• No se han encontrado resultados

municipio rosario de perijá

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "municipio rosario de perijá"

Copied!
6
0
0

Texto completo

(1)

Gaceta Municipal Rosario de Perijá

DEPÓSITO LEGAL P. P. 90-0095

1

CONTENIDO

ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ROSARIO DE PERIJÁ DESPACHO DEL ALCALDE

RESOLUCIÓN No. D.A. 685-2009, de fecha 11 de febrero de 2009, mediante el cual se designa al ciudadano RUBEN DARIO GOMEZ SAEZ, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad N° V-3.738.853, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 12.904, para ocupar el cargo de Sindico Procurador Municipal del Municipio Rosario de Perijá, para el nuevo periodo 2008-2012.

CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Resolución Nº 06-2009, de fecha 15 de febrero de 2009, mediante el cual se nombrar al T.S.U, ORLANDO CEREZO Portador de la Cedula de Identidad Nº 13.607.943, como administrador del Fondo Municipal de Protección y Administrador del Consejo Municipal de Derecho del Niño y del Adolescente.

INSTITUTO MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL IMDES

RESOLUCION No 08- 2009, de fecha 02 de marzo de 2009, mediante el cual se restaura la Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social “Agustina Acosta de Ugas” del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia.

INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA (IMUVIR) RESOLUCIÓN N°01-2009, mediante el cual se crea la Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de la Vivienda (IMUVIR.)

______________________________________________________

.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO ZULIA

DESPACHO DEL ALCALDE RESOLUCIÓN No. D.A. 685-2009

OLEGARIO NEMECIO MARTÍNEZ AÑEZ, titular de la cédula de identidad N° 7.630.775, Alcalde del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, según publicación de Gaceta Municipal N° 275 de fecha 01/12/2008 y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 174 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 88, numerales 2, 3 y 7 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en concordancia con el Artículo 54 Numeral 5 Ejusdem.

CONSIDERANDO

Que el artículo 121 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece: “el Sindico o Sindica durará en sus funciones el lapso que dentro del periodo municipal, del alcalde o alcaldesa respectiva, se establezca por ordenanza, y podrá ser destituido por votación de la mitad más uno de los concejales o concejalas presentes, previo expediente, con garantía del debido proceso.

CONSIDERANDO

Que mediante oficio de fecha INT-D-012-2009, se designó al ciudadano RUBEN DARIO GOMEZ SAEZ, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad N° V-3.738.853, para ocupar el cargo de Sindico Procurador Municipal para el nuevo periodo 2008-2012; de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

CONSIDERANDO

Que mediante oficio N° CM-86-09 emitido por la Secretaría del Concejo Municipal se notificó a éste Despacho, que en Sesión Ordinaria N° 02, de fecha 20 de enero de 2009, el Concejo Municipal acordó por mayoría calificada negar la designación del ciudadano RUBEN DARIO GOMEZ SAEZ para ocupar el cargo de Sindico Procurador Municipal.

CONSIDERANDO

Que el artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece en su aparte final: “cuando el Concejo Municipal no apruebe tal designación, deberá hacerlo mediante acto explicito y motivado”; y no obstante ese mandato legal, el Concejo Municipal no dicto un acto administrativo motivando la negativa a tal designación.

CONSIDERANDO

Que el artículo 117 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece: “cuando el Concejo Municipal no apruebe la designación hecha por el alcalde o alcaldesa, ésta o éste, deberá proponer una terna acompañada de los soportes académicos o de cualquier otro orden que sustenten sus postulaciones y el Concejo Municipal deberá pronunciarse dentro de los quince días continuos siguientes en favor de una de las postulaciones presentadas; en

municipio rosario de perijá

(2)

Gaceta Municipal Rosario de Perijá

DEPÓSITO LEGAL P. P. 90-0095

2

defecto de lo cual, el alcalde o alcaldesa podrá designar a

quien estime más apropiado dentro de la terna de postulados”.

CONSIDERANDO

Que mediante oficio de fecha 21 de enero de 2009 emitido por este despacho y dirigido al Presidente y Demás Concejales del Municipio Rosario de Perijá, se remitieron las credenciales y curriculums de los ciudadanos: RUBEN DARIO GOMEZ SAEZ, MINERVA MARTÍNEZ DE GOMEZ y MARIA GABRIELA CRUZ MARTÍNEZ, abogados en ejercicio, titulares de las cédulas de identidad números V-3.738.853, V-3.416.099 y V-17.480.218, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), bajo los números 12.904, 13.290 y 133.017; a fin de que ese Concejo Municipal se pronunciará de conformidad con el dispositivo legal supracitado, sobre una de las postulaciones presentadas.

CONSIDERANDO

Que hasta la fecha han transcurrido más de quince días continuos y el Concejo Municipal no se ha pronunciado en favor de uno de los postulados en la terna presentada por este despacho de conformidad con el dispositivo legal antes citado; en virtud de lo cual el alcalde queda facultado para designar a quien estime más apropiado dentro de la terna de postulados.

CONSIDERANDO

Que entre los ciudadanos postulados en la terna presentada al Concejo Municipal para su consideración, el Abogado RUBEN DARIO GOMEZ SAEZ, es el que presenta mejores credenciales, soportes académicos y más años de graduado y por ende mayor experiencia profesional, para ocupar el cargo de Sindico Procurador Municipal.

RESUELVE

PRIMERO: Se designa al ciudadano RUBEN DARIO GOMEZ SAEZ, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad N° V-3.738.853, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 12.904, para ocupar el cargo de Sindico Procurador Municipal del Municipio Rosario de Perijá, para el nuevo periodo 2008-2012

SGUNDO: Remítase copia de la presente Resolución al Concejo Municipal, Contraloría Municipal, Gerencia General y Dirección de Recursos Humanos.

CUARTO: Regístrese y comuníquese.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Alcalde a los once (11) días del mes de febrero del año dos mil nueve

(2009). Años 197 de la Independencia y 149 de la Federación.

OLEGARIO NEMECIO MARTÍNEZ AÑEZ Alcalde Bolivariano del

Municipio Rosario de Perijá

_________________________________________

República Bolivariana de Venezuela Estado Zulia

Municipio Rosario de Perijá

Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente Resolución Nº 06-2009

Lisett Galeano, Presidenta del Consejo Municipal de Derecho del Niño, Niña y del Adolescente del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, en ejercicio de las atribuciones que nos confiere el Articulo 149, Literal c de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNA)

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Destituir al Ciudadano T.S.U HUGO REVERA, portador de la cedula de identidad N V- 14.946.800, como administrador del Consejo Municipal de Derecho del Niño y del Adolescente.

. ARTÍCULO SEGUNDO: Nombrar al T.S.U, ORLANDO

CEREZO Portador de la Cedula de Identidad Nº 13.607.943, como administrador del Fondo Municipal de Protección y Administrador del Consejo Municipal de Derecho del Niño y del Adolescente.

ARTICULO TERCERO: Nombrar a la ciudadana MARIA ATENCIO, Portador de la Cedula de Identidad Nº 20.686.068.como secretaria del consejo Municipal de Derecho del Niño y del Adolescente

ARTICULO CUARTO: Regístrese, comuníquese y publíquese.

Dado, firmado y sellado en las dependencias del Consejo Municipal de Derechos del Niño y del Adolescente del Municipio Rosario de Perijá, a los Quince (15) días del mes de Febrero de 2009.

(3)

Gaceta Municipal Rosario de Perijá

DEPÓSITO LEGAL P. P. 90-0095

3

P/ El Consejo de Derechos:

LISETT GALEANO PRESIDENTA

______________________________________________

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

ESTADO ZULIA

INSTITUTO MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL IMDES

PRESIDENCIA

RESOLUCION No 08- 2009

El ciudadano DOUGLAS ENRIQUE NORIEGA, Presidente del Instituto Municipal de Desarrollo Social (IMDES) Rosario de Perijá del Estado Zulia, Según Resolución Nº D.A. 379-2008 DE FECHA 01-12-379-2008 y en ejercicios de las atribuciones que le confieren en el articulo 12 de la ordenanza de creación del Instituto “articulo 54 numeral 5 de la ley orgánica del poder publico Municipal y el articulo 10 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Publicas;

CONSIDERANDO

Que en fecha 25 de marzo de 2008, fue publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.877 Extraordinario, en nuevo Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Contrataciones Publicas Nº 5.929, derogando el Decreto Ley de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones Nº 1.555, de fecha 13 de noviembre de 2001, publicado en Gaceta Oficial Nº 5.556 Extraordinario de la misma fecha, así como todas las disposiciones de rango legal y sub legal que coliden con el Decreto de Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Publicas;

CONSIDERANDO

Que en los entes sujetos al presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley deben constituirse una o varias comisiones de contrataciones , atendiendo a la cantidad y complejidad de las obras a ejecutar, la adquisición de bienes y la prestación de servicios;

CONSIDERANDO

Que es necesario el nombramiento de la comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social (IMDES), la cual tendrá carácter permanente y gozará de los deberes y atribuciones que les confiere el articulo 22 del reglamento parcial del decreto de reforma parcial de la ley

de Contrataciones, la cual atenderá todo lo referente a la recepción , análisis y evaluación de las ofertas presentadas por los contratista en cuanto a la ejecución de obras, adquisición de bienes muebles y la presentación de servicios distintos a los profesionales y laborales;

CONSIDERANDO

Que el articulo 10 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Publicas establece que la Comisión de Contrataciones debe estar integrada por un numero impar de miembros principales con sus respectivos suplentes de calificada competencia profesional y reconocida honestidad, representadas en las aéreas jurídicas, técnica y económica financiera, designados por la máxima autoridad del órgano o ente contratante de forma temporal o permanente.

CONSIDERANDO

Que es necesario el nombramiento de los miembros principales y suplentes de la Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social Rosario de Perijá.

CONSIDERANDO

Que en el Articulo 10 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Publicas establece, que la Comisión de Contrataciones Publicas en su ultimo aparte estipula, que igualmente se designada una Secretaria o Secretario con su respectivo Suplente.

CONSIDERANDO

Que la ciudadana Abogada JESSICA THULSY IBARRA CABRERA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-16.108.922, miembro principal de la Comisión de Contrataciones en el área jurídica, ya no presta servicios en el Instituto desde el 15 de diciembre de 2008

CONSIDERANDO

Que los miembros suplentes de la Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social, los ciudadanos: por el área jurídica Abogada DIANNETTYS ARAUJO, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-16.107.093, por el área técnica Ingeniera en Computación ANA PAOLA GARCIA CORONA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-14.945.396 y por el área económica financiera Licenciada en Administración de Empresas SARA ELENA GARCIA CORONA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-13.100.896, ya no laboran en la Alcaldía Bolivariana Rosario de Perijá.

(4)

Gaceta Municipal Rosario de Perijá

DEPÓSITO LEGAL P. P. 90-0095

4

Que la ciudadana Licenciada ROSA ELENA POLANCO

DUARTE, titular de la cedula de identidad Nº V-15.661.944, miembro principal, será removida de su función como miembro principal de la Comisión de Contrataciones en el

área Técnica. CONSIDERANDO

Que las ciudadanas KAREN VIRGINIA GUTIERREZ TORRES, titular de la cedula de identidad Nº V-16.108.272 secretaria principal, ya no presta servicio en esta Institución a partir del 31 de diciembre de 2008 y LISBETH COROMOTO CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nº V-17.737.894, será removida de su función como secretaria suplente de la Comisión de Contrataciones.

RESUELVE

PRIMERO: Restaurar la Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social “Agustina Acosta de Ugas” del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia. SEGUNDO: La Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social (IMDES), estará integrada por los miembros principales, ciudadanos: Lcda. En Administración de Empresas DORELLIS MASSIEL MARTINEZ, titular de la cedula de identidad No. V- 15.253.162, en el área de Económica- Financiera, TECNICO Superior Universitario en Informática JUAN CARLOS ACOSTA, Titular de la Cédula de identidad No V- 15.391.034, en el área Técnica, y la abogada MARIA GABRIELA CRUZ MARTINEZ, Titular de la cédula de identidad No. V- 17.480.218, en el área legal.

TERECERO: Se designan como miembros suplentes de la Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social (IMDES) a los ciudadanos: Técnico Superior Universitario en Administración de Empresas FRANKLIN JOSE CASTRO, Titular de cedula de identidad Nº 15.659.007, Medico Cirujano MARIO SEGUNDO GARCIA PERTUZ, Titular de la cedula de identidad No. V- 10.539.137 y Abogada MARIA ALEJANDRA CHACIN DE LOPEZ, Titular de la cedula de identidad No V-16.548.671.

CUARTO: Se designa como secretaria principal de la Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social (IMDES) a la ciudadana Técnico Superior Universitario en Administración de Empresas NIDIA YSABEL MESA, Titular de la cedula de Identidad No V- 15.380.238.

QUINTO: Se designa secretario suplente de la Comisión de Contrataciones del Instituto Municipal de Desarrollo Social

(IMDES) a la Sociólogo ONEIDA NEBIS MARTINEZ, Titular de la Cedula de identidad V- 14.682.398

Publíquese, Regístrese y notifíquese la presente Resolución.

Dado, firmado y sellado en el Instituto Municipal de Desarrollo Social (IMDES), al segundo (02) día del mes de marzo del año dos mil nueve (2009) Año 197 de la Independencia y 148 de la Federación.

DOUGLAS ENRIQUE NORIEGA PRESIDENTE DEL (IMDES)

__________________________________

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO ZULIA

MUNICIPIO ROSARIO DE PERIJA. INSTITUTO MUNICIPAL DE LA VIVIENDA- IMUVIR

______________________________________________

RESOLUCION

No. 01-2009

El Ciudadano Carlos Alfredo Tapia, Presidente del

Instituto municipal de la Vivienda Rosario de Perijá

(IMUVIR) según resolución N° D.A. 383-2008 de fecha

01-12-2008 y en ejercicios de las atribuciones que le

confiere en el artículo 15 de la Ordenanza de creación

del instituto, articulo 54 numeral 5 de la ley orgánica

del poder público municipal y el artículo 10 del decreto

con rango, valor y fuerza de ley de contrataciones

públicas.

CONSIDERANDO

Que en fecha 25 de marzo de 2008, fue publicada en

Gaceta Oficial Extraordinaria de la República

Bolivariana de Venezuela N° 5.877 Extraordinario, el

nuevo Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley

de Contrataciones Publicas N° 5.929, derogando el

Decreto Ley de Forma Parcial de la Ley del

Licitaciones N° 5.155, de fecha 13 Noviembre del

2.001, Publicado en Gaceta Oficial N° 5.556

Extraordinaria de la misma fecha, así como toda las

disposiciones de rango legal y sub-legal que coliden

con el derecho de Rango, Valor y Fuerza de Ley de

Contrataciones Públicas.

(5)

Gaceta Municipal Rosario de Perijá

DEPÓSITO LEGAL P. P. 90-0095

5

CONSIDERANDO

Que en los entes sujetos del Decreto con Rango;

Valor y Fuerza de Ley deben constituirse una o varias

comisiones de contrataciones, atendiendo la cantidad

y complejidad de las obras a ejecutar, las

adquisiciones de bienes y las prestaciones de

servicios.

CONSIDERANDO

Que el artículo 10 de Decreto con Rango; Valor y

Fuerza de Ley de Contrataciones Publicas establecen

que la comisión de Contrataciones deben estar

integrada por un número impar de miembros

principales con sus respectivos suplente de calificada

competencia profesional y reconocida honestidad

representada en la área, jurídicas, técnicas y

económicas financieras.

CONSIDERANDO

Que es necesario el nombramiento de los miembros

suplentes de la Comisión de Contrataciones del

Instituto Municipal de Vivienda Rosario de Perijá, con

la finalidad de cubrir las faltas temporales o absolutas

de cualquiera de los miembros principales.

CONSIDERANDO

Que el artículo 10 del Decreto con Rango; Valor y

Fuerza de Ley de Contrataciones Publicas establece

que la comisión de Contrataciones Publica en su

último aparte estipula, que igualmente se designara

una secretaria o secretario.

RESUELVE

PRIMERO: Se crea la Comisión de Contrataciones del

Instituto Municipal de Vivienda Rosario de Perijá.

SEGUNDO: La Comisión de Contrataciones del

Instituto Municipal de Vivienda estará integrada de la

siguiente manera: por el Área Económica Financiera

T.S.U. en Informática WILSON RODRIGUEZ, Titular

de Cedula de Identidad N° 16.969.460, por el área

jurídica Abog. MARIA ALEJANDRA CHACIN, Titular

de Cedula de Identidad N° 16.548.671, y por el área

técnica T.S.U. en Obras Civiles MARCEL AÑEZ

Titular de Cedula de Identidad N° 17.949.165.

TERCERO: La Comisiones Instituto Municipal de

Vivienda Rosario de Perijá, tendrá como suplente a

los Ciudadanos: en el área Económica Financiera el

Licdo. HENRY GARCÍA, Titular de Cedula de

Identidad N° 4.994.664, en el área jurídica Abog.

MARIA GABRIELA CRUZ, Titular de Cedula de

Identidad N° 17.480.218 y en el área Técnica Ing. Civil

EVELIN GONZALEZ, Titular de Cedula de Identidad

N° 18.652.578, Publíquese y Notifíquese la presente

Resolución.

Dado, Firmado y Sellado en el Instituto Municipal de

Vivienda Rosario de Perijá al segundo (02) día del

mes de marzo del año dos mil nueve (2.009) Año 197

de la Independencia y 148 de la Federación.

CARLOS ALBERTO TAPIA

INSTITUTO MUNICIPAL DE VIVIENDA

ROSARIO DE PERIJÁ

_______________________________________________ GACETA MUNICIPAL

________municipio rosario de perijá_________ DEPÓSITO LEGAL P. P. 90-0095

(6)

Gaceta Municipal Rosario de Perijá

DEPÓSITO LEGAL P. P. 90-0095

6

Referencias

Documento similar

[r]

En efecto, en la sentencia en el asunto «Schmidberger»', el TJCE ha con- siderado que el bloqueo de la autopista del Brenner durante veintiocho horas por una manifestación de

Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en

que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el

Abstract: This paper reviews the dialogue and controversies between the paratexts of a corpus of collections of short novels –and romances– publi- shed from 1624 to 1637:

En junio de 1980, el Departamento de Literatura Española de la Universi- dad de Sevilla, tras consultar con diversos estudiosos del poeta, decidió propo- ner al Claustro de la

E Clamades andaua sienpre sobre el caua- 11o de madera, y en poco tienpo fue tan lexos, que el no sabia en donde estaña; pero el tomo muy gran esfuergo en si, y pensó yendo assi

La siguiente y última ampliación en la Sala de Millones fue a finales de los años sesenta cuando Carlos III habilitó la sexta plaza para las ciudades con voto en Cortes de