• No se han encontrado resultados

DTOS 1615 Y 1616 ANULADOS

In document MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO (página 115-200)

116 Ref. Expte. Nº 7541 - P - 2006.-

SAN ISIDRO, 21 de Julio de 2006

DECRETO NUMERO:

1 6 1 7

VISTO, la nota obrante a fojas 1, emitida por la oficina de Jubilaciones y Pensiones de la Dirección General de Personal; y

Considerando:

QUE, la agente Norma Esther PEREYRA (Le- gajo Nº 7363), quien cumple funciones de Jefa de Guardia en el Hospital Materno Infantil, se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios por edad avanzada;

QUE, resulta aconsejable no desnaturalizar los principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador que haya cumplido determinados tiempos de edad y servicios el beneficio jubilatorio corres- pondiente;

QUE, el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, faculta al Departamento Ejecutivo a decretar el cese del agente municipal a partir del momento en que haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias;

QUE, la situación descripta anteriormente, de- muestra que la agente Norma Esther PEREYRA, ha alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la Ley Nº 9.650, accediendo así al beneficio jubilatorio, y permitiendo disponer el cese del agente en cuestión a partir del 1º de julio de 2006;

QUE, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 19º inciso f) –1º párrafo- de la Ley Nº 11.757, producido el cese del agente a los fines jubi- latorios, el mismo tendrá derecho a seguir percibiendo el importe correspondiente, en este caso al sesenta (60%) por ciento de sus haberes, por un período de hasta doce (12) meses, como anticipo de su jubilación;

QUE, ello requiere la conformidad del beneficia- rio;

QUE, la agente Norma Esther PEREYRA, se en- cuentra en las condiciones antedichas;

Ref. Expte. Nº 7541 - P - 2006.-

////

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

D e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Dispónese el cese a partir del 1º de julio de 2006, de la agente ************* Norma Esther PEREYRA (Legajo Nº 7363), M.I.: 3.945.286, clase 1940, conforme lo establece el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, con la retribución de Pro- fesional Grado Hospital “A” de 36 horas (código 202), (C2-F2-P2-1.1.1.1.A:9 C:VI.), y funciones de Jefa de Guardia con la retribución de Jefe de Guardia “B” Grado Hospital “C” de 36 horas (código 522) en el Hospital Materno Infantil, atento a acogerse a los beneficios jubilatorios por edad avanzada.-

ARTICULO 2º.- Apruébase el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la agente ************* Norma Esther PEREYRA (Legajo Nº 7363), que pasa a formar parte del presente Decreto mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al cin- cuenta y cuatro (54 %) por ciento móvil de sus haberes, a partir del 1º de julio de 2006 y por doce (12) meses como anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro. El monto del anti- cipo jubilatorio asciende a la suma de $ 1.472.-

ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo ************* anterior, serán imputados a la partida (C2-F1-P2-2.6.2.1).-

ARTICULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente sin con anterioridad al ************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTICULO 5º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-

118 Ref. Expte. Nº 7541 - P - 2006.-

////

ARTICULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. y Comuníquese. al Instituto ************* de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires con remisión de un ejemplar del convenio.-

Desp. Y Leg

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. Nro. 5631-C-2006.-

SAN ISIDRO, 21 de Julio de 2006

DECRETO NUMERO:

1 6 1 8

VISTO la nota presentada por el CENTRO DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD “MALVINAS CENTRO”; y

Considerando:

QUE, la citada Institución solicita un apoyo económico destinado a solventar los gastos que demanda el pago del alquiler y servicios del local que ocupa el Centro;

QUE, la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS ($ 11.400), pagaderos en UNA (1) cuota de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS ($ 5.700) y SEIS (6) cuotas iguales y consecutivas de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 950) cada una, con oportuna rendición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por el CENTRO DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD "MALVINAS CENTRO" por la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS ($ 11.400), destinado a solventar los gastos que demanda el pago del alquiler y servicios del local que ocupa el Centro, pagaderos en UNA (1) cuota de PESOS CINCO MIL SETE- CIENTOS ($ 5.700) y SEIS (6) cuotas iguales y consecutivas de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 950) cada una, con oportuna rendición de cuentas.-

ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- *************** mente autorizadas a tal efecto.-

ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto **************** Reglamentario Nro.1444/85.-

120 Ref.: Expte. Nro. 5631-C-2006.-

////

ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso

Ref.: Expte. Nro. 8491-C-2005.- SAN ISIDRO, 21 de Julio de 2006

DECRETO NUMERO:

1 6 1 9

VISTO la nota presentada por el CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS "12 DE AGOSTO"; y

Considerando:

QUE, la citada Institución solicita un apoyo económico destinado a solventar los gastos que demanda el mantenimiento del Centro;

QUE, la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-), pagaderos en UNA (1) cuota de PESOS UN MIL QUINIENTOS (1.500) y SEIS (6) cuotas iguales y consecutivas cada una de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250), con oportuna ren- dición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental *************** por el CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS "12 DE AGOSTO" por la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000), destinado a solventar los gastos que demanda el mantenimiento del Centro, pagaderos en UNA (1) cuota de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500) y SEIS (6) cuotas iguales y consecutivas cada una de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250), con oportuna rendición de cuentas.-

ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida- *************** mente autorizadas a tal efecto.-

ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto **************** Reglamentario Nro.1444/85.-

ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente ************** decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

122 Ref.: Expte. Nro. 8491-C-2005.-

////

ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso

Ref. Expte. Nº 8219 - P - 2006.- SAN ISIDRO, 21 de Julio de 2006

DECRETO NUMERO:

1 6 2 0

VISTO, la nota obrante a fojas 1, emitida por la Subdirección de Jubilaciones y Pensiones de la Dirección General de Personal; y

Considerando:

QUE, el agente Héctor Juan Angel MAZZA (Legajo Nº 7190), quien cumple actividad de Médico en el Hospital Materno Infantil, se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios;

QUE, resulta aconsejable no desnaturalizar los principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador que haya cumplido determinados tiempos de edad y servicios el beneficio jubilatorio corres- pondiente;

Que, el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, faculta al Departamento Ejecutivo a decretar el cese del agente municipal a partir del mo- mento en que haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes ju- bilatorias;

QUE, la situación descripta anteriormente, de- muestra que el agente Héctor Juan Angel MAZZA , ha alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la Ley Nº 9.650, accediendo así al beneficio jubilatorio, y permitiendo disponer el cese del agente en cuestión a partir del 1º de agosto de 2006;

QUE, de acuerdo con lo establecido por el artí- culo 19º inciso f) del Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Ley 11757, producido el cese del agente a los fines jubilatorios, el mismo ten- drá derecho a seguir percibiendo el importe correspondiente al 60 % móvil de sus haberes, por el período de hasta doce (12) meses, como anticipo de su jubilación;

POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

D e c r e t a:

ARTICULOS 1º.- Dispóngase el cese a partir de1º de agosto de 2006, del agente ************** Héctor Juan Angel MAZZA (Legajo Nº 7190), M.I. Nº 4.404.804, Cla- se: 1942, conforme lo establece el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, con la

124 Ref. Expte. Nº 8219 - P - 2006.-

////

retribución Profesional Grado Hospital “A” 36 horas (Código 202) (C2-F2-P3- 1.1.1.1.A:9.C:VI.), y actividad de Médico, en el Hospital Materno Infantil, atento a acogerse a los beneficios jubilatorios .-

ARTICULO 2º.- Apruébese el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el agente ************* Héctor Juan Angel MAZZA (Legajo Nº 7190), que pasa a formar parte del presente Decreto mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al se- senta (60 %) por ciento móvil de sus haberes, a partir del 1º de agosto de 2006, y por doce (12) meses como anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro. El convenio de anticipo jubilatorio asciende a la suma de $ 1.623.-

ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo ************* anterior, serán imputados a la partida (C2-F1-P2-2.6.2.1).-

ARTICULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al ************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTICULO 5º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************* Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo legal.-

ARTICULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. y Comuníquese. al Instituto ************* de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires con remisión de un ejemplar del convenio.-

Desp. Y Leg

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref. Expte. Nº 2.883-L-2005.- SAN ISIDRO, 21 de Julio de 2006

DECRETO NUMERO

: 1 6 2 1

VISTO el Decreto Nº 2640/05 mediante el cual se otorgó la factibilidad de autorizar la construcción de un edificio destinado a “Estación de Servicio Dual – Expendio de Combustibles Líquidos y Gas Natural Comprimido (G.N.C.) y Minimercado”, en el inmueble designado catastralmente como circunscripción III, sección F, manzana 428, parcelas 4 y 5, ubicado frente a la Avenida Sir Alexander Fléming, en su in- tersección con las calles Entre Ríos y Ezpeleta, de la ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE, los responsables de la Estación han soli- citado a fojas 169/170 autorización para la instalación de una Cámara Transformadora de Energía Eléctrica según croquis adjunto;

QUE, la Subsecretaria de Registros Urbanos a fojas 174 ha producido informe favorable referente a la instalación solicitada, conforme lo dispone el articulo 1.2.1.4.1 apartado b) inciso 5º punto G del Código de Ordenamiento Ur- bano, con las limitaciones dispuestas en el informe mencionado;

QUE, es necesario ajustar la redacción del arti- culo 2º inciso e) del Decreto Nº 2640/05, con el objeto de permitir la instalación de la Cáma- ra de Servicios Públicos solicitada;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Modificase el decreto Nº 2640/05 en su articulo 2º inciso E), el que **************quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 2º.-Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al cumplimiento de los requisitos que a continua- ción se detallan:

126 Ref. Expte. Nº 2.883-L-2005.-

////

e) En caso de construirse una Cámara Transformadora de Energía Eléctrica para el funcio- namiento de la Estación, la misma deberá cumplimentar los requisitos establecidos en el Có- digo de Ordenamiento Urbano, las medidas de seguridad exigidas por la Empresa Prestataria de Servicio y ajustarse arquitectónicamente a las características edilicias del entorno me- diante adecuados tratamientos de fachadas.-

ARTICULO 2º.- Manténgase en todas sus partes y consecuencias las restantes *************** disposiciones.-

ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

Desp. Y Leg

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa

Ref.: Expte. Nro. 9278-B-1998.- SAN ISIDRO, 21 de Julio de 2006

DECRETO NUMERO

: 1622

VISTO y Considerando:

QUE, según surge del informe producido por Subsecretaría de Inspección General con fundamento en los presentes actuados, corresponde autorizar la instalación de un escaparate metálico destinado a la venta de Diarios y Revistas, sobre el que versa el respectivo petitorio;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- OTORGASE Autorización con carácter Precario, a BROGLI Mario ************* Emilio, D.N.I. N° 16.824.491, para instalar un escaparate metálico destina- do al rubro “VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS”, en la calle Paraná frente al N° 6667, entre Ader y Los Ceibos de la localidad de Villa Adelina, que ocupará en esta acera el espa- cio reglamentario de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 5729 Anexo Único.-

ARTICULO 2º.- Déjase constancia que la autorización que se otorga reviste carácter ************ precario, reservándose el Departamento Ejecutivo el derecho de proceder el eventual traslado del escaparate cuando lo crea conveniente. Las medidas del mismo deberán ser 2 metros de longitud, 80 centímetros de ancho y 2,10 metros de altura, y no po- drá superar los 4 metros de longitud y 1 metro de ancho con las puertas abiertas.-

ARTICULO 3º.-La autorización podrá ser transferida a persona debidamente autorizada ************ por la autoridad nacional competente, Ministerio de Trabajo de la Nación, o el organismo que, en cualquier tiempo, asuma idéntica función a nivel del Estado nacional. La transferencia deberá formalizarse por ante la Municipalidad para producir los efectos previstos por la Ordenanza 5729, y el adquirente deberá reunir los requisitos establecidos en la citada norma.-

ARTICULO 4º.- La entrega del certificado adjunto, queda condicionada al cumplimiento ************* de lo dispuesto mediante Decreto Nro. 2236/02 convalidado por Ordenanza Nro. 7924, y a la presentación de las constancias de pago por Publicidad.-

128 Ref.: Expte. Nro. 9278-B-1998.-

//….

ARTICULO 5º.- Por conducto de Mesa Gral. de Entradas, cítese al interesado para que ************ haga efectivo el pago de los pertinentes tributos y aranceles y comparezca, por sí o por representante legítimo, por ante la Subsecretaría de Inspección General, a efec- tos de obtener el Certificado adjunto y cumplimentar las formalidades de rigor en el Libro Municipal de Inspecciones.-

ARTICULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP Y LEGISL

Cac .

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones y R. Urbanos Cdor. Guillermo Sánchez Landa

Ref.: Expte. Nro. 9278-B-1998.-

CERTIFICADO DE AUTORIZACION

***** CERTIFICO que mediante Decreto Nro. 1622, dictado en el día de la fecha, a fojas 24/25 del Expte. 9278-B-1998, se concedió AUTORIZACION con carácter Precario, a BROGLI Mario Emilio, D.N.I. N° 16.824.491, para instalar un escaparate metálico destina- do al rubro “VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS”, en la calle Paraná frente al N° 6667, entre Ader y Los Ceibos de la localidad de Villa Adelina, que ocupará en esta acera el espa- cio reglamentario de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 5729 Anexo Único***** *****Déjase constancia que la autorización que se otorga reviste carácter precario, reser- vándose el Departamento Ejecutivo el derecho de proceder el eventual traslado del escapa- rate cuando lo crea conveniente. Las medidas del mismo deberán ser 2 metros de longitud, 80 centímetros de ancho y 2,10 metros de altura, y no podrá superar los 4 metros de longitud y 1 metro de ancho con las puertas abiertas*****

*****La autorización podrá ser transferida a persona debidamente autorizada por la autori- dad nacional competente, Ministerio de Trabajo de la Nación, o el organismo que, en cual- quier tiempo, asuma idéntica función a nivel del Estado nacional. La transferencia deberá formalizarse por ante la Municipalidad para producir los efectos previstos por la Ordenanza 5729, y el adquirente deberá reunir los requisitos establecidos en la citada norma*****

ESTE CERTIFICADO DEBERÁ EXHIBIRSE EN LUGAR VISIBLE

***** EXTIENDO el presente, que firmo y sello en San Isidro, con fecha 21 de Julio de 2006*****

DESP Y LEGISL

130 Ref. Expte. Nº 5311-M-2006.-

San Isidro, 21 de Julio de 2006

DECRETO NUMERO:

1623

VISTO la consulta interpuesta por el señor An- drés Mc Ewan, respecto de la factibilidad de autorizar la construcción de un edificio destina- do a “Oficinas”, en los inmuebles designados catastralmente como circunscripción IV, sec- ción E, manzana 85, parcelas 16/17, con frente a la calle Coronel Cetz Nº 336 y 358, de esta ciudad,; y

Considerando:

QUE el bien se encuentra emplazado, según el Código de Ordenamiento Urbano, en zona Rmb1, con uso diferenciado, en la cual la instala- ción de Oficinas debe recibir tratamiento como Uso Puntual a los efectos de analizar su in- cidencia en el entorno, determinándose la cantidad de unidades a ejecutar, en base a lo dis- puesto en el artículo 1.2.1.14., incisos 1 y 4 de la aludida normativa;

QUE se dispone la utilización de dos parcelas, cuyas superficies resultan inferiores a las mínimas reglamentarias de la zona, por lo que co- rresponde la aplicación a cada una de ellas de los beneficios establecidos en el artículo 1.2.1.5. y su Anexo II – Planilla Nº 2-, del Código de Ordenamiento Urbano en lo que res- pecta a un mayor Factor de Ocupación del Suelo –F.O.S.- y Total –F.O.T.-;

QUE en virtud de esta posibilidad, se propone unificar los 2 predios, a fin de lograr un único proyecto, con un incremento del 10% en el valor del Factor de Ocupación Total –F.O.T.-, situación que puede ser contemplada en base a lo previsto por el artículo 1.2.1.6. del citado Código y que, por otra parte, resulta inferior a lo que se aplicaría para cada predio en forma separada;

QUE la propuesta de fojas 34/37 verificaría, en principio, los valores establecidos para la zona en lo que respecta al Factor de Ocupación del Suelo –F.O.S.-, retiro de frente, altura y estacionamiento, teniendo en cuenta que el artículo 1.2.2.1., inciso 9), ítem d) dispone, para las Oficinas, un módulo por cada 20m2 de superficie destinada a la actividad;

QUE por lo expuesto, el organismo técnico com- petente que elaboró el informe de fojas 38 y vuelta opina que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consul- tada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dicta- do del acto administrativo que así lo haga saber;

Ref. Expte. Nº 5311-M-2006.-

//….

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Hácese saber al señor Andrés Mc Ewan, que podrá autorizarse la ************* construcción de un edificio destinado a “Oficinas”, en el inmueble designa- do catastralmente como circunscripción IV, sección E, manzana 85, parcelas 16 y 17, con ingreso por la calle Coronel Cetz Nº 336/358, de esta ciudad, según anteproyecto de fojas 34/37 convenientemente corregido.-

ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al ************* cumplimiento de los requisitos que a continuación se detallan:

a) Estacionamiento: tendrá capacidad para veintiún (21) módulos. El solado de la playa de planta baja será conformado con material que permita la absorción de agua y evite la propagación de polvo y barros. En caso contrario, deberán eje- cutarse pozos absorbentes para desagües pluviales. Se colocará, además: defen- sas en las medianeras, señal visual y auditiva en los accesos/egresos, de adver- tencia a los peatones y la iluminación, no generará inconvenientes a los vecinos. El diseño de todas las áreas de estacionamiento se ajustará a las disposiciones del artículo 1.2.2.1., incisos 1 a 6 del Código de Ordenamiento Urbano, cual- quier reducción en el número de cocheras para cumplimentar ese requisito, ge- nerará en forma automática, la disminución proporcional de la superficie desti- nada a Oficinas;

b) A fin de evitar vistas a los predios linderos, las aberturas del contrafrente, 1er. y 2º piso, deberán contar con vidrios fijos opacos, hasta una altura de 1,80 m. to- mada desde el nivel del piso y transparentes con posibilidad de apertura, sólo en

In document MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO (página 115-200)

Documento similar