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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

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Expte.-

2137/2015

Ref.

- MFS/eae

Procedimiento.-

Selección Técnico de Protocolo

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

En virtud de las atribuciones que me confiere el art. 21 g) de la Ley 7/85, de 2 de

Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley

11/99 de 21 de Abril, el art. 24 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, art.

41 del Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento

de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Vista la propuesta formulada por las Concejalas delegadas de personal y de

festejos en el sentido de proceder a la contratación de un especialista de Protocolo para

la Feria y Fiestas de Utiel-2015.

Visto el proyecto de Bases elaborado por el Departamento de personal de este

Ayuntamiento, informado favorablemente por la Mesa General de Negociación en

reunión celebrada el día 5 de agosto de 2015.

Vistos los informes emitidos por la Secretaría General y la Intervención General,

RESUELVO

PRIMERO.-

Aprobar las Bases reguladoras para la selección de un

Técnico de Protocolo en régimen de personal laboral temporal a tiempo parcial en los

siguientes términos:

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL A TIEMPO PARCIAL

(Técnico de Protocolo)

PRIMERA.- OBJETO DE LA

CONVOCATORIA.-Es objeto de la presente convocatoria la contratación de un Técnico de Protocolo en régimen de personal laboral temporal mediante concurso.

Las funciones a desempeñar por el aspirante que resulte seleccionado consistirán en la realización de actividades relacionadas con el protocolo y el ceremonial, coordinando y supervisando los actos y/o eventos del Ayuntamiento de Utiel durante la Feria y Fiestas de Utiel 2105, con el objeto de garantizar el cumplimiento de las normas protocolarias requeridas. A tal fin suscribirá en contrato laboral temporal por obra o servicio determinado, a tiempo parcial (75 horas ordinarias con pacto de horas complementarias hasta el máximo legal, a utilizar en función de las necesidades del servicio), cuya duración

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CALDÍA

Númer o: 2015-0749 F echa: 05/08/2015

FERNANDO BENLLIURE GARCIA (1 de 2) ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 05/08/2015 HASH: c6f3f0f31dbd7855b6dcd30e1a4edce9

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se extenderá desde el día 27 de agosto de 2015 hasta el día 15 de septiembre de 2015. La retribución bruta a percibir será de 1.000,00 euros más las horas complementarias que se efectúen.

SEGUNDA.- CONDICIONES DE

ADMISIÓN.-Para tomar parte en las pruebas de selección, será necesario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:

- Tener la nacionalidad española o ser extranjero, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

- Poseer alguna de las siguientes titulaciones:

. Técnico Superior de Protocolo y Relaciones Institucionales. . Técnico Superior en Protocolo y Organización de Eventos. . Grado en Protocolo y Organización de Eventos.

. Grado en Organización de Eventos, Protocolo y Relaciones Institucionales. . Máster en Organización Estratégica de Eventos, Protocolo y Relaciones Institucionales.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

TERCERA.- FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE

SOLICITUDES.-Las solicitudes para tomar parte en el concurso, en las que los o las aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases para el puesto al que se opta, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Utiel utilizando el modelo contenido en el ANEXO I de estas Bases, y se presentarán en el Registro de Entrada de esta Corporación o en alguno de los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día

siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Tablón de Edictos de la Casa

Consistorial y en la página Web del Ayuntamiento, dirección electrónica www.utiel.es,

apartado “Empleo Público” (desde el día 6 de agosto de 2015 hasta el día el día 11 de agosto de 2015, ambos inclusive).

La solicitud deberá ir acompañada de:

- Justificante de pago de los derechos de examen, que ascienden a la cantidad de 1,00 euro, de conformidad con el artículo 4.3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Inscripción para la Realización de Pruebas Selectivas para el Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Utiel. El ingreso deberá realizarse en la cuenta municipal abierta en la entidad BBVA nº 0182/5941/48/0017126909.

- Fotocopia del DNI o NIE o, en su caso, pasaporte.

- Fotocopia del título o títulos que se ostenten de entre los referidos en la Base

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anterior.

- Certificados acreditativos de los cursos de formación y perfeccionamiento que se aleguen.

- Justificantes de la experiencia aducida, de conformidad con lo previsto en la Base Sexta.

- Memoria de Protocolo para las Feria y Fiestas de Utiel 2015, con una extensión máxima de 15 páginas.

CUARTA.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y DESARROLLO DEL

PROCESO.-Tras finalizar el plazo de presentación de instancias la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web de la Corporación, se concederá un plazo de dos días hábiles para formular reclamaciones y subsanar los defectos que hayan motivado, en su caso, la exclusión. En caso de no existir aspirantes excluidos, la relación de admitidos se elevará sin más trámite a definitiva.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web de la Corporación.

Al día siguiente de la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se constituirá la Comisión de Valoración a efectos de llevar a cabo la baremación de los méritos alegados. Tras ello, la Comisión expondrá al público, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página web de la Corporación, la lista de aspirantes con la puntuación obtenida por cada uno de ellos, concediéndoles un plazo de un día hábil para reclamaciones.

Concluido dicho proceso la Comisión propondrá al o la aspirante que, por estar en el primer lugar de la lista, deba formalizar el contrato laboral temporal con el Ayuntamiento.

En el caso de que por renuncia o por cualquier otra circunstancia el o la aspirantes propuesto/a no pudiese formalizar el contrato laboral con el Ayuntamiento, el Alcalde-Presidente podrá solicitar de la Comisión que le proponga a dicho fin otro u otra aspirante según el estricto orden en que hayan quedado en el concurso.

QUINTA.- COMISIÓN DE

VALORACIÓN.-El Tribunal calificador estará constituido por:

- Presidente: Don Miguel Forn Sánchez, Secretario General del Ayuntamiento. - Secretaria: Doña María Asunción Pérez García, Jefa de Grupo de Secretaría. - Vocales: Doña Mercedes Iniesta Cárcel, Trabajadora Social del Ayuntamiento, doña Cristina Moreno Cárcel, Arquitecta Superior del Ayuntamiento, y don Juan Miguel Junquero Cabero, Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Utiel.

En caso de ser necesario, actuarán como suplentes de los miembros de la Comisión de Valoración, de forma indistinta para cada uno de los titulares, don Marco Vicente Moya Mataix, Interventor General del Ayuntamiento, don José Manuel Guerrero Arona, Vicesecretario del Ayuntamiento y don Mario Cariñana Hernández, Arquitecto Técnico del Ayuntamiento.

La Comisión de Valoración podrá asistirse de asesores de su elección que posean conocimientos en la materia objeto de la convocatoria especialmente para la evaluación de la Memoria presentada por los aspirantes.

La abstención y recusación de los miembros de la Comisión podrá llevarse a cabo, en su caso, de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. AHSS76FKL WZ3PL73MPLNT4LNL | V erificación: http://utiel.sedelectronica.es/

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Los miembros de la Comisión son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.

SEXTA.- MÉRITOS

A.- Los y las aspirantes deberán elaborar y presentar una “Memoria de Protocolo para las Feria y Fiestas de Utiel 2015” con una extensión máxima de 15 páginas. Los criterios de valoración de la Memoria (máximo 5 puntos) serán los siguientes:

- Estructura formal y redacción del documento (1 punto).

- Conocimientos demostrados acerca de los diferentes actos de la Feria y Fiestas de Utiel (2 puntos)

- Conocimientos demostrados acerca de las normas municipales de Protocolo (2 puntos)

B.- Se valorará la experiencia profesional de los y las aspirantes en el sector público, por cuenta ajena o por cuenta propia, de conformidad con los siguientes criterios (máximo 2,5 puntos):

- 0,05 puntos por cada mes completo de servicio en puestos de la misma naturaleza. Los diferentes periodos de experiencia alegados se sumarán no computándose la fracción de mes que, en su caso, resulte.

IMPORTANTE: La documentación acreditativa de la experiencia consistirá, necesariamente, bien en CERTIFICADOS emitidos por los empleadores de que se trate, donde se especifique las funciones desempeñadas y la duración de los mismos, o bien en los contratos de trabajo o nombramientos. En caso de realización de trabajos de protocolo por cuenta propia, deberán acreditarse mediante las correspondientes altas y bajas en el I.A.E. Deberá aportarse igualmente la Vida Laboral a fin de acreditar la duración de las diferentes relaciones laborales o administrativas.

C.- La formación se puntuará con un máximo de 2,5 puntos.

C1.- Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento con un máximo de 2 puntos. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, cuyo contenido esté relacionado con las funciones del puesto que se convoca, de duración igual o superior a 15 horas, que hayan sido cursados por el/la interesado/a y que hayan sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo público de formación, con arreglo a la siguiente escala:

De 100 horas o más 1 punto. De 75 horas o más 0,75 puntos. De 50 horas o más 0,50 puntos De 25 horas o más 0,25 puntos Más de 15 horas hasta 25 horas 0,10 puntos

C2.- Se otorgará una puntuación adicional de 0,5 puntos a los/las aspirantes que hayan acreditado titulación de grado universitario o máster de las previstas en el Base segunda.

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SÉPTIMA.-

INCIDENCIAS.-Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Tablón de Edictos (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en estas bases, será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, y demás legislación que resulte de aplicación en la materia.

En Utiel, a la fecha de la firma FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE AHSS76FKL WZ3PL73MPLNT4LNL | V erificación: http://utiel.sedelectronica.es/

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ANEXO I

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA CELEBRACIÓN DE CONTRATO LABORAL TEMPORAL A TIEMPO PARCIAL CON

EL AYUNTAMIENTO DE UTIEL

(Técnico de Protocolo)

Don/Doña………, con DNI

nº……….….., de nacionalidad………, nacido en fecha………, con domicilio en ……….., provincia de….. ………, calle………..nº……, puerta…….., Código

Postal……….., teléfono ……….., SOLICITA del Sr. Alcalde-Presidente

del M.I. Ayuntamiento de Utiel ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere la

presente instancia y DECLARA que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne

las condiciones siguientes, exigidas para participar en el proceso de selección,

COMPROMETIÉNDOSE a probar documentalmente las mismas:

- Tener la nacionalidad española, o ser extranjero, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Se adjunta la siguiente documentación:

- Justificante de pago de los derechos de examen, que ascienden a la cantidad de 1,00 euro, de conformidad con el artículo 4.3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Inscripción para la Realización de Pruebas Selectivas para el Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Utiel.

- Fotocopia del DNI o NIE o, en su caso, pasaporte.

- Fotocopia del título o títulos que se ostenten de entre los referidos en la Base anterior. - Certificados acreditativos de los cursos de formación y perfeccionamiento que se aleguen.

- Justificantes de la experiencia aducida, de conformidad con lo previsto en la Base Sexta. - Memoria de Protocolo para las Feria y Fiestas de Utiel 2015, con una extensión máxima de 15 páginas.

En………., a……….., de……….………., de 2015. Fdo.: ………. AHSS76FKL WZ3PL73MPLNT4LNL | V erificación: http://utiel.sedelectronica.es/

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SEGUNDO.-

Convocar las pruebas selectivas.

TERCERO.-

Publicar el texto íntegro de las Bases reguladoras de las

pruebas selectivas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la página

web de la Corporación.

En Utiel, a la fecha de la firma,

FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

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