MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Dirección General de Despacho y Legislación
BOLETIN OFICIAL Nº
719
2da. Quincena de Julio de 2006
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BOLETIN OFICIAL Nº 719
2da. QUINCENA de Julio 2006MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION AUTORIDADES MUNICIPALES
INTENDENTE MUNICIPAL: Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Concejal a cargo Dr. Carlos Castellano Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Hector A. Prassel Subsecretario Gral. De Gobierno y Administración Dr. Ricardo J. M. Rivas
Secretaría de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso
Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo Landivar Secretario de Planeamiento Dr. Carlos Prassel
Secretaria de Tránsito Seguridad y C. Comunitarios Sra. Amabella Leonhardt Secretario de Servicios Públicos Sr. Alberto Trípoli
Secretario de Producción y D. al Consumidor Lic. Pablo Chamatropulos Secretario Privado Sr. Juán Carlos Canal Secretario de Integración Comunitaria Arturo Isaac Flier
CONTENIDO DE ESTE NUMERO
ORDENANZAS: 8193 ---DECRETOS: 1555 a 1758 RESOLUCIONES SI y RU 169 a 333 RESOLUCIONES STS y CC. 36 a 85 RESOLUCIONES ( O. Particulares) 21 a 39 RESOLUCIONES DE PERSONAL 357 a 388 RESOLUCIONES DE S. PUBLICA 715 a 727 RESOLUCIONES DE O. PUBLICAS 92 a 94
INDICE TEMATICO
4 Ref. Expte. Nº 041-HCD-SAN ISIDRO, 20 de julio de
2006.-Al Sr. Intendente Municipal
Dr. Gustavo Angel Posse
S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su UNDECIMA REUNION – OCTAVA SESION ORDINARIA de fecha 19 de julio de 2006, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8193, cuyo texto transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8193
PIROTECNIAReglamentación para su uso
ARTICULO 1°.- Establécese la obligatoriedad de realizar en el ámbito del Partido de San Isidro, entre el 1º de diciembre y el 10 de enero del año subsiguiente, un Operativo de Con-trol especial sobre el cumplimiento de las normas que rigen la comercialización, y almace-namiento de productos pirotécnicos, sin perjuicio del control periódico que las dependencias municipales efectúen, conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 7304, promulgada por Decreto Nº
3690/94.-ARTICULO 2º.- Entiéndase por Control Especial, la labor de muy frecuente inspección – que incluirá la elaboración de un acta –, durante el lapso que se indica en el Art.1º de la pre-sente, de todos los locales mayoristas y minoristas que comercialicen dichos productos. En esa inspección se verificará:
a. La existencia de certificación y el sello
respecti-vo del Registro Nacional de Armas (RENAR), y / o Dirección Nacional de Fabricaciones Militares, en todos los productos del rubro a comer-cializar.
b. El cumplimiento de las medidas de seguridad
establecidas por la mencionada Ordenanza, respecto al stock y su lugar de depósito.
c. La comprobación –para el caso de la reventa-, de
la habilitación de los locales para comercializar pirotecnia.
Honorable Concejo
Deliberan-te de San Isidro
PROMULGADO POR DTO N1616 26 de Julio de 2006
Ref. Expte. Nº
041-HCD-2006.-ARTICULO 3º.- Dispónese que habrá un espacio libre de estacionamiento y circulación de vehículos, en un radio de 15 metros alrededor de los puestos de venta de artículos de piro-tecnia, en espacios libres o playas de estacionamiento habilitadas, con habilitación en trámi-te, o a ser habilitadas para tal fin. La medida se establece tanto para hipermercados, super-mercados, locales de alquiler de videos y películas, o cualquier centro comercial de similares características. Cabe aclarar que el radio determinado deberá encontrarse vallado para mayor seguridad.
No podrán instalarse estos puestos de venta, si la localización de ellos, redujera y/o limitara la cantidad de módulos, que el Municipio hubiese impuesto como obligatorios o necesarios, para el desarrollo de la actividad.
ARTICULO 4º.- Durante el período contemplado por este Control Especial, a las infraccio-nes detectadas se le aplicarán las máximas sancioinfraccio-nes previstas en la Ordenanza Nº 7304, y se realizará la denuncia pertinente ante los Organismos Provinciales y/o Nacionales de contra-lor.
ARTICULO 5º.- Modifícanse los Arts. 3º, 4º, 5º, 6º y 7º, de la Ordenanza Nº 7304, de tal modo que donde se lee, “Dirección General de Fabricaciones Militares”, deberá leerse “Re-gistro Nacional de Armas” (RENAR).
ARTICULO 6º.- Modifícanse los Arts. 4º y 6º de la Ordenanza 7304 de tal modo que donde se menciona, “Disposición 725/65” la misma deberá sustituirse por, DISPOSICIÓN RENAR NUMEROS 54/2001, 82/2001, 182/2002 y 183/2003.
ARTICULO 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo,
etc.-Sirva la presente de atenta nota de envío.-v.c.f.
Honorable Concejo
Delibe-rante de San Isidro
6 Ref. Expte. Nº
15357-P-2001.-SAN ISIDRO, 17 de Julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1 5 5 5
Visto los Decretos Nºs. 1087/2003 y 1536/2003 obrantes a fojas 47 y 53 respectivamente, el Dictamen Nº 6744 de la Asesoría Legal Munici-pal y demás constancias del legajo, y
Considerando:
QUE, el Decreto Nº 1087/2003 dispuso la apli-cación de una sanción por inconducta disciplinaria al agente Orlando Rubén GOMEZ (Le-gajo Nº 16994);
QUE, la sanción aludida quedó suspendida hasta la resolución de la acción de exclusión de garantía sindical del agente, conforme lo dispuso el Decreto 1536/2003 de conformidad con lo normado por la ley 23551, en razón del carác-ter de delegado gremial del Sindicato de Trabajadores Municipales del agente sancionado;
QUE, el Dictamen de la Asesoría Legal Munici-pal Nº 6744 obrante a fojas 59 del expediente, da cuenta de que la acción de exclusión refe-rida fue iniciada en noviembre de 2003, tramitando por ante el Tribunal de Trabajo Nº 3 del Departamento Judicial de San Isidro;
QUE sin perjuicio de ello, la Oficina de Legajos y Certificaciones de la Dirección General de Personal informa a fojas 58 que ha cesado la tutela sindical del agente, por lo que, continua el Dictamen aludido, no corresponde prose-guir con las actuaciones judiciales referidas;
QUE, asimismo se está en condiciones de efec-tivizar la sanción aplicable;
QUE, compartiendo este Departamento Ejecuti-vo los lineamientos del Dictamen citado, corresponde dictar el acto administratiEjecuti-vo pertinen-te;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
D e c r e t a :
Ref. Expte. Nº
15357-P-2001.-////
ARTICULO 1º.- Hágase efectiva la sanción aplicada por Decreto 1087/2003, consistente en *************la suspensión por el término de diez (10) días, del agente Orlando Rubén GOMEZ (Legajo Nº 16994), con encuadre en lo dispuesto por el artículo 76 de la ley
11757.-ARTICULO 2º.- DEJASE expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de ************* la Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo
legal.-ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-Desp. Y Leg
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
8 Ref.: Expte. Nro.
4105-1551-A-1997.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1 5 5 6
VISTO que por Disposición N° 358/06 de la Di-rección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al establecimiento ubicado en Dr. Pestaña N° 1333 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el ru-bro “FABRICACION DE TABLEROS ELECTRICOS”, cuya titularidad ejerce la firma CARLOS ALBERTO FERRERO.; y
Considerando:
QUE el local que nos ocupa cuenta con una do-tación que no supera 5 personas y un potencial electromecánico inferior a 15 H.P., por lo que encuadra en el artículo 65° del Decreto 1741/96, reglamentario de la Ley N° 11459;
QUE el titular ha dado cumplimiento a la pre-sentación de la documentación requerida por el Art. 66° del mencionado Decreto Declara-ción Jurada con memoria descriptiva de la actividad, cuya veracidad fue constatada en ins-pección técnica realizada en el establecimiento;
QUE por lo expuesto y teniendo en cuenta que la industria motivo de autos reúne las condiciones necesarias para su correcto funcionamiento la Subsecretaría de Inspección General expresa en su informe de fojas 116, que puede darse por cumplimentada la Ley N° 11459, exceptuándosela de obtener el pertinente Certificado de Aptitud Ambiental, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte; por lo que proce-de el dictado proce-del acto administrativo que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.-Hácese saber a la firma CARLOS ALBERTO FERRERO (L.E. N° ************** 8.514.773), con domicilio real en Dr. Pestaña N° 1333 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro “FA-BRICACION DE TABLEROS ELECTRICOS” que con la presentación efectuada en el ex-pediente de la referencia, ha sido cumplimentada la Ley 11459 - Decreto Reglamentario Nº 1741/96, quedando exceptuado de obtener el Certificado de Aptitud
Ref.: Expte. Nro.
4105-1551-A-1997.-/////
ARTICULO 2do.- Déjase expresa constancia que en caso de existir ampliaciones, modifi-************** caciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido Decreto, con la presentación de la documentación allí
solicitada.-ARTICULO 3ro.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************** con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación mu-nicipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en consecuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas
correspondientes.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa
10
Ref.: Expte.
SAN ISIDRO,17 de Junio de
2006.-DECRETO NUMERO:
1557
VISTO la Ordenanza Nro. 6035, referida a la eximición de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, a los establecimientos educacionales privados existentes en el Partido, que acuerden a este Municipio el derecho de designar becarios en proporción al 5% de su alumnado como mínimo; y
Considerando:
QUE el establecimiento educacional "COLEGIO SAN CARLOS" se ha acogido a las disposiciones del citado texto normativo y de su decreto reglamentario Nro. 5735/84, según constancias de autos;
QUE la Dirección General de Educación ha ad-judicado becas con ajuste al régimen dispuesto;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************* Reconstrucción de la Vía Pública, por el año/s 2004 y 2005, al estableci-miento educacional "COLEGIO SAN CARLOS", ubicado en Libertad Nro. 34, 42 y 48, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta/s.Cte/s. Nro. 360.119, 360.118 y 360.117.-
ARTICULO 2do.- Previo a la notificación del presente, tome conocimiento Dirección Gene *************** ral de
Ref.: Expíe Nro. 6135-I-1992.
///
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AP
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso
12
Ref.: Expte. Nro. 3971-C-1990 y
SAN ISIDRO, 17 de Julio de
2006.-DECRETO NUMERO:
1 5 5 8
VISTO la Ordenanza Nro. 6035, referida a la eximición de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, a los establecimientos educacionales privados existentes en el Partido, que acuerden a este Municipio el derecho de designar becarios en proporción al 5% de su alumnado como mínimo; y
Considerando:
QUE el establecimiento educacional "COLEGIO SAN JOSE" se ha acogido a las disposiciones del citado texto normativo y de su decreto re-glamentario Nro. 5735/84, según constancias de autos;
QUE la Dirección General de Educación ha ad-judicado becas con ajuste al régimen dispuesto;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
Decreta:
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************* Reconstrucción de la Vía Pública, por el año 2006, al establecimiento edu-cacional "COLEGIO SAN JOSE", ubicado en Velez Sarsfield Nro. 450, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, Cta/s.Cte/s. Nro. 380.644.-
ARTICULO 2do.- Previo a la notificación del presente, tome conocimiento Dirección Gene ************ ral de
Ref.: Expte.Nro. 3971-C-1990 y ag..
///
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AP
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso
14
Ref.:
Expte.Nro.6982-C-2006.-SAN ISIDRO, 17 de Julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1 5 5 9
VISTO los presentes actuados; y Considerando:
QUE el día 30 de Junio de 2006, se procedió a la apertura de la Licitación Privada Nro.
44/2006
, por la ejecución de la obra de: “REVES-TIMIENTO DE MARGENES DEL RIO DE LA PLATA – COSTANERA SAN ISIDRO”, en jurisdicción de este Partido;QUE del estudio y comparación de las pro-puestas realizadas por la Dirección de Ingeniería, surge como más conveniente la presentada por la empresa MASTER OBRAS S.A., por un monto equivalente de $ 242.250,00;
QUE a los fines de la fiscalización de la obra y de la realización de todas las tareas inherentes a las mismas, se procede en el presente caso a la designación de un inspector técnico, dado que para el volumen de las obras programadas, el personal municipal ordinariamente previsto resulta insuficiente para cumplir eficiente-mente aquellas tareas;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Adjudícase a la Empresa MASTER OBRAS S.A, con domicilio real en ************** la calle Callao Nro. 420, 7º “C”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y legal en la calle Garibaldi Nro. 614, jurisdicción de este Partido, la ejecución de la obra “REVESTIMIENTO DE MARGENES DEL RIO DE LA PLATA – COSTANERA SAN ISIDRO” jurisdicción de este Partido, por un monto de PESOS DOSCIENTOS CUAREN-TA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENCUAREN-TA ($ 242.250), por el sistema de unidad de
medida.-Ref.: Expte.Nro.6982
-C-2006.-ARTICULO 2do.- La certificación de la obra será quincenal, y el pago de la misma será ************** dentro de los sesenta (60) días corridos a partir de su presentación, su-friendo las deducciones establecidas en el Artículo 12° de las Condiciones Legales Particula-res del Pliego que sirvió de base para
.
ARTICULO 3ro.-La obra deberá ejecutarse en un plazo de sesenta (60) días ************** corridos contados a partir de la fecha del Acta de Replanteo.-
ARTICULO 4to.- La contratista garantizará el cumplimiento del contrato conforme con lo ************** establecido en el Art. 6-2/ 6-3 de las Condiciones Legales Particulares.-ARTICULO 5to.- Desígnase inspector técnico de la obra mencionada en el Art. 1° al ************** Ingeniero Civil Don Marcelo Luis NAYEM, DNI. Nro. 10.620.346, Ma-trícula Nro. 37.048, con domicilio en la calle Donado Nro. 2226, Capital
Federal.-ARTICULO 6to.- El profesional designado en el artículo anterior, percibirá en concepto de ************** única remuneración y en el caso de que la obra se ejecute el uno por ciento(1%) del monto que resulte de la obra realizada y debidamente autorizada, importe que la empresa contratista deberá deducir del monto a cobrar de sus certificados de obra, variaciones de costo y/o adicionales o
ampliaciones.-ARTICULO 7mo.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el *************** presente decreto será atendida con fondos de la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en
vigencia.-ARTICULO 8vo.- Por conducto de la Secretaría de Obras Públicas, Departamento Obras de ************** Infraestructura, procédase a la devolución de los depósitos de garantía de las
propuestas.-ARTICULO 9no.- Regístrese. Comuníquese y
16 Ref. Expte. Nro.
4105-1513-1997.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1560
VISTO la Disposición Nº 10943/97 de la Direc-ción de EvaluaDirec-ción de Impacto Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al establecimiento ubicado en Wernicke 1438 de Villa Adelina, donde se desarrollan actividades con el rubro “TORNERIA MECANICA”, cuya titularidad es ejercida por el Sr. Héctor Oscar Feo; y
Considerando:
QUE la firma interesada ha dado cumplimiento a la presentación de la documentación requerida por el Decreto Nº 1741/96, Declaración Jura-da con memoria descriptiva de la activiJura-dad, cuya veraciJura-dad fue constataJura-da en inspección técnica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias de funcionamiento;
QUE en virtud de ello, es necesaria la continua-ción del trámite referido a la extensión del Certificado de Aptitud Ambiental, conforme los términos del art. 28º del Decreto 1741/96, reglamentario de la Ley 11.459;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Expídase al Sr. Héctor Oscar Feo, con domicilio en Wernicke 1438 de ************** Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan activida-des con el rubro “TORNERIA MECANICA”, el Certificado de Aptitud Ambiental de Pri-mera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley 11459 Decreto Reglamentario Nº 1741/96, y conforme con lo dispuesto por la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, Secretaría de Política
Ambiental.-ARTICULO 2do.- Déjase expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término ************** de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, conforme a los términos del artículo 33º de la Ley 11.459 y su Decreto
Ref. Expte. Nro.
4105-1513-1997.-/////
ARTICULO 3ro.- Hácese saber a los peticionantes que deberán solicitar la renovación del ************** Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, en un plazo de un (1) mes antes de su vencimiento, y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cam-bios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido Decreto, con la presen-tación de la documenpresen-tación allí
solicitada.-ARTICULO 4to.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************* con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación muni-cipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en con-secuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas
correspondientes.-ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa
18 Ref. Expte. Nro.
4105-1513-1997.-******* CERTIFICO que mediante Decreto Nº 1560 dictado en el día de la fecha, a fo-jas 93/94 del expte. 4105-1513-1997, se ha dispuesto expedir al Sr. Héctor Oscar Feo, con domicilio en Wernicke 1438 de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, donde se desa-rrollan actividades con el rubro “TORNERIA MECANICA”, el Certificado de Aptitud Am-biental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley 11459 Decreto Re-glamentario Nº 1741/96, y conforme con lo dispuesto por la Dirección Provincial de Evalua-ción de Impacto Ambiental, Secretaría de Política Ambiental.***********
******* Déjase constancia que el presente tiene validez por el término de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, y que en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá procederse conforme lo dispone el Art. 57º del citado De-creto Reglamentario. **********
****** EXTIENDO el presente que firmo y sello en San Isidro, con fecha 17 de julio de 2006.******************
DESP Y LEGISL
Ref.: Expte. 2448-C-1997 y ag.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1561
VISTO los presentes actuados por los cuales Co-ordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE), solicita la exen-ción del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conserva-ción y ReconstrucConserva-ción de la Vía Pública, que recae sobre los inmuebles individualizados mediante Cuentas Corrientes: 611.803, 611.804, 611.805, 611.808, 611.811, 611.813, 612.105, 612.106, 612.065; y
Considerando:
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, y disponer que el pago total de $ 470.910,25 sea abonado mediante la suscripción de un convenio en cinco (5) cuotas iguales y consecuti-vas sin interés alguno, por lo que promueve el dictado del acto administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad del ************** Estado (CEAMSE), del pago de accesorios correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae so-bre los inmuebles individualizados mediante Cuentas Corrientes: 611.803, período 3 A/2000 a 4B/2005; 611.804, período 3 A/2000 a 4B/2005; 611.805, período 3A/2000 a 4B/2005; 611.808, período 2B/1999 a 4B/2005; 611.811, período 3A/2000 a 4B/2005; 611.813, perío-do 3A/2000 a 4B/2005; 612.105, períoperío-do 3A/2000 a 4B/2005; 612.106, períoperío-do 3A/2000 a 4B/2005 y 612.065 período 3A/2000 a 4B
2005.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controvertidas, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-20 Ref.: Expte. 2448-C-1997 y
ag.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
594-N-2005.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1562
VISTO los presentes actuados por los cuales Antonio Nascarella, solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae so-bre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 530.890, cuyo titular es María M. Nascarella, por el período 1998/4 A hasta 2003/4 B; y
Considerando:
QUE notificado el interesado de la deuda, el mismo expresa su intención de regularizarla, pero también manifiesta su imposibilidad de cancelarla totalmente;
QUE abonó a resultas del presente los importes orígenes de cada período;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención en un 50%;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a María M. Nascarella del pago del 50% de accesorios ************** correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 530.890, ubicado en Loria 1455, Boulogne, por el período 1998/4 A hasta 2003/4
B.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controverti-das, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-22 Ref.: Expte.
594-N-2005.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
6041-F-2005.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1563
VISTO los presentes actuados por los cuales Beatriz G. Fernández, solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae so-bre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 660.043, por el período 1995/5 A hasta 2005/3 A; y
Considerando:
QUE notificado el interesado de la deuda, el mismo expresa su intención de regularizarla, pero también manifiesta su imposibilidad de cancelarla totalmente;
QUE abonó a resultas del presente la deuda más el total de los gastos causídicos;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención en un 50%, debiendo abonar el 50% restante;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a Beatriz G. Fernández del pago del 50% de accesorios ************** correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 660.043, por el período 1995/5 A hasta 2005/3 A, debiendo abonar el 50%
restante.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controverti-das, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-24 Ref.: Expte.
6041-F-2005.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. 4781-S-2002 y
ag.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1564
VISTO los presentes actuados por los cuales Mi-guel Stach, solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alum-brado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el in-mueble individualizado mediante Cuenta Corriente 630.211, por el período 1996/3B a 2004/6B; y
Considerando:
QUE notificado el interesado de la deuda, el mismo expresa su intención de regularizarla, pero también manifiesta su imposibilidad de cancelarla totalmente;
QUE abonó a resultas del presente el 50% de los accesorios y gastos causídicos;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a Miguel Stach del pago del 50% de accesorios correspondientes ************* a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 630.211, por el período 1996/3B a
2004/6B.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controverti-das, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-26 Ref.: Expte. 4781-S-2002 y
ag.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
16301-L-2001.-SAN ISIDRO, 17 de Julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1565
VISTO la Ordenanza 7281 que declara de Utili-dad Pública la ejecución de las obras de pavimentación en la totaliUtili-dad de las calles del Parti-do; y
Considerando:
QUE a partir del mes de julio del año 2000 se encuentra al cobro dicha mejora;
QUE la Ordenanza referida prevé en su artículo 5º, inc. 2) la facultad para eximir o reducir el monto de la deuda, previo estudio socio-económico;
QUE obra en autos dicho informe producido por la Subsecretaría de Acción Social, aconsejando acceder a la eximición del costo del pavi-mento efectuado frente a la propiedad de Carlos Ledesma (Suc), ubicada en Los Paraísos 1485, nomenclatura catastral: Circ. V, Sec. D, Manz. 203, Parc. 017 de Villa Adelina, cuenta corriente nº 540.162;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese del pago en concepto de obra de pavimentación que afecta el ************* bien ubicado en Los Paraísos 1485, nomenclatura catastral: Circ. V, Sec. D, Manz. 203, Parc. 017 de Villa Adelina, propiedad de Carlos Ledesma (Suc), Cta. Cte. Nº 540.162, en un
100%.-ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
28 Ref.: Expte.
3160-T-2006.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1566
VISTO los presentes actuados por los cuales Adriana Timpani de Benavidez, solicita la exención del pago de recargos, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 380.117, por el período 2005/3 A a 2006/2 A; y
Considerando:
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a Adriana Timpani de Benavidez del pago de recargos ************** correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 380.117, por el período 2005/3 A a 2006/2
A.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controverti-das, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
4631-N-2003.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1567
VISTO el Decreto nº 244/2006 por el cual se exime del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, años 2003, 2004 y 2005, a Leopoldo Tomás Nicolussi; y
Considerando:
QUE en autos se verifica que el número correcto de la cuenta es 760.056;
QUE con el propósito de regularizar dicha ano-malía, corresponde modificar el Decreto nro. 244/2006;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Modifícase el artículo 1° del Decreto nro. 244/2006, quedando redactado ************* de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************ Reconstrucción de la Vía Pública, en un 50%, años 2003, 2004 y 2005, a excepción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae benefi-cio alguno, a Leopoldo Tomás Nicolussi hijo de los titulares fallecidos, en relación al in-mueble sito en Emilio Zolá 1957 de Beccar, cuenta corriente nro. 760.056
“.-ARTICULO 2do.- Mantiénese en todas sus partes las restantes disposiciones del Decreto ************** nro.
244/2006.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
30 Ref.: Expte. 4695-R-1989 y
ag.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1568
VISTO los presentes actuados por los cuales Guillermo Rodríguez , solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae so-bre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 611.082, por el período 1998/5 B hasta 2004/2; y
Considerando:
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a Guillermo Rodríguez del pago de accesorios correspondientes ************* a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 611.082, por el período 1998/5 B hasta
2004/2.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controverti-das, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº
SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1569
VISTO la presentación efectuada en el presente expediente; y
Considerando:
QUE se solicita la baja de una/s cuota/s de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, manifes-tando haberla abonado oportunamente y agregando al expediente copia del recibo de la cuota cuya baja solicita/n, el que luce a fojas 2 y posee sello de pago de la Tesorería General Mu-nicipal;
QUE la Tesorería General Municipal, a fojas 15 realiza un pormenorizado informe y refiere la existencia de casos similares de irregulari-dades en la percepción de cobranzas, que originaran sumarios administrativos e inclusive una denuncia penal ordenada por Decreto 2110/2004;
QUE analizadas las actuaciones por la Asesoría Legal Municipal, expresando a fojas 17 que no existen elementos de juicio que permitan cuestionar la legitimidad del pago efectuado e invocado por la presentante y en consecuen-cia, correspondería dar de baja provisoriamente la cuota en cuestión, hasta tanto se determi-nen las responsabilidades del caso;
QUE en tal sentido, compartiendo este Departa-mento Ejecutivo, las consideraciones antes vertidas por la Asesoría Legal Municipal, corres-ponde el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Procédase a dar de baja provisoriamente de la Tasa por ************** Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Públi-ca, la/s cuota/s nro. 01/24, Plan nro. 46.694, que recae sobre el inmueble individualizado mediante cuenta corriente Nº 742.364, sito en Don Bosco 2148, San
Isidro.-ARTICULO 2do.- Dése intervención a la Asesoría Legal Municipal y al Departamento de ************** Tasas
32 Ref.: Expte.
3516-L-2006.-/////
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
Publíquese.-DESP Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
5341-V-2005.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1570
VISTO los presentes actuados por los cuales Diego J.M. Valentini, solicita la exención del pago de accesorios por multas y recargos, co-rrespondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 810.732, por el período 1997/5A a 2005-2B; y
Considerando:
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a Diego J.M. Valentini del pago del 50% de accesorios por ************** multas y recargos correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individuali-zado mediante Cuenta Corriente 810.732, por el período 1997/5A a
2005-2B.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controverti-das, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
34 Ref.: Expte. Nº
SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1571
VISTO la presentación efectuada en el presente expediente; y
Considerando:
QUE se solicita la baja de una/s cuota/s de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, manifes-tando haberla abonado oportunamente y agregando al expediente copia del recibo de la cuota cuya baja solicita/n, el que luce a fojas 2 y posee sello de pago de la Tesorería General Mu-nicipal;
QUE la Tesorería General Municipal, a fojas 17 realiza un pormenorizado informe y refiere la existencia de casos similares de irregulari-dades en la percepción de cobranzas, que originaran sumarios administrativos e inclusive una denuncia penal ordenada por Decreto 2110/2004;
QUE analizadas las actuaciones por la Asesoría Legal Municipal, expresando a fojas 19 que no existen elementos de juicio que permitan cuestionar la legitimidad del pago efectuado e invocado por la presentante y en consecuen-cia, correspondería dar de baja provisoriamente la cuota en cuestión, hasta tanto se determi-nen las responsabilidades del caso;
QUE en tal sentido, compartiendo este Departa-mento Ejecutivo, las consideraciones antes vertidas por la Asesoría Legal Municipal, corres-ponde el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Procédase a dar de baja provisoriamente de la Tasa por ************** Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Públi-ca, la/s cuota/s nro. 1999/3B a 4B; 2000/3A y 2002/3B, que recae sobre el inmueble indivi-dualizado mediante cuenta corriente Nº 374.177, sito en Saenz Valiente 440, Martínez.-ARTICULO 2do.- Dése intervención a la Asesoría Legal Municipal y al Departamento de ************** Tasas
Ref.: Expte.
3806-R-2006.-/////
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
Publíquese.-DESP Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
36 Ref.: Expte. Nº
SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1572
VISTO la presentación efectuada en el presente expediente; y
Considerando:
QUE se solicita la baja de una/s cuota/s de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, manifes-tando haberla abonado oportunamente y agregando al expediente copia del recibo de la cuota cuya baja solicita/n, el que luce a fojas 2 y posee sello de pago de la Tesorería General Mu-nicipal;
QUE la Tesorería General Municipal, a fojas 9 realiza un pormenorizado informe y refiere la existencia de casos similares de irregulari-dades en la percepción de cobranzas, que originaran sumarios administrativos e inclusive una denuncia penal ordenada por Decreto 2110/2004;
QUE analizadas las actuaciones por la Asesoría Legal Municipal, expresando a fojas 10 que no existen elementos de juicio que permitan cuestionar la legitimidad del pago efectuado e invocado por la presentante y en consecuen-cia, correspondería dar de baja provisoriamente la cuota en cuestión, hasta tanto se determi-nen las responsabilidades del caso;
QUE en tal sentido, compartiendo este Departa-mento Ejecutivo, las consideraciones antes vertidas por la Asesoría Legal Municipal, corres-ponde el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Procédase a dar de baja provisoriamente de la Tasa por ************** Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Públi-ca, la/s cuota/s nro. 1B y 2B - 2004, que recae sobre el inmueble individualizado mediante cuenta corriente Nº 612.921, sito en Barrio San Isidro 75, Local 22,
Boulogne.-ARTICULO 2do.- Dése intervención a la Asesoría Legal Municipal y al Departamento de ************** Tasas
Ref.: Expte.
1795-P-2006.-/////
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
Publíquese.-DESP Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
38 Ref.: Expte. Nº
SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1573
VISTO la presentación efectuada en el presente expediente; y
Considerando:
QUE se solicita la baja de una/s cuota/s de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, manifes-tando haberla abonado oportunamente y agregando al expediente copia del recibo de la cuota cuya baja solicita/n, el que luce a fojas 1 y posee sello de pago de la Tesorería General Mu-nicipal;
QUE la Tesorería General Municipal, a fojas 29 realiza un pormenorizado informe y refiere la existencia de casos similares de irregulari-dades en la percepción de cobranzas, que originaran sumarios administrativos e inclusive una denuncia penal ordenada por Decreto 2110/2004;
QUE analizadas las actuaciones por la Asesoría Legal Municipal, expresando a fojas 31 que no existen elementos de juicio que permitan cuestionar la legitimidad del pago efectuado e invocado por la presentante y en consecuen-cia, correspondería dar de baja provisoriamente la cuota en cuestión, hasta tanto se determi-nen las responsabilidades del caso;
QUE en tal sentido, compartiendo este Departa-mento Ejecutivo, las consideraciones antes vertidas por la Asesoría Legal Municipal, corres-ponde el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Procédase a dar de baja provisoriamente de la Tasa por ************** Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Públi-ca, la/s cuota/s nro. 4A a 5A - 2003, que recae sobre el inmueble individualizado mediante cuenta corriente Nº 742.519, sito en Obispo Terrero 1682, San
Isidro.-ARTICULO 2do.- Dése intervención a la Asesoría Legal Municipal y al Departamento de ************** Tasas
Ref.: Expte.
431-P-2006.-/////
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
Publíquese.-DESP Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
40 Ref.: Expte.
1350-A-2002.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1574
VISTO el Decreto nº 727/2006 por el cual se exime del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100%, años 2005 y 2006 a Santa Telma Acevedo (Vda de Luna); y
Considerando:
QUE en autos se verifica que el número correcto de la cuenta es 412.008, modificando en tal sentido el acto administrativo antes citado;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Modifícase el artículo 1° del Decreto nro. 727/2006, quedando redactado ************* de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Exímese del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y ************ Reconstrucción de la Vía Pública, en un 100% años 2005 y 2006, a excep-ción de las cuotas que a la fecha se hubieren abonado sobre las cuales no recae beneficio alguno a Santa Telma Acevedo (Vda de Luna), con domicilio en Lima nro. 2891, 1° A de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, cta cte nro. 412.008
“.-ARTICULO 2do.- Mantiénese en todas sus partes las restantes disposiciones del Decreto ************** nro.
727/2006.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
6812-C-2006.-SAN ISIDRO, 17 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1575
VISTO los hechos denunciados en autos; y Considerando:
QUE atento la posibilidad de la comisión de ilí-citos de acción pública, corresponde efectuar la correspondiente denuncia penal, remitiendo las actuaciones a la Mesa de Entradas de la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro, a los fines de practicar el sorteo que determine la Unidad Funcional de Instruc-ción de intervenInstruc-ción;
QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la correspondiente ************* denuncia penal, remitiendo las presentes actuaciones a la Mesa de Entra-das de la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro, a los fines de practicar el sorteo que determine la Unidad Funcional de Instrucción de
intervención.-ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
42
Ref. Expte. 6472-P-1977
SAN ISIDRO, 18 de julio de
2006.-DECRETO NUMERO:
1 5 7 6
VISTO lo actuado en el presente expediente y; Considerando:
QUE a fs. 1 y 2 del presente expediente, se in-forma que el día 30 de julio de 1977, tres personas que se identificaron como miembros de la Policía Federal, irrumpieron en las instalaciones de la Asistencia Pública de Boulogne y pro-cedieron a la identificación y posterior traslado del Dr. Luis Saul Kiper, médico de dicho nosocomio, manifestando que sería remitido, a los efectos de tomarle una declaración inda-gatoria, a la Comisaría Nro. 22 de la Policía Federal;
QUE transcurridos varios días, no se pudo obte-ner información alguna respecto de su detención como así tampoco sobre su paradero;
QUE en virtud de ello, la Administración Muni-cipal de aquella época, emitió el Decreto 1821/77, por el cual se declaró cesante por aban-dono de servicio al mencionado agente;
QUE años más tarde, y habiéndose recuperado y reinstalado en nuestro país la Democracia y el Estado de Derecho, con fecha 18 de noviem-bre de 1996, la Justicia declaró la ausencia por desaparición forzada del Dr. Luis Saúl Kiper;
QUE en virtud de lo expuesto, este Departa-mento Ejecutivo considera que debe procederse a formalizar un efectivo reco-nocimiento, a los fines de mantener viva en la memoria de todos los sanisidrenses este abe-rrante episodio;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propia EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º: Procédase a colocar en las instalaciones del Hospital Municipal
************** “Ciudad de Boulogne” una placa en memoria del Dr. Luis Saul Kiper, con motivo de su desaparición física forzada el 30 de julio de 1977, durante la última
Ref. Expte. 6472-P-1977
///////
dictadura militar, en circunstancias en que cumplía su función como médico de guardia.
ARTICULO 2º: La Dirección de Difusión en coordinación con la Dirección Médica
************** del referido nosocomio, determinarán el lugar correspondiente para su fijación. Asimismo, junto con la Dirección de Ceremonial determinarán la fecha y el lugar para la realización del pertinente acto conmemorativo.
ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese y Publíquese.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
44 Ref. Expte. Nº 7412
–P-2006.-SAN ISIDRO, 18 de julio de 2006 DECRETO NUMERO
: 1577
VISTO la nota obrante a fojas 1, emitida por Ju-bilaciones y Pensiones de la Dirección General de Personal; y
Considerando:
QUE el agente Cristóbal Cruz BATALLA (Le-gajo Nº 17395), quien cumple funciones de Personal de Servicio/Placero, en el Dirección de Parques y Paseos, se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios;
QUE resulta aconsejable no desnaturalizar los principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador que haya cumplido determinados tiempos de edad y servicios el beneficio jubilatorio corres-pondiente;
QUE, el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, faculta al Departamento Ejecutivo a decretar el cese del agente municipal a partir del momento en que haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias;
QUE, la situación descripta anteriormente, de-muestra que el agente Cristóbal Cruz BATALLA, ha alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la Ley Nº 9.650, accediendo así al beneficio jubilatorio, y permitiendo disponer el cese del agente en cuestión a partir del 5 de julio de 2006;
POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Dispónese el cese a partir del 5 de julio de 2006, al agente Cristóbal ************* Cruz BATALLA (Legajo Nº 17395), M.I: 6.804.586, clase 1940, conforme lo establece el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, con categoría 8 (C2-F3-P7-1.1.1.1.A:7.C:III.), con funciones de Personal de Servicio/Placero, en la Dirección de Par-ques y Paseos, atento a acogerse a los beneficios jubilatorios .-.
Ref. Expte. Nº 7412
–P-2006.-ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************ Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo
legal.-ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
46 Ref.: Expte Nº 7428- P-
2006.-SAN ISIDRO, 18 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1578
VISTO lo solicitado mediante la nota de la Di-rección General de Educación, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE se hace necesario cubrir el cargo de Psico-pedagoga en el Gabinete Psicopedagógico de los Jardines de Infantes Municipales;
QUE a tal fin se propone a la agente Natalia Beatriz ORSI (Legajo Nº 55934);
QUE, en virtud de ello se deberá, designar provi-sionalmente a la agente antes mencionada, conforme lo establece el artículo 7º de la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires); POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Desígnase provisionalmente (conforme el artículo 7º de la Ley Nº ************ 11.757), a la agente Natalia Beatriz ORSI (Legajo Nº 55934), M.I.: Nº: 26.959.694, clase 1979, a partir del 22 de mayo de 2006, en la categoría de Maestra (C2-F1-P1-1.1.1.1.A:8) y, funciones de Psicopedagoga de los Jardines Municipales, en la vacante producida por la promoción de Gabriela Laura
ETCHEVERRY.-ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este Municipio de la constitucionalidad de dicho cuerpo
legal.-ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº 7413- P -
2.006.-SAN ISIDRO, 18 de julio de 2006 DECRETO NUMERO:
1579
VISTO lo informado por la nota de la Dirección
General de Educación, obrante a fojas 1, y Considerando:
QUE se hace necesario cubrir el cargo de Vicedi-rectora, en el Jardín de Infantes Municipal Nº 10;
QUE a tal fín, se propone a la agente Gabriela Laura ETCHEVERRY (Legajo Nº 40.657);
QUE, en virtud de ello, se deberá reubicar a la agente mencionada, a partir del 6 de abril de 2006 inclusive;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Reubícase a partir del 6 de abril de 2006 inclusive, a la agente ************* Gabriela Laura ETCHEVERRY (Legajo Nº 40.657), de la Categoría de Maestra (C2-F1-P1-1.1.1.A: 8), a la Categoría de Vicedirectora (C2-F1-P1-1.1.1.1.A: 8), en el Jardín de Infantes Municipal Nº 10, abonándosele la correspondiente diferencia de suel-
do.-ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
48 Ref.: Expte. Nro.
8330-D-2006.-SAN ISIDRO, 18 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1 5 8 0
VISTO que el Partido de San Isidro, se ve distin-guido con la presencia del Sr. Presidente de la República Dr. Néstor Carlos Kirchner; y Considerando:
QUE la presencia del Sr. Jefe de Estado honra de manera significativa al Municipio de San Isidro y a todos y cada uno de los ciudadanos que lo integran, cualquiera sea su orientación política;
QUE la visita del Sr. Presidente se produce en oportunidad de una verdadera fiesta cívica en el Distrito, producto de la concreción de obras que fueron el anhelo de sus pobladores durante décadas y de las que hoy podemos gozar, en gran medida, por el compromiso y determinación de este ilustre visitante;
QUE ello motiva el amplio reconocimiento de toda la comunidad sanisidrense al Sr. Presidente, por la distinguida consideración que ha tenido con este Municipio;
QUE, asimismo, esta histórica visita, crea indu-dablemente, el compromiso de todos los habitantes del Partido de San Isidro, de afianzar y acrecentar el sentido de ciudadanía al que alude el Sr. Presidente, en pos del progreso y el desarrollo de la República;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- DECLARASE “Visitante Ilustre del Partido de San Isidro” al Sr. Presi-************** dente de la República Argentina Dr. Néstor Carlos Kirchner.
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
CD
.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº SAN ISIDRO, 18 de julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1581
VISTO la presentación efectuada en el presente expediente; y
Considerando:
QUE se solicita la baja de una/s cuota/s de la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, manifes-tando haberla abonado oportunamente y agregando al expediente copia del recibo de la cuota cuya baja solicita/n, el que luce a fojas 4 y posee sello de pago de la Tesorería General Mu-nicipal;
QUE la Tesorería General Municipal, a fojas 18 realiza un pormenorizado informe y refiere la existencia de casos similares de irregulari-dades en la percepción de cobranzas, que originaran sumarios administrativos e inclusive una denuncia penal ordenada por Decreto 2110/2004;
QUE analizadas las actuaciones por la Asesoría Legal Municipal, expresando a fojas 20 que no existen elementos de juicio que permitan cuestionar la legitimidad del pago efectuado e invocado por la presentante y en consecuen-cia, correspondería dar de baja provisoriamente la cuota en cuestión, hasta tanto se determi-nen las responsabilidades del caso;
QUE en tal sentido, compartiendo este Departa-mento Ejecutivo, las consideraciones antes vertidas por la Asesoría Legal Municipal, corres-ponde el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Procédase a dar de baja provisoriamente de la Tasa por ************** Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Públi-ca, la/s cuota/s nro. 001, Plan nro. 46.212, que recae sobre el inmueble individualizado me-diante cuenta corriente Nº 311.507, sito en Combate Vuelta de Obligado nro. 142, Acassu-
so.-ARTICULO 2do.- Dése intervención a la Asesoría Legal Municipal y al Departamento de ************** Tasas
Inmobiliarias.-50 Ref.: Expte.
4628-R-2006.-/////
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
Publíquese.-DESP Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº
SAN ISIDRO, 18 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1582
VISTO la presentación efectuada en el presente expediente; y
Considerando:
QUE se solicita la baja de una/s cuota/s de la tasa por Inspección de Comercios e Industrias, manifestando haberla abonado oportuna-mente y agregando al expediente copia del recibo de la cuota cuya baja solicita/n, el que luce a fojas 2 y posee sello de pago de la Tesorería General Municipal;
QUE la Tesorería General Municipal, a fojas 14 realiza un pormenorizado informe y refiere la existencia de casos similares de irregulari-dades en la percepción de cobranzas, que originaran sumarios administrativos e inclusive una denuncia penal ordenada por Decreto 2110/2004;
QUE analizadas las actuaciones por la Asesoría Legal Municipal, expresando a fojas 16 que no existen elementos de juicio que permitan cuestionar la legitimidad del pago efectuado e invocado por la presentante y en consecuen-cia, correspondería dar de baja provisoriamente la cuota en cuestión, hasta tanto se determi-nen las responsabilidades del caso;
QUE en tal sentido, compartiendo este Departa-mento Ejecutivo, las consideraciones antes vertidas por la Asesoría Legal Municipal, corres-ponde el dictado del pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Procédase a dar de baja provisoriamente de la Tasa por ************** Inspección de Comercios e Industrias, la/s cuota/s nro. 2A y 2B - 2004, que recae sobre el inmueble individualizado mediante cuenta corriente Nº 58679, sito en Cno. Moron a San Fernando 1200,
Boulogne.-ARTICULO 2do.- Dése intervención a la Asesoría Legal Municipal y al Departamento de ************** Tasas
52 Ref.: Expte.
4778-O-2006.-/////
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y
Publíquese.-DESP Y LEGISL
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
4726-M-2005.-SAN ISIDRO, 18 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1583
VISTO los presentes actuados por los cuales Ra-úl Merlos, solicita la exención del pago de recargos, correspondientes a la tasa por Alumbra-do, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 410.440, por el período 1991-5B a 2005-2B; y Considerando:
QUE notificado el interesado de la deuda, el mismo expresa su intención de regularizarla, pero también manifiesta su imposibilidad de cancelarla totalmente;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a Raúl Merlos del pago de recargos correspondientes a la ************* tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 410.440, por el período 1991-5B a
2005-2B.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controverti-das, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-54 Ref.: Expte.
4726-M-2005.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte.
2431-G-2006.-SAN ISIDRO, 18 de julio de 2006
DECRETO NUMERO:
1584
VISTO los presentes actuados por los cuales José Constancio Gonzalez, solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae so-bre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 110.697, por el período 1995-5 B a 2006-1B; y
Considerando:
QUE notificado el interesado de la deuda, el mismo expresa su intención de regularizarla, pero también manifiesta su imposibilidad de cancelarla, por lo que solicita se contemple una quita en el total;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1ro.- Exímese a José Constancio Gonzalez del pago de recargos *************** correspondientes a la tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, que recae sobre el inmueble individualizado mediante Cuenta Corriente 110.697, por el período 1995-5 B a
2006-1B.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del ************** presente decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controverti-das, caso contrario, lo dispuesto en el presente caducará
automáticamente.-ARTICULO 3ro.- Dese intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias para su cono **************
cimiento.-56 Ref.: Expte.
2431-G-2006.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 7522-R-1978.-SAN ISIDRO, 18 de Julio de 2006
DECRETO NUMERO
: 1585
VISTO y Considerando:
QUE, según surge del informe producido por Subsecretaría de Inspección General con fundamento en los presentes actuados, corresponde autorizar la instalación de un escaparate metálico destinado a la venta de Diarios y Revistas, sobre el que versa el respectivo petitorio;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- OTORGASE Autorización con carácter Precario, a CUBA Ada Beatriz, ************* D.N.I. N°: 5.870.929, para instalar un escaparate metálico destinado al ru-bro “VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS”, en la Avda. Sir Alexander Fleming frente al N° 1785, esquina Monseñor Larumbe de la Ciudad de Martínez, que ocupará en esta acera el espacio reglamentario de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 5729 Anexo Único.-ARTICULO 2º.- Déjase constancia que la autorización que se otorga reviste carácter ************ precario, reservándose el Departamento Ejecutivo el derecho de proceder al eventual traslado del escaparate cuando lo crea conveniente. Las medidas del mismo deberán ser 2 metros de longitud, 80 centímetros de ancho y 2,10 metros de altura, y no po-drá superar los 4 metros de longitud y 1 metro de ancho con las puertas
abiertas.-ARTICULO 3º.-La autorización podrá ser transferida a persona debidamente autorizada ************ por la autoridad nacional competente, Ministerio de Trabajo de la Nación, o el organismo que, en cualquier tiempo, asuma idéntica función a nivel del Estado nacional. La transferencia deberá formalizarse por ante la Municipalidad para producir los efectos previstos por la Ordenanza 5729, y el adquirente deberá reunir los requisitos establecidos en la citada
norma.-ARTICULO 4º.- La entrega del certificado adjunto, queda condicionada al cumplimiento ************* de lo dispuesto mediante Decreto Nro. 2236/02 convalidado por Ordenanza
58 Ref.: Expte. Nro.
7522-R-1978.-//….
ARTICULO 5º.- Por conducto de Mesa Gral. de Entradas, cítese al interesado para que ************ haga efectivo el pago de los pertinentes tributos y aranceles y comparezca, por sí o por representante legítimo, por ante la Subsecretaría de Inspección General, a efec-tos de obtener el Certificado adjunto y cumplimentar las formalidades de rigor en el Libro Municipal de
Inspecciones.-ARTICULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y
publíquese.-DESP Y LEGISL
Cac .
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Dr. Guillermo Sánchez Landa