en todas las personas, o sentar un precedente para el ejercicio de los derechos humanos. Aquí también, una mirada crítica a las Organizaciones de la Sociedad Civil nos permite identificar brechas y mecanismos que necesitan ser transformados.
Los derechos humanos otorgan derechos a individuos, grupos y minorías como protección contra la mayoría. Por otra parte, democracia implica el gobierno de la mayoría. Los derechos humanos garantizan elecciones libres y justas en condiciones de igualdad política. Los derechos humanos garantizan una comunicación abierta y un proceso libre de formación de opinión. Los derechos humanos aseguran la aplicación de las decisiones tomadas democráticamente y hacen, por lo tanto, que el régimen democrático tenga efectividad. Por último, al limitar el poder de la mayoría, los derechos humanos permiten que los individuos y las minorías acepten las decisiones de la mayoría democráticamente legitimada, por ello la democracia ofrece a la minoría la perspectiva de convertirse en mayoría. Los derechos humanos garantizan a los individuos que sus intereses serán protegidos, aunque no pertenezcan a la mayoría.
Los derechos humanos y la democracia no son antagónicas, sino que se condicionan mutuamente para lograr el éxito de una comunidad política. En su interacción, permiten al individuo llevar una vida auto determinada individual y colectivamente. La protección y materialización de los derechos humanos es, por lo tanto, un proyecto genuinamente democrático.
Son elementos constitutivos del derecho a la democracia, el respeto a las libertades de opinión, de expresión, de pensamiento, de conciencia, de religión,
de asociación y de reunión; el derecho a la libertad de investigar y de recibir y difundir informaciones e ideas por cualquier medio de expresión
La Asamblea General Proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Para que florezcan los derechos humanos se necesita un mecanismo natural que es la democracia, pero aún más, para la existencia de la democracia y que florezca se necesita el desarrollo de derechos humanos, como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción, un ejemplo de ello lo encontramos en la:
Resolución 2000/47
+ Respeto por los Derechos Humanos y las libertades fundamentales.
+ Libertad de asociación;
+ Libertad de expresión y de opinión.
+ Acceso al poder y su ejercicio de conformidad con el imperio de la ley.
+ La celebración de elecciones periódicas con el voto libre y secreto.
+ Un sistema pluralista de partidos y organizaciones políticas.
+ La separación de poderes;
+ La independencia del poder judicial.
+ La transparencia y la responsabilidad en administración pública.
+ Medios de información, libres, independientes y pluralistas.
Articulo 21
Declaración Universal de Derechos Humanos.
Entre los puntos mas sobresalientes de esta Declaración respecto de la democracia, encontramos:
1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.
Defensores de los derechos humanos Mahatma Gandhi (1869-1948)
Su nombre era Mohandas Karamchand Gandhi, pero Rabindranath Tagore le dio el nombre honorífico de Mahatma, que significa 'gran alma' en hindi.
En la India también era conocido como Bāpu ('padre' en gyuaratí). Gandhi fue un pacifista y pensador indio que abogó por la no violencia. Fue encarcelado varias veces, y siempre defendió a las castas más bajas y a las zonas rurales de su país, que eran las más desfavorecidas. Gandhi tenía varios objetivos. Su objetivo particular era ver a Dios frente a él; ganaría el cielo mediante la tormenta. Su objetivo público era quebrar lá soberanía británica y lograr la libertad e independencia de la India. Al mismo tiempo, deseaba llevar a cabo una transformación de la comunidad
india, hacerla más digna de su libertad. A sus ojos no era suficiente ser un revolucionario.
Mohandas Karamchand Gandhi es ampliamente reconocido como uno de los más grandes líderes políticos y espirituales del siglo veinte. Honrado en la India como el padre de la nación, fue pionero y practicó el principio de Satyagraha: la resistencia a la tiranía a través de la desobediencia civil masiva no violenta. Mientras lideraba campañas a escala nacional para mitigar la pobreza, expandir los derechos de las mujeres, crear armonía religiosa y étnica, y eliminar las injusticias del sistema de castas, Gandhi aplicó de forma suprema los principios de la desobediencia civil no violenta para liberar a India del dominio extranjero. Consiguió su meta en 1947, cuando la India logro su independencia de Gran Bretaña. Debido a su grandeza, se le llama Mahatma, que significa “gran espíritu”. Los líderes de derechos civiles mundiales desde Martin Luther King, Jr., hasta Nelson Mandela han reconocido a Gandhi como fuente de inspiración en su lucha para conseguir igualdad de derechos para su gente.
El hombre, estima Gandhi, debe aprender a soportar el sufrimiento En cualesquier órden de la existencia. Casi podría decirse, afirma el Mahatma, que en la capacidad para soportar las adversidades radica el auténtico triunfo del ser humano. Gandhi no dudó en hablar al mundo de la explotación de las masas, el sugestivo apóstol de los derechos humanos estuvo, naturalmente, contra toda forma
de discriminación por motivos de raza, color, clase, sexo, nacionalidad. En las luchas entre el capitalismo y el trabajo, estuvo junto al trabajo y frente a todas las formas de señoritismo y la explotación. Tras casi 60 años de lucha pacífica logró ver la independencia de su país de una de las mayores potencias europeas, sin haber disparado una sola bala. Pero, más allá de lograr la independencia política, Gandhi apaciguó numerosos conflictos, abogó por la convivencia pacífica entre hindúes y musulmanes y logró reducir la discriminación entre castas, mejorando las condiciones de vida de las más desfavorecidas. Su lucha solo se detuvo cuando fue asesinado de un disparo por un radical, pero su legado continúa vivo y es considerado un referente para toda la humanidad. Con su aspecto frágil y humilde, Mahatma Gandhi nos demuestra que nuestra mayor fuerza consiste en la voluntad de nuestro corazón.
Martin Luther King
Fue un activista por los derechos civiles desde muy joven, organizó y llevó a cabo diversas actividades pacíficas reclamando el derecho al voto, la no discriminación y otros derechos civiles básicos para la gente negra de los Estados Unidos.
Martin Luther King nació el 15 de enero de 1929 en Atlanta, Georgia, EUA.
Fue un gran defensor de los derechos humanos. Hijo de Martin Luther King Sr. y Alberta Williams King. Tras estudiar en colegios públicos y graduarse en el instituto con 15 años, Martin Luther King fue a la Universidad. Estudió sociología y obtuvo su título en 1948, después hizo estudios de posgrado en teología y obtuvo un doctorado, también en teología, por la Universidad de Boston. Posteriormente se volvió pastor de la Iglesia Baptista Dexter Avenue, en Montgomery, Alabama, siendo éste el lugar en donde comenzó su lucha por los derechos civiles, liderando las acciones contra las líneas de autobuses durante 382 días por discriminar a la población afroamericana. Martin Luther King fue el encargado de emprender una lucha pacífica para conseguir la igualdad de derechos civiles de las y los afroamericanos, su gran capacidad oratoria lo convirtió en uno de los personajes más mediáticos e influyentes de aquel momento, durante más de 10 años tuvo grandes logros en la lucha por los derechos civiles a través de las posturas no violentas y las manifestaciones pacíficas.
Durante su época de activismo, en las décadas de 1950 y 1960, Martin Luther King lideró diversas protestas bajo el principio de desobediencia civil sin violencia.
De esta manera pudo ganar fama en el movimiento por la igualdad de los derechos civiles. Dentro de sus luchas encontramos la llevada a cabo en 1955, cuando con otros activistas de los derechos civiles fue arrestados tras haber encabezado un boicot a una compañía de transporte de Montgomery: ésta exigía que las personas no blancas cedieran sus asientos a los blancos y se quedaran de pie o sentados en la parte posterior del autobús[2]. En 1963 dio otra batalla civil en Birmingham, donde
encabezó manifestaciones pacíficas multitudinarias que las fuerzas policiales blancas combatieron con perros policía y mangueras contra incendios, generando una gran polémica presente en los titulares de diversos periódicos de todo el mundo.
Las protestas pacíficas y los boicots llevados a cabo en la ciudad tuvieron como resultado su arresto en abril de 1963. Durante su estancia en prisión Luther King escribió la popular Carta desde la cárcel de Birmingham.
Dentro de este ensayo explica el porqué de sus protestas. Debido a que John F. Kennedy, el entonces presidente de los Estados Unidos, apoyaba sus ideales, pudo obtener su libertad.
Las posteriores manifestaciones multitudinarias en muchas poblaciones culminaron con un aproximado de 250,000 manifestantes, en Washington, DC. Fue ahí donde King pronunció su famoso discurso de “Tengo un sueño” (I have a dream), en el que imaginaba un mundo donde las personas pudieran vivir en igualdad, sin estar divididas por su raza.
“Tengo un sueño, sueño que mis cuatro hijos vivan un día en una nación donde no sean juzgados por el color de su piel sino por su carácter sueño que un día en Alabama las niñas y los niños negros puedan tomarse de la mano con las niñas y los niños blancos como hermanas y hermanos.”
El 14 de octubre de 1964, Martin Luther King recibió el Premio Nobel de la Paz. Con 35 años, se convirtió en el hombre más joven en recibir este reconocimiento.
Años más tarde, a finales de marzo
de 1968, viajó hasta Memphis, Tennessee, con el objetivo de apoyar la huelga de basureros afroamericanos que buscaban la mejora de sus condiciones laborales.
Lamentablemente, el 4 de abril de 1968 a las 6:01 de la tarde, mientras estaba en la terraza de la habitación del Motel Lorraine, Martin Luther King con tan sólo 39 años, fue asesinado
Nelson Mandela
Es uno de los símbolos de derechos humanos más reconocidos de la época, es un hombre cuya dedicación a las libertades de su pueblo ha inspirado a los defensores de los derechos humanos a lo largo del mundo. Nacido en Transkei, Sudáfrica, hijo de un jefe tribal, Mandela obtuvo un título universitario, graduándose en derecho. En 1944 se hizo miembro del Congreso Nacional Africano (CNA) y trabajó activamente para abolir las políticas del apartheid del Partido Nacional en el poder. Llevado a los tribunales por sus acciones, Mandela declaró: “He luchado contra la dominación blanca y he luchado contra la dominación negra. He abrigado el ideal de una sociedad libre y democrática en que todas las personas vivan unidas
en armonía y con las mismas oportunidades. Es un ideal para el que espero vivir y que espero conseguir. Pero si es necesario, es un ideal por el que estoy preparado para morir”.
Sentenciado a cadena perpetua, Mandela se convirtió en un poderoso símbolo de resistencia para el ascendente movimiento antiapartheid, rehusando en repetidas ocasiones a comprometer su posición política para obtener su libertad.
Puesto en libertad finalmente en febrero de 1990, intensificó la batalla contra la opresión para alcanzar las metas que él y otros habían decidido lograr casi cuatro décadas atrás. En mayo de 1994, Mandela fue investido como el primer presidente negro de Sudáfrica, posición en que se mantuvo hasta 1999. Presidió la transición de la ley de la minoría y el apartheid, ganando respeto internacional por su defensa de la conciliación nacional e internacional. Por motivo de sus 90 años, se llevó a cabo una celebración internacional de su vida y la gran dedicación a sus metas de libertad e igualdad.
La ONU y los Derechos Humanos
El derecho internacional de los derechos humanos establece la obligación de los Estados a actuar de una manera determinada o abstenerse de emprender ciertas acciones, para promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o de los grupos.
Uno de los grandes logros de las Naciones Unidas es la creación de una normativa integral sobre los derechos humanos: un código protegido a nivel universal e internacional al que todas las naciones pueden adherirse y al que toda persona aspira.
Las Naciones Unidas han definido un amplio abanico de derechos aceptados internacionalmente, entre los que se encuentran derechos de carácter civil, cultural, económico, político y social. También han establecido mecanismos para promover y proteger estos derechos y para ayudar a los Estados a ejercer sus responsabilidades.
Los cimientos de este cuerpo normativo se encuentran en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobadas por la Asamblea General en 1945 y 1948, respectivamente. Desde entonces, las Naciones Unidas han ido ampliando la protección de los derechos humanos para incluir normas específicas relacionadas con las mujeres, los niños, las personas con discapacidad, las minorías y otros grupos vulnerables, que ahora poseen derechos que los protegen frente a la discriminación que durante mucho tiempo ha sido común dentro de numerosas sociedades. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento que marca un cambio en la historia de los derechos humanos.
Redactada por representantes de todas las regiones del mundo de diferentes culturas
y tradiciones jurídicas, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III) como un ideal común para todos los pueblos y naciones. Estableció, por primera vez, derechos humanos fundamentales que deben protegerse universalmente. Desde su aprobación en 1948, la DUDH se ha traducido a más de 501 idiomas. Es el documento más traducido del mundo, y ha servido de inspiración para las constituciones de muchos nuevos Estados independientes, así como para numerosas nuevas democracias. Junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos Protocolos Facultativos (sobre el procedimiento de denuncia y sobre la pena de muerte) y con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y su Protocolo Facultativo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos forman la conocida como Carta Internacional de Derechos Humanos.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su primer Protocolo Facultativo entraron en vigor en 1976. Este Pacto contaba con 167 Estados parte a finales de 2010. El Segundo Protocolo Facultativo fue aprobado en 1989. El Pacto recoge derechos como la libertad de movimiento; la igualdad ante la ley; el derecho a un juicio justo y a la presunción de inocencia; la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; la libertad de opinión y de expresión; la reunión pacífica; la libertad de asociación; la participación en asuntos públicos y elecciones; y la protección de los derechos de las minorías.
Asimismo prohíbe la privación de la vida; la tortura, las penas o los tratos crueles o degradantes; la esclavitud y el trabajo forzoso; la detención o prisión arbitraria; las injerencias arbitrarias en la vida privada; la propaganda en favor de la guerra; la discriminación y la apología del odio racial o religioso.
Convenciones de derechos humanos
Una serie de tratados de derechos humanos internacionales y otros instrumentos adoptados desde 1945 han ampliado el derecho internacional de los derechos humanos. Entre otras figuran la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948). la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1965) la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979), la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).
Consejo de Derechos Humanos
El Consejo de Derechos Humanos fue creado el 15 de marzo de 2006 por la Asamblea General y se encuentra bajo la autoridad directa de esta última. Sustituyó a la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, que estuvo en funcionamiento durante 60 años, como órgano intergubernamental responsable de los derechos humanos. Este Consejo está formado por 47 representantes de Estados y es el encargado de fortalecer la promoción y protección de los derechos humanos en todo el mundo para hacer frente a situaciones de violaciones de los derechos humanos y formular recomendaciones sobre ellos; entre lo que también se incluye la respuesta a situaciones de emergencia en materia de derechos humanos.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos es el punto central de las actividades de las Naciones Unidas relacionadas con los derechos humanos. Esta actúa como secretaría del Consejo de Derechos Humanos, de los órganos de tratados (comités expertos que supervisan el cumplimiento de los tratados) y otros órganos de la ONU que trabajan por los derechos humanos. También lleva a cabo actividades de derechos humanos sobre el terreno.
La mayoría de los tratados clave sobre derechos humanos dependen de un órgano de supervisión, responsable de analizar el cumplimiento de ese tratado de los países que lo han ratificado. Aquellas personas que consideren que se ha cometido una violación de sus derechos pueden presentar denuncias directamente ante los Comités encargados de supervisar los tratados de derechos humanos.
Los derechos humanos y el sistema de las Naciones Unidas
Los derechos humanos son un tema transversal en todas las políticas y los programas de la ONU en los ámbitos clave sobre desarrollo, asistencia humanitaria, paz y seguridad, así como en asuntos económicos y sociales. Por ello, prácticamente todo órgano de la ONU y organismo especializado se ve envuelto de alguna forma en la protección de los derechos humanos. Algunos ejemplos de ello son el derecho al desarrollo, que es la base de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; el derecho a la alimentación, defendido por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura; los derechos laborales, defendidos y protegidos por la Organización Internacional del Trabajo; la igualdad de género, proclamada por ONU Mujeres; los derechos del niño, de los pueblos indígenas y de las personas con discapacidad.
Ejercicio Realiza la siguiente sopa de letras (DEMOCRACIA, GHANDI, RESPONSABILIDAD, LIBERTAD, ART 21, ASAMBLEA GENERAL)
A B C D E F G H I J K D E M O C R A C I A L O N U M N O R E S P O N S A B I L I D A D P Q R S T U V W X Y Z I J K L M N O P Q R S A B G A N D H I C D E F G H L I B E R T A D T U V W X Y Z O N M K L J I H G F E D C B A L J I H G F E D C B A Z Y X W V U T S R Q P K L M N O A R T 2 1 P Q R S T U V W X Y Z A
B D C E F G H I J K L M N O A B C D L E F G P E Q R S T U V W X Y Z H S I J K L I M N O G R F E D C B A Z Y W X W O V U T S B R Q P H E I J K L M N E O P Q R B S T U V E W X Y Z C A B C D E F X G H I J E K L M N R O P Q J H I H G F E D P C B A Z R Y X W V T U S R K O L O M P Q S R T U V W A X Y Z A A B C D E S F G H I J K E L M N O N P Q R S D T U V W C X Y Z A B C S D E F H I G J K L M N O P Q I R S T U V W I X Y Z B A X C D E F G H I J V K L M N P Q O R S T U V W X Y Z A B C D E I F G H I J L N K M N O P Q R S T U V W X Y L Z A B L U C H A D E D E R E C H O S C D F E G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z A S A M B L E A G E N E R A L A B C D E F G
Indicadores de los Derechos Humanos
Los indicadores de derechos humanos son herramientas fundamentales para medir el proceso de aplicación de las normas y los compromisos en materia de derechos humanos, lo cual apoyar la formulación de políticas para evaluar sus repercusiones y la transparencia del proceso.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) ha diseñado un marco de indicadores en respuesta a una demanda persistente a elaborar y aplicar los indicadores estadísticos adecuados para promover la causa de los derechos humanos.
Una de las recomendaciones de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos de Viena fue que se usaran y analizaran los indicadores que podrían contribuir al progreso de los derechos humanos.
Para la elaboración de esta herramienta se dedicaron varios años de investigación y consulta, y dicha tarea se orienta por los principios de universalidad, imparcialidad, objetividad y colaboración, a fin de fortalecer la capacidad de los Estados Miembros para cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos.
En dicho marco se aplica en numerosos gobiernos nacionales, instituciones nacionales de derechos humanos y organizaciones no gubernamentales del mundo entero, siendo una guía para el desarrollo de indicadores cuantitativos para medir los progresos en la aplicación de las normas y principios internacionales de derechos humanos.
Importancia de los derechos humanos dentro de la democracia
Los derechos consagrados en el Pacto Internacional de derechos
económicos, sociales, culturales y los instrumentos posteriores en materia de derechos humanos abarcan un conjunto de derechos colectivos como pueblos indígenas, las minorías y personas con discapacidad, de las cuales de desprende que toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos, así mismo toda persona tiene derecho a la igualdad de acceso a los servicios públicos en su país.
La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del gobierno; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal y ecuánime y por voto secreto u otro procedimiento equivalente de libertad de voto. La democracia proporciona un entorno que respeta los derechos humanos y las libertades fundamentales en el que se ejerce la voluntad libremente expresada de las personas, y que cubre, por ejemplo, la libertad de expresión, el derecho de reunión pacífica y de libertad de asociación.
entonces encontramos la gran relación existente entre la democracia y los derechos humanos ya que la primera ese es el poder que tenemos como ciudadanía para elegir a nuestros gobernantes nuestra forma de Gobierno y exigir el
cumplimiento de los acuerdos previos a la elección de estos gobernantes en ese sentido podemos ver como un primer punto del ejercicio democrático de los derechos humanos la capacidad de decisión, de expresión, de asociación, de pensamiento que nos va a permitir el ejercicio de unas elecciones libres de cualquier tipo de atadura ya sea ideológica, política o personal.
Pues el cumplimiento Que el Estado genere de los derechos humanos permitirá a sus gobernados el desarrollo libre de la elección, de la exigencia del cumplimiento de las propuestas realizadas la relación intrínseca entre derechos humanos y democracia nos lleva esta primera vertiente donde todo gobernado se sienta seguro al ejercer su derecho al voto.
Como un segundo aspecto tenemos la garantía que debe de dar el Estado para que el ejercicio del derecho al voto sea libre secreto y seguro, lo constituye la calidad de vida que le da sus gobernados, pues en el nivel que tenga la Ciudadanía de seguridad, salud, bienestar, etc, podrá estar e aptitudes de resolver quien lo va ha representar y si el gobierno actual le conviene o desea un cambio.
Entonces esta relación intrínseca de los Derechos Humanos y la Democracia se puede resumir en la frase: “Para que exista en un Estado la Democracia se debe de garantizar el cumplimiento de los Derechos Humanos y para que se ejerzan de