Valentina Doniez
Investigadora Fundación SOL
Asamblea de la Federación de Sindicatos del Cemento 17.Diciembre.2015
TALLER: ANÁLISIS DEL ESTADO DE LA
REFORMA LABORAL
OBJETIVOS
• Reflexionar sobre algunos datos sobre el contexto económico y sindical del
país y su vínculo con el modelo laboral.
• Conocer el proceso y los principales contenidos de la Reforma Laboral
actual en Chile.
• Identificar los discursos y posiciones de los diversos actores sobre la
Reforma Laboral.
• Idear y diseñar materiales que permitan difundir los aprendizajes de este
PANORAMA ECONÓMICO,
LABORAL Y SINDICAL DE
CHILE
MODELO DE RELACIONES LABORALES CHILENO
Decretos Fuerza Ley 2756 y 2758
o Acción sindical encerrada en la empresa, donde sólo el sindicato de empresa esta facultado para negociar de manera reglada.
o Los sindicatos representan sólo a sus afiliados.
o Pluralismo a ultranza: se crean cuantos sindicatos sea posible, aplicando
el quórum de constitución. Además, compiten con grupos negociadores.
o El empleador puede extender los beneficios pactados colectivamente de
manera unilateral a los no sindicalizados. El sindicato no puede extender los beneficios de la negociación colectiva a sus nuevos miembros.
o La normativa esta pensada para romper con la tradición clasista y política
del siglo XX.
MODELO LABORAL CHILENO
Las trabas institucionales del modelo de relaciones laborales han incidido en crear en Chile condiciones ideales para la acumulación, con un actor
sindical muy débil:
o Bajos salarios para la mayoría de los chilenos
o Aumento en la subcontratación y otras formas de tercerización
o Aumento en formas asalariadas de contratación sin protección
BAJOS SALARIOS
El 50% de los trabajadores gana
menos de $305.000 líquidos al mes
Casi el 70% gana menos de $450.000 Sólo el 20% gana más de $600.000
CONCENTRACIÓN DE LOS INGRESOS
La brecha de
ingresos entre el 5% más rico y el 5% más
pobre aumenta más del doble entre los
42% de los asalariados laboran en empresas hasta
49 trabajadores y casi no tienen derechos colectivos
ATOMIZACIÓN SINDICAL
Sindicatos Activos a Noviembre de 2014
Hay casi 11.000 Sindicatos Activos, de ellos, el 50% tiene 37 o menos socios/as El 79% de los sindicatos activos tiene 30 o menos mujeres sindicalizadas.
-Centrado en grande empresas, con 48% de las grandes que tienen sindicato versus las pequeñas, con un 4,5%.
-En las grandes, además, hay mayor
multiplicidad sindical ya que en el 29% de los casos hay 3 o más sindicatos, versus el 10,8% en todas las empresas.
-En ciertos sectores históricos las sindicalización es mayor a la media:
minería, banca, transporte, entre otras. En la agricultura es ínfima.
ANÁLISIS DEL PROYECTO
DE REFORMA LABORAL
¿QUÉ SE DICE SOBRE LA REFORMA LABORAL?
o ¿Qué sabe cada uno sobre la Reforma Laboral?o ¿Qué dice la prensa sobre la Reforma?
o ¿Cuáles son los rumores que hay en el lugar de trabajo? o ¿Dónde hay información sobre la Reforma?
o ¿Qué espera cada uno de esta Reforma Laboral?
¡Se viene el acabose!
o Esta Reforma se orientaría a combatir la desigualdad en el país, “nivelar la cancha” entre empleadores y trabajadores y a recuperar varios derechos perdidos por estos últimos durante la dictadura.
o Se centra en las relaciones colectivas de trabajo.
o En los fundamentos de la ley se valora la acción sindical: vínculo con la
disminución de la desigualdad y con el ejercicio de la democracia.
o Por otro lado, se busca forzar una “cultura de diálogo y colaboración” en la
empresa.
o Contiene algunos avances (como en materia de titularidad sindical), pero
otros retrocesos importantes.
Los “9 puntos” de las promesas presidenciales:
Titularidad sindical
Extensión de los beneficios
Ampliación de la cobertura de la negociación colectiva
Ampliación de la información Derecho a huelga inalienable
Piso de la negociación
Ampliar las materias a negociar Mayores garantías al trabajo sindical
Simplificar el proceso de negociación colectiva
¿En qué va el trámite de la ley?
o El proyecto de ley “que moderniza las Relaciones Laborales” o proyecto
de Reforma Laboral se encuentra en su segundo trámite legislativo, en el Senado Aún se discuten sus contenidos y no sabemos el resultado.
o Fue aprobada la idea de legislar y ahora se encuentra en la Comisión de
Trabajo de dicha cámara, compuesta por: Adriana Muñoz (PPD), Carolina Goic (DC), Hernan Larraín (UDI) y Andrés Allamand (RN), presidida por Juan Pablo Letelier (PS).
o Se están votando las más de 400 indicaciones ingresadas en septiembre,
para que luego el proyecto sea votado en la sala del Senado. El miércoles 9 de diciembre se ingresaron nuevas indicaciones (aproximadamente 100).
o Si hay se aprueban modificaciones al proyecto votado en la Cámara,
deberá volver a ésta (Cámara de origen). Si allí no se aprueban los
cambios, deberá formarse una comisión mixta (de diputados y senadores) para resolver las diferencias.
Se estaría votando a mediados de diciembre en el Senado y volvería a comienzos del 2016 a la cámara de Diputados
HUELGA (1)
Lo que existe hoy Lo que plantea el proyecto inicial Lo que plantean las nuevas indicaciones (09/12/2015)
Sólo se garantiza como parte del proceso
de negociación colectiva reglada No hay cambios No hay cambios
Existe posibilidad de reemplazar trabajadores en huelga
Prohibe el reemplazo de los puestos de trabajo
Prohibe el reemplazo de trabajadores (aunque otorga nuevas facultades al
empleador*) Se crean servicios mínimos universales
provistos por el sindicato para proteger bienes e instalaciones de la empresa,
entre otros
*Se mantiene idea de servicios mínimos universales provistos por el sindicato. Se
acota su finalidad a la protección de "bienes corporales" de la empresa *Empleador podrá realizar adecuaciones
en turnos y horarios de no huelguistas *Empleador podrá realizar nuevas ofertas al sindicato durante la huelga cada 5 días,
quien estará obligado a votarlas *Se posibilita que empleador utilice los bancos de horas extra de trabajadores no
SERVICIOS ESENCIALES SERVICIOS MÍNIMOS
Definición OIT
Son aquellos servicios (no empresas en
términos absolutos) cuya paralización puede poner en riesgo la vida, salud o seguridad de parte o la totalidad de la población
Pueden ser “de funcionamiento” o de seguridad”. Son equipos de trabajadores que operan en casos restringidos en que una
paralización total puede causar una crisis nacional aguda, en servicios públicos de importancia trascendental y en servicios
esenciales. También pueden usarse en caso de riesgo de accidentes de las personas.
Definición actual Código del
Trabajo
No se utiliza el término pero. Se asemeja al Art. 384 donde se definen empresas “sin derecho a huelga”: aquellas que atiendan servicios de utilidad pública o cuya
paralización cause grave daño a la salud, al abastecimiento de la población, a la
economía del país o a la seguridad nacional.
Se definen equipos de emergencia Art. 380. Se utiliza principalmente en ámbitos de Salud.
Proyecto de Reforma Laboral
inicial
Art. 363. Similar planteamiento que el actual 384. Se incorpora la posibilidad de apelar en tribunales la decisión de las autoridades.
Art. 361. Servicios para evitar el daño actual e irreparable de
los bienes materiales, instalaciones e infraestructura de la empresa o que generen daño al medioambiente y la salud de las
personas.
Proyecto de Reforma Laboral
aprobado
Continúa el mismo planteamiento inicial del art. 363
Nuevo art. 359: servicios estrictamente necesarios para proteger los bienes e instalaciones de la empresa y prevenir accidentes, así como garantizar prestación de servicios de utilidad pública, la atención de necesidades básicas de la población, incluidas las relacionadas con la vida, la seguridad o la salud de las personas, y para garantizar la prevención de daños ambientales o sanitarios.
HUELGA (2)
*Se elimina prohibición de contratar trabajadores durante la negociación colectiva y en un período de 30 días antes
de que comience el proceso. *En caso de huelga de una empresa contratista o subcontratista empleador podrá ejecutar directamente o a través de
un tercero el servicio
Trabajadores se pueden descolgar individualmente de la huelga al día 15 o 30,
dependiendo de la Última Oferta del empleador
Se elimina
Se repone la posibilidad del descuelgue individual: en gran y mediana empresa al
día 16 y 30 de la huelga, en la micro y pequeña al día 6 y 16, respectivamente Consejo de 3 ministros define un grupo de
empresas cuyos trabajadores no pueden ejercer el derecho a huelga
Se mantiene este artículo, incorporando la posibilidad de que el sindicato apele la
decisión
Se mantiene lo que plantea el proyecto Presidente de la República puede reanudar
faenas en una huelga
Juez de Letras puede solicitar la
reanudación de faenas Se mantiene lo que plantea el proyecto Una vez votada la huelga debe hacerse
efectiva al tercer día
Una vez votada la huelga debe hacerse
TITULARIDAD SINDICAL
Lo que existe hoy Lo que plantea el proyecto inicial Lo que plantean las nuevas indicaciones (09/12/2015)
Pueden negociar sindicatos y grupos negociadores
Se eliminan los grupos negociadores en empresas donde exista sindicato con facultad
de negociar (es decir, el que mantiene el quorum de constitución)
Se mantiene lo que plantea el proyecto Sindicatos interempresa sólo pueden
negociar con la venia del empleador
Sindicatos interempresa tienen garantizado el derecho a negociar en el ámbito de la
empresa
Se mantiene lo que plantea el proyecto Los beneficios negociados colectivamente
por el sindicato sólo llegan directamente a los trabajadores de la nómina
Los beneficios negociados colectivamente por el sindicato llegan directamente a los socios presentes y futuros de la organización
Se mantiene lo que plantea el proyecto No pueden negociar en procesos reglados
sindicatos de trabajadores transitorios o por obra o faena
Pueden negociar los sindicatos de trabajadores transitorios o por obra o faena,
pero sin derecho a fuero ni huelga
Se mantiene lo que plantea el proyecto El empleador puede extender
unilateralmente los beneficios pactados colectivamente, cobrando el 75% de la
cuota sindical al trabajador
Extensión de beneficios deberá ser pactada con el sindicato
Extensión de beneficios deberá ser pactada con el sindicato, según criterios objetivos. Se
permite que empleador haga extensivo el beneficio de incremento por IPC de remuneraciones de manera automática
Se cambia quorum de constitución en micro y pequeña empresa: mínimo de 8
que represente al menos al 50% de trabajadores
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Lo que existe hoy Lo que plantea el proyecto inicial Lo que plantean las nuevas indicaciones (09/12/2015)
Sólo pueden negociar los trabajadores del
sector privado No hay cambios No hay cambios
Sólo está garantizado el derecho a negociar
en el ámbito de la empresa No hay cambios No hay cambios
La empresa está obligada a entregar información general al sindicato para
negociar.
Se detallan antecedentes que la empresa debe entregar al sindicato para negociar, distinguiendo por tamaño. Micro y
pequeñas no se obligan a entregar información sobre inversiones y se obligan a entregar planilla de remuneraciones del sindicato con menor detalle. Sólo en grandes y medianas el sindicato puede solicitar información
sobre remuneraciones por cargo
Saca a medianas empresas de algunas obligaciones de información al sindicato. Se especifica que el derecho de información es
para el sindicato de empresa.
Se prohíbe negociar facultades de
administración del empleador No hay cambios No hay cambios De no haber acuerdo, y a solicitud de al
menos una de las partes, se procede a un procedimiento de “Buenos Oficios”
Se reemplazan los Buenos Oficios por una mediación
obligatoria Se mantiene lo que plantea el proyecto Existe un plazo de 60 días que el
empleador puede definir para que no se negocie en la empresa
No se considera
Se repone la norma sobre 60 días que el empleador puede definir para que no se
negocie en la empresa No se garantiza piso mínimo en el
instrumento colectivo. Esta la posibilidad de suscribir dichas condiciones por un
plazo de 18 meses sin reajustabilidad
Se garantiza como piso minimo las condiciones del instrumento colectivo vigente sin reajustabilidad. Empleador puede negarse aduciendo malas condiciones
económicas
Se mantiene lo que plantea el proyecto Se agraga la posibilidad de negociar colectivamente sobre
derechos de jornada orinaria, extraordinaria, pasiva y vacaciones (Pactos sobre Condiciones Especiales de
Trabajo)
Se mantiene la negociación de Pactos de Condiciones Especiales de Trabajo, pero
se realizará fuera del proceso de negociación colectiva
PACTOS DE ADAPTABILIDAD
- Jornada máxima de 45 horas a la semana y 12 horas diarias.
- Banco con horas extraordinarias (máximo de 72 horas trimestrales).
- Máximo de 7 días continuos en faenas urbanas. Se le adiciona 6 días de
descanso anual, distribuible según las partes. Éste no corresponderá si se le otorga al trabajador 2 domingos de descanso al mes.
- Fuera del perímetro urbano: 12 días corridos máximo para faenas permanentes y 20 días en faenas transitorias.
- Se podrán adoptar pactos compensatorios por jornada pasiva. Esto
contraviene a los dictámenes de la DT, que consideraba este tiempo como parte de la jornada.
OTROS CONTENIDOS
- Incorporar a la directiva un tercio de mujeres o su porcentaje de afiliación.
- Se elimina obligatoriedad de Ministro de Fe en constitución de Federaciones o Confederaciones.
- Se crea el fondo de “Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas”
- Se crea un Consejo Superior Laboral, tripartito de 9 miembros, que elabora recomendaciones en materia laboral.
RESTRICCIONES A LA ACCION SINDICAL
- Se suma como practica antisindical el uso “de mala fe o con abuso de derecho” (Sen. Allamand y Larrain) y el uso de fuerza física y moral en las cosas y personas (Prokurika, Allamand, Larrain, Zaldivar, Letelier).
-Varios senadores de derecha promueven indicaciones donde se posibilita la disolución del sindicato por pérdida del quorum de constitución (Art. 297), lo que ya fue aprobado. Varios senadores de derecha promueven
indicaciones que generan obligaciones de información de los sindicatos y procesos de fiscalización interna por la DT (Art. 299).
- Gobierno reincorpora como practica antisindical en la negociación el ejercer “fuerza física en las cosas o personas” (Art. 406).
- Algunas indicaciones buscan reponer la palabra “pacífico”, ya sea en la definición de huelga o en el proceso de la negociación (Prokurika, Araya, Allamand y Larrain).
INDICACIONES PROPYME
-Iniciativa de bancada denominada
Propyme, compuesta por senadores de diferentes partidos: Tuma (PPD),
Ignacio Walker (DC), Zaldivar (DC), Allamand (RN), Larrain (UDI).
- Se presentó públicamente en una conferencia con participación de los Ministros de Hacienda y Economía.
- Algunas materias fueron recogidas por el Gobierno en sus indicaciones
- Son condiciones que a empresas de hasta 49 trabajadores.
- Bajar el quorum de constitución de sindicatos de 8 a 25.
- Aumentar a 18 meses para dar inicio a una negociación colectiva - Permitir la coexistencia de sindicatos y grupos negociadores
MATERIAS CONFLICTIVAS
- Indicaciones Propyme, especialmente el aumento de quorum para la constitución de sindicatos.
- Extensión de beneficios a los no sindicalizados.
- Obligatoriedad de negociar con Sindicatos Interempresa. - Huelga
Parlamentarios de derecha han amenazado con apelar al Tribunal Constitucional respecto a la norma de extensión de beneficios y la titularidad sindical
EN SÍNTESIS
o No cambia las reglas del juego, no
desmantela los pilares del Plan Laboral y no da mayor poder a los trabajadores.
o No ampliará sustantivamente la cobertura
de la negociación colectiva, por lo que no afectará la distribución del ingreso ni la desigualdad.
o Mantiene una visión que rechaza el
conflicto, cuestiona la huelga como
derecho de los trabajadores y no posibilita la autonomía y fortalecimiento de las
organizaciones sindicales.
o No cumple lo que promete.
ARGUMENTOS DE LOS
ACTORES
GOBIERNO
• Este es un buen proyecto, que ataca la desigualdad.
• No hay que estar en contra de la Reforma Laboral, porque se le “hace el juego a la derecha”.
• En el proceso ha habido mucho diálogo y se ha escuchado a todos los actores.
• Los empresarios no deben temer ya que el proyecto disminuirá el número de huelgas.
• No se puede incluir la Negociación Colectiva por rama porque: no estaba en las demandas, porque es inconstitucional, porque puede afectar al
empleo, porque no hay un sindicalismo que se pueda hacer cargo. Hay que ir “paso a paso”.
¿Qué han dicho las autoridades?
Hay elementos ambiguos:
• Subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz, reconoce vínculo entre cobertura de negociación colectiva y disminución de la desigualdad.
•Con la aprobación en general del proyecto en la cámara de diputados la Ministra del Trabajo, Ximena Rincón, dijo que era un día histórico para los trabajadores.
• El Ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, afirma en un programa de televisión: “Chile no está preparado para la negociación ramal”.
EMPRESARIOS
• Se generarán relaciones laborales más conflictivas lo que afectará la “paz social” la Reforma Laboral promueve el conflicto
• La titularidad sindical creará de facto una “sindicalización forzada” y un “monopolio sindical”, lo que atenta contra la Libertad de Asociación
garantizada en la Constitución.
• Es una mala reforma porque se centra sólo en lo sindical y no en temas de empleabilidad o capacitación.
• Se genera un impacto en el empleo: el proyecto generará alzas salariales que causarán una baja en creación de empleo.
• La Reforma Laboral, que fortalece a los sindicatos, afectará negativamente a las empresas de menor tamaño (PYME)
TRABAJADORES
• No hay un conjunto de argumentos
como bloque, parte del mundo sindical apoya el proceso que esta llevando a
cabo el gobierno (CUT) otra parte busca participar de manera activa para incluir los contenidos que signifiquen avances para los trabajadores (CIUS, portuarios, subcontratados de la minería, etc.).
• Aun así, con matices, el proyecto de Reforma Laboral es criticado en varios puntos por el mundo sindical.
PREGUNTAS
1. ¿Cuáles son los actores ligados al mundo de los trabajadores que ustedes identifican con iniciativa en torno a la reforma laboral? ¿Con quienes ha
habido o podría haber acercamientos?
2. ¿Qué espacios y tiempos reconocen para la incidencia en torno a la Reforma Laboral?
Apuntes para una Verdadera Reforma Laboral
Cuando hablamos de relaciones laborales, hablamos de relaciones de poder en el lugar de trabajo y en la sociedad. Por eso, el diagnóstico es que debe haber un fortalecimiento de los trabajadores a través de:
o Negociación colectiva de alta cobertura: que pueda darse en diversos
niveles, ya sea a nivel nacional, ramal o grupo de empresas.
o Huelga como derecho fundamental: sin restricciones salvo las que puedan
tener que ver con la salud de la población (Servicios Esenciales).
o ¿Qué pasa con el actor sindical? Reflexionar en torno a la estructura que
COMENTARIOS
o Los supuestos avances en realidad son mínimos para ponerse al día con la
normativa internacional.
o Relaciones laborales como relaciones de fuerza entre los actores. En el
proyecto no se fortalece efectivamente a los trabajadores.
o Se llama la atención sobre polarización del debate, pero el gobierno ha
optado por mantener una posición ambigua o netamente pro-empleador.
o El gobierno no incluyó la negociación colectiva por rama, pese a ser una
demanda creciente en el mundo sindical.
o Posibles impactos:
-Judicialización (por ejemplo, Servicios Mínimos)
- Pactos de adaptabilidad generarán presión desde gerentes a sindicatos
Más información en:
www.fundaciónsol.cl
Facebook: Fundación SOL Chile Twitter: @lafundacionsol
ACTIVIDAD 1:
1. Identifique al menos 2 “ideas fuerza” que sinteticen o expliquen de que se trata la actual Reforma Laboral, tanto en sus contenidos como en
términos del proceso.
2. ¿Cuáles son los principales contenidos que impactarán negativamente a los trabajadores/as?
Pónganse en el caso que deben explicar de manera resumida la Reforma Laboral a personas que no están familiarizadas con el debate.
ACTIVIDAD 2:
¿Qué elementos gráficos (imágenes, formatos, colores, etc.) usaría para comunicar esto a sus compañeros/as o a los trabajadores/as en general? Proponga una forma de traducir las ideas de la actividad 1 en un material de difusión (sea en el formato que sea).