Ciudad Autónoma de Melilla
CONSEJERÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES
TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN
DEL SERVICIO DE VIGILANCIA DE
SEGURIDAD PRIVADA EN
DEPENDENCIAS MUNICIPALES DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Ciudad Autónoma de Melilla
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1.- Objeto del contrato
El presente pliego de prescripciones técnicas tiene por objeto describir el contenido de los “Servicios de Vigilancia Privada en Dependencias Municipales de la Ciudad Autónoma”, realizados mediante vigilantes de seguridad , junto, en su caso, con sistemas de videovigilancia y alarma.
El servicio se prestará de acuerdo con las cláusulas que a continuación se recogen, conforme a las del Pliego de Cláusulas Administrativas y las instrucciones de servicio que emita la Ciudad Autónoma, a través de la Jefatura de la Policía Local o en quien delegue.
2- Obligaciones de la empresa adjudicataria.
El adjudicatario deberá asumir, entre otras, las siguientes obligaciones:
a) El servicio será cubierto siempre por vigilantes de seguridad ( según Ley 5/2014, de 4 de abril de Seguridad Privada y Real Decreto 2364/ 1994, de 9 de Diciembre y Real Decreto 1123/2001, de 23 de Noviembre de Reglamento de Seguridad Privada).El personal asignado al servicio debe ser personal de la empresa adjudicataria, no pudiéndose subcontratar. El personal encargado de la prestación, dependerá exclusivamente del adjudicatario y no tendrá vinculación alguna con la Ciudad Autónoma de Melilla.
b) El adjudicatario estará obligado a subrogarse en los contratos de los trabajadores adscritos a la anterior contrata, conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo del sector. Solamente, a efectos orientativos y al objeto de valorar la carga económica y humana relacionada en el actual servicio contratado, según la información que obra en poder de esta Administración, hasta el momento se está prestando servicio con los efectivos recogidos en el Anexo I.
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c) El adjudicatario responderá de todas las indemnizaciones por los daños y perjuicios que en la prestación del servicio puedan ocasionarse tanto a terceros como a los propios bienes de los Centros en que se produzcan los hechos.
d) El adjudicatario deberá presentar certificación oficial que lo acredite por la que se ponga de manifiesto, disponer de centro de formación continua para el personal del servicio, bien propio o concertado. La formación de los vigilantes correrá a cargo de la Empresa adjudicataria.
e) La empresa adjudicataria estará obligada a cumplir todas las disposiciones legales aplicables y en especial lo recogido en el convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad vigentes en cada momento.
f) El adjudicatario deberá disponer de una póliza aseguradora de cobertura de responsabilidad civil de sus empleados , acreditando, con copia compulsada, que dicha póliza está constituida y se está al corriente del pago de la misma. El importe de la póliza a contratar viene reflejado en los pliegos administrativos.
g) Todos los gastos necesarios para el perfecto desarrollo del servicio serán de cuenta del adjudicatario (uniformes, munición, formación, seguros , transporte , material de escritorio y papelería necesarios para la elaboración de los planes de servicios e informes, material informático y en su caso, para alarmas y videovigilancia, etc)
h) Uniformidad y Medios. Los vigilantes de Seguridad deberán ir uniformados y dotados de medios auxiliares que correrán a cargo de la empresa, linternas, chalecos reflectantes, radiotransmisores, equipos de transmisión y demás legalmente exigidos
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3.- Descripción del servicio
a) El servicio de seguridad privada contratado, desarrollará su trabajo en el ámbito que la Ley Ordinaria 5/2014 de Seguridad privada y, en concreto su artículo 32, establece para el
desempeño y funciones de los Vigilantes de Seguridad
1.- Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.
2.- Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados, sin que en ningún caso puedan retener documentación personal.
3.- Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.
4.- Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos.
5.- Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios de respuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
6.- Informar a la Policía Local de cualquier incidencia que surja durante el servicio. 7.- Cooperar con los servicios de la Policía Local, solicitando su intervención y ayuda, en caso necesario.
b) La plantilla contratada tendrá que estar presente y operativa en todo momento, siendo causa de penalización el incumplimiento en esta materia, según lo indicado en el Pliego de Cláusulas Administrativas.
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c) Para la vigilancia que se presta en el parque Hernández y en el parque Forestal Juan Carlos I y II Fase de la Granja Agrícola , se debe tener a disposición para utilizar durante las veinticuatro horas del día , vehículos no contaminantes .
La empresa adjudicataria queda obligada a prestar el servicio siguiendo las indicaciones e instrucciones de la Consejería de Seguridad Ciudadana, con cumplimiento de toda la normativa vigente referente a la materia de seguridad privada y con cumplimiento de todas las normas laborales en lo referente a su personal y del convenio colectivo aplicable al sector.
También, está obligada a aceptar que la distribución de los servicios inicialmente proyectada, sea modificada en función de la evolución de las necesidades que se presenten, sin que varíe el número total de horas máximas previstas.
El adjudicatario se obliga a prestar cuantos servicios extraordinarios adicionales o ampliaciones de servicios le sean requeridos, facturando a los mismos precios ofertados en la presente licitación.
En la prestación del servicio, existirán cuatro intervalos horarios a distinguir, a efectos de cálculo de costes, y que serán tenidos en cuenta a la hora de la facturación mensual de los servicios. Éstos son:
A) Horario Diurno Laborable (de 06:00h a 22:00h) “HDL”
Comprende todas las horas de servicio que se presten en día laborable y dentro del intervalo horario señalado
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Comprende todas las horas de servicio que se presten en día laborable y dentro del intervalo horario señalado
C) Horario Diurno Festivo (de 06:00h a 22:00h) “HDF”
Comprende todas las horas de servicios que se presten en día Sábado, Domingo y Festivo, y dentro del intervalo horario señalado
D) Horario Nocturno Festivo ( de 22:00h a 06:00h)” HNF”
Comprende todas las horas de servicios que se presten en día Sábado, Domingo y Festivo, y dentro del intervalo horario señalado
4.- Medios asociados al servicio y requisitos operativos exigidos
Las empresa adjudicataria deberá disponer de una infraestructura y medios mínimos puestos a disposición del servicio, los cuales se relacionan a continuación:
- Oficina para ubicar al personal de Administración encargado de la gestión, coordinación y supervisión del servicio.
- Asimismo dispondrá de sistema informático para la elaboración de partes de trabajo, seguimiento de incidencias, gestión de personal, y demás tareas propias necesarias.
- También, deberá tener habilitado sistemas de comunicaciones mediante teléfono fijo, móvil, fax y correo electrónico, disponible las veinticuatro horas del día.
- Persona de contacto de la empresa, disponible las veinticuatro horas del día, para poder contactar con ella ante cualquier problema o incidencia que pudiera surgir. Esta persona deberá tener capacidad y responsabilidad suficiente para poder decidir y actuar en
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consecuencia con la incidencia presentada, siendo el único interlocutor válido con los responsables de la Ciudad Autónoma de Melilla.
- Mensualmente, y asociada a cada certificación que se realice con igual periodicidad, se deberá incluir una relación de detalle de los turnos y servicios realizados durante el mes en cuestión.
- Diariamente se deberá entregar tanto en soporte papel como por vía telemática y en el formato de datos que será facilitada por la Consejería a los funcionarios responsables de la Policía Local designado por la Consejería de Seguridad Ciudadana, un listado de los partes operativos de trabajo, describiendo las incidencias recogidas a través de los diferentes turnos de trabajo.
5.- Relación de Dependencias incluidas en el alcance del servicio, sin perjuicio de que se pueda producir una modificación en la distribución de los distintos Servicios, de conformidad con el Anexo II:
-Vigilantes de Seguridad sin armas:
- Parque Hernández: Un vigilante de seguridad desde las 7:00 horas hasta las 22:00 horas, de lunes a domingo. Y dos vigilantes, desde las 22:00 horas hasta las 7:00 horas, de lunes a domingo.
- Parque Juan Carlos I: Dos vigilantes de seguridad las 24 horas del día, de lunes a domingo.
- Almacenes Generales: Un vigilante de seguridad desde las 22:00 horas hasta las 07:00 horas, de lunes a domingo.
- Parque Lobera: Un vigilante de seguridad las 24 horas, de lunes a domingo.
- Cementerio Purísima: Un vigilante de seguridad desde las 19:00 horas hasta las 07:00 horas, de lunes a domingo.
-
Centro de Menores La Purísima y el Centro de menores infractores (CEMI), Baluarte: Tres vigilantes de seguridad en cada Centro, desde las 22:00 horashasta las
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- 07:00 horas, de lunes a domingo. Y cuatro vigilantes desde las 07:00 horas hasta las 22:00 horas, de lunes a domingo.
- Pto. Mediación Familiar: Un vigilante desde las 9:00 horas hasta las 13:00 horas y desde las 16:00 hasta las 19:00 horas, de lunes a viernes. Y sábados, domingos y festivos desde las 10:00 hasta las 13:00 horas y por la tarde desde las 17:00 hasta las 20:00 horas.
- C. Bienestar Social, C. Seguridad Ciudadana, C. de Fomento, D. Gral. Sanidad y Consumo y la OIAC (Oficina de las Palmeras): Un vigilante de seguridad en cada una de las Consejerías señaladas, en la Dirección Gral. de Sanidad y Consumo y en la Oficina de las Palmeras, en horario de oficina, desde las 8:00 hasta las 15:00 horas.
- C. Hacienda y A.A.P.P. (Cruz Roja): Un vigilante las 24 horas, de lunes a domingo. - Museo Peñuelas: Un vigilante desde las 17:00 horas hasta las 21:00 horas, de martes a
viernes y los sábados, domingos y festivos, un vigilante de 10:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 21:00 horas.
- Museo Arte: Un vigilante desde las 10:00 hasta las 14:00 horas y desde las 17:00 hasta las 21:00 horas, de martes a viernes y los sábados, domingos y festivos, un vigilante de 10:00 a 14:00 horas y de 17:00 a 21:00 horas.
- Biblioteca Pública: Un vigilante de seguridad desde las 20:00 hasta las 24:00 horas, de lunes a viernes. Y de 16:00 hasta 21:00 horas, un vigilante de seguridad, los sábados, domingos y festivos.
- Fuerte Victoria Grande, el Comedor San Francisco, Centro de DisminuidosPsíquicos Gloria Fuertes, Plaza de Armas: Un vigilante de seguridad las 24 horas, de lunes a domingo.
- Mercado Central : De lunes a sábado: un vigilante de seguridad desde las 15:00 horas hasta las 08:00 horas, de lunes a sábado y tres vigilantes desde las 08:00 horas hasta las 15:00 horas. Y los domingos yfestivos un vigilante las 24 horas.
- Mercado del Real: Un vigilante desde las 09:00 hasta las 16:00, de lunes a sábado.
- San Quintín y Virgen del Carmen: Un vigilante desde las 08:00 horas hasta las 15:00 horas, de lunes a viernes.
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- Mercado Mayoristas y Matadero: Un vigilante de las 22:00 hasta las 08:00 horas, de lunes a domingo.
- Palacio de Congresos y Exposiciones (PEC): Un vigilante desde las 09:00 hasta las 15:00 horas, de lunes a viernes.
- Rostrogordo: Un vigilante desde las 22:00 hasta las 08:00 horas, de lunes a domingo. - Palacio C.A.M.: Dos vigilantes desde las 07:00 hasta las 15:00 horas, de lunes a viernes,
con atención al arco de seguridad y escáner.
- Centro Tecnólógico: De lunes a viernes, un vigilante desde las 15:00 horas hasta las 08:00 horas. Sábados, domingos y festivos, un vigilante, las 24 horas.
- Vigilantes con armas:
- Depósitos Generales y Pantano de las Adelfas. Un vigilante en cada dependencia las 24 horas del día, de lunes a domingo.
-Bolsa anual de horas:
Consistirá en la prestación anual de hasta el número máximo de 2.500 horas destinadas para la ejecución de servicios asociados a Eventos culturales, deportivos o de cualquier otra naturaleza que requiera de la vigilancia o custodia de los espacios en donde se desarrolle y de las instalaciones y equipamientos que se habiliten para la celebración de los mismos, bien en dependencias propias de la Ciudad o en cualquier otro emplazamiento.
Para su ejecución, la Consejería de Seguridad Ciudadana comunicará a la Empresa adjudicataria, con una antelación mínima de 24 horas, la dirección y tipo de servicio requerido y duración del mismo.
La facturación asociada a la prestación de estos servicios se realizará de forma mensual y como consecuencia de las diferentes órdenes recibidas por la CAM, valorándose conforme
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a los precios establecidos para los diferentes tipos de horas definidos en los presentes Pliegos de Prescripciones.
INTERVALO HORARIO TOTAL
HORAS SERVICIO HDL HNL HDF HNF Nº Horas de servicio 110.932 47.921 45.586 23.288 227.727 PRECIO/HORA
VIGILANTE DE SEGURIDAD SIN ARMAS
HORAS LABORABLES HORAS FESTIVAS
H.D.L.(O6-22) H.N.L-(22-06) H.D.F.(06-22) H.N.F.(22-06) 15,26 15,26 15,26 15,26 NOCTURNAS 0,99 0,79 0,99 FESTIVAS 0,79 Total Importe 15,26 16,25 16,05 17,04 Gastos Grales.(9%) 1,37 1,46 1,44 1,53 Benefic.Ind. (5%) 0,76 0,81 0,80 0,85
TOTAL IMPORTE SIN IPSI 17,40 18,53 18,30 19,43
IPSI 4% 0,70 0,74 0,73 0,78
TOTAL IMP.CON IPSI 18,09 19,27 19,03 20,20
VIGILANTE DE SEGURIDAD CON ARMAS
HORAS LABORABLES HORAS FESTIVAS
H.D.L.(O6-22) H.N.L-(22-06) H.D.F.(06-22) H.N.F.(22-06) 16,36 16,36 16,36 16,36 NOCTURNAS 0,99 0,79 0,99 FESTIVAS 0,79 Total Importe 16,36 17,35 17,15 18,14
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Gastos Grales.(9%) 1,47 1,56 1,54 1,63
Benefic.Ind. (5%) 0,82 0,87 0,86 0,91
TOTAL IMPORTE SIN IPSI 18,65 19,78 19,55 20,68
IPSI 4% 0,75 0,79 0,78 0,83
TOTAL IMP.CON IPSI 19,40 20,57 20,33 21,51
6.- Distribución de servicios por turno horarios en dependencias.
A continuación se detallan los servicios requeridos en cada dependencia, según las horas consideradas y si se realizan en días laborables o fines de semana y festivos.
A efectos de planificación, en la siguiente tabla, se detalla la relación de emplazamientos en donde habrá que prestar el servicio solicitado, reflejando el número de Vigilantes de Seguridad sin Arma o con Arma por cada uno de los emplazamientos, y el intervalo horario requerido, sin perjuicio de la modificación de la distribución de los servicios, sin que varíe el número de horas máximas previstas.
La suma total de horas anuales de servicio, asciende a 227.727 horas.
El importe anual del contrato, IPSI incluido es de 4.291.874,67€.
Según se relaciona en el cuadro adjunto en el Anexo II de este documento.
Melilla,
El Director General de Seguridad Ciudadana
Fdo.: Gregorio Castillo Galiano