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Reglamento del III Congreso Nacional Ordinario

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“JUNTO A NUESTROS PUEBLOS LUCHAMOS POR LA VIDA”

FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD

Reglamento del III Congreso Nacional Ordinario

26, 27 setiembre 2020

[email protected]

El presente documento establece las normas y procedimientos para la realización del III Congreso Nacional Ordinario de El Partido Político El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad. Su cumplimiento es obligatorio para todos los organismos y militantes del Partido. I.- BASE LEGAL DEL REGLAMENTO: Ley 28094 de Partidos Políticos, Estatutos y las normas vigentes en el momento de la realización de III Congreso Nacional Ordinario del Partido Político El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad.

Convocado por acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) en su sesión del 11 de julio 2020 y ratificado en su sesión del 18 de julio 2020, en cumplimiento del Art. 27 del Estatuto de El FAJVL. II.- DE LOS OBJETIVOS DEL III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO DE EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD: Artículo 1º. El III Congreso Nacional Ordinario de El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad tiene como objetivos:

1. Hacer un balance político, orgánico y económico del periodo de gestión de la

Comisión Política Nacional saliente (2017-2020).

2. Analizar el contexto internacional y nacional que sustente la estrategia, táctica y

plan político para el siguiente periodo.

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3. Ratificar nuestra unidad identitaria y programática, que se exprese en un

programa vivo y un plan de gobierno transformador.

4. Realizar las modificaciones estatutarias y reglamentarias que nos adecuen a la

nueva legislación electoral y faciliten nuestro funcionamiento interno.

5. Elegir a los miembros de El Tribunal de Ética, Comisión Nacional de Ética y el

Comité Electoral Nacional.

III.- SOBRE EL III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO DE EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD

Artículo 2º. El Congreso Nacional Ordinario, es la máxima instancia orgánica y de dirección

política del Partido. Sus acuerdos y decisiones son inapelables y de obligatorio cumplimiento para sus militantes y órganos directivos (artículo 24 de los Estatutos de FAJVL). Artículo 3º. El III Congreso Nacional Ordinario de El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad que se realizará bajo la modalidad virtual, los días 26 y 27 de setiembre de 2020, a las 9.00 am. en primera convocatoria y a las 10 am. en segunda convocatoria, en el inicio. En ambas fechas, usando la plataforma digital, que será comunicada oportunamente. Artículo 4°. El III Congreso Nacional Ordinario del FAJVL desarrollará la siguiente agenda: Agenda: Actividad Responsable

Informe sobre delegados asistentes para establecer el

quórum del Congreso Comisión organizadora del

Congreso Elección de la Mesa Directiva del III Congreso

Balance político, orgánico y económico de la Comisión Política Nacional saliente y Bancada Parlamentaria (Dos periodos).

• CPN, CEN, Bancada Parlamentaria y Comisión Organizadora del III Congreso Nacional Ordinario sustentan los documentos base.

• Comisiones de trabajo, por cada punto de agenda, los discuten y elaboran Resoluciones

Análisis de la situación internacional y nacional, en el marco de la crisis civilizatoria y sanitaria de la pandemia y de nuestra propuesta por el Buen Vivir.

Estrategia, táctica y plan político Modificación del Estatuto

PLENARIA Elección de los miembros del Tribunal Nacional de Ética, Comisión Nacional de Ética y Comité Electoral Nacional - CENA Esta Agenda será desarrollada también por los eventos preparatorios en los Comités distritales, provinciales y regionales; según sus especificidades y competencias. IV.- SOBRE LA ORGANIZACIÓN DEL III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO

Artículo 5°. La organización del Congreso estará a cargo de la Comisión Organizadora del III

Congreso, quien conformará los equipos de apoyo que sean necesarios. Las responsabilidades de la comisión organizadora serán las siguientes:

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1. Elaborar el Reglamento del III Congreso Nacional Ordinario, que normará su

desarrollo en todos los niveles orgánicos y de dirección del partido El FAJVL.

2. Centralizar y organizar el padrón de militantes inscritos en el Registro de

Organizaciones Políticas ROP, cerrado y publicado el 23 de julio del presente año,

por el Comité Ejecutivo Nacional CEN, en cumplimiento del Artículo 26 del

Estatuto.

3. Promover y supervisar la realización de Congresos Distritales, Provinciales,

Regionales, así como de los eventos pre congresales de los Organismos

Sectoriales y Funcionales.

4. Verificar la cantidad de delegados y publicar la relación de delegados plenos y

fraternos.

5. Organizar la provisión de los servicios logísticos que sean necesarios.

6. Acreditar a los delegados asistentes y determinación del quórum del Congreso,

resolviendo los eventuales problemas de acreditación antes del inicio del

Congreso.

7. Garantizar la circulación de los documentos y materiales para los Eventos

Congresales intermedios y en particular para los delegados asistentes al

Congreso.

8. Organizará eventos preparatorios de presentación y discusión de los

documentos propuestos para el desarrollo de la agenda congresal.

9. Recepcionar y publicar las resoluciones y aportes de los eventos congresales

regionales. Así como las posiciones en minoría.

10. Resolver cualquier asunto en relación a sus responsabilidades y que no estén

contempladas en el presente Reglamento, dando cuenta a la CEN/CPN.

11. Supervisar el cumplimiento del presente Reglamento en los territorios y

comisiones políticas del partido.

V.- SOBRE LOS INTEGRANTES DEL III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO

Artículo 6°. Para estar acreditado en el padrón de militantes hábiles un militante o afiliado

deberá cumplir cuatro condiciones de cumplimiento obligatorio: Estar empadronado (ROP), pertenecer a algún organismo, estar al día sus cotizaciones, y ser un militante activo.

Artículo 7°. Los delegados asisten al III Congreso Nacional Ordinario en calidad de

representantes de su Comité, elegidos en un evento congresal, pueden ser plenos o fraternos.

Además, el Congreso contará con la presencia de invitados (as) propuestos por la comisión organizadora dando cuenta al CEN- quienes tendrán derecho a voz, pudiendo ser militantes de FAJVL o de otras organizaciones sociales o políticas. Todos los participantes del III Congreso Nacional Ordinario tienen la obligación de comportarse con respeto, fraternidad y tolerancia en relación a los demás, y de respetar el Reglamento y las indicaciones de la Mesa Directiva del Congreso. VI.- SOBRE LA ELECCIÓN DE DELEGADOS (AS) AL III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO Y LOS CONGRESOS INTERMEDIOS

Artículo 8°. La elección de delegados (as) plenos(as) al III Congreso Nacional Ordinario se

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Artículo 9°. La elección de delegados(as) plenos(as) al III Congreso Nacional Ordinario será en

base a la representación por congreso distrital, provincial y regional, en cumplimiento de los indicadores de militancia activa, Art. 7 del Estatuto de El FAJVL.

Los militantes activos, que no estén inscritos en el ROP, podrán participar en el III Congreso Nacional Ordinario, en el nivel distrital, provincial y/o regional en calidad de fraternos(as), siempre y cuando sean elegidos en sus respectivos eventos congresales.

a.- Representación por comité distrital, provincial y/o regional que haga un evento congresal.

Cada Comité distrital, elegirá mediante elección universal y directa un (1) delegado o delegada, por cada cinco (5) militantes hábiles, que los representará ante su respectivo Congreso provincial, Regional y ante el Congreso Nacional.

Todo Comité Político Regional elegirá cinco (5) delegados o delegadas adicionales, en sus eventos CER, que los representará ante III Congreso Nacional Ordinario.

En los dos casos, los delegados deberán pertenecer a la circunscripción territorial y/o sectorial de dichos Comités.

En todos los casos estos delegados plenos deberán haber participado en los eventos preparatorios previos, distrital, provincial y Regional, según corresponda. Artículo 10°. La participación de los delegados plenos al III Congreso Nacional de los organismos funcionales y autónomos, será en base a la elección en sus respectivas instancias, teniendo en cuenta la proporcionalidad del inciso a) del artículo 9.

Artículo 11°. Los miembros Comisión Política Regional serán miembros plenos de sus

respectivos Congresos Regionales (Artículo 31° del Estatuto), siempre y cuando cumplan lo establecido en el artículo 6 del presente reglamento. Artículo 12°. Los integrantes de la Comisión Política Nacional son considerados delegados plenos (as) al III Congreso Nacional Ordinario, siempre y cuando cumplan lo establecido en el artículo 6 del presente reglamento.

Artículo 13°. Los Congresos Distritales, Provinciales y Regionales podrán elegir delegados(as)

fraternos(as) al Congreso Regional y Nacional. En este caso el número de delegados fraternos por cada organismo no será mayor al 50% de sus delegados plenos.

Artículo 14°. Al momento de elegir a los delegados plenos, deberá considerarse una terna de

alternos, debidamente registrada en el acta, quienes reemplazarán en la misma condición en que fueron elegidos, a los titulares, si es que ellos no puedan asistir por razones de fuerza mayor.

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Artículo 15°. Para la elección de los delegados se propone considerar criterios de cuota, de

acuerdo a los siguientes porcentajes: 50% en el caso de género, 20% de juventud y 20% de pueblos originarios.

VII.- SOBRE LA INSCRIPCIÓN DE DELEGADOS AL III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO.

Artículo 16°. La inscripción de los delegados (plenos y fraternos) se realizará de la siguiente

manera: a.- Las Comisiones Organizadoras del III Congreso Regional Ordinario entregarán la relación de los delegados elegidos en los eventos respectivos del nivel distrital, provincial y regional de su jurisdicción, a más tardar el lunes 21 de setiembre. b.- Las delegaturas se inscribirán de manera virtual, enviando el cuadro de delegados, plenos y fraternos, desde el lunes 21 de setiembre hasta el jueves 24, a las 10 am., la inscripción será grupal, por Comité distrital, provincial y/o regional según corresponda.

c.- Para hacer efectiva la inscripción se enviará al correo de la Comisión de Organización del Congreso: [email protected] , adjuntando el cuadro de delegados, consignando su tipo, video y el Acta del Congreso de su jurisdicción, suscritas por el (la) Presidente y el Secretario (a).

Cualquier problema que hubiese al momento de la inscripción de delegados que no corresponda a los criterios del presente Reglamento será resuelto, en última instancia, por la Comisión Organizadora del III Congreso Nacional Ordinario. VIII.- SOBRE EL DESARROLLO DEL III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO Artículo 17°. De conformidad con la Ley 31028 y el D.U. N° 100-2020, el III Congreso Nacional Ordinario de El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad, se desarrollará de manera virtual en la plataforma que la comisión organizadora estime conveniente, estando a cargo de quienes actúan como presidente y secretario de las Mesas Directivas del Congreso y de las Comisiones de Trabajo, que dan fe del desarrollo de las sesiones y particularmente del sentido de las votaciones y acuerdos a los que se arriben, garantizando la plena identificación de los participantes.

Artículo 18°. El III Congreso Nacional Ordinario de El FAJVL, se desarrollará mediante los

siguientes momentos: - La Instalación del III Congreso Nacional Ordinario - Exposición documentos base. - Constitución de Comisiones de Trabajo - El desarrollo de las Plenarias Resolutivas - Elección de los miembros del Tribunal de Ética, Comisión Nacional de Ética y Comité Electoral Nacional IX.- SESIÓN DE INSTALACIÓN DEL III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO DE EL FRENTE AMPLIO POR JUSTICIA, VIDA Y LIBERTAD

Artículo 19°. La Sesión de Instalación del III Congreso Nacional Ordinario, comprende los

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1. La Comisión Organizadora del III Congreso Nacional Ordinario se constituirá como Mesa de Instalación del Congreso e iniciará el evento presentando el Informe sobre la acreditación y asistencia de delegados plenos, fraternos e invitados, estableciendo de este modo el quórum para la instalación del Congreso.

2. Elección y juramentación de los integrantes de la Mesa Directiva del III Congreso Nacional Ordinario.

Artículo 20°. La Mesa Directiva del III Congreso Nacional Ordinario estará constituida por 07

miembros: - Un (a) Presidencia - Un (a) Vicepresidencia - Una Secretaría - Tres Vocalías.

Artículo 21°. Una vez elegida, la Mesa Directiva se constituye en la máxima autoridad del

Congreso Nacional.

Artículo 22°. La Mesa Directiva del III Congreso Nacional Ordinario se elegirá cargo por cargo

mediante votación directa. La Comisión Organizadora del III Congreso Nacional Ordinario recibirá las propuestas, luego de lo cual se producirá la votación.

Artículo 23°. Las funciones y obligaciones de la Mesa Directiva del III Congreso Nacional

Ordinario son:

a. Conducir adecuadamente la realización del Congreso Nacional, tanto del trabajo de comisiones como de las plenarias, observando fraternidad, tolerancia y disciplina, garantizando la libre expresión de todas las opiniones presentes en el Congreso.

b. Organizar la formación de las Comisiones de Trabajo y proceder a su instalación y normal desarrollo.

c. Dirigir el desarrollo de las Plenarias Resolutivas en el marco del presente Reglamento y nuestro Estatuto.

d. Actuar con total transparencia al momento de contabilizar las votaciones y la toma de acuerdos.

e. Resolver toda clase de imprevistos que pudieran ocurrir durante la realización del Congreso Nacional.

f. Asegurar que los acuerdos del Congreso estén plasmados correctamente en las actas, las mismas que serán entregadas a las Comisión Política Nacional/CEN para su respectiva difusión.

Artículo 24°. Las funciones específicas de cada uno de los integrantes de la Mesa Directiva del

Congreso Nacional serán las siguientes:

Presidencia: Conducir el trabajo de la Mesa Directiva, con arreglo al presente

Reglamento.

Vicepresidencia: Contribuir a la conducción del trabajo de la Mesa Directiva con

arreglo del presente Reglamento.

Secretaría: Tomar las actas y el registro de los acuerdos del Congreso y asegurar

que todos los participantes cuenten con todos los documentos en cada etapa de

la discusión.

Vocalía: Encargados de contabilizar los votos emitidos por los delegados y velar

por la disciplina y el orden del III Congreso.

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Inmediatamente elegida la Mesa Directiva juramentará y asumirá la conducción del III Congreso Nacional Ordinario. X.- SESIÓN DE LAS COMISIONES DE TRABAJO

Artículo 25°. El Congreso recibirá la sustentación de las propuestas de documentos base, de

acuerdo a su Agenda, en plenaria. Culminadas las exposiciones se abrirá un cuarto intermedio para la conformación de las comisiones, de acuerdo a la agenda aprobada.

Artículo 26°. El Congreso Nacional constituirá Comisiones de Trabajo. Ellas son instancias de

trabajo, encargadas de cada punto de la Agenda. Eligen su Mesa Directiva compuesta por cinco integrantes: •

Un Presidente/a

Un secretario/a

Un relator/a

Dos vocales

Es en las Comisiones donde se darán a conocer las mociones o resoluciones acordadas en los Congresos intermedios, previo al inicio del debate.

Toman sus acuerdos por mayoría simple. Aquellas posiciones que sean minoría, pero que alcancen el 30% de votación como mínimo, serán llevadas al plenario resolutivo. El producto final de cada Comisión es un Informe o Resolución que será presentado por escrito, leído y sustentado ante la Plenaria. XI.- SESIÓN DE PLENARIA RESOLUTIVA Artículo 27°. La máxima instancia del Congreso la constituirá la Plenaria General, constatado su

quórum respectivo, recibe los informes de las Comisiones, se pronuncia acerca de ellos, mediante la participación de los delegados y los lleva al voto.

Artículo 28°.

-Solo votan los delegados plenos.

-El voto es único (no se puede elegir más de una opción en una misma votación), personal e indelegable, constatándose mediante los medios digitales utilizados en el congreso. Los acuerdos en el Congreso se tomarán por mayoría simple de los delegados plenos. Artículo 29°. La elección de los miembros del Tribunal Nacional de Ética, Comisión Nacional de Ética y el Comité Electoral Nacional, se realizará mediante el mecanismo que lo establecerá la mesa directiva a través de un reglamento. XII.- DISPOSICIÓN FINAL

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Artículo 1°. Cualquier materia no contemplada en el presente Reglamento, será tratada y

resuelta por la Mesa Directiva, consultando de ser necesario al Pleno del Congreso. Artículo 2° Cronograma del III Congreso Nacional Ordinario

III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO

Fecha Actividad Responsable

18 junio del

2020 Convocatoria al III Congreso Nacional CEN 26 de agosto Cierre de Padrón CEN 01 setiembre Publicación del Reglamento del III

Congreso Nacional Ordinario CEN Del 02 al 08

setiembre Acreditación de las Comisiones Organizadoras. CP Provinciales y Regionales Del 06 al 20 setiembre Congresos distritales, provinciales y regionales. (se deberá enviar el enlace de los congresos con 03 días de anticipación) Comisión Organizadora y CP Regionales Del 21 al 24

setiembre Inscripción virtual de delegados Comisión Organizadora y CP regionales

Del 26 y 27 setiembre III CONGRESO NACIONAL ORDINARIO Comisión Organizadora Nacional, CPN y CEN Lima, 31 de agosto de 2020 Comité Ejecutivo Nacional - CEN FAPJVL

Referencias

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