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4) PROCESOS DESCONCENTRADOS 4.1 COORDINACIONES REGIONALES

4.2 DIRECCION PROVINCIAL

a) Misión: Gestionar y ejecutar la implementación de políticas, programas, proyectos y actividades a fin de dinamizar y reactivar la producción del sector en la provincia.

Este órgano administrativo está representado por el Director Provincial. b) Atribuciones y responsabilidades:

1. Coordinar la aplicación de los programas, proyectos y actividades definidos a nivel ministerial a través de las diferentes subsecretarías y coordinaciones en la provincia.

2. Celebrar contratos y convenios relacionados con la actividad de la institución, que por delegación sea asignado a la provincia.

3. Supervisar la generación de propuestas y estrategias para el apoyo al mejoramiento de la productividad para el sector industrial de la provincia.

4. Efectuar el levantamiento de estadísticas sobre el desenvolvimiento del sector productivo que orienten las acciones de política pública necesarias para su desarrollo dentro de la provincia.

5. Coordinar y evaluar la implementación de las políticas para impulsar la práctica de la gestión tecnológica en las empresas industriales, apoyando programas de asistencia y capacitación en innovación y transferencia tecnológica.

6. Coordinar y evaluar la implementación en las empresas de las políticas de comercio interno y promoción comercial dentro de su ámbito de acción.

7. Coordinar y evaluar la implementación de la política de fomento productivo y comercial orientado a la exportación de productos de la provincia.

8. Coordinar y evaluar la implementación de la política de defensa comercial de la producción nacional y actuar por delegación como autoridad investigadora de las prácticas desleales de comercio en la provincia.

9. Ejecutar las disposiciones de la coordinación regional para la realización y publicación de estudios y estadísticas sobre comercio e inversiones en la provincia.

10. Coordinar con las empresas y dar seguimiento a la implementación de las políticas y herramientas que apoyen su desarrollo productivo para el acceso a los mercados nacionales e internacionales.

11. Brindar la asistencia necesaria para la implementación de las políticas, programas y proyectos que faciliten el acceso a créditos destinados al desarrollo productivo, comercial y/o tecnológico dentro de la provincia.

12. Motivar y apoyar al sector industrial de la provincia, en procesos de certificación de calidad, mejoramiento continuo de la calidad y productividad.

13. Promocionar los productos de las MIPYMES y artesanías en la provincia en coordinación con la regional.

14. Coordinar con las empresas manufactureras e industriales para la obtención de sus certificaciones ante instituciones habilitadas.

15. Establecer contacto permanente con empresarios y gremios con el fin de conocer sus requerimientos de información y análisis, que permitan desarrollar estudios para mejorar los procesos productivos.

16. Impulsar, apoyar y motivar la realización de proyectos de asociatividad productiva de empresas en la provincia.

17. Realizar seguimiento de la ejecución en las empresas de los planes de creación y mejoramiento de nodos de transferencia, de acceso a infraestructura, de mejoramiento del transporte y optimización de la logística, para el sector industrial, MIPYMES y artesanías.

18. Brindar la asistencia técnica en la implementación de proyectos dirigidos a los sectores productivos con la finalidad de reducir costos de operación.

19. Levantar el inventario estadístico industrial en la provincia. 20. Realizar el censo industrial de la provincia.

21. Ejecutar el plan de capacitación técnica para la industria, MIPYMES y artesanías en la provincia. 22. Dar seguimiento a la aplicación de los instrumentos jurídicos de fomento y desarrollo para la industria, MIPYMES y artesanías a nivel provincial.

23. Coordinar y evaluar la ejecución de programas para el impulso a nuevos emprendedores de- la provincia con líneas de crédito especiales.

24. Coordinar la ejecución del plan de acceso a recursos financieros para la industria, MIPYMES y artesanías a nivel provincial.

25. Gestionar los programas de micro crédito para las MIPYMES y artesanías en la provincia.

26. Dar cumplimiento a los programas de apoyo a las MIPYMES, para el financiamiento de capital de trabajo y la adquisición de bienes de capital a nivel provincial.

27. Dar cumplimiento a los programas con fondos no reembolsables para MIPYMES y artesanías en la provincia.

28. Realizar el seguimiento a la ejecución de planes, programas o proyectos para promover el consumo y la cultura de productos y servicios.

29. Verificar la aplicación de medidas de salvaguardia, antidumpig, compensatorias y correctivas en las empresas de la provincia.

30. Verificar la aplicación de la normativa sobre protección a consumidores de productos industriales de la provincia.

31. Coordinar la aplicación de la política de comercio de servicios vinculados con el desarrollo industrial.

c) Ambito de acción:

No. Dirección Provincial Sede 1 Imbabura Ibarra

2 Esmeraldas Esmeraldas 3 Sucumbíos Nueva Loja 4 Napo Tena

5 Orellana Puerto Francisco de Orellana 6 Pastaza Puyo

7 Cotopaxi Latacunga 8 Chimborazo Riobamba

9 Santo Domingo de los Tsáchilas Santo Domingo 10 Santa Elena Santa Elena

11 Los Ríos Babahoyo 12 Bolívar Guaranda 13 Morona Santiago Macas 14 Cañar Azogues

15 El Oro Máchala

d) Portafolio de productos:

Industrias, productividad e innovación tecnológica

1. Informe de seguimiento a la ejecución de planes de fomento a la industria en la provincia.

2. Informe de coordinación con las empresas manufactureras e industriales para la obtención de sus certificaciones ante instituciones habilitadas.

3. Informe de ejecución del plan de capacitación y asistencia técnica para la industria en la provincia. 4. Informe de gestión de los instrumentos jurídicos de fomento y desarrollo para la industria a nivel provincial.

5. Informes de seguimiento a la ejecución de los planes de creación y mejoramiento de nodos de transferencia, acceso a infraestructura, mejoramiento del transporte y optimización de la logística y de innovación tecnológica, para el sector industrial.

6. Informe de seguimiento a la ejecución de proyectos dirigidos a los sectores productivos con la finalidad de reducir costos de operación en la provincia.

7. Inventario estadístico industrial de la provincia. 8. Censo industrial provincial.

MIPYMES y artesanías

1. Informe de seguimiento a la ejecución de planes de fomento a las MIPYMES y artesanías en la provincia.

2. Informe de coordinación con las MIPYMES y artesanías para la obtención de sus certificaciones ante instituciones habilitadas.

3. Informe de ejecución del plan de capacitación y asistencia técnica para las MIPYMES y artesanías de la provincia.

artesanías a nivel provincial.

5. Informe de coordinación y evaluación de la ejecución de programas para nuevos emprendimientos.

6. Informes de coordinación de la ejecución del plan de acceso a recursos financieros para las MIPYMES y artesanías a nivel provincial.

7. Informes de gestión de los programas de micro crédito para las MIPYMES y artesanías en la provincia.

8. Informes de seguimiento a la ejecución de los planes de creación y mejoramiento de las MIPYMES y artesanías.

9. Informe de seguimiento a la ejecución de proyectos dirigidos a las MIPYMES y artesanías con la finalidad de reducir costos de operación en la provincia.

10. Informe de cumplimiento a los programas de apoyo a las MIPYMES, para el fínanciamiento de capital de trabajo y la adquisición de bienes de capital a nivel provincial.

11. Informe de cumplimiento de los programas para MIPYMES y artesanías, fondos no reembolsables en la provincia.

12. Reporte del manejo del sistema de información provincial de MIPYMES y artesanías. Comercio e inversiones

1. Informes de seguimientos a la ejecución de planes, programas o proyectos para promover el consumo y la cultura de productos y servicios en la provincia.

2. Informe de verificación de la aplicación de medidas de salvaguardia, antidumpig, compensatorias y correctivas.

3. Informe de aplicación de la normativa vigente sobre protección a consumidores de productos industriales.

4. Informe de coordinación para la aplicación de la política de comercio de servicios vinculados con el desarrollo industrial y la competitividad.

5. Informe de coordinación para la aplicación del programa de comercio de servicios vinculados con el desarrollo industrial y la productividad.

6. Informe de seguimiento a la aplicación del plan de fomento a las inversiones del sector industrial. 7. Informe de coordinación de la aplicación de planes, programas y proyectos sobre la suscripción y adhesión de convenios internacionales que consagren mecanismos de protección de las inversiones contra riesgos en el sector industrial.

8. Informe de coordinación para la aplicación de planes, programas de reconocimiento de garantías e incentivos, de conformidad con los contratos de inversión.

9. Informe de coordinación para la aplicación de programas y proyectos de cooperación y asistencia técnica externa en materia de inversiones.

Art. 15.- DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Las autoridades, funcionarios y servidores del Ministerio están obligados a sujetarse a la jerarquía establecida en el Estatuto Orgánico por Procesos Institucional, así como el cumplimiento de las normas, atribuciones, responsabilidades, productos y servicios determinados en el presente estatuto.

SEGUNDA.- Las coordinaciones regionales actuarán como órganos administrativos de dirección, coordinación, monitoreo, seguimiento y evaluación de los procesos técnicos en cada uno de los planes, programas y proyectos que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción.

TERCERA.- Todas las unidades del Ministerio deberán elaborar sus planes operativos anuales, informes trimestrales de avance de ejecución de proyectos e informes de gestión semestrales y conforme a las directrices generales establecidas. Esta información será remitida para el conocimiento y análisis de las instancias administrativas y técnicas correspondientes.

CUARTA.- El Ministerio de Industrias y Productividad, previo informe técnico de la Dirección de Recursos Humanos correspondiente, podrá incorporar, fusionar o suprimir productos o servicios de

acuerdo a los requerimientos institucionales, siempre y cuando no implique creación, fusión o supresión de unidades administrativas.

Disposiciones Generales:

PRIMERA.- Las autoridades, funcionarios y servidores del Ministerio están obligados a sujetarse a la jerarquía establecida en el Estatuto Orgánico por Procesos Institucional, así como al cumplimiento de las normas, atribuciones, responsabilidades, productos y servicios determinados en el presente estatuto.

Nota: Disposición agregada por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.

SEGUNDA.- Las coordinaciones regionales actuarán como órganos administrativos de dirección, coordinación, monitoreo, seguimiento y evaluación de los procesos técnicos relacionados con la Subsecretaria de la Calidad en cada uno de los planes, programas y proyectos que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción.

Nota: Disposición agregada por Acuerdo Ministerial No. 266, publicado en Registro Oficial 528 de 6 de Septiembre del 2011.

Art. 16.- DISPOSICION FINAL

UNICA.- Deróguese el Acuerdo No. 07 382, promulgado en el Registro Oficial No. 231 de 13 de diciembre del 2007.

El presente acuerdo regirá a partir de la suscripción del mismo sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en Quito, Distrito Metropolitano, a 8 de diciembre del 2009. f.) Dr. Xavier Avad Vicuña, Ministro de Industrias y Productividad.

MIC- Certifico: Es fiel copia del original.- Archivo Central.- f.) Ilegible.- 13 de enero del 2010.

Art. 17.- Disposición Transitoria.

Hasta que se implementen los procesos administrativo financieros necesarios para que puedan entrar en operación las Coordinaciones Regionales del MIPRO, en la forma detallada en el literal c) "Ambito de Acción", del numeral 4) titulado "PROCESOS DESCONCENTRADOS", de este Estatuto, las dependencias regionales seguirán funcionando en la forma en que lo han venido haciendo, esto es conformada por un total de dos Subsecretarías: la del Litoral, integrada por las provincias de Esmeraldas, Manabí, Guayas, Los Ríos, El Oro, Santa Elena y Galápagos; y la del Austro, integrada por las provincias de Cañar, Azuay, Loja, Zamora Chinchipe y Morona Santiago; y de dos Direcciones: la de la Sierra Centro, integrada por las provincias de Bolívar, Chimborazo, Tungurahua, Pastaza, Cotopaxi y Tena; y de la Sierra Norte, integrada por las provincias de Carchi, Imbabura, Sucumbíos y Orellana; a fin de no interrumpir ni entorpecer la atención al público y el buen desempeño de la institución.

Nota: Artículo agregado por Acuerdo Ministerial No. 331, publicado en Registro Oficial 278 de 14 de Septiembre del 2010.

Art. 17-A.- Se convalidan y ratifican todas las actuaciones de los titulares de las subsecretarías y direcciones realizadas desde el 8 de diciembre del 2009, fecha de expedición del Acuerdo Ministerial No. 09 452-A, que puso en vigencia el actual Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos.

Nota: Artículo dado por Acuerdo Ministerial No. 331, publicado en Registro Oficial 278 de 14 de Septiembre del 2010.

Art. 18.- DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA: En vista de que es necesario replantear competencias, atribuciones, responsabilidades y portafolio de productos de la Dirección de Eliminación de Barreras Burocráticas, su implementación y funcionamiento efectivo tendrá lugar en cuanto se haya realizado una revisión de la respectiva matriz de competencias y se cuente con la conformidad de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, SENPLADES.

Nota: Artículo agregado por Acuerdo Ministerial No. 356, publicado en Registro Oficial 269 de 1 de Septiembre del 2010.