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TEMARIO AUXILIAR SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID ED

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TEMARIO AUXILIAR SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID ED.2022 2

TEMARIO PERSONAL AUXILIAR DE SERVICIOS COMUNIDAD DE MADRID 1.248 plazas

ED. 2022 EDITORIAL ENA

ISBN: 978-84-120249-7-5

DOCUMENTACIÓN PARA OPOSICIONES DEPÓSITO LEGAL

SEGÚN REAL DECRETO 635/2015

PROHIBIDO SU REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL SIN PERMISO DE EDITORIAL ENA

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TEMARIO AUXILIAR SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID ED.2022 3

INTRODUCCIÓN:

Vamos a desarrollar en este libro-temario los 5 temas solicitados para el estudio de las oposiciones convocadas por la Comunidad de Madrid, para cubrir 1.122 plazas de personal Auxiliar de Servicios, publicadas el 13-10-2021, Y AMPLIADAS A 1.248 PLAZAS EL 06/06/22:

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS DEL PROCESO EXTRAORDINARIO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL PERSONAL LABORAL PARA EL ACCESO A PLAZAS DE LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE PERSONAL AUXILIAR DE SERVICIOS

(GRUPO V, NIVEL 1, ÁREA B) DE LA COMUNIDAD DE MADRID

1. La limpieza y desinfección en centros públicos de la Comunidad de Madrid. Tareas de limpieza de patios, jardines, viales, maquinaria, vehículos y cubos de basura. Conocimientos básicos sobre la utilización de productos y utensilios, carga, descarga, transporte, empaquetado, ordenación de materiales y traslado de mercancías.

2. Servicio de lavandería y selección de ropa sucia. Clasificación de los diferentes tipos de ropa, previa al proceso de lavado. Simbología del etiquetado de las prendas. Métodos y técnicas de lavado. Conocimiento y uso de productos específicos para el lavado, desinfección y cuidado de la ropa. Operaciones de secado de la ropa.

Selección de ropa limpia. Marcaje de ropa. Planchado: temperatura para los distintos tejidos y planchado manual.

El doblaje de la ropa.

3. Higiene, tratamiento y manipulación de alimentos. Prevención de las enfermedades alimentarias. Lavado y pelado de los alimentos. Cortes básicos. Enumeración de los cortes y su relación con el alimento y el método de cocinado.

4. Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral en el desarrollo de las funciones propias de la categoría.

Especial referencia a: manejo de productos peligrosos, retirada y traslado de residuos biosanitarios y citotóxicos, químicos y tóxicos. Higiene postural. Riesgos de caídas.

5. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

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TEMARIO AUXILIAR SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID ED.2022 4

ÍNDICE:

INTRODUCCIÓN: ... 3 ÍNDICE: ... 4 1. LA LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN EN CENTROS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID. TAREAS DE LIMPIEZA DE PATIOS, JARDINES, VIALES, MAQUINARIA, VEHÍCULOS Y CUBOS DE BASURA. CONOCIMIENTOS BÁSICOS SOBRE LA UTILIZACIÓN DE PRODUCTOS Y UTENSILIOS, CARGA, DESCARGA, TRANSPORTE, EMPAQUETADO, ORDENACIÓN DE MATERIALES Y

TRASLADO DE MERCANCÍAS. ... 5 2. SERVICIO DE LAVANDERÍA Y SELECCIÓN DE ROPA SUCIA. CLASIFICACIÓN DE LOS DIFERENTES TIPOS DE ROPA, PREVIA AL PROCESO DE LAVADO. SIMBOLOGÍA DEL ETIQUETADO DE LAS PRENDAS. MÉTODOS Y TÉCNICAS DE LAVADO.

CONOCIMIENTO Y USO DE PRODUCTOS ESPECÍFICOS PARA EL LAVADO, DESINFECCIÓN Y CUIDADO DE LA ROPA.

OPERACIONES DE SECADO DE LA ROPA. SELECCIÓN DE ROPA LIMPIA. MARCAJE DE ROPA. PLANCHADO: TEMPERATURA PARA LOS DISTINTOS TEJIDOS Y PLANCHADO MANUAL. EL DOBLAJE DE LA ROPA. ... 161 3. HIGIENE, TRATAMIENTO Y MANIPULACIÓN DE ALIMENTOS. PREVENCIÓN DE LAS ENFERMEDADES ALIMENTARIAS.

LAVADO Y PELADO DE LOS ALIMENTOS. CORTES BÁSICOS. ENUMERACIÓN DE LOS CORTES Y SU RELACIÓN CON EL

ALIMENTO Y EL MÉTODO DE COCINADO. ... 225 4. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y SALUD LABORAL EN EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES PROPIAS DE LA CATEGORÍA. ESPECIAL REFERENCIA A: MANEJO DE PRODUCTOS PELIGROSOS, RETIRADA Y TRASLADO DE RESIDUOS BIOSANITARIOS Y CITOTÓXICOS, QUÍMICOS Y TÓXICOS. HIGIENE POSTURAL. RIESGOS DE CAÍDAS. ... 281 5. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES. LA TUTELA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN. EL MARCO

NORMATIVO PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE GÉNERO Y PARA LA PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO, LA LGTBIFOBIA Y LA DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE ORIENTACIÓN E IDENTIDAD SEXUAL.

ESPECIAL REFERENCIA A LA COMUNIDAD DE MADRID. ... 365

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TEMARIO AUXILIAR SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID ED.2022 5

1. La limpieza y desinfección en centros públicos de la Comunidad de Madrid. Tareas de limpieza de patios, jardines, viales, maquinaria, vehículos y cubos de basura.

Conocimientos básicos sobre la utilización de productos y utensilios, carga, descarga, transporte, empaquetado, ordenación de materiales y traslado de mercancías.

En este tema podemos distinguir varios apartados:

En primer lugar veremos el tema que hace referencia a la limpieza y desinfección de los Centros Públicos en general.

Después veremos las maquinarias, vehículos y cubos de basura para la limpieza de viales. A continuación, estudiaremos las normativas que hay en vigor y disponibles sobre estos temas en Madrid y por último todo lo referente a los materiales: carga, descarga, ordenación y traslado.

Cuando nuestra función es la de la limpieza en Edificios Públicos, está claro que se pueden abarcar diferentes clases de edificios que integran el organismo público para el que trabajamos. Normalmente en la limpieza de un Ayuntamiento podemos encontrarnos con la limpieza muy variada como:

Oficinas Ambulatorios

Bibliotecas Instalaciones Deportivas

Mercados Colegios Albergues Cines y Teatros

Etc.

Como podemos observar, cualquier edificio llamado público, es de una gran afluencia de gente, que entra y sale del edificio o de las instalaciones, por lo que el término limpieza y desinfección, debemos aplicarlo muy bien.

Hay organismos públicos que contratan empresas de limpieza para realizar todas estas funciones, estableciéndoles un protocolo para cada uso. Este no es el caso, ya que es el propio ayuntamiento el que contrata a personal laboral.

En los Ayuntamientos, suele existir un protocolo de limpieza para cada clase de edificio. Estos protocolos son internos y exclusivos para usarlos el personal de limpieza de ese organismo, pero vamos a ver los puntos más característicos de la limpieza en lugares públicos, para lo cual hemos realizado una recopilación de protocolos de limpieza de diferentes organismos públicos.

PERIODICIDAD DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA EN EDIFICIOS PUBLICOS:

DIARIAMENTE:

 Barrido de suelos y barrido húmedo con mopa y productos abrillantadores y adherentes al polvo.

 Ventilación de todas las dependencias, abriendo puertas y ventas.

 Limpieza de las entradas principales al edificio: escaleras, pasillos, recibidores, etc.

 Limpieza y conservación de suelos que necesiten tratamientos especiales, como puede ser:

la madera o el parque, moquetas, PVC, cerámicos, etc.

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TEMARIO AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID 1.248LAZAS ED. 2022 161

2. Servicio de lavandería y selección de ropa sucia. Clasificación de los diferentes tipos de ropa, previa al proceso de lavado. Simbología del etiquetado de las prendas. Métodos y técnicas de lavado. Conocimiento y uso de productos específicos para el lavado,

desinfección y cuidado de la ropa. Operaciones de secado de la ropa. Selección de ropa limpia. Marcaje de ropa. Planchado: temperatura para los distintos tejidos y planchado manual. El doblaje de la ropa.

En primer lugar, vamos a hacer una breve explicación de lo que son los Servicios Generales de un Centro Asistencial.

Lo llamado “Servicios Generales” es una definición muy usada en nuestra gestión sanitaria pública, en la cual se refiere a un conjunto de servicios que se prestan en los hospitales y dan soporte a la

actividad básica asistencial. Aquí se incluyen los servicios de:

- Mantenimiento de las instalaciones: fontanería, electricidad, gas, agua, gases medicinales, climatización, etc.

- La realización de obras: reparaciones y reformas en edificios antiguos.

- La alimentación de los pacientes, que abarca desde la compra de los víveres hasta la entrega de la comida.

- El mantenimiento de los equipos electro médicos, como son los equipos de radiología, respiradores, de cirugía laparoscópica, endoscopios, ecógrafos, anestesia, etc.

- La seguridad del hospital

- La Hostelería Hospitalaria: donde incluimos el equipo de lavandería, lencería y planchado, tanto de ropa hospitalaria como de los equipos de trabajo.

- El mobiliario y decoración del hospital.

- El mortuorio.

- Zona de cafetería y tiendas del hospital

- La zona de esterilización: se encarga de desinfectar los equipos y el instrumental usado en los quirófanos

- La gestión ambiental: zona donde se gestionan los residuos hospitalarios para poder reducir el impacto del hospital en el medio ambiente.

- La prevención de los riesgos laborales de todo el personal que trabaja en el hospital.

Entre todos estos Servicios Generales hemos visto la Hostelería Hospitalaria. Dentro de este servicio encontramos:

 La alimentación de los pacientes, usuarios autorizados y profesionales del hospital.

 La ropa hospitalaria (el textil sanitario): la lavandería y la lencería.

 La limpieza.

 Otros servicios varios de apoyo a pacientes y familiares: confort, celadores, peluqueros, seguridad, esterilización, desinfección, cafeterías, tiendas o mortuorio.

ÁREAS ORGANIZATIVAS DEL SERVICIO DE LAVANDERIA Y PLANCHADO

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TEMARIO AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID 1.248LAZAS ED. 2022 225

3. Higiene, tratamiento y manipulación de alimentos. Prevención de las enfermedades alimentarias. Lavado y pelado de los alimentos. Cortes básicos. Enumeración de los cortes y su relación con el alimento y el método de cocinado.

NORMAS DE HIGINE PARA LA ELABORACION Y DISTRIBUCION DE COMIDAS PREPARADAS: Condiciones de los establecimientos, gestión de riesgos y sistemas de autoprotección APPCC.

Para estudiar este apartado haremos uso al estudio del Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. El presente Real Decreto tiene por objeto definir y establecer las normas de higiene de elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación, venta, suministro y servicio de comidas preparadas. Las normas que se establecen serán de aplicación, asimismo, a los productos importados de países terceros.

2. Este Real Decreto es aplicable a todas aquellas empresas de carácter público o privado, social o comercial, permanentes o temporales que lleven a cabo cualquiera de las siguientes actividades: elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación, venta –directa al consumidor, con o sin reparto a domicilio, en máquinas expendedoras o a terceros–, suministro, servicio e importación de comidas preparadas.

Todo ello sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 1904/1993, de 29 de octubre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción y comercialización de productos cárnicos y de otros determinados productos de origen animal.

3. Las exigencias de este Real Decreto no serán obstáculo para la libre circulación de los productos fabricados y, en su caso, comercializados en los restantes Estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo del Espacio Económico Europeo, conforme a la normativa vigente en estos Estados, sin perjuicio de las actuaciones que, al amparo del artículo 30 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, las autoridades competentes eventualmente pudieran considerar necesarias para proteger la salud o los legítimos intereses de los

consumidores, así como la lealtad de las transacciones comerciales.

Artículo 2. Definiciones.

1. Comida preparada: elaboración culinaria resultado de la preparación en crudo o del cocinado o del precocinado, de uno o varios productos alimenticios de origen animal o vegetal, con o sin la adición de otras sustancias autorizadas y, en su caso, condimentada. Podrá presentarse envasada o no y dispuesta para su consumo, bien directamente, o bien tras un calentamiento o tratamiento culinario adicional.

2. Comida preparada con tratamiento térmico: aquella comida preparada que durante su elaboración ha sido sometida en su conjunto a un proceso térmico (aumento de temperatura), tal que pueda ser consumida directamente o con un ligero calentamiento.

3. Establecimiento: industria, local o instalación permanente o temporal donde se elaboran, manipulan, envasan, almacenan, suministran, sirven o venden comidas preparadas, con o sin servicio en el mismo, para su consumo.

4. Colectividad: conjunto de consumidores con unas características similares que demandan un servicio de comidas preparadas, tales como escuela, empresa, hospital, residencia y medio de transporte.

5. Autoridad competente: los órganos competentes de las Comunidades Autónomas y Administraciones locales respecto del mercado interior y el Ministerio de Sanidad y Consumo, en lo referente a los intercambios con países

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TEMARIO AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID 1.248LAZAS ED. 2022 281

4. Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral en el desarrollo de las funciones propias de la categoría. Especial referencia a: manejo de productos peligrosos, retirada y traslado de residuos biosanitarios y citotóxicos, químicos y tóxicos. Higiene postural.

Riesgos de caídas.

CONCEPTOS BASICOS SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:

Según la Constitución Española establece en el Capítulo 3º del Título I, los principios rectores de la política social y económica, señalando, en el artículo 40.2, que “...los poderes públicos (…) velarán por la seguridad e higiene en el trabajo...”.

Para ello se establecen las disposiciones específicas en materia de seguridad y salud en el trabajo, tanto en el Estatuto de los Trabajadores como en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y reglamentación remanente.

De la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se han de resaltar tres aspectos fundamentales:

a) La obligación explícita e inequívoca del deber de prevenir.

b) De la obligación de todas las empresas, independientemente de su tamaño, actividad, número de trabajadores, etc... del deber de hacer prevención.

c) De la existencia de responsabilidades administrativas (RDL 5/2000, LISOS), del orden de lo social (art. 96.2 de la Ley 36/2011), civiles y penales (art. 314 y 316 de la LCP) en caso de incumplimiento de dicha obligación.

CONCEPTOS BASICOS DE LA PREVENCION DE RIESGOS

Cada empleado es responsable de su actividad y de sus actos, debiendo cumplir en todo momento las reglas de seguridad.

Frente a observaciones de actos o situaciones que puedan ser inseguras y generar un daño a la salud, se debe avisar inmediatamente al superior directo.

Obligaciones del empresario

Entre las obligaciones del empresario destacamos las siguientes:

• Informar adecuadamente a los trabajadores acerca de los riesgos existentes, las medidas y actividades de prevención aplicables, y las medidas de emergencia adoptadas.

• Es obligación del empresario el proporcionar a los trabajadores los medios de protección personal adecuados al trabajo a realizar, cuando lo riesgos no se puedan evitar o limitar suficientemente, así como velar por su

utilización.

La organización de los recursos para las actividades preventivas está regulada en el CAPÍTULO III del Real Decreto 39/1997. La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de prevención se realizará por el empresario de acuerdo con algunas de las siguientes modalidades:

Asunción personal por el empresario

El empresario podrá desarrollar personalmente la actividad preventiva, con excepción de las actividades relativas a la vigilancia de la salud de los trabajadores, cuando concurran las siguientes circunstancias:

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TEMARIO AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES COMUNIDAD DE MADRID 1.248LAZAS ED. 2022 365

5. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

En este tema 5 podemos distinguir 2 partes que hay que estudiar, en principio tenemos la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, donde encontramos la primera parte de este tema:

el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. En segundo lugar tenemos el marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBI fobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual, donde describiremos las leyes que regulan estos aspectos, tanto a nivel nacional como de la Comunidad de Madrid:

Primera parte del tema 5: El principio de igualdad efectiva de mujeres y hombres y la tutela contra la discriminación sexual:

TÍTULO PRELIMINAR Objeto y ámbito de la Ley Artículo 1. Objeto de la Ley.

1. Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en

cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria.

2. A estos efectos, la Ley establece principios de actuación de los Poderes Públicos, regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como privadas, y prevé medidas destinadas a eliminar y corregir en los sectores público y privado, toda forma de discriminación por razón de sexo.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Todas las personas gozarán de los derechos derivados del principio de igualdad de trato y de la prohibición de discriminación por razón de sexo.

2. Las obligaciones establecidas en esta Ley serán de aplicación a toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia.

TÍTULO I

El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación

Artículo 3. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres.

El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.

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