ESTATUTO POR PROCESOS DEL MINISTERIO DE
INDUSTRIAS Y COMPETITIVIDAD
Acuerdo Ministerial 452
Registro Oficial Suplemento 53 de 15-jul-2010
Ultima modificación: 06-sep-2011
Estado: Vigente
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD Acuerdo No. 09 452
REFORMA AL ESTATUTO ORGANICO DE GESTION ORGANIZACIONAL POR PROCESOS EL MINISTRO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD
Considerando:
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 07 382 de 11 de octubre del 2007, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Industrias y Competitividad (MIC), que fue publicado en el Suplemento del Registro Oficial 231 de 13 de diciembre del 2007; Que, mediante Decreto No. 437 emitido el 22 de junio del 2007 y publicado en Registro Oficial No. 120 del 5 de julio del 2007, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador faculta expresamente a los ministros de Estado la organización de cada uno de sus ministerios, en forma especial, la creación o supresión de subsecretarías, sin que sea necesaria la expedición de decreto ejecutivo alguno;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 878, publicado en Registro Oficial No. 268 de 8 de febrero del 2008, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, dispone establecer el Sistema Nacional de Planificación, SNP como una instancia pública, liderada y coordinada por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES, para impulsar el desarrollo integral del país sobre la base de los principios de integración, participación, descentralización, desconcentración, transparencia y eficiencia;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1011-A, publicado en Registro Oficial No. 324 de 25 de abril del 2008, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, dispone que todos los ministerios de Estado cuenten con una Subsecretaría de Planificación;
Que, con Acuerdo No. 164-2008 de fecha 31 de julio del 2008, el Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) emite los lineamientos generales sobre fundamentos operativos para la conformación de las subsecretarías de planificación en los ministerios sectoriales: Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 08442 del 18 de septiembre del 2008, con base en el dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, contenido en el memorando MF-SP-CDPP-2008, se crea la Subsecretaría de Planificación, en el Ministerio de Industrias y Competitividad;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 258, publicado en el Registro Oficial No. 66 de 18 de abril del 2007 reformado mediante Decreto No. 386, publicado en Registro Oficial No. 110 de 21 de junio del 2007 se creó el Sistema Nacional de Compras Públicas y se dispuso que corresponde a la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Compras Públicas del Ministerio de Industrias y Competitividad, administrar el Sistema Oficial de Contratación Pública del Ecuador y del Registro Unico de Proveedores;
Que, el Pleno de la Asamblea Constituyente, aprobó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, misma que en el Art. 10 del Título 2 de la mencionada ley, crea el Instituto Nacional de Contratación Pública. (R.O. 395 del 4 de agosto del 2008), como una institución independiente;
Que, a través de Decreto Ejecutivo No. 145, publicado en R.O. 37 de 9 de marzo del 2007, el Presidente de la República del Ecuador establece como uno de los objetivos del MIC, impulsar en el país la innovación tecnológica y el desarrollo del sistema de innovación y el emprendimiento de base tecnológica. Creándose para tal efecto la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Compras Públicas;
Que, mediante Resolución No. SENRES-PROC-2006-0000046, el Secretario Nacional Técnico de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público, emite la Norma Técnica de Diseño de Reglamentos o Estatutos Orgánicos de Gestión Organizacional por Procesos, publicada en Registro Oficial No. 251 de 17 de abril del 2006;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1558 de 27 de enero del 2009, el Presidente de la República del Ecuador, modifica y sustituye la denominación del Ministerio de Industrias y Competitividad por el de Ministerio de Industrias y el de la Subsecretaría de Competitividad por el de Subsecretaría de Productividad Industrial;
Que, mediante oficio No. SENPLADES-SRDEGP-2009-159 de 9 de julio del 2009, el Secretario Nacional Técnico de la SENPLADES emite informe favorable a fin de que el Ministerio de Industrias y Productividad, continúe con la reforma planteada, a través de la SENRES y el Ministerio de Finanzas, de conformidad con el Art. 5 literal e) del Decreto Ejecutivo No. 1577, publicado en el Registro Oficial 535 de 26 de febrero del 2009;
Que, conforme lo establece la Disposición Transitoria del Decreto Ejecutivo No. 878, publicado en el Registro Oficial No. 268 de 8 de febrero del 2008, reformado con Decreto Ejecutivo No. 956, publicado en el Registro Oficial No. 302 de 26 de marzo del 2008, el Ministerio de Industrias y Productividad, realizará la reforma respectiva al presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, sobre la base de la matriz de competencias desconcentradas y descentralizadas aprobada por parte de la SENPLADES;
Que, es necesario ajustar el diseño de la estructura organizacional del MIPRO y su Estatuto Orgánico por Procesos a los lineamientos determinados por la Secretaría Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público -SENRES-mediante la Norma Técnica de Diseño de Reglamentos o Estatutos Orgánicos sobre Gestión Organizacional, promulgada con Resolución SENRES No. 046, publicada en el Registro Oficial No. 251 de 17 de abril del 2006;
Que, mediante oficio No. MF-SP-CDPP-2009-3595 de 2 de diciembre del 2009, el Ministerio de Finanzas emite dictamen presupuestario favorable al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Industrias y Productividad "MIPRO";
Que, mediante oficio No. MRL-FI-2009 0002382 de 4 de diciembre del 2009 el Ministerio de Relaciones, MRL, emite dictamen técnico favorable al Proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión por Procesos del Ministerio de Industrias y Productividad "MIPRO; y,
En uso de las facultades y atribuciones que confiere el Art. 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
POR PROCESOS del Ministerio de Industrias y Productividad "MIPRO.
Art. 2.- ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS.- La estructura organizacional del Ministerio de Industrias se alinea con su misión consagrada en el Decreto Ejecutivo No. 1558, expedido por el señor Presidente de la República, Rafael Correa Delgado el 27 de enero del 2009; que se sustenta en la filosofía y enfoque de productos, servicios y procesos, que aseguren su ordenamiento orgánico.
Art. 3.- PROCESOS DEL MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD.- Los procesos que elaboran los productos y servicios del Ministerio de Industrias y Productividad se ordenan y clasifican en función de contribución o valor agregado que aporten al cumplimiento y consecución de la misión institucional y estos son:
a) Los Procesos Gobernantes, tienen la finalidad de orientar la gestión institucional a través de la formulación de políticas y expedición de normas e instrumentos que contribuyan al funcionamiento de la organización;
b) Los Procesos Agregadores de Valor, generan, administran y controlan los productos y servicios destinados a usuarios externos y permiten cumplir con la misión institucional, que se reflejan en su especialización de la misión y constituyen la razón de ser del Ministerio;
c) Procesos Habilitantes de Apoyo, están encaminados a generar productos y servicios para los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, viabilizando la gestión institucional; d) Procesos Habilitantes de Asesoría, son aquellos que asesoran con sus conocimientos especializados a los procesos gobernantes, habilitantes y agregadores de valor creando la base técnica y legal para el desenvolvimiento de sus actividades; y,
e) Los Procesos Desconcentrados, coordinan, implementan y ejecutan programas y proyectos en el ámbito de su competencia.
Art. 4.- PUESTOS DIRECTIVOS.- Los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional del Ministerio de Industrias y Productividad son: Ministro, Viceministro, Subsecretario de Industrias Productividad e Innovación Tecnológica, Subsecretario de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y Artesanías, Subsecretario de Comercio e Inversiones, Subsecretario de la Calidad, Coordinador General de Planificación, Coordinador General Administrativo - Financiero, Coordinador General Jurídico, directores técnicos de área. En las regiones se establece un Coordinador Regional y directores técnicos de área de unidades administrativas. En las provincias se tiene directores provinciales.
Nota: Artículo reformado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
Art. 5.- Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional.- El Ministerio de Industrias y Productividad de conformidad a lo establecido en el Art. 138 del Reglamento General a la Ley Orgánica Servicio Público -LOSEP- mantiene un Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional integrado por: el Ministro de Industrias o su delegado, los Subsecretarios, Coordinadores Generales, Directores y el Responsable de la Unidad de Administración del Talento Humano (UATH).
Nota: Artículo sustituido por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
Art. 6.- RESPONSABILIDADES DEL COMITE DE GESTION DE DESARROLLO INSTITUCIONAL.-El Comité de Gestión de la Calidad y el Desarrollo Institucional del Ministerio de Industrias y Productividad, tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Conocer y emitir observaciones al Plan Estratégico del Ministerio de Industrias y Productividad; b) Conocer y controlar la planificación anual del recurso humano institucional, coordinada por la UATH, que contemple: creación, supresión, fusión y reestructuración de puestos y plazas, así como contratos de trabajo con o sin relación de dependencia;
c) Coordinar la ejecución de los programas de rediseño y planificación de procesos, unidades organizacionales y estructuras de puestos; y,
d) Conocer y emitir observaciones al Plan Operativo Anual Consolidado y Presupuestado del Ministerio de Industrias y Productividad; evaluar su ejecución.
El Comité de Gestión de la Calidad y el Desarrollo institucional del Ministerio de Industrias y Productividad, ordinariamente, se reunirá cada tres meses y extraordinariamente cuando el Ministro, su delegado o uno de los miembros lo estimen necesario.
Nota: Artículo reformado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
Art. 6.1.- Comité Interministerial de la Calidad.- Instancia de coordinación y articulación y formulación integral de las políticas y acciones de la calidad intersectorial, que estará integrado por las siguientes entidades públicas:
1. Ministra(o) Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad.
2. Ministra(o) de Industrias y Productividad, quien lo presidirá o su delegado permanente. 3. Ministra(o) del Ambiente o su delegado permanente.
4. Ministro(a) de Turismo o su delegado permanente.
5. Ministro(a) de Agricultura, Acuacultura, Ganadería y Pesca. 6. Ministro(a) de Salud Pública o su delegado permanente.
7. Ministra(o) de Transporte y Obras Públicas o su delegado permanente. 8. Ministro(a) de Electricidad y Energía Renovable o su delegado permanente.
Actuará como Secretario del Comité la Subsecretaria o el Subsecretario de la Calidad del Ministerio de Industrias y Productividad.
Nota: Artículo agregado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
Art. 6.2.- El Comité Interministerial de la Calidad tendrá como atribuciones las siguientes:
1. Aprobar el Plan Nacional de Calidad.
2. Formular las políticas para la ejecución de la presente ley y el cumplimiento de los objetivos que en ella se plantean.
3. Formular las políticas en base a las cuales se definirán los bienes y productos cuya importación deberá cumplir obligatoriamente con reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad; coordinar las actividades con las entidades que integran el Sistema Ecuatoriano de la Calidad.
4. Conocer los resultados de gestión en las actividades del Instituto Ecuatoriano de Normalización -INEN, así como del Organismo de Acreditación Ecuatoriano/OAE, e impartir las recomendaciones del caso a los organismos públicos que conforman el Sistema Ecuatoriano de la Calidad.
5. Resolver en última instancia los conflictos que en el ámbito de esta ley, se hayan originado por acciones u omisiones de las entidades que integran el Sistema Ecuatoriano de la Calidad.
6. Emitir las directrices para los procedimientos de evaluación de la conformidad relacionados con la certificación obligatoria de productos, de sistemas y de personas que ejerzan labores especializadas. 7. Coordinar y facilitar la ejecución de manera integral de las políticas nacionales pertinentes a la calidad.
8. Promover y solicitar la preparación de investigaciones, estudios e insumos técnicos y legales para el desarrollo y ajuste de la política de calidad.
9. Solicitar la preparación y validación de parámetros para promover la concientización de una cultura de calidad tanto en bienes como en servicios.
10. Solicitar la participación, asesoría y la conformación de grupos de trabajo con instituciones y organismos que requiera para el cumplimiento de sus funciones.
11. Impulsar las actividades de formación, capacitación, y asistencia técnica, especialización y difusión de temas de calidad en bienes y servicios.
12. Impulsar la consecución de recursos adicionales y complementarios de asistencia y cooperación interministerial para temas de cambio climático, a través de la institucionalidad establecida para el efecto.
13. Expedir las normas necesarias para su funcionamiento y para regular el ejercicio de sus atribuciones. En todo lo que no se encuentre normado sobre su funcionamiento se estará a lo dispuesto por lo contemplado en el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.
Nota: Artículo agregado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
Art. 6.3.- Consejo Consultivo del Comité Interministerial de la Calidad.- Instancia de carácter consultivo para la definición y la evaluación de la política pública de la calidad, estará conformado de la siguiente manera:
1. Siete representantes de las federaciones nacionales de las cámaras de: Producción, Industrias, Comercio, Artesanos, Microempresa, Exportadores, Pequeña Industria y Turismo.
2. Siete representantes permanentes de la academia, hasta una universidad por región, que esté acreditada por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
3. Un representante por parte de las asociaciones de consumidores legalmente constituidas.
Nota: Artículo agregado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
Art. 6.4.- Son funciones y atribuciones del Consejo Consultivo del Comité Interministerial de la Calidad:
1. Absolver las consultas que le realice el Comité Interministerial de la Calidad en asuntos de su competencia.
2. Asesorar al Comité Interministerial de la Calidad en cuestiones técnicas, en su ámbito de competencia.
3. Revisar los documentos técnicos para la mejor interpretación y aplicación de normas, políticas, guías, métodos, criterios, procedimientos y directrices emitidos por el Comité Interministerial de la Calidad.
4. Las demás que le asigne el Comité Interministerial de la Calidad.
Nota: Artículo agregado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
Art. 7.- ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL.- El MIPRO definirá su estructura organizacional sustentada en su misión y objetivos institucionales:
a)MISION.
Impulsar el desarrollo del sector productivo industrial y artesanal, a través de la formulación y ejecución de políticas públicas, planes, programas y proyectos especializados, que incentiven la inversión e innovación tecnológica para promover la producción de bienes y servicios con alto valor agregado y de calidad, en armonía con el medio ambiente, que genere empleo digno y permita su inserción en el mercado interno y externo.
b) VISION.
Ser la institución pública referente en la definición y ejecución de políticas industriales y artesanales, por la aplicación de un modelo exitoso de desarrollo productivo integral.
c) OBJETIVOS INSTITUCIONALES
1. Ampliar la demanda de empleo de calidad y promover la capacitación de la fuerza laboral. 2. Incrementar la productividad del sector industrial y productivo.
3. Impulsar el desarrollo sustentable y el cuidado del medio ambiente como parte integrante de la política industrial.
4. Propiciar la aplicación de herramientas empresariales de desarrollo de la productividad como los procesos de asociatividad, gestión de excelencia, cadenas de valor y aglomeraciones económicas. 5. Impulsar políticas y programas que faciliten el acceso a mercados y crédito, así como la mejora de la productividad y calidad de micro, pequeñas y medianas empresas y artesanías.
6. Incentivar el crecimiento y diversificación de nuevas industrias de exportación y la reestructuración de las existentes con miras a su incursión en mercados externos.
7. Desarrollar políticas de comercio interior y exterior, que dinamicen la producción nacional, aseguren condiciones leales y equitativas de competencia, mejoren la productividad y satisfagan las necesidades del consumidor.
8. Incentivar la inversión directa, nacional y extranjera, orientada a fortalecer y expandir la capacidad productiva nacional.
9. Superar la dependencia estructural del sistema productivo ecuatoriano. 10. Contribuir con la meta de alcanzar la soberanía alimentaria y económica.
11. Propender la incorporación de mayor valor agregado en la producción nacional, la diversificación productiva y de mercados.
12. Potenciar el crecimiento de la economía social y solidaria. 13. Reducir las asimetrías de desarrollo territoriales y regionales.
14. Promover la innovación tecnológica para potenciar un crecimiento endógeno. 15. Apoyar el desarrollo de sectores industriales prioritarios.
16. Elaborar políticas, programas y proyectos encaminados a mejorar la cultura de la calidad y competitividad.
17. Formular políticas y normas orientadas a salvaguardar los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente.
18. Elaborar programas de evaluación de la conformidad para evitar prácticas engañosas contra el consumidor.
19. Aprobar informes sobre presuntas infracciones a esta ley y su reglamento y proceder a su resolución.
20. Designar en forma temporal organismos evaluadores de la conformidad.
Nota: Literales 16 - 20 agregados por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
Art. 8.- ESTRUCTURA ORGANICA BASICA ALINEADA A LA MISION.- El Ministerio de Industrias y Productividad para el cumplimiento de su misión institucional ha desarrollando una estructura orgánica de gestión organizacional por procesos, que le permita alcanzar los objetivos y ejecutar la programación a fin de impulsar el cambio en la cultura organizacional, manteniendo el concepto de servicio al cliente y calidad; para lo cual estará conformada por:
1) PROCESO GOBERNANTE:
1.1 DIRIGIR EL DESARROLLO SOSTENIDO, PRODUCTIVO Y DE CALIDAD: DEL FOMENTO DE LA INDUSTRIA NACIONAL, LAS MIPYMES Y LAS ARTESANIAS; LA INNOVACION Y CAPACIDAD TECNOLOGICA EMPRESARIAL; EL COMERCIO Y LAS INVERSIONES.
Nota: Numeral 1.1 reformado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
2) PROCESOS AGREGADORES DE VALOR
2.1 SUBSECRETARIA DE INDUSTRIAS, PRODUCTIVIDAD E INNOVACION TECNOLOGICA 2.1.1 Dirección de Productividad de la Industria.
2.1.2 Dirección de Infraestructura, Logística y Servicios para la Industria. 2.1.3 Dirección de Reducción de Costos para la Industria.
2.1.4 Dirección de Observatorio Tecnológico para la Industria y Manufactura. 2.1.5 Dirección de Innovación, Parques Tecnológicos y Protección Ambiental.
2.2 SUBSECRETARIA DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESAS Y ARTESANIAS 2.2.1 Dirección de Desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). 2.2.2 Dirección de Desarrollo de las Artesanías.
2.2.3 Dirección de Desarrollo del Emprendimiento.
2.2.4 Dirección de Acceso a Financiamiento para MIPYMES y Artesanías. 2.3 SUBSECRETARIA DE COMERCIO E INVERSIONES
2.3.1 Dirección de Desarrollo Comercial de Bienes y Servicios. 2.3.2 Dirección de Operaciones Comerciales.
2.3.3 Dirección de Inversiones.
2.5. SUBSECRETARIA DE LA CALIDAD 2.5.1. Dirección de Control - Evaluación. 2.5.2. Dirección de Gestión de la Calidad.
2.5.3. Dirección de Promoción de la Calidad-Notificación.
Nota: Numeral 2.5 agregado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
3) PROCESOS HABILITANTES: 3.1 ASESORIA
3.1.1 COORDINACION GENERAL JURIDICA 3.1.1.1 Dirección de Patrocinio y Contratos. 3.1.1.2 Dirección de Asesoría Jurídica.
3.1.2 COORDINACION GENERAL DE PLANIFICACION 3.1.2.1 Dirección de Programación Estratégica.
3.1.2.2 Dirección de Control y Seguimiento. 3.1.3 DIRECCION DE AUDITORIA INTERNA 3.1.4 DIRECCION DE COMUNICACION SOCIAL 3.2 APOYO
3.2.1.1 Dirección Financiera. 3.2.1.2 Dirección Tecnológica.
3.2.1.3 Dirección de Servicios Institucionales. 3.2.1.4 Dirección de Recursos Humanos. 4) PROCESOS DESCONCENTRADOS 4.1 COORDINACION REGIONAL 4.1.1 Dirección de Asesoría Jurídica. 4.1.2 Dirección Administrativa - Financiera. 4.1.3 Dirección de Planificación.
4.1.4 Dirección de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica. 4.1.5 Dirección de MIPYMES y Artesanías.
4.1.6 Dirección de Comercio e Inversiones. 4.2 DIRECCION PROVINCIAL.
Art. 9.- Representaciones gráficas.
Se definen las siguientes representaciones gráficas: a) CADENA DE VALOR
b) PROCESOS
c) ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL INSTITUCIONAL
d) ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL PROCESOS DESCONCENTRADOS
Nota: Para leer Organigramas, ver Registro Oficial Suplemento 53 de 15 de Julio de 2010, página 5. Nota: Literales a), b) y c) reformados por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.Nota: Para leer reforma y cuadros, ver Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre de 2011, página 5.
Art. 10.- ESTRUCTURA ORGANICA DESCRIPTIVA
1) PROCESOS GOBERNANTES Descripción del proceso
Dirigir el desarrollo sostenido, productivo y de calidad de la industria nacional, las MIPYMES y las artesanías: la innovación y capacidad tecnológica empresarial: el comercio y las inversiones.
El responsable es el señor Ministro de Industrias.
Nota: Numeral 1) reformado por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.
1.1 DESPACHO DEL MINISTRO/A
a) Misión: Conducir, coordinar y aplicar las políticas que permitan el desarrollo de la industria nacional y el fortalecimiento de las micro, pequeñas, medianas empresas y artesanías, elevando sostenidamente la capacidad tecnológica, la productividad e inversiones para consolidar su posicionamiento en el mercado interno y hacer posible su participación creciente en los mercados internacionales; liderar, dirigir y administrar la organización; representar legal, judicial y extrajudicialmente a la institución ante organismos nacionales e internacionales.
b) Atribuciones y responsabilidades:
2. Cumplir con la Constitución Política de la República, Estatuto del Régimen Jurídico-Administrativo de la Función Ejecutiva y la demás normativa vigente relacionada con su ámbito de acción.
3. Expedir conforme a la ley: acuerdos, resoluciones, reglamentos, políticas y demás disposiciones requeridas para la conducción, gestión y fortalecimiento del Ministerio.
4. Proponer las políticas de desarrollo de comercio interior y exterior del país y de mejoras de la productividad orientada al mercado interno en lo que atañe a los sectores de industrias y de artesanías.
5. Dirigir y administrar a la institución.
6. Expedir resoluciones de carácter interno que normen la gestión institucional. 7. Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la institución.
8. Representar a la institución ante organismos nacionales e internacionales.
9. Presidir e integrar los comités, consejos y cuerpos colegiados establecidos por ley, reglamentos, convenios y este estatuto.
10. Legalizar actos administrativos.
11. Delegar atribuciones a los funcionarios del MIPRO cuando por necesidades institucionales así lo requiera.
1.2 DESPACHO DEL VICEMINISTRO/A
a) Misión: Coordinar y facilitar la implementación de políticas y estrategias de gestión técnica, financiera, administrativa para la generación estudios, planes, programas y proyectos a ser ejecutados por el Ministerio, a través de las correspondientes unidades administrativas de la matriz y las unidades administrativas desconcentradas.
b) Atribuciones y responsabilidades:
1. Representar al Ministro/a, en los casos legales previstos por delegación y por ausencia de este. 2. Colaborar con el Ministro/a en el establecimiento de directrices y recomendaciones para la ejecución de las políticas ministeriales.
3. Coordinar, impulsar la elaboración de los planes, proyectos, programas de inversión, presupuestos institucionales y el marco regulador respectivo, en base a las políticas y estrategias adoptadas. 4. Coordinar y controlar las políticas y el marco regulador en materia de política industrial y productiva, a nivel nacional.
5. Coordinar, integrar y orientar en base a políticas ministeriales, la acción de las unidades administrativas del Ministerio.
6. Establecer niveles de coordinación y comunicación entre las unidades administrativas internas y desconcentradas.
7. Requerir los informes que fueren necesarios para ejercer el control de avance de los planes, programas, proyectos, presupuestos, contratos y convenios nacionales e internacionales y adoptar las decisiones que aseguren su cumplimiento.
8. Asesorar al Ministro/a en materia administrativa y financiera.
9. Presidir o asistir por delegación expresa del Ministro/a a los cuerpos colegiados de los cuales forma parte el Ministro/a de Industrias y Productividad.
10. Las demás que le asignare el Ministro/a y las establecidas en leyes y normas pertinentes.
11. Controlar la implementación de las políticas, normas e instrumentos de administración de desarrollo institucional, de gestión de recursos humanos así como políticas de Estado en el ámbito comprendido por la ley.
2) PROCESOS AGREGADORES DE VALOR
2.1 SUBSECRETARIA DE INDUSTRIAS, PRODUCTIVIDAD E INNOVACION TECNOLOGICA a) Misión: Impulsar el desarrollo productivo del sector industrial, fomentando el mejoramiento de sus niveles de productividad y estándares de calidad; elaborando políticas y estrategias para una mejor aplicación de planes y programas productivos; fortaleciendo las relaciones entre el sector público y privado.
Esta unidad administrativa está representada por el Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica.
b) Atribuciones y responsabilidades:
1. Generar propuestas de reformas y nuevas disposiciones legales que brinden las condiciones para el adecuado desarrollo de la productividad del sector productivo.
2. Plantear políticas, mecanismos de incentivos a la producción para el sector industrial. 3. Normar los mecanismos de fomento, apoyo, modernización y fortalecimiento de la industria.
4. Plantear políticas y mecanismos de priorización de sectores y tipos de asistencia técnica para la industria.
5. Recopilar, sistematizar y analizar las estadísticas sobre el desenvolvimiento del sector productivo que orienten las acciones de política pública necesarias para su desarrollo.
6. Plantear políticas y mecanismos de creación y mejoramiento de canales de distribución para el sector industrial.
7. Plantear políticas y mecanismos para promover la adaptación, desarrollo, promoción y aplicación del mejoramiento de la productividad en las empresas productoras de bienes, servicios y tecnología del sector industrial.
8. Coordinar con las regionales la implementación de las políticas, estrategias, proyectos y programas de productividad.
9. Plantear políticas y mecanismos de que a través de la compra pública beneficien a la producción nacional (Industria y MIPYMES y artesanías).
10. Plantear políticas y mecanismos de apoyo a la generación intensiva de empleo en el sector industrial.
11. Coordinar con organismos internacionales de cooperación el apoyo técnico y financiero para realizar planes y programas de mejoramiento de la productividad en el sector industrial.
12. Plantear políticas y mecanismos para propender la incorporación de mayor valor agregado en la producción nacional, la diversificación productiva y de mercados del sector industrial.
13. Plantear propuestas de reformas y nuevas disposiciones legales que brinden las condiciones para el adecuado desarrollo de la competitividad del sector productivo.
14. Plantear políticas, mecanismos de ejecución para la creación y montaje de nodos de transferencia para el sector industrial.
15. Plantear políticas y mecanismos de ejecución para la construcción de vías del sector industrial. 16. Plantear políticas y mecanismos de acceso a servicios básicos para la industria.
17. Plantear políticas y mecanismos de establecimiento de parques industriales.
18. Plantear políticas y mecanismos de mejoramiento del trasporte de carga para el sector industrial. 19. Plantear políticas y mecanismos de almacenamiento de productos en proceso y terminados para el sector industrial.
20. Plantear políticas y mecanismos para los planes programas y proyectos de maquila.
21. Plantear políticas y mecanismos para impulsar el fortalecimiento y desarrollo de los regímenes especiales, como zonas francas, maquila, seguro de crédito a la exportación, así como otros instrumentos de apoyo a las exportaciones.
22. Plantear políticas y mecanismos sobre la existencia y funcionamiento de las zonas francas. 23. Plantear políticas y mecanismos para promover la reducción, rehuso y reciclaje de residuos en el sector industrial.
24. Plantear políticas y mecanismos para implementar proyectos dirigidos a los sectores productivos con la finalidad de reducir costos de operación.
25. Plantear políticas y mecanismos para desarrollar y mantener actualizado el sistema de indicadores e información de innovación tecnológica, coordinando su realización y difusión con los actores del sistema nacional de innovación.
26. Plantear políticas y mecanismos para diseñar y administrar el portal INNOVACION ECUADOR. 27. Plantear políticas, mecanismos de ejecución de incentivo a la innovación tecnológica para el sector industrial.
28. Plantear políticas, mecanismos de ejecución de transferencia tecnológica para el sector industrial.
29. Plantear políticas, mecanismos de ejecución de desarrollo tecnológico para el sector industrial. 30. Plantear políticas, mecanismos de ejecución de emprendimiento de base tecnológica para el sector industrial.
31. Plantear políticas, mecanismos de ejecución de desagregación tecnológica en el sector industrial. 32. Plantear políticas, mecanismos de ejecución de prospectiva tecnológica para el sector industrial. 33. Plantear políticas y mecanismos de acceso a Tics.
34. Plantear políticas y mecanismos para articular y fortalecer el Sistema Nacional de Innovación. 35. Plantear políticas y mecanismos para formar, crear, administrar y, en general, manejar fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales e internacionales, privadas o estatales destinados a los procesos científicos, tecnológicos e innovación.
36. Plantear políticas y mecanismos para promover la articulación de las empresas con las universidades y la oferta de servicios científicos y tecnológicos del país.
37. Plantear políticas y mecanismos para desarrollar la demanda de servicios tecnológicos por conglomerado productivo.
38. Plantear políticas y mecanismos para la creación de nuevas especialidades en función de las últimas tecnologías.
39. Plantear políticas y mecanismos para difundir e implementar modelos de gestión de la tecnología en el sector productivo.
40. Plantear políticas, mecanismos de creación y establecimiento de parques tecnológicos para el sector industrial.
41. Plantear políticas y mecanismos de normalización de productos para el sector industrial. 42. Plantear políticas, mecanismos de certificación de calidad en el sector industrial.
43. Plantear políticas, mecanismos de certificación de inocuidad en el sector industrial.
44. Plantear políticas, mecanismos de certificación en seguridad industrial/salud ocupacional para el sector industrial.
45. Plantear políticas, mecanismos de certificación ambiental para sector industrial.
46. Plantear políticas, mecanismos de certificación en uso del agua para el sector industrial.
47. Plantear políticas, mecanismos de certificación en responsabilidad social para el sector industrial. 48. Plantear políticas, mecanismos de certificación de buenas prácticas manufactureras para la industria.
49. Plantear políticas y mecanismos de acreditación a organismos de certificación para el sector industrial.
50. Plantear políticas y mecanismos de ejecución de programas de mejora de la calidad a través de optimización: de procesos y materia prima para la industria.
51. Emitir las directrices para los procedimientos de evaluación de la conformidad en el sector industrial relacionados con la certificación obligatoria de productos, de sistemas y de personas que ejerzan labores especializadas.
52. Plantear políticas y mecanismos de acceso a información especializada de la industria.
53. Implementar estrategias operativas para el cumplimiento de los fines del Ministerio en el ámbito del fortalecimiento de la industria.
54. Coordinar y liderar el cumplimiento de la gestión de las direcciones técnicas.
55. Medir el impacto de las políticas públicas dirigidas al mejoramiento de las condiciones de industria.
56. Ejercer atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia que le sean asignadas por las autoridades, y las establecidas en la normativa vigente.
La Subsecretaría de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica se estructurará a través de las siguientes direcciones técnicas:
- Dirección de Productividad de la Industria;
- Dirección de Infraestructura, Logística y Servicios para la Industria; - Dirección de Reducción de Costos para la Industria;
- Dirección de Observatorio Tecnológico para la Industria y Manufactura; y, - Dirección de Innovación, Parques Tecnológicos y Protección Ambiental. 2.1.1 DIRECCION DE PRODUCTIVIDAD DE LA INDUSTRIA
a) Misión: Impulsar el fortalecimiento y desarrollo del sector productivo, mediante la generación de políticas que faciliten la administración y ejecución de programas, planes y proyectos con la participación de la cooperación y asistencia técnica internacional y servicios de asesoramiento y coordinación interinstitucional con el sector público y privado.
Esta unidad administrativa está representada por el Director Técnico de Area. b) Atribuciones y responsabilidades:
1. Coordinar, elaborar y controlar la ejecución del plan de fomento a la industria a nivel nacional. 2. Coordinar, elaborar y controlar la ejecución del plan de asistencia técnica para elevar los niveles de productividad, manufactura e incorporación de innovación y desarrollo tecnológico en la industria. 3. Controlar la ejecución del plan de certificación de empresas manufactureras e industriales a nivel nacional.
4. Controlar la ejecución del plan de certificación de calidad para la industria a nivel nacional.
5. Consolidar, coordinar y controlar los planes, programas o proyectos para propender la incorporación de mayor valor agregado en la producción nacional, la diversificación productiva y de mercados en el sector industrial.
6. Coordinar, elaborar y controlar el plan de promoción del sector industrial. 7. Normar los programas de capacitación técnica especializada para la industria. 8. Normar el fomento a la manufactura y a la industria.
9. Regular mediante normas y reglamentos los planes programas o proyectos de apoyo a la generación intensiva de empleo en el sector industrial.
10. Regular mediante normas adecuadas la incorporación de mayor valor agregado en la producción nacional, la diversificación productiva y de mercados del sector industrial.
11. Regular mediante normas y reglamentos la reducción, rehuso y reciclaje de residuos en el sector industrial.
12. Coordinar con el Servicio de Rentas Internas la aplicación de incentivos tributarios para proyectos de emprendimiento o mejoramiento industrial.
13. Coordinar con el organismo competente la promulgación de la normativa de exenciones para proyectos de emprendimiento o mejoramiento industrial.
14. Coordinar y gestionar con organismos internacionales de cooperación el apoyo técnico y financiero para realizar planes y programas de mejoramiento del sector productivo industrial.
15. Controlar la coordinación con los gremios y asociaciones la implementación de planes, proyectos o programas para el desarrollo de sectores industriales estratégicos en el país.
16. Coordinar la generación de propuestas de reformas y nuevas disposiciones legales que brinden las condiciones para el adecuado desarrollo de la competitividad del sector productivo.
17. Generar planes, programas o proyectos de promoción a la productividad encaminados al fortalecimiento de las empresas industriales y manufactureras.
18. Generar planes, programas o proyectos de desarrollo de sectores industriales estratégicos para incentivar la producción de bienes y/o servicios.
19. Generar planes, programas o proyectos de desarrollo de sectores industriales estratégicos para incentivar el consumo de bienes y/o servicios.
20. Generar plan de apoyo a la generación intensiva de empleo en el sector industrial.
21. Generar planes, programas o proyectos de incorporación de mayor valor agregado en la producción nacional y diversifícación productiva.
22. Expedir reformas y nuevas disposiciones legales que brinden las condiciones para el adecuado desarrollo de la competitividad del sector productivo.
23. Establecer contacto permanente con empresarios y gremios con el fin de conocer sus requerimientos de información y análisis, que permitan desarrollar estudios para mejorar los procesos productivos.
24. Controlar la aplicación de la normativa vigente sobre plan de competencias y capacitación técnica para la industria a nivel nacional.
25. Controlar el cumplimiento de la normativa para brindar las condiciones para el adecuado desarrollo de la competitividad del sector productivo a nivel nacional;
26. Controlar de la aplicación de la normativa vigente sobre propiedad industrial, derecho de autor y derechos conexos y obtenciones vegetales, a nivel nacional.
27. Coordinar la elaboración del plan de normalización de productos industriales y manufacturados del sector industrial, a nivel nacional.
28. Coordinar la elaboración del plan de certificación de empresas manufactureras e industriales, a nivel nacional.
29. Coordinar la elaboración del plan de acreditación para organismos certificadores del sector industrial, a nivel nacional.
30. Coordinar la elaboración del plan de certificación de calidad para la industria, a nivel nacional. 31. Normar los procesos de certificaciones para la industria.
32. Normar los procesos de acreditación como certificadores para el sector industrial.
33. Normar los programas para el mejoramiento de la calidad en Pymes, artesanía y gran industria. 34. Regular políticas y entidades relacionadas de evaluación de la conformidad en el sector industrial.
35. Regular el funcionamiento del sistema ecuatoriano de la calidad para el sector industrial.
36. Establecer los requisitos y los procedimientos para la elaboración, adopción y aplicación de normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad de bienes y servicios en el sector industrial.
37. Controlar la aplicación de la normativa vigente sobre normalización de productos industriales y manufacturados.
38. Controlar que se cumplan las normas, reglamentos técnicos y los procedimientos para la evaluación de la conformidad.
39. Las demás funciones que le asigne el Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica o las autoridades del MIPRO.
c) Portafolio de productos:
1. Plan de fomento a la industria, a nivel nacional.
2. Plan de asistencia técnica para la industria, a nivel nacional.
3. Planes, programas y proyectos de apoyo a la generación intensiva de empleo en el sector industrial, a nivel nacional.
4. Planes, programas y proyectos para propender la incorporación de mayor valor agregado en la producción nacional, la diversificación productiva y de mercados en el sector industrial.
5. Planes, programas y proyectos de reducción, rehuso y reciclaje de residuos en el sector industrial, a nivel nacional.
6. Plan de promoción del sector industrial, a nivel nacional.
7. Norma para los programas de capacitación técnica especializada para la industria. 8. Norma para el fomento a la manufactura y a la industria.
9. Proyectos de ley, normas y reglamentos para regular los planes, programas o proyectos de apoyo a la generación intensiva de empleo en el sector industrial, a nivel nacional.
10. Normas para regular la incorporación de mayor valor agregado en la producción nacional, la diversificación productiva y de mercados del sector industrial.
11. Norma para promover la reducción, rehuso y reciclaje de residuos en el sector industrial.
12. Proyecto de ley de exenciones para proyectos de emprendimiento o mejoramiento industrial coordinadas e implementadas.
13. Planes, proyectos o programas para el desarrollo de sectores industriales estratégicos en el país. 14. Proyecto de reformas y nuevas disposiciones legales que brinden las condiciones para el adecuado desarrollo de la competitividad del sector productivo.
15. Plan de difusión de acceso incentivos tributarios a nivel nacional.
16. Plan de difusión de subsidios para bienes de capital para la industria a nivel nacional.
17. Planes, programas o proyectos de promoción a la productividad y competitividad, encaminados al fortalecimiento de las empresas industriales y manufactura a nivel nacional.
18. Planes, programas o proyectos de desarrollo de sectores industriales estratégicos para incentivar la producción de bienes y/o servicios a nivel nacional.
19. Estudios para mejora de procesos productivos aplicados, a nivel nacional.
capacitación técnica para la industria (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
21. Informe de control de la aplicación de la normativa para brindar las condiciones para el adecuado desarrollo de la competitividad del sector productivo (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
22. Informe de control de la aplicación de la normativa vigente sobre propiedad industrial, derecho de autor y derechos conexos y obtenciones vegetales en el sector industrial (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
23. Plan de normalización de productos industriales y manufacturados del sector industrial, a nivel nacional.
24. Plan de certificación de empresas manufactureras e industriales, a nivel nacional.
25. Plan de acreditación para organismos certificadores del sector industrial, a nivel nacional. 26. Plan de certificación de calidad para la industria, a nivel nacional.
27. Norma para los procesos de certificaciones para la industria.
28. Norma para los procesos de acreditación como certificadores para el sector industrial.
29. Norma para los programas de mejoramiento de la calidad en Pymes, artesanía y gran industria. 30. Norma para regular las políticas y entidades relacionadas con la evaluación de la conformidad en el sector industrial.
31. Norma para regular el funcionamiento del sistema ecuatoriano de la calidad para el sector industrial.
32. Norma para la elaboración, adopción y aplicación de normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad de bienes y servicios en el sector industrial.
33. Informe de control de la aplicación de la normativa vigente sobre normalización de productos industriales y manufacturados (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
34. Informe de control de la aplicación de la normativa vigente sobre certificación de empresas del sector industrial (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
35. Informe de aplicación de la normativa vigente sobre acreditación a organismos de certificación para el sector industrial (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
36. Informe de control de la aplicación de la normativa vigente sobre el cumplimiento de los requisitos y los procedimientos para la elaboración, adopción y aplicación de normas, reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad de bienes y servicios en el sector industrial (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
37. Informe de control de la aplicación de las normas, reglamentos técnicos y los procedimientos para la evaluación de la conformidad en el sector industrial se adecúen a los convenios y tratados internacionales de los que el país es signatario (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
2.1.2 DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA, LOGISTICA Y SERVICIOS PARA LA INDUSTRIA a) Misión: Fortalecer al sector industrial ecuatoriano a través de asistencia técnica, coordinación y asesoramiento para el desarrollo eficiente, sostenido y sustentable de la infraestructura y servicios que requieran las industrias.
Este órgano administrativo está representado por el Director Técnico de Area. b) Atribuciones y responsabilidades:
1. Coordinar la elaboración del plan de creación y mejoramiento de nodos de transferencia para el sector industrial, a nivel nacional.
2. Supervisar la elaboración del plan de acceso a infraestructura para la industria, a nivel nacional. 3. Dirigir la elaboración del plan de creación de parques industriales, a nivel nacional.
4. Coordinar la elaboración del plan de mejoramiento del transporte y optimización de la logística para la industria, a nivel nacional.
5. Supervisar los planes programas para impulsar el fortalecimiento y desarrollo de los regímenes especiales, como zonas francas, maquila, seguro de crédito a la exportación, así como otros instrumentos de apoyo a las exportaciones a nivel nacional.
7. Normar el acceso a infraestructura para la industria. 8. Normar la creación de parques industriales.
9. Normar el mejoramiento del sistema de transporte de carga en el sector industrial.
10. Normar la implementación y mejoramiento de canales de distribución y almacenamiento en el sector industrial.
11. Normar mediante normas y reglamentos los regímenes especiales, como zonas francas, maquila, seguro de crédito a la exportación, así como otros instrumentos de apoyo a las exportaciones.
12. Controlar la aplicación de la normativa vigente sobre centros de acopio del sector industrial. 13. Controlar el cumplimiento de la normativa sobre parques industriales, zonas francas, maquilas y regímenes especiales.
14. Las demás funciones que le asigne el Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica o las autoridades del MIPRO.
c) Portafolio de productos:
1. Plan de creación y mejoramiento de nodos de transferencia para el sector industrial, a nivel nacional.
2. Plan de acceso a infraestructura para la industria, a nivel nacional. 3. Plan de creación de parques industriales a nivel nacional.
4. Plan de mejoramiento del transporte de carga y optimización de la logística para la industria, a nivel nacional.
5. Planes, programas y proyectos para impulsar el fortalecimiento y desarrollo de los regímenes especiales, como zonas francas, maquila, seguro de crédito a la exportación, así como otros instrumentos de apoyo a las exportaciones, a nivel nacional.
6. Norma para la creación y operación de centros de acopio del sector industrial, a nivel nacional. 7. Norma para el acceso a infraestructura para la industria, a nivel nacional.
8. Norma para la creación de parques industriales, a nivel nacional.
9. Norma para el mejoramiento del sistema de transporte de carga en el sector industrial, a nivel nacional.
10. Norma para la implementación y mejoramiento de canales de distribución y almacenamiento en el sector industrial.
11. Informe de control de la aplicación de la normativa vigente sobre centros de acopio del sector industrial (verificación de cumplimiento, sanción según el caso), a nivel nacional.
12. Informe de control de la aplicación de la normativa sobre parques industriales, zonas francas, maquilas y regímenes especiales (verificación de cumplimiento, sanción según el caso), a nivel nacional.
2.1.3 DIRECCION DE REDUCCION DE COSTOS PARA LA INDUSTRIA
a) Misión: Promover acciones y estrategias integrales tendientes a reducir costos en los procesos productivos y servicios de apoyo del sector industrial que permitan mejorar de manera consistente la competitividad de las industrias asegurando niveles óptimos de calidad y un manejo eficiente de los recursos.
Este órgano administrativo está representado por el Director Técnico de Area. b) Atribuciones y responsabilidades:
1. Coordinar la elaboración del plan de reducción de costos para la industria, a nivel nacional.
2. Supervisar la elaboración del plan para implementar proyectos dirigidos a los sectores productivos con la finalidad de reducir costos de operación, a nivel nacional.
3. Controlar la implementación de proyectos dirigidos a los sectores productivos con la finalidad de reducir costos de operación.
4. Dirigir la elaboración de proyectos de reducción de los precios de insumos para la industria, a nivel nacional.
reducir costos de operación, a nivel nacional.
6. Controlar de la aplicación de la normativa vigente sobre reducción de precios de productos industriales.
7. Las demás funciones que le asigne el Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica o las autoridades del MIPRO.
c) Portafolio de productos:
1. Plan de reducción de costos para la industria a nivel nacional.
2. Plan para implementar proyectos dirigidos a los sectores productivos con la finalidad de reducir costos de operación, a nivel nacional.
3. Planes, programas, proyectos para reducir costos de operación a nivel nacional. 4. Programas de reducción de precios de insumos para la industria a nivel nacional.
5. Informe de control de la aplicación de la normativa sobre reducción de precios de productos industriales (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
2.1.4 DIRECCION DE OBSERVATORIO TECNOLOGICO PARA LA INDUSTRIA Y MANUFACTURA a) Misión: Anticipar los riesgos y las nuevas oportunidades de negocio, proporcionar asesoramiento para la toma de decisiones estratégicas y crear ventajas competitivas basadas en la tecnología. Este órgano administrativo está representado por el Director Técnico de Area.
b) Atribuciones y responsabilidades:
1. Diseñar el sistema de información para la producción manufacturera e industrial, a nivel nacional. 2. Coordinar la elaboración del plan para el desarrollo y actualización del sistema de indicadores e información de innovación tecnológica, a nivel nacional.
3. Supervisar la elaboración del plan para diseñar y administrar el portal INNOVACION ECUADOR. 4. Normar el funcionamiento y administración del portal INNOVACION ECUADOR.
5. Controlar el cumplimiento de la normativa sobre el funcionamiento y administración del portal INNOVACION ECUADOR.
6. Normar la obtención de información para la industria, a nivel nacional. 7. Normar la publicación de información del sector industrial, a nivel nacional.
8. Coordinación con fuentes oficiales públicas y privadas la entrega de información para el "Sistema de Información para la Industria".
9. Administrar y actualizar el portal web de estudios y estadísticas para la industria, a nivel nacional. 10. Generar el inventario estadístico industrial, a nivel
nacional.
11. Generar estudios a nivel macroeconómico y sectorial de la industria encaminados a la productividad de la industria, a nivel nacional.
12. Generar estudios técnicos industriales, a nivel nacional.
13. Generar el boletín técnico de perspectiva industrial, a nivel nacional. 14. Generar y actualizar el censo industrial, a nivel nacional.
15. Generar, administrar y actualizar el sistema de información para la industria, a nivel nacional. 16. Las demás funciones que le asigne el Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica o las autoridades del MIPRO.
c) Portafolio de productos:
1. Sistema de información para la producción manufacturera e industrial, a nivel nacional.
2. Plan para el desarrollo y actualización del sistema de indicadores e información de innovación tecnológica, a nivel nacional.
3. Plan para diseñar y administrar el portal INNOVACION ECUADOR.
4. Norma para el funcionamiento y administración del portal INNOVACION ECUADOR. 5. Sistema de indicadores, a nivel nacional.
6. Informe de control de la aplicación de la normativa sobre el funcionamiento y administración del portal INNOVACION ECUADOR (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
7. Norma para la obtención de información para la industria. 8. Norma para la publicación de información del sector industrial.
9. Bases de datos actualizadas para alimentar el "Sistema de Información para la Industria". 10. Portal web actualizado de estudios y estadísticas para la industria.
11. Inventario estadístico industrial actualizado.
12. Estudios técnicos: macroeconómico y sectorial de la industria encaminados a la productividad de la industria, a nivel nacional.
13. Boletín técnico de perspectiva industrial. 14. Censo industrial.
2.1.5 DIRECCION DE INNOVACION, PARQUES TECNOLOGICOS Y PROTECCION AMBIENTAL a) Misión: Apoyar la implementación del Sistema Nacional de Innovación Tecnológica, a través del Programa de Innovación Tecnológica, promoviendo la incorporación del conocimiento científico y tecnológico en la investigación y desarrollo en los diferentes procesos productivos para la generación de nuevos productos con mayor valor agregado.
Este órgano administrativo está representado por el Director Técnico de Area. b) Atribuciones y responsabilidades:
1. Coordinar la elaboración del plan nacional de innovación tecnológica del sector industrial.
2. Dirigir la elaboración del plan de acceso a infraestructura tecnológica en el sector industrial, a nivel nacional.
3. Supervisar la elaboración del plan para administrar y, manejar fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales e internacionales, privadas o estatales destinados a los procesos científicos, tecnológicos e innovación, a nivel nacional.
4. Dirigir la elaboración del plan para promover la cooperación de las empresas con las universidades y la oferta de servicios científicos y tecnológicos del país.
5. Coordinar la elaboración del plan para desarrollar la demanda de servicios tecnológicos por conglomerado productivo, a nivel nacional.
6. Supervisar la elaboración del plan de creación de nuevas especialidades en función de las últimas tecnologías, a nivel nacional.
7. Dirigir la elaboración del plan para difundir e implementar modelos de gestión de la tecnología en el sector productivo, a nivel nacional.
8. Normar los procesos de innovación, transferencia e investigación tecnológica del sector industrial. 9. Normar el Sistema Nacional de Innovación.
10. Normar la administración y el manejo fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales e internacionales, privadas o estatales destinados a los procesos científicos, tecnológicos e innovación.
11. Normar el desarrollo de la demanda de servicios tecnológicos por conglomerado productivo. 12. Coordinar la implementación del plan nacional de innovación.
13. Identificar el estado de la innovación tecnológica en el país.
14. Controlar la aplicación de la normativa vigente sobre innovación tecnológica de la industria. 15. Controlar el cumplimiento de la normativa para crear, administrar y, en general, manejar fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales e internacionales, privadas o estatales destinados a los procesos científicos, tecnológicos e innovación.
16. Controlar el cumplimiento de la normativa para desarrollar la demanda de servicios tecnológicos por conglomerado productivo.
17. Las demás funciones que le asigne el Subsecretario de Industrias, Productividad e Innovación Tecnológica o las autoridades del MIPRO.
c) Portafolio de productos:
2. Plan de acceso a infraestructura tecnológica en el sector industrial a nivel nacional.
3. Plan para administrar y, manejar fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales e internacionales, privadas o estatales destinados a los procesos científicos, tecnológicos e innovación, a nivel nacional.
4. Plan para promover la cooperación de las empresas con las universidades y la oferta de servicios científicos y tecnológicos del país.
5. Plan para desarrollar la demanda de servicios tecnológicos por conglomerado productivo, a nivel nacional.
6. Plan de creación de nuevas especialidades en función de las últimas tecnologías, a nivel nacional. 7. Plan para difundir e implementar modelos de gestión de la tecnología en el sector productivo, a nivel nacional.
8. Norma para los procesos de innovación, transferencia e investigación tecnológica del sector industrial.
9. Norma para funcionamiento del Sistema Nacional de Innovación.
10. Norma para la administración y el manejo de fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales e internacionales, privadas o estatales destinados a los procesos científicos, tecnológicos e innovación.
11. Norma para el desarrollo de la demanda de servicios tecnológicos por conglomerado productivo. 12. Estudios sobre la situación actual de la innovación tecnológica en el país.
13. Informe de control de la aplicación de la normativa vigente sobre innovación tecnológica de la industria (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
14. Informe de control de la aplicación de la normativa para administrar y, manejar fondos y/o recursos propios o provenientes de fuentes nacionales e internacionales, privadas o estatales destinados a los procesos científicos, tecnológicos e innovación (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
15. Informe de control de la aplicación de la normativa para desarrollar la demanda de servicios tecnológicos por conglomerado productivo (verificación de cumplimiento, sanción según el caso). 2.2 SUBSECRETARIA DE MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESAS Y ARTESANIAS
a) Misión: Impulsar el desarrollo y el fomento de las MIPYMES y artesanías a través de políticas públicas y herramientas de apoyo para optimizar las oportunidades de acceso a los mercados nacionales e internacionales, mejorando la integración de la estructura productiva de todas las regiones del país.
Este órgano administrativo está representado por el Subsecretario de MIPYMES y Artesanías. b) Atribuciones y responsabilidades:
1. Generar propuestas de reformas y nuevas disposiciones legales que brinden las condiciones para el adecuado desarrollo de la productividad del sector productivo.
2. Dirigir el diseño y la ejecución de programas de capacitación y difusión de políticas públicas de las MIPYMES y artesanías, en coordinación con las entidades estatales pertinentes.
3. Definir políticas, mecanismos y planes para la ejecución, para la creación de competencias técnicas y capacitación técnica especializada para las MIPYMES y artesanías.
4. Definir políticas, mecanismos y planes de certificación de buenas prácticas manufactureras para MIPYMES y artesanías.
5. Motivar y apoyar al sector en procesos de certificación de calidad como mejoramiento continuo de la calidad y productividad.
6. Definir políticas, mecanismos y planes para la ejecución de programas de mejora de la calidad a través de optimización: de procesos y materia prima para las MIPYMES y artesanías.
7. Impulsar, apoyar y motivar la realización de proyectos de asociatividad productiva.
8. Plantear políticas, mecanismos para la priorización de sectores y tipos de asistencia técnica para las MIPYMES y artesanías.
9. Definir políticas, mecanismos y planes para la ejecución de ferias nacionales e internacionales para las MIPYMES y artesanías.
10. Definir políticas, mecanismos y planes para impulsar, apoyar y motivar la realización de proyectos de asociatividad productiva en la industria.
11. Definir políticas, mecanismos y planes para generar propuestas de instrumentos jurídicos de fomento y desarrollo para MIPYMES y artesanías.
12. Promocionar los productos de las MIPYMES y artesanías.
13. Definir políticas, mecanismos y planes para promover la creación de consorcios de exportación y clusters destinados a mejorar la capacidad exportadora de las MIPYMES y artesanías.
14. Definir políticas, mecanismos y planes de ejecución para acceso a financiamiento para las MIPYMES y artesanías.
15. Definir políticas, mecanismos de acceso a recursos financieros (fondos no reembolsables) para las MIPYMES y artesanías.
16. Desarrollar la competencia emprendedora para la creación de nuevas empresas.
17. Definir políticas y mecanismos para impulsar el acceso directo de las micro, pequeñas y medianas empresas a compras estatales.
18. Definir políticas, mecanismos y planes de impulso a nuevos emprendedores.
19. Definir políticas y mecanismos que permitan la creación de incubadoras de empresas productivas.
20. Definir planes, programas o proyectos para propiciar la mejora del clima de negocios para el emprendimiento e incubación.
21. Definir planes, programas o proyectos para promover la creación de incubadoras MIPYMES por medio de convenios con las universidades y cámaras de la producción.
22. Formular planes, programas y proyectos que fomenten la creación de medios del ecosistema del emprendimiento y sus redes.
23. Regular y controlar el cumplimiento de la normativa de fomento al emprendimiento e incubación, de MIPYMES y artesanías.
24. Definir y diseñar programas y proyectos de la planificación de MIPYMES y artesanías, a nivel nacional.
25. Implementar estrategias operativas para el cumplimiento de los fines del Ministerio en el ámbito del fortalecimiento de las MIPYMES y artesanías.
26. Coordinar y liderar el cumplimiento de la gestión de las direcciones técnicas.
27. Medir el impacto de las políticas públicas dirigidas al mejoramiento de las condiciones de las MIPYMES y artesanías.
28. Ejercer atribuciones, delegaciones y responsabilidades en el ámbito de su competencia que le sean asignadas por las autoridades, y las establecidas en la normativa vigente.
La Subsecretaría de la Micro, Pequeña y Mediana Empresas y Artesanías se estructurará a través de las siguientes unidades técnicas:
- Dirección de Desarrollo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). - Dirección de Desarrollo de las Artesanías.
- Dirección de Desarrollo de Emprendimientos.
- Dirección de Acceso a Financiamiento para MIPYMES y Artesanías.
2.2.1 DIRECCION DE DESARROLLO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES)
a) Misión: Crear herramientas y diseñar las políticas que apoyen a las MIPYMES en todo lo relacionado con la mejora de la productividad, calidad e innovación tecnológica, a través de capacitación y asistencia técnica que permita a la empresa un futuro sostenible, en concordancia con aspectos sociales y medioambientales.
Este órgano administrativo está representado por el Director Técnico de Area. b) Atribuciones y responsabilidades:
2. Dirigir la elaboración del plan de certificación en gestión de calidad para las MIPYMES. 3. Supervisar la elaboración del plan de asistencia técnica para las MIPYMES.
4. Coordinar la elaboración y controlar planes, programas para impulsar, apoyar y motivar la realización de proyectos de asociatividad productiva para las MIPYMES.
5. Dirigir la elaboración y controlar planes programas o proyectos para impulsar el acceso directo de las micro, pequeñas y medianas empresas a compras estatales.
6. Coordinar la elaboración del plan para promover la creación de consorcios de exportación y clusters destinados a mejorar la capacidad exportadora de las MIPYMES.
7. Normar los programas de capacitación técnica especializada para las MIPYMES. 8. Normar los procesos de certificaciones para MIPYMES.
9. Normar la implementación de instrumentos jurídicos de fomento y desarrollo para MIPYMES. 10. Normar y controlar la creación de consorcios de exportación y clusters destinados a mejorar la capacidad exportadora de las MIPYMES.
11. Proponer la instrumentación de normas de fomento y desarrollo para MIPYMES.
12. Definir políticas y mecanismos de difusión para el acceso a incentivos tributarios para las MIPYMES.
13. Definir políticas y mecanismos de difusión para el acceso a subsidios para bienes de capital para MIPYMES.
14. Controlar el cumplimiento de la normativa de fomento y desarrollo para MIPYMES. 15. Controlar el cumplimiento de las leyes de fomento de la pequeña industria.
16. Definir y diseñar programas y proyectos de la planificación de MIPYMES. 17. Control del cumplimiento de la normativa que regula las MIPYMES.
18. Las demás funciones que le asigne el Subsecretario de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y Artesanías.
c) Portafolio de productos:
1. Plan de competencias y capacitación técnica para MYPYMES, a nivel nacional. 2. Plan de certificación en gestión de calidad para las MIPYMES, a nivel nacional. 3. Plan de asistencia técnica para las MIPYMES, a nivel nacional.
4. Planes, programas y proyectos para impulsar, apoyar y motivar la realización de proyectos de asociatividad productiva en las MIPYMES, a nivel nacional.
5. Planes, programas y proyectos para impulsar el acceso directo de las micro, pequeñas y medianas empresas a compras estatales.
6. Plan para promover la creación de consorcios de exportación y clusters destinados a mejorar la capacidad exportadora de las MIPYMES.
7. Norma para los programas de capacitación técnica especializada para las MIPYMES. 8. Norma para los procesos de certificaciones para MIPYMES.
9. Proyectos de ley, reglamentos, normas para regular los planes y programas para impulsar, apoyar y motivar la realización de proyectos de asociatividad productiva en la industria para las MIPYMES. 10. Proyectos de ley, reglamentos, normas para regular el acceso directo de las micro, pequeñas y medianas empresas a compras estatales.
11. Norma para la implementación de instrumentos jurídicos de fomento y desarrollo para MIPYMES. 12. Norma para la creación de consorcios de exportación y clusters destinados a mejorar la capacidad exportadora de las MIPYMES.
13. Informe de aplicación de la normativa de fomento y desarrollo para MIPYMES (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
14. Informe de aplicación de la normativa para promover la creación de consorcios de exportación y clusters destinados a mejorar la capacidad exportadora de las MIPYMES (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
15. Informe de aplicación de la normativa sobre fomento de la pequeña industria (verificación de cumplimiento, sanción según el caso).
16. Informe de control de cumplimiento de normativa de las MIPYMES. 17. Programas y proyectos de MIPYMES.