Municipalidad de Estanzuela
Departamento de Zacapa
Teléfono 7933 5808
MUNICIPALIDAD DE ESTANZUELA, ZACAPA.
DOCUMENTOS DE COTIZACION
AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO
SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO
LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA,
ZACAPA.
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Estanzuela, junio de 2,017
INDICE
I. TERMINOLOGIA UTILIZADA EN LOS DOCUMENTOS DE COTIZACION II. ESPECIFICACIONES GENERALES
1. Ámbito legal de aplicación e interpretación
2. Dependencia interesada y objeto de la cotización III. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
IV. DISPOSICIONES ESPECIALES V. CONDICIONES GENERALES 1. Adquisición de las bases
2. Preguntas o consultas con relación a las bases y documentos 3. Modificaciones y/o ampliaciones
4. Requisitos de la oferta
5. Requisitos no fundamentales y formales no presentados satisfactoriamente 6. Documentos expedidos en el extranjero
7. Integración de la junta de cotización 8. Competencia de la junta de cotización
VI. RECEPCIÓN, CALIFICACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN 1. Presentación de ofertas y apertura de plicas
2. Adjudicación 3. Rechazo de ofertas
4. Presentación de un solo oferente 5. Ausencia de ofertas
6. Criterios de calificación de ofertas 7. Fase contractual
8. Garantías
VII. RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y PAGO 1. Lugar y fecha de entrega
2. Controversias 3. Pagos
4. Sanciones VIII. ANEXOS
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I. TERMINOLOGÍA UTILIZADA EN LOS DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN 1. PROCESO DE COTIZACION: Conjunto de actividades relacionadas con esta Cotización. 2. RENGLÓN: Se refiere a cada uno de los tipos de bienes o suministros que se está
cotizando.
3. OFERTA(S): Propuesta presentada por cada oferente para ejecutar el objeto del Proceso. La propuesta debe incluir los aspectos técnicos, económicos y legales, de acuerdo con lo solicitado en los documentos de cotización.
4. JUNTA DE COTIZACIÓN: Es el único órgano competente para recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio. Estará integrada por tres miembros titulares y dos miembros suplentes, los cuales serán nombrados por la Autoridad Administrativa Superior de la entidad.
5. Ley: Ley de Contrataciones del Estado, Decreto 57-92 y sus reformas.
6. Reglamento: Reglamento de la Ley de Contrataciones Acuerdo Gubernativo No. 122-2016 y sus reformas.
7. Oferente: Persona individual o jurídica, nacional o extranjera, que presenta una Oferta. 8. Adjudicatario: oferente a quien se ha adjudicado la negociación.
9. Contratista: persona individual o jurídica con quien se suscribe un contrato.
10.Plazo contractual: período computado en días calendario, meses o años de que dispone el contratista para el cumplimiento del objeto del contrato.
11.Vigencia del contrato: período comprendido de la fecha de aprobación del contrato a la fecha de entrega final del bien, servicio u obra o aprobación de la liquidación del mismo. 12.Monto o valor total de la negociación: es el valor de contratación de obras, bienes,
suministros o servicios con el impuesto al valor agregado (IVA) incluido.
13.Adjudicación aprobada: es la aprobación de la actuación de la Junta de Cotización, Licitación o Calificación realizada por la autoridad competente.
14.Adjudicación definitiva: se entenderá que la adjudicación es definitiva cuando ha transcurrido el plazo señalado por el artículo 101 de la Ley de Contrataciones del Estado, sin que se hubiera interpuesto recurso alguno.
15.Oferta Económica: Es la propuesta económica que realiza un proveedor expresada a través de un precio o de un valor en toda modalidad de contratación regulada en la ley. 16.Programación de Negociaciones: Se re refiere a la lista de bienes, obras y servicios que
pretende adquirir la Municipalidad, durante el año fiscal siguiente para cumplir con los objetivos y resultados institucionales. Igual significado tendrán las acepciones “Programa Anual de Compras”; “Plan Anual de Compras”, “Plan Anual de Compras y Contrataciones” “Programación Anual de Compras” y “Programación Anual de Negociaciones Públicas”. 17.Autoridad superior: La ejercerá el Concejo Municipal de conformidad con el artículo 9
numeral 6, subnumeral 6.2 de la Ley.
18.Autoridad administrativa superior: La ejercerá el Alcalde Municipal de conformidad con el artículo 9 numeral 6, subnumeral 6.1 de la Ley.
19.Bases: Apartado de estos documentos en donde se desglosa la información del proceso que la empresa ofertantes deben de conocer para poder ofertar. (art. 18, 19 y 19 Bis de ley y 18 del reglamento).
20.Disposiciones especiales: Apartado de estos documentos en donde se desglosa instrucciones particulares que deben ser respetados por las empresas oferentes.
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21.Documentos de cotización y/o licitación: Documentos de cotización y/o licitación que proveen la información necesaria para que el oferente pueda presentar su oferta. Incluyen lo siguiente: bases, especificaciones generales y técnicas, disposiciones especiales. Y anexos (art. 18 de ley). Las cuales quedaran aprobadas por la autoridad administrativa superior.
22.Especificaciones generales y técnicas: Apartado de estos documentos en donde se desglosa las características inherentes del objeto de este proceso.
23.Guatecompras: Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones de uso obligatorio para la compra y contratación, su dirección en Internet es www.guatecompras.gt.
24.Institución: La Municipalidad contratante.
25.Municipalidad: Municipalidad de Estanzuela, Zacapa.
26.Invitación a Cotizar: Solicitud girada por la Municipalidad para que se coticen los servicios a ser adquiridos o los bienes a contratar.
II. ESPECIFICACIONES GENERALES
1. ÁMBITO LEGAL DE APLICACIÓN E INTERPRETACION:
Las presentes bases de cotización se rigen por la Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo 122-2016, Resolución No. 11-2010 de fecha 22 de abril de 2010 del Director de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Normas para el Uso del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado –GUATECOMPRAS-, Acuerdo Ministerial No. 24-2010, Normas de Transparencia en los Procedimientos de Compra o Contratación Pública emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas y demás leyes de la República de Guatemala y normas aplicables.
2. DEPENDENCIA INTERESADA Y OBJETO DE LA COTIZACIÓN:
La Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, emite los DOCUMENTOS DE COTIZACIÓN, con el propósito de recibir ofertas firmes para la “AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA”, de acuerdo a las características y condiciones estipuladas en las presentes bases elaboradas para este proceso.
2.1 FICHA DEL PROCESO
DEPENDENCIA CONTRATANTE Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa.
UNIDAD COMPRADORA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE PLANIFICACIÓN, ESTANZUELA, ZACAPA
OBJETO AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA.
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2.2 CRONOGRAMA DEL PROCESO
ACTIVIDAD PLAZO Retiro de los documentos por medio
del portal Guatecompras
8 días a partir del momento en que aparecen publicados en el portal de Guatecompras.
Período para Consultas Hasta 03 días hábiles antes de la fecha establecida para recibir ofertas.
Respuesta a Consultas Los comentarios y sugerencias deben responderse en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles de concluida la fase de consulta pública del proyecto de bases.
Recepción de OFERTAS y apertura de Plicas
El día establecido en el portal de Guatecompras. Calificación y Adjudicación Dentro de 5 días hábiles contados a partir del día
hábil siguiente a la apertura de plicas.
Notificación de la Adjudicación Dentro de los 2 días hábiles posteriores a la adjudicación.
III.ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
“AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA”
ESPECIFICACIONES GENERALES
Para el buen funcionamiento y por ende la construcción del sistema de alcantarillado sanitario se deberá atender y cumplir las siguientes especificaciones.
TRABAJOS PRELIMINARES
- Excavación: se cortará hasta lo indicado en planos, debiéndose iniciar el corte desde la cota más baja hasta la cota más alta. La superficie del fondo de la zanja deberá presentar una superficie uniforme para permitir el correcto apoyo del tubo siendo el supervisor el que vele el cumplimiento de las cotas de nivelación del fondo.
La zanja deberá presentar condiciones de acabado exactas en las dimensiones y estar convenientemente compactada para colocar la tubería convenientemente. El ancho de la zanja deberá de ser de una dimensión que permita tener el espacio libre de trabajo para colocar la tubería y las juntas satisfactoriamente.
- Relleno: El material a utilizarse en el relleno alrededor y abajo de la tubería, debe ser debidamente analizado y aprobado previamente a su utilización; este material, aparte de otras características a definir en las disposiciones especiales o por la supervisión, debe ser un material suelto y estar libre de fragmentos grandes de roca. El volumen de material para relleno, debe colocarse en capas de 15 cm. de espesor, hasta llegar a una altura de 60 cm., arriba de la corona del tubo, en esta parte, el apisonamiento deberá ser realizado en forma manual; arriba de la altura descrita, el volumen de material para relleno podrá colocarse en capas de 20 cm. de espesor y utilizarse un método de apisonamiento mecánico, debidamente analizado y aprobado, si procede, por la supervisión, la compactación debe de hacerse por capas como esta descrito anteriormente aplicándole agua para alcanzar un 98% de compactación.
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No se permitirá la colocación de cualquier tipo de pavimento, sobre algún área de relleno de tubería, hasta que ésta haya sido perfectamente compactada.
- Retiro de Material Sobrante: Al terminar la labor de relleno de un tramo de una longitud máxima de 100 m, se deberá proceder, de inmediato, a sacar el material excedente, transportarlo al lugar previamente autorizado por la Supervisión y las autoridades locales y realizar la limpieza respectiva. Si al excavar en una calle angosta, el material excavado es excesivo, y esto ocasiona problemas al tránsito seguro de peatones; la excavación deberá realizarse en tramos cortos y evacuar anticipadamente el material excedente.
RED DE TUBERIA
La tubería a utilizar será de PVC norma F-949.
La tubería debe colocarse, previamente a su instalación, de la forma más ordenada posible, en la orilla de la zanja. La Supervisión realizará, entonces, una minuciosa inspección de la tubería, con el objeto de no permitir que se instalen, aquellas unidades que, durante el transporte, se hubiesen rajado o lastimado considerablemente; así como revisar que sus estructuras (campana-espigas o macho-hembra) estén libres de materias extrañas como mezcla seca, lodo, o cualquier otra que impida hacer una buena junta.
Al terminar de excavarse un tramo de una longitud máxima de 60 m, se verificará que las rasantes del fondo del colector y de las conexiones domiciliares, se hayan realizado de acuerdo a las cotas de nivelación indicadas en plano, al igual que el alineamiento y el ancho establecido. Las distancias mínimas a las cuales se permitirán el paso de tuberías de aguas negras sobre tuberías de agua potable, son las siguientes:
0.20 m de luz libre cuando se cruzan 0.40 m cuando son paralelas
POZOS DE VISITA
La construcción de la cimentación de los pozos de visita deberá hacerse previamente a la colocación de las tuberías para evitar que se tenga que excavar bajo los extremos de las tuberías y que estos sufran desalojamientos.
Los pozos de visita se construirán según el plano aprobado por la Supervisión del Proyecto, y serán de mampostería común de ladrillo unidos con mortero de cemento y arena en proporción de 1:3 que se fabricará de acuerdo con especificaciones del Capítulo 7 de la DGOP. Los ladrillos deberán ser mojados previamente a su colocación y levantados en hiladas horizontales, con juntas de espesor no mayor de 1.5 cm (uno y medio centímetros). Cada hilada horizontal deberá quedar desplazada 1.5 cm respecto a la interior en tal forma que no existe coincidencia entre las juntas verticales de los ladrillos que las forman.
• El parámetro interior se recubrirá con un cernido de mortero de cemento de proporción 1:3 y con un espesor mínimo de 1.0 (uno) centímetro, que será terminado con plancha o regla y alisado fino de cemento. El cernido se curará durante diez días con agua. Se emplearán cerchas para construir tos pozos y posteriormente comprobar su sección. Las inserciones de las tuberías con estas estructuras se rematarán en la forma indicada en los planos o en la que prescribe la DGOP.
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Las conexiones domiciliarias deberán construirse de acuerdo a las dimensiones y características indicados en planos, los acoples se realizarán con el sistema de junta rápida por lo que la tubería y accesorios deberán ser Norma F-949, excepto las silletas que serán norma f-949 como lo indica los planos.
Se colocarán conexiones en las viviendas que estén definidas en los planos de densidad de vivienda, debiendo verificarse que el número total de estas coincida con el número que aparezca en el Contrato de obra. Podrá colocarse un número mayor de unidades, en aquellos casos, en que, dentro de la planificación del proyecto, incluida en planos, Disposiciones especiales y estas especificaciones, se hayan previsto conexiones futuras; pero en ningún caso se permitirá la colocación de un número de conexiones menor al número de viviendas existentes al momento de la ejecución del proyecto.
La tubería será de Ø 4” norma F-949 conectados a la red con un mínimo de 45º en dirección del caudal, las candelas serán de concreto del diámetro especificado en planos las cuales llevan su brocal y tapadera con acero de refuerzo de Ø ¼”.
LIMPIEZA FINAL
Al termino de los trabajos, el contratista debe dejar el área de trabajo y áreas adyacentes que hayan sido afectadas sus operaciones completamente limpias y condiciones presentables, retirar todas las estructuras provisionales, escombros, basura y materiales sobrantes.
1. ADQUISICIÓN DE LAS BASES:
Las bases para el presente Evento de Cotización, se pueden obtener gratuitamente a través del Sistema de información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS en la dirección de Internet www.guatecompras.gt, consultando el Número de Operación Guatecompras -NOG- correspondiente. BASE LEGAL: Artículos 22 y 39 de la LEY.
2. PREGUNTAS O CONSULTAS CON RELACIÓN A LAS BASES Y DOCUMENTOS:
Las personas interesadas pueden efectuar preguntas o consultas relacionadas con las Bases y demás documentos de Cotización, a través del Sistema denominado GUATECOMPRAS, recibiendo la respuesta por el mismo medio. Las consultas deben plantearse al menos tres (3) días hábiles antes de la fecha establecida para la presentación de ofertas y las respuestas se darán en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles de concluida la fase de consulta pública del proyecto de bases. BASE LEGAL: Artículo 11 literales e) y f) de la Resolución Número 11-2010 del Director de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas.
3. MODIFICACIONES Y/O AMPLIACIONES:
La Municipalidad de ESTANZUELA, departamento de ZACAPA, si así lo considera conveniente y necesario, antes de la fecha fijada para la presentación de ofertas, podrá modificar las Bases de Cotización, la misma deberá prorrogarse por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación del documento de modificación en el Sistema GUATECOMPRAS. BASE LEGAL: Artículo 39 bis de la LEY, Artículo 11 literal g) de la Resolución Número 11-2010 del Director de la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas.
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Fotocopia de la patente de comercio en el caso de ser persona individual y de la patente de comercio de sociedad en el caso de ser persona jurídica, debidamente autenticada por un abogado.
Fotocopia del Carné de NIT de la empresa (si es Sociedad Anónima) o del propietario (si es empresa individual).
Formulario de inscripción en el Registro Tributario Unificado (RTU) de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT- debidamente firmado y sellado, mismo que no deberá de tener más de seis meses de haber sido emitido. (RATIFICADO).
Fotocopia de DPI del propietario o del representante legal autenticado por un abogado. Acta notarial donde conste quien es el representante legal o propietario de la empresa. Si la EMPRESA oferente es una sociedad (Art.9 REGLAMENTO):
- Escritura de Constitución de la Sociedad y sus modificaciones.
- Acta de nombramiento del Representante Legal inscrito en el Registro Mercantil. - DPI del Representante Legal (completa).
- Patente de Comercio de Sociedad.
- Patente de Comercio de Empresa, que indica el giro comercial afín al OBJETO.
- Certificación que identifica a los accionistas, directivos o socios que conforman la entidad, según corresponda. En el caso de las sociedades mercantiles, únicamente podrán participar las que emitan acciones nominativas.
Constancia de estar precalificado en el Registro correspondiente.
Precalificado General (Vigente) extendida por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.
Precalificado especifico extendido por el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, para esta Cotización, con la siguiente especialidad, 19 alcantarillados y drenajes urbanos, con capacidad económica mínima del grupo “B”.
Constancia reciente de inscripción en el registro de Guatecompras, de estar habilitado como proveedor, con no más de 15 días de haber sido impreso.
Estados financieros de los últimos tres años (Estado de Resultados, Balance General y Estado de Flujo de Efectivo).
Fotocopia de la última declaración del Impuesto sobre el valor agregado y el impuesto sobre la renta (Vigente al último trimestre)
Constancia de Inscripción del IGSS como patrono
Certificación de la resolución de Inscripción Patronal en el Régimen de Seguridad Social. BASE LEGAL: Artículos 2 y 20 del Acuerdo No. 1123 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, Reglamento de Inscripción de Patronos en el Régimen de Seguridad Social y artículo 80 literal c) de la LEY.
Solvencia del pago del IGSS actualizado
Fianza de sostenimiento de oferta por el 1% del valor de la oferta, que deberá de estar vigente hasta que sea sustituida por la fianza de cumplimiento, en el caso del adjudicatario. En cualquier caso, la fianza de sostenimiento de oferta tendrá una vigencia de 120 días.
Declaración jurada en donde se indique que la empresa no está comprendida dentro de las prohibiciones enumeradas en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado y de no ser deudores morosos del Estado, conforme el numeral 10 del artículo 19 de dicha ley.
Carta de Oferta firmada y sellada por el oferente o Representante Legal. Colegiado activo del supervisor de obras de la empresa en original. Cuadro de cantidades estimadas de trabajo.
Integración de costos y precios unitarios de todos los conceptos o renglones de trabajo.
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ejecutar el proyecto objeto de la presente Cotización, debiendo estar firmada y sellada por el representante legal de la empresa
Constancia de visita al lugar donde se realizará el proyecto, debiendo estar firmada y sellada por el director de la DMP.
Currículum vitae de la empresa en papel membretado, firmado y sellado por el propietario o mandatario, detallando su historial, organización, infraestructura, así como los productos y/o servicios que provee. BASE LEGAL: Artículo 19 numerales 1 y 4; de la LEY.
Declaración Jurada que haga constar que toda la información y documentos anexos proporcionados por el oferente al Registro de Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Publicas está actualizada y es de fácil acceso.
Certificación Bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones bancarias que posee. Para el efecto deberá contener la información siguiente:
Identificación del cuentahabiente
Tipo de cuentas que posee en la entidad bancaria
Promedio de cifras antes del punto decimal de los saldos que posee Tiempo de manejo de la cuenta
Clase de cuentahabiente Determinación si posee créditos Saldo del deudor y,
clasificación o categoría del deudor de conformidad con la normativa correspondiente.
Dicha información detallada deberá presentarse en el formato respectivo emitido por la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones, dependencia del Ministerio de Finanzas Públicas. BASE LEGAL: Artículo 1 literal c) del Acuerdo Ministerial Número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.
Declaración Jurada sobre la inexistencia de conflicto de interés entre el oferente y el Banco que acredite la titularidad de sus cuentas bancarias.
Declaración Jurada de fecha reciente en Acta Notarial en la que se haga constar:
Que el oferente se encuentre legalmente establecido para el efecto y que esté en condiciones de vender el bien o prestar los servicios objeto de la negociación y que tiene por lo menos dos (4) años de experiencia en el mercado.
Que el Oferente ha leído y comprendido las bases de Cotización y sus modificaciones si las hubiere así como los documentos conexos a las mismas, las acepta de forma expresa y se somete a ellas.
Que el oferente cuenta con la infraestructura, física, instalaciones, recurso humano y disponibilidad financiera para atender esta negociación.
Declaración Jurada contenida en acta notarial, en la que el oferente indique los contratos y/o negociaciones de obras con características iguales, similares o superiores a lo ofertado con entidades del Estado, de hasta cinco años anteriores en dicha declaración, deberá indicar la descripción del vehículo, monto y lugar donde fueron entregados.
Documentos que acrediten experiencia del oferente:
Para que la información contenida en la declaración jurada sea tomada en cuenta por la JUNTA, la calificación de la experiencia del oferente, deberá acompañarse la documentación de respaldo correspondiente en original o fotocopia legalizada:
Cartas de referencia
Contratos
Actas de recepción
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Resumen de Experiencia, el OFERENTE deberá incluir un formulario de acuerdo con el modelo adjunto en EL ANEXO identificado como “FORMULARIO DE EXPERIENCIA”.
Todas las copias que se solicitan deberán estar debidamente autenticadas y foliadas por un notario; con una vigencia no mayor de 6 meses a la presente publicación.
Consignar en el apartado de Documentación a presentar lo siguiente: NOTA IMPORTANTE: Los documentos extendidos por los Registros y las actas notariales deben de presentarse como máximo del mes anterior a la fecha programada para la presentación de ofertas. Las fotocopias contenidas en la plica original deben de presentarse autenticadas por Notario y en el orden solicitado.
Los requisitos determinados en el apartado V numeral 4 son considerados fundamentales y en consecuencia su presentación es obligatoria, la no inclusión dentro de la oferta de uno o varios de los requisitos fundamentales, dará lugar a que la Junta de Cotización, rechace las ofertas que incumplan con tal disposición, sin responsabilidad de su parte. BASE LEGAL: Artículo 30 de la LEY. En cualquier fase del procedimiento de contratación pública en la que el funcionario o empleado público responsable tenga duda razonable de la veracidad de los documentos o declaraciones presentadas por el oferente ó adjudicatario, deberá requerir a éste por escrito, la información y constancias que permitan disipar la duda en un plazo que no exceda de dos días hábiles de conocido el hecho, la cual deberá anexarse al expediente respectivo. Para el efecto, la autoridad concederá al oferente o adjudicatario, audiencia por dos días hábiles y resolverá dentro de un plazo similar.
En caso el oferente o adjudicatario no proporcione la información y constancias requeridas o persista la duda, el funcionario o empleado público responsable de la etapa en que se encuentre el proceso de compra o contratación resolverá:
a. Rechazar la Oferta; ó b. Improbar lo actuado.
En los casos arriba señalados deberá denunciar el hecho ante el Ministerio Público, sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas o sanciones que fueran aplicables, debiendo ser inhabilitado en el Sistema GUATECOMPRAS para ser proveedor del Estado, cuando proceda, bajo la responsabilidad de la Autoridad Superior de la entidad que promueve el proceso de contratación.
5. REQUISITOS NO FUNDAMENTALES Y FORMALES NO PRESENTADOS SATISFACTORIAMENTE:
La Junta de Cotización rechazará, sin responsabilidad de su parte, las ofertas que no se ajusten a los requisitos fundamentales definidos como tales en las bases o cuando los precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses del Estado. Los requisitos no fundamentales contemplados en las bases podrán satisfacerse en la propia oferta o dentro del plazo común que fije la Junta. Dentro de este mismo plazo se llenarán los requisitos formales que no se hubieren cumplido satisfactoriamente al presentar la oferta. BASE LEGAL: Artículo 30 de la LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO.
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Cuando se trate de documentos expedidos en el extranjero, los mismos deberán estar debidamente legalizados en original, para surtir efectos en el país, en atención a lo que preceptúa el Artículo 37 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto Número 2-89 del Congreso de la República. No se aceptarán documentos extendidos en el extranjero en copia legalizada. De encontrarse escritos en idioma distinto al español, éstos deben ser debidamente traducidos al mismo por un traductor jurado legalmente autorizado para el efecto. Los documentos que no cumplan con este requisito, no serán tomados en cuenta y se tendrán por no acompañados.
7. INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DE COTIZACIÓN:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 Y 11 de la Ley de Contrataciones del Estado, es necesario contar con una Junta de Cotización, Licitación y calificación, debido a que son el único órgano competente, respectivamente, para recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio. Así mismo, en el Artículo 15 de la Ley de Contrataciones del Estado, se establece que la Junta de Cotización se integrará con un número de tres miembros titulares y dos miembros suplentes, quienes serán servidores públicos nombrados por la autoridad competente de las entidades según cada modalidad de adquisición. Los miembros de la junta de cotización deben acreditar su idoneidad mediante la experiencia en el ámbito técnico, legal, financiero o cualquier otro que tenga relación con el evento para el cual están siendo nombrados; en el caso la o las entidades no cuenten con personal idóneo, se podrá nombrar a servidores públicos de otras dependencias del Estado, toda vez se verifique y asegure su idoneidad.
8. PERFIL DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DE COTIZACION
En cumplimiento a lo que establece el artículo 12 del REGLAMENTO, se describe el perfil de los miembros titúlales y suplentes de la junta de cotización.
Estos deberán tener experiencia o demostrar el conocimiento mediante título de nivel diversificado, estudios en carreras universitarias, graduados a nivel técnico universitario o en el grado de Licenciado. Deben de laborar en la Municipalidad o cualquier otra entidad del sector público, contratados bajo los renglones 011 “Personal Permanente” o 022 “Personal por Contrato”. Las personas nombradas demostrarán haber recibido y deberán seguir recibiendo capacitaciones constantes impartidas por personal capacitado de manera interna en la Municipalidad y las que sean impartidas por entidades ajenas a esta, que ayuden a mejorar y ampliar el conocimiento y criterios para la evaluación y calificación de ofertas.
Todo lo anterior será demostrado por medio de Informe emitido por la Dirección de Recursos Humanos, en el cual se adjunten las constancias pertinentes, que servirán de base para que la autoridad superior efectúe el nombramiento correspondiente.
9. COMPETENCIA DE LA JUNTA DE COTIZACIÓN:
Recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio. Y dentro de sus atribuciones se encuentran:
a) Recibir las ofertas presentadas por los oferentes.
b) Realizar el acto de apertura de plicas.
c) Dar a conocer el costo estimado municipal para el proyecto.
d) Después de la apertura de plicas, firmar, foliar y sellar los documentos recibidos, dejando constancia de su actuación en la hoja de verificación de documentos, que para el efecto les será entregada, la cual deberán firmar.
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e) Verificar la publicación del acta de apertura de plicas y el listado de oferentes, en el Sistema GUATECOMPRAS, a más tardar el día posterior a la fecha establecida para la recepción de ofertas y apertura de plicas.
f) Solicitar aclaraciones, demostraciones, muestras y/o catálogos, y efectuar visitas de campo si así lo considera conveniente.
g) Revisar la documentación básica que deberán presentar los oferentes, registrando la presentación de ésta en las hojas o listas de control correspondientes, debiendo firmar y sellar estas últimas.
h) Verificar la autenticidad de los documentos presentados, así como la veracidad de la información que contenga la oferta. De encontrar falsedad o engaño en los mismos, procederá a rechazar la oferta, sin perjuicio de las acciones penales, administrativas y civiles que correspondan e inhabilitación del oferente en el Registro de Proveedores del Sistema GUATECOMPRAS.
i) La Junta tomará sus decisiones por mayoría del total de sus miembros, quienes no podrán abstenerse de votar, dejando constancia en acta de lo actuado.
j) Calificar las ofertas presentadas y adjudicar en forma razonada el negocio de acuerdo a lo que establecen las bases, clasificando sucesivamente todas las ofertas presentadas.
k) Verificar la publicación del acta de adjudicación en el Sistema GUATECOMPRAS.
l) Contestar las inconformidades que se presenten contra la adjudicación, dentro del plazo que se señala en la ley.
m)Fijar plazos y realizar todas aquellas actuaciones y notificaciones que manda la Ley.
n) Elevar el expediente a la Autoridad correspondiente, dentro del plazo de Ley, para la aprobación de lo actuado, cuando se hayan contestado las inconformidades en contra de su decisión contenida el acta de adjudicación, si fuere el caso.
o) Abstenerse de adjudicar si a criterio de los integrantes de la misma ninguna de las ofertas resulta conveniente a los intereses del Estado.
ñ) Todas las actuaciones de la Junta de Cotización deberán constar en acta.
p) Revisar la documentación básica que se detalla en la documentación que deberán presentar los oferentes, registrando la presentación de esta en las hojas de control que le sean proporcionadas, debiendo firmar y sellar ésta última.
VI. RECEPCIÓN, CALIFICACIÓN DE OFERTAS Y ADJUDICACIÓN 1. PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y APERTURA DE PLICAS:
La Junta de Cotización recibirá directamente las ofertas el día y hora establecidos en el Portal de Adquisiciones del Estado denominado (GUATECOMPRAS), en la Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, ubicada en 1ra. Calle 1-48 de la zona 1 del barrio el Centro de Estanzuela, Zacapa. Transcurridos 30 minutos de la hora señalada para la recepción no se aceptará ninguna oferta más.
La Junta de Cotización en acto público seguido a la recepción de plicas, procederá a la apertura de las mismas.
Se dejará constancia en el Acta de apertura correspondiente de:
a) Nombre o denominación social (en caso de ser persona jurídica) del OFERENTE. b) Número de Identificación Tributaria (NIT).
c) Valor total de la oferta.
d) Plazo de entrega del bien objeto del presente evento. e) Costo Estimado Municipal.
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Las personas que hayan presentado OFERTAS, podrán designar un Representante que podrá actuar únicamente como observador durante el acto de apertura de plicas.
2. ADJUDICACIÓN:
La Junta de Cotización adjudicará la negociación al oferente que cumpla con los requisitos solicitados y que obtenga el mayor punteo de acuerdo a los criterios de calificación que señalen las bases, constituyéndose ésta, en la oferta más conveniente y favorable a los intereses del Estado. La Junta de Cotización hará también la calificación de las ofertas que clasifiquen sucesivamente para que, en el caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato correspondiente dentro de plazo legal o habiéndolo suscrito no presente la garantía de cumplimiento de contrato, la negociación pueda llevarse a cabo con el subsiguiente clasificado en su orden. BASE LEGAL: Artículo 33 de la LEY y 21 del REGLAMENTO. La adjudicación será dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la apertura de plicas.
3. RECHAZO DE OFERTAS:
La Junta de Cotización sin responsabilidad de su parte, rechazará las ofertas que:
a) No cumplan con la presentación de los requisitos fundamentales definidos como tales en las bases.
b) Cuando el precio, calidad u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses del Estado.
c) Si comprueba falsedad y/o engaño en la documentación presentada por el oferente. d) No cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas.
e) Cuando el oferente no subsane, dentro del plazo fijado por la Junta de Cotización, los requisitos formales no fundamentales que no se hubieren cumplido satisfactoriamente al presentar la oferta.
f) Evidencien colusión entre oferentes, sin perjuicio de las medidas que determine el REGLAMENTO, y demás leyes aplicables.
g) Cuyo monto sobrepase los novecientos mil quetzales (Q.900,000.00).
h) Las ofertas no se encuentren dentro de la franja de fluctuación, al momento de la integración del precio oficial, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley.
i) No presenten los requisitos no fundamentales omitidos dentro del plazo que les señale la Junta de Cotización.
4. PRESENTACION DE UN SOLO OFERENTE.
Si a la convocatoria a la Cotización se presentare únicamente un oferente, a éste se podrá adjudicar la misma, siempre que a juicio de la junta de cotización la oferta satisfaga los requisitos exigidos en las presentes bases y que la proposición sea conveniente para los intereses del Estado. En caso contrario, la Junta está facultada para abstenerse de adjudicar. (Art. 31 de la LEY).
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En caso de que a la convocatoria a la Cotización no concurriere ningún oferente, la Junta levantará el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la Autoridad Administrativa Superior respectiva, para que se prorrogue el plazo para recibir ofertas. Si aún así no concurriere algún oferente, la Autoridad Administrativa Superior, quedará facultada a realizar la compra directa por ausencia de ofertas, previa autorización de la Autoridad Superior. BASE LEGAL: Artículos 32, 41 y 43 de la LEY.
6. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE OFERTAS:
La Junta de Cotización Luego de la recepción de ofertas procederá a calificarlas en la forma y tiempos acostumbrados. La Junta de Cotización podrá otorgar total, parcial o bien declarar nulo el evento de cotización según criterios técnicos y económicos. Y seguirá el siguiente procedimiento:
5.1 Primera Fase:
Revisión documental de carácter excluyente, en la cual se comprobará que esté completa la documentación exigida como requisito fundamental, la falta de alguno de los documentos indicados como tales en la sección II, "PREPARACION DE LA OFERTA", será causa justificada para rechazar la oferta, sin responsabilidad de parte de la Junta de Cotización.
5.2 Segunda Fase:
Luego de la revisión documental, las empresas que hayan cumplido con la presentación de los documentos exigidos como requisitos fundamentales, serán tomadas en cuenta para la integración del precio oficial tal y como lo indica el artículo 29 de la Ley de Contrataciones del Estado.
5.3Tercera Fase:
Para determinar la oferta que más conviene a los intereses del Municipio de Estanzuela, las ofertas que cumplan con las dos fases previas, serán calificadas siguiendo los siguientes criterios de calificación y ponderación:
No. DESCRIPCIÓN PONDERACIÓN (%)
1 Precio de la Oferta 40
2 Tiempo de entrega 20
3 Experiencia Laboral de la empresa 20 4 Presentación de requisitos de la oferta 20
Total 100
a. Precio de la oferta: es el precio total de la obra terminada y entregada con 40 puntos, Para fines de la ponderación del Precio, se tomará como base el precio oficial, calculado de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado. Y se tomarán como válidas las ofertas que fluctúen en menos 15% y más 10% del precio oficial. Y se otorgaran las siguientes calificaciones:
Al menor precio 40
Segundo menor precio 35
Tercer menor precio 30
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b. Tiempo de entrega: se evaluará con 20 puntos tomando como base el tiempo de ejecución estimado por la Municipalidad y se calificará de la siguiente manera:
Menor Tiempo 20
Segundo menor tiempo 15
Otros tiempos 10
c. Experiencia Laboral de la empresa: se evaluará con 20 puntos de acuerdo al listado de obras físicas realizadas por el Oferente relacionadas con el proyecto de esta cotización. Demostrando la experiencia de la empresa en trabajos ejecutados similares comprobables con Contratos y/o finiquitos y que cuente con la Especialidad requerida en el Precalificado Especifico para la ejecución del Proyecto, dándole un valor a cada proyecto realizado, de acuerdo al monto de cada uno, según la escala siguiente:
MONTO DE LAS OBRAS PUNTOS
Cuatro proyectos similares 20 puntos
Tres proyectos similares 15 puntos
Dos proyectos similares 12 puntos
Un proyecto similar 8 puntos
d. Presentación de la oferta: Se calificara con 20 puntos a las empresas que presenten la oferta de forma clara, ordenada, con buena presentación y que cumpla con los aspectos técnicos; buena planificación y metodología (concordancia de la oferta con el establecido en las bases), con 15 la de menor calidad hasta llegar a 5 puntos.
7. FASE CONTRACTUAL
6.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO:
Firme la Resolución de aprobación de la adjudicación de negocio, deberá suscribirse el contrato correspondiente dentro del plazo legal. BASE LEGAL: Artículos 47, 48 y 49 de la Ley de Contrataciones del Estado y Artículo 42 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
6.2 CONDICIONES DEL CONTRATO:
El contrato suscrito, se someterá a lo dispuesto por la Ley y su Reglamento. Así como a los pormenores de la negociación contenidos en las presentes bases, oferta presentada, plazo contractual y demás documentación que obre en el expediente correspondiente.
6.3 CLÁUSULA ESPECIAL:
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“CLÁUSULA RELATIVA AL COHECHO: Yo el Contratista, manifiesto que conozco las penas relativas al delito de cohecho, así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la República, Código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que facultan a la Autoridad Superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieren corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS.” BASE LEGAL: Artículo 3 del Acuerdo Ministerial Número 24-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas.
6.4 APROBACIÓN DEL CONTRATO:
Para que el contrato suscrito surta sus respectivos efectos, deberá ser aprobado por la Autoridad Superior de la Municipalidad de Estanzuela. Base Legal: Artículos 48 de la LEY y 42 del REGLAMENTO.
8. GARANTÍAS:
Las garantías deberán formalizarse mediante seguro de caución a favor de la Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, por una institución aseguradora debidamente autorizada para operar en la República de Guatemala. Base Legal: Artículos 64 al 70 de la LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO; y, Artículo 36 al 41 del REGLAMENTO.
7.1 Tipo de Garantía
a) SEGURO DE CAUCION DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA:
El oferente garantizará mediante seguro de caución de sostenimiento de oferta, por un porcentaje del uno por ciento (1%) del valor total de su oferta, a favor de la Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, que cubrirá el período comprendido desde la recepción y apertura de plicas hasta la aprobación de la adjudicación y en todo caso tendrá una vigencia de ciento veinte (120) días. La Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, podrá ejecutar el seguro de caución en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario no sostiene su oferta; b) Si no concurre a suscribir el contrato respectivo dentro del plazo que determina el Artículo 47 de La LEY, o si habiéndolo hecho no presenta el seguro de caución de cumplimiento dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la firma del contrato. BASE LEGAL: Artículo 64 de la LEY, y Artículo 9 numeral 4, 36 y 37 del REGLAMENTO.
b) SEGURO DE CAUCIONDE CUMPLIMIENTO:
El contratista garantizará mediante seguro de caución de cumplimiento a favor de La Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, por el diez por ciento (10%) del monto del contrato respectivo, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato. BASE LEGAL: Artículo 65 de la LEY, Artículos 38 y 39 de su REGLAMENTO.
c) SEGURO DE CAUCION DE CALIDAD Y/O FUNCIONAMIENTO:
El contratista garantizará mediante de seguro de caución de calidad y/o funcionamiento a favor de la Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, por el quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo a la recepción de los bienes contratados, la que se hará efectiva para cubrir el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de recepción de los bienes objeto del contrato. BASE LEGAL: Artículo 67 de la LEY.
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VII. RECEPCIÓN DE LOS BIENES Y PAGO 1. LUGAR Y FECHA DE ENTREGA
Los servicios, objeto de la presente cotización, deberán ser prestados por el contratista o su representante, en el tiempo estipulado en el contrato, suscribiendo para el efecto el acta de inicio correspondiente, en presencia de la autoridad Administrativa Superior de la Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, en el BARRIO GUADALUPE. La Comisión Receptora y Liquidadora recibirá los bienes, siempre que los mismos llenen los requisitos determinados en las bases de cotización y contrato celebrado para el efecto. Una vez recibidos a entera satisfacción, la Comisión Receptora y Liquidadora hará entrega de los bienes objeto del contrato y documentación de soporte respectiva, al encargado de Almacén e Inventario de la Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa para su ingreso y registro respectivo, extremo que se hará constar en el acta administrativa correspondiente. En su oportunidad, la Comisión Receptora y Liquidadora procederá a liquidar dicho contrato. BASE LEGAL: Artículo 55 último párrafo, de la LEY; Artículo 46 del REGLAMENTO.
2. CONTROVERSIAS
Cualquier controversia que surgiere entre las partes, derivado del incumplimiento, interpretación, aplicación y efectos del contrato que se suscribe, será resuelta con carácter administrativo y conciliatorio; pero si no fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. BASE LEGAL: Artículo 102 de la LEY.
3. PAGOS
El pago total del proyecto será cancelado de la forma siguiente: A) Un anticipo del 20% sobre el valor total del contrato el cual deberá quedar totalmente amortizado al entregarse la obra, contra solicitud de desembolso adjuntando la integración y distribución del mismo, fotocopia de la autorización de bitácora por la Contraloría General de Cuentas b) Pagos parciales conforme el avance físico de la obra hasta un 80%, la solicitud del pago al Consejo Departamental de Desarrollo, la hará la Municipalidad luego de que la empresa presente: informe de solicitud con la estimación de trabajo presentada por el contratista para los cuales deben estar respaldados por los informes parciales del supervisor de obras de la Municipalidad y del representante legal de la entidad, con fotografías a color que muestren el estado de la obra, factura por el monto porcentual de ejecución por el periodo de la estimación emitidas a nombre de la municipalidad con el número de identificación tributaria (NIT), fotocopia de bitácora autorizada por la Contraloría General de Cuentas registradas a la fecha del avance físico, y un último pago del 20% cuando la obra esté completamente finalizada, el contratista deberá tramitar las fianzas de Conservación de la Obra por el 15% del monto total y la de Saldos deudores por el 5% del monto total y presentarlas junto con la solicitud de pago, acompañando: informe del contratista, con el visto bueno del supervisor de la Municipalidad el cual deberá contar con fotografías a colores, que reflejen el estado de la obra, fotocopia del acta de finalización establecida en el libro de Bitácoras firmadas debidamente por el representante legal de la empresa y la entidad ejecutora y los supervisores correspondientes y sea recibida de entera conformidad por la Comisión Receptora y Liquidadora nombrada para el efecto, el procedimiento de liquidación se hará de conformidad con la presentación de las facturas por los gastos de ejecución emitidas a nombre de la Municipalidad con el número de Identificación Tributaria (NIT) y en la última liquidación de gastos se deberá adjuntar un informe de la Municipalidad donde se indique lo siguiente: “EL PRESENTE TRABAJO
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FUE REALIZADO A SATISFACCIÓN”, y el acta de recepción de la comisión nombrada para el efecto.
9. FACTURACIÓN:
Para el cobro de cada uno de los pagos de avance físico indicados en el punto 3, el Ejecutor debe de presentar su factura y un informe. El contratista emitirá sus facturas en quetzales, cumpliendo con todos los requisitos de ley.
4. SANCIONES:
4.1 RETRASO DE LA ENTREGA:
El retraso del contratista en la entrega de la obra, por causas imputables a él, se sancionará con el pago de una multa por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total del contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. Si esto ocurre, la dependencia contratante podrá rescindir el contrato sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de aplicar las medidas que establece la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, y demás normativas vigentes aplicables. BASE LEGAL: Artículo 85 de la LEY.
4.2 VARIACIÓN EN LA CALIDAD O CANTIDAD:
Si el contratista, contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare a la Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa, variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor que represente la parte afectada de la negociación. BASE LEGAL: Artículo 86 de la LEY.
NOTA: Las bases del presente concurso, así como los anexos respectivos, pueden obtenerse a través de Internet en la dirección www.guatecompras.gt consultando el Número de Operación Guatecompras (NOG) correspondiente.
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VIII. ANEXOS Anexo No. 1 MODELO DE LA OFERTA Señores Miembros de la Junta de Cotización:_____________________________________________________________________ (Nombre y Apellidos del oferente) (edad)
_____________________________________________________________________ (Estado civil) (Profesión) (DPI) (Nacionalidad)
Con residencia en:______________________________________________________ (Domicilio)
Señalo para recibir citaciones y notificaciones la oficina situada en: _____________________________________________________________________
Comparezco como propietario o en representación de: _____________________________________________________________________ Con oficinas centra les en:_______________________________________________
Para participar en la cotización: ___________________________________________
Cumpliendo con las condiciones establecidas en las Bases de Cotización _____________________, por este medio y en nombre propio o de mi representada vengo a presentar formal oferta de acuerdo a la invitación a cotizar. HAGO CONSTAR:
1. Me sujeto a las disposiciones legales vigentes de Guatemala y acepto expresamente todas las condiciones y bases de la presente cotización.
2. En esta oferta presento original y copias simples de la misma. Se adjuntan los documentos que se piden en las bases.
3. Ofrezco entregar los bienes objeto de esta cotización por la suma total de:_______________________________________________________________
(letras y números)
_____________________________________________________________________
que incluye el Impuesto al Valor Agregado –IVA-, en el plazo de: _______________________________________________________________
Atentamente,
Guatemala, ______________ de ___________________________ 2016
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Anexo No. 2
FORMULARIO DE EXPERIENCIA
DATOS DEL OFERENTE
Oferente:
Dirección: Teléfono:
No.
Descripción de negociaciones y/o contratos con características iguales o
superiores al ofertado Tiempo de entrega del bien Monto del contrato y/o negociación
Empresa o Institución donde se prestó el servicio
Nombre Dirección Teléfonos
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Anexo No. 3
MODELO DE CARTA DE OFERTA
Guatemala xx de xx de xxx
OFERTA PARA EL EVENTO: “AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA.”
PRECIO TOTAL (CON IVA INCLUIDO): _________________________ Municipalidad de SAN ESTANZUELA, ZACAPA.
(Nombres y apellidos del Representante Legal) _____________________de ____ años, profesión u oficio,___________________ Documento Personal de Identificación DPI, con Código Único de Identificación CUI______________ extendida por el Registro Nacional de las Personas RENAP, con domicilio en (Ciudad, Departamento), señalando para recibir notificaciones la oficina situada en: (Dirección y teléfono) la ciudad de Guatemala; comparezco en representación de la Empresa (Nombre completo de la Empresa Oferente) con oficinas centrales en (Municipio, Departamento), enterado de las Bases de Cotización del proyecto denominado: “AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA.” por éste medio y en nombre propio y de mi representada presento formal Oferta, de acuerdo con los documentos de Cotización.
(ESCRITO EN LETRAS, CON IVA) ______________________________ (ESCRITO EN NUMEROS, CON IVA) ______________________ Firma del Oferente
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Anexo No. 4
MODELO DE ETIQUETA DE IDENTIFICACIÓN
MUNICIPALIDAD DE ESTANZUELA, ZACAPA.
PROYECTO:________________________________________ EMPRESA:_________________________________________ FECHA DE ENTREGA: __ /__ /__ HORA: ___ :____
TELEFONO :________________________________________ REPRESENTANTE:__________________________________
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CONTRATO ADMINISTRATIVO
“AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA.”
MUNICIPIO: ESTANZUELA.
Barrio Guadalupe.
DEPARTAMENTO: ZACAPA.
MONTO: Q. xxxxxxx
PLAZO: xxx DÍAS CALENDARIO
CONTRATO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Y EJECUCIÓN DE PROYECTO CELEBRADO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE ESTANZUELA, ZACAPA Y LA EMPRESA
xxxxxxxxxx
CONTRATO NO.xx/2015
En el municipio de Estanzuela Departamento de Zacapa, el día XXX de xxxx del año dos mil quince (2015), NOSOTROS: JULIO CESAR GIRÒN PORTILLO, DE
CINCUENTA Y OCHO ( 58 ) AÑOS DE EDAD, casado, guatemalteco, PERITO
AGRONOMO, con domicilio en EL MUNICIPIO DE ESTANZUELA DEPARTAMENTO
DE ZACAPA, quien se identifica con numero de documento personal de identificación, mil ochocientos noventa y siete, noventa y cinco mil ochocientos treinta y dos, mil novecientos uno (1897-95832-1901), extendida por el
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS RENAP, en el Municipio de Estanzuela, departamento de Zacapa, actúo en calidad de (alcalde municipal describiendo el acta que lo acredita número: 03-2012, y del TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL ACUERDO NUMERO: 2-2011 , y el Señor. xxxxxxxxxxx de xxxx (xx) años de edad,
casado, guatemalteco comerciante con Número de Identificación Tributaria xxxxxxxx (xxxx-x) y se identifica con Código Único de Identificación
xxxxxxxxxxxxxx (xxxxxxxxx) extendida por el Registro Nacional de las Personas RENAP de xxxxxxx, departamento de xxxxxxx, con domicilio en: xxxxxxxxxx, señalando para recibir notificaciones la oficina situada en: XXXXXXXXXXXXXX
comparezco en calidad de propietario y Representante Legal de la empresa:
XXXXXXXXXXX la cual se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de la República de Guatemala, bajo el número XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (XXX), FOLIO XXXXXX (XXX), del libro CIENTO XXXX (XXX), CATEGORÍA ÚNICA, de Empresas Mercantiles, con fecha xx de xxxx de mil xxxx tal como queda acreditado con la patente de comercio respectiva de aquí en adelante denominado “EL CONTRATISTA” responsable de la ejecución del proyecto “AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO LARGO,
CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA.” ubicado en el barrio Guadalupe
de Estanzuela, del Departamento de Zacapa: los mencionados anteriormente declaramos a) Hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, b) Ser de los datos personales de identificación anotados, y que por este acto convenimos en celebrar “CONTRATO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Y EJECUCIÓN DE PROYECTO” para la ejecución del proyecto: “AMPLIACION SISTEMA DE
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ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO LARGO,
CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA.” ubicado en el barrio Guadalupe
de Estanzuela, departamento de Zacapa, el que se financiará de la manera como lo estipula el contrato XX guion CAR guion dos mil quince (xx-CAR-2015) para llevar a cabo dicho proyecto de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: FUNDAMENTO LEGAL: El presente Contrato se basa en los artículos: 10 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, IVA, Decreto número 27-92, reformado por el artículo 1 del Decreto número 66-2002, ambos del Congreso de la República; 10 literal e) de la Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural, Decreto número 11-2002 del Congreso de la República; y su Reglamento, Acuerdo Gubernativo número 461-2002; y, lo que para el efecto regulan la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto número 101-97 del Congreso de la República; y, su Reglamento, Acuerdo Gubernativo número 240-98; Artículo 43 de la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2013 Decreto número 33-2011 del Congreso de la República; Ley de Contrataciones del Estado, Decreto número 57-92 del Congreso de la República; y su Reglamento Acuerdo Gubernativo número 1056-92 y el Contrato para cofinanciamiento para la ejecución de proyectos o programas del aporte de los Consejos Departamentales de Desarrollo Número xxx guion CAR guion dos mil quince (xxx-CAR-2015), celebrado entre el Consejo Departamental de Desarrollo de Zacapa, El Consejo Comunitario de Desarrollo de la aldea Chispan y la Municipalidad de Estanzuela, departamento de Zacapa de fecha xxx (xx) de xxxx (xx) del año dos mil quince (2015). SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El Contratista se obliga ante La Municipalidad a ejecutar el Proyecto denominado
“AMPLIACION SISTEMA DE ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO
GUADALUPE SECTOR VADO LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA.” ubicado en el barrio Guadalupe de Estanzuela,--- --- No. RENGLONES DE TRABAJO UNIDAD DE MEDIDA CANTIDAD 1 TRABAJOS PRELIMINARES ML 679.40 2 EXCAVACIÓN EN TERRENO M3 960.10 3 COLECTOR PRINCIPAL ML 660 4 POZOS DE VISITA U 11 5 CONEXIONES DOMICILIARES U 19 6 LIMPIEZA FINAL U 1 ---
TERCERA: MONTO DEL CONTRATO: el contratante pagará al contratista la suma de: xxxxx (Q xxxxxx), el total ya incluye el Valor al Impuesto Agregado –IVA.
CUARTA: DEL FINANCIAMIENTO: El costo del proyecto será cubierto de manera Bipartita de la siguiente manera: por EL consejo departamental de desarrollo de zacapa, con un monto total de xxxxxxxxx (Q xxxxx), que representa el xxxx por ciento (xx%),la municipalidad de Estanzuela con un monto total de xxx quetzales exactos (Qxxxx) que representa el xxxx por ciento (xxx%) QUINTA: INICIO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO: EL CONTRATISTA se compromete a iniciar los trabajos de ejecución del proyecto que nos ocupa a entera satisfacción de EL CONTRATANTE cuando este haga efectivo el pago del 20% del anticipo AL CONTRATISTA. No obstante EL CONTRATISTA podrá iniciar los trabajos de
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ejecución del proyecto si cuenta con la capacidad financiera correspondiente, después de que este haya suscrito contrato de ejecución del proyecto y hubiere presentado las fianzas respectivas, la empresa deberá realizar la notificación del inicio de obra a la Unidad Ejecutora la cual deberá resolver si aprueba o reprueba el inicio de la obra antes del pago del anticipo. La empresa se compromete a entregar el proyecto terminado al 100% en un plazo de xxxx (xxx) DÍAS CALENDARIO el que empezará a correr a partir de la fecha en que LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN entregue el anticipo del 20% a EL CONTRATANTE para la ejecución del presente contrato. EL CONTRATANTE, deberá concluir la ejecución del proyecto dentro del plazo estipulado, quedando expresamente establecido que LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN no reconocerá ninguna prórroga del plazo para la terminación de los trabajos, salvo que este plazo se ampliara por caso fortuito y fuerza mayor o por causas imputables a EL CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE ZACAPA. SEXTA: FORMA DE PAGO: La forma de pago será de la siguiente manera: I) ANTICIPO: Correspondiente al veinte (20%) por ciento del valor total del presente contrato, el cual se hará efectivo cuando EL CONTRATISTA
entregue a LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN los siguientes documentos: 1) Presentación del plan de Inversión de Anticipo; 2) Fianza de Cumplimiento de Contrato por el diez por ciento (10%) del valor total del Contrato a favor de la UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN y/o Consejo Departamental de Desarrollo de Zacapa; 3) Fianza de anticipo por el ciento por ciento (100%) del valor total del anticipo a favor de LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN
y/o Consejo Departamental de Desarrollo de Zacapa; 4) Factura contable a favor de
LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN. II) PAGOS PARCIALES: Los siguientes desembolsos se efectuarán conforme el avance físico del proyecto, con base en los informes de la Unidad de Supervisión del “CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO”, y siempre y cuando EL CONTRATISTA haya entregado a LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN la siguiente documentación: 1)
Solicitud de Supervisión del proyecto dirigida a LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA
EJECUCIÓN “MUNICIPALIDAD” y y/o Representante legal; 2) Cuadro de Avance
físico, que dará origen a que el Supervisor de Proyectos de LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN, proceda a realizar la inspección y supervisión correspondiente. Por lo que los informes técnicos presentados por el Supervisor de Proyectos de LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUIÓN servirán de referencia, para que se dé seguimiento y con base a los informes técnicos que proporcione el Supervisor de Proyectos asignado por la Unidad de Supervisión del CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE ZACAPA, se proceda a hacer los desembolsos respectivos, de conformidad con la disponibilidad financiera del CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE ZACAPA; 3) Factura contable a favor de la LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUIÓN, 4) Pruebas de Laboratorio que a la naturaleza del proyecto corresponda, para garantizar la calidad del proyecto III) ULTIMO DESEMBOLSO: Este último desembolso que se hará efectivo si ha cumplido con los siguientes requisitos: 1) Solicitud de Supervisión del proyecto dirigida a LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUIÓN/MUNICIPALIDAD; 2)
Cuadro de Avance físico; 3) Que exista dictamen técnico favorable de la Supervisión conjunta de LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN y la Unidad de Supervisión del CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE ZACAPA, en donde conste que el proyecto tiene el cien por ciento (100%) de avance físico y con la calidad establecida en las especificaciones generales y técnicas contenidos en el presente contrato; 4) Se haya suscrito el acta de recepción del proyecto por la
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comisión receptora Y Liquidadora; 5) Presentación de fianza de conservación de obra o de Calidad conforme proceda, la que será extendida por un valor del quince por ciento (15%) del valor del contrato, misma que tendrá vigencia de dieciocho meses contados a partir de la fecha de recepción del proyecto a favor de LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN y/o Consejo Departamental de Desarrollo de Zacapa; 6) Fianza de saldos deudores por un valor del cinco por ciento (5%) del valor original del Contrato a favor de LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN y/o Consejo Departamental de Desarrollo de Zacapa; 7) Factura contable a favor de LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECIÓN/MUNICIPALIDAD.
SÉPTIMA: CALIDAD DE MATERIALES: Si el CONTRATISTA varia la calidad de los materiales o mezcla de los mismos, será sancionado con una multa del ciento por ciento (100%) del valor que representa la parte afectada de la negociación. Y otros como: a) Si la Empresa Constructora es responsable por los vicios y defectos ocultos de la obra en el momento de ejecución del proyecto del presente contrato. b) Así como por la destrucción o deterioro debido a dolo o culpa de su parte en el proceso de ejecución, y si la empresa constructora y el Ingeniero o Constructor fueren personas distintas, la responsabilidad será solidaria. OCTAVA:
RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA
EJECUCIÓN/MUNICIPALIDAD: Son responsabilidades de LA UNIDAD
RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN/MUNICIPALIDAD, cumplir y velar por: 1)
Utilizar el procedimiento necesario para la adjudicación y contratación de la empresa constructora para ejecutar el proyecto; 2) Administrar correctamente los
recursos para la ejecución del proyecto “AMPLIACION SISTEMA DE
ALCANTARILLADO SANITARIO BARRIO GUADALUPE SECTOR VADO
LARGO, CABECERA MUNICIPAL, ESTANZUELA, ZACAPA.” ubicado en la
Cabecera Municipal de Estanzuela; 3) Utilizar los recursos de la cuenta del proyecto exclusivamente en la obra a que se refiere este contrato; 4) Velar porque EL CONTRATISTA cumpla con todos los requisitos establecidos en este Contrato; 5)
Entregar el monto comprometido en las modalidades y condiciones convenidas, verificando, previo a otorgar el primer desembolso posterior al anticipo, que la unidad financiadora haya realizado sus respectivas aportaciones en forma proporcional; 6) Supervisar periódicamente el avance físico de la obra, para que la misma se construya con la calidad establecida en las especificaciones generales y técnicas del proyecto en coordinación con la Unidad Técnica de Supervisión del CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE ZACAPA; 7) Asegurar que el proyecto se realice en tiempo, conforme al cronograma de ejecución aprobado, los costos previstos y los desembolsos otorgados “AL CONTRATISTA”, salvo que este plazo se ampliará por caso fortuito, y fuerza mayor o por causas imputable al
CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE ZACAPA; 8) Hacer del conocimiento del CONSEJO DEPARTAMENTAL DE DESARROLLO DE ZACAPA cuando se identifiquen anomalías o irregularidades de orden técnico, jurídico y financiero, en especial cuando se incumpla el contrato, diseños, planos o especificaciones generales o técnicas. NOVENA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: Se obliga presentar ante EL CONTRATANTE las siguientes fianzas: A) FIANZA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA, la que se caucionará mediante fianza, por un porcentaje del uno por ciento (1%) B) FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, la que deberá fijarse en un diez (10) por ciento del valor total del
contrato, LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN/MUNICIPALIDAD
ejecutará la fianza de cumplimiento en cualesquiera de los casos siguientes: b.1) En caso de evidente negligencia de EL CONTRATISTA en la ejecución del proyecto,