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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN EL CENTRO DE EMERGENCIAS 112

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO

DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE

ALIMENTOS Y BEBIDAS EN EL CENTRO DE

EMERGENCIAS 112

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PLIEGO DE CONDICIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN EL CENTRO DE EMERGENCIAS 112

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ÍNDICE

1 OBJETO DEL PLIEGO 3

2 FORMA DE PRESTACIÓN DEL CONTRATO 3

3 CARACTERÍSTICAS, NÚMERO Y TIPO DE MÁQUINAS EXPENDEDORAS 4 3.1 Características Generales 4

3.2 Características Técnicas 5

4 NÚMERO Y TIPO DE MÁQUINAS 7

5 RELACIÓN Y PRECIO DE ARTÍCULOS 7

6 INSPECCIÓN 8

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1 OBJETO DEL PLIEGO

Constituye el objeto del presente documento el establecer los requisitos técnicos y las condiciones generales que regirán para la contratación de máquinas expendedoras de alimentos y bebidas en la sede del Organismo Autónomo Madrid112 de la Comunidad de Madrid.

2 FORMA DE PRESTACIÓN DEL CONTRATO

El adjudicatario estará obligado a las siguientes obligaciones y prestaciones:

• Planificación, adquisición, elaboración y puesta a disposición de los trabajos

inherentes a un contrato de máquinas expendedoras de alimentos sólidos y líquidos, siendo responsable de la implantación y correcto mantenimiento de las máquinas, así como de la reposición de alimentos que se realizará con carácter diario.

• En el caso de comunicación de avería dispondrá de un plazo no superior a 6

horas, desde el momento del aviso, para la personación en las instalaciones del técnico correspondiente.

• Si se precisara la sustitución sobrevenida de una máquina, por no ser posible

su reparación, el plazo máximo será de 24 h.

• Todas las máquinas dispondrán de un cajetín con hojas de reclamación a

través de los cuales los usuarios podrán solicitar la devolución de importes cuando por un funcionamiento anómalo del equipo no se hubiera dispensado el producto o fuera distinto del solicitado.

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• Cualquier cambio respecto a las máquinas, productos y precios que se

produjera a lo largo del desarrollo del contrato, únicamente se podrá realizar previa autorización del Organismo Autónomo Madrid 112.

• Será por cuenta del adjudicatario el disponer de los elementos necesarios para

el depósito de residuos generados por las máquinas: papeleras, pequeños contenedores de residuos, etc.

• El personal que desempeñe sus funciones para el desarrollo del contrato objeto

de este pliego estará en posesión del carné de manipulador de alimentos.

• El adjudicatario realizará, a la finalización del contrato, la reversión de todos los

lugares asignados, al mismo estado en el que fueron entregados. Si hubiese introducido mejoras serán igualmente revertidas, sin que el O. A. Madrid112 contraiga obligación alguna de abono o contrapartida por las mismas.

3 CARACTERÍSTICAS,

NÚMERO

Y

TIPO

DE

MÁQUINAS

EXPENDEDORAS

3.1 Características Generales

Las máquinas expendedoras ofertadas cumplirán con la legislación vigente, debiéndose adjuntar en el momento de su instalación, todos los certificados que les sean de aplicación.

Deberán figurar en la máquina, en lugar visible, los siguientes datos:

• Homologación administrativa de la máquina empleada.

• Identificación del responsable y su teléfono, para supuestos de avería y

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• Descripción de las condiciones de funcionamiento y de los productos o servicios,

incluido el precio.

• Indicación clara de los productos que son ambiental y/o socialmente mejores (de

Comercio Justo, de agricultura ecológica, de producción integrada etc.)

• Las máquinas deberán incorporar un sistema de devolución del dinero para los

supuestos de inexistencia de mercancía o funcionamiento deficiente.

3.2 Características Técnicas

Los equipos instalados cumplirán las características que a continuación se indican:

• Las máquinas estarán dotadas de un sistema electrónico que facilite su correcto

funcionamiento y la buena calidad del servicio.

• Las máquinas deberán estar diseñadas, construidas y conservadas de forma

que se prevenga el riesgo de contaminación de los productos a suministrar.

• Las superficies que estén en contacto con los alimentos estarán en buen estado

y serán fáciles de lavar y, cuando sea necesario, de desinfectar; ello requerirá materiales lisos, lavables y no tóxicos.

• Se contará con instalaciones o dispositivos precisos para el mantenimiento y la

vigilancia de las condiciones adecuadas de la temperatura de los productos alimenticios.

• Los productos ofertados deberán cumplir las reglamentaciones técnico-sanitarias

pertinentes.

• Los productos se colocarán de forma que se prevenga el riesgo de

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• Los productos cumplirán lo dispuesto en el Real Decreto 640/2006, de 26 de

mayo, en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

• Los productos a suministrar deberán de proceder de industrias autorizadas a

cada tipo de actividad.

• Los productos a suministrar deben de cumplir la Norma general de etiquetado,

presentación y publicidad de los productos alimenticios conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio y deberán cumplir las reglamentaciones técnico-sanitarias que les afecten.

• Todas las máquinas de bebidas calientes serán de café en grano (excepto el

descafeinado).

• Se tendrá en cuenta que los productos de café, azúcar, cacao y/o el té se hayan

producido cumpliendo los parámetros de la Resolución del Parlamento Europeo sobre Comercio Justo y Desarrollo (A6-0207/2006).

• En las máquinas de bebidas frías, de zumos naturales y de productos

alimenticios sólidos se observará que los gases refrigerantes de las máquinas que los utilicen no contengan HCFCs o HFCs. Para ello se deberá adjuntar la ficha técnica de las propuestas para cada localización donde esté claramente recogido el tipo de refrigerante usado.

• La limpieza de los equipos tanto interior como exterior será por cuenta del

adjudicatario, que deberá mantener tanto el adecuado nivel de higiene exigible como el aspecto estético.

• Las máquinas dispensadoras dispondrán de un doble sistema, mediante

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4 NÚMERO Y TIPO DE MÁQUINAS

El número de máquinas a instalar será:

Máquinas de productos sólidos: 2 Maquinas de bebidas calientes: 2 Máquinas de bebidas frías: 1

5 RELACIÓN Y PRECIO DE ARTÍCULOS

La relación de artículos que se tomará como base para la adjudicación del contrato estará constituida únicamente por los especificados en el Anexo I del presente Pliego. Durante el primer año de vigencia del contrato el adjudicatario se compromete a mantener los artículos relacionados en su oferta a los precios detallados en la misma, pudiendo incorporar otros nuevos, bien a propuesta propia y tras la autorización expresa de Madrid112, o a instancias de este Organismo.

Si durante el desarrollo del contrato se aprobara la introducción de otros artículos no mencionados en su oferta inicial, los precios de los mismos, al igual que la modificación de los precios en vigor, como ya se indicó anteriormente, deberán ser autorizados previamente por Madrid112.

Será objeto de valoración, según los criterios establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas, únicamente el precio de los diferentes productos que figuran en el Anexo I, que tendrán la consideración de precios máximos en todos los artículos, por lo que el importe máximo que figurará en la oferta no deberá superar los 27,55 €.

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6 INSPECCIÓN

La inspección del desarrollo del contrato estará a cargo del órgano correspondiente que designe Madrid112, así como en cuanto a los aspectos de sanidad e higiene y cumplimiento de las reglamentaciones técnico-sanitarias sobre manipulación de alimentos.

En el ejercicio de estas funciones, el órgano correspondiente y los técnicos de Madrid112 estarán facultados para comprobar las condiciones de calidad, higiene y salubridad con que se cumple el contrato, así como cualquier otra de las obligaciones consignadas en este pliego.

El servicio se podrá inspeccionar cuantas veces se estime oportuno.

En Pozuelo de Alarcón, 11 de junio de 2012 EL DIRECTOR DE SERVICIOS

GENERALES Y SEGURIDAD

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ANEXO I : RELACIÓN DE PRODUCTOS Y PRECIOS

Sólidos

Marca Producto Precio Marca Producto Precio

Sol Frutos secos 0,65 € Martinez Palmera 0,75 € Doritos Tex - mex 0,75 € Tentebien Kawa´s lomo con queso 1,25 € Vicente Vidal Patatas onduladas 0,75 € Donut Donut azúcar 0,75 € Kellogg´s All-bran 0,75 € Donut Donut chocolate 0,80 € M&M´s m&m´s 0,75 € Lord Sándwich variado 1,15 Lu Mikado 0,75 € Tentebien Chicles 0,75 € Milka M-joy 0,75 € Orbit Risketo 0,75 € Lu Tuc galletas saladas 0,75 € RISI Twix 0,75 € M&M´s m&m´s choco 0,75 € Twix Crunch 0,75 € Panocho (SOL) Kikos Nick Originales 0,65 € Nestlé Cuadrado decorado 0,75 € Dulcesol Triángulo crema 0,70 € Dulcesol Snickers 0,70

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Bebidas Calientes Bebidas Frías

Producto Precio Marca Producto Precio

Café expres dulce 0,35 € Fuensanta Botella de agua 500ml 0,50 € Café largo dulce 0,35 € Coca - cola Bote coca cola 0,70 € Café cortado dulce 0,35 € Coca - cola Bote coca cola light 0,70 € Café con leche 0,35 € Coca - cola Bote fanta naranja 0,70 € Cappuccino 0,35 € Acuarius Bote acuarius 0,85 € Chocolate 0,35 € Juver Zumo Juver ON tetrabrik

pequeño

0,90 €

Chocolate con leche 0,35 € Pascual Bio frutas tetrabrik pequeño 0,90

Leche 0,35 € Red Bull Red Bull 1,65

Té al limón 0,35 €

Referencias

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