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SISTEMA DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO

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(1)

INTEGRAL DEL ESTADO

(2)

MGP. Freddy E. Aliendre España 2

ELEMENTOS CONCEPTUALES DE

PLANIFICACIÓN

“Planificar es actuar en el presente con una visión de futuro, buscando los medios para lograr los cambios deseados posibles” (Ruth Saavedra Guzmán)

“La planificación consiste en concebir un futuro

deseado, así como los medios para llegar a él” (Rusell Ackoff)

“Es la aplicación del conocimiento científico y técnico a la acción en la esfera de los asuntos públicos”. (John Friedmann)

“La planificación es el proceso de preparación de un conjunto de decisiones respecto de la actividad en el futuro, basándose en

(3)

ELEMENTOS CONCEPTUALES DE

PLANIFICACIÓN

“La planificación es un proceso dirigido a orientar el cambio

social y a generar una secuencia de eventos futuros socialmente deseables al tomar acciones en el presente”. (Francisco Sagasti “Entendamos cabalmente a los procesos de

planificación como procesos políticos que intentan asignar coherencia, racionalidad y conducción a la gestión gubernamental que corresponda. En este sentido, planificar y gobernar deben entenderse como tareas simultáneas, armónicas y donde una depende mucho de la otra. Podríamos decir que planificar es gobernar”. (Sergio Galilea O)

“Es un conjunto de actos que configuran un proceso singular dentro de otro más general, el de las decisiones del poder político. La

actividad planificadora del Estado, su formulación y ejecución,

(4)

MGP. Freddy E. Aliendre España 4 PLANIFICACION PROCESO HORIZONTE DE TIEMPO METODO INSTRUMENTOS RECURSOS

VISION

ASPIRACIONES REALISMO

(5)

Define el tipo de sociedad deseada, fijando su

dirección, sus caminos y el modo de implantarlos.

Tiene que orientarse hacia cambios y resultados.

 Racionaliza y coordina las decisiones y acciones,

Requiere la participación e intervención activa de los

diferentes actores sociales.

Se necesita capacidad de concertación.

Exige una autoridad capaz de arbitrar los diversos

intereses y propósitos que tienen los diferentes actores.

Es necesario voluntad política para ejecutar.

Quién planifica debe tener capacidad de innovación y

creatividad: poseer una actitud dinámica, anticipativa y

participativa; tener capacidad prospectiva, es decir, capacidad para explorar, visualizar y prever el futuro considerando que éste se construye.

(6)

Conceptualización de la planificación

MGP. Freddy E. Aliendre España 6

ARTICULACION

SOCIEDAD GOBIERNO

Analizan - discuten - toman decisiones asignación de los recursos públicos

promover el

desarrollo sostenible resolver las necesidades

(7)

PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO

Situación Actual Realidad sujeto de cambio Situación Futura Desarrollo Deseado y Posible ACTORES SOCIALES CON VISIÓN DE FUTURO

Metodologías, procedimientos y técnicas

PARTICIPACIÓN, CONCERTACIÓN, GESTIÓN INNOVADORA Cambios Resultados P a ra lo g ra r

CAMBIOS ESTRUCTURALES +

CRECIMIENTO ECONÓMICO

(8)

EL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN

INTEGRAL DEL ESTADO

“El Estado ejercerá la dirección integral del desarrollo

económico y sus procesos de planificación” (Art. 311.II.1) Es función esencial del Estado: “Promover y garantizar el

aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales, e impulsar su industrialización, a través del

desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras” (Art. 9.6).

“La función del Estado en la economía consiste en conducir

el proceso de planificación económica y social, con

participación y consulta ciudadana. La ley establecerá un sistema de planificación integral estatal, que incorporará

a todas las entidades territoriales. (CPE Art. 316).

(9)

EL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN

INTEGRAL DEL ESTADO

El Sistema de Planificación Integral del Estado se constituye en el instrumento para la coordinación

programática, económica y social. (LMAD Art. 121)

 La LMAD señala que corresponde al Nivel central del Estado:

1. Conducir y regular el proceso de planificación del

desarrollo económico, social y cultural del país, incorporando las previsiones de las entidades territoriales autónomas.

2. Diseñar e implementar el Sistema de Planificación

Integral del Estado mediante ley aprobada por la Asamblea

Legislativa Plurinacional, incorporando a las entidades territoriales autónomas.

(10)

EL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN

INTEGRAL DEL ESTADO

3. Formular y aplicar el Plan General de Desarrollo en base al plan de gobierno y a los planes sectoriales y

territoriales. El Plan será de cumplimiento obligatorio por parte de todos los actores, entidades públicas y entidades territoriales autónomas.

4. Coordinar los procesos de planificación de los municipios y de las autonomías indígena originaria campesinas, en coordinación con los gobiernos

departamentales. (Art. 93.).

Es competencia privativa del nivel central del Estado la

Política económica y planificación nacional (Art. 298.I.22).

Corresponde al Presidente del Estado presentar el Plan de

Desarrollo Económico y Social a la Asamblea Legislativa

Plurinacional (Art. 172.10), y a ésta Aprobar el Plan de

Desarrollo Económico y Social presentado por el Órgano

Ejecutivo (Art. 158.I.7)

(11)

EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

Constituye el referente más importante para la macro y micro gestión del Estado:

“Los ingresos del Estado se invertirán conforme con el Plan General de Desarrollo Económico y Social del país, el

Presupuesto General del Estado y con la ley”. (CPE Art. 339). “La administración económica y financiera del Estado y de

todas las entidades públicas se rige por su presupuesto. La determinación del gasto y de la inversión pública tendrá lugar por medio de mecanismos de participación ciudadana y

de planificación técnica y ejecutiva estatal. Las

asignaciones atenderán especialmente a la educación, la

salud, la alimentación, la vivienda y el desarrollo productivo” (CPE Art. 321).

(12)

EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

Los gobiernos autónomos departamentales “elaboraran y

ejecutaran los planes de desarrollo económico y social

departamental” y el proceso de la “Planificación del

desarrollo departamental en concordancia con la planificación nacional” (CPE Art. 300.I.32;35)

 Es competencia de los gobiernos autónomos municipales la

“Planificación del desarrollo municipal en concordancia

con la planificación departamental y nacional” (Art. 302.42) Los presupuestos de las entidades territoriales autónomas se

rigen por el Plan General de Desarrollo, que incluye los

planes de desarrollo de las entidades territoriales autónomas y el Presupuesto General del Estado. Elaborarán su

presupuesto institucional considerando la integralidad y articulación de los procesos de planificación,

programación, inversión y presupuesto, con

mecanismos de participación y control social. (LMAD Art.

114.I.IV)

12 MGP. Freddy E. Aliendre España

(13)

Es el conjunto organizado y articulado de

normas, subsistemas, procesos,

metodologías, mecanismos y

procedimientos para la planificación

integral de largo, mediano y corto plazo

del Estado Plurinacional, que permita

alcanzar los objetivos del Vivir Bien a

través del desarrollo integral en armonía

y equilibrio con la Madre Tierra, para la

construcción de una sociedad justa,

equitativa y solidaria, con la participación

de todos los niveles gubernativos del

Estado (Ley 777 Art. 2)

SISTEMA DE PLANIFICACIÓN

INTEGRAL DEL ESTADO (Art. 2)

(14)

MGP. Freddy E. Aliendre España 14 Subsistema de

Planificación

Subsistema de Inversión Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral

Subsistema de Seguimiento y

Evaluación Integral de Planes.

Lograr que la planificación de largo, mediano y corto plazo tenga

un enfoque integrado y armónico, y sea el resultado del trabajo articulado de los niveles de gobierno, con participación y en

coordinación con los actores sociales.

Orientar la asignación óptima y organizada de los recursos

financieros y no financieros del Estado Plurinacional, para el logro de las metas, resultados y acciones identificadas en la

planificación.

Realizar el seguimiento y evaluación integral de la planificación,

basado en metas, resultados y acciones, contribuyendo con información oportuna para la toma de decisiones de gestión pública. F i n e s Art. 2 Art.3

(15)

ÁMBITO DE APLICACIÓN (Art. 4)

Org. Ejecutivo Org. Legislativo Org. Judicial Org. Electoral Tribunal Constitucional Plurinacional Instituciones de Control y Defensa de la Sociedad y del Estado Entidades Territoriales Autónomas Empresas Públicas. Universidades Públicas

(16)

Fundamentos (Art. 6)

Planificación con Integralidad. Es la planificación del

desarrollo integral, en sus diferentes dimensiones sociales,

culturales, políticas, económicas, ecológicas y afectivas, en las diferentes estructuras organizativas del Estado,

Planificación con Complementariedad. Comprende las

concurrencias de acciones, en el marco de metas y resultados

comunes, por parte de todas las entidades para alcanzar el

desarrollo integral para Vivir Bien y construir una sociedad justa, solidaria y equitativa.

Planificación con Coordinación. entre el Órgano Rector del

Sistema de Planificación y todas las entidades publicas , para la articulación y concordancia del proceso cíclico de la planificación de largo, mediano y corto plazo concordante con el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES).

(17)

Fundamentos (Art 6)

Planificación con Respeto de Derechos. Planificación del

desarrollo integral para Vivir Bien de largo, mediano y corto plazo, de forma complementaria, compatible e interdependiente con la

gestión de los sistemas de vida, considerando los derechos

establecidos en la CPE y la Ley N° 300, Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien.

Planificación con Transparencia. Consiste en la generación, procesamiento y difusión de información sobre la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los procesos de

planificación y su implementación en todos los niveles del Estado, con información oportuna sobre la administración de los recursos públicos, promoviendo el control social, permitiendo el acceso a la información y practicando la integridad y ética pública.

(18)

18 MGP. Freddy E. Aliendre España

DEPARTAMENTAL NACIONAL MUNICIPAL A.I.O.C. NIVEL INSTANCIAS Ministerio de Planificación para el Desarrollo Consejo de Ministros Consejos Nal. De Política económica y Política social Asamblea legislativa departamental Consejo municipal Instancia legislativa fiscalizadora Ministerios Instituciones descentralizadas

Empresas Publicas Nal.

Gobernador

Alcalde Municipal

Instancia Ejecutiva IOC

NORMATIVA POLITICA EJECUTIVA

(19)

Órgano Rector (Art 7)

Es el Ministerio de Planificación del Desarrollo, le corresponde:

Ejercer la rectoría del proceso de planificación.

Conducir y regular el proceso de planificación del

país, incorporando las previsiones de las entidades territoriales autónomas.

Establecer la normativa, lineamientos,

metodologías, normas técnicas, directrices, protocolos,

procesos, procedimientos, subsistemas, plataformas, mecanismos e instrumentos para la implementación del SPIE incluyendo las que corresponden a la planificación territorial y ordenamiento territorial.

(20)

Órgano Rector (Art. 7)

Implementar el SPIE, en coordinación con las

entidades competentes.

Formular el Plan General de Desarrollo Económico y

Social (PGDES) y el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES), remitiéndolos a las instancias

correspondientes para su aprobación.

Coordinar la formulación, ejecución, implementación,

seguimiento, evaluación y ajustes del PGDES, PDES, y otros planes.

Realizar capacitación, asistencia técnica y difusión.

Verificar la compatibilidad y concordancia de los

planes de mediano y corto plazo con el PGDES, y el

PDES.

(21)

Órgano Rector (Art. 7)

Coordinar los procesos de planificación de los

departamentos, municipios, regiones y de las autonomías indígena originaria campesinas.

Velar por la adecuada implementación de los

subsistemas, plataformas e instrumentos del SPIE.

Evaluar los planes de largo y mediano plazo, así

como sus metas, resultados y acciones, según corresponda.

 Desarrollar los lineamientos y metodologías para el

ordenamiento de zonas y sistemas de vida, y la

incorporación de la gestión de sistemas de vida, gestión de riesgos y cambio climático en los procesos de

(22)

Instancias Ejecutivas Art. 7

Elaborar sus planes articulados y en

concordancia con el PGDES, y el PDES.

Implementar sus planes en el ámbito de

sus atribuciones o competencias.

Realizar el control, seguimiento y

evaluación al logro de sus metas,

resultados y acciones contenidas en sus planes y los ajustes que correspondan.

Implementar los subsistemas,

plataformas e instrumentos del Sistema

de Planificación Integral del Estado, de

acuerdo a lineamientos del Órgano Rector.

MGP. Freddy E. Aliendre España 22 Nacional

Departamen tal

(23)

CONTROL GUBERNAMENTAL A LA

PLANIFICACIÓN (Art. 9)

Los planes de largo, mediano y corto plazo, así como sus

resultados, serán objeto de la

supervisión y control externo

posterior por la CGE, con el

acceso irrestricto a la información por parte de cualquier entidad e institución, para verificar los

avances y logros en las metas, resultados y acciones en términos de eficacia, eficiencia,

efectividad y economicidad, así

como su articulación y

concordancia con el Plan de Desarrollo Económico y Social

(24)

GESTIÓN INTEGRAL DEL SPIE (Art. 10)

MGP. Freddy E. Aliendre España 24

Desarrollo integral AFECTIVA SOCIAL ECOLÓGICA ECONÓMICA POLÍTICA CULTURAL

(25)

Ciclo de la Planificación (Art. 11)

FORMULA CIÓN ASIGNA CIÓN IMPLEME NTACION SEGUIMI ENTO EVALUACIÓN Y AJUSTE

 De los planes de largo,

mediano y corto plazo

DE RECURSOS integral y articulada de los planes al cumplimiento de las metas, resultados y acciones contenidas en los planes. DE LOS PLANES

(26)

Planificación del Estado Plurinacional Planificación Sectorial y transversal Planificación Multisectorial

a) El Ministerio de Planificación para el Desarrollo b) Presidencia, Vicepresidencia, los Ministerios c) En coordinación actores sociales

a) Los Ministerios

Ministerio de Planificación y entidades involucradas Planificación

Territorial

a) Gobiernos autónomos y b) Participación social

RESPONSABLES DE LA PLANIFICACIÓN

INTEGRAL DEL ESTADO (Art. 12)

26 MGP. Freddy E. Aliendre España

Planificación Institucional

a) MAE

(27)

Subsistema de Planificación (SP) Art. 13

Está constituido por el conjunto de planes de largo, mediano y corto plazo de todos los niveles del Estado Plurinacional

 La planificación de largo plazo, (25 años), Plan General

de Desarrollo Económico y Social (PGDES).

Mediano plazo (5 años)

El Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES).

 Planes Sectoriales de Desarrollo Integral (PSDI).  Planes Territoriales de Desarrollo Integral (PTDI).  Planes de Gestión Territorial Comunitaria (PGTC).  Planes Estratégicos Institucionales (PEI).

 Planes de Empresas Públicas.

 Estrategias de Desarrollo Integral (EDI) de regiones,

(28)

Planes Multisectoriales de Desarrollo Integral (PMDI) y los

Planes Estratégicos Ministeriales (PEM) en los Ministerios con gestión transversal.

La planificación de corto plazo está constituida por los Planes

Operativos Anuales (POA) y los planes anuales de ejecución de las empresas públicas con un horizonte de un (1) año, y por los Planes Inmediatos con una duración de hasta dos (2) años.

 El PGDES y el PDES son de cumplimiento obligatorio para todas

las entidades públicas.

 El PGDES y el PDES establecen las orientaciones para el sector

privado, comunitario y social-cooperativo, para el pueblo boliviano y sus organizaciones sociales, y son el marco de

alineamiento para la cooperación internacional, organizaciones no gubernamentales.

El PGDES se constituye en el Plan de mayor jerarquía de

planificación del Estado, que se implementa a través del PDES, del cual se desprenden todos los planes de mediano plazo.

MGP. Freddy E. Aliendre España 28

(29)

El PLAN GENERAL DE DESARROLLO ECONOMICO

SOCIAL (PGDES) conduce la planificación integral de

largo plazo del Estado Plurinacional y establece la visión política para la construcción del horizonte del Vivir Bien en armonía y equilibrio con la Madre Tierra (Art. 14)

PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL (PDES)

Es el instrumento a través del cual se canaliza la

visión política que se desprende del PGDES,

materializada en la planificación de mediano plazo (art. 15), articulando la planificación sectorial y territorial y la coordinación entre los actores privados, comunitarios, social cooperativos y organizaciones sociales del pueblo boliviano.

(30)

PLANES DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL

Estructura y contenido mínimo del PDES:

Enfoque Político. En el

marco del Desarrollo Integral del Vivir Bien PGDES.

Diagnóstico. Resumen de

los avances logrados, estado de situación, problemas y desafíos futuros.

30 MGP. Freddy E. Aliendre España

Planificación. Identifica las metas, resultados y acciones

para avanzar en el mediano plazo en el horizonte PGDES.

Escenario Macroeconómico Futuro. descripción de la

situación macroeconómica próximo quinquenio con la implementación del plan.

(31)

El Órgano Ejecutivo a través del Órgano Rector, coordina, elabora y remite el PDES a la Asamblea Legislativa Plurinacional, para su

aprobación, durante el primer año de la gestión de gobierno

Las entidades públicas, implementan el PDES luego de su aprobación.

El Órgano Rector difunde el PDES en todo el territorio

nacional, promoviendo el desarrollo de capacidades

institucionales para su efectiva implementación.

El Órgano Rector coordina en todos los niveles

territoriales, la ejecución del PDES y realiza el

seguimiento y evaluación a las metas, resultados y acciones, así como a los

impactos en el logro del Vivir Bien.(Art.15.III)

PROCEDIMIENTO FORMULACIÓN E

IMPLEMENTACIÓN PDES

(32)

PLANES DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL

El Estado Plurinacional es

promotor y protagonista del desarrollo económico, social y productivo, a través de la

articulación de los sectores estratégicos que generan

excedentes, ingreso y empleo, a objeto de lograr el bienestar social, económico y productivo.

La asignación de recursos (Inversión Pública y Gasto) a programas y proyectos de mediano plazo, debe realizarse

priorizando los objetivos y estrategias de la Estructura

Programática del PDES, considerando los ejes

transversales de lucha contra el racismo y toda forma de discriminación, equidad, innovación, medio ambiente, género y gestión de riesgos. MGP. Freddy E. Aliendre España 32

(33)

Planes Sectoriales de Desarrollo

Integral – PSDI

Los Planes Sectoriales de Desarrollo Integral

para Vivir Bien (PSDI), se desprenden del PDES

y son planes de carácter operativo que

permiten

integrar en el mediano plazo

el

accionar de los diferentes sectores

,

estableciendo los lineamientos para la

planificación territorial y orientaciones para el

sector privado, organizaciones comunitarias,

social cooperativas, así como para el conjunto

de los actores sociales (Art. 16)

(34)

El Ministerio cabeza de sector, articula al conjunto de las

entidades públicas bajo su dependencia, tuición o sujeción, a través de un proceso de planificación integral sectorial para el mediano plazo, articulando e integrando los Planes

Estratégicos Institucionales, Planes Estratégicos

Empresariales y Planes Estratégicos Corporativos, según

corresponda a cada sector.

 El Ministerio coordina y formula del PSDI recuperando los

lineamientos del PDES, recogiendo y articulando las

demandas del sector privado y de las organizaciones sociales que corresponden al sector.

 Los PSDI consideran la territorialización de acciones en las

jurisdicciones de las autonomías. Art. 16.III)

MGP. Freddy E. Aliendre España 34

Planes Sectoriales de Desarrollo

(35)

IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES SECTORIALES

DE DESARROLLO INTEGRAL (Art. 16.IV)

 Coordina, elabora y remite el PSDI

 conjuntamente con los PEI y Planes de

Empresas Públicas bajo su tuición,

MINISTERIO

 revisará la pertinencia y concordancia del PSDI

con el PGDES y PDES,

 emite un dictamen favorable o recomendación

ajuste en 30 días.

ÓRGANO RECTOR

 Difunde e implementa el PSDI en coordinación

con las entidades territoriales autónomas, sector privado y organizaciones sociales.

MINISTERIO

 seguimiento y evaluación integral del PSDI.

 Seguimiento a las metas, resultados y acciones

del plan, se realizará de forma anual y su

evaluación de impacto a medio término y al final

MINISTERIO ÓRGANO

(36)

PLANES MULTISECTORIALES,

PLANES ESTRATÉGICOS MINISTERIALES (PEM)

MGP. Freddy E. Aliendre España 36 PLANES MULTISECTORIALES

Articularán las acciones definidas en la planificación sectorial en metas y resultados complementarios multisectoriales, incluyendo estrategias y

mecanismos de coordinación multisectorial.

Se articulan con los planes de las autonomías. (Art. 16.V)

 Ministerios con gestión transversal,

formularán los Planes Estratégicos

Ministeriales (PEM)

 Articularán a las entidades e

instituciones públicas bajo su dependencia, tuición o sujeción (Art.16.VI)

(37)

PLANES DE DESARROLLO DE

TERRITORIOS AUTÓNOMOS – PDTA.

Son planes de mediano plazo que

promueven el desarrollo integral en un

determinado territorio, sentando las bases para atender las necesidades insatisfechas de la población y para mejorar la calidad de vida. Son elaborados en concordancia con el PDES y en articulación con los PSDI, a partir de: un análisis de contexto, de los

componentes biofísicos, socioeconómicos y gestión de riesgos; podrán ser:

Departamentales – PDTAD, Municipales –

PDTAM, Regionales – PDTAR, Autónomos

Indígenas Originarios Campesinos –

(38)

Criterios principales para la elaboración de los PTDI:

Se formularán con la participación de las entidades

públicas, sector privado y/o actores sociales.

 Los PTDI de los GAD, se podrán formular tomando en

cuenta espacios de planificación regional, en

coordinación con los GAM y las AIOC que conforman

dicha región.

 En los PTDI de los GAM, los distritos municipales e

indígena originario campesinos, son considerados

como espacios de planificación, participación

ciudadana y descentralización de servicios, en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales.

 Los PTDI tomarán en cuenta la planificación de las

áreas urbanas y rurales, el desarrollo de ciudades intermedias y centros poblados, fortaleciendo el

desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos, promoviendo la distribución organizada y armónica de la población en el territorio y con la naturaleza, y el acceso

(39)

Implementación de los Planes Territoriales de Desarrollo

 El PTDI será formulado en 180 días después de la

aprobación del PDES.

El PTDI será remitido por la MAE al Órgano Rector

del SPIE, para evaluar su concordancia con el PDES y

la CPE. Informe en 60 días

 Órgano Rector emite informe de compatibilidad y

concordancia. Si observa se otorga un plazo máximo de 60 días para subsanarlas.

El PTDI concordado será remitido por la MAE ante la

instancia legislativa para su aprobación

 El Órgano Ejecutivo difundirá y ejecutara el PTDI en

coordinación con los actores y organizaciones sociales.

 El Órgano Ejecutivo realizará el seguimiento y evaluación

integral del PTDI. El seguimiento a las metas, resultados y acciones se realizará de forma anual y su evaluación de impacto a medio término y al final del quinquenio.

(40)

El nivel central del Estado es responsable de coordinar

los procesos de planificación en los gobiernos

autónomos departamentales.

 Los gobiernos departamentales son responsables de

coordinar los procesos de planificación de los

municipios y de las autonomías indígena originaria campesinas de su jurisdicción.

 El PTDI deberá contener los elementos de desarrollo

humano e integral, de economía plural, y de ordenamiento territorial.

 Los gobiernos autónomos municipales deberán incluir la

delimitación de las áreas urbanas homologadas por norma del nivel central del Estado;.

 En caso que la MAE de la Entidad Territorial Autónoma,

no realice los ajustes indicados, el Órgano Rector

informará de esta situación a la Contraloría General del Estado para fines consiguientes.

(41)

PARA VIVIR BIEN DE LAS AUTONOMÍAS INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINAS (PGTC) Art. 18

Los PGTC están orientados a fortalecer la planificación territorial de desarrollo integral de mediano plazo de las naciones y pueblos que las componen, tomando en cuenta sus propias visiones sociales, culturales, políticas y

económicas.

Estructura y contenido mínimo de los PGTC:

Horizonte de la nación o pueblo indígena originario

campesino. a partir de las visiones ancestrales, sus

experiencias históricas de gestión, pautas culturales y de identidad de las naciones y pueblos, articulado al

(42)

PARA VIVIR BIEN DE LAS AUTONOMÍAS INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINAS (PGTC)

Estado de situación de la nación o pueblo indígena

originario campesino. información de su situación actual,

problemática y desafíos futuros, gestión de los sistemas de vida en la nación y pueblo indígena.

Políticas y lineamientos estratégicos, con relación a:

 Economía y producción comunitaria.

 Estructura social y gobierno comunitario.  Gestión de riesgos y cambio climático.  Gestión territorial o de la Madre Tierra.

 Fortalecimiento de los saberes propios e interculturalidad.

Programación de resultados y acciones, en el marco del

PDES y los PTDI correspondientes.

Presupuesto total quinquenal.

(43)

PARA VIVIR BIEN DE LAS AUTONOMÍAS INDÍGENA ORIGINARIA CAMPESINAS (PGTC) Art. 18

Implementación de los PGTC:

Los PGTC serán formulados en concordancia con la

planificación nacional, planes departamentales y municipales, y con la planificación sectorial.

Formulados de forma participativa, 180 días después

de la aprobación del PDES.

MAE de la AIOC remite al Órgano Rector del SPIE,

Órgano rector informa concordancia o no. 60 días para

ajustar.

Difusión y ejecución de los PGTC de acuerdo a

procedimientos y normas propias de cada NPIOC.

Seguimiento anual y evaluación a medio término y al

final del quinquenio de los PGTC, en coordinación con el Órgano Rector del SPIE.

(44)

MGP. Freddy E. Aliendre España 44 Los Planes Estratégicos Institucionales – PEI permiten a

cada entidad o institución pública establecer, en el marco de sus atribuciones, su contribución directa a la implementación del PDES, PSDI, PEM o PTDI según corresponda, y se elaborarán de forma simultánea y coordinada con los planes de mediano

plazo. (Art. 19)

La estructura y contenido mínimo del PEI será:

Enfoque político. Comprende la visión política institucional

en el marco del PDES, PSDI, PEM o PTDI, según corresponda.

Diagnóstico. El diagnóstico interno y externo de la entidad o

institución, que identifica el análisis del contexto externo y las capacidades institucionales, para avanzar en el cumplimiento de los retos del PDES, PSDI, PEM o PTDI, según corresponda.

Objetivos y estrategias institucionales.

Planificación. Es la propuesta institucional para contribuir a

la implementación del PDES, PSDI, PEM o PTDI, según corresponda.

(45)

 Los criterios principales para la formulación del Plan

Estratégico Institucional, son los siguientes:

Todas las entidades o instituciones públicas realizan la

formulación de su PEI.

 Los PEI de las entidades o instituciones públicas bajo

tuición de un Ministerio o de una Entidad Territorial

Autónoma, se articularán de forma directa a los PSDI, a los PEM o los PTDI, según corresponda.

 Los PEI incorporan actividades estratégicas de gestión

pública a ser desarrolladas por las entidades o instituciones del sector público, para contribuir al cumplimiento del PDES, PSDI, PEM o PTDI, según

corresponda. Los Ministerios cabezas de sector o las Entidades Territoriales Autónomas, integrarán sus

actividades institucionales estratégicas en el marco

(46)

PROCEDIMIENTOS PARA LA APROBACIÓN E

IMPLEMENTACIÓN DE LOS PEI (Art. 19.IV)

MGP. Freddy E. Aliendre España 46

 Elaboración en el marco de sus atribuciones

 Articulada, simultánea y compatible con el PSDI, PEM o PTDI que corresponda.

INSTITUCION

 La MAE de la institución que ejerce tuición, o

 la MAE de la institución, si no esta bajo tuición;

 Mediante la norma institucional.

ÓRGANO

RECTOR  Revisa articulación y compatibilidad con el PSDI, PEM o PTDI que corresponda. MINISTERIO

 MAE responsable de la ejecucion

INSTITUCION INSTITUCION

El seguimiento a la ejecución del PEI, en coordinación con el Órgano Rector

(47)

PLANES DE LAS EMPRESAS PUBLICAS

La planificación empresarial pública constituye la actividad fundamental que direcciona y orienta la toma de decisiones en la empresa para el logro de las metas, resultados y acciones que contribuyen al cumplimiento del PDES y PSDI del sector al que pertenezca la empresa. (Art. 20)

La planificación de las Empresas Públicas está integrada por

 los Planes Estratégicos Empresariales, los Planes Estratégicos Corporativos, los planes anuales de ejecución.

(48)

MGP. Freddy E. Aliendre España 48

Constituyen la planificación a mediano plazo de las regiones, regiones metropolitanas y macroregiones estratégicas, articuladas al PDES, a los PTDI departamentales y municipales que

correspondan, y a los PSDI

ESTRATEGIAS DE DESARROLLO

INTEGRAL (EDI) Art. 21

Están enmarcados y articulados con los PTDI y PGTC.

Seguirán las definiciones de ordenamiento territorial y uso de

suelos establecidos en los PTDI

La Estrategia de Desarrollo Integral de cada región será

remitida al Órgano Rector para la elaboración del informe de

compatibilidad y concordancia con el PDES.

La EDI concordada será remitida a su espacio de decisión

competente para su aprobación.

Las autoridades realizarán la difusión, ejecución, seguimiento

y evaluación integral de la EDI en coordinación con el Órgano

(49)

PLANES INMEDIATOS (Art. 22)

 Son formulados por el Ministerio correspondiente en el

marco del PDES y coordinados por el Órgano Rector con una duración de hasta dos (2) años, considerando las

necesidades inmediatas de articulación de procesos,

medidas, acciones y desarrollo de capacidades económicas, financieras, sociales, ambientales, culturales, y otros que resulten de las prioridades del proceso de gestión

pública.

Los Planes de contingencia por desastres naturales

son considerados Planes Inmediatos.

Aprobación del Plan Inmediato con una Resolución

Multiministerial por los Ministerios que participan del mismo.

Ejecución del Plan Inmediato por la entidad competente

El seguimiento a los resultados se realizará

trimestralmente y la evaluación a la finalización del Plan, por parte del Órgano Rector.

(50)

PLANES OPERATIVOS ANUALES (Art. 23)

Los Planes Operativos Anuales (POA) son la programación

de acciones de corto plazo de cada entidad pública, y son aprobados por la MAE correspondiente.

El POA contemplará la estimación de tiempos de

ejecución, los recursos financieros necesarios, la designación de responsables, así como las metas,

resultados y acciones anuales.

 Las MAE’s de las entidades públicas, podrán realizar ajustes

al POA, para el cumplimiento de las metas y resultados de gestión, concordantes con el PEI y la planificación de

mediano plazo.

 Las entidades públicas podrán formular un presupuesto

plurianual de manera articulada a la planificación de mediano y corto plazo, de acuerdo a normativa.

Los Planes Operativos Anuales serán integrados por las

entidades competentes, en las Plataformas del SPIE.

(51)

ARTICULACIÓN DE LOS PLANES

PDES PS PEI POA PDES PS PDAT PEI POA

(52)

52 MGP. Freddy E. Aliendre España

ARTICULACIÓN DE LOS PLANES DE

DESARROLLO

(53)

DEFINE EL CONJUNTO DE OBJETIVOS Y

POLÍTICAS INTEGRALES DE

DE LA ARTICULACIÓN DE LOS PLANES

NIVEL MUNICIPAL NIVEL NACIONAL NIVEL DEPARTAMENTAL

PDES PDATD PDATM

DEBEN TERRITORIALIZAR LOS OBJETIVOS Y POLÍTICAS

T.I.O.C.

(54)
(55)

FINANCIAMIENTO EXTERNO PARA EL

DESARROLLO INTEGRAL

Es el conjunto de principios, procesos,

procedimientos e instrumentos técnicos destinados

a la gestión de inversión y el financiamiento

externo bilateral y multilateral que se requieren

para la implementación de los planes generados, en

el marco del SPIE.

Las funciones de gestión de financiamiento externo

bilateral y multilateral, serán coordinadas y

articuladas entre los Órganos Rectores del SPIE,

del Sistema Nacional de Tesorería y Crédito Público

y del Sistema de Presupuesto.

(56)

SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y

EVALUACIÓN INTEGRAL DE PLANES (SEIP)

 Es el conjunto de lineamientos, metodologías,

procedimientos e instrumentos técnicos orientados a

sistematizar, analizar y evaluar el cumplimiento de las metas, resultados y acciones de los

planes de largo, mediano y corto plazo.

Permite verificar los avances y logros en las metas,

resultados y acciones, examinando la efectividad de

las mismas, optimizando la asignación de los recursos financieros, y estableciendo las acciones correctivas oportunas para la efectiva implementación de los planes

El Órgano Rector coordinara e implementara este

subsistema con todas las entidades públicas.

(57)

SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y

EVALUACIÓN INTEGRAL DE PLANES (SEIP)

SEGUIMIENTO INTEGRAL

.

El Órgano Rector, realizará el seguimiento integral

al PGDES y al PDES a través de la aplicación del

SEIP, en coordinación y con la participación de las

entidades públicas.

El seguimiento integral a los planes de largo,

mediano y corto plazo, estará a cargo de las

Máximas Autoridades Ejecutivas de las

entidades públicas, en coordinación con el Órgano

Rector, a través de la aplicación del SEIP y de

(58)

SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y

EVALUACIÓN INTEGRAL DE PLANES (SEIP)

REPORTES.

Para el seguimiento integral a la planificación del largo,

mediano y corto plazo, se generarán reportes periódicos

y anuales respecto a la implementación de los planes, que

establecerán los avances de las metas, resultados y acciones previstas en éstos.

 Información en tiempo real y en línea:

Ejecución física de las metas, resultados y acciones,

incluyendo la relación entre lo programado y ejecutado.

Ejecución financiera de las metas, resultados y acciones,

incluyendo la relación entre lo programado y ejecutado.

Relación de avances en las metas, resultados y

acciones.

Alerta temprana con relación al cumplimiento de plazos y

desempeño de la inversión pública.

(59)

SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y

EVALUACIÓN INTEGRAL DE PLANES (SEIP)

EVALUACIÓN INTEGRAL

Se realizará en el marco de una valoración cuantitativa

y/o cualitativa de medio término, respecto al alcance

de las metas, resultados y acciones.

 La evaluación integral de medio término del PGDES y

PDES será efectuada por el Órgano Rector, en

coordinación con las MAEs de las entidades públicas.

La evaluación integral del PDES se realizará sobre la base de los reportes de seguimiento integral del SEIP y de los informes de evaluación integral de los planes, los cuales serán comunicados a la Contraloría General del Estado para fines previstos

(60)

SUBSISTEMA DE SEGUIMIENTO Y

EVALUACIÓN INTEGRAL DE PLANES (SEIP)

EVALUACIÓN INTEGRAL

 La evaluación integral de otros planes de mediano y corto

plazo será realizada por las MAEs de las entidades

públicas, en coordinación con el Órgano Rector del SPIE.

 Las evaluaciones integrales de medio término del PGDES y

PDES serán presentadas al Presidente para su consideración, análisis y toma de decisiones.

El Órgano Rector del SPIE podrá realizar evaluaciones

específicas de las metas, resultados y acciones de los

planes de mediano y corto plazo cuando lo considere

necesario, realizando recomendaciones a las MAEs de los Ministerios y al Presidente para la toma de decisiones que correspondan

(61)

PLATAFORMAS DE APOYO AL SISTEMA

DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO

PLATAFORMA INTEGRADA DE PLANIFICACIÓN(PIP-SPIE)

está a cargo del Órgano Rector, articula la información del

Estado Plurinacional relacionada con los subsistemas del SPIE,

generando información oportuna, confiable, en línea y en tiempo real sobre la planificación del Estado Plurinacional, e incluye un módulo de reportes de gestión.

Con el propósito de implementar la Plataforma PIP-SPIE, los

sistemas informáticos relacionados con la planificación,

inversión pública y financiamiento externo, seguimiento y

evaluación integral de planes, existentes y a ser creados con este propósito, se articularán bajo un enfoque de interoperabilidad en línea y tiempo real usando las mejores tecnologías disponibles. También se realizarán las articulaciones necesarias con otros sistemas informáticos de gestión pública constituyendo la Plataforma Integrada de Gestión Pública.

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PLATAFORMAS DE APOYO AL SISTEMA

DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO

PLATAFORMA DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO.

 La Plataforma de Información del Sistema de

Planificación Integral del Estado (INFO-SPIE), a cargo del Órgano Rector, es el conjunto de datos oficiales,

confiables, oportunos y de alta calidad técnica del Estado Plurinacional, que permiten informar, tomar

decisiones, y aportar en el seguimiento y evaluación del PDES y de los planes sectoriales y territoriales,

haciendo un manejo transparente y público de esta información, según corresponda, a través de una plataforma integrada e interoperable.

(63)

PLATAFORMAS DE APOYO AL SISTEMA

DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO

PLATAFORMA DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO.

La Plataforma INFO-SPIE administrará bases de datos e

información generada y proporcionada por todas las

entidades públicas, en diferentes formatos y soportes:

estadístico, cartográfico, geográfico, entre otros. El Órgano

Rector , desarrollará los sistemas informáticos para el acceso a la información de forma ágil, oportuna y pertinente.

 Las entidades públicas, desarrollarán procesos de articulación e

interoperabilidad de sus sistemas de información con la Plataforma INFO-SPIE, y proporcionarán la información requerida por el Órgano Rector, en el marco de la

infraestructura de datos espaciales, formatos, protocolos,

normas técnicas y lineamientos técnicos a ser definidos por el Órgano Rector del SPIE, en reglamentación específica.

(64)

PLATAFORMAS DE APOYO AL SISTEMA

DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO

PLATAFORMA DE REGISTRO INTEGRADO DE

PROGRAMAS SOCIALES.

 Se crea la Plataforma de Registro Integrado de

Programas Sociales del Estado Plurinacional de Bolivia (PREGIPS) para el registro integrado de programas

sociales y económicos y de sus beneficiarios,

identificación de beneficiarios futuros, y como un

instrumento de planificación y coordinación informada de políticas y programas de reducción de la pobreza. El

funcionamiento de la Plataforma PREGIPS será reglamentado en un Decreto Supremo específico.

(65)

PLATAFORMAS DE APOYO AL SISTEMA

DE PLANIFICACIÓN INTEGRAL DEL ESTADO

PLATAFORMA DE REGISTRO INTEGRADO DE

PROGRAMAS SOCIALES.

El Órgano Rector establecerá la unidad técnica de

coordinación para el funcionamiento de la Plataforma

PREGIPS, que estará a cargo de la gestión, administración, desarrollo conceptual, técnico y metodológico del registro de extrema pobreza en el país y potenciales beneficiarios de programas sociales, en coordinación con entidades

competentes del Órgano Ejecutivo, quienes proporcionarán la información necesaria de acuerdo a convenios

institucionales, estructura y formatos establecidos.

Los programas sociales remitirán información de forma

obligatoria a la Plataforma PREGIPS vinculada con su

actividad, la que articulará esta información en una base de datos integrada.

(66)

MGP. Freddy E. Aliendre España 66

Referencias

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