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BANHVI MODIFICA SISTEMAS DE PAGO DE CUOTAS

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BANHVI MODIFICA SISTEMAS

DE PAGO DE CUOTAS

Dicha entidad realiza importantes modificaciones al Reglamento de Operaciones del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, en cuanto al sistema de pago de cuotas ajustadas con base a la variación de los salarios mínimos y el sistema de cuota real.

FIJAN PRECIOS DE ANÁLISIS

NEMATOLÓGICOS

Los análisis se realizan en el Laboratorio de Nematología de la Facultad de Ciencias Agroalimentarias de la U. de C. R., según acuerdo 7 de la Oficina Nacional de Semillas.

ESTABLECEN PROCEDIMIENTO PARA

REFRENDO DE CONTRATOS DE CONCESIÓN

Pág. 107

El procedimiento aprobado por la ARESEP es para el servicio público de transporte remunerado de personas en vehículos automotores.

Foto ilustrativa Foto ilustrativa

Págs. 113 - 114

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PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Nº 89.—San José, 28 de noviembre del 2005

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL En el uso de las facultades que les confieren los artículos 140, inciso 12) de la Constitución Política, 25 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley General de la Administración Pública,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Ana Lucía Blanco Valverde, cédula de identidad Nº 1-717-379, Asesora de Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, para que participe en la Reunión de Planeación de la XIV Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo de la Organización de Estados Americanos, a realizarse en Washington D.C., Estados Unidos de América, los días 15 y 16 de diciembre del 2005.

Artículo 2º—Los tiquetes aéreos de ida y regreso por un monto de trescientos treinta y cinco mil colones (¢ 335.000) serán cubiertos por la partida presupuestaria 729-142, Gastos de Transporte fuera del País y los gastos de hospedaje y alimentación por un monto de trescientos veinte mil colones (¢ 320.000) serán cubiertos por la partida 729-132 subpartida 732-132, Gastos de Viaje fuera del país, ambas partidas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Asimismo, los gastos por concepto de impuestos de salida dentro y fuera del país en que se incurra o cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse, por cambios imprevistos y debidamente justificados en los tiquetes aéreos, correrán por cuenta del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Artículo 3º—Rige a partir del 14 al 17 de diciembre del 2005. ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Fernando Trejos Ballestero.—1 vez.—(Solicitud Nº 14830).—C-13220.—(430).

MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Nº 217-MCJD.—San José, 13 de octubre del 2005

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en el artículo 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política y el artículo N° 9 de la Directriz N° 7 del 29 de noviembre de 1991.

ACUERDAN:

1º—Designar a la licenciada Virginia Chacón Arias, pasaporte N° 203180555, Directora General del Archivo Nacional de Costa Rica, para que participe en el IV Seminario de Archivos de Tradición Ibérica y en la Asamblea General Extraordinaria de la Asociación Latinoamericana de Archivos (A.L.A.), que se realizarán en el Archivo de Torre do Tombo, en Lisboa, Portugal del 24 al 28 de octubre de 2005. La señora Chacón Arias debe salir del país el 21 de octubre de 2005.

2º—Los gastos de transporte internacional, por un monto de $ 969,00 (novecientos sesenta y nueve dólares sin céntimos) equivalentes a ¢ 469.315,77 (cuatrocientos sesenta y nueve mil trescientos quince colones con setenta y siete céntimos) serán cubiertos por el Archivo Nacional de Costa Rica, en el Programa N° 2 Dirección, coordinación y cooperación con el Sistema Nacional de Archivos, Subpartida 142 Transporte de o para el Exterior. El hospedaje y la alimentación serán cubiertos parcialmente por la Asociación Latinoamericana de Archivos (A.L.A.). El Archivo Nacional

(quinientos cuarenta dólares sin céntimos) equivalentes a ¢ 263.487,60 (doscientos sesenta y tres mil cuatrocientos ochenta y siete colones con sesenta céntimos), en el Programa N° 2 Dirección, coordinación y cooperación con el Sistema Nacional de Archivos en la Subpartida 132 Gastos de Viaje en el Exterior.

3º—Rige del 21 al 29 de octubre del 2005.

LINETH SABORÍO CHAVERRI.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes a. í., Amalia Chaverri Fonseca.—1 vez.—(Solicitud Nº 8775).—C-13070.—(583).

Nº 218-MCJD.—San José, 13 de octubre del 2005 LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES

Con fundamento en el artículo 140, inciso 20) y 146 de la Constitución Política y el artículo N° 9 de la Directriz N° 7 del 29 de noviembre de 1991.

ACUERDAN:

1º—Designar a Luis Fernando Jaén García, pasaporte N° 502300732, Jefe del Departamento Archivo Histórico del Archivo Nacional de Costa Rica, para que participe en el IV Seminario de Archivos de Tradición Ibérica, que se realizará en el Archivo de Torre do Tombo, en Lisboa, Portugal del 24 al 28 de octubre del 2005. El señor Jaén García debe salir del país el 21 de octubre del 2005.

2º—Los gastos de transporte internacional, serán cubiertos por el interesado. El hospedaje y la alimentación serán cubiertos parcialmente por la Asociación Latinoamericana de Archivos (A.L.A.). El Archivo Nacional de Costa Rica le otorgará viáticos parciales por un monto de $ 337,50 (trescientos treinta y siete dólares con cincuenta céntimos) equivalentes a ¢ 164.679,75 (ciento sesenta y cuatro mil seiscientos setenta y nueve colones con setenta y cinco céntimos), en el Programa N° 2 Dirección, coordinación y cooperación con el Sistema Nacional de Archivos en la Subpartida 132 Gastos de Viaje en el Exterior.

3°—Rige del 21 al 29 de octubre del 2005.

LINETH SABORÍO CHAVERRI.—La Ministra de Cultura, Juventud y Deportes a. í., Amalia Chaverri Fonseca.—1 vez.—(Solicitud Nº 8775).—C-11270.—(584).

MINISTERIO DE JUSTICIA Y GRACIA

Nº 0169.—San José, 27 de octubre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y GRACIA

En el uso de las facultades que confieren los artículos 140 y 146 de la Constitución Política, 25, 27, 28.b de la Ley General de la Administración Pública y 4 de la Ley de Creación del Registro Nacional, Ley Nº 5695 del 28 de mayo de 1975 y sus reformas.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al Lic. Carlos Eduardo Quesada Hernández, cédula Nº 1-575-742, como miembro suplente del Colegio de Abogados ante la Junta Administrativa del Registro Nacional en el período que va del 27 de octubre del 2005 al 30 de noviembre del 2006, en virtud de la renuncia del Lic. Sergio Solano Montero.

Artículo 2º—Rige a partir del 27 de octubre del 2005.

ABEL PACHECO DE LA ESPRIELLA.—La Ministra de Justicia y Gracia, Patricia Vega Herrera.—1 vez.—(Solicitud Nº 01097).—C-9370.—(429).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

Nº 393-2005.—San José, 4 de noviembre del 2005

LA PRIMERA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública, la Ley de Régimen de Zonas Francas Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Nº 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 29606-H-COMEX del 18 de junio del 2001, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas y sus reformas.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 403-99 de fecha 15 de noviembre de 1999, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 243 del 15 de diciembre de 1999, modificado por el Acuerdo Ejecutivo Nº 156-2002 de fecha 22 de abril del 2002, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 88 del 9 de mayo del 2002, por el Acuerdo Ejecutivo Nº 103-2003 de fecha 5 de febrero del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 47 del Pág PODER EJECUTIVO Acuerdos ...2 DOCUMENTOS VARIOS ...3 PODER JUDICIAL Reseñas ...21

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Edictos ...21 Avisos ...22 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ...23 REGLAMENTOS ...107 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ...108 AVISOS ...114 NOTIFICACIONES ...118 FE DE ERRATAS ...123

(3)

de mayo del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 166 del 29 de agosto del 2003, por el Acuerdo Ejecutivo Nº 706-2003 de fecha 1º de agosto del 2003, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 173 del 9 de setiembre del 2003, por el Acuerdo Ejecutivo Nº 537-2004 de fecha 22 de setiembre del 2004, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 200 del 13 de octubre del 2004, y por el Acuerdo Ejecutivo Nº 296-2005 de fecha 5 de julio del 2005, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 152 del 9 de agosto del 2005, a la empresa Administradora de Parques Zona Franca Génesis S. A., cédula jurídica Nº 3-101-246914, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley Nº 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento.

II.—Que mediante cartas presentadas el 16 y el 31 de agosto de 2005 (oficios ZFG-27-2005 y ZFG-30-2005 respectivamente), en la Gerencia de Operaciones de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Administradora de Parques Zona Franca Génesis S. A. solicitó la ampliación del área declarada como Zona Franca, en concreto la afectación de los pisos dos y tres del edificio D de la primera etapa, correspondiente a las fincas filiales del partido de San José, matrículas de Folio Real números: 24199-F-000, 24200-F-000, 24201-F-000, 24202-F-24201-F-000, 24203-F-24201-F-000, 24204-F-24201-F-000, 24205-F-24201-F-000, 24206-F-000, 24207-F-24206-F-000, 24208-F-24206-F-000, 24209-F-24206-F-000, 24210-F-24206-F-000, 24211-F-000, 24212-F-000.

III.—Que a través del oficio número BCR SAFI 673-2005 de fecha 29 de agosto de 2005, presentado el día 31 de agosto del mismo año en la Gerencia de Operaciones de PROCOMER, el señor Álvaro Camacho de la O, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad BCR Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S. A., la cual a su vez es la administradora y quien ejerce la representación legal del Fondo de Inversión Inmobiliario denominado “BCR Fondo de Inversión Inmobiliario”, empresa propietaria de las fincas filiales mencionadas en la solicitud de ampliación del Parque de cita, consiente y autoriza la afectación de éstas al Régimen de Zonas Francas.

IV.—Que la Comisión de Regímenes Especiales de PROCOMER, en sesión Nº 128-2005, celebrada el 5 de setiembre del año en curso, conoció la solicitud de la empresa Administradora de Parques Zona Franca Génesis S. A., y con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Gerencia de Operaciones de PROCOMER Nº 46-2005 de fecha 31 de agosto del 2005, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley Nº 7210, sus reformas y su Reglamento.

V.—Que mediante oficio DGT-ER-290-2005 de fecha 28 de octubre del 2005, el Jefe del Departamento de Estadística y Registros de la Dirección General de Aduanas, Ministerio de Hacienda, indica a la Gerencia de Operaciones de PROCOMER que, por medio del oficio AS-SCAE-258-2005 de fecha 4 de octubre del 2005, el Gerente de la Aduana Santamaría emitió “…Dictamen positivo para la autorización de la empresa Administradora de Parque Zona Franca Génesis para la operación de la empresa Chiquita, a fin de que se incluya lo siguiente: pisos dos y tres del edificio D de la primera etapa, correspondientes a las fincas filiales del partido de San José, matrículas de Folio Real números: 24199-F-000, 24200-F-000, 24201-F-000, 24202-F-000, 24203-F-000, 24204-F-000, 24205-F-000, 24206-F-000, 24207-F-000, 24208-F-000, 24209-F-000, 24210-F-000, 24211-F-000, 24212-F-000. Ubicadas en el Parque Empresarial Forum (…).”

VI.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto, ACUERDAN:

Artículo primero.—Modificar el Acuerdo Ejecutivo Nº 403-99 de fecha 15 de noviembre de 1999, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 243 del 15 de diciembre de 1999, y sus reformas, para que en el futuro el artículo segundo se lea de la siguiente manera:

“2. Declárese Zona Franca para la prestación de servicios para la exportación, los siguientes inmuebles:

• Pisos dos y tres del edificio A de la tercera etapa, los cuales están constituidos por las siguientes fincas filiales del partido de San José, matrículas de Folio Real números: 26895-F-000, 26896-F-000, 26897-26896-F-000, 26898-26896-F-000, 26899-26896-F-000, 26900-26896-F-000, 26901-F-000, 26902-F-000, 26903-F-000, 26904-F-000, 26905-F-000, 26906-F-000.

• Pisos cinco y seis del edificio C de la tercera etapa, correspondiente a las fincas filiales del partido de San José, matrículas de Folio Real números: 027142-F-000, 027143-F-000, 027144-F-000, 027145-F-000, 027146-F-000, 027147-F-000, 027148-F-00, 027149-F-000, 027150-F-000, 027151-F-000, 027152-F-000 y 027153-F-000.

• Los edificios A y B de la cuarta etapa, inmuebles que se encuentran ubicados en la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real Nº 24085-F-000.

• Los edificios A, B y C de la quinta etapa, los cuales se ubican en la finca del partido de San José, matrícula de Folio Real Nº 24086-F-000.

• Piso tres del edificio C de la primera etapa, correspondiente a las fincas filiales del partido de San José, matrículas de Folio Real números: 24174-F-000, 24175-F-000, 24176-F-000, 24177-F-000, 24178-F-24177-F-000, 24179-F-24177-F-000, y 24180-F-000.

del partido de San José, matrículas de Folio Real números: 25497-F-000, 25498-F-000, 25499-F-000, 25500-F-000, 25501-F-000, 25502-25501-F-000, 39206-25501-F-000, 39207-25501-F-000, 39208-25501-F-000, 39209-F-000, 39210-F-000 y 39211-F-000.

• Pisos uno, dos y tres del edificio C de la segunda etapa, correspondientes a las fincas filiales del partido de San José, matrículas de Folio Real números: 25491-F-000, 25492-F-000, 25493-F-000, 25494-F-000, 25495-F-000, 25496-F-000, 25503-F-000, 25504-25503-F-000, 25505-25503-F-000, 25506-25503-F-000, 25507-25503-F-000, 25508-F-000, 39212-F-000, 39213-F-000, 39214-F-000, 39215-F-000, 39216-F-000 y 39217-F-000.

• Pisos dos y tres del edificio D de la primera etapa, correspondiente a las fincas filiales del partido de San José, matrículas de Folio Real números: 24199-F-000, 24200-F-000, 24201-F-000, 24202-F-000, 24203-24202-F-000, 24204-24202-F-000, 24205-24202-F-000, 24206-24202-F-000, 24207-F-000, 24208-F-000, 24209-F-000, 24210-F-000, 24211-F-000, 24212-F-000.”

Artículo segundo.—En todo lo demás se mantiene lo establecido en el Acuerdo Ejecutivo Nº 403-99 de fecha 15 de noviembre de 1999, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 243 del 15 de diciembre de 1999, y sus reformas.

Artículo tercero.—La empresa deberá suscribir con PROCOMER un adéndum al Contrato de Operaciones.

Artículo cuarto.—Rige a partir de su comunicación.

Comuníquese y publíquese.—LINETH SABORÍO CHAVERRI.— La Ministra de Comercio Exterior a. í., Doris Osterlof Obregón.—1 vez.— (408).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad del Área Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Mejoras y Mantenimiento del Liceo de Puriscal, por medio de su representante: Minor Giovanni De La Solís Salas, cédula Nº 01-0560-0522, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Área Legal y de Registro.—San José, 23 de noviembre del 2005.—Área Legal y de Registro.—Lic. Donald Picado Angulo, Jefe.—1 vez.—(628).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Nº 318-2005.—El señor Cecil Alfaro Bravo, cédula 1-687-521, en calidad de Representante Legal de la compañía Plantas y Flores Ornamentales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Preservante, de nombre comercial Chrysal BVB SL, compuesto a base de Bencil Adenina-Giberelinas. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa, Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(082).

Nº 319-2005.—El señor Cecil Alfaro Bravo, cédula 1-687-521, en calidad de Representante Legal de la compañía Plantas y Flores Ornamentales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Preservante de nombre comercial Chrysal AVB, compuesto a base de Nitrato de plata. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(083).

Nº 320-2005.—El señor Cecil Alfaro Bravo, cédula 1-687-521, en calidad de Representante Legal de la compañía Plantas y Flores Ornamentales S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José solicita inscripción del Preservante de nombre comercial Chrysal

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establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario Del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(084).

Nº 334-2005.—La señora María Del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-986-566, en calidad de Representante Legal de la compañía María del Milagro Chaves Desanti, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial Agrocote 38-0-0 compuesto a base de Nitrógeno-Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa, Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(098).

Nº 335-2005.—La señora María del Milagro Chaves Desanti, cédula 1-986-566, en calidad de Representante Legal de la compañía María del Milagro Chaves Desanti, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fertilizante de nombre comercial POLY -S 38-0-0 compuesto a base de Nitrógeno-Azufre. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, 9 de diciembre del 2005.—Ing. Aura Jiménez Ramírez, Jefa Programa Registro Agroquímicos.—Gerencia Insumos Agrícolas.—(099).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIVISIÓN DE CONTROL DE CALIDAD Y MACROEVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

REPOSICIÓN DE TÍTULO EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Supervisión se ha presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en la Modalidad Comercial, Especialidad de Secretariado, inscrito en el Tomo 1, Folio 30, Asiento Nº 6 y del Diploma de Técnico Medio en Secretaria, inscrito en el Tomo 1, Folio 26, Título 726, ambos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de San Sebastián, en el año mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Damassio Solano Yamileth. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y por corrección del apellido, cuyo nombre y apellidos correctos son: Yamileth Damazio Solano. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 20 de diciembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(69).

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 21, Título N° 48, emitido por el Colegio Profesional Administrativo San Marcos, en el año dos mil dos, a nombre de Montenegro Quesada Ricardo. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 5 de diciembre del 2005.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(076).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Subdirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 43 y título Nº 511, emitido por el Liceo Santa Cruz, en el año mil novecientos noventa y cuatro, a nombre de Ema Xiomara Briceño Viales. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—16 de diciembre del 2005.—Departamento de Pruebas Nacionales.—Lic. Marvin Loría Masís, Subdirector.—(138).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 48, título Nº 472, emitido por el Colegio Nocturno de Limón, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Watson Banton Dinia. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinte de diciembre del dos mil cinco.—Lic. Félix Barrantes Ureña, Director.—(406).

REGISTRO NACIONAL

OFICINA CENTRAL DE MARCAS DE GANADO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Nº 106.542.—Chaves Quirós María Roxini, cédula de identidad Nº 3-252-403, mayor, casada una vez, maestra, con domicilio en Cartago, Paraíso, Cachí, Urbanización Las Rosas, casa Nº 21, solicita el registro de:

A A G 4

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6314.—San José, 4 de noviembre del 2005.—Nº 75146.—(103538).

Nº 106.583.—Lara Rivera Jenilee, cédula de identidad Nº 5-345-949, mayor, soltera, estudiante universitaria, con domicilio en Guanacaste, Liberia, Barrio La Victoria, solicita el registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6318.—San José, 7 de octubre del 2005.—Nº 75175.—(103539).

Nº 106.476.—Rojas García Luz Mery, cédula de identidad número 2-534-400, mayor, divorciada, ama de casa, con domicilio en Alajuela, San Carlos, Pocosol, solicita el registro de:

A M L 7

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 5792—San José, 30 de agosto del 2005.—Nº 75183.—(103540).

Nº 106.548.—Pitty Salazar Martha Elena, cédula de identidad número 6-0260-0147, mayor, casada una vez, comerciante, con domicilio en Puerto Viejo de Sarapiquí, Heredia, solicita el registro de:

A G P 1

como marca de ganado que usará preferentemente en Horquetas de Sarapiquí, Heredia. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6744.—San José, 1º de noviembre del 2005.—Nº 75214.—(103541).

Nº 106.677.—Durán Sánchez Wilbert, cédula de identidad número 5-280-330, mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio en Guanacaste, Bagaces, Barrio San Antonio, solicita el registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6364.— San José, 3 de noviembre del 2005.—Nº 75216.—(103542).

Nº 64.052.—Porras Briceño Gelver, cédula de identidad Nº 5-145-1364, mayor, casado una vez, chofer, con domicilio en Guanacaste, Cañas, Barrio El Castillo, solicita el registro de: R11, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 5720.—San José, 27 de mayo del 2005.—Nº 75217.—(103543).

Nº 100.835.—Jorge Eduardo Morales Picado, cédula de identidad Nº 5-205-278, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Montenegro, Bagaces, Guanacaste, solicita el registro de: 4 G 4, como marca de ganado

(5)

a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 29 de enero del 2003.—Nº 75218.—(103544).

Nº 97.948.—Ricardo Chaves López, cédula de identidad Nº 5-184-118, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Nuevo Guatemala, Cañas, Guanacaste, solicita el registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Cañas, Guanacaste. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto.—San José, 12 de febrero del 2002.—Nº 75219.—(103545).

Nº 15.866.—Leonel Mata Quesada, cédula de identidad Nº 1-656-754, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Río Nuevo de Pérez Zeledón, San José, solicita el registro de: P 3 7, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6945.—San José, 25 de noviembre del 2005.—Nº 75285.—(103546).

Nº 106.713.—Autotransportes Jocekadi Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-309683, domiciliada en Guanacaste, Tilarán, representada por José Luis Villalobos Corrales, cédula de identidad número 4-095-329, actuando como apoderado generalísimo sin límite de suma, con domicilio en Guanacaste, Tilarán, costado este de la gasolinera, solicita el registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Tronadora. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6377.—San José, 24 de octubre del 2005.—Nº 75287.—(103547).

Nº 102.582.—Méndez Chacón Maynor Luis, cédula Nº 2-463-921, mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio en Venecia de San Carlos, Alajuela, solicita el registro de:

9 M M

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 22 de octubre del 2003.—Nº 75363.—(103904).

Nº 106.698.—Mora Rojas Armando Rafael, cédula Nº 1-891-701, mayor, casado una vez, constructor, con domicilio en San José, Pérez Zeledón, frente a la iglesia católica, Matasanos, Páramo, solicita el registro de:

A R M 1

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. Nº 6467.—San José, 2 de noviembre del 2005.—Nº 75392.—(103905).

Nº 15.869.—Guido Pérez Hidalgo, cédula Nº 2-450-116, mayor, soltero, agricultor, con domicilio en El Alto de Monterrey, San Carlos, Alajuela, solicita el registro de: 2 3 E, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. Nº 6909.—San José, 21 de noviembre del 2005.—Nº 75453.—(103906).

Nº 106.895.—Rupher Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-308652, domiciliada en Heredia, avenida 2, calles 8-10, representada por Humberto Ruphuy Mora, cédula de identidad Nº 6-042-094, actuando como apoderado generalísimo sin límite de suma, con domicilio en Heredia, avenida 8, calles 8 y 10, 175 metros este de la escuela Rafael Moya, solicita el registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en Puntarenas, Osa, Caserío barrio Lourdes. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. Nº 6442.—San José, 6 de diciembre del 2005.—(103943).

088-300, mayor, soltero, agricultor, con domicilio en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Potrero. Solicita el Registro de:

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6403.—San José, seis de diciembre del dos mil cinco.—Nº 75621.—(104058).

Nº 106.403.—Rivera Aragón Abraham, cédula Res. Nº 270-168256-097729, mayor, soltero, agricultor, con domicilio en Guanacaste, La Cruz, Las Vueltas. Solicita el Registro de:

A N B 9

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6218.—San José, 25 de agosto del dos mil cinco.—Nº 75622.—(104059).

Nº 60.007.—Jiménez Rojas Edgar, cédula Nº 03-0209-0544, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Cartago, Turrialba, La Suiza, Pacayitas, 700 metros este del cementerio. Solicita el Registro de:

N 8 E

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6805.—San José, 8 de noviembre del 2005.—Nº 75624.—(104060).

Nº 50.611.—Fonseca Abarca Carlos, cédula número uno-cuatrocientos treinta y seis-setecientos cincuenta y nueve, mayor, casado una vez, ganadero, con domicilio en San José, Pérez Zeledón, Pacuarito cincuenta metros al sur del salón comunal. Solicita el Registro de: F T 9, como marca de ganado que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón Centro. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6349.—San José, 2 de noviembre del 2005.—Nº 75639.—(104061).

Nº 106.904.—Alejandro Eras Miranda, cédula Nº 5-202-170, mayor, divorciado, comerciante, con domicilio en Guanacaste, La Cruz centro, solicita el registro de:

A E M 1

como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. Nº 6792.—San José, 4 de noviembre del 2005.—Nº 75652.—(104249).

Nº 45.249.—Vargas Vargas Antonio, cédula Nº 1-258-580, mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Puntarenas, Uvita de Osa, 500 metros al este de Ebais, solicita el registro de: 3 V Y como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General. Se cita a terceros con derechos a oponerse para hacerlos valer ante esta Oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6360.—San José, 17 de noviembre del 2005.—Nº 75800.—(104392).

Nº 70.212.—Juan Miguel López Narváez, cédula Nº 5-219-327, mayor, soltero en unión libre, agricultor, con domicilio en Valle La Estrella, Limón, solicita el registro de: 7 N K, como marca de ganado que usará preferentemente en su vecindario. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 6935.—San José, 23 de noviembre del 2005.—Nº 75884.—(104645).

(6)

mayor, casado una vez, agricultor, con domicilio en Cartago, San Joaquín, Corralillo de la iglesia católica 200 metros suroeste, solicita el registro de:

A X C 5

como marca de ganado que usará preferentemente en Cartago, Turrialba, La Suiza. Se cita a terceros con derechos a oponerse, para hacerlos valer ante esta oficina, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la primera publicación de este edicto. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto, rige un plazo de 15 días para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Reg. 5697.—San José, 1º de setiembre del 2005.—Nº 75887.—(104646).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Société des Produits Nestlé S. A., de Suiza, solicita la inscripción de: DECAF, como marca de fábrica, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: café, extractos de café y bebidas a partir de café, sucedáneos del café y extractos de sucedáneos de café, té, extractos de té y bebidas a partir de té, cacao, preparaciones y bebidas de cacao, productos de confitería, chocolate, bebidas a partir de chocolate, productos de panadería, pastelería, crema inglesa, budines, arroz, preparaciones de harina y de cereales, cereales para el desayuno, helados comestibles. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de julio del 2005, según expediente Nº 2005-0005333. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 15 de julio del 2005.—Nº 74721.—(102731).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Jones Investment Co., Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: JONES NEW YORK, como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: aparatos e instrumentos ópticos para hombre y mujeres incluyendo lentes de sol oftálmicos de calidad de prescripción. Reservas: no se reclama el uso exclusivo de los términos “NEW YORK”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de octubre del 2004, según expediente Nº 2004-0007409. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 25 de agosto del 2005.—Nº 74722.—(102732).

Ricardo Hernández Naranjo, cédula Nº 1-601-321, mayor, casado una vez, asesor agrícola, en concepto de apoderado generalísimo de Beneficio La Candelilla de Tarrazú Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-202724, de Costa Rica, solicita la inscripción de:

como marca de comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir: café. Reservas: de los colores verde, verde olivo y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de julio del 2005, según expediente Nº 2005-0005330. De conformidad con el artículo 15 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 4 de octubre del 2005.— Nº 74739.—(102733).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Warner-Lambert Company LLC, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SINUCARE, como marca de fábrica, en clase 7 internacional, para proteger y distinguir: vaporizadores (máquinas) no incluidas en otras clases y partes, y accesorios de vaporizadores no incluidas en otras clases. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de julio del 2005, según expediente Nº 2005-0005654. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 29 de julio del 2005.—Nº 74785.—(102734).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Warner-Lambert Company LLC, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SINUVAP, como marca de fábrica, en clase 7 internacional, para proteger y distinguir: vaporizadores (máquinas) no incluidas en otras clases y partes, y accesorios de vaporizadores no incluidas en otras clases. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de

según expediente Nº 2005-0005658. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 29 de julio del 2005.—Nº 74786.—(102735).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Daimlerchrysler Corporation, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DODGE NITRO, como marca de fábrica, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir: vehículos de motor y partes para los mismos no incluidos en otras clases. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de abril del 2005, según expediente Nº 2005-0002878. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 22 de abril del 2005.—Nº 74787.—(102736).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Wilton Industries Inc, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COPCO, como marca de fábrica, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir: dispositivos y/o artefactos de cocina, a saber, tazas de medir y cucharas para medir. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2005, según expediente Nº 2005-0002725. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 19 de abril del 2005.—Nº 74788.—(102737).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Solvay Pharmaceuticals B.V., de Holanda, solicita la inscripción de: DUPHASTON, como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones y sustancias farmacéuticas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de abril del 2005, según expediente Nº 2005-0002472. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 7 de abril del 2005.—Nº 74789.—(102738).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Seven For All Mankind LLC, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: 7 FOR ALL MANKIND, como marca de fábrica, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: vestidos, calzados, sombrería. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2005, según expediente Nº 2005-0004062. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 2 de junio del 2005.—Nº 74790.—(102739).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Seven For All Mankind LLC, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SEVEN FOR ALL MANKIND, como marca de fábrica, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: vestidos, calzados, sombrería. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2005, según expediente Nº 2005-0004061. De conformidad con el artículo 85 de la Ley 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 2 de junio del 2005.—Nº 74791.—(102740).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Seven For All Mankind LLC, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SEVEN FOR ALL MANKIND, como marca de fábrica, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: vestidos, calzados, sombrerería. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2005, según expediente Nº 2005-0004060. De conformidad con el artículo 85 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 2 de junio del 2005.—Nº 74792.—(102741).

(7)

divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de AstraZeneca AB, de Suecia, solicita la inscripción de: ENVELTRA, como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de desórdenes y enfermedades gastrointestinales. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de enero del 2005, según expediente Nº 2005-0000022. De conformidad con el artículo 85 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 17 de agosto del 2005.— Nº 74793.—(102742).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de L’Oreal, de Francia, solicita la inscripción de: SHINY-LICIOUS, como marca de fábrica, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir: productos cosméticos y preparaciones de maquillaje. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2005, según expediente Nº 2005-0002723. De conformidad con el artículo 85 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 26 de agosto del 2005.—Nº 74794.—(102743).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Wilton Industries Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COPCO, como marca de fábrica, en clase 21 internacional, para proteger y distinguir: caserolas, tazones, cazuelas, platos para gratinar, sartenes, cafeteras no eléctricas, picheles, platos para servir, trípodes y calentadores de platos de planchas moldeadas, esmaltadas, de porcelana, teteras que no sean de metales preciosos, tazas de cerámica para sopas, tazas para café expreso, jarras para café, jarras para café capuchino, jarras para viajeros, jarras garrafas, botellas vendidas vacías, envases no eléctricos con mecanismo de bomba para servir líquidos, azucareras y cremeras, frascos para el café, saleros y pimenteros, agarraderos para utensilios en la naturaleza de volteadores, de cucharas para cocinar y para servir, de cucharones, de tenedores para cocinar, para servir y para barbacoa, de servidores para pasta, de servidores para pastel, de rebanadores para quesos, de majadores para papas, de descremadores, de peladores, de vaciadores, de abridores de botellas y de tarros, de cortadores de pizza, de sacacorchos, de cuchillos para sándwiches, de cucharones para helados, de prensas para ajos, de tazas para medir, de cucharas para medir de ralladores, de cortadores de manzana, de despepitadores para manzanas, de batidores y de tenazas para barbacoa, de coladores, de cucharas para helados, de un utensilio estilo mazo de madera o de metal utilizado para romper la fibra de la carne (majadores de carne), de brochas para pastelería, para embastar y para parrillas, bases en forma de árbol para jarras, servicios para especias, bases para toallas de papel, servilleteros, cajas de pan, cajas para recetas, basureros, conjuntos de tazones consistentes de tazones plásticos con tapas para los mismos, conjuntos de portavasos consistentes en portavasos y agarraderas para los mismos, conjuntos para cocinar fondue consistentes primordialmente de una olla, la base, el sostenedor para el combustible, tenedores, tazones condimentadores y base para la candela, coladores para uso doméstico, mezcladores de ensaladas, contenedores plásticos esféricos para guardar lechuga, trípodes, tornamesas en la naturaleza de lady susans, utensilios para servir, a saber, servidores de pastel, volteadores de omelets, servidores de pasta, tenazas para ensalada, descremadores, majadores de papas, prensas para ajos, dispositivos y/o artefactos para cocina, a saber, abrelatas y abretarros, cucharas para los helados, prensas para ajos, ralladores, batidores, tenazas para servir, brochas para pastelería, para embastar y para parrillas, artículos de bar, a saber, hieleras, vineras, cocteleras, agitadores, vasos para tragos, sacacorchos, tirabuzones, tablas de cortar para el bar, boquillas para botellas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2005, según expediente Nº 2005-0002728. De conformidad con el artículo 85 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 19 de abril del 2005.—Nº 74703.—(102744).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Hisamitsu Pharmaceutical Co., Inc., de Japón, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir: emplastos medicados, parches medicados, cataplasmas medicados, bizmas medicados, geles medicados, cremas medicadas, lociones medicadas, aerosoles medicados, rocíos medicados, linimentos medicados, ungüentos medicados, almohadillas medicadas, analgésicos antinflamatorios farmacéuticos transdérmicos, preparaciones veterinarias, preparaciones sanitarias para propósitos médicos, sustancias dietéticas adaptadas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, materiales para apósitos, materiales para empastar los dientes, ceras dentales, desinfectantes, preparaciones para destruir los animales dañinos, fungicidas, herbicidas. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados

de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2004, según expediente Nº 2004-0009250. De conformidad con el artículo 15 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 25 de agosto del 2005.— Nº 74704.—(102745).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de The Cartoon Network LP, LLLP, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VENTURE BROS., como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir: servicios de educación, servicios de entretenimiento, particularmente programación de televisión, servicios de entretenimiento e información en línea, servicios de entretenimiento por radio y por televisión, servicios de producción, reproducción, proyección y alquiler de películas cinematográficas y de videos, servicios de producción y reproducción de grabaciones de audio y de video en transportadores de diferente clase de audio y/o video, en especial en cintas, casetes, disquetes y discos de video y de audio, servicios de proyección y alquiler de estos transportadores de video y/o audio, servicios de producción y disposición de programas de radio y de televisión, servicios de información relativos a entretenimiento o educación suministrados en línea de una base de datos de computadoras de la Internet, servicios de proveer publicaciones electrónicas en línea (no descargables) de educación y entretenimiento. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del 2005, según expediente Nº 2005-0003503. De conformidad con el artículo 85 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 12 de mayo del 2005.—Nº 74705.—(102746).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de The Cartoon Network LP, LLLP, de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: STROKER & HOOP, como marca de fábrica, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir: ropa para hombres, mujeres y niños, a saber, camisas, camisetas, camisas sudaderas, trajes para correr, pantalones de vestir, pantalones, pantalones cortos, blusas sin tirantes estilo “tank tops”, ropa para la lluvia, baberos de tela para bebés, faldas, blusas, vestidos, tirantes, suéteres, chaquetas, abrigos, gabardinas, trajes para la nieve, corbatas, batas, sombreros, gorras, viseras para el sol, fajas, bufandas, ropa para dormir, pijamas, ropa interior para mujeres, ropa interior, pantuflas, medias pantuflas, ropa para nadar, disfraces y máscaras de halloween y máscaras vendidas en conjunto con los mismos. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1º de diciembre del 2004, según expediente Nº 2004-0008956. De conformidad con el artículo 85 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 14 de setiembre del 2005.—Nº 74706.—(102747).

Víctor Vargas Valenzuela, cédula de identidad Nº 1-335-794, mayor, divorciado, abogado, en concepto de apoderado especial de Wilton Industries Inc., de Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COPCO, como marca de fábrica, en clase 8 internacional, para proteger y distinguir: utensilios para servir, a saber, cuchillos para sándwiches, utensilios de cocina no incluidos en otras clases a saber, cortadores de queso, peladores no eléctricos de frutas y verduras, cortadores de pizza, cuchillos para mondadura, rebanadores de manzanas no eléctricos y despepitadores de manzanas, cucharones para salsas, cucharas ranuradas para servir, cucharas para servir, cucharas para cocinar, tenedores para cocinar y para servir, espátulas para servir, tenazas para ensalada, espátulas para el wok (olla china), espátula dentada para servir y tenedores dentados para ollas, tenedores para la barbacoa, tenazas para la barbacoa, cucharas para heladas, utensilio estilo mazo de madera o de metal utilizado para romper la fibra de la carne, tenazas para servir. Reservas: no tiene reservas. Se cita a terceros e interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril del 2005, según expediente Nº 2005-0002726. De conformidad con el artículo 85 de la Ley Nº 7978, una vez notificado el presente edicto rige un plazo contado a partir del día hábil siguiente, de seis meses para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. En caso contrario se tendrá por abandonada la solicitud caducando el derecho y archivándose la solicitud.—San José, 19 de setiembre del 2005.—Nº 74707.—(102748).

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