3. ASEGURADOS Y VALORES ASEGURADOS:
Ampara a los estudiantes matriculados de pregrado y posgrado de las sedes de la Universidad Nacional de Colombia, incluyendo los estudiantes visitantes que reporte la Direccion de Relaciones Exteriores, los estudiantes del Jardin Infantil e Instituto Pedagogico Arturo Ramirez Montufar, Sede Bogota, y los estudiantes del Programa Basico de Estudios Musicales de la Facultad de Artes, Sede Bogota.
SEDES QUE COBIJA LA POLIZA:
El seguro de accidentes personales, que se llegare a contratar en el marco del programa de seguros para el Grupo 2, tendra cobertura nacional e internacional, y amparara a los estudiantes de las siguientes sedes: a) Bogota b) Medellin c) Manizales d) Palmira e) Amazonia f) Caribe g) Orinoquia h) Tumaco
i) Las demas que la UNIVERSIDAD llegare a crear durante el plazo de ejecucion del contrato. PRIMA POR PERIODO ACADEMICO, VALOR, RECAUDO Y FORMA DE PAGO DE LAS PRIMAS-GRUPO 2
El valor de las primas debera ser asumido por cada estudiante y pagado con el valor de la matricula. La UNIVERSIDAD realizara la labor de recaudo y posterior desembolso a la aseguradora. El valor de la prima por cada periodo academico por estudiante es de DIECINUEVE MIL CIEN PESOS ($19.100) PARA LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO Y POSTGRADO.
PARA LOS ESTUDIANTES DEL COLEGIO IPARM, DEL JARDIN INFANTIL Y DEL PROGRAMA BASICO DE ESTUDIOS MUSICALES DE LA FACULTAD DE ARTES, el valor de la prima por cada periodo academico por estudiante es de DIECIOCHO MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO PESOS ($18.145).
El valor estimado definitivo del contrato, se obtiene de multiplicar por dos periodos academicos el valor de prima por periodo por estudiante por el numero de estudiantes.
LA UNIVERSIDAD pagara el valor de la prima en cuatro instalamentos, cada uno de los cuales sera cancelado en pagos que realizaran cada una de las Sedes en los meses de septiembre y noviembre de 2015, marzo y mayo de 2016.
El valor economico total y final sera determinable en razon a la suma de los pagos que efectuen por concepto de poliza de seguro de accidentes personales los estudiantes matriculados de pregrado y posgrado de la UNIVERSIDAD en todas sus sedes, incluyendo los estudiantes visitantes que reporte la Direccion de Relaciones Exteriores, los estudiantes del Jardin Infantil e Instituto Pedagogico Arturo Ramirez Montufar, Sede Bogota, y los estudiantes del Programa Basico de Estudios Musicales de la Facultad de Artes, Sede Bogota, matriculados para los periodos 2015-II y 2016-I.
4. AMPAROS OBLIGATORIOS
Amparo Basico: Muerte Accidental por cualquier causa incluido el homicidio o la tentativa de homicidio. Se otorgan un total de $12.000.000
Incapacidad Total y Permanente. Se cubren un total de $20.000.000
Gastos medicos: Que comprende gastos medicos, paramedicos, quirurgicos, hospitalarios, odontologicos, de fisioterapia, farmaceuticos, de enfermeria y de atencion ambulatoria por cualquier causa accidental, incluyendo pero sin limitarse a: medicamentos, asistencia farmaceutica, material de osteosintesis, protesis, ortesis y demas elementos necesarios para la fisioterapia y rehabilitacion integral del paciente, accidentes en laboratorio con material radioactivo y manipulacion de equipos generadores de radiacion.
Se cubren un total de $14.500.000
Beneficios por desmembracion o incapacidad parcial. Se cubren un total de $24.000.000
Enfermedades Amparadas. Se amparan los gastos medicos necesarios para el tratamiento de las enfermedades de Cancer, Leucemia, Tetanos, Sida, VIH, Meningitis, Afeccion Renal Cronica, Sindrome Guillan Barre, Lupus; siempre y cuando la enfermedad se diagnostique dentro de la vigencia de la poliza.
Se cubren un total de $18.500.000
Rehabilitacion Integral por Invalidez valor asegurado $8.000.000
Auxilio Educativo por muerte de los padres o persona que provea la manutencion del estudiante con un sublimite minimo de cincuenta (50) casos durante la vigencia de la poliza.
Se cubren un total de $1.000.000
Auxilio Funerario.
Se cubren un total de $3.000.000
Riesgo Biologico: Atencion integral del paciente que sufra accidente con riesgo biologico, incluyendo pero sin limitarse a: i.- tratamiento medico y hospitalario, ii.- medicamentos y asistencia farmaceutica, iii. los examenes de diagnostico y control requeridos despues del tratamiento, iv.- examenes de diagnostico que se lleguen a requerir en la persona fuente del riesgo biologico; todo lo anterior de acuerdo con el protocolo existente en la Universidad Nacional de Colombia para el manejo del Riesgo Biologico.
Se cubren un total de $23.000.000
Gastos de Traslado por cualquier causa amparada por este seguro y en cualquier lugar del pais sin requerir desembolso previo por parte del estudiante. En lugares donde no exista convenio por parte de la compania aseguradora la cobertura operara mediante reembolso.
Se cubren un total de $4.500.000
Auxilio por Repatriacion de Asegurados fallecidos en el exterior sublimitado a cinco (5) casos durante la vigencia de la poliza.
Se un total de $14.100.000
Cobertura adicional en exceso de los amparos basicos de Gastos Medicos y Riesgo Biologico con un sublimite de setenta (70) casos durante la vigencia de la poliza. Esta cobertura adicional operara en exceso de los amparos basicos para aquellos eventos en los cuales el valor asegurado resulte insuficiente para la atencion del paciente.
Se cubren un total de $13.000.000
6. CLAUSULAS OBLIGATORIAS
ACLARACION DEL PERIODO DE COBERTURA PARA EL AMPARO DE GASTOS MEDICOS
Quede entendido, convenido y aclara que para aquellos eventos en los cuales el asegurado este amparado por otros seguros, el periodo de cobertura del amparo de gastos medicos se contara a partir del momento en que finalice la cobertura de otros seguros y no desde el momento en que ocurrio el accidente.
ACTUALIZACION DE LA INFORMACION DEL SEGURO ANTE LAS IPS CON CONVENIO
El proponente se obliga a actualizar y recordar trimestralmente, durante los meses de septiembre, diciembre, marzo y junio, la informacion relativa al seguro contratado por la Universidad, las coberturas y valores asegurados contratados y el procedimiento de atencion que debe seguir la Institucion frente a casos amparados por el seguro.
AMPARO AUTOMATICO DE ASEGURADOS
Queda entendido, convenido y aceptado que no obstante lo que en contrario se diga en las Condiciones Generales de la poliza, el presente anexo se extiende a cubrir automaticamente a todos los estudiantes de la UNIVERSIDAD, a los estudiantes del Colegio IPARM, a los ninos del Jardin Infantil y a los estudiantes del Programa Basico de Estudios Musicales de la Facultad de Artes, Sede Bogota, desde el momento de su vinculacion con la Entidad.
AMPLIACION DEL PERIODO DE COBERTURA PARA GASTOS MEDICOS
Por medio de la presente clausula y no obstante lo estipulado en las condiciones generales de la poliza, el periodo de cobertura para el amparo de gastos medicos sera de 200 dias
AMPLIACION DEL PLAZO PARA AVISO DE SINIESTRO
Por medio de la presente clausula y no obstante lo estipulado en las condiciones generales de la poliza, el asegurado podra dar aviso de la ocurrencia del siniestro en un termino maximo de 180 dias, siguientes a fecha en que haya conocido o debido conocer la ocurrencia del mismo.
CONCURRENCIA DE AMPAROS, CLAUSULAS Y/O CONDICIONES
Queda entendido, convenido y aceptado, que si dos o mas amparos, clausulas o condiciones otorgan cobertura a un mismo evento, se indemnizara con aquella que ofrezca mayor proteccion para los intereses del asegurado. De igual manera prevaleceran los amparos, clausulas o condiciones que otorguen cobertura, sobre aquellos que las excluyan. En todo caso y ante cualquier discrepancia sobre cual es el amparo, clausula o condicion aplicable a un caso determinado, se aplicara aquella que determine el asegurado de acuerdo a su conveniencia.
COBERTURA A NIVEL MUNDIAL
La cobertura del presente seguro se extiende a los accidentes que sufra el asegurado en cualquier lugar del mundo, ajustado a las condiciones y limites contados en cada cobertura. Los siniestros originados en atenciones medicas prestadas en el exterior, seran tramitados a traves del Intermediario de Seguros con el aval de la Direccion Nacional de Bienestar, y en ningun caso la compania de seguros aceptara que la reclamacion se presente directamente por parte del beneficiario. El pago de las indemnizaciones se efectuara mediante desembolso al beneficiario.
COBERTURA PARA PERSONAS EN CONDICIONES DE DISCAPACIDAD
Queda entendido, convenido y aceptado que en virtud de la presente clausula las coberturas de la poliza se extienden a amparar las personas en condiciones de discapacidad, incluyendo pero sin limitarse a: paraliticos, sordos, ciegos, personas que padezcan epilepsia o enajenacion mental, apoplejia o ataques de delirium tremenss.
COBERTURA EN ESTADOS EXCEPCIONALES
Queda entendido, convenido y aceptado que las coberturas contratadas operan igualmente en estados de conmocion interna de gobierno o autoridad, motines, huelgas, movimientos subversivos, actos terroristas siempre y cuando no sean llevados a cabo con armas quimicas, biologicas o nucleares, y en general conmociones de cualquier clase; quedando sin efecto cualquier exclusion que sobre el particular contengan las condiciones generales o particulares del seguro.
CONTINUIDAD DE AMPARO
De la Aseguradora Anterior AXA COLPATRIA.
CONVENIOS CON INSTITUCIONES MEDICAS
ASEGURADORA SOLIDARIA ENTIDA COOPERATIVA se obliga a suscribir y mantener durante la vigencia de la poliza convenios con instituciones medicas, las cuales atenderan a los pacientes con la sola presentacion del carne estudiantil, o, la certificacion o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD.
Los convenios minimos son: SEDE BOGOTA:
Clinica Palermo Hospital San Ignacio Clinica Fundadores Clinica Marly
Clinica de Traumatologia y Ortopedia Ltda. Centro de Ortopedia y Traumatologia
Universidad Nacional de Colombia -Facultad de Medicina-Movimiento Corporal Humano, Un convenio en cada uno de los municipios de Mosquera, Funza y Villavicencio Un convenio con una clinica odontologica Un convenio para especialidad de oftalmologia
SEDE MEDELLIN:
Hospital Pablo Tobon Uribe Clinica, Universitaria Bolivariana
Fracturas y RX de Antioquia Un convenio en cada uno de los municipios de Rionegro, Santa Rosa de Osos, Barbosa, Guarne, Santa Helena, San Rafael, Fredonia, Urrao, Jardin, Santafe de Antioquia y Piedras Blancas, Un convenio con una clinica odontologica
Un convenio para especialidad de oftalmologia. SEDE PALMIRA:
Clinica de Fracturas Palmira Ltda. Clinica Palma Real Dos convenios en la ciudad de Cali
Un convenio con una clinica odontologica Un convenio para especialidad de oftalmologia
SEDE MANIZALES:
Clinica de la Presentacion Servicios Medicos La Camelia
Un convenio en cada uno de los municipios de Dorada y Chinchina.
Un convenio con una clinica odontologica Un convenio para especialidad de oftalmologia SEDE CARIBE (San Andres Isla):
Hospital Amor de Patria Union Temporal Mision Vital SEDE AMAZONIA (Leticia - Amazonas):
Fundacion Clinica Leticia Hospital San Rafael de Leticia SEDE ORINOQUIA (Arauca - Arauca) Hospital San Vicente de Arauca SEDE TUMACO:
Hospital San Andres
ELIMINACION DE LAS EXCLUSIONES POR MORDEDURAS O PICADURAS DE INSECTOS Y ANIMALES Y EXCLUSIOCONVENES SIMILARES En virtud de la presente clausula la aseguradora elimina cualquier exclusion referente a los accidentes originados en la mordedura y/o picadura de insectos, artropodos o animales ponzonosos y/o acuaticos y/o terrestres, asi como la alergia y/o irritacion por contacto con especies vegetales toxicas quedando amparados en las mismas condiciones contratadas para este seguro, los accidentes originados en tales eventos.
ELIMINACION DE LA EXCLUSION POR INGESTIONES INVOLUNTARIAS O INHALACIONES ACCIDENTALES
En virtud de la presente clausula la aseguradora elimina la exclusion referente a los accidentes originados en la ingestion involuntaria o en las inhalaciones accidentales de, pero sin limitarse a, venenos, toxicos, alimentos o bebidas en descomposicion o adulterados, gases o vapores venenosos, toxicos, asfixiantes o quedando amparados en las mismas condiciones contratadas para este seguro los accidentes originados en tales eventos
ELIMINACION DE EXCLUSIONES POR HURTO O HURTO CALIFICADO
En virtud de la presente clausula la aseguradora elimina cualquier exclusion referente a los siniestros originados en eventos de hurto o hurto calificado, quedando amparados en las mismas condiciones contratadas para este seguro, los accidentes o muerte derivada de tales eventos
ELIMINACION DE EXCLUSIONES POR AHOGAMIENTO
En virtud de la presente clausula la aseguradora elimina cualquier exclusion referente a los siniestros originados por ahogamiento quedando amparados en las mismas condiciones contratadas para este seguro, la muerte derivada de tales eventos
ENFERMEDADES TROPICALES
En virtud de la presente clausula la aseguradora ampara las enfermedades tropicales de malaria o paludismo, fiebre amarilla, dengue y leishmaniasis, ocurridas durante la vigencia de la poliza, con un limite de 20 casos por periodo academico.
ERRORES, OMISIONES E INEXACTITUDES NO INTENCIONALES
Queda entendido, convenido y aceptado que si el tomador incurriese en errores, omisiones e inexactitudes imputables a el y al asegurado, el contrato no sera nulo ni habra lugar a la aplicacion del inciso tercero del articulo 1058 del codigo de comercio sobre reduccion porcentual de la prestacion asegurada. En este caso, se liquidara la prima adecuada al verdadero estado del riesgo.
LESIONES CAUSADAS CON ARMAS DE FUEGO, CORTANTES, PUNZANTES O CONTUNDENTES
Queda entendido, convenido y aceptado que en virtud de la presente clausula se amparan las lesiones causadas con armas de fuego, cortantes, punzantes o contundentes desde la iniciacion de la poliza, quedando sin efecto cualquier estipulacion que en contrario se establezcan en las condiciones generales de la poliza.
NO APLICACION DE PREEXISTENCIAS
Queda entendido, convenido y aceptado que la compania no aplicara preexistencias a los estudiantes asegurados, quedando sin efecto las disposiciones que en contrario contengan las condiciones generales y particulares del seguro.
NO APLICACION DE RECARGOS POR OFICIO O ACTIVIDAD
Queda entendido, convenido y aceptado que la compania no aplicara recargo por oficio o actividad a los estudiantes asegurados, quedando sin efecto las disposiciones que en contrario contengan las condiciones generales y particulares del seguro.
NO EXIGENCIA DE SOLICITUD INDIVIDUAL DE SEGURO
Queda entendido, convenido y aceptado que la compania no exigira solicitud individual a los asegurados, quedando sin efecto las disposiciones que en contrario contengan las condiciones generales y particulares del seguro.
NO EXIGENCIA DE REQUISITOS DE ASEGURABILIDAD
Queda entendido, convenido y aceptado que la compania no exigira requisitos de asegurabilidad a los asegurados, quedando sin efecto las disposiciones que en contrario contengan las condiciones generales y particulares del seguro.
DEFINICION DE ACTIVIDADES O DEPORTES DE ALTO RIESGO
Queda entendido, convenido y aceptado que en virtud de la presente clausula, ninguna de las actividades deportivas o academicas que sean promovidas por la Universidad Nacional de Colombia, seran consideradas para efectos del seguro como actividades o deportes de alto riesgo; quedando en consecuencia aclarada y/o eliminada cualquier exclusion que al respecto se consigne en las condiciones generales y particulares del seguro.
OPERACION DE LA POLIZA
Cobro de prima unica por periodo academico por estudiante para amparar a todos los estudiantes de la UNIVERSIDAD matriculados, quienes gozaran de cobertura con la presentacion del carne estudiantil vigente al momento del accidente, o, la certificacion o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD, sin requerir documento alguno al momento de emitir la autorizacion.
RESTABLECIMIENTO AUTOMATICO DEL VALOR ASEGURADO POR PAGO DE SINIESTRO
En caso de efectuarse el pago de indemnizaciones por cualquier evento y en cualquier cuantia, el limite de responsabilidad de la compania se restablecera automaticamente en el monto de la indemnizacion con el fin de atender un nuevo reclamo sin cobro de prima por el valor restablecido.
REVOCACION DE LA POLIZA
El presente contrato de seguro podra ser revocado unilateralmente por el asegurado en cualquier momento de su ejecucion. La compania por su parte podra revocarlo dando aviso por escrito con 180 dias de anticipacion y en menor tiempo en el evento contemplado en el articulo 22 de la Ley 35 de 1993. En caso de revocacion por parte de la aseguradora, esta devolvera al asegurado la parte de la prima no devengada, o sea, la que corresponde al lapso comprendido entre la fecha que comienza a surtir efecto la revocacion y la del vencimiento del seguro. En caso de que sea revocado por el asegurado, el importe de la prima devengada y el de la devolucion, se calculara tomando en cuenta la tarifa de seguros a corto plazo.
SERVICIO DE AUTORIZACION A NIVEL NACIONAL, DE FORMA INMEDIATA
La Aseguradora debera ofrecer el servicio de autorizacion a nivel nacional y de forma inmediata con el objeto de que ante cualquier siniestro se autorice, dentro de las dos (2) horas siguientes a la solicitud, la atencion medica, hospitalaria y cualquier otra requerida por el paciente, el suministro de medicamentos y demas materiales necesarios para la atencion y el transporte especializado de los estudiantes. Asi mismo a traves de este mismo servicio, la Compania se obliga a tramitar las autorizaciones de pagos de anticipos de auxilio funerario hasta del 50%. La Aseguradora debera ofrecer el servicio de autorizacion a nivel nacional y de forma inmediata con el objeto de que ante cualquier siniestro se autorice, dentro de las dos (2) horas siguientes a la solicitud, la atencion medica, hospitalaria y cualquier otra requerida por el paciente, el suministro de medicamentos y demas materiales necesarios para la atencion y el transporte especializado de los estudiantes. Asi mismo a traves de este mismo servicio, la Compania se obliga a tramitar las autorizaciones de pagos de anticipos de auxilio funerario hasta del 50%.
SUICIDIO O LESIONES POR TENTATIVA DE SUICIDIO DESDE LA INICIACION DE LA POLIZA
Queda entendido, convenido y aceptado que en virtud de la presente clausula se ampara el Suicidio o lesiones por tentativa de suicidio desde la iniciacion de la poliza, quedando sin efecto cualquier estipulacion que en contrario se establezcan en las condiciones de la poliza. Queda entendido, convenido y aceptado que en virtud de la presente clausula se ampara el Suicidio o lesiones por tentativa de suicidio desde la iniciacion de la poliza, quedando sin efecto cualquier estipulacion que en contrario se establezcan en las condiciones de la poliza.
LINEA DE ATENCION GRATUITA - CALL CENTER
El proponente debera ofrecer una linea de atencion gratuita a nivel nacional, con capacidad suficiente para la recepcion de llamadas, atendido por personal medico y/o paramedico, que funcione las 24 horas del dia, durante el tiempo de vigencia de la poliza, en la cual se coordinara la atencion de cualquier estudiante y/o beneficiario que lo requiera.
MODIFICACIONES A FAVOR DEL ASEGURADO
Si durante la vigencia de la poliza se presentan modificaciones a las condiciones de la poliza que representen un beneficio a favor del asegurado, sin que impliquen un aumento a la prima originalmente pactada, tales modificaciones se consideran automaticamente incorporadas a la poliza.
PLAZO PARA EL PAGO DE LA PRIMA
La UNIVERSIDAD realizara los pagos de la prima en cuatro instalamentos, cada uno de los cuales sera cancelado en pagos que realizaran cada una de las Sedes en los meses de septiembre y noviembre de 2015, marzo y mayo de 2016.
DIVULGACION E INFORMACION DEL SEGURO A TRAVES DE MATERIAL IMPRESO
Elaborar para cada periodo academico, previa solicitud del intermediario de seguros, material impreso consistente en hasta 100 afiches, 53.000 plegables y 53.000 autoadhesivos para pegar en los carne de los estudiantes, por medio de los cuales se presente informacion relativa a la poliza de accidentes personales estudiantiles y de los telefonos en caso de emergencia. El no ofrecimiento de este material sera causal de rechazo de la propuesta. Se aclara que el costo de este material es independiente y no debe ser incluido en el valor ofrecido para las actividades de promocion y prevencion.
DIVULGACION E INFORMACION DEL SEGURO A TRAVES DE CAPACITACIONES
En cada uno de los periodos academicos, el proponente seleccionado debera participar en la semana de induccion que se realiza en cada una de las sedes de la Universidad, dando a conocer los aspectos fundamentales del seguro de accidentes personales estudiantiles y los procedimientos a seguir en caso de accidente. El no ofrecimiento de este servicio sera causal de rechazo de la propuesta. Se aclara que el costo de estas actividades es independiente y no debe ser incluido en el valor ofrecido para las actividades de promocion y prevencion.
PARTICIPACION EN LAS ACTIVIDADES DE PROMOCION DEL SEGURO Y PREVENCION DE ACCIDENTES
El proponente seleccionado debera participar en las actividades de promocion del seguro y prevencion de accidentes, para lo cual debera suministrar los elementos, articulos o recursos que se requieran en las diferentes campanas que sean aprobadas por parte del comite de seguimiento, por un valor de $40.000.000. Para la ejecucion de los recursos la aseguradora debera suministrar los materiales o elementos aprobados por el comite o efectuar los pagos directamente a los proveedores, conforme a las decisiones que se adopten en el comite que apruebe la respectiva actividad o campana.
5. MEJORA EN CLAUSULAS OBLIGATORIAS
AMPLIACION DEL PERIODO DE COBERTURA PARA GASTOS MEDICOS
Se otorgan 3 dias adicionales al basico obligatorioa, para un total de 203 dias
AMPLIACION DEL NUMERO DE CASOS PARA ENFERMEDADES TROPICALES Se otorga sin limite de casos
AMPLIACION DEL PLAZO PARA AVISO DE SINIESTRO
Se otorgan 1645 dias adicionales a los contemplados en la condiciones basicas para un total de 1825 dias para el aviso de siniestros
REVOCACION DE LA POLIZA
Se otorgan 205 dias adicionales a los contemplados en la condiciones basicas para un total de 385 dias para la revocacion de la poliza
8. AMPAROS ADICIONALES, CLAUSULAS ADICIONALES Y CONDICIONES ESPECIALES:
SE CUBRE DISENTERIA PARA LAS SEDES AMAZONIA, CARIBE, ORINOQUIA Y TUMACO DISENTERIA PARA LAS SEDES AMAZONIA, CARIBE, ORINOQUIA Y TUMACO.
AMPLIACION DEL NUMERO DE EVENTOS CUBIERTOS POR EL AMPARO DE AUXILIO EDUCATIVO POR MUERTE DE LOS PADRES O PERSONA QUE PROVEA LA MANUTENCION DEL ESTUDIANTE, SE CUBRE SIN LIMITE DE CASOS.
AMPLIACION DEL NUMERO DE EVENTOS CUBIERTOS POR LA COBERTURA ADICIONAL EN EXCESO DE LOS AMPAROS BASICOS DE GASTOS MEDICOS Y RIESGO BIOLOGICO, SE CUBRE SIN LIMITE DE CASOS.
SE ELIMINA LA EXCLUSION POR EVENTOS DE LA NATURALEZA.
SE ELIMINA LA EXCLUSION RELATIVA A QUE EL ASEGURADO SEA COLOCADO VOLUNTARIAMENTE BAJO EL INFLUJO DE CUALQUIER SUSTANCIA QUE PRODUZCA DEPENDENCIA FISICA O SIQUICA.
MAYOR NUMERO DE CONVENIOS CON INSTITUCIONES MEDICAS
Mediante la presentacion de documento suscrito por el representante legal presentada en la oferta y con la relacion de todos los convenios o contratos medicos suscritos y vigentes, se ofrecen instituciones medicas en las ciudades donde tiene sede la Universidad, para la atencion de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, con la sola presentacion del carne estudiantil, o, la certificacion o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD. Se aceptara igualmente la presentacion de una carta de compromiso por cada convenio adicional que se ofrezca realizar.
Se tienen 82 convenios en las ciudades donde la Universidad Nacional tiene sede.
MAYOR NUMERO DE MUNICIPIOS EN LOS CUALES EXISTA CONVENIO CON INSTITUCIONES MEDICAS
Mediante la presentacion de listado se ofrece cubrimiento en la mayor cantidad de Municipios para la atencion de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, con la sola presentacion del carne estudiantil, o, la certificacion o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD.
Se tiene cobertura en 414 Municipios a nivel nacional con 730 convenios.
MAYOR NUMERO DE CONVENIOS CON INSTITUCIONES MEDICAS PARA ATENCION DE ACCIDENTES DE RIESGO BIOLOGICO
Mediante la presentacion de documento suscrito por el representante legal de ASEGURADORA SOLIDARIA ENTIDAD COOPERATIVA y con la relacion de todos los convenios o contratos medicos suscritos y vigentes, se ofrece instituciones medicas para la atencion de los estudiantes Universidad Nacional de Colombia, que sufran accidentes que involucren riesgo biologico, con la sola presentacion del carne estudiantil, o, la certificacion o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD. Se acepta igualmente la presentacion de una carta de compromiso por cada convenio adicional que se ofrezca realizar.
Se tiene cobertura con 730 convenios a nivel nacional para la atencion inicial de urgencias de acuerdo a los protocolos establecidos para Riesgo Biologico; nuestro proveedor (AVENIR) realizara el seguimiento a cada caso.
MAYOR NUMERO DE MUNICIPIOS EN LOS CUALES EXISTA CONVENIO CON INSTITUCIONES MEDICAS PARA ATENCION DE ACCIDENTES DE RIESGO BIOLOGICO
Mediante la presentacion de listado se ofrece cubrimiento en la mayor cantidad de Municipios para la atencion de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, que sufran accidentes que involucren riesgo biologico, con la sola presentacion del carne estudiantil, o, la certificacion o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD. Se acepta igualmente la presentacion de una carta de compromiso por cada convenio adicional que se ofrezca realizar.
Se tiene cobertura en 414 Municipios a nivel nacional con 730 convenios.
MAYOR NUMERO DE CONVENIOS CON EMPRESAS PRESTADORAS DEL SERVICIO DE AMBULANCIA
Mediante la presentacion de documento suscrito por el representante legal de ASEGURADORA SOLIDARIA ENTIDAD COOPERATIVA y con la relacion de todos los convenios o contratos medicos suscritos y vigentes, se ofrecen empresas en las ciudades donde tiene sede la Universidad, para la prestacion del servicio de ambulancia para los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, con la sola presentacion del carne estudiantil, o, la certificacion o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD. Se acepta igualmente la presentacion de una carta de compromiso por cada convenio adicional que se ofrezca realizar.
Se tienen 8 convenios en las ciudades donde la Universidad Nacional tiene sede.
PRESTADORAS DEL SERVICIO DE AMBULANCIA MAYOR NUMERO DE MUNICIPIOS EN LOS CUALES EXISTA CONVENIO CON EMPRESAS Mediante la presentacion de listado se ofrece cubrimiento en Municipios para la atencion de los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia, con la sola presentacion del o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD. Se acepta igualmente la presentacion de una carta de compromiso por cada convenio adicional que se ofrezca realizar.
Se tiene cobertura en 9 Municipios a nivel nacional. Se tiene cobertura en 9 Municipios a nivel nacional.
MAYOR NUMERO DE MUNICIPIOS EN LOS CUALES EXISTA CONVENIO PARA EL SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS
Mediante la presentacion de listado se ofrece cubrimiento en la mayor cantidad de Municipios para el suministro de medicamentos amparados por el seguro, para los estudiantes de la Universidad Nacional, con la sola o constancia que para el efecto expida LA UNIVERSIDAD, o, con la autorizacion del Call Center de la aseguradora, el cual validara la informacion del estudiante con la base de datos que suministrara la UNIVERSIDAD. Se acepta igualmente la presentacion de una carta de compromiso por cada convenio adicional que se ofrezca realizar.
Se tiene cobertura en 66 Municipios con 141 proveedores de medicamentos a nivel nacional
MECANISMO PARA EL SUMINISTRO INMEDIATO DE RETROVIRALES EN LA MAYOR CANTIDAD DE MUNICIPIOS
Se ofrece el mecanismo para suministrar los retrovirales a traves del proveedor en convenio AVENIR, el cual garantiza la distribucion de los retrovirales requeridos para la atencion de asegurados que sufran accidentes que involucren riesgo biologico en todos los Municipios del territorio Nacional.
GARANTIA DE SUMINISTRO DE RETROVIRALES EN TODOS LOS MUNICIPIOS REQUERIDOS
Se garantiza la implementacion de un mecanismo para suministrar los retrovirales requeridos para la atencion de asegurados que sufran accidentes que involucren riesgo biologico, en la totalidad de municipios en los cuales existen programas de formacion relacionados con ciencias de la salud o que impliquen este tipo de riesgo.
Se garantiza el servicio a traves del proveedor en convenio AVENIR el cual funciona a nivel nacional.
CONVENIO CON ENTIDADES MEDICAS EN PAISES LIMITROFES CONVENIO CON ENTIDADES MEDICAS EN PAISES LIMITROFES, NO SE OTORGA.
DESCUENTO EN EL VALOR DE LA PRIMA ESTUDIANTE/PERIODO ACADEMICO PARA LOS ESTUDIANTES DEL JARDIN INFANTIL, DEL COLEGIO IPARM Y DEL PROGRAMA BASICO DE ESTUDIOS MUSICALES DE LA FACULTAD DE ARTES, SEDE BOGOTA.
Se otorga un 5% de descuento sobre la prima estudiante/periodo academico para los estudiantes del jardin infantil, colegio IPARM y programa basico de estudios musicales de la facultad de artes, sede Bogota. Se otorga un 5% de descuento sobre la prima estudiante/periodo academico para los estudiantes del jardin infantil, colegio IPARM y programa basico de estudios musicales de la facultad de artes, sede Bogota (INCLUIDO EN LA PRIMA POR PERIODO ACADEMICO A FACTURAR).
EXTENSION DE COBERTURA PARA ACCIDENTES OCASIONADOS EN LA PRACTICA DE DEPORTES O ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO Se amparan los accidentes ocasionados en la practica de deportes o actividades consideradas de alto riesgo, incluyendo pero son limitarse a: carreras o competencias de velocidad, expediciones, excursiones, viajes a regiones inexploradas, exploraciones, toreo, polo, salto, alpinismo, carreras de resistencia a pie o a caballo o en cualquier vehiculo, uso de carritos, motos, karts, motocicletas, motonetas, u otros vehiculos similares, como conductor o acompanante; siempre y cuando no sean practicados profesionalmente.
9. ACTIVIDADES DE PROMOCION DE LA POLIZA Y PREVENCION DE ACCIDENTES.
Se otorgan $31.000.000 adicionales para las actividades de promocion y prevencion, en exceso de la cobertura basica para un total de $ 71.000.000.