LICITACIÓN PÚBLICA SG-670
“AMPLIACIÓN DE SUBESTACIÓN SALTO GRANDE
URUGUAY, TRAMO 9, LLEGADA LEAT 500 kV SG -
CHAMBERLAIN”
CIRCULAR Nº 11
La CTM de Salto Grande, ante consultas realizadas por algunas de las firmas interesadas en la Licitación de referencia, realiza las siguientes aclaraciones y modificaciones:
1.
Consulta:La Cláusula B.2.V.4 (CALG) de Seguros fue modificada por la B.1.XIX (CALP) en la cual suprimen el seguro de RC por daños.
Se solicita indicar si CTM Salto Grande contratará dicho seguro, que límite de cobertura tendrá, ¿y si también tendrá cobertura en el mismo el contratista que lleve adelante la obra, sin posibilidad que dicho seguro repita el dinero pagado en caso de siniestro?
Respuesta:
En cuanto a la consulta efectuado, se informa que CTM posee un seguro de responsabilidad extracontractual frente a terceros, pero con un límite respecto del valor del contrato, en tal sentido, dada la envergadura de la presente licitación ello quedará supeditado a la decisión de la aseguradora de realizar la cobertura respectiva y en qué términos.
Por lo cual, se informa que en el momento de la adjudicación y firma del contrato respectivo se acordará si es el Contratista quien debe contratar o no dicho seguro. En el caso que, resulte la necesidad de que sea contratado por el Contratista, CTM realizará el reembolso correspondiente por el costo del mismo, por lo que, se solicita que el costo de este seguro no debe formar parte de la oferta económica.
2. Consulta:
En el Art. B.1.V. “Presentación de las Ofertas” se hace mención al Art. B.2.II.9 (“…identificado como se indica en el… Art. B.2.II.9”) sin embargo este no aparece en el documento, por favor aclarar o indicar a que se hace referencia en el mencionado artículo.
Respuesta:
El artículo Art. B.2.II.9 se encuentra en la página 25 del pliego
C.4.15.8)
b) Planos de detalle de las estructuras soporte existentes para así definir y estar acorde con el estilo constructivo y aspecto.
c) Planos y Esquemas de detalles de la Extensión de barra propuesto por C.T.M. así definir y estar acorde con el estilo constructivo.
d) Datos geotécnicos disponibles de caracterización del terreno nivelado a trabajar en la presente licitación y/o estudio de suelos previos.
e) Planos de las instalaciones existentes (Malla de PaT, Drenajes, canales de cables, fundaciones, Sistema de protección contra descargas atmosféricas, tipologías de montaje de equipos, sistema de extinción de incendios actual, etc) actuales para definir medidas respecto a la ampliación a realizar. "
Respuesta:
a) En circular 10 se modificó dicho apartado. De requerir algún dato en particular que no esté detallado en el pliego, favor explicitarlo.
b) El diseño de las estructuras soportes de la Ampliación será validado durante la etapa de ingeniería de detalle.
c) Lo anexado al pliego para la extensión de barras es una propuesta de CTM como parte de la ingeniería básica. El Oferente podrá optar por esta u otra propuesta que considere, siendo la misma evaluada posteriormente por CTM. Luego, en la etapa de ingeniería de detalle, la solución final adoptada deberá estar acompañada de los correspondientes estudios.
d) Los datos que se tienen en relación al suelo, son todos los anexados en circular 1.
e) Todo lo que consideramos relevante para esta etapa de ofertas, ya ha sido anexado en circulares previas. Para la oferta, lo que se solicita es una ingeniería básica que permita a CTM analizar las diferentes opciones. En caso de requerir alguna distancia/dato en particular, solicitamos se especifique el mismo.
4. Consulta:
Hemos identificado que la Planilla de datos técnicos garantizados (PDTG) de los Descargadores de Línea y de Reactor (C.4.20.4), en los ítems 8 y 9 se hace referencia a clasificaciones según dos versiones de la misma norma ( IEC 60099-4 v2.2:2009 vs. IEC 60099-4 v3.0 2014-06), Clase SH según norma vigente y clasificación 5 según la norma anterior. Revisando las características de PDTG observamos que las mismas corresponden a un equipo clase 5, que supera los mismos requerimientos que la norma vigente exige para el SH. Entendiendo que estas dos versiones de la norma tienen contradicciones y no es posible el cumplimiento de las dos normas a la vez, solicitamos confirmar que lo requerido es un Descargadores de Sobretensión clase 5, según norma “antigua” en caso de ser negativo por favor compartir/ enviar hoja actualizada según normativa vigente.
Respuesta:
Tanto el ítem 8 como el 9 hacen referencia a la versión de la IEC 60099-4: 2014 (Tabla 1 y Anexo L, respectivamente). El descargador ofrecido para esta licitación deberá cumplir con ser clase “Station SH” (acorde al punto 3.65 de la norma).
5. Consulta:
En la Circular 8, respuesta 24, CTM-SG indica que no reconocerá mayores costos por cambio de legislación posterioridad a la presentación de las Propuestas. Este es una consideración crítica ya que en esta etapa no es factible anticipar o especular por cambios futuros en la legislación. Razón por la cual se solicita atentamente que se considere la revisión conjunta y reconocimiento de los posibles impactos derivados de cambios en la legislación, posteriores a la entrega de las ofertas, con el fin de mantener el equilibrio del contrato.
Respuesta:
Respondido en Circular 8 – Respuesta 24
6. Consulta:
Dadas las condiciones actuales de pandemia, donde en varios países se tienen fronteras cerradas, con restricciones importantes en la movilidad, nos permitimos insistir en que sea considerado la entrega de ofertas por vía magnética o en plataforma web adecuada por CTM-SG. Por favor confirmar aceptación.
Respuesta:
Respondido en Circular 9 – Respuesta 54 (Únicamente en formato papel)
7. Consulta:
En el mismo sentido de la pregunta anterior y adicionalmente considerando que en varios países se tienen consulados cerrados, nos permitimos solicitar muy atentamente que se omita el requerimiento de apostillado de documentos para la entrega de las ofertas, nuevamente considerando que la propuesta incluirá una garantía de seriedad de respaldo para garantizar la seriedad de las propuestas. Por favor confirmar aceptación.
Respuesta:
Respondido en Circular 9 – Incorporación 58
8. Consulta:
"El conjunto de Interruptores para maniobra de reactores de línea, al ser de 4 cámaras de extinción, precisa de un mayor espacio que el indicado en planos (ASGU-T9-3, ASGU-T9-4, ASGU-T9-6) ante estas circunstancias:
a) ¿Es indispensable respetar la disposición indicada en planos en traza y distancias de
calles y alambrado perimetral? De ser así, el mayor espacio requerido precisará una ampliación de la base del terreno nivelado con su respectiva obra de movimiento de suelos (aportación, terraplenado, nivelación y compactación) en un área de aproximadamente 576m2. Favor confirmar que, de requerirse esta ampliación, estará dentro del alcance de CTM.
b) En caso contrario, al ser responsables por el diseño e ingeniería de detalle, ¿es posible
considerar la supresión de la calle en H°A° (65m) perpendicular al pórtico de acometida/salida de la LEAT Chamberlain y próxima a los TTCC (9-30) y reemplazando de ser necesario por una calle en ripio de menores dimensiones? esto habilitará el espacio requerido sin ampliar la
Respuesta:
En el estudio previo se ha visto que la zona nivelada y compactada es suficiente para la obra. Se recuerda que el oferente tiene margen para el diseño en las distancias entre equipos, tal como dice el apartado C.1.5.
No se admitirá la supresión de calles.
Así bien si la zona actual no fuera suficiente se otorgarán las siguientes concesiones:
Se acepta la disminución del ancho de la misma de 6m a 4m, solo en el tramo mencionado, manteniéndose de Hº Aº.
Se admite la disminución de espacio entre el alambrado perimetral y el borde del talud, de 5m a 2m.
Se admite la disminución de espacio entre la calle y el alambrado perimetral de 2m a 1m.
9. Consulta:
En referencia a los descargadores de sobretensión a suministrar, entendemos que dentro del alcance del oferente está el suministro de 8 unidades (3 unidades de línea, 4 unidades en el primario de los reactores y una unidad en el reactor de neutro), estando dentro del alcance de SGU el suministro de los cuatro descargadores del secundario de los reactores. ¿Es correcta nuestra interpretación?
Respuesta:
Correcto. La provisión de 4 descargadores de neutro para los reactores de fase corresponde a otro contrato.
10. Consulta:
En el caso de que las cuatro unidades de descargadores de tensión ubicados en el secundario de los reactores fuera del alcance de SGU (según se indica en Circular 4), entendemos que el montaje de los mismos estaría dentro del alcance del oferente. Por favor, confirmar que es correcta nuestra interpretación.
Respuesta:
Correcto.
11. Consulta:
En las unidades 30.2 Seccionador de reactor de neutro y 30.3 Reactor de neutro, se pide valorar el montaje electromecánico de estos equipos. Por favor, solicitamos nos aclaren cuál sería el alcance de las unidades 38.1 Reactor de neutro y 39.1 Seccionador Bypass, ya que entendemos que estarían duplicadas.
Respuesta:
Corregido en Circular 10.
12. Consulta:
Con respecto al suministro de cable de cobre para la malla de tierra, ¿sería válida la utilización de cobre blando?
Respuesta:
No es válido. Los conductores de cobre para la malla de puesta a tierra deben ser normalizados de acuerdo a IRAM 2004:2017.
13. Consulta:
Tal y como se indica en el apartado C.1.11.2 Ensayos de Tipo, se indica un listado de protocolos de ensayos de tipo que deben incluirse al formalizar la oferta. De esta manera, nos gustaría que aclarasen si esto significa que deben incluirse a la entrega de la oferta o tras la formalización y transcurso del contrato objeto de la licitación.
Respuesta:
Deben incluirse junto con la oferta, a fin de evaluar el cumplimiento de los equipos propuestos.
14. Consulta:
En referencia al reactor de Neutro solicitado en la circular N° 6, agradecemos por favor que nos confirmen si es aceptado por CTM que coticemos un reactor de neutro del tipo seco, con núcleo de aire y que cumpla con los mismos parámetros eléctricos del requerido.
Respuesta:
Solicitamos por favor si pueden incluir dentro de la planilla de precios un ítem para la dirección de proyecto y un ítem para los ensayos finales y puesta en servicio de la ampliación. En caso contrario, que nos confirmen si podemos incluir estos rubros en una planilla por separado.
Respuesta:
De acuerdo a lo solicitado se adjunta versión 6 de la planilla de cotizaciones. Se agregan dichos ítems en C.1. Generales.
Link de descarga:
https://sgdrive.saltogrande.org/s/ecyxFTqWsa2SEwe
16. Consulta:
En el literal C.1.13.1 “Referente a los antecedentes en ejecución de las obras” del pliego de condiciones se establece lo siguiente: “……..Se exigirá acreditar mínimamente dos (2) o más obras, terminadas a satisfacción del cliente, de construcción parcial, es decir ampliaciones en EAT similares a la de la presente licitación en los últimos quince (15) años, o de lo contrario, una (1) Obra completa de ejecución de una Subestación en EAT (interruptor y medio) en los últimos quince (15) años…… El ejecutor del diseño y de la ingeniería, de los sistemas de protección y control, deberá presentar en la oferta al menos dos (2) antecedentes de haber prestado servicios de elaboración de proyectos de sistemas de protecciones, supervisión y control en estaciones transformadoras con tensiones mayores o iguales a 400 kV en los últimos 10 años. Además, deberá contar con al menos dos (2) proyectos en los últimos 5 años que involucren total o parcialmente control, comunicación y protecciones de estaciones transformadoras bajo la norma IEC 61850.”
A continuación, se indica lo siguiente: “Los antecedentes presentados serán considerados siempre y cuando se haya actuado como contratista principal.” Entendemos que esta última frase refiere únicamente a los antecedentes de obras mencionados en el primero de los párrafos citados anteriormente (subestaciones en EAT en los últimos quince (15) años). Luego, en lo que refiere a los antecedentes de diseño e ingeniería de los sistemas de protección y control, dada la especificidad de estas tareas, entendemos que estos antecedentes podrán ser acreditados a través de un proyectista.
Por último, en lo que refiere a los proyectos en los últimos 5 años que involucren total o parcialmente control, comunicación y protecciones de estaciones transformadoras bajo la norma IEC 61850, entendemos que estos antecedentes podrán ser acreditados a través de un subcontrato.
Agradecemos confirmar que nuestra interpretación es correcta.
Respuesta:
Es correcta la interpretación.
17. Consulta:
En la Circular 4, Consulta y Respuesta N° 16, se solicita que el abastecimiento de agua para el tanque de reserva de agua contra incendios, sea capaz de reponer 400 m3 en un período de 8 horas, esto es 50 m3/hora, independientemente de que el tanque actual ya
cuenta con una reserva adicional del 50% de agua necesaria para combatir un incendio en el autotransformador T2.
Agradecemos se indique por parte de SGU cuál es la fuente de agua prevista para poder tomar este caudal de agua de 50 m3/hora, y su ubicación geográfica, dado que para este elevado caudal de reposición es imposible pensar de tomarlo de perforaciones ubicadas dentro del predio de la subestación.
El aforo medio de una perforación habitualmente no excede de los 2 m3/hora, por lo que se precisarían unas 25 perforaciones a ubicar dentro del predio, lo que es imposible, pues al tratarse de la misma napa freática, la ubicación de las perforaciones debe estar debidamente separada entre ellas de forma que una perforación no de “robe” el agua a las cercanas.
Respuesta:
Se modifica lo solicitado en dicha Circular. El caudal mínimo solicitado para abastecer el
tanque de reserva de agua deberá ser de al menos 5 m3/h, para lo cual el Oferente deberá
prever realizar el/los pozos que considere necesario para cumplir lo solicitado.
18. Consulta:
En la Circular 4, Consulta y Respuesta N° 16, se solicita que el abastecimiento de agua para el tanque de reserva de agua contra incendios, sea capaz de reponer 400 m3 en un período de 8 horas, esto es 50 m3/hora, independientemente de que el tanque actual ya cuenta con una reserva adicional del 50% de agua necesaria para combatir un incendio en el autotransformador T2.
a) Como suponemos que va a ser muy difícil poder tomar este caudal de agua de reposición de perforaciones dentro del predio de la Subestación, preguntamos si es aceptable para Uds. agregar un segundo tanque de reserva de agua, de capacidad adecuada a las condiciones de extinción de incendio de los reactores de línea, e
interconectado hidráulicamente con el tanque actual que atiende al autotransformador T2, y alimentado desde el mismo punto de reposición de agua.
b) En caso afirmativo, agradecemos se confirme si además este tanque adicional, de uso para la extinción en los reactores, debe tener una reserva del 50%, dado que, al estar interconectado hidráulicamente con el tanque actual, que ya tiene un volumen de reserva del 50%, entendemos que no sería necesario.
Respuesta:
a) No es aceptable. Respondido en consulta anterior. b) No aplica. Respondido en consulta anterior.