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La protección y gestión de las costas. Cuaderno del estudiante

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La protección y gestión

de las costas

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La presente actividad se incluye en la Obra denominada “El litoral de Las Palmas de Gran

Canaria: Un recurso educativo y medioambiental” que ha sido elaborada entre los años 2002 y 2006 en el Departamento de Biología como un proyecto de investigación pro-movido por la Unidad Administrativa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Pal-mas de Gran Canaria y la Obra Social Fundación La Caixa mediante convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, a través de la Fundación Canaria Univer-sitaria de Las Palmas cofinanciado con fondos FEDER del Programa Operativo Local.

Dirección, responsable científico del proyecto:

Pedro Sosa Henríquez, Catedrático de Universidad del Departamento de Biología de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Autores de los contenidos:

Pedro Sosa Henríquez Alicia Escandell Bermúdez Francisco Javier Batista Hernández Ana Yoldi Murillo

Mónica Fanlo Dauphin Lourdes Medina Pérez

Colaboradores:

Ignacio Reyes Díaz Leopoldo O´Shanahan Roca Rafael Caballero Cassasa Alejandro Godoy Nuez Antonio Martín Artiles

Dirección técnica:

Matías Ramos Trujillo, Jefe de la Unidad Administrativa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Rita Gómez Balader, Técnico Superior de Gestión de la Unidad Administrativa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Antonio Rodríguez Santana, Unidad Administrativa de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Edición:

Diseño y maquetación: Oceanográfica Fotografías e ilustraciones: Oceanográfica Impresión: Imprenta San José S.L.L. © Contenido: Pedro Sosa Henríquez (et al.)

© Edición: Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

La protección y gestión

de las costas

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cución y control de la normativa de protección marítima, la seguridad

y el salvamento de la vida humana en el mar, la limpieza de las aguas

marítimas y la lucha contra la contaminación del medio marino.

La playa de Las Canteras constituye un lugar considerablemente

fre-cuentado, tanto por parte de usuarios bañistas como paseantes o

tran-seúntes que en épocas veraniegas pueden llegar a ser más de 100.000

personas en un día.

Debido por un lado a este gran volumen de personas y a la fragilidad

e importancia del lugar por el otro, es imprescindible que en la playa

y sus aledaños exista una red coordinada y especializada de servicios

que velen por el mantenimiento, limpieza y seguridad del entorno y

sus usuarios.

Entre los servicios destacan:

•El Servicio de Municipal de Playas del Ayuntamiento de Las Palmas

de Gran Canaria.

•El Servicio de vigilantes, salvamento y socorrismo de la Cruz Roja.

•La Policía Local.

•El Seprona (Servicio de Protección de la Naturaleza) de la Guardia

Civil (Casos de denuncia y protección de la Naturaleza).

•La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias.

• Dirección General de Costas.



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La denominada Ley de Costas (Ley 22/1988, de 23 de julio, BOE

19.07.1988) nació con la finalidad de frenar el deterioro de las

cos-tas, favorecido por el escaso control del desarrollo urbanístico, así

como por una escasa protección frente a procesos de

contamina-ción, extraccontamina-ción, depósitos incontrolados y otros factores. Esta Ley

se desarrolla mediante Reglamento, aprobado por el Real Decreto

1471/1989, de 1 de diciembre (BOE 12.12.1989; modificado por

RD 1112/1991, de 18 de septiembre, BOE 06.10.1991).

Esta ley reparte las competencias en materia de gestión del litoral

entre las distintas administraciones públicas.

Corresponde a la Dirección General de Costas, del Ministerio de

Medio Ambiente, la gestión del dominio marítimo-terrestre, así

como el otorgamiento de autorizaciones en la zona de servidumbre

de tránsito y de acceso al mar.

Las autorizaciones en la zona de servidumbre de protección y la

autorización de vertidos desde tierra al mar han pasado a ser

com-petencias de las comunidades autónomas.

Las cuestiones urbanísticas de la zona de influencia son

competen-cia de los ayuntamientos. Así mismo, en relación con las playas, la

Ley de Costas atribuye a los ayuntamientos la posibilidad de asumir

competencias en orden a mantener las playas y lugares públicos de

baño en las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad.

Prueba de ello es el Reglamento Municipal de Costas y Playas del

término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.

Finalmente, la Dirección General de la Marina Mercante, del

Minis-terio de Fomento, es el órgano competente en las funciones de

eje-La protección y gestión

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Averigua el papel y la labor que realizan los servicios descritos en la

introducción.

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Busca la definición de los conceptos dominio público

maríti-mo terrestre, zona de servidumbre y zona de influencia.

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Servicio

Página web

Teléfono

Servicio Municipal de Playas del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Servicio de vigilantes, salvamen-to y socorrismo de la Cruz Roja.

Policía Local.

Seprona. Guardia Civil (Casos de denuncia y protección de la Na-turaleza).

Consejería de Sanidad del Go-bierno de Canarias.

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Busca y guarda la dirección de la página web y el número de

teléfono de cada uno de estos servicios.

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Señala algunas situaciones en las que sería necesario contactar

con alguno de estos servicios.

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direc-OTRAS CURIOSIDADES

OTRAS CURIOSIDADES

Las Medusas o Aguavivas. Unos organismos a menudo muy molestos

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Las medusas son animales del grupo de los Cnidarios; estos tienen un ciclo vital con dos fases: la fase medusa y la fase pólipo. La medusa se corresponde con la fase sexuada y vive flotando en las aguas libres, des-ligada del fondo. Por el contrario, el pólipo se corresponde con la fase asexuada y, salvo excepciones, vive pegado al sustrato.

Las medusas tienen aspecto acampanado o de sombrilla y suelen ir pro-vistas de tentáculos urticantes; por ello han recibido el nombre de medu-sa, con el que en la mitología griega se designaba a un personaje cuya cabeza tenía serpientes por cabellos. En general, tienen una consistencia gelatinosa y son transparentes, con tonos azules o violáceos.

El término “aguaviva” es el nombre común asignado en Canarias a las medusas y otros organismos similares con aspecto gelatinoso y carácter urticante. La consistencia gelatinosa traslúcida viene dada por el alto porcentaje de agua que los constituyen, alcanzando el 97% en las del tipo medusoide. Otro dato significativo es la coloración iridiscente (tonos blanquecinos, azulados o violáceos) y sobre todo la bioluminiscencia que son capaces de producir la mayoría de ellos.

Existe una tendencia a considerar también “aguavivas” a otros organis-mos que nada tienen que ver con los Cnidarios aunque tengan cierto parecido. Nos referimos a los Ctenóforos; se trata de animales con una apariencia medusoide (simetría radial con tentáculos). El carácter pelá-gico oceánico de estos organismos les confiere una amplia distribución global, encontrándose igualmente en las costas canarias.

Su condición pelágica, les hace alcanzar la costa a modo de arribazones en determinadas épocas del año, de forma más o menos masiva. Estas llegadas a la playa son debidas al ciclo vital de estos organismos, y según la especie y la zona geográfica, su recalada se vincula a épocas o meses determinados y a condiciones oceanográficas específicas (corrientes y temperaturas altas).

En Canarias, la presencia masiva de aguavivas suele ocurrir a finales de verano y principios de otoño, coincidiendo con altas temperaturas y ma-res de fondo.

Tres son las especies más comunes en nuestro archipiélago: Pelagia noctiluca;

Physalia physalis; Velella velella.

Últimamente, algunos autores señalan que estas apariciones se producen por-que las medusas aprovechan los nichos de las especies de peces sobreexplota-das o porque se produce un deterioro medioambiental generalizado con con-diciones favorables para las mismas (aportes de nutrientes extras por aguas residuales o por cultivos marinos, aumento de la temperatura del agua, etc.). Despiertan nuestro interés debido a la cada vez mayor presencia en nuestro li-toral y por el carácter urticante de las especies, ya que el contacto con medusas puede producir escozor y rozaduras más o menos molestas; pero el roce con una fragata portuguesa (Physalia physalis) dada la cantidad de células urtican-tes y de toxina que contienen sus tentáculos puede producir un shock cardiaco, e incluso la muerte. La peligrosidad de estos Cnidarios es pues variable depen-diendo de la especie y de la víctima.

En cualquier caso, ante la aparición de medusas en las costas, debe suspender-se el baño y comunicar su avistamiento de forma inmediata a las autoridades competentes (Cruz Roja o Protección Civil).

Entre las medidas a aplicar (primeros auxilios) en caso de picadura, lo primero es lavar la zona con agua salada (nunca con agua dulce), teniendo cuidado de no tocar la zona afectada directamente con la mano, aplicar frío, y amoniaco (urea) o vinagre para anular la reacción de toxicidad, e inmediatamente dirigir-se al puesto de la Cruz Roja más cercano.

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Referencias

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