38005686 – CEIP SAN FERNANDO
PROYECTO DE
GESTIÓN
PROYECTO DE GESTIÓN CEIP SAN FERNANDO
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ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN 3
2. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO Y PARA
LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTOS. 4
3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y DEL
EQUIPO ESCOLAR.
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4. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS DISTINTOS DE LOS PROCEDENTES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. 12
5. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS QUE
OFRECE EL CENTRO.
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6. USO DE LAS INSTALACIONES POR ENTIDADES EXTERNAS AL CENTRO 26
7. CUSTODIA DE LOS ALUMNOS Y SU ATENCIÓN 28
8. PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO EN CASO DE ACCIDENTE Y/O
ENFERMEDAD.
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9. GESTIÓN DE RECURSOS MATERIALES, INSTALACIONES Y EQUIPO ESCOLAR. 30
10. GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS DEL CENTRO
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11. FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE GESTIÓN ECONÓMICA DEL CONSEJO
ESCOLAR DEL CENTRO.
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12. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN DE CENTRO
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13. DIFUSIÓN DEL PROYECTO DE GESTIÓN
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14. REVISIÓN Y MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE GESTIÓN 50
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1.INTRODUCCIÓN
El CEIP San Fernando es un Centro público de Educación Infantil y Primaria dependiente de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias.
El proyecto de gestión surge como la necesidad de la autonomía de gestión del CEIP San Fernando, como un avance, un paso más en la descentralización de competencias desde la Administración Educativa, de forma que los recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización que se elaboren, una vez que sean convenientemente evaluados y valorados.
La Ley 6/2014, Canaria de Educación no Universitaria expresa en el artículo 61, relativo a la Planificación educativa y gestión democrática, que el proyecto de gestión de un centro definirá criterios y acciones en relación con:
a. La gestión del profesorado, del personal de atención educativa y del personal de administración y servicios.
b. La adquisición y contratación de bienes y servicios.
c. La distribución y uso de los recursos económicos del centro.
d. El mantenimiento y mejora de las instalaciones del centro, en el caso de los centros que imparten educación secundaria.
e. La obtención, o aceptación, si procede, de recursos económicos y materiales adicionales. Además, añade que la gestión económica de los centros públicos debe ajustarse a los principios de transparencia, eficacia, de eficiencia, de economía y de caja y presupuesto únicos, y someterse al principio de presupuesto inicial nivelado en la previsión de ingresos y gastos y al principio de rendición de cuentas.
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2. CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO Y PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS ENTRE LAS DISTINTAS PARTIDAS DE GASTOS.
El criterio prioritario para la elaboración del Presupuesto Anual y para la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto, será el de cubrir todas las necesidades de funcionamiento. Se podrá hacer frente a 1as compras de material inventariable para el centro cuando queden cubiertas todas las necesidades para el normal funcionamiento del mismo. Son necesidades prioritarias aquellas que inciden directa o indirectamente en la docencia; aquellas que, cubiertas, mejoran la actividad docente y, de no ser cubiertas, la llevan a un estado precario.
El presupuesto anual se realizará atendiendo a estos principios:
- Principio de coherencia: Relación del presupuesto con el Proyecto Educativo y el de Dirección del
Centro.
- Principio de realismo: Adecuado a los recursos del centro y sobre la base de los recursos
económicos consolidados en cursos anteriores. Partiendo siempre de los remanentes del año anterior, de los ingresos, de los gastos pendientes, si los hubiese, y finalmente de los gastos probables que surgieran durante el año.
- Principio de análisis: Es preciso añadir todos los ingresos y gastos. (gastos de funcionamiento, gratuidad de libros de texto, desarrollo de planes o programas, aula de NEAE...).
- Principio de integridad: Todos los ingresos y los gastos se añadirán íntegramente.
El presupuesto de ingresos se confeccionará separando las partidas en: I.- Remanentes.
II.- Asignaciones Consejería de Educación. III.- Aportaciones de otros medios. IV- Comedor Escolar.
La suma de los importes se corresponderá con el global total de ingresos. El presupuesto de gastos se confeccionará separando las partidas en:
I.- Funcionamiento. II.- Comedor escolar.
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- Principio de publicidad: Se garantizará la transparencia Corresponde al Consejo Escolar el estudio y
aprobación del presupuesto, que deberá realizarse dentro de las limitaciones presupuestarias derivadas de la asignación fijada por la Consejería de Educación y Universidades. La referida aprobación tendrá lugar, para el presupuesto inicialmente elaborado, antes de la finalización del mes de marzo de cada año.
- Principio de previsión: Se procurará que al final del ejercicio económico del año, quede alguna
cantidad de remanente, para poder hacer frente a los primeros gastos que surjan al comienzo del nuevo ejercicio económico.
- Principio de reajuste: Se ajustará, en cualquier momento del año, debido a esos ingresos y gastos
no fijos y en función de las necesidades que se produzcan, con las mismas formalidades previstas para su aprobación. Para ello habrá que será aprobado por el Consejo Escolar, previo informe de la Comisión Económica
Una vez cubiertas las necesidades de funcionamiento, será criterio prioritario en la elaboración del presupuesto dotar paulatinamente al centro del material inventariable, necesario, para el ejercicio de la función docente.
Dentro del Consejo Escolar existe una Comisión Económica formada por un representante de las familias, un representante del profesorado, la secretaria, un representante del personal laboral, un representante del alumnado y la directora del Centro. Los miembros de esta Comisión son elegidos dentro del mismo Consejo Escolar.
Las funciones encomendadas a esta Comisión Económica son principalmente dos. En primer lugar, la de proponer al Consejo Escolar la aprobación y análisis del estado de las cuentas del Centro de cada semestre. En segundo lugar, la Comisión Económica elabora una propuesta de presupuesto anual que tiene que ser aprobado antes del 31 de marzo de cada año en una sesión del Consejo Escolar del Centro.
Se convocará una reunión de esta Comisión siempre que las necesidades del Centro lo requieran. La Comisión Económica a la hora de elaborar el presupuesto anual debe tener en cuenta lo siguiente:
- Partir siempre de los remanentes del año anterior, de los ingresos y gastos pendientes y finalmente de los gastos probables que tendremos durante el año y que proceden en su gran mayoría de las distintas direcciones de la Consejería de Educación y Universidades. - Que las cantidades "Ingresos" y "Remanentes" son reales; sin embargo, las cantidades de
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- Analizar los ingresos de cada ejercicio económico tal y como se refleja en el siguiente cuadro:
- Partir siempre de los gastos ejecutados en el ejercicio anterior Se utilizará para ello las cuentas justificativas de ambos semestres, así como los gastos derivados de cada finalidad.
INGRESOS ANUALES
INGRESOS FIJOS U ORDINARIOS
CONCEPTO
PROCEDENCIA
DESCRIPCIÓN
Funcionamiento Consejería de
Educación Lo comunican en el 1° trimestre del año. Educación especial: NEAE. Consejería de
Educación Lo comunican en el 1° trimestre del año. Ayudas comensales Consejería de
Educación
Dependerá del nº de comensales del comedor escolar y del tipo de ayuda solicitada Cuota del Comedor
alumnos/as Familias
Dependerá del nº de comensales y del número de las cuotas correspondientes en cada tramo Cuota del Comedor
profesores/as Profesorado
Dependerá del nº de profesores/as que hagan uso del servicio de comedor.
Actividades
extraescolares Familias
Aportaciones de otros medios para realizar las actividades extraescolares y complementarias. Dependerá del nº de ellas que se realicen y del
precio de las mismas. Gratuidad libros de texto Consejería de
Educación
Ingresos En la cuenta de funcionamiento del centro.
Gastos de agua y luz Ayuntamiento Convenio Ayuntamiento Consejería.
INGRESOS NO FIJOS: finalistas o extraordinarios. Proyectos de Mejora convocados por la Consejería de Educación. Consejería de Educación
Ingresos pendientes de las subvenciones de los proyectos que se hayan aprobado. Dependerá de la participación del centro en las convocatorias y si se aprueban los mismos.
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- Analizar los gastos anuales, clasificándolos en gastos fijos y otros no fijos, tal y como se refleja en el siguiente cuadro
- Cuadrar el presupuesto. El presupuesto está cuadrado o equilibrado cuando los ingresos son equiparables a los gastos.
- Que dicho presupuesto estará pendiente de cualquier modificación, en cualquier momento del año, debido a esos ingresos y gastos no fijos citados anteriormente. Esto es lo que se llama la modificación del presupuesto que tendrá que ser aprobado por el Consejo Escolar.
GASTOS ANUALES
GASTOS FIJOS REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DE MAQUINARIAGastos derivados del mantenimiento de las fotocopiadoras e impresoras.
MATERIAL DE OFICINA Material de oficina en general (folios, bolígrafos, pegamentos, cartulinas, tintas, tóner…)
COMUNICACIONES Teléfono, fax, correos, comunicaciones en general.
TRANSPORTES Visitas escolares. REPARACIÓN Y
CONSERVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO
Gastos derivados de la reparación y conservación del centro.
ALIMENTACIÓN Y OTROS GASTOS INHERENTES DEL
COMEDOR ESCOLAR
Gastos derivados del comedor escolar que dependerán del número de comensales.
GASTOS NO FIJOS
REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN DE
MAQUINARIA.
Material para reparar equipos y mobiliario docente.
LIBROS Y PUBLICACIONES NO
PERIÓDICAS Libros y materiales didácticos (Gratuidad de libros) MOBILIARIO, EQUIPOS Y
ENSERES Pendiente de proyectos, SUMINISTROS Desayunos, fotocopiadora…
REUNIONES Y CONFERENCIAS
Pago a ponentes referente a formación del profesorado, alumnado o familias.
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3. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y DEL EQUIPO ESCOLAR.
Por lo que respecta a la conservación, es la persona encargada del mantenimiento del Centro la que desarrolla todas aquellas labores incluidas dentro del mantenimiento. Los pormenores de todas estas labores se detallan en otro apartado de este proyecto, el correspondiente a los Recursos Humanos. Cuando el mantenimiento y la reparación lleve aparejado una labor de mayor envergadura, reformas de baños, refuerzos de estructuras o renovación de muros, etc. El trabajo correrá a cargo de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa de la Consejería de Educación y/o el Ayuntamiento.
Las labores de mantenimiento y conservación las desarrolla a pequeña escala el Oficial de Mantenimiento e Instalaciones Municipales como son las que a continuación se detallan:
- Arreglo, cuidado y riego de jardines.
- Subsanar las averías de índole menor en fontanería.
- Traslado de los cubos colectores de basura del centro hasta el lugar destinado para los mismos. - Otras que vayan surgiendo.
Cuando estas labores superen el marco de 1as establecidas para ser desarrolladas por el Oficial de Mantenimiento e Instalaciones Municipales, será entonces el Ayuntamiento del municipio el encargado través para subsanar cualquier anomalía y siempre que ésta sea comunicada previamente. Por lo que respecta a la renovación, que se aplica del mobiliario y equipos del Centro, se ajusta a lo establecido por la Dirección General de Infraestructura Educativa, según la cual hay que rellenar un modelo para hacer la petición del material
Con este modelo, y siempre que el Centro tenga regularizado el inventario, se hacen las peticiones a Infraestructura que nos atenderá a las mismas según disponibilidad. En otras ocasiones, para poder tener un Centro con su mobiliario al día sin aglomeraciones de equipos y materiales disfuncionales y de desecho, se rellenan otros estadillos de enajenación y se envían igualmente a Infraestructura Educativa
3.1. PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUD DE MOBILIARIO Y MATERIAL
DIDÁCTICO
1. Cumplimentar el impreso, en todo caso, con letra clara y en mayúsculas. Usar tinta de color oscuro, que permita realizar fotocopias claras.
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(1) CÓDIGO: siempre que sea posible, indicar el código del artículo (en que aparece, por ejemplo, en los albaranes de entrega de la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa). Esto facilita y agiliza el procesamiento informático de la solicitud y evita confusiones con material de denominaciones similares.
(2) NOMBRE DEL ARTÍCULO: las mismas indicaciones que para el código. Si no está codificado, puede aclararse en el reverso aquellas características que garanticen la no confusión con otros artículos. (3) UDS.: número de unidades que se solicitan.
(4) EXISTENCIAS ACTUALES: indicar, para cada artículo, el número de unidades reales que existen en la totalidad del centro en el momento de realizar el pedido, distinguiendo el estado de uso en que se encuentran. El número total de unidades deberá coincidir con la suma de las tres columnas (BUEN ESTADO, REPARABLE, INSERVIBLE). Estas casillas deberán estar SIEMPRE cumplimentadas indicando “0” o “---” cuando proceda.
(5) DESTINO: se reflejará en esta casilla qué destino, uso y/ o ubicación se pretende dar al material solicitado (por ejemplo: aula en clave, departamento de lengua, laboratorio ciencias naturales, sala profesores, dirección, zonas comunes, etc.).
(6) JUSTIFICACIÓN DEL PEDIDO: la cumplimentación de esta casilla (contrastada con los datos que constan en esta Dirección General) resulta imprescindible para evaluar correctamente la petición. Cuando se considere necesario se ampliará este apartado al dorso, o en informe dependiente adjunto. En cualquier caso, posibles justificaciones podrían ser, entre otras:
• Robo (indicar número de unidades robadas y si tiene cobertura de seguro). • Nunca fue dotado de material.
• Aumento de grupos. • Enajenación.
• Nuevos espacios (construcción de aulas, etc.).
• Reposición por enajenación (indicar fecha de la misma).
2. Inutilizar las casillas que no se usen, rayando el impreso por debajo de la última línea cumplimentada.
3. FIRMAS: escribir los nombres y apellidos de las personas firmantes.
4. Cualquier aclaración, observación o información extra que se considere importante añadir, puede hacerse en el dorso del impreso, o adjuntando el informe.
5. NOTAS IMPORTANTES:
No se dota material fungible. Debe ser repuesto por adquisición del centro.
La posible sustitución de material deteriorado/ inservible está sujeta a la tramitación previa de un “expediente de enajenación”, y a su resolución favorable.
La Ficha certificada de solicitud de mobiliario y material didáctico (Modelo 6), debe remitirse a la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa.
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El procedimiento para la enajenación de bienes muebles, inutilizados, inservibles o de desecho existente en los centros docentes públicos no universitarios, presenta dos fases cuya cumplimentación tiene por objetivo la resolución y finalización del expediente correspondiente. Así cabe distinguir:
PRIMERA PARTE
1. Iniciación. Se inicia mediante escrito del centro docente interesado dirigido a la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa dependiente de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, solicitando la autorización (MODELO 1) para enajenar el material que se considere como inutilizado, inservible o de desecho.
Al citado escrito se adjunta la relación de material que se quiere enajenar (MODELO 2), haciéndose constar todos los datos que procedan, así como los motivos que justifican su enajenación. Para aparatos y maquinaria, deberá aportarse un informe técnico (*) y/o un presupuesto detallado de reparación, o en su caso documentos sobre gastos de mantenimiento realizados en los últimos tres años, acreditativos del estado del material. En cualquier caso, podrá acompañarse reportaje fotográfico que refleje debidamente el estado del material.
2. Informes. Recibida la solicitud, la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, a través del servicio de programación, contratación y equipamiento, procederá a realizar la comprobación del material cuya enajenación se propone, en cuanto a que reúna los requisitos necesarios para tal fin. Se emitirá informe justificativo y finalmente se elevará propuesta de resolución al Ilmo. Sr. Director General que resolverá lo correspondiente.
3. Resolución. A la vista de la petición formulada por el centro, la propuesta de resolución, el informe/s y cuantos otros documentos consten en el expediente de enajenación, el Ilmo. Sr. Director General de Centros e Infraestructura Educativa resolverá sobre la procedencia o no de conceder dicha autorización de enajenación del material que se solicita.
SEGUNDA PARTE
1. Publicidad: Anuncio de la subasta. Una vez que el centro docente reciba la resolución de autorización para la enajenación del material solicitado, procederá a anunciarse -por un periodo de quince (15) días naturales- los lotes/artículos que lo integran (MODELO 3), haciéndolo en el tablón de anuncios del centro, así como en cualquier otro lugar público que pueda estimarse conveniente para su mayor conocimiento o difusión (ej. Asociación de vecinos, dependencias municipales de la zona, etc.…).
2. Ofertas. Dentro del referido plazo de quince (15) días naturales siguientes a la publicación del anuncio, las personas (físicas o jurídicas) interesadas presentarán las proposiciones económicas (ofertas) en escrito dirigido al sr./a director/a del centro docente, haciendo constar los siguientes datos:
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12 - Datos personales.
- Número del lote/artículo al que licita. - Número de unidades.
- Oferta total (importe en euros) por cada lote.
3. Resultado. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, el/a secretario/a del centro docente levantará acta de enajenación (MODELO 4), pudiendo realizarse en reunión de la junta económica o del consejo escolar del centro, señalándose con claridad la actuación que procede:
En el supuesto de haber una o varias ofertas adjudicatarias del proceso de subasta, el centro comunicará previamente y de modo fehaciente, a cada una de la/s persona/s que resulte/n, tal circunstancia; indicándole que, antes de que procedan a retirar el material subastado y adjudicado, han de justificar el correspondiente ingreso por tal concepto en la cuenta corriente del centro. En el supuesto de quedar desierta la subasta, el centro programará la retirada del material por los medios que estime oportunos conforme a la normativa vigente aplicable a cada supuesto.
4. Retirada. Posteriormente, en el acto de retirada del material del recinto escolar, deberá certificarse por parte del/ secretario/a del centro docente, dicha retirada (MODELO 5), debiendo hacer constancia del material que se retira y de quién la realiza. Dicho certificado tendrá que enviarse a la Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa para su tramitación y archivo en su correspondiente expediente.
5. Baja en el inventario. Concluido el proceso de enajenación, el centro docente procederá a dar de baja del inventario (libro auxiliar de inventario) el material que figura autorizado enajenar, al que se le ha dado el destino oportuno conforme a lo señalado.
4. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DISTINTOS DE LOS PROCEDENTES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.
El CEIP San Fernando dispone de las siguientes medidas para la obtención de algunos ingresos que generan algunos beneficios, aparte del dinero que para funcionamiento ordinario nos ingresa cada semestre La Consejería y del dinero del Comedor Escolar. Recordamos que todas estas partidas de ingresos figuran en el funcionamiento del Centro bajo la denominación de Aportación de Otros Medios.
Estas aportaciones nunca son fijas sino que dependen de las cantidades que por los conceptos luego señalados se ingresen cada número indeterminado de meses: compras de material por parte del AMPA; donaciones por parte de las empresas colaboradoras en el centro: (catering, actividades extraescolares) el alumnado que ha estropeado o perdido los libros de préstamo que son propiedad del Centro, están obligados, en virtud de un compromiso que firman a principio de curso, a reponerlos mediante el pago de los mismos-
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5.ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS COMPLEMENTARIOS QUE OFREZCA EL CENTRO.
El centro ofrece varios servicios complementarios con el fin de favorecer la jornada escolar con la conciliación laboral.
1. SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR
2. SERVICIOS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, EXTRAESCOLARES Y ACOGIDA
TEMPRANA.
1. SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR
El comedor escolar es un servicio educativo complementario a la enseñanza, que contribuye a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y una medida compensatoria para el alumnado vulnerable.
Podrán hacer uso del Servicio de Comedor, en calidad de comensales habituales, todo el alumnado matriculado en el Centro que así lo soliciten, hasta completar el cupo previsto para cada curso. Las solicitudes se presentarán en los plazos que dicte la Administración. Para realizar la solicitud deberán cumplimentar el formulario correspondiente, entregando la documentación que se solicite. Si hubiese plazas vacantes, se admitirán nuevas solicitudes a lo largo del curso.
El servicio de comedor escolar es gestionado por el centro, que se rige por la normativa vigente y tiene su propia cuenta. La gestión del comedor corresponde al encargado de comedor que durante el presente curso escolar recae en la secretaria del centro.
El comedor escolar es de gestión contratada, en la que un catering sirve la comida. En los últimos años, el Consejo Escolar ha aprobado que DOFO ELABORACIONES sea la empresa suministradora del servicio.
Existen dos espacios destinados a desarrollar el servicio de almuerzos (COMEDOR 1 de 82.08 m2 y COMEDOR AUXILIAR 37 m2 ubicados en la primera planta del edificio central) en el centro para poder ofertar cada curso escolar el servicio para 250 comensales. La fecha de comienzo de comedor coincide con la del inicio del curso.
El coste del servicio de alumnado por día es de 4,20 Euros.
CUOTAS DEL SERVICIO
CUOTA IMPORTE POR 10 MENSUALIDADES NIVEL DE INGRESOS FAMILIAR* (RENTA 2018)
A 75 EUROS 16.135,08 €
B 60 EUROS 16.135,08 € y 12.908,07 €
C 55 EUROS 12.908,06 € y 9.608,06€
D 50 EUROS 9.608,05 € y 6.454,04 €
E 45 EUROS no supere los 6.454,03 €
F 0 EUROS 0 €
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Educación y Universidades. El coste anual del servicio por alumno/a, se calcula multiplicando el coste diario del menú por el total de días que se ofrece el servicio.
El pago de dicho importe será realizado por las familias a través de transferencia bancaria a la cuenta de la entidad bancaria establecida por el centro para dicho fin. El periodo del ingreso será del 1 al 5 de cada mes, en 10 mensualidades (de septiembre a junio. No se devolverán los importes de las comidas no consumidas por inasistencia del alumno/a.
Será motivo de baja automática el no abonar las cantidades que les correspondan, así como el haber falseado datos para obtener la concesión de ayuda. Se estipula dos cuotas impagadas como causa para perder la plaza de comensal, previo aviso a la familia y decidido por el Consejo Escolar del Centro.
Se dispensarán dietas especiales para aquel alumnado que lo necesite por padecer algún tipo de patología relacionada con la alimentación, siendo requisito indispensable la emisión de un informe médico que lo justifique así en el caso de razones culturales o religiosas conlleve la restricción de ciertos alimentos en la dieta del alumnado.
DOFFO ELABORACIONES ofrece las siguientes opciones de dietas:
- INTOLERANCIAS ALIMENTARIAS: celiaco, diabética, hipocalórica, no huevo, no proteína de leche de vaca, no legumbres, no frutos secos, no marisco, no lácteo, no huevo y no lácteo. - OPCIONES RELIGIOSAS/CULTURAS: vegetariana, no cerdo.
- DIETAS BLANDAS: Para alumnos con problemas gastrointestinales transitorios, bajo prescripción médica y avisando con la antelación debida en Secretaría (antes de las 10:00 horas).
El menú es elaborado por los nutricionistas de la empresa de catering, con una planificación bimensual, que es comunicada a las familias. Diariamente se sirven dos platos y un postre, que responden a los criterios de almuerzo saludable para el alumnado de 3 a 12 años establecidos por la Organización Mundial de la Salud.
Los horarios del servicio de comedor escolar se ajustan a los indicados en la siguiente tabla:
HORARIOS DEL SERVICIO
ALUMNADO Ed. Infantil – 13.00*
Educación Primaria – 13.30* Hasta las 15.00* (Conciliación laboral alumnado de INFANTIL a 4º E.P) Duración = 2 h y 30 minutos AUXILIARES
DE COMEDOR Desde las 12.00 Hasta las 16.00 horas Duración = 4 horas
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sanitarias establecidas en el plan de Contingencia del centro frente a la COVID-19.
TURNOS DE COMEDOR 2020/2021
Con el fin de mantener los GCE y abarcar el mismo número de comensales autorizados, es necesario establecer 9 turnos de comedor, prolongando la finalización del servicio utilizando los dos comedores.
TURNO HORARIO GRUPOS ESPACIO
TURNO 1 12:30h. INFANTIL 3 AÑOS COMEDOR AUXILIAR
TURNO 2 12:35h. INFANTIL 4 AÑOS COMEDOR
TURNO 3 13:15h. INFANTIL 5 AÑOS COMEDOR
TURNO 4 13:20h. 1º ED. PRIMARIA COMEDOR AUXILIAR
TURNO 5 14:00h. 2º ED. PRIMARIA COMEDOR AUXILIAR
TURNO 6 14:35h. 3º ED. PRIMARIA COMEDOR AUXILIAR
TURNO 7 13:50h. 4º ED. PRIMARIA COMEDOR
TURNO 8 14:25h. 5º ED. PRIMARIA COMEDOR
TURNO 9 15.05h. 6º ED. PRIMARIA COMEDOR
El horario de salida del alumnado de comedor será escalonado, para evitar aglomeraciones.
HORARIO DE SALIDAS DE LOS TURNOS
TURNO HORARIO DE SALIDA GRUPOS PUERTA DE SALIDA
TURNO 1 12:45h. INFANTIL 3 AÑOS PUERTA 3
TURNO 2 14:00h. INFANTIL 4 AÑOS PUERTA 1
TURNO 3 14:00h. INFANTIL 5 AÑOS PUERTA 1
TURNO 4 14:15h. 1º ED. PRIMARIA PUERTA 1
TURNO 5 14:30h. 2º ED. PRIMARIA PUERTA 1
TURNO 6 15:00h. 3º ED. PRIMARIA PUERTA 1
TURNO 7 14:30h. 4º ED. PRIMARIA PUERTA 1
TURNO 8 15:00h. 5º ED. PRIMARIA PUERTA 2
TURNO 9 15.30h. 6º ED. PRIMARIA PUERTA 3
El alumnado podrá hacer uso de la permanencia de tarde hasta las 15.00 siempre y cuando sea una medida para favorecer la conciliación laboral. Para solicitar la ampliación del horario, deberán presentar en la secretaría del centro un informe donde se recoja la jornada laboral de los progenitores.
Para atender al alumnado durante el presente curso escolar, se ha incrementado el número de auxiliares de comedor respecto a cursos anteriores, estableciendo un auxiliar por nivel, teniendo un total de 12 auxiliares.
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NÚMERO DE AUXILIARES N.º DE HORAS
3 AUXILIARES 4 HORAS/DÍA
5 AUXILIARES 3 HORAS/DÍA
4 AUXILIARES 2 HORAS/DÍA
Durante el periodo del servicio, las auxiliares del comedor son las responsables de la custodia del alumnado en el centro. En caso de accidente, las vigilantes deberán contactar con las familias usando para ello la lista de teléfono del alumnado correspondientes extraídos de Pincel Ekade. Aunque el accidente no revista gravedad, se deberá igualmente comunicarlo a las familias.
En el caso de no establecer contacto con la familia, se informará a la coordinadora del servicio y a un miembro del Equipo Directivo. Si fuese necesario, debido al gravedad del accidente, se llamará al 112 y un miembro del Equipo Directivo
Si se consigue hablar con la familia nuestra función habrá terminado. Si no fuera este el caso se llamará al 112 y en caso necesario iría un miembro del Equipo Directivo acompañando al alumno en la ambulancia, mientras otro seguiría intentando localizar a la familia.
En el caso de que alguna familia no acudiera al centro tras finalizar el horario establecido para la recogida, pasados 10 minutos, se procederá a localizar telefónicamente a alguno de los progenitores. Si no se consiguiese contactar con ningún responsable del menor, transcurridos 30 minutos, se notificará el hecho a la Policía Local, previo contacto con el Equipo Directivo.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS USUARIOS/AS
1. Derechos y deberes de los alumnos comensales
Al margen de los derechos que asisten al alumnado comensales en su calidad de alumnos del Centro, éstos poseen en calidad de usuarios del Servicio del Comedor los siguientes derechos específicos: - Derecho a beneficiarse de todas las prestaciones que comprende el Servicio de Comedor Escolar en las mejores condiciones posibles de seguridad, higiene y bienestar.
- Derecho a recibir un trato correcto, con respeto y sin discriminación de ningún tipo, tanto por parte de los compañeros de comedor, como de todo el personal adscrito al Servicio.
Los usuarios del Servicio de Comedor tienen los siguientes deberes:
- Deber de participar activa y correctamente en el desarrollo de las actividades del Servicio de Comedor, con espíritu de colaboración y solidaridad.
- Deber de tratar con la corrección debida, respeto y cordialidad a sus compañeros de comedor, así como a todo el personal adscrito, obedeciendo sus indicaciones.
- Deber de usar correctamente y cuidar las instalaciones que el Centro pone a disposición del Servicio de Comedor para el desarrollo de las actividades que le son propias.
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- Deber de respetar las Normas Generales de Convivencia del Centro específicas del uso del comedor recogidas en el Plan de Convivencia.
NORMAS GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y CONVIVENCIA
Corresponde a los alumnos/as comensales
✔ Cuando sea la hora de entrar al comedor, agruparse ordenadamente y lavarse las manos antes de acceder al comedor o hacer uso del gel hidroalcohólico que se encuentra en la entrada.
✔ Los alumnos/as entrarán al comedor acompañados por las auxiliares y ocuparán la mesa asignada.
✔ Respetar las normas básicas de convivencia y buena conducta, no levantarse de la mesa sin permiso, no hablar a gritos y comer con corrección.
✔ Mantener una actitud respetuosa hacia el personal que atiende el comedor (auxiliares, personal de cocina y profesorado) y seguir sus orientaciones, obedeciendo en todo momento.
✔ Probar la comida de cada uno de los platos de cada día, no pudiendo abandonar la mesa sin haber comido lo suficiente de cada uno de ellos. Ningún niño/a se irá a casa sin comer nada.
✔ La comida transcurrirá en un clima de orden y tranquilidad. Los alumnos/as procurarán evitar ruidos molestos como son: golpes en la mesa, arrastrar sillas, golpear con los cubiertos, silbidos, llamar a gritos a los compañeros, etc.
✔ Los alumnos deberán hablar en un tono moderado, sin levantar la voz ni gritar. ✔ Todos los alumnos/as comerán bien sentados.
✔ La comida se consumirá dentro del comedor. Queda terminantemente prohibido sacar comida al patio.
✔ Los alumnos de Educación Primaria se encargarán de recoger su bandeja y llevarla al lugar indicado separando los desperdicios en los cubos correspondientes y colocando el vaso, la cuchara, el cuchillo, el tenedor y la bandeja usados en los lugares correspondientes para que el personal de cocina proceda a su limpieza.
✔ Cuidar el menaje, mobiliario y todo lo que forma parte del comedor. Se podrá exigir la reposición de lo roto o deteriorado, cuando se compruebe que se ha hecho de forma intencionada.
✔ El tiempo que media entre la finalización de la comida y la vuelta a casa o a las actividades extraescolares, deberá transcurrir de forma pacífica y tranquila, bajo la supervisión de los Auxiliares de Servicios Complementarios.
✔ Hacer uso de los espacios del centro que sean asignados para los alumnos/as de comedor, pero en ningún caso entrar en el resto de las dependencias y aulas.
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18 de sus padres.
✔ Los alumnos/as que no asistan a las clases no podrán hacer uso del comedor.
2. SERVICIOS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS, EXTRAESCOLARES Y ACOGIDA
TEMPRANA
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El plan de actividades complementarias y extraescolares comprende las programaciones propuestas por los diferentes ciclos y el equipo directivo. Se trata de una guía abierta a nuevas propuestas que, a lo largo del curso, se estimen oportunas por parte de los distintos sectores de la Comunidad Educativa olas que emanen de las distintas instituciones o entidades y que beneficien a la labor educativa del Centro.
El centro cuenta con una comisión de actividades complementarias y extraescolares (según establece el DECRETO 81/201O), como órgano que regula la organización de dichas actividades. La coordinación la ejerce la Jefatura de Estudios y la integran los cuatro coordinadores/as, estando representados todos los Ciclos.
ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
Se considerarán
complementarias,
aquellas actividades lectivas desarrolladas por los centros, coherentes con el Proyecto Educativo de Centro, diferenciada de éstas, por el momento, espacio o recursos que utilizan. Las actividades complementarias serán evaluables y obligatorias para elalumnado.
Todos los alumnos y alumnas tienen el derecho y el deber de participar en las actividades complementarias que se programen para ellos, salvo que se excluya su asistencia por motivos disciplinarios o de otra índole, de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente.
Las actividades complementarias tendrán carácter voluntario para el profesorado. Su realización
será obligatoria para el profesorado que las programó, una vez hayan sido aprobadas por el Consejo Escolar. La negativa de uno o varios profesores o profesoras no impedirá la realización de
cualquier actividad incluida en la Programación General Anual, aprobada por el Consejo Escolar. El profesorado que no se implique en ella deberá realizar una actividad alternativa. En estos casos, el centro arbitrará medidas para que los grupos afectados puedan realizar esa u otra actividad
Con el fin de complementar los objetivos de las programaciones didácticas, cada uno de los ciclos realizarán visitas culturales y salidas. Las actividades, los lugares y fechas pueden variar en función de dar una mejor atención a las necesidades educativas, a la disponibilidad de los lugares visitados o al interés que revistan algunas ofertas culturales que puedan surgir a lo largo del curso. Del mismo modo pueden suspenderse por cuestiones económicas. Además, suelen surgir actividades ofertadas por otras entidades, como el Ayuntamiento o el Cabildo
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La vicedirección comunicará en la CCP a los coordinadores de ciclo las propuestas que han llegado al centro. Los coordinadores de cada ciclo, trasladarán una temporalización de las visitas a desarrollar en cada trimestre, con la fecha aproximada para su desarrollo para su inclusión en la Programación General Anual.
Una semana antes de la celebración de la misma
, la vicedirección del centro elaborará laautorización familiar para la participación del alumnado en la actividad. Como fecha máxima a la
jornada escolar previa
al desarrollo de la actividad
, cada tutor/a hará entrega de la relación dealumnado que participará en la misma, así como del importe económico, en caso de que fuese necesario.
NO SE RECOGERÁN AUTORIZACIONES DE SALIDA EL MISMO DÍA DEL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD, a excepción del alumnado que se haya encontrado ausente por causas médicas y previa comunicación con las familias.
Para la financiación de los gastos que ocasione la realización de las actividades, los centros emplearán los siguientes recursos económicos:
- Las cantidades que apruebe el Consejo Escolar, procedentes de los fondos que recibe de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
- Las cantidades procedentes de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma que se reciban con dicha finalidad.
- Las aportaciones realizadas por los usuarios.
- Las cantidades que puedan recibirse a tal efecto de cualquier ente público o privado, empresas, asociaciones, organizaciones, Asociaciones de Alumnos y Asociaciones de Padres de Alumnos, etc. En caso de suspensión de la actividad, se devolverá el importe abonado. En caso de ausencia del alumnado, SÓLO SE DEVOLVERÁ EL IMPORTE correspondiente a la actividad (entradas), pero no la
parte correspondiente al medio de transporte.
El centro arbitrará las medidas necesarias y medios adecuados para atender al alumnado que no participe en las actividades.
Para las actividades complementarias y extraescolares que impliquen la salida del centro, se establecerán las siguientes ratios:
- Para el alumnado de Educación Infantil, el número por acompañante no será superior a diez. - Para el alumnado de Educación Primaria, el número por acompañante no será superior a quince. El profesor o profesora o el equipo de profesores que desarrollen la actividad podrá solicitar la
colaboración de otros acompañantes que se designarán entre el resto del profesorado, personal de administración y servicios, padres, madres y tutores que, voluntariamente, se presten a ello.
Todos ellos serán corresponsables en el desarrollo de la actividad y contarán con la correspondiente cobertura por parte de la Consejería de Educación. Cada acompañante se responsabilizará de un
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20 grupo de alumnos determinado.
Las medidas de seguridad para las salidas complementarias son:
- Antes de la realización de la actividad, el alumno/a debe presentar la autorización paterna, materna o de la persona que ostente la patria potestad.
- El profesor/a responsable deberá tener conocimiento por escrito de los datos médicos de aquellos alumnos que requieran atención especial.
- Se presentarán en la Jefatura de Estudios, con 1 o 2 días de antelación, una relación nominal de los alumnos/as que vayan a participar en dicha actividad, así como de los profesores y acompañantes responsables, cumplimentando el protocolo propuesto desde la aplicación Pincel.
- El profesorado encargado de la actividad informará detalladamente al alumnado del tipo de ropa y útiles necesarios o adecuados para efectuar la salida escolar.
- En toda salida escolar que se desarrolle en zonas alejadas de centros de atención sanitaria, será necesario llevar un botiquín de emergencias.
- Las familias estarán informados previamente, por medio de una circular, de todo lo relacionado con la actividad a realizar.
- En el transcurso de la actividad complementaria, las medidas de vigilancia y seguridad deben adecuarse al lugar de celebración, tipo de actividad y edad de los alumnos; sobre todo de aquellos que presenten algún tipo de discapacidad.
- Los responsables no podrán autorizar actividades que impliquen peligro para el alumnado.
- Durante el transcurso de la actividad, el profesorado y los acompañantes no podrán ausentarse en ningún momento, salvo por causas legítimas.
- En caso de accidente, se comunicará rápidamente al Centro y a la familia.
- El alumno/a accidentado será trasladado al Centro Sanitario más próximo, por el profesor/a o acompañante responsable que esté a su cargo.
- El traslado del alumno deberá hacerse con los medios a su alcance (ambulancia, taxi,). En cualquier caso, los gastos ocasionados serán a cargo del presupuesto del Colegi
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Se considerarán
actividades extraescolares
aquellas actividades desarrolladas por los centros, no incluidas en los Proyectos Curriculares, y coherentes con el Proyecto Educativo de Centro, encaminadas a procurar la formación integral del alumnado en aspectos referidos a la ampliación de su horizonte cultural, la preparación para su inserción en la sociedad y el uso del tiempo libre. Las actividades extraescolares tendrán carácter voluntario para el alumnado del centro y, en ningún caso, formarán parte de su proceso de evaluación.Por sus características, las actividades extraescolares deben orientarse a potenciar la apertura del centro a su entorno, la participación de todos los sectores de la comunidad escolar y la relación con otros centros educativos, al objeto de un mejor aprovechamiento de los recursos y las instalaciones. Todo el alumnado tiene derecho a participar en las actividades extraescolares, ofertando actividades para el alumnado de Educación Infantil y Educación Primaria.
La Asociación de Madres y Padres de Alumnos/as del CEIP San Fernando gestiona las distintas actividades extraescolares desde los meses de septiembre a junio en cada curso escolar. Nuestro centro se ha caracterizado por el pronto funcionamiento de dichas actividades, los precios asequibles de las mismas, la buena organización y el control y cuidado de los alumnos/as que participan en las mismas.
Las normas de funcionamiento de las actividades extraescolares son:
El AMPA es la encargada de la gestión de estas actividades que no pertenecen al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, ya que éstas serán gestionadas por la empresa TAFOR.
El horario de dichas actividades será de 14/15 a 17 horas coincidiendo con los días lectivos del centro. El AMPA contará con una persona contratada por la empresa TAFOR, que coordinará el funcionamiento de las actividades.
IMPORTE DE LAS ACTIVIDADES
Nº DE ACTIVIDADES SOCIOS DEL AMPA NO SOCIOS DEL AMPA
1 ACTIVIDAD 18 EUROS 20 EUROS
2 ACTIVIDADES 32 EUROS 36 EUROS
3 ACTIVIDADES 45 EUROS 51 EUROS
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La Coordinadora de las Actividades Extraescolares tiene como funciones:
- Abrir y cerrar las instalaciones donde se desarrollan las actividades extraescolares siendo responsable de la desconexión y conexión de la alarma.
- Hacerse responsable del alumnado de las actividades en ausencia imprevista de algún monitor/a.
- Seguir el protocolo de emergencia ante cualquier situación de riesgo físico para el alumnado inscrito en las actividades.
- Comunicar a la dirección del Centro y presidenta del AMPA cualquier incidencia ocurrida en el desarrollo de las actividades extraescolares relacionadas tanto con el alumnado y su familia como con los monitores/as.
- Cumplimentar diariamente el libro de incidencias.
- No abandonar el recinto escolar mientras que de algún alumno/a sin adulto responsable a su cargo, comunicando la situación en primera instancia al Dirección o cualquier otro miembro del Equipo Directivo
- Velar por el adecuado uso de las instalaciones escolares
- Tener a disposición de las familias las normas de las actividades extraescolares. - Tener conocimiento del plan de autoprotección del centro.
- Controlar el acceso al centro impidiendo el acceso de personas no autorizadas.
El alumnado que se inscriba en las actividades tendrá el derecho de asistir a las mismas y el deber de seguir las instrucciones de los monitores/as y de la Coordinadora contratado. Su comportamiento debe ser adecuado, cumpliendo con las normas establecidas para cada actividad, y no faltará al respeto a su monitores/as y su compañeros/as. Así mismo, cuidará de las instalaciones del centro y de los materiales que se utilicen en cada actividad
Los padres/madres o tutores legales tienen que firmar las presentes normas en el momento de la inscripción de sus hijos/as en alguna de las actividades, aceptando así el cumplimiento de las mismas. Además de las actividades organizadas por el AMPA, el Cabildo de Tenerife va a desarrollar la actividad de multideporte para el alumnado de Educación Primaria en horario de tarde, dentro del programa Escuelas Activas.
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25 Madres y Padres de Alumnos/as.
Dichas actividades son:
-
ACOGIDA TEMPRANA
: 7.00 a 8.30 (IMPORTE DE LA ACTIVIDAD: 25EUROS/ALUMNO)
Los objetivos principales que pretende cubrir este proyecto son los siguientes:
• Permitir a los padres y madres de los alumnos matriculados, conciliar la vida laboral y familiar con la vida
escolar.
•Servir de complemento a la educación reglada que reciben los alumnos/as durante el horario escolar.
• Disponer de atención y cuidados para los niños/as en el centro educativo con anterioridad al inicio de las clases, teniendo en cuenta sus deseos, intereses, necesidades, circunstancias y capacidades. •Dar respuesta a las necesidades educativas, socioafectivas, culturales y lúdicas de los alumnos/as. •Adquirir la capacidad de utilizar el juego para ocupar su tiempo libre como forma de ocio y disfrute. • Posibilitar la creación de vínculos y relaciones del niño/a con sus compañeros/as, favoreciendo su proceso
de socialización.
-
PERMANENCIA DE TARDE
: SEPTIEMBRE y JUNIO de 15.00 a 17.00Dichas actividades son desarrollar por la empresa TAFOR.
El AMPA, en la medida de los recursos disponibles de los/as asociados/as, realizará durante el curso todas aquellas colaboraciones que se pueda en relación a las actividades organizadas por el colegio. Contribuirá a las salidas programadas del colegio subvencionando parte del transporte a sus asociados/as. Durante el curso, dependiendo de la disponibilidad de recursos y demanda, se desarrollarán talleres concretos y charlas, tanto dirigidas a los/as alumnos/as, como a los padres
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6. USO DE LAS INSTALACIONES POR ENTIDADES EXTERNAS AL CENTRO
Toda solicitud de uso de instalaciones se debe presentar en el Registro de Entrada del centro usando el modelo oficial. La solicitud debe ir acompañada de una fotocopia del DNI de la persona responsable de la actividad, las propuestas de cobertura de responsabilidad civil a terceros y de daños materiales en las instalaciones solicitadas, y el proyecto de actividad, que se comprobarán y archivarán en el propio centro. El centro controlará especialmente que el periodo y objeto de las coberturas sean adecuados a la actividad.
Con posterioridad, el proyecto debe ser informado por el Consejo Escolar y únicamente la solicitud y el informe del Consejo Escolar deben ser remitidos a la Dirección Territorial para su autorización con, al menos, quince días naturales de antelación al inicio de la actividad.
Las entidades deberán acreditar la suscripción de una póliza de seguro de responsabilidad civil frente a terceros. Así mismo, se acreditará la suscripción de una póliza de seguro de daños materiales o aval bancario en el caso de que no se vaya a constituir una fianza que cubra los posibles daños en la instalación cuyo uso se ha solicitado. Si estas coberturas se suscribieran tras la aprobación del uso de instalaciones (que en este caso sería condicionada), deberán acreditarse 48 horas antes del inicio de la actividad ante la Dirección del centro y se adjuntarán al expediente que se conserva en el mismo. En caso de que en el momento de la solicitud no se conocieran los datos personales de los monitores o personal participante en la actividad, 48 horas antes de la actividad el solicitante deberá comunicar por escrito a la Dirección del centro dicha información para completar el expediente y esta poder autorizar la entrada a las instalaciones. Dicha relación deberá quedar archivada en el centro con el resto del expediente.
La autorización estará condicionada al buen uso y funcionamiento de las instalaciones objeto de la autorización y a que se aporte 48 horas antes de la actividad la documentación necesaria para completar el expediente que se conserva en el centro.
La Dirección Territorial correspondiente se reserva el derecho de rescisión de la misma cuando se tenga conocimiento de que la actividad desarrollada no sea la solicitada en su momento o la Administración precise el uso de las instalaciones.
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USO DE INSTALACIONES DEL CENTRO
Acogida temprana
Actividades
Extraescolares
Otras actividades
A solicitud de la AMPA
La actividad debe estar contenida en el Plan Anual de Actividades de la AMPA y presentarse por escrito en el primer trimestre
en el centro.
Opción1. Sólo para alumnado del centro. Se debe presentar proyecto de actividad en el centro y
aprobarlo en el
Consejo Escolar para su inclusión en la PGA. Podrán realizar la actividad miembros de la
AMPA, una empresa o un autónomo. El alumnado quedará cubierto indirectamente por la póliza de responsabilidad civil suscrita por
la Comunidad Autónoma.
Opción2. Se debe presentar solicitud de uso de
instalaciones. Puede haber alumnado externo al
centro.
El alumnado quedará cubierto por la póliza de responsabilidad civil suscrita por quien organice la actividad.
El proyecto de actividad extraescolar se debe presentar
en el centro y aprobarse en el Consejo Escolar para su
inclusión en la PGA.
El alumnado queda asegurado por su tarjeta sanitaria o por el Seguro Escolar, y por la póliza de responsabilidad civil suscrita por
la Comunidad Autónoma.
El representante legal de la AMPA debe presentar
solicitud de uso de instalaciones.
Pueden participar personas externas al centro. Los participantes quedarán
cubiertos por la póliza de responsabilidad civil suscrita por quien organice la actividad.
A solicitud de las corporaciones locales (si no existe un convenio con la Consejería)
El mismo procedimiento que en el caso de la AMPA, presentado por un representante de la
Corporación.
El alumnado queda asegurado en las mismas condiciones que en el caso de la AMPA.
El mismo procedimiento que en el caso de la AMPA,
presentado por un representante de la
Corporación.
El alumnado queda asegurado en las mismas condiciones que
en el caso de la AMPA.
El mismo procedimiento que en el caso de la AMPA,
presentado por un representante de la
Corporación. Los participantes quedan asegurados en las mismas condiciones que en el caso de la
AMPA. A solicitud de
otras entidades
Si una persona, física o jurídica, pública o privada, ajena a la comunidad educativa, pretende la utilización de las instalaciones de un centro escolar, se deberá solicitar el uso de las instalaciones.
Los participantes quedarán cubiertos por la póliza de responsabilidad civil suscrita por quien organice la actividad. Actividades extraescolares y complementarias
Profesorado Si desea realizar una actividad extraescolar o complementaria para el alumnado del centro, tanto dentro como fuera
del mismo, deberá presentar una propuesta dirigida al Consejo Escolar, para su aprobación e inclusión en la PGA. El alumnado queda asegurado por su tarjeta sanitaria o por el Seguro Escolar.
El alumnado y el profesorado participante quedan asegurados por la póliza de responsabilidad civil suscrita por la Comunidad Autónoma.
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7. CUSTODIA DEL ALUMNADO Y SU ATENCIÓN.
El alumnado menor de edad o con incapacidad tiene derecho a la protección en el ámbito escolar. Entre otros este derecho comprende el conjunto de medidas y actuaciones destinadas a prevenir e intervenir en situaciones de riesgo y de desamparo en las que puedan involucrarse, tendentes a garantizar su desarrollo integral y a promover una vida normalizada.
LEY DE ATENCIÓN INTEGRAL AL MENOR
Artículo 17. Detección de situaciones de riesgo y desamparo.
1.Las Administraciones Públicas Canarias, de acuerdo con lo previsto en esta ley, deberán desarrollar las actuaciones necesarias para la detección de situaciones de riesgo y desamparo de los menores. 2. Las mismas deberán mantener un contacto directo con los entornos socio-familiares, realizar los estudios, recogida de datos e investigaciones que se determinen en los respectivos planes y programas de atención, así como ejecutar o promover las actuaciones precisas para concienciar a la población de la necesidad de comunicar y denunciar la existencia de factores de riesgo o de situaciones de desamparo que afecten a los menores.
3.Las autoridades, funcionarios y personas que, por sus responsabilidades públicas o profesionales, tengan conocimiento de situaciones de riesgo o desamparo de los menores tienen la obligación de comunicar su existencia a las Administraciones Públicas Canarias, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precisen y del deber de denunciar los hechos al Ministerio Fiscal y a los órganos judiciales competentes.
Artículo 19. Obligaciones de los centros escolares.
1.Los responsables de los centros escolares, los consejos escolares y el personal educativo están obligados a colaborar con los servicios municipales competentes para garantizar la escolarización obligatoria. A estos efectos, deberán:
a) Comunicar las faltas de asistencia injustificadas al centro escolar y los hechos o circunstancias que hagan presumir la existencia de situaciones de riesgo o desamparo de los menores escolarizados, como malos tratos, abandono, malos hábitos higiénicos o de salud y drogodependencias.
b) Establecer de común acuerdo con los órganos municipales competentes las medidas precisas para combatir el absentismo escolar.
c) Colaborar con las entidades municipales para evitar y resolver, en su caso, las situaciones de riesgo de los menores escolarizados.
2. Asimismo están obligados a poner en conocimiento de los servicios competentes de La Administración autonómica los hechos o circunstancias anteriores y colaborar con los mismos para evitar y resolver las situaciones de desamparo.
3.El incumplimiento de las obligaciones anteriores por el personal educativo de los centros escolares públicos será considerado falta disciplinaria grave, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa prevista en la presente ley.
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8. PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DEL ALUMNADO EN CASO DE ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD.
Atención a los alumnos en caso de enfermedad prolongada. Decreto 114/2011 de 21 de mayo
Artículo 13.- Derecho a la protección social.
1.En el ámbito educativo, el alumnado tiene derecho a la protección social, en los casos de infortunio familiar o accidente.
2.Independientemente de los derechos que les asisten en virtud de la legislación en materia de sanidad y de seguridad social, la consejería competente en materia de educación establecerá las condiciones académicas y económicas adecuadas para que el alumnado que sufra una adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada no se vea imposibilitado para continuar y finalizar los estudios que se encuentre cursando o para acceder a estudios posteriores.
3.El alumnado de centros sostenidos con fondos públicos, de educación primaria o educación secundaria obligatoria que como consecuencia de enfermedad o accidente tenga impedida su asistencia al centro educativo, tiene derecho a recibir atención educativa domiciliaria u hospitalaria, en las condiciones que establezca la consejería competente en materia de educación.
Control de esfínteres
Los padres han de venir al centro a cambiar a sus hijos en caso de incontinencia.
Problemas médicos
LEVES:
Si algún alumno se pone enfermo o sufre un accidente leve, el profesor que atiende a losalumnos avisará a los padres. Si la urgencia lo exige procurará, bien él/ella u otro profesor/a acompañar al alumno al centro médico que se estime oportuno y estará con el mismo hasta que lleguen los padres siempre y cuando exista autorización por parte de los padres. (Nunca se trasladará a un alumno en un vehículo personal, aunque la urgencia sea leve, si la urgencia así lo requiere se llamará al 112). El resto del alumnado quedarán atendidos por un profesor o profesora que no tuviera docencia directa.
GRAVES:
si se estima que el alumno sufre alguna patología grave o un accidente de gravedad, seprocederá a llamar al 112, siguiendo las indicaciones de este servicio y se avisará a los padres.
Administración de Medicamentos
: no se podrán administrar medicamentos a ningún alumnosalvo que éste tenga un informe médico y exista una autorización de los padres al respecto. En los casos excepcionales, (peligro de muerte), en los que el alumno necesite la aplicación de un inyectable habrá que ponérselo, siempre y cuando éste esté a disposición del profesorado, exista informe médico y autorización por parte de los padres y, además, hayan sido instruidos los maestros por parte del personal sanitario.
PEDICULOSIS
: Cuando se detecte pediculosis en algún alumno/a se enviará circular informativa atoda la clase). Si persiste contaminación en algún alumno/a se enviará segunda circular a esos alumnos, en la cual se dan indicaciones precisas. Como prima el derecho a la educación de los
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alumnos, la actuación conveniente es la aplicación de tratamientos que puedan matar al parásito en el menor tiempo posible (aunque existan liendres), para ello los alumnos permanecerán en sus casas el tiempo necesario hasta que esto suceda.
9. GESTIÓN DE RECURSOS MATERIALES, INSTALACIONES Y EQUIPO ESCOLAR.
El Equipo Directivo tiene, entre otras funciones, realizar propuestas sobre las necesidades materiales y de infraestructura del centro docente.
El Consejo Escolar del centro tiene, entre otras competencias, promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipamiento escolar, así como aprobar la obtención de recursos económicos complementarios de acuerdo con los límites recogidos en la normativa vigente y los que establezca La Administración educativa.
Por tanto, considerando las oportunas medidas de cuidado, limpieza y correcto uso de las instalaciones y del equipo escolar; el Equipo Directivo elevará propuesta de renovación de las instalaciones y del equipo escolar al Consejo Escolar que promoverá solicitud de ejecución al Ayuntamiento de Granadilla de Abona dentro de las obras de Reforma, Ampliación y Mejora (RAM); o a La Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa, según competa.
- En las NOF se detallan las normas de uso general de todas las aulas, las de las aulas específicas y salas comunes.
- El conserje del Centro será el encargado de recoger la información sobre las mejoras a realizar, comunicarlas a la Dirección del Centro y una vez autorizado por la misma, comunicarlas al Ayuntamiento para su ejecución.
- Plan de medida preventivas: arreglo y/o limpieza de lo realizado por algún/a alumno/a
- Aplicación del NOF, implicando al/la alumno/a en la realización de tareas de mantenimiento y limpieza.
- Cualquier miembro de la comunidad educativa podrá realizar una propuesta de renovación y mejora de las instalaciones y del equipo escolar según el siguiente procedimiento:
- Se trasladará a Secretaría.
- La secretaria: Resolverá en aquellas propuestas derivados del funcionamiento normal del Centro, y por lo tanto, contemplado en el presupuesto del Centro.
- La conservación y renovación de las instalaciones del CEIP San Fernando es competencia del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
El cuidado y conservación de las instalaciones del colegio tiene un marcado carácter educativo que debe imperar en todas las acciones que se llevan a cabo en el Centro, encaminado a educar al alumnado en el buen uso y respeto de todos los bienes y especialmente los de carácter público. Por todo ello, este proyecto de gestión define un conjunto de medidas orientadas a la conservación del edificio, de sus exteriores y de todos los medios materiales con los que cuenta. Con carácter general se establecen las siguientes medidas:
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1. Vigilancia permanente de todos los medios materiales y espacios del Centro con la doble intención de reparar y de educar, tomando medidas con las personas responsables, si se diera el caso.
2. Organizar actividades tendentes a hacer partícipes al alumnado en la decoración del Centro y en la elaboración de las normas de uso de todos los medios y espacios, potenciando premiando y favoreciendo los buenos hábitos de uso y de higiene.
3. Mantener el Centro en las mejores condiciones de habitabilidad, seguridad y confort. 4. Cuando exista un desperfecto o alguna deficiencia y no pueda ser solventado por el Conserje
será tramitada por La Dirección en la mayor brevedad ante el organismo correspondiente, quedando constancia de todo ello por escrito con registro de salida.
5. El centro contemplará una partida para pequeñas reparaciones que permitan dicho gasto mantenimiento o reposición, de los materiales y dispositivos TIC.
6. Los juegos, el mobiliario, libros, material informático… que no reúnan las condiciones o garantías de seguridad para el alumnado se inutilizarán inmediatamente, procediendo a la gestión de enajenación. Además, el material o mobiliario que no esté en buen uso, no se almacenará en los pasillos. Deberá quedarse con las debidas garantías de seguridad, en las dependencias disponibles inventariado hasta que, por el Equipo Directivo, se decida su reparación, almacenamiento en otro lugar o darlo de baja del inventario.
7. Revisiones reglamentarias y puesta en marcha.
8. Instalación eléctrica: Revisiones periódicas y reposición de componentes defectuosos. 9. Instalación TIC: Revisiones periódicas y comunicación de incidencias al responsable TIC
OTROS RECURSOS MATERIALES
En nuestro Centro cualquier material puede utilizarse como recurso para facilitar el proceso de enseñanza- aprendizaje, pero considerando que no todos los materiales que se utilizan en educación primaria han sido creados con una intencionalidad didáctica, distinguimos entre material didáctico y recurso educativo:
- Material didáctico es cualquier material elaborado con la intención de facilitar el proceso de enseñanza- aprendizaje. Por ejemplo, un libro de texto o un programa multimedia.
- Recurso educativo es cualquier material que, en un contexto educativo determinado, es utilizado
con una finalidad didáctica o para facilitar el desarrollo de las actividades formativas. Por ejemplo, una pizarra digital.
Tanto los medios didácticos como los recursos educativos realizan diversas funciones dependiendo cómo se utilicen:
•Proporcionar información: libros, vídeos, programas informáticos...
•Guiar el aprendizaje: ayudan a organizar la información, a relacionar, a crear y aplicar conocimientos.
•Ejercitar habilidades.
•Motivar, despertar y mantener el interés.
•Evaluar los conocimientos y las habilidades que se tienen.
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•Proporcionar entornos para la expresión y creación.
A continuación, detallamos los materiales didácticos con los que cuenta nuestro colegio:
- Impresos: libros, fotocopias, periódicos, revistas, fotos, pósteres y en definitiva cualquier documento impreso.
- Manipulativos: recortables, plastilina, regletas, ábacos, cartulinas, etc. - Juegos: de sobremesa, de ordenador,
- Mobiliarios: aula medusa, biblioteca, aula de música
- Sonoros (audio): casetes, discos, diapositivas, películas, vídeos, recursos multimedia,
- Nuevas tecnologías: pizarras digitales, presentaciones multimedia, enciclopedias, zona croma.
CRITERIO PARA LA SELECCIÓN DE LIBROS DE TEXTO Y OTRO DE MATERIAL
DIDÁCTICO NO DISPONIBLE EN EL CENTRO EDUCATIVO.
Educación Infantil
En la Educación Infantil los recursos y materiales deben cumplir una serie de requisitos como son: seguros, lavables, transportables, variados, motivadores, … Además, es imprescindible que estén adaptados al desarrollo madurativo de los y las niñas, así también como los objetivos planteados para esta etapa educativa teniendo en cuenta el currículo de nuestra Comunidad.
Educación Primaria
Adecuación al contexto educativo del centro.
Correspondencia de los objetivos promovidos con los enunciados en el Proyecto Educativo de Centro.
Coherencia de los contenidos propuestos con los objetivos
La acertada progresión de los contenidos y objetivos, su correspondencia con el nivel y la fidelidad a la lógica interna de cada área.
La adecuación a los criterios de evaluación del centro.
La variedad de las actividades, diferente tipología y su potencialidad para la atención a las diferencias individuales.
La claridad y amenidad gráfica y expositiva. Según las necesidades de cada aula. Según las necesidades del alumnado.
Teniendo en cuenta las necesidades y posibilidades del centro.
Tendrán que ser amenos, lúdicos y motivadores para que sean realmente efectivos.
Utilizaremos recursos tanto materiales, (utensilios antiguos masa, medida de capacidad …) como humanos (padres, abuelos…).
Materiales y recursos adaptados a las capacidades y niveles competenciales de los alumnos de NEAE.
Las TIC´s serán el fundamento y la base para conseguir los objetivos en las diferentes áreas.
NORMATIVA
Primera. Los libros de texto adoptados para un área o materia en un determinado curso o ciclo mantendrán su vigencia durante cuatro cursos académicos. No obstante, la dirección del centro podrá autorizar el cambio de libros de texto antes de los cuatro cursos cuando, previa solicitud razonada del departamento didáctico o del equipo de ciclo, existan motivos plenamente justificados que así lo aconsejen, contando con el correspondiente informe favorable de la Inspección de