Informe Ejecutivo
Sección A: Volumen Uno: A1
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SECCIÓN A
A1.- Informe Ejecutivo
Índice
Pág.
Consideraciones legales previas
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Presentación
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Marco Jurídico
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Estructura de los tomos que integran el Informe del Resultado
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Auditorías Realizadas
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Entidades Auditadas
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Auditorías a Fondos Federales
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Acciones a derivarse de la fiscalización a las cuentas públicas del 2013
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Integración de fases del programa anual de auditorías visitas e inspecciones
para el ejercicio 2013
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Asuntos para la Agenda Legislativa
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Aspectos de Interés
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Consideraciones Legales Previas
El pasado 04 de noviembre de 2014, el H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza aprobó la iniciativa presentada por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado en materia de fiscalización superior y rendición de cuentas, mediante la cual se reforman, adicionan o derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y se crea la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Los Decretos número 612 y 613, los cuales se refieren a la Reforma Constitucional y a la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza, respectivamente, fueron publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila, en fecha 11 de noviembre de 2014, entrando en vigor a partir del día hábil siguiente.
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo Segundo Transitorio de la mencionada Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior, se abroga la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 12 de febrero de 2013 y sus respectivas reformas, así como todas las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan al referido Decreto.
No obstante, el Artículo Tercero Transitorio de la Ley en comento establece que los procedimientos administrativos y los asuntos que a la entrada en vigor de la misma se encuentren en trámite, continuarán su desarrollo conforme a la ley que se abroga.
Ahora bien, el proceso de fiscalización correspondiente a la cuenta pública del ejercicio 2013, comprende desde la presentación del informe de avance de gestión financiera del primer trimestre del ejercicio 2013, hasta la presentación del Informe del Resultado, según lo dispuesto por el artículo 3, fracción XX de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Por tanto, y en virtud de que se trata de un proceso que aún se encuentra en trámite, resultan aplicables las disposiciones contenidas en la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, así como lo señalado por el artículo 67, fracción XXXIV de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, vigente hasta antes de la publicación de la Reforma Constitucional.
Por lo anterior, toda vez que la Auditoría Superior del Estado inició la revisión y fiscalización superior de las cuentas públicas con base en lo dispuesto por el artículo 67, fracción XXXIV de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como en las disposiciones contenidas en la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, deberá culminar el proceso de fiscalización con la presentación del Informe del Resultado ante el H. Congreso del Estado, de conformidad con lo establecido en dichos ordenamientos legales. En ese orden de ideas, la fundamentación señalada en el presente Informe del Resultado, se encuentra amparada en el artículo 67, fracción XXXIV de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y en la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Por ello, y con el propósito de evitar repeticiones innecesarias, en lo sucesivo cuando se refiera a la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, se entenderá que se hace alusión a la Carta Magna local vigente hasta antes de la referida Reforma Constitucional; de igual forma, cuando se refiera a Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de
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Zaragoza, se entenderá que se hace alusión a la publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en fecha 12 de febrero de 2013 y sus posteriores reformas.Finalmente, por las razones antes expuestas, es importante destacar que en el presente Informe del Resultado no serán aplicables las disposiciones contenidas en la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como los actos y procedimientos que deriven de la misma, en virtud de que dichas disposiciones no resultan aplicables para la revisión de las cuentas públicas del ejercicio 2013 y, por tanto, son inaplicables también para el presente informe.
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Presentación
Durante los últimos años el mundo se ha visto inmerso en una serie de vastas y significativas transformaciones caracterizadas por una serie de cambios institucionales cada vez más dinámicos; el paradigma burocrático tradicional en el cual se visualizaba a los gobiernos como un ente único y monolítico ha sido superado por una visión más amplia en la que confluyen complejas relaciones organizacionales en la tarea de administrar las políticas públicas que impactan en las necesidades, preferencias y bienestar de la ciudadanía.
En este conjunto de vertiginosas transformaciones, ha cobrado una importancia significativa la demanda por una mayor y más eficaz evaluación de las operaciones del gobierno, con énfasis en la rendición de cuentas. Bajo los nuevos esquemas de la Administración Pública, la rendición de cuentas se ha insertado como un eje fundamental del Estado democrático moderno, más allá de ser un proceso de operaciones aritméticas de los ingresos y gastos para informar sobre el uso de los recursos de la sociedad, es una interpretación de la realidad política y económica de la administración pública que es revisada, observada y calificada por el Poder Legislativo en representación de la sociedad a través de los Órganos de Fiscalización Superior; de esta manera se contribuye a la consolidación de la probidad, orden y control en el manejo de los recursos que la sociedad confiere al sector gubernamental.
Para los politólogos James G. March y Johan P. Olsen (1995) el proceso de rendición de cuentas se debe basar en dos lógicas: la de la buena práctica y la de lo correcto. La primera destaca la acción inteligente que produce buenos resultados; es la lógica de la eficacia, la eficiencia y la efectividad, en tanto que la segunda es la lógica de la legalidad, el ajuste a los métodos y las normas prevalecientes, el seguimiento de las reglas y la justificación del uso y manejo de los recursos de la sociedad. El esfuerzo de rendir cuentas debe enfocarse en que ambas lógicas coincidan, procurando que las acciones de los entes públicos se ajusten a la normatividad y al mismo tiempo produzcan resultados y solucionen problemas.
Este enfoque nos conduce a fortalecer el diseño institucional de la rendición de cuentas y a considerar como un gran reto y desafío, la integración de las medidas, herramientas y procedimientos para consolidar la mejora del desempeño de las instituciones del gobierno, impulsando una administración pública dinámica y moderna, y por ende, una gestión de gobierno más transparente, eficaz y eficiente en beneficio de la ciudadanía.
Hablar del uso y manejo adecuado de los recursos públicos implica conocer a profundidad y a detalle, cómo se desarrollan los procesos de planeación, programación, presupuesto y ejecución de los programas y acciones gubernamentales financiados con los recursos que la sociedad le aporta al Estado, verificando su adecuado ejercicio, considerando las dimensiones de eficiencia, eficacia, economía, calidad y honradez; y analizando, tanto el grado de cumplimiento de los objetivos previamente establecidos, como el impacto de la operación e implementación de las políticas en beneficio de la sociedad.
El proceso de rendición de cuentas se apoya en las acciones de fiscalización superior, es decir, en el proceso de auditoría pública, del que destacan la revisión financiera de los recursos públicos y recientemente también la evaluación del rendimiento gubernamental y de la gestión para el cumplimiento de los objetivos de los programas públicos y su impacto en la población objetivo. Desde la perspectiva de Thomas Dye (1987) (especialista en gobierno y asuntos públicos) dicha evaluación consiste en el análisis objetivo, sistemático y
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empírico de los efectos de las políticas y los programas en curso sobre sus objetivos en términos de las metas que pretenden alcanzar.En este orden de ideas, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila (ASEC), se integra en este contexto de cambio institucional, para apoyar al Poder Legislativo Estatal en el cumplimiento de sus responsabilidades constitucionales, y para ayudar a mejorar la gestión gubernamental y asegurar la rendición de cuentas para beneficio de la ciudadanía, apoyando el proceso de dar a conocer al escrutinio de la sociedad el uso y manejo de los recursos públicos, requiriendo a los entes ejecutores la justificación de las acciones llevadas a cabo durante la gestión de dichos recursos, así como promoviendo las responsabilidades en términos de la Ley con respecto a dicha gestión.
El modelo de fiscalización ejercido por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila se basa en una estrecha y fluida relación entre el Congreso y este órgano de fiscalización que se traduce en una supervisión y vigilancia más sofisticada de los recursos públicos y una alta calidad de rendición de cuentas. El profesionalismo procurado por este órgano fiscalizador en el campo de la auditoría pública y los conocimientos acumulados sobre la operación gubernamental permite fortalecer el impacto de sus trabajos en la gestión pública, mediante revisiones que buscan estar a la vanguardia metodológica en materia de fiscalización, con base en los principios que rigen la gestión gubernamental, de tal modo que puedan adoptarse las medidas preventivas y correctivas procedentes, y determinar o promover las responsabilidades y sanciones que, en su caso, correspondan.
La fiscalización superior se constituye como una parte sustancial del sistema de rendición de cuentas, siendo ésta la facultad ejercida por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila para la revisión de las cuentas públicas, asi como de los informes de avance de gestión financiera de los poderes del estado, municipios y de los organismos públicos autónomos y de las demás entidades que se encuentren bajo su ámbito de influencia y cuya gestión presupuestal y programática no esté incorporada en su Cuenta Pública. Dicha facultad inicia a partir de la recepción de las Cuentas Públicas que, por disposición legal, presentan cada año las entidades públicas al H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza.
La fiscalización de las cuentas públicas e informes de avance de gestión financiera correspondientes al ejercicio 2013 busca analizar los resultados, procedimientos y gestión de las acciones realizadas por los entes auditables en materia de recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos y egresos en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables, conforme a los criterios y normas establecidos, así como determinar el desempeño en el cumplimiento de planes y programas, con base en los indicadores aprobados en el presupuesto y su efecto en las condiciones sociales y económicas de su jurisdicción.
Así mismo, el proceso de fiscalización superior en el Estado de Coahuila se realizó conforme a lo dispuesto en el articulo 116, fracción II, párrafo sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Méxicanos (CPEUM), con base en los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, imparcialidad y confiabilidad, además de los principios adicionales de definitividad, imparcialidad, integridad, transparencia, oportunidad, congruencia, inmediatez, suficiencia financiera, independencia y objetividad, señalados en el articulo 6 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, vigente al momento de iniciar los procedimientos de auditoría correspondientes al ejercicio 2013.
Dicha revisión se efectuó por personal profesional de la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, así como por profesionales de auditoría independientes, de conformidad con la metodología determinada en el Programa
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Anual de Auditorías, Visitas e Inspecciones (PAAVII) relativo a las cuentas públicas del referido ejercicio, remitido a la Comisión de Hacienda y Cuenta Pública del H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza el día 08 de abril de 2014.
Así mismo y con el propósito de mejorar, actualizar y hacer más eficiente la labor fiscalizadora, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila implementó la mejora continua en sus procesos, procedimientos, sistemas, técnicas, estrategias, programas y normas profesionales de auditoría, verificando el cumplimiento de las disposiciones jurídicas, administrativas, financieras y contables.
Una vez concluidos los trabajos de fiscalización superior, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila procedió a la integración de todos los hallazgos advertidos en las revisiones efectuadas, vertiéndolos en un documento que constituye el producto final de un proceso que contiene los resultados de las auditorías practicadas y que previamente fueron programadas, denominado Informe del Resultado de la revisión y fiscalización superior de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2013, conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Fiscalización Superior citada.
Por ello, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila está consciente del papel fundamental que le corresponde desempeñar, al mostrar a la sociedad, tanto el origen como el destino de los recursos que fueron confiados a las diversas entidades públicas, así como la calidad de su gestión, el cumplimiento de sus objetivos y metas, además del impacto socioeconómico de sus acciones, a través del presente Informe del Resultado, el cual constituye la evidencia del eficiente sistema de rendición de cuentas, sustentado en la apertura de la información que existe hoy en día para dar mayor transparencia a todos los actos que derivan de la gestión pública.
Consolidando el compromiso de informar los resultados de la fiscalización atendiendo en todo momento el principio de máxima publicidad de la información gubernamental, como un elemento esencial de la democracia en la que el ciudadano debe tener acceso a la información necesaria tanto para exigirle cuentas a sus representantes y participar en la toma de decisiones, se presentó desde el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2012, el Sistema de Administración y Automatización de Informes.
Para la revisión de la Cuenta Pública 2013, también se emplea la misma plataforma que en un formato dinámico, flexible, atractivo y versátil, pone a disposición de la sociedad a través de la página Web de la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, la consulta de los resultados de la fiscalización por tomo, por tipo de entidad fiscalizada, por tipo de auditoría y según estudios especiales elaborados, en formato electrónico y con la posibilidad de acceder, consultar, extraer y organizar dichos informes utilizando medios informáticos, de acuerdo a las necesidades específicas del usuario.
Esta innovación representa un sustancial esfuerzo por transparentar y poner a disposición de los interesados de manera sencilla y accesible los resultados de la fiscalización superior desarrollada por este órgano técnico, buscando con ello consolidar una relación de confianza con la sociedad y con los diversos actores involucrados en la función pública.
La Auditoría Superior del Estado de Coahuila ha buscado de manera continua consolidarse como una institución de elevados estándares de calidad, integridad, profesionalismo y credibilidad; para ello se ha procurado fortalecer el enfoque técnico e imparcial que ha sido la pauta en el desahogo de sus trabajos, lo cual representa un enorme compromiso y un importante reto para continuar emprendiendo acciones que aseguren la mejora continua de este órgano técnico fiscalizador, con la finalidad de constituirse como un referente obligado para
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llevar a cabo acciones que coadyuven a fortalecer los organismos públicos, como sustento y apoyo de nuestro régimen democrático.Es por ello que se tiene plena conciencia de la necesidad de encontrar esquemas para el desarrollo de las funciones que la normatividad aplicable delega en esta institución, de manera que los trabajos que día a día se desarrollan sean determinantes para influir en la política de rendición de cuentas y de combate a la corrupción y a las prácticas deficientes al interior de las entidades fiscalizadas, constituyendo a la Auditoría Superior del Estado como el detonante de cambios sustanciales en las prácticas gubernamentales, inhibiendo la reincidencia de las faltas observadas y señaladas por este órgano fiscalizador en sus informes e impulsando cambios positivos en el diseño, implementación y ejecución de las políticas públicas y los programas gubernamentales. Por ello, siempre estará latente el compromiso de hacer de la fiscalización superior el instrumento fundamental de vigilancia de las operaciones financieras en el ámbito gubernamental, para eficientar los procesos en la gestión pública y asegurar el buen uso de los recursos públicos.
Desde luego, estamos comprometidos con el objetivo de coadyuvar en el diseño de un sistema de fiscalización superior de excelencia, y cumplir con la exigencia de todos los coahuilenses; con una fiscalización que promueva, pero sobre todo que garantice el cumplimiento de los programas y la utilización eficiente y transparente de los recursos públicos.
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Marco Jurídico
El principal propósito de llevar a cabo la revisión y fiscalización de las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2013, lo constituye conocer la gestión financiera de las entidades, a efecto de comprobar que la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos y egresos durante el periodo comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre del referido ejercicio, se ajustaron y ejercieron en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables.
Bajo ese contexto y considerando que las operaciones de las entidades públicas debieron ajustarse a las disposiciones contenidas en los distintos ordenamientos que regulan su gestión, fue necesario que en el proceso de fiscalización superior de las Cuentas Públicas del ejercicio en mención, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila analizara detenidamente la legislación vigente tanto federal como estatal, según fuere el caso, para constatar que todos y cada uno de los actos realizados por dichas entidades encontrarán su justificación, pero sobre todo sustento en los dispositivos legales correspondientes.
A continuación se señalan los diversos dispositivos legales que fueron considerados por este órgano técnico de fiscalización, para constatar que la gestión financiera de las entidades fiscalizadas se apegue a la legislación vigente en función al ámbito de competencia:
Federal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Ley de Coordinación Fiscal.
Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Ley Federal de Derechos.
Ley de Planeación.
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.
Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.
Código Fiscal de la Federación.
Ley del Impuesto al Valor Agregado.
Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Ley General de Desarrollo Social.
Ley General de Salud.
Ley General de Educación.
Reglas de Operación de los Programas con Recursos Federales (Subsidios a los municipios y, en su caso, a los estados cuando tengan a su cargo la función o la ejerzan coordinadamente con los municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la seguridad pública en sus demarcaciones territoriales
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(SUBSEMUN); fondo de pavimentacion, espacios deportivos, alumbrado público y rehabilitación de infraestructura educativa para municipios y demarcaciones terrigtoriales del Distrito Federal (FOPEDEP); fondo para la construcción, mantenimiento, reparación y ampliación de obras de vialidad (CAPUFE); convenio con la comisión nacional de cultura fisica y deporte, programa de agua potable, alcantarillado y saneamiento en zonas urbanas (APAZU); programa agua limpia (PAL)).Estatal
Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza y su Reglamento.
Código Fiscal del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2013.
Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2013.
Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Coahuila.
Leyes de Ingresos de los Municipios para el Ejercicio Fiscal 2013.
Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley General de Bienes del Estado de Coahuila.
Ley de Deuda Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Proyectos para Prestación de Servicios del Estado de Coahuila.
Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Coahuila de Zaragoza.
Ley para la Distribución de Participaciones y Aportaciones Federales a los Municipios del Estado.
Ley que Establece las Bases y los Lineamientos Generales para la Recepción de las Aportaciones Federales, y la Creación, Distribución, Aplicación y Seguimiento de esos Recursos en “Los Fondos Estatales para el Desarrollo Social en Coahuila”.
Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila.
Ley Reglamentaria del Presupuesto de Egresos del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Leyes y Decretos de creación de entidades paraestatales y paramunicipales.
Ley para la Prevención y Combate a la Pobreza Extrema en el Estado de Coahuila de Zaragoza.
Convenio Auditoría Superior de la Federación (ASF) – Auditoría Superior del Estado de Coahuila.
Presupuestos de Egresos Municipales 2013.
Presupuestos de Ingresos Municipales 2013.
Ley Estatal de Educación.
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Disposiciones administrativas de carácter municipal
Reglamentos correspondientes. Disposiciones normativas
Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.
Normas y Procedimientos de Auditoría y Normas para Atestiguar.
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Estructura de los tomos que integran el Informe del Resultado
El proceso de fiscalización de las cuentas públicas, culmina con la presentación del Informe del Resultado ante el H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza por conducto de la Comisión de Hacienda y Cuenta Pública. En términos del artículo 3, fracción XI de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, dicho informe es el documento que contiene los resultados de la revisión de las cuentas públicas llevada a cabo por este órgano técnico de fiscalización superior.
De acuerdo a la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el Informe del Resultado es el documento que contiene el resultado de la revisión de las cuentas públicas llevadas a cabo por la Auditoría Superior de Coahuila y presentado al Congreso del Estado por conducto de la Comisión de Hacienda y Cuenta Pública. Según lo dispone la Ley en comento, en su artículo 33, el presente Informe del Resultado se integra por la siguiente información:
1. Los dictámenes de la revisión de las Cuentas Públicas.
2. El apartado correspondiente a la fiscalización superior y verificación del cumplimiento de los planes y programas, con respecto a la evaluación de la consecución de sus objetivos y metas, bajo criterios de eficiencia, eficacia y economía.
3. El cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como de las normas de información financiera para el sector público y de las disposiciones contenidas en los ordenamientos correspondientes.
4. Los resultados de la gestión financiera.
5. Los resultados de las auditorías de desempeño y legalidad practicadas.
6. La comprobación de que las entidades se ajustaron a la Ley de Ingresos o Presupuesto de Ingresos de la entidad, al Presupuesto de Egresos y demás ordenamientos aplicables, y,
7. El análisis de las desviaciones presupuestarias, en su caso.
En cumplimiento a dicha disposición, los resultados de la revisión y fiscalización de las cuentas públicas de las diversas entidades, se encuentran contenidos en el presente instrumento público que en forma clara, precisa y completa, permite conocer toda aquella información generada por el órgano fiscalizador respecto a la recaudación, manejo, custodia, aplicación y ejercicio de los ingresos, egresos, fondos y, en general, de los recursos públicos que dichas entidades utilizaron.
Derivado de lo anterior, es necesario que la información sea plasmada bajo una estructura o metodología adecuada en función a la naturaleza jurídica de cada una de las entidades, lo cual redundará en un mejor y mayor análisis de la gestión financiera de cada una de ellas.
Con el fin de cumplir con los siete incisos sobre el contenido del Informe del Resultado y en apego a las disposiciones legales relativas a la revisión y fiscalización de las cuentas públicas de las entidades del Estado, atendiendo a la naturaleza jurídica de las entidades a que se refieren los artículos 3, fracción VI y 18 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el Informe se integra en cuatro tomos, las cuales se estructuran de la siguiente manera: el tomo A se integra de una sección única, el tomo B de cinco secciones, el tomo C de cinco secciones y el tomo D está integrada por cinco secciones.
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El tomo A, es el informe ejecutivo del Informe del Resultado.
El tomo B, trata sobre las Auditorías de Cumplimiento Financiero, para efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 33 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Las primeras cuatro secciones de este tomo contienen la información a que se refiere dicha disposición, bajo la estructura que a continuación se señala:
1. Denominación de la Entidad Auditada. 2. Presentación de la Cuenta Pública. 3. Aspectos Presupuestarios.
Ley de Ingresos.
Presupuesto de Ingresos.
Presupuesto de Egresos.
4. Análisis de las desviaciones presupuestarias. 5. Fiscalización Superior.
6. Técnicas de Auditoría Utilizadas. 7. Resultados de la Fiscalización.
8. Pliego de Observaciones y Pliego de Recomendaciones. 9. Verificación del Cumplimiento de los Planes y Programas.
10. Cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como de las Normas de Información Financiera para el Sector Público y de las disposiciones contenidas en otros ordenamientos.
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11. Dictamen de la Auditoría Superior del Estado de Coahuila.Además se incluye una quinta sección en este tomo, en donde se presenta una recopilación de prácticas deficientes con repercusión fiscal.
El tomo C, contiene los resultados de las Auditorías de Desempeño y de Cumplimiento de Legalidad. El propósito de las primeras es evaluar el desempeño en el cumplimiento de los planes y programas, con base en los indicadores aprobados en el presupuesto y su efecto en las condiciones sociales y económicas de la población objetivo; el propósito de las segundas es evaluar que los entes auditados efectuaron sus acciones y operaciones de conformidad con lo que establece la normatividad y el marco legal que les aplique.
El tomo D, trata sobre el resultado de los Indicadores de Desempeño y Estudios Especiales sobre
situaciones particulares, objeto de estudio a fin de emitir conclusiones y recomendaciones que
permitan mejorar la gestión de los entes auditados y evaluados.
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Los estudios especiales contemplados en el tomo D-2, desarrollan temas relevantes para la hacienda
pública estatal y municipal, siendo éstos:
Estimación del PIB Municipal
El objetivo de este estudio es calcular el indicador de Producto Interno Municipal con el fin de contar
con un indicador que mejore y complemente nuestros estudios, que optimice la planificación
gubernamental de las autoridades municipales y estatales y para el conocimiento del público en
general.
Diagnóstico de la Deuda Pública Municipal
El objetivo de este estudio es examinar la situación al ejercicio 2013 de los pasivos municipales y por
tanto la postura fiscal con indicadores de solvencia, vulnerabilidad y sostenibilidad, abarcando las
obligaciones derivadas de cuentas por pagar a proveedores, contratistas y por prestación de servicios,
así como retenciones y deuda bancaria.
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Desempeño de la recaudación municipal en predial y agua y su impacto en las participaciones
El objetivo de este trabajo es analizar el desempeño de la eficiencia recaudatoria, principalmente en
materia del impuesto predial y de los derechos por suministro de agua, ya que por un lado ambos
rubros son los más significativos en los ingresos propios de los municipios; por otro lado, su
recaudación es un factor de peso significativo para la distribución de las participaciones.
Evaluación de la Planeación Municipal 2010 — 2013
El objetivo de este estudio es confrontar los avances de gestión informados por los municipios durante la administración 2010 – 2013 con respecto a sus objetivos planteados en sus respectivos planes de desarrollo, se analiza el cumplimiento de las líneas de acción planteadas contra las acciones realizadas, señaladas en sus informes de resultados 2010 - 2013.
Análisis de la Gestión del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM)
El objetivo de este estudio es analizar el desempeño de las administraciones municipales en cuanto a la gestión y manejo del FISM, verificando que se hayan aplicado la totalidad de los recursos, conforme al calendario establecido, en obras de impacto para el desarrollo social y principalmente para el combate a la pobreza, así como en localidades con carencias significativas.
Análisis del Desempeño de las Finanzas Municipales
El objetivo de este estudio es analizar las finanzas municipales, su postura fiscal a través del balance público, balance primario y balance corriente, sus ingresos detallando el esfuerzo fiscal por recaudar ingresos de fuentes propias y la dependencia de ingresos derivados de transferencias, así como su gasto, determinando el peso que tienen en su composición el gasto corriente y el gasto en inversión.
Análisis del Desempeño de las Finanzas de los Sistemas Municipales de Agua (SIMAS)
El objetivo de este estudio es analizar los organismos de agua potable y saneamiento del Estado, observando su comportamiento financiero, detallando los ingresos de su gestión, sus gastos operativos y de inversión, el resultado del ejercicio, además del comportamiento de sus pasivos.
Índice General de Desempeño
El objetivo de este estudio es presentar un Índice General de Gestión, dividido en dos secciones uno de gestión municipal y otro de gestión de los SIMAS, presentando de manera simplificada los resultados obtenidos de la aplicación de 31 indicadores de desempeño municipal y 20 de SIMAS. Sintetizando los resultados de los indicadores en 4 subíndices municipales y 3 subíndices de SIMAS.
Evaluación de las Políticas Estatales
En función del artículo 100, apartado A, fracción IX de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, se faculta a nuestra institución para la publicación de estudios de investigación relacionados con las materias de su competencia, dentro de los cuales es posible realizar evaluaciones de políticas públicas, las cuales permiten ofrecer diagnósticos objetivos respecto al cumplimiento de las metas y objetivos propuestos. Esta actividad resulta de especial trascendencia, ya que la información resultante, al ser puesta en manos del Congreso, de los responsables de la ejecución de las políticas y del público en general, ofrece un punto de vista técnico del diseño, los alcances, logros, y en su caso desviaciones e insuficiencias de políticas y programas, por lo
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que por primera vez, como parte de la revisión de la Cuenta Pública 2013, se incluyen cuatro evaluaciones de Políticas:
Política de Ingresos
El objetivo de este estudio es analizar el diseño, desempeño y resultados principales de la Política de Ingresos del Estado, por medio de los principales indicadores en la materia establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo, así como verificando el cumplimiento de los objetivos establecidos en el mismo Plan, tales como fortalecer la recaudación, buscar nuevas fuentes de ingresos propios y fortalecer la auditoría fiscal.
Política de Desarrollo Rural
El objetivo del presente trabajo es analizar el diseño, desempeño y resultados principales de la Política de Desarrollo Rural del Estado, por medio de los principales indicadores del sector establecidos tanto en el Plan Estatal de Desarrollo como en el correspondiente plan sectorial, analizar fortalezas y debilidades, el contexto actual de la producción agrícola estatal en el ámbito nacional, identificar oportunidades y emitir recomendaciones.
Política de Desarrollo Social
El objetivo del presente trabajo es analizar el diseño, desempeño y resultados principales de la Política de Desarrollo Social del Estado, por medio de los principales indicadores del sector establecidos tanto en el Plan Estatal de Desarrollo como en el correspondiente plan sectorial, identificar proyectos y acciones encaminados a fortalecer el desarrollo social del Estado, verificar las principales condiciones socioeconómicas de la población y analizar fortalezas y debilidades, el contexto actual de la producción agrícola estatal en el ámbito nacional, identificar oportunidades y emitir recomendaciones.
Política de Educación Básica
El objetivo del presente trabajo es analizar el diseño, desempeño y resultados principales de la Política de Educación Básica del Estado, por medio de los principales indicadores del sector establecidos tanto en el Plan Estatal de Desarrollo como en el correspondiente plan sectorial, analizando las estadísticas educativas disponibles considerando la importancia que tiene el nivel básico en los procesos de alfabetización y el impacto que esto representa en el bienestar de la población, siendo incluso uno de los puntos de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Análisis de la Deuda Pública por Entidad Federativa 2010 - 2013
El objetivo de este estudio es examinar la situación al ejercicio 2013 de los pasivos de las entidades federativas y por tanto la postura fiscal con indicadores de vulnerabilidad y sostenibilidad, destacando de manera particular el caso de los pasivos del estado de Coahuila, su posición en relación al contexto nacional así como su viabilidad crediticia en función de la calificación de riesgo emitida por la firma Fitch Ratings.
Seguridad Pública Municipal, Aspectos Financieros
El objetivo de este estudio es presentar un análisis de la situación que guarda el estado de Coahuila y los municipios en relación con los principales indicadores de seguridad pública emitidos tanto por la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE), como por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), relacionándolo con los débiles esfuerzos presupuestarios de parte de los ayuntamientos para fortalecer la seguridad pública y presentando alternativas para darle mayor
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suficiencia a los presupuestos para las corporaciones policiacas y los departamentos responsables de la seguridad.El estudio contemplado en el tomo D-4, desarrolla un tema en materia de contabilidad gubernamental siendo éste:
Informe Índice de Información Presupuestal Municipal 2014, Enfoque en Coahuila
El estudio tiene el objetivo de describir la situación que guardan los municipios del estado de Coahuila en relación con el el Índice de Información Presupuestal Municipal (IIPM) diseñado por el Instituto Mexicano para la Competitividad A. C. (IMCO) para dar seguimiento al cumplimiento de las obligaciones en materia de armonización contable y la difusión de la información financiera gubernamental de acuerdo con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, destacando los casos de los municipios de Nava y de Matamoros que cumplen al 100% con la totalidad de los puntos del IIPM.
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Auditorías Realizadas
En este apartado se precisa la cantidad de auditorías que se practicaron a las distintas entidades respecto a su Cuenta Pública correspondiente al ejercicio 2013, atendiendo principalmente a los diversos tipos de auditorías, como son: de cumplimiento financiero, inversión en obra pública, fondos y programas federales, legalidad y de desempeño clasificadas de la siguiente forma:
De lo anterior se establece que la revisión y fiscalización se efectuó a los 3 Poderes del Estado, 4 Organismos Autónomos, 1 Entidad Estatal, 40 Entidades Paraestatales y 3 Sistemas de Aguas y Saneamiento Estatales, 18 Sistemas Municipales de Aguas y Saneamiento, 10 Organismos Públicos Descentralizados Paramunicipales y a los 38 Municipios, que en su totalidad suman 114 entidades.
Así mismo, se informa que 5 entidades no fueron revisadas por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, por las siguientes razones:
A. Entidades revisadas por la Auditoría Superior de la Federación de acuerdo a su Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública (PAAF):
Fideicomiso del Fondo para la Seguridad Pública de la Región Laguna de Coahuila, la revisión la realizó a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal (FASP).
Fideicomiso del Fondo para la Seguridad Pública del Estado de Coahuila, la revisión la realizó a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal (FASP).
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Servicios de Salud de Coahuila, la revisión la realizó a través del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA).
B. El Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Saltillo y Aguas de Ramos Arizpe, S.A. de C.V. no tuvieron operaciones en el ejercicio 2013.
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Entidades Auditadas
La revisión y fiscalización superior se efectuó en las siguientes entidades:
Poderes
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
Poder Judicial
Organismos Autónomos
Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila
Comisión Coahuilense de Conciliación y Arbitraje Médico
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila
Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública.
Entidades Estatales
Universidad Autónoma de Coahuila
Auditoría Superior del Estado de Coahuila
Organismos Paraestatales
Colegio de Bachilleres de Coahuila
Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Coahuila
Comisión Estatal de Aguas y Saneamiento de Coahuila
Comisión Estatal de Vivienda
Comisión Estatal para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Urbana y Rústica en Coahuila
Consejo Estatal de Ciencia y Tecnología y el Fomento a la Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Estado de Coahuila
Dirección de Pensiones de los Trabajadores de la Educación
Fideicomiso Irrevocable de Inversión y Administración para el Programa de Financiamiento a la Vivienda para el Magisterio del Estado de Coahuila
Fideicomiso Puente Internacional Piedras Negras II
Fondo de Garantías para el Impulso a la Micro Empresa del Estado de Coahuila
Fondo de la Vivienda para los Trabajadores de la Educación
Fondo Mixto de Fomento a la Investigación Científica y Tecnológica CONACYT-Gobierno del Estado de Coahuila
Fondo de Garantía a la Pequeña y Mediana Minería del Estado de Coahuila
Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial
Instituto Coahuilense de Cultura
Instituto Coahuilense de la Infraestructura Física Educativa
Instituto Coahuilense de las Personas Adultas Mayores
Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado de Coahuila
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Instituto de Servicios de Salud, Rehabilitación y Educación Especial e Integral del Estado de Coahuila
Instituto Estatal del Deporte de Coahuila
Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de la Región Carbonífera
Instituto Tecnológico Superior de Acuña
Instituto Tecnológico Superior de Monclova
Instituto Tecnológico Superior de Múzquiz
Instituto Tecnológico Superior de San Pedro, Coahuila
Promotora Inmobiliaria para el Desarrollo Económico de Coahuila
Promotora para el Desarrollo Minero de Coahuila
Promotora para el Desarrollo Rural de Coahuila
Seguro de los Trabajadores de la Educación
Servicio Médico de los Trabajadores de la Educación
Servicios Estatales Aeroportuarios del Estado de Coahuila
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y Protección de Derechos del Estado de Coahuila.
Universidad Tecnológica de Coahuila
Universidad Tecnológica de la Región Centro de Coahuila
Universidad Tecnológica de Torreón
Universidad Tecnológica del Norte de Coahuila
Municipios Abasolo Acuña Allende Arteaga Candela Castaños Cuatro Ciénegas Escobedo Francisco I. Madero Frontera General Cepeda Guerrero Hidalgo Jiménez Juárez Lamadrid Matamoros Monclova Morelos Múzquiz Nadadores
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Nava Ocampo Parras Piedras Negras Progreso Ramos Arizpe Sabinas Sacramento Saltillo San Buenaventura San Juan de Sabinas
San Pedro Sierra Mojada Torreón Viesca Villa Unión Zaragoza
Sistemas de Aguas y Saneamiento Intermunicipales
Sistema Intermunicipal de Aguas y Saneamiento de Monclova y Frontera, Coahuila
Sistema Intermunicipal de Aguas y Saneamiento de Múzquiz, San Juan de Sabinas y Sabinas, Coahuila
Sistema Intermunicipal de Aguas y Saneamiento de Torreón - Matamoros, Coahuila
Sistemas de Agua Municipales
Aguas de Saltillo, S.A. de C.V.
Compañía de Aguas de Ramos Arizpe S.A. de C.V.
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Acuña, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Allende, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Arteaga, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Candela, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Castaños, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Cuatro Ciénegas, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Francisco I. Madero, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de General Cepeda, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Matamoros, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Morelos, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Parras, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Piedras Negras, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de Sabinas, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de San Buenaventura, Coahuila
Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento de San Pedro, Coahuila
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Organismos Paramunicipales
Consejo Promotor para el Desarrollo de las Reservas Territoriales de Torreón
de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Municipio de Saltillo
Dirección de Pensiones y Beneficios Sociales para los Trabajadores al Servicio del Municipio de Torreón
Instituto Municipal de Cultura de Saltillo
Fomento de Programas y Apoyos para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa del Municipio de Saltillo
Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Francisco I. Madero, Coahuila
Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de San Pedro, Coahuila
Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Viesca, Coahuila
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Auditorías a Fondos Federales
El artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos atribuye la facultad a la Auditoría Superior de la Federación (ASF) para fiscalizar en forma posterior los ingresos, egresos, manejo, custodia y aplicación de los fondos federales que ejerzan las entidades federativas, los municipios y los particulares. En ese sentido, la Auditoría Superior de la Federación ejerció esta facultad y mediante oficio número OSAF/0472/2014, hizo del conocimiento a la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, el listado de las revisiones que incluyó en su Programa Anual de Auditorías relativas a las cuentas públicas del ejercicio 2013 a los Recursos Federales transferidos a esta entidad federativa, de acuerdo a lo siguiente:
A. Auditorías efectuadas por la Auditoría Superior de la Federación
Recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAETA).
Recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAEB).
Recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y el Distrito Federal (FASP).
Recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA).
Recursos Federales Transferidos a través del Acuerdo de Coordinación celebrado entre la Secretaría de Salud y el Gobierno del Estado de Coahuila (Seguro Popular).
Recursos del Programa Subsidios Federales para Organismos Descentralizados Estatales (Evaluación Superior de Calidad).
Recursos Federales Transferidos a través de "Subsidios para Centros de Educación".
Recursos del Fondo de Infraestructura Social Estatal (FISE).
Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM) ejercidos por el municipio de Saltillo, Coahuila.
Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM) ejercidos por el municipio de Torreón, Coahuila.
Recursos para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la Ejerzan Coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) ejercidos por el municipio de Monclova, Coahuila.
Recursos para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la Ejerzan Coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) ejercidos por el municipio de Múzquiz, Coahuila.
Recursos para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la Ejerzan Coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) ejercidos por el municipio de Piedras Negras, Coahuila.
Recursos para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la Ejerzan Coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) ejercidos por el municipio de Ramos Arizpe, Coahuila.
Recursos para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la Ejerzan Coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito
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Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) ejercidos por el municipio de Saltillo, Coahuila. Recursos para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la Ejerzan Coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) ejercidos por el municipio de San Pedro, Coahuila.
Recursos para el Otorgamiento de Subsidios a los Municipios y, en su caso, a los Estados cuando tengan a su cargo la Función o la Ejerzan Coordinadamente con los Municipios, así como al Gobierno del Distrito Federal para la Seguridad Pública en sus Demarcaciones Territoriales (SUBSEMUN) ejercidos por el municipio de Torreón, Coahuila.
Los valores asentados en el Presupuesto de Egresos en el ejercicio 2013 para los fondos antes mencionados fueron:
Recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB).
8,183,688,063.4 $
Recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos
(FAETA). $ 218,227,900.0
Recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y
el Distrito Federal (FASP). $ 213,426,544.0 Recursos del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA). $ 1,331,741,037.7 Recursos Federales Transferidos a través del Acuerdo de Coordinación
celebrado entre la Secretaría de Salud y el Gobierno del Estado de Coahuila
(Seguro Popular). $ 464,882,409.2 Recursos del Programa Subsidios Federales para Organismos Descentralizados
Estatales (Evaluación Superior de Calidad). $ 1,947,211,201.0 Recursos Federales Transferidos a través de "Subsidios para Centros de
Educación". $ 825,074,321.0 Recursos del Fondo de Infraestructura Social Estatal (FISE). $ 49,232,140.0
Total Fondos Estatales $ 13,233,483,616.3
Municipio de Saltillo, Coahuila $ 69,077,612.1 Municipio de Torreón, Coahuila $ 43,895,620.6
Total FISM $ 112,973,232.7
Fondos Estatales $
Pesos
Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) $
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Los resultados de estas auditorías practicadas en forma directa por el órgano técnico de fiscalización de la Federación, se darán a conocer en el Informe del Resultado que deberá de presentar el Auditor Superior de la Federación ante la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de febrero de 2015.
B. Auditorías realizadas por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila en coordinación con la Auditoría Superior de la Federación
A continuación presentamos las revisiones realizadas por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila en base al Convenio de Coordinación y Colaboración que celebran la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, por conducto de la Auditoría Superior de la Federación y el H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, publicado el día 4 de marzo de 2010 en el Diario Oficial de la Federación y el día 6 de marzo de 2010 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila, respectivamente:
Recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (FAFEF).
Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM).
Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM) ejercido por el municipio de Acuña, Coahuila.
Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM) ejercido por el municipio de Matamoros, Coahuila.
Recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal (FISM) ejercido por el municipio de San Pedro, Coahuila.
Recursos del Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF) ejercido por el municipio de Torreón, Coahuila.
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Los valores asentados en el Presupuesto de Egresos en el ejercicio 2013 para los fondos antes mencionados fueron:Recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades
Federativas (FAFEF). $ 607,821,475.0 Recursos del Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM). $ 391,967,694.0
Total Fondos Estatales $ 999,789,169.0
Municipio de Acuña, Coahuila $ 17,342,136.4 Municipio de Matamoros, Coahuila $ 15,714,336.6 Municipio de San Pedro, Coahuila $ 42,595,879.6
Total FISM $ 75,652,352.6
Municipio de Torreón, Coahuila $ 310,094,944.8
Total FISM $ 310,094,944.8
Total Fondos Federales transferidos a Municipios $ 385,747,297.4
Fondo para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF) $
Pesos
Fondos Estatales $
Pesos
Fondo de Infraestructura Social Municipal (FISM) $
Pesos
C. Auditorías Complementarias realizadas por la Auditoría Superior del Estado de Coahuila en coordinación con la Auditoría Superior de la Federación.
No obstante que la Auditoría Superior de la Federación (ASF), realizó las revisiones a los fondos federales FAEB, FASP, FASSA y Seguro Popular, esta Auditoría Superior del Estado de Coahuila, colaboró en estas revisiones aplicando procedimientos específicos establecidos en las guías metodológicas que para tal fin nos fueron remitidas por la propia ASF, bajo la modalidad de Auditorías Complementarias, cuyo objeto es fortalecer el alcance de la fiscalización a estos fondos y programas; asimismo los resultados se incluirán en el Informe del Resultado de las revisiones al ejercicio 2013 que presente la Auditoría Superior de la Federación.
Dichas auditorías complementarias son:
Complementaria al Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal (FAEB).
Complementaria al Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP).
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Complementaria a los Recursos Federales Transferidos a través del Acuerdo de Coordinación celebrado entre la Secretaría de Salud y la Entidad Federativa (Seguro Popular).
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Acciones a derivarse de la fiscalización a las cuentas públicas del 2013
Como resultado de las revisiones a las Cuentas Públicas correspondientes al ejercicio 2013, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila, efectuará acciones de diversa naturaleza que tienden principalmente a corregir o mejorar sistemas, procedimientos o actividades, sancionar los actos u omisiones de carácter administrativo, así como resarcir los daños y perjuicios ocasionados a la hacienda pública estatal y municipal, como al patrimonio de las entidades.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, dentro del Informe del Resultado, esta Auditoría Superior del Estado de Coahuila dará cuenta al H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza a través de la Comisión de Hacienda y Cuenta Pública, de los pliegos de observaciones y de los pliegos de recomendaciones que se hubieren determinado, los procedimientos iniciados para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias y la imposición de las sanciones respectivas, así como la promoción de otro tipo de responsabilidades y denuncias de hechos presuntamente ilícitos que lleve a cabo de conformidad con lo dispuesto en la citada ley.
Al respecto, es importante señalar que los pliegos de observaciones ya fueron notificados a las entidades fiscalizadas. Para tal efecto, de acuerdo a lo establecido por el artículo 32 de la referida Ley de Fiscalización Superior, se les otorgó un plazo improrrogable de 30 días hábiles para solventar los pliegos de observaciones. Por ello, en el apartado denominado "Resultados de la Fiscalización" se encuentran todas y cada una de las observaciones que no fueron solventadas por las entidades fiscalizadas; es decir, se señal los resultados definitivos o finales de la revisión de las cuentas públicas, así como de los avances de la gestión financiera. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 67, fracción XXXIV, inciso B, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, se informa que la Auditoría Superior del Estado envirá a las entidades fiscalizadas, a más tardar a los 10 días hábiles posteriores a que sea entregado al H. Congreso del Estado el presente Informe del Resultado, las recomendaciones y acciones promovidas que correspondan para que, en un plazo de hasta 30 días hábiles, presenten la información y realicen las consideraciones que estimen pertinentes, en caso de no hacerlo se harán acreedores a las sanciones establecidas en ley. Por ello, una vez que venza el plazo señalado anteriormente, esta Auditoría Superior dará cuenta al H. Congreso del Estado por conducto de la Comisión de Hacienda y Cuenta Pública, de las recomendaciones que no fueron atendidas. Por lo anterior y con fundamento en el artículo 37 de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, una vez presentado este documento al H. Congreso del Estado, esta Auditoría Superior del Estado de Coahuila promoverá ante los órganos de control competentes la aplicación de sanciones de carácter administrativo, iniciará los procedimientos para el fincamiento de responsabilidades resarcitorias y, en su caso, presentará las denuncias y/o querellas penales a que hubiere lugar.
Responsabilidad Administrativa
La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza, determina las obligaciones de los servidores públicos para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones, empleos, cargos o comisiones, así como las sanciones administrativas aplicables por los actos u omisiones en que incurran, y los procedimientos y las autoridades que hayan de aplicarlas.
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Si de la revisión de la Cuenta Pública de las entidades fiscalizadas, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila advierte irregularidades administrativas en la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos y egresos durante el ejercicio fiscal revisado, remitirá al órgano interno de control de la entidad de que se trate la información y/o documentación correspondiente, a efecto de que éste inicie los procedimientos administrativos respectivos y, en su caso, finque las sanciones que establece la Ley señalada anteriormente. Lo anterior es así, en virtud de que esta entidad fiscalizadora no tiene facultades para determinar las responsabilidades administrativas o de tipo formal que se deriven de la revisión de la Cuenta Pública, ya que no es autoridad competente para aplicar las disposiciones contenidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Por ello, únicamente las autoridades señaladas en la multicitada Ley, son las facultadas para llevar a cabo los procedimientos administrativos por actos u omisiones en que hayan incurrido los servidores públicos en el desempeño de sus funciones. Una vez que dichos procedimientos se hayan practicado y se determine la responsabilidad de los funcionarios públicos, la autoridad que corresponda podrá imponer las siguientes sanciones:
1. Apercibimiento, privado o público. 2. Amonestación, privada o pública. 3. Suspensión.
4. Destitución del puesto. 5. Sanción económica.
6. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
Responsabilidad Resarcitoria
La responsabilidad resarcitoria consiste en reparar el daño causado al patrimonio público afectado por servidores públicos o, particulares que hayan realizado una gestión financiera irregular; dicho de otra forma, su finalidad es meramente indemnizatoria, esto la distingue de la responsabilidad administrativa y penal. La responsabilidad resarcitoria no pretende castigar a quienes han causado un daño patrimonial al Estado o municipios, sino que busca resarcir o reparar dicho daño.
De acuerdo con lo anterior, la responsabilidad resarcitoria se estructura principalmente sobre tres elementos: 1. Un daño patrimonial.
2. Una conducta dolosa o culposa atribuible a una persona que realiza la gestión financiera. 3. Un nexo causal entre el daño y la conducta.
De los tres elementos antes señalados, el más importante es el daño patrimonial, ya que a partir de éste se inicia la responsabilidad resarcitoria. Es necesario tener en cuenta que el procedimiento de responsabilidad resarcitoria no busca establecer la existencia del daño, sino establecer y determinar si los presuntos responsables tienen o no la obligación de responder por éste.
De igual forma, es importante destacar que en el ejercicio de la función auditora se pueden detectar presuntas irregularidades, sin embargo, no toda irregularidad administrativa constituye un daño patrimonial, pues sólo los daños y perjuicios estimables en dinero pueden dar origen a una responsabilidad de tipo resarcitoria. Por ello, es importante evaluar con detenimiento los hallazgos con el fin de poder establecer claramente si existe o no un daño patrimonial al Estado o municipios, según sea el caso.
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Ahora bien, en términos de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, si de la revisión y fiscalización superior de las Cuentas Públicas, se determinan irregularidades que permitan presumir la existencia de hechos o conductas que produzcan daños o perjuicios al patrimonio de las entidades, esta entidad fiscalizadora tiene la facultad de determinar los daños y perjuicios correspondientes y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias respectivas.Por ello, las responsabilidades que conforme a la Ley en comento se finquen, tienen por objeto resarcir al patrimonio de las entidades el monto de los daños y perjuicios estimables en dinero que se hayan causado respectivamente.
Así mismo, las responsabilidades resarcitorias se determinarán en primer término a los servidores públicos o personas físicas o morales que directamente hayan ejecutado los actos o incurrido en las omisiones que las hayan originado y, subsidiariamente, al servidor público jerárquicamente inmediato, que por la índole de sus funciones haya omitido la revisión o autorizado tales actos, por causas que impliquen dolo, culpa o negligencia de su parte. Del mismo modo serán responsables solidarios, los particulares, persona física o moral, en los casos en que hayan participado y originado una responsabilidad resarcitoria.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 46 de Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila llevará a cabo el procedimiento para el fincamiento de las responsabilidades resarcitorias, mediante el cual se cite personalmente al presunto o presuntos infractores a una audiencia para que presenten pruebas y formulen alegatos. Desahogadas las pruebas se resolverá sobre la existencia o inexistencia de responsabilidad para fincar, en su caso, el pliego definitivo de responsabilidades en el que se determine la indemnización correspondiente a él o los responsables.
Es preciso señalar que las sanciones resarcitorias tendrán el carácter de créditos fiscales, y se fijará en cantidad líquida la presunta responsabilidad de los infractores, la cual deberá registrarse de inmediato en la contabilidad de la entidad, haciéndose efectivas dichas sanciones conforme al procedimiento administrativo de ejecución que establece la legislación aplicable y el cual será efectuado por la Secretaría de Finanzas.
Responsabilidad Penal
Además de tener la facultad de determinar los daños y perjuicios que afecten al patrimonio de las entidades, y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones correspondientes, así como promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades, la Auditoría Superior del Estado de Coahuila tiene la atribución de presentar las denuncias y/o querellas penales, en cuyos procedimientos tendrá la intervención que señala la Ley.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 100, apartado A, fracción VII de la Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Coahuila de Zaragoza, el Auditor Superior del Estado tiene la facultad de presentar denuncias y/o querellas en los términos de esa Ley y demás disposiciones aplicables, en los casos de presuntas conductas delictivas de servidores públicos y en contra de particulares.
Según el Código de Procedimientos Penales del Estado de Coahuila, es al Ministerio Público a quien le compete investigar la comisión de los delitos. Por tanto, a él corresponde preparar la acción penal durante la averiguación previa; en ésta reunirá los datos que acrediten el cuerpo del delito y hagan probable la responsabilidad del inculpado, así como los relativos al daño y su monto. Pero cuando obtenga elementos
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suficientes que acrediten el cuerpo del delito y hagan probable la responsabilidad del inculpado, ejercitará la acción penal.