Departamento: ACCIÓN SOCIAL
Nº de Expediente: 13-1558
PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS QUE REGIRA EL CONCURSO PARA ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO EL CONTRATO DE PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE GESTION DEL CENTRO DE DIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD FISICA Y/O
PSÍQUICA DEL AYUNTAMIENTO DE AMOREBIETA-ETXANO.
1. OBJETO DE CONTRATO Y CONDICIONES GENERALES
El objeto del contrato es la prestación del servicio de gestión del Centro de Día para Personas con Discapacidad Física y Psíquica del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, ubicado en el Centro Nafarroa del municipio de Amorebieta-Amorebieta-Etxano, atendiendo a la definición y objetivos siguientes:
1.1 Definición
El Centro de Día Nafarroa para Personas con discapacidad física y psíquica de Amorebieta-Etxano es un centro dirigido a la atención integral, en jornada diurna, de aquellas personas con discapacidades físicas o psíquicas, que por razones personales, sociales y familiares, así lo precisen.
1.2 Objetivo
El objetivo principal del Centro de Día es preservar y optimizar tanto el nivel de independencia personal como el de autodeterminación. Para ello identifica, despliega y evalúa programas de apoyo personal y social que dan respuesta tanto a sus necesidades de Ocupación y Dependencia como a facilitar sus deseos e intereses a través de su Desarrollo personal, su Bienestar emocional y su Participación en el entorno.
2. CARACTERÍSTICAS DE LAS PERSONAS USUARIAS
La persona usuaria del Centro de Día estará valorada por el Servicio de Valoración y Orientación del Departamento de Acción Social de la Diputación Foral de Bizkaia y con una discapacidad intelectual mayor o igual a un 33 %, que podrá estar encuadrada en diversos perfiles.
Además deberá cumplir los requisitos generales que establezca la normativa reguladora del sistema general de acceso a los servicios de atención diurna-centros de día destinados a personas con discapacidad.
Los requisitos anteriormente relacionados deberán ser cumplidos en el momento de la solicitud.
3. TARIFAS
Los servicios propios del Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, o alternativamente la Diputación Foral de Bizkaia, serán los encargados de gestionar el cobro de las tarifas, que serán aprobadas anualmente por el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano o la Diputación Foral de Bizkaia.
4. SERVICIOS A DESARROLLAR
Los servicios mínimos que la empresa adjudicataria deberá prestar en el Centro, con medios propios o concertados con otras personas, empresas o entidades, estarán recogidos en un Perfil de Apoyos Individualizado y serán los siguientes:
4.1 Cuidados Personales Básicos
Actividades necesarias para la obtención y mantenimiento del bienestar básico de la persona con discapacidad. Actividades de: aseo, higiene y arreglo personal, alimentación, medicación, apoyo en movilidad etc.
Para ello:
Habrá de contarse con un “Perfil de Apoyos Individualizado” de cada persona usuaria, referido a todos los aspectos personales básicos (nutrición, aseo, salud, vestido, evacuación esfinteriana, sueño y reposo, utilización de las ayudas técnicas, necesidades sanitarias y traslados), que oriente la intervención del o de la profesional de atención directa en su interrelación con las personas usuarias, así como los registros necesarios de dichos procesos, con una revisión mínima anual.
Se dispondrá de un sistema de registro de la actividad de atención directa tanto con el objetivo de coordinación entre los diferentes profesionales y con la familia, así como con el objetivo de la mejora continua de los perfiles de apoyo de atención directa.
Los y las profesionales de atención directa conocerán el manejo correcto de las ayudas técnicas.
Los y las profesionales de atención directa conocerán las pautas de actuación en los casos de emergencia: fuego, fuga de gases, etc.
4.2 Proceso de Gestión actividades ocupacionales
Se desarrollarán programas individualizados y/o grupales dirigidos a potenciar al máximo las capacidades de las personas usuarias en las distintas áreas de desarrollo y a garantizar su salud emocional posibilitando la realización de actividades teniendo en cuenta sus gustos y preferencias y soportados por escrito.
A través de este proceso se identificarán conjuntos de actividades orientadas hacia un fin en el marco de los grupos en los que se organiza el Centro de Día y se diseñarán talleres funcionales en el marco del Plan Anual del Centro. El proceso ocupacional tiene como doble objetivo aumentar la autoestima y desarrollar habilidades relacionadas con el trabajo.
4.3 Servicios Técnicos Especializados
Tratamientos de carácter temporal o permanente en aquellas áreas en las que la persona usuaria precise una intervención concreta desde las distintas disciplinas, tanto en tareas de intervención personal con la persona usuaria, como de coordinación de otros/as profesionales.
Para ello:
Apoyo y/o coordinación de las sesiones de Planificación Centrada en las Persona. Los o las especialistas concretas en cada caso, determinarán por escrito la necesidad o no de realizar apoyos específicos para cada persona usuaria, intensidad, frecuencia, etc. Se contará con un “Manual de Buena Práctica” en materia de problemas de conducta e intervenciones adecuadas.
Se dispondrá de un expediente actualizado por cada persona usuaria, donde se reflejen todos los aspectos médicos, familiares, personales, problemas de conducta, gustos, etc. de cada persona usuaria, así como los perfiles de apoyo individual.
4.4 Servicio Dirección y Administración
Actividades que impliquen tareas de dirección, administración y gestión del Centro. Para ello:
El servicio dispondrá de un Manual de Estilo que defienda la intimidad y privacidad de la persona usuaria.
El servicio dispondrá de un Plan de Evacuación, conforme a la normativa en vigor y se realizarán habitualmente prácticas de evacuación de los edificios.
Se articularán medidas que promuevan la relación de las familias, tanto con las propias personas usuarias, como con el Centro de Día y su participación en el mismo, estableciéndose una relación personal anual, como mínimo.
Se dispondrá de un plan estandarizado de acogida para nuevos o nuevas profesionales. Se gestionará el Proceso de Acogida de nuevas personas usuarias.
Se elaborará una propuesta de Plan Anual de Centro y se coordinará su seguimiento. Se participará en el Consejo de Centro.
Se gestionará el Sistema de Evaluación y mejora del Centro de Día (Sistema de quejas y sugerencias)
4.5 Servicio Hostelero de alimentación
El Centro ha de tener elaborada una descripción semanal de los menús.
Se han de mantener las condiciones del entorno en materia de alimentación, salud, higiene y seguridad en todas las dependencias del Centro.
4.6 Servicio de Transporte
El vehículo que se utilice para el servicio de transporte de personas usuarias contarán, en su caso, con las adaptaciones adecuadas a las dificultades de las mismas y las necesidades de seguridad.
4.7 Incidencias
La empresa adjudicataria informará al Ayuntamiento en el plazo de dos días hábiles, contados a partir de la fecha de la incidencia, las altas, bajas o ausencia de las personas atendidas. En caso de ausencia la persona deberá aportar certificado mediante el cual se justifique la misma.
5. HORARIO
El Centro permanecerá abierto 225 días al año, los días laborables de 9 horas a 17 horas, con la excepción del mes de agosto en que permanecerá cerrado.
6. PERSONAL
6.1. La empresa licitadora deberá acreditar que el personal que destine al servicio una vez obtenga la adjudicación, cumplirá el perfil adecuado para el desempeño de los diferentes puestos. En este sentido y sin perjuicio de la obligatoriedad de subrogación del personal, en los supuestos en los que sea preciso su sustitución por vacaciones, enfermedad o alguna otra causa, la empresa adjudicataria notificará al Ayuntamiento el nombre, circunstancias personales e historia profesional de las personas adscritas, a fin de que se compruebe que cumple los requisitos de capacidad establecidos en este pliego y normativa correspondiente.
6.2. En todo caso, la empresa adjudicataria deberá contratar el personal necesario para atender a sus obligaciones. Dicho personal dependerá exclusivamente de la adjudicataria por cuanto ésta tendrá derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrona y deberá cumplir las disposiciones vigentes en material laboral y de seguridad e higiene en el trabajo referidas al propio personal a su cargo, lo cual acreditará documentalmente al Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano, una vez tenga formalizado el proceso de contratación. En ningún caso podrá producirse la consolidación como personal de las Administraciones Públicas de las personas que, procedentes de las citadas empresas, realicen los trabajos que constituyen el objeto del contrato.
Entre los/as trabajadores/as contratados/as por la adjudicataria para la prestación del servicio y éste Ayuntamiento no existirá relación jurídica de ningún tipo, quedando éste último exonerado de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la relación entre la empresa adjudicataria y el personal.
La empresa adjudicataria deberá observar escrupulosamente las disposiciones laborales de Seguridad Social, Salud Laboral y Protección de Datos aplicables al personal contratado, así como la legislación vigente en materia de ratios para la prestación de servicios en Centros de Día.
La empresa adjudicataria no podrá contratar para la prestación del servicio, personal con respecto del cual los convenios laborales establezcan obligatoriedad de subrogación, sin que previamente se autorice por el órgano de contratación.
La contravención de lo preceptuado en el párrafo anterior será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de las responsabilidades y acciones a que dicha acción diera lugar.
6.3 La gestión y organización del personal adscrito al Centro de Día correrá por cuenta de la empresa adjudicataria, que presentará un informe comprensivo de los siguientes aspectos, a efectos meramente informativos:
a) Calendario laboral.
b) Horario de trabajo de todos/as los/as profesionales. c) Organización de la plantilla.
d) Previsión de incidencias. e) Formación del personal.
6.4 En el caso que debido a problemas de conducta de las personas usuarias fuera necesario personal de apoyo de mano de obra directa, se contemplará en una contratación complementaria.
6.5 Se contemplará la contratación de un o una psicóloga para apoyo en el marco de actuación ante problemas de conducta así como en el proceso de Acogida.
6.6 Para los servicios de mejora de la salud física y en su caso de la rehabilitación, se contratará los servicios de un/a fisioterapeuta.
6.7 Se garantizará que todas las personas usuarias euskaldunes, tengan como referente un/a profesional que domine y se exprese en euskera y que al menos el 50 % de la plantilla lo conozca.
6.8 Se valorará un plan de desarrollo profesional de los diferentes puestos de trabajo que conforman el equipo profesional del centro de día, en especial los y las profesionales de atención directa. Señalamos como marco de referencia las diferentes titulaciones de acceso: Atención sociosanitaria e integración social para los profesionales de atención directa.
6.9 Ratios de personal
La ratio de personal equivalente, con las que debe dotarse este servicio para su prestación será de 0,19 de atención directa y 0,20 de atención indirecta, considerando para el cálculo un indicador de 1.634 horas anuales.
Se entenderá como personal de atención directa, aquel cuya función principal es el cuidado y la atención constante de la persona usuaria. Personal de atención indirecta será aquel que realice funciones directivas, administrativas, técnicas y de servicios auxiliares. El cálculo de ratios se realizará mediante el siguiente indicador:
Nº total de horas trabajadas/1.634 horas Nº de plazas
El factor de 1.634 horas que compone este indicador es un simple referente formal, ajeno a los convenios y horarios del Centro.
La entidad adjudicataria deberá disponer del personal adecuado, en número y cualificación profesional, para realizar el servicio convenido.
No cabe incluir el voluntariado ni a estudiantes dentro del cálculo de ratios de atención. 7.- SUBROGACIÓN DEL PERSONAL
La adjudicataria habrá de subrogarse en la titularidad de las condiciones laborales de los/as trabajadores/as que se relacionan en el documento anexo remitido por el Área de Acción Social al Servicio de Contratación.
8. PRESUPUESTO DEL CONTRATO
8.1. El tipo de licitación máximo, para todos los servicios objeto del contrato, será de 382.500,- euros (trescientos ochenta y dos mil quinientos euros) más el 4 % de IVA 15.300,- euros (quince mil trescientos euros) lo que hace un total de 397.800 euros (trescientos noventa y siete mil ochocientos euros) para el primer año de vigencia del contrato. En el mismo se considerarán incluidos todos los impuestos y tributos.
Dicho tipo de licitación se establece para un número de veinticinco personas usuarias en el Centro de Día para Personas con Discapacidad Física y Psíquica que el Ayuntamiento de Amorebieta-Etxano se compromete a garantizar.
8.2. En los citados importes se entenderán expresamente incluidos los conceptos siguientes:
a) Gastos de personal.
b) Gastos hosteleros de alimentación c) Materiales para actividades e higiene.
d) Mantenimiento útiles y mobiliario del Centro e) Transporte
f) Beneficio empresarial.
Se considerarán excluidos los suministros generales, tales como electricidad, agua, saneamiento y gas natural, así como los gastos de mantenimiento y la limpieza del Centro.
La entidad adjudicataria deberá presentar factura mensual, así como los comprobantes del abono de las cuotas a la Seguridad Social del personal empleado en el servicio.
9. DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del presente contrato será de DOS (2) AÑOS, a contar desde la firma del contrato administrativo que suscriban las partes, pudiendo prorrogarse por un máximo de dos años por mutuo acuerdo entre las partes.
10. MEMORIA
La empresa adjudicataria presentará durante el primer semestre del año siguiente a la prestación del servicio, una memoria anual donde se recoja la gestión realizada según los objetivos previstos, el perfil de las personas usuarias, la metodología del trabajo, los recursos materiales y humanos, las actividades de formación y reciclaje del personal.
11.- RESPONSABILIDADES
Será responsabilidad del/a contratista todos los daños, perjuicios y accidentes de cualquier naturaleza que sean ocasionados a terceras personas por su personal, maquinaria o como consecuencia de la ejecución de los trabajos objeto del contrato. A tal fin estará obligado a suscribir un seguro de responsabilidad civil con objeto de asegurar las reclamaciones derivadas de la prestación de los servicios convenidos comprendiendo como mínimo: la de servicios prestados y/o trabajos realizados, la subsidiaria de contratistas, así como las responsabilidades civiles por administración de medicamentos, actos médicos-sanitarios o cualquier otra actividad del personal del Centro para la que se requiera titulación oficial, que asegure sin reservas cuantos daños directos e indirectos y/o consecuenciales puedan serle exigibles por posibles afecciones a terceros derivados de la ejecución del Servicio y desarrollo general de sus obligaciones.
Dentro del seguro tendrán también la consideración de terceros tanto la Diputación Foral de Bizkaia como la persona usuaria del servicio, las personas empleadas, voluntarias y en su caso subcontratistas (incluido el personal a su servicio).
El seguro será suscrito con un límite de indemnización no inferior a 900.000 Euros. Esta cuantía cubrirá, igualmente, las incidencias que pudieran surgir ante terceros para la totalidad del servicio, en la medida que, con arreglo a la reglamentación vigente y mediante las actuaciones que, en su caso, o en derecho procedan.
El personal contratado dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, por cuanto ésta tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresa y deberá cumplir las disposiciones legales vigentes en material laboral, de seguridad social, de seguridad e higiene en el trabajo y de prevención de riesgos laborales y, con respecto a éstas últimas, de formación social.
La entidad adjudicataria, en el primer semestre del año siguiente a la prestación del servicio, se compromete a presentar auditoría de cuentas anuales y un informe de persona auditora de cuentas inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas. En el informe realizado por persona auditora, se deberá proceder a la revisión de la cuenta justificativa de ingresos y gastos imputables al centro convenido, analizando el contenido de la memoria de actuación, revisando la memoria económica comprobando que la información económica está soportada por una relación clasificada de los gastos de la actividad realizada en el centro, que existen documentos acreditativos de los gastos justificados y de su pago y que tales documentos han sido reflejados en los registro contables; en el caso de los costes indirectos imputados, se solicitará por la auditoría una declaración respecto de su naturaleza, cuantía y criterios de reparto que se anexará al informe, evaluándose sobre esta base la adecuación de esta imputación.
Fecha : 01/08/2013 CENTRO DE DISCAPACIDAD Fecha antigüedad Código contrato Porcentaje de jornada ASIGNACION AL CENTRO Categoría SALARIO BASE ANTIGÜEDAD 24-06-2002 100 100 100 COORDINADORA 2.039,73 75,00 24-06-2002 100 53,33 100 PSICOLOGA 1.087,79 75,00 24-06-2002 100 46,66 100 MONITORA / EDUCADORA 747,11 25-06-2002 100 100 100 TERAPEUTA 1.816,16 75,00 05-07-2002 100 100 100 CONDUCTOR 1.639,50 75,00 02-09-2002 100 100 100 MONITORA / EDUCADORA 1.816,16 75,00 02-12-2002 200 40 100 AYUDANTE DE COCINA 574,04 75,00 01-09-2005 100 100 100 MONITORA / EDUCADORA 1.816,16 50,00 01-12-2005 230 50 100 LIMPIEZA 651,13 50,00 13-08-2005 100 100 100 ACOMPAÑANTE TRANSPORTE 1.639,50 50,00 09-09-2009 100 100 30 DIRECTORA 845,53 15,00
23-12-2005 100 100 25 COCINERO 704,61 12,50 21-02-2011 410 100 100 B2 1.816,16 27-05-2013 510 49,3 75 B1 699,37 ######### 100 100 MON/EDUC EXCEDENCIA POR LIBERACION SINDICAL ######### 200 0,493 FISIOTERAPEUTA EXCEDENCIA POR GUARDA LEGAL