PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA, SALVAMENTO Y SOCORRISMO EN LA PLAYA DEL PUIG DE SANTA MARÍA.
1. OBJETO
Es objeto del presente Pliego establecer las condiciones de prestación del servicio de Vigilancia, Salvamento y Socorrismo en las Playas del Termino Municipal del Puig de Santa María.
Se entiende por salvamento y socorrismo la atención por personal socorrista o sanitario a las personas afectadas, con el fin de prevenir y asistir ante urgencias y emergencias que puedan producirse en todas las playas, tanto en el agua, como en la arena.
El contratista aportará el personal necesario debidamente cualificado, así como los recursos materiales que se indican, siendo de su cargo el mantenimiento y conservación de los mismos como los combustibles necesarios para su funcionamiento.
2. AMBITO GEOGRÁFICO.
El Servicio se prestará en todas las zonas del litoral del término municipal del Puig de Santa María. La protección de los bañistas se entenderá hasta una distancia máxima de 250 metros hacia el interior, contados desde la orilla del mar.
3. VIGENCIA Y HORARIO DEL SERVICIO.
El servicio objeto de la presente licitación se prestará los fines de semana de junio y todos los días del 24 al 30 de junio, los meses de julio y agosto completos y los dos primeros fines de semana de septiembre. El horario será de lunes a domingo de 10.30 a 19:30 horas.
La duración del contrato será la temporada de baño 2014 y 2015 prorrogable 1 año más, por resolución expresa del órgano de contratación por periodos iguales hasta el máximo legal establecido, durante las fechas y periodos establecidos en el presente pliego y en el de prescripciones administrativas. No procederá solicitud de revisión del precio del contrato.
4. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
El servicio debe prestarse por un equipo humano con la formación adecuada y dotado con los recursos materiales suficientes y acordes a las características de cada una de las playas. Dicho equipo debe asegurar un tiempo de respuesta inferior a 4 minutos desde la localización del percance hasta su atención.
Las tareas a desarrollar como consecuencia de la prestación del servicio se centrarán en:
-Vigilar y prestar auxilio y salvamento a las personas.
-Realizar las acciones y tomar las medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad de los bañistas y la prevención de accidentes e incidentes en las playas.
-Informar de manera continuada a los bañistas de la evolución del estado del mar y su nivel de riesgo. En el caso de que las circunstancias del mar desaconsejen o hagan de todo inviable y peligroso el acceso al agua (bandera amarilla o roja) deberá apercibirse y comunicar a todos los usuarios del estado y uso del mar, debiendo informar a la Policía Local en el caso de que los citados usuarios desatiendan las indicaciones y persistan en su intención.
-Gestionar la aplicación de los elementos y medidas de la seguridad de que disponga la playa.
-Velar por la conservación de las señales y del material destinado a la prevención de accidentes, seguridad, vigilancia, socorro y transporte de accidentados.
-Hacer respetar las normas de conducta, prohibiendo la circulación ilegal de
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embarcaciones a motor y la práctica de actividades que pongan en peligro a los usuarios que se encuentren en las zonas de baño, así como la prescripción de que hagan sus entradas y salidas por los lugares destinados a tal efecto.
-Mantener la zona destinada al baño y la playa totalmente despejada de animales y objetos que puedan representar peligros para los bañistas.
-Evitar toda clase de actividades que resulten peligrosas para los usuarios.
-Atención continuada en la playa accesible y poner a disposición de los usuarios los servicios y material existentes. Deberá emitir partes mensuales donde se registre el nº de personas atendidas (nunca constaran datos personales), tipos de minusvalías, posibles mejoras para el usuario. Al final de la temporada se elevara un informe resumen y se presentaran por R.G.E. a la Responsable del Sistema de Gestión.
-Aviso de situaciones de emergencia y coordinación con la Policía local y Operativo de Protección Civil en los casos en que sean requeridos sus servicios.
-Cualquier otra actividad que relacionada con la vigilancia, salvamento y socorrismo requiera su presencia en la playa.
-La empresa deberá disponer siempre en las postas hojas de reclamación para que los usuarios puedan exponer sus carencias.
-Exponer en las postas continuamente: *Analíticas de Calidad de aguas de baño. *Horarios de atención al público.
*Teléfono de emergencia a los que acudir en caso de estar cerrada la posta(112, policia local, etc).
*Política de calidad de calidad y medio ambiente del Ayuntamiento del Puig de Santa Maria.
-Todo el personal deberá conocer las pautas de cortesía desarrolladas por el Ayuntamiento para la atención al usuario, la política de calidad y medio ambiente de las playas del municipio y participar en las charlas de formación que realice el Ayuntamiento o aportar documentación que justifique la formación en temas de calidad y medio ambiente que requiera el mismo.
-Igualmente previo al inicio de la actividad se deberá aportar la siguiente documentación a la Responsable del Sistema de Gestión:
*Planificación del servicio, donde se indique el nº de personas que van a prestar el servicio, distribución por playas, horarios, rutinas de vigilancia, pautas de cambio de banderas.
*Deberán entregar protocolos de actuación que sigue la empresa ante situaciones de emergencia.
*Listado de personal con titulación o copia de la titulación del personal que trabaja en las playas del Puig de Santa Maria, incluyendo sanitarios, socorristas, patrones de embarcación, etc.
*El listado se irá actualizando conforme se vaya incorporando personal a lo largo de la temporada, debiendo notificar a la responsable del Sistema de Gestión los cambios de las personas que cesan o se incorporan para la sustitución del puesto.
*Deberá destinar un coordinador responsable del servicio, el cual tendrá una móvil para que sea localizable durante todas las horas del servicio por este Ayuntamiento. *Aportar antes de la prestación del servicio copia de los seguros de las embarcaciones
y vehículos; donde debe constar las matriculas de la embarcación y vehículos, justificante de los abonos de los mismos. En caso de que se disponga de un seguro genérico, la entidad deberá aportar un certificado en el que se verifique la inclusión de dichos medios en el mismo.
*Copia de los permisos de Capitanía Marítima de las embarcaciones. *Copia de las ITV de los vehículos.
*Plan de mantenimiento de las embarcaciones y vehículos que puedan entrar en la arena o en el mar. Se deberá presentar por escrito todas las actuaciones previstas del mantenimiento a realizar en toda la temporada y presentar en este ayuntamiento documentación que evidencie las actuaciones realizadas.
*Aportar listado con la dotación que debe contener los botiquines de las postas sanitarias.
*Para el servicio de Ambulancia se aportara: Autorización como Transporte Sanitario
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de la Ambulancia, El conductor Camillero Carnet BTP y el seguro de la ambulancia. *La empresa deberá realizar una gestión correcta de los residuos sanitarios mediante
contenedores separados en buen estado y durante toda la temporada del Tipo I, Tipo II y Tipo III. Estos deberán ser retirados a través de un gestor autorizado, debiendo entregar copia de dicha autorización y de los justificantes de retirada a la Responsable del Sistema de Gestión de este Ayuntamiento.
*El adjudicatario deberá demostrar que todo el personal ha sido formado en la correcta gestión de los residuos.
- Durante la temporada:
*Se presentaran por R.G.E. informes quincenales a la Responsable del Sistema de Gestión indicando, los servicios y actuaciones prestados en las playas, como rescates, incidencias y asistencia sanitaria. La cantidad y topología de las banderas que han expuesto durante la quincena.
*Se realizara un simulacro en la playa con galardón “Q” y otro por el resto del litoral. De dichos simulacros, elevando informe donde describa las actuaciones realizadas, personal participante, tiempo de respuesta, reportaje fotografito, el cual, se presentara por R.G.E. al Responsable del Sistema de Gestión.
*La adjudicataria también deberá realizar un simulacro ambiental, relacionado con algún aspecto ambiental de su actividad, este podrá ejecutarse junto con el simulacro de servicio.
- Al final de la temporada:
*Se presentara una memoria de toda ella, donde se relacionen todos los rescates, asistencias sanitarias, incidencias en todo el litoral.
*Relación del numero de banderas por colores expuestas en la temporada. *Aportar copia de los justificantes de retirada de residuos sanitarios.
*Aportar los datos del consumo de combustible desglosado por meses de prestación de servicio.
5. ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO.
En la presentación de las ofertas, cada proponente planteará la organización interna que considere necesaria para cumplir con lo indicado en el Presente Pliego de Condiciones.
El contratista aportará el personal necesario debidamente cualificado, así como los recursos materiales que se indican, siendo de su cargo el mantenimiento, conservación y explotación de los mismos, incluso los combustibles necesarios para su funcionamiento.
A las 10,30 horas el dispositivo se encontrará debidamente dispuesto para el servicio y se comunicará telefónicamente al coordinador de playas las incidencias encontradas, o se indicará que no ha habido incidencias. Asimismo, a las 19,30 horas se comenzará el desmontaje del dispositivo, que una vez concluido se le comunicará el cierre del servicio sin incidencias relevantes, en su caso.
Teniendo en cuenta que el Ayuntamiento del Puig de Santa María tiene implantado y certificado en la playa un Sistema Integrado de Gestión Medioambiental (ISO14.001), así como que se pretende presentar candidatura para la obtención del distintivo “Bandera Azul” y las normas “Q” de playa de calidad (UNE 187001, el adjudicatario se compromete a colaborar estrechamente con el Ayuntamiento, aportando la documentación y siguiendo las directrices que este le marque, a fin de conseguir los objetivos que implica la obtención de dicho distintivo.
Asimismo, el adjudicatario deberá colaborar en todas aquellas campañas de sensibilización o actividades lúdicas que el Ayuntamiento organice.
Queda prohibido el uso de pegatinas o insignias o cualquier elemento simbólico visible que no estén relacionados con el servicio.
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El adjudicatario facilitará a la mayor brevedad posible, cualquier documentación que el Ayuntamiento estime oportuno en relación con el Sistema Integrado de Gestión Medioambiental implantado en la playa.
6. RECURSOS MATERIALES ASIGNADOS AL SERVICIO.
El Ayuntamiento aportará al Servicio una posta sanitaria debidamente dimensionada y convenientemente equipada. Igualmente dispondrá de seis sillas elevadas móviles para puesto de vigilancia distribuidas a lo largo de la línea de costa y una torre de Salvamento. Se acompaña Anexo I, de medios que el Ayuntamiento pone a disposición del contratista.
El contratista aportará para la prestación del servicio: Moto de agua triplaza, un vehículo todo terreno tipo pick-up o Quad adaptado, emisoras y equipos de radiocomunicación, teléfonos móviles, maletines de asistencia y primeros auxilios, torpedos – boya de rescate acuáticos en número suficiente, prendas de uniformidad del personal, juegos de banderas de señalización del estado del mar. Se acompaña Anexo II de los medios a aportar por el contratista.
El mantenimiento y conservación de los medios aportados por el contratista en condiciones de operatividad deberá llevarse a cabo por cuenta y cargo del mismo, así como su sustitución inmediata ante eventualidades de inutilización temporal o definitiva será de cuenta de éste.
También será de cuenta del contratista aportar y reponer en su caso el material fungible de curas.
7. PERSONAL.
El personal, por cuenta y cargo del contratista, que prestará sus servicios de forma permanente durante los días y horarios indicados será al menos:
- 7 Socorristas acuáticos (hay siete puntos de vigilancia para cubrir), más 1 socorrista acuático de rotación.
- 1 Patrón de embarcación y 1 rescatador.
- 1 Coordinador del Servicio, especializado en primeros auxilios. - 1 Diplomado Universitario en Enfermería.
-1 Persona destinada a la atención del punto accesible que deberá poseer la titulación de socorrista y realizar encuestas de satisfacción a los usuarios del mismo.
Se acreditará ante el Ayuntamiento las titulaciones con que cuente el personal asignado al servicio.
8. CONTROL DEL SERVICIO.
El contratista confeccionará un parte diario de los Servicios prestados, que contendrá la identificación del personal empleado, los medios utilizados y las incidencias atendidas. El parte será suscrito por el coordinador del Servicio y será entregado al responsable municipal.
El Ayuntamiento designará a un funcionario para las relaciones directas con el contratista y control del Servicio, notificándolo al adjudicatario.
La necesaria coordinación con los Servicios municipales que pudieran tener relación o interferencia con el Servicio de Vigilancia, Salvamento y Socorrismo también será asumida por la persona designada por el Ayuntamiento.
Al terminar la temporada, el contratista presentará ante el Ayuntamiento una Memoria de los Servicios prestados, basada en los partes de trabajo y en las experiencias del personal empleado.
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El personal se identificará aportando el adjudicatario ante el Ayuntamiento relación nominativa y su cualificación profesional, acreditada mediante títulos y certificados. Los cambios de personal deberán documentarse igualmente y en el día en que se produzcan.
9. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
El adjudicatario deberá contar con una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil con cobertura mínima de 600.000 €, para responder de las consecuencias derivadas de las reclamaciones por la prestación anómala del Servicio.
10. PRESUPUESTO.
El tipo de licitación a la baja se fija en DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL EUROS (236.000 €), sin incluir el IVA; de los cuales las facturas presentadas para los servicios de Vigilancia, Salvamento y Socorrismo se le aplicara el IVA, y para los servicios sanitarios prestados para prevenir y asistir ante urgencias y emergencias que puedan producirse en todas las playas, tanto en el agua, como en la arena no se aplicara el IVA, por tratarse de uno de los supuestos de exención previstos en el artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido. El desglose del presupuesto máximo de licitación, sin incluir el IVA, y por anualidades se detalla de la siguiente manera:
Importe máximo anual sin IVA 100.000 €
Importe máximo anual de la asistencia
sanitaria, exento de IVA. 18.000 €
Importe máximo anual total 118.000 € 11. FORMA DE PAGO.
El pago de los Servicios prestados se efectuará mediante facturación del contratista a mes vencido, por la parte de periodo transcurrido, acompañando los impresos TC-2 del personal empleado durante el mes y los partes de trabajo suscritos por el coordinador y la persona responsable designada por el Ayuntamiento.
12. CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA.
Los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación son los siguientes:
A- Oferta económica: entre 0 y 51 puntos, otorgándose la máxima puntuación a la mejor oferta y el resto de forma proporcional de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntuación= (precio ofertado/precio de licitación) x 50
Se considerarán anormales o desproporcionadas aquellas proposiciones que superen una oferta inferior al 15% del presupuesto de licitación.
B- Mejoras: entre 0 y 49 puntos, valoración de las posibles mejoras a introducir por parte de los licitadores, estas deberán estar lo suficientemente especificadas y cuantificadas económicamente para permitir su valoración:
- Inclusión de una embarcación semirrígida con un motor fueraborda de 40 CV, puntuación máxima 5 puntos.
- Valoraciones por los certificados aportados relativos a la Gestión Medio Ambiental, puntuación máxima 5 puntos.
- Elaboración del proyecto, ejecución, mantenimiento y retirada del balizamiento de las playas del Puig de Santa María, puntuación máxima 15 puntos.
- Elaboración Plan de Emergencias de las playas del Puig de Santa María, con un máximo de 30 páginas, puntuación máxima 5 puntos.
- Elaboración del Plan de Salvamento, con un máximo de 20 páginas, los socorristas y
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patrones realizan una gran labor en el servicio, por lo tanto la propuesta debe de incluir y concretar una relación de personal con experiencia en las playas del municipio y conocimientos del litoral para una correcta atención al público, puntuación máxima 5 puntos.
- Inclusión los fines de semana en los que se realiza el servicio de salvamento de una ambulancia SVB con conductor, puntuación máxima 10 puntos.
- Ampliación de los recursos humanos con 1 socorrista más en la zona accesible los fines de semana de Julio y Agosto, se valorará la inclusión de personal con curso de zona accesible, puntuación máxima 4 puntos.
13. RÉGIMEN SANCIONADOR.
13.1.- Faltas leves. Tendrán la consideración de faltas leves las siguientes:
a) El retraso al inicio del servicio o abandono del mismo antes de la hora estipulada, sin contar al menos con la mitad de la plantilla de socorristas requerido y disponiendo al menos de un Diplomado Universitario en Enfermería y coordinador, siempre que sea por tiempo inferior a treinta minutos.
b) La falta de uniformidad o por prestar el servicio con un vestuario inadecuado. c) La no permanencia del socorrista en la torre de vigilancia (sin abandonar la playa). d) No aportar la información diaria (partes del servicio) de los incidentes, necesidades
de material, averías, etc. al responsable municipal designado al efecto.
e) No realizar las anotaciones diarias en el Libro Registro de Actividad de la Playa. f)La falta de limpieza en el Puesto de Socorro.
g) La falta de material sanitario fungible.
h) El mal uso del material de salvamento y sanitario que no suponga su perdida o deterioro.
i)No prestar la debida atención al servicio, permaneciendo en la playa en una actitud no vigilante. (V. Gr.: Charlando, participando en juegos, durmiendo, etc.).
j) El descuido en la custodia del material de vigilancia sin consecuencias para el desarrollo del mismo. (V.gr.: no recoger algún elemento del equipo de salvamento, no retirar la bandera del mástil a la finalización del mismo, no dejar cerrado el puesto de socorro, etc.)
k) La falta de diligencia debida que exige el desempeño de un servicio público.
I) Cualquiera otra que pueda ser considerada falta leve por el ayuntamiento, no contemplada entre las anteriores.
Faltas graves. Tendrán la consideración de faltas graves las siguientes:
La cobertura del servicio con un número menor de socorristas que los asignados a la playa en función de su peligrosidad. Se contabilizará una falta grave por cada socorrista y día de ausencia del servicio.
a) La ausencia momentánea del servicio de salvamento, sin comunicación previa quedando el mismo descubierto.
b) La no colocación de la bandera del estado de la mar dentro del horario establecido. c) La falta de material básico de salvamento.
d) La no comunicación de un incidente grave al Ayuntamiento o al responsable municipal del Servicio.
e) La conducta indecorosa e irrespetuosa con los usuarios de la Playa o las autoridades municipales.
f) No responder sin causa justificada, a los reiterados requerimientos realizados a través de los sistemas de comunicaciones.
g) El mal uso de los equipos de comunicaciones, incluidas las línea de telefonía móvil asignadas al servicio.
h) El deterioro acusado de las instalaciones por la falta de limpieza y mantenimiento de las mismas.
j) El descuido en el aseguramiento o custodia del material o las instalaciones del servicio de salvamento que cause una merma o afecta al desarrollo norma del
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mismo.
k) La pérdida del libro de Registro de Actividades.
I) La falta de colaboración con la Inspección de playas, con los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Personal Sanitario en emergencia o con cualquier funcionario con capacidad inspectora del Servicio o del entorno marítimo-terrestre. m) La falta de atención adecuada a los usuarios de las playas, permitiendo
comportamientos incorrectos o ilícitos que puedan ocasionar molestias o daños a otros usuarios.
n) La acumulación de tres faltas leves durante el periodo de vigencia del servicio, debidamente apercibidas.
13.2- Faltas muy graves. Tendrán la consideración de faltas muy graves las
siguientes:
a) Contratación de personal destinado al Servicio sin la debida titulación o cualificación profesional.
b) Falta o perdida injustificada de material básico de salvamento. c) Abandono del servicio de salvamento y socorrismo de las playas.
d) No cumplir las órdenes directas del funcionario municipal designado al efecto.
e) No disponer operativos los medios móviles básicos (moto acuática y vehículo todo terreno), salvo causa debidamente justificada.
f) Las acciones u omisiones graves que pongan en peligro la vida de los usuarios. g) Acumulación de dos faltas graves durante el periodo de vigencia del Servicio.
h) Inobservancia de los requisitos exigidos para la contratación durante el periodo de prestación del Servicio.
i)
13.3- Sanciones
El importe de las sanciones se graduará en función de la incidencia que tenga en la prestación del Servicio y sus repercusiones sociales.
1º- Faltas leves: multa de hasta 120,00 €
2o.- Faltas graves: multa de 120,00 a 600,00 €
3º.- Faltas muy graves: multa de 600,00 a 3.000,00 € o en su caso, con la
resolución del contrato e incautación de la fianza.
En el Puig de Santa María, a 20 de febrero de 2014.
ANEXO I
RELACIÓN DE MEDIOS APORTADOS POR EL AYUNTAMIENTO
Posta sanitaria, debidamente acondicionada, para atención sanitaria, ubicada en el paseo marítimo, dotada de suministro de energía eléctrica, agua potable y climatización, esta constará de los siguientes espacios independientes:
1. Sala de curas, con el espacio adecuado, dotada de camilla rígida para atención y vitrina expositora de medicamentos.
2. Aseos.
3. Almacén, capaz de albergar en su interior materiales y herramientas para el buen funcionamiento del servicio.
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4. Puesto de playa accesible con todo su equipamiento. 5. Seis sillas elevadas móviles para puesto de vigilancia. 6. Ocho mástiles para soporte de banderas de señalización. 7. Una torre de salvamento para puesto de vigilancia
Este ayuntamiento en colaboración con el contratista decidirá los puntos para la instalación de los 7 puntos de vigilancia
ANEXO II
RELACIÓN DE BIENES Y EQUIPOS A APORTAR POR EL CONTRATISTA
• Un vehículo todo terreno pick-up o Quad adaptado.
• Una moto acuática triplaza equipada con tabla de rescate. • 1 Aro salvavidas.
• 8 torpedos – boya de rescate acuáticos, 8 prismáticos y 8 aletas de rescate. • 2 Chalecos salvavidas y 2 neoprenos.
• 1 Ancla con cadena y cabo. • 25 Metros de cabo de remolque.
• Material médico para curas e inmovilización y atención primaria para dotar a la posta sanitaria, y a cada una de las torres de vigilancia, debidamente protegido en maletín apropiado al medio con su correspondiente listado.
• Medicamentos necesarios.
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• Tres tableros espinales adecuados para el traslado de accidentados. • Equipos de radiocomunicación portátiles y emisoras en base y vehículos. • 2 teléfonos móviles operativos durante la jornada.
• 8 juegos completos de banderas de señalización del estado de la mar. • Vestuario laboral adecuado, de acuerdo con la uniformidad establecida. Equipos uniformidad personal acuático:
a. Camisetas. b. Bañadores. c. Gorras. d. Sudaderas.
e. Riñonera con material de primeros auxilios para cada socorrista. Equipos uniformidad personal sanitario:
a. Polos.
b. Pantalones finos. c. Gorras.
UNIFORMIDAD:
Los socorristas, coordinadores y patrones deberán ser equipados con:
Mujeres: Bañador y camiseta. Hombres: Camiseta y pantalón. EMBARCACIÓN:
Moto de agua con las siguientes características: • Triplaza
• Capacidad para tres pasajeros • Marcha atrás
• Camilla de rescate
ANEXO III
Se establece el siguiente protocolo para la colocación diaria y comunicación al Ayuntamiento de la bandera que se considere:
Al comienzo de la jornada, se realizarán las siguientes observaciones: 1. Estado de la mar, valorándola en la escala establecida.
2. Velocidad del viento, valorándolo en la escala establecida. 3. Dirección del viento en rumbos cuadrantales.
4. Corrientes, indicando su dirección en rumbo cuadrantal y su velocidad estimada en nudos.
5. Posibles desniveles ocasionados por el estado de la mar anterior. 6. Estado higiénico del agua y de la arena de la orilla.
7. Existencia de medusas, animales u otros organismos marinos que puedan producir picaduras o reacciones alérgicas.
Una vez realizadas las actuaciones referidas, y obtenidas las conclusiones pertinentes,
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colocará las correspondientes banderas de señalización, que serán retiradas al terminar la jornada.
La base comunicará esta decisión a la persona que fuese designada por el ayuntamiento, indicando la bandera estimada y el motivo de esta elección.
Este procedimiento, se repetirá cuantas veces sea necesario durante la jornada por cambio de alguna de las circunstancias que permitieron adoptar la decisión anterior.
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