UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONÓMA DE LOS ANDES UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIA A LA OBTENCION DEL TITULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPUBLICA
TEMA:
El daño ambiental, la afectación del Buen Vivir y la responsabilidad del Estado de acuerdo a las leyes del Ecuador.
AUTOR: Lamán Morán Simón Andrés
TUTOR: Ab. Campbell Suárez Nelson Ibán
Babahoyo-Ecuador
APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
CERTIFICACIÓN
Quien suscribe, legalmente CERTIFICA QUE: El presente Trabajo de Titulación realizado por el señor Simón Andrés Lamán Morán, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, con el tema “EL DAÑO AMBIENTAL, LA AFECTACIÓN DEL BUEN VIVIR Y LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO DE ACUERDO A LAS LEYES DEL ECUADOR”, ha sido prolijamente revisado, y cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa pertinente de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, por lo que apruebo su presentación.
Babahoyo, Julio del 2017
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD
Yo, Simón Andrés Lamán Morán, estudiante de la carrera de Derecho, Facultad de Jurisprudencia, declaro que todos los resultados obtenidos en el presente trabajo de investigación, previo a la obtención del título de ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, son absolutamente originales, auténticos y personales; a excepción de las citas, por lo que son de mi exclusiva responsabilidad.
Babahoyo, Julio del 2017
Sr. Simón Andrés Lamán Morán C.I.120707305-5
CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
Yo, Iván Barahona Tapia, en calidad de Lector del Proyecto de Titulación
CERTIFICO:
Que el presente trabajo de titulación realizado por el estudiante Simón Andrés Lamán Morán sobre el tema “EL DAÑO AMBIENTAL, LA AFECTACIÓN DEL BUEN VIVIR Y LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO DE ACUERDO A LAS LEYES DEL ECUADOR”, ha sido cuidadosamente revisado por el suscrito, por lo que he podido constatar que cumple con todos los requisitos de fondo y forma establecidos por la Universidad Regional Autónoma de Los Andes, para esta clase de trabajos, por lo que autorizo su presentación.
Babahoyo, Julio del 2017
DERECHOS DE AUTOR
Yo, Simón Andrés Lamán Morán, declaro que conozco y acepto la disposición constante en el literal d) del Art 85 del Estatuto de la Universidad Regional Autónoma de los Andes, que en su parte pertinente textualmente dice El patrimonio de la UNIANDES, está constituido por La propiedad intelectual sobre las investigaciones, trabajos científicos o técnicos, proyectos profesionales y consultoría la Universidad o por cuenta de ella.
Babahoyo, Julio del 2017
Simón Andrés Lamán Morán CI: 120707305-5
AGRADECIMIENTO
Mi agradecimiento va dirigido en primer lugar a mi Dios, ya que él siempre me ha dado las fuerzas para seguir adelante y cruzar cada obstáculo que me pone la vida.
A mis padres Eliana y Simón, mis hermanos, mi abuela, mis tías, mis primas, ya que ya que ellos siempre me han apoyado y siempre han estado ahí para obtener mi título universitario. Nuevamente les doy gracias ya que me han guiado por el buen camino y enseñado todo lo bueno hasta el día de hoy.
A la Universidad Regional Autónoma de los Andes extensión Babahoyo. Por darme la oportunidad de estudiar y llegar a culminar mi carrera profesional.
Y, finalmente, a mi Asesor de Tesis, Ab. Nelson Campbell Suárez, por su esfuerzo y dedicación, quien con sus conocimientos e indicaciones, hizo todo lo
DEDICATORIA
Mi tesis va dedicada a mis padres Ab. Eliana Moran e Ing. Simón Lamán, mi abuela Sra. Marcelina De Lucca, mis tíos, mis primas, quienes confiaron en mí en todo momento y nunca se dieron por vencidos, yo sé que ellos están orgullosos de mí ya que con tan solo 23 años de edad he podido culminar una carrera profesional, y a pesar de todo, ellos son mi guía para seguir adelante. Gracias a todos por confiar en mí.
RESUMEN EJECUTIVO
La presente investigación se realiza en nuestro país, sobre la legislación en materia ambiental; la cual se plantea la necesidad de proteger el Medio Ambiente, determinando no sólo el involucramiento en el proceso, sino también estableciendo la responsabilidad jurídica del daño ambiental por parte del Estado y las formas de remediarlo eficientemente.
Con el paso del tiempo, la naturaleza ha sido y lo es más constantemente, víctima de daños y perjuicios ambientales, los que se reflejan en la tala
indiscriminada de bosques, contaminación de esteros, riachuelos y ríos, eliminación indiscriminada de desechos químicos nocivos para el medio ambiente, etc.
En consecuencia, así como la ciencia y tecnología avanzan, creando nuevos insumos, químicos, necesidades de materia prima que sale de la naturaleza; también deben evolucionar nuestras leyes a fin de procurar remediar el daño que se produce por causa de estos avances.- Es por tal motivo que se debe diseñar un ensayo Jurídico con respecto a la importancia de las normas relacionadas a las contravenciones y los delitos contra el medio ambiente para disminuir la destrucción de bosques, la contaminación, etc., y así proteger el bienestar de los recursos naturales y por ende la salud de los habitantes.
ABSTRACT
The present investigation is carried out in our country, on the environmental
legislation; Which poses the need to protect the environment, determining not
only the involvement in the process, but also establishing the legal liability of
environmental damage by the State and ways to remedy it efficiently.
With the passage of time, nature has been and is more constantly, victims of
environmental damages, which are reflected in the indiscriminate forest felling,
pollution of estuaries, streams and rivers, indiscriminate elimination of chemical
wastes harmful to the environment. Environment, etc.
Consequently, just as science and technology advance, creating new inputs,
chemicals, raw material needs out of nature; We must also evolve our laws to
try to remedy the damage that occurs because of these advances .- It is for this
reason that a legal essay should be designed with respect to the importance of
the norms related to the contraventions and the crimes against the Environment
to reduce the destruction of forests, pollution, etc., and thus protect the
well-being of natural resources and thus the health of the inhabitants.
ÍNDICE GENERAL
APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD
CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN
DERECHOS DE AUTOR
AGRADECIMIENTO
DEDICATORIA
RESUMEN
SUMMARY
ÍNDICE GENERAL
INTRODUCCIÓN
Antecedentes de la Investigación ________________________________________ 1
Situacion Problematica _______________________________________________ 2
Problema Cientifico __________________________________________________ 3
Objetivo de Investigacion y Campo de Accion ______________________________ 3
Identificación de la línea de Investigación _________________________________ 3
Objetivos: __________________________________________________________ 3
Objetivo General _______________________________________________________________ 3 Objetivos Específicos __________________________________________________________ 3
Idea a Defender _____________________________________________________ 4
Preguntas Cientificas _________________________________________________ 4 Variables: _________________________________________________________________4
Variable
Independiente__________________________________________________4 Variable
Dependiente___________________________________________________4 Metodología a emplear____________________________________________4
Métodos:_______________________________________________________5 Método histórico_________________________________________________5 Método analítico_________________________________________________5
Método sintético_________________________________________________5 Método descriptivo______________________________________________6
Técnicas e Instrumentos:_________________________________________6
Observación___________________________________________________6
Encuestas.____________________________________________________6
Entrevistas____________________________________________________6
Descripción de la Estructura de la Tesis______________________________6
CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO
1.1.- Origen y evolución del objeto de la investigación _______________________ 7
1.2.- Análisis de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación. _______________________________________________________ 8
Daño Ambiental. ____________________________________________________ 10
Daño ambiental, conceptualización y características especiales. ______________ 14
Características y Tipos de Daños Ambiental . _____________________________ 17
1.3.- Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de investigación. ________________________________ 22
1.4.- Conclusiones parciales del Capítulo ________________________________ 24
CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA.
2.1.- Caracterización del sector, rama, empresa, contexto institucional o problema seleccionado para la investigación. _____________________________ 25
2.2.- Descripción del procedimiento metodológico para el desarrollo de la investigación. ______________________________________________________ 25
Modalidad de investigación ___________________________________________ 26 Método Cuantitativo_____________________________________________26
Método Cualitativo______________________________________________26 Tipos de investigación___________________________________________26 Investigación de Campo__________________________________________26 Investigación Aplicada___________________________________________26 Investigación Factible____________________________________________26 Investigación Jurídica____________________________________________26 Investigación Descriptiva_________________________________________27 Investigación Bibliográfica________________________________________27
Población y Muestra de la Investigación ________________________________ 27
2.4.- Conclusiones parciales del capítulo. ______________________________ 36
CAPÍTULO III. VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DE SU APLICACIÓN
3.1.- Modelo, sistema, metodología, que realice el investigador, de la aplicación de los resultados de la investigación. ____________________________________ 38
3.2.- Análisis de los resultados finales de la Investigación. ___________________ 38 Ensayo Jurídico____________________________________________38
3.3.- Conclusiones parciales del capítulo _________________________________ 46
CONCLUSIONES GENERALES _______________________________________ 46
RECOMENDACIONES ______________________________________________ 47
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INTRODUCCION
Antecedentes de la investigación
El consumismo es un elemento mercantilista y social que crea necesidades, para luego ofrecer los medios o productos que permitan satisfacerlas de manera plena, generalmente a costa de la explotación irracional de los recursos naturales y destrucción de la naturaleza.
La ambición desmedida del hombre en su afán de acumular riqueza, le han llevado a convenir extensas aéreas territoriales en verdaderos eriales; que no tienen la belleza primitiva, no aptos para la producción y que más bien contribuyen con su aridez en la alteración de otros ecosistemas aledaños.
Es por demás evidente que una catástrofe ecológica se aproxima y la humanidad realmente no demuestra intenciones de intervenir positivamente y nada hace por evitarla. Los seres humanos se han trasformado en espectadores pasivos que únicamente miran el desarrollo de los acontecimientos.
Ante este peligro inminente, es necesario crear una conciencia ecológica en
todos los niveles de nuestra sociedad y esto no solo se lograré a través de la educación formal, sino más bien de una masificación que englobe a toda la
humanidad.
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Analizadas las posibles investigaciones en la biblioteca de la Uniandes Babahoyo, no se encontró tesis alguna relativa del tema planteado; sin
embargo, existen en el Derecho comparado las tesis:
“LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO FRENTE AL DAÑO AMBIENTAL”,
Abraham Bastida Aguilar.- Maestría en Derecho Judicial, Tesis para obtener el título de Maestro en Derecho. Toluca, México, Septiembre de 2007; “DAÑO AMBIENTAL Y PRESCRIPCIÓN”, Mario Peña Chacón.- artículo indexado,
www.cica.es/aliens/gimadus/19/06_mario_penia_chacon.html; “ELABORACIÓN
DEL MANUAL DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA UNA EMPRESA QUE ELABORA Y COMERCIALIZA PINTURAS”, Elena María González Guzmán,
tesis de grado, ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL.
Situación Problemática
El presente trabajo de investigación plantea la necesidad de proteger el Medio Ambiente, determinando no sólo el involucramiento en el proceso, sino también estableciendo la responsabilidad jurídica del daño ambiental por parte del Estado y las formas de llevarlo a cabo eficientemente.
El daño ambiental se ha convertido en problema de investigación, teniendo en cuenta el deterioro de los recursos naturales, y al afectar la vida humana a grandes y pequeñas escalas, no solamente centrándose la atención de la comunidad científica internacional, en la búsqueda de la concienciación de la necesidad apremiante de utilizar responsablemente el saber de todos los
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internacional en esta problemática. La prevención es un hecho fundamental para garantizar a las generaciones futuras un ambiente saludable garantizando
una forma de vida mejor.
Problema Científico
¿De qué manera influyen las leyes vigentes, en la ineficacia del control por parte de las autoridades, para evitar el cometimiento de infracciones contra el Medio Ambiente?
Objeto de Investigación y Campo de Acción Objeto de Investigación
La violación y afectación del derecho al buen vivir que consagra la Constitución de la República del Ecuador.
Campo de Acción
El trabajo investigativo en mención se desarrollará en el Ministerio del Ambiente, con énfasis en la normativa de la Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico Integral Penal y Ley del Medio Ambiente.
Identificación de la Línea de Investigación
El ordenamiento jurídico Ecuatoriano, Presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y constitucionales.
Objetivos:
Objetivo General
Determinar el alcance de la responsabilidad del Estado en los campos
constitucional, administrativo, civil y penal con respecto a la generación de daños ambientales a fin de establecer mecanismos de efectivización de sus acciones, y dar propuesta de solución.
Objetivos específicos
Identificar los daños causados al medio ambiente.
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Difundir las causas, consecuencias y soluciones a los daños al medio ambiente.
Establecer correctamente los niveles de responsabilidad del Estado en la protección ambiental
Determinar el régimen jurídico aplicable a quienes afectan negativamente al medio ambiente.
Idea a Defender
Con la elaboración del ensayo jurídico sobre la eficacia de las normas que rigen el control por parte de las autoridades para evitar el cometimiento de delitos contra el Medio Ambiente, y disminuir su destrucción.
Preguntas Científicas
¿Qué tan efectivas son las leyes que protegen al medio ambiente en el Ecuador? ¿Cuáles son las sanciones de los delitos ambientales en el Ecuador?
Variables.
Variable independiente
Insuficiencia de legislación para determinar la responsabilidad del Estado en la prevención, control y sanción de daños ambientales.
Variable dependiente
Contaminación del medio ambiente sin que se la remedie, y sin que se sancione adecuadamente esta inconducta.
Metodología a emplear
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Todos ellos se encuentran en la parte de la generación bibliográfica de este estudio. Lo anterior equivale a la utilización de toda esta información para
lograr conocimientos precisos y a su vez como resultado el análisis de la información, siendo necesaria su utilización en el desarrollo de la actividad investigativa.
Métodos:
Método histórico
Permitirá determinar los conocimientos de los delitos ambientales, en mayor grado de aproximación y origen común;
Método analítico
Porque se relaciona con el histórico para estudiar en forma individual la no aplicación de la ley, para así poder entender como tal lo que existe.
Inductivo y deductivo.
Estas metodologías se utilizan para que permitan realizar el análisis y síntesis
del problema y la investigación estará sujeta a todo un firmamento de recopilación de datos y demás información
Método sintético.
6 Método descriptivo
En términos generales, el modelo descriptivo permite una comprensión del
equipo y de sus resultados desde una perspectiva global e intrínseca. Esta técnica investigativa se utilizó para encaminar de forma concreta el problema a investigarse, así como para deslindar el problema propuesto. Esto es lo que permitió determinar los problemas y las hipótesis.
Técnicas e Instrumentos:
Observación.- Será manejada con mayor importancia por haberse realizado un trabajo de campo.
Encuestas.- Recopilar informes y comentarios de la sociedad y divisar el desacierto q causa el abuso laboral.
Entrevistas.- Se realizaran a nivel general, en una muestra de personas.
Descripción de la Estructura de la Tesis
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Capítulo I.- Marco teórico
.
1.1.- Origen y evolución del objeto de la investigación.
Durante el período de la Conquista se inició la introducción de diferentes formas de explotación de los bosques, los suelos y el agua. En los primeros años las relaciones de los conquistadores estuvo marcada por el interés de obtener la mayor cantidad de oro y plata para la corona. Gradualmente se sumaron nuevas actividades como agricultura y ganadería, de igual manera se incorporó la minería, existiendo métodos culturales reñidos por la conservación del suelo. Nunca se consideró el impacto de la aplicación de tecnologías para hacerlo, dejando huellas en el manejo ambiental de la región a través de su historia; se desarticulan culturas precolombinas, aunque aquellos pueblos intentaban conservar sus tradiciones ancestrales del manejo de los ecosistemas naturales. Desde la época de la conquista se aproximó el aprovechamiento de los bosques, el suelo y el agua, denominándose Visión minera de los recursos naturales renovables, consolidándose a través de los siglos, como durante la Revolución Industrial y los avances científicos modernos. (Bury, 1971) Al momento de la independencia de los imperios
coloniales, estas prácticas continuaron con más fuerza durante los siglos XIX y XX, entonces aparecieron las primeras legislaciones, las ordenadas por el Libertador Simón Bolívar para Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Entre ellas está el decreto relacionado con “Medidas de Conservación y Buen Uso de las Aguas” dictado en Chuquisaca, Bolivia en 1825. Igualmente el
decreto de bosques referido a las Medidas de Protección y Mejor Aprovechamiento de la Riqueza Forestal de la Nación”, expedido en Guayaquil,
en 1829. (Ruiz Páez, 1994) Gradualmente surge la visión del aprovechamiento racional de los recursos naturales, teniendo como objetivo protegerlos con el fin de asegurar su renovación y su nueva explotación. Se introduce el concepto de “recurso renovable”, término que toma importancia después de la Segunda
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de los primeros parques naturales en distintos países, en Argentina, México y Venezuela. La mayor manifestación se da en la Convención del Hemisferio
Occidental para la Protección de la Naturaleza y la Vida Silvestre, celebrada en Washington D.C. en 1940. Acordaron crear parques nacionales para proveer la recreación y áreas silvestres de estricta preservación que no pueden ser violadas, proteger de especial manera especies listadas en un anexo, establecer controles sobre la fauna y la flora protegidas. En estos parques se prohíbe la caza, la recolección de flora, excepto con autorización y para fines de investigación científica. Entre 1942 y 1972 fue ratificada por diecisiete países, entre ellos se encuentra el Ecuador. Se ha dicho que la debilidad de la Convención fue la carencia de instituciones que intervinieran con programas para el desarrollo de las iniciativas. (PN UMA, 1994). Se tomó un nuevo impulso en 1949, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Conservación de los recursos naturales para la reconstrucción de las áreas devastadas por la Segunda Guerra Mundial, esto condujo a las conferencias de Estocolmo y Río de Janeiro. En su agenda reconocieron las complejas relaciones entre medio ambiente y crecimiento económico. (Sands, 1994). Posteriormente el uso racional de agua se planteó como prioridad y con ello se dio impulso a la llamada “Agenda Azul”. Se realizaron obras para el riego, la
adecuación de tierras y la construcción de represas hidroeléctricas, se adecuó la construcción de acueductos municipales y sistemas de alcantarillado. El
rápido proceso de la urbanización fue exigiendo a los gobiernos nacionales y a las autoridades municipales presupuesto para gestionar el manejo de
alcantarillados, acueductos y recolección de basura, particularmente en los centros urbanos.
1.2.- Análisis de las distintas posiciones teóricas acerca del objeto de la investigación.
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dañoso. Bajo esta tesitura no hay responsabilidad civil si no media daño, así como no existe daño si no hay damnificado4 Actualmente el daño se clasifica
en patrimonial y extra patrimonial. El primero es aquel que recae sobre bienes susceptibles de valoración económica, sean corporales o incorporales, o bien aquellos que no poseen una naturaleza patrimonial como la vida, la salud; caso contrario, el daño de tipo extra patrimonial o moral es aquel que no conduce a una disminución del patrimonio por recaer en bienes fundamentales que no pueden ser valorados de una perspectiva pecuniaria, pero cuya única forma de reparación consiste en el resarcimiento económico, donde se incluyen las lesiones los derechos de la personalidad, a derechos fundamentales individuales o colectivos, así como el sufrimiento y molestias derivadas de tales afectaciones. Por su parte, por ambiente debe entenderse todos los elementos que rodean al ser humano, elementos geológicos (rocas y minerales); sistema atmosférico (aire); hídrico (agua superficial y subterránea); edafológico (suelos); bióticos (organismos vivos); recursos naturales, paisaje y recursos culturales, así como los elementos socioeconómicos que afectan los seres humanos mismos y sus interrelaciones.5 Hoy en día, el criterio científico imperante establece que el ambiente se encuentra constituido tanto por el medio natural, entendiendo por este al conjunto de elementos naturales bióticos o abióticos, como por el medio cultural siendo este último el conjunto de elementos aportados por la actividad humana como lo son el paisaje, las
creaciones científicas, artísticas o tecnológicas, y el patrimonio cultural y arqueológico. El “paisaje” se encuentra compuesto de dos elementos
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Por último es relevante recordar la existencia de dos clases de bienes ambientales, por una parte los denominados macrobienes constituidos por el
medio ambiente global, y por otro, los microbienes los cuales representan partes o extractos de ese medio ambiente global, como lo son la atmósfera, aguas, fauna y la flora. Los microbienes pueden ser apropiados parcialmente y ser objeto de propiedad privada. En este caso, la contaminación también representa una lesión a un derecho subjetivo.
Daño ambiental
Una vez definidos los términos “daño” y “ambiente” corresponde analizar el
concepto jurídico de daño ambiental. La Directiva Comunitaria sobre responsabilidad ambiental en relación con la prevención y reparación de los daños ambientales entiende por daño el cambio adverso mensurado a un servicio de recursos naturales, tanto si se producen directa como indirectamente. La ley General del Ambiente de Argentina define daño ambiental como toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos. La ley de Bases Ambiental chilena establece en su artículo segundo que legalmente se debe entender por daño ambiental “...toda pérdida,
disminución, detrimento, menoscabo significativo inferido al medio ambiente a uno o más de sus componentes”.
En general el Protocolo de Kyoto es considerado como primer paso importante
hacia un régimen verdaderamente mundial de reducción y estabilización de las emisiones de GEI, y proporciona la arquitectura esencial para cualquier
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emisión de gases contaminantes, el uso de plaguicidas químicos inadecuados, la descarga de desechos industriales tóxicos, la deforestación, la desertización,
la destrucción de la biodiversidad, al alteración de los ecosistemas, la destrucción de la capa de ozono, las descargas de materiales radiactivos y otros factores que deterioran el aire, el suelo y el agua del planeta. (Borja, 2012, pág. 342). La contaminación del aire, el suelo y el agua pone en peligro la vida y su el bienestar de los más de 6.000 millones de habitantes de la Tierra. El problema, por tanto, no es sólo de incumbencia de algunos, por más que ellos sean los mayores responsables de la contaminación ambiental, sino de la humanidad entera. Los efectos de la contaminación, en la medida de que degradan las condiciones de habitabilidad del planeta y disminuyen su capacidad de carga para sustentar la vida humana, animal y vegetal, son muy graves. De ahí nace el derecho de todos los seres humanos –donde quiera que
vivan y cualquiera que sea el signo político que les regimenté- a respirar aire puro, beber agua limpia, cultivar tierra fértil, mirar paisaje verde y consumir alimentos no contaminados. (Borja, 2012, pág. 342). Se entiende como sumak kawsay: SUMAK. Quiere decir lo hermoso, lo bueno, la realización. KAWSAY, significa vida digna, de tal modo que el ser humano, el universo, garantiza el bienestar de la persona, la familia, la organización y la sociedad. 11 Aprender la relación con la naturaleza donde el ser humano es parte de ella y no su depredador; de tal modo que el sumak kawsay es un modelo de vida, que
impulsa la convivencia equilibrada y armónica con la naturaleza y las personas, mediante la reivindicación y el ejercicio de los derechos, como condición para
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construcción del proyecto, incluso hoy en día, es por ello fundamental que todo estudiante comience a relacionar con estos términos e informarnos sobre los
diferentes aspectos que se relacionan con este concepto. Se entiende por impacto ambiental el efecto que produce una determinada acción humana sobre el medio ambiente en sus distintos aspectos. El concepto puede extenderse, con poca utilidad, a los efectos de un fenómeno natural catastrófico. Técnicamente, es la alteración de la línea de base, debido a la acción antrópica o a eventos naturales. Las acciones humanas, motivadas por la consecución de diversos fines, provocan efectos colaterales sobre el medio natural o social. Mientras los efectos perseguidos suelen ser positivos, al menos para quienes promueven la actuación, los efectos secundarios pueden ser positivos y, más a menudo, negativos. Impacto Ambiental también se le denomina así a las consecuencias provocadas por cualquier acción humana que modifique las condiciones de subsistencia o de supervivencia de los ecosistemas. Estas acciones humanas provocan efectos colaterales sobre el medio natural o social. Las acciones del hombre sobre el medio ambiente en orden a conseguir determinadas finalidades provocarán siempre efectos colaterales sobre el medio natural o social en el cual actúan. Los efectos que se persigan sean positivos, al menos para quien protagoniza la actuación en cuestión, los efectos pueden resultar ser positivos también, pero, y aquí viene lo complicado, también pueden tener una consecuencia altamente negativa. 12
Existen una amplia gama de preocupaciones a nivel ambiental, las cuales mayormente provienen de la forma de energía, petróleo o gas natural y que es
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los suelos, el agua, los cultivos, la fauna e incluso la salud humana. Y otra cuestión también muy plausible de generar efectos negativos en el medio
ambiente es la emisión de gases de efecto invernadero, que tan tristemente célebre se ha hecho últimamente con las campañas que muchas organizaciones y artistas se encuentran haciendo con el eslogan en contra del cambio climático. Estos gases no solamente se producen como consecuencia de la combustión por el consumo, sino también por la obtención de energía desde centrales térmicas. Los impactos ambientales son los efectos que sobre estos elementos del ambiente tiene una determinada acción o actividad. Todas nuestra acciones, como las de cualquier ser vivo, tienen impactos sobre el ambiente. Al comprar un producto, al desecharlo o reciclarlo, al plantar un árbol de una determinada especie, al caminar o trasladarnos a través de algún medio de transporte, al cultivar la tierra, al respirar… siempre al hacer algo estamos produciendo algún impacto ambiental. Debido a que frecuentemente somos testigos de la degradación de nuestro ambiente, casi siempre concebimos a los impactos ambientales como negativos. No obstante, existen también los impactos positivos. Plantar árboles autóctonos suele tener impactos positivos sobre la fauna y la flora del lugar. Muchas veces una acción tiene efectos positivos sobre determinados elementos del ambiente y negativos sobre otros. La construcción de un complejo habitacional puede resolver el problema de la vivienda de numerosas familias, pero impactar negativamente sobre aspectos
culturales o estéticos. Además de su carácter negativo o positivo, un impacto puede ser más o menos grave, temporario o permanente, reversible o
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Daño ambiental, conceptualización y características especiales
Para este tema se define que es ambiente, de acuerdo a la Ley de Gestión Ambiental. “Sistema global constituido por elementos naturales y artificiales,
físicos, químicos o biológicos, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la naturaleza o la acción humana, que rige la existencia y desarrollo de la vida en sus diversas manifestaciones.” (Ley de
Gestión Ambiental (LGA), 1999). Se puede establecer que existe una relación entre el hombre y la vida. Los conceptos para medio ambiente son diversos y no hay uno que haga parte como definición jurídica: El medio ambiente solo está conformado por bienes naturales, en otras conceptualizaciones toman de igual manera al patrimonio cultural, e incluyen también la política y la calidad de vida. “Por ambiente, entorno o medio, se entiende la sistematización de
distintos valores, fenómenos y procesos naturales, sociales y culturales que condicionan en un momento y espacio determinados, la vida y el desarrollo de los organismos y el estado de los elementos inertes, en una conjunción integradora, sistemática y dialéctica de relaciones de intercambio entre el hombre y los diferentes recursos” (Mosset Iturraspe, 2006, pág. 33). Daño Civil. (Cabanellas de Torres, 2010, pág. 85), sostiene: “Es todo perjuicio o
menoscabo, que por acción de otro se recibe en la persona o en los bienes, y que sus causas pueden ser el dolo, culpa, negligencia, o caso fortuito, según el grado de malicia, negligencia o causalidad entre el autor y el efecto” 36 La
legislación ecuatoriana no lo contiene, pero en sus normas lo nombra como “perjuicios”. En el art. 2214 del C.C. acerca de los hechos generadores del daño: “El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro,
está obligado a la indemnización; sin perjuicio de la pena que le impongan las leyes por el delito o cuasidelito.”. (Código Civil Ecuatoriano). Después de definir
lo que es daño y ambiente, se puede conceptualizar al daño ambiental como “afrenta a un bien jurídico colectivo, cuyo uso y goce pertenece a un grupo social” Impacto ambiental y daño ambiental son conceptos diferentes. El
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individual, ocasionado a personas determinadas, es el que perjudica a cualquier componente del medio ambiente. El daño ambiental puede alcanzar
inmensas magnitudes hasta supranacionales, siendo de compleja y costosa determinación. La valoración de los daños causados se convierte en imposible.
a) Principio In dubio pro natura.
Novedoso principio de la Constitución y establece: Art. 395. “En caso de duda
sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la prohibición de la naturaleza”
(Constitución de la República del Ecuador, 2008). Indica que en caso de alguna duda sobre una norma se aplicará el sentido que sea más favorable que favorezca más a la naturaleza, esta teoría se convierte en superior en lo que se refiere al derecho ambiental, aplicando el derecho a favor de la naturaleza sin importar los derechos personales. Pero está en contradicho con lo que se establece en los derechos humanos en el principio in dubio pro homine en donde dice que se debe favorecer a los humanos sobre toda norma. 37 En el Art. 407 dice: “Se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en
las áreas protegidas y en zonas declaradas como intangibles, incluida la explotación forestal. Excepcionalmente dichos recursos se podrán explotar a petición fundamentada de la Presidencia de la República y previa declaratoria de interés nacional por parte de la Asamblea Nacional, que, de estimarlo conveniente, podrá convocar a consulta popular” Independientemente del
conflicto que se pueda presentar entre estos dos conceptos, este principio es
de interés fundamental por lo que puede ser utilizado para litigios en temas ambientales, si una actividad presenta en riesgo o pone en peligro los derechos de la naturaleza, puede solicitarse una revisión de la autorización que habiendo pasado por la legalidad se encuentra dañando los derechos constitucionales, y es aquí donde se daría la aplicación al principio in dubio pro natura.
b) Principio precautorio y preventivo.
El principio precautorio dice: “Con el fin de proteger el medio ambiente, los
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adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”; (Declaración de Río, 1992) Ecuador lo
integra en el inciso segundo del Art. 91 de la CRE que indica que el Estado y en el Art. 19 de la Ley de Gestión Ambiental que prescribe que: “Las obras
públicas, privadas o mixtas, y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, serán calificados previamente a su ejecución, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautorio.”
(Ley de Gestión Ambiental (LGA), 1999) El principio precautorio. Puede ser de prevención precaución, exige al magistrado que durante el proceso actúe en el papel de juez acompañante y protector, con participación activa, llegando, incluso, a la flexibilización de las formas procesales, en la medida que no se perjudiquen las garantías constitucionales de la defensa y del debido 38 proceso. Se debe también orientar al juez en una valoración comprensiva de la prueba, analizándola en su unidad sistémica más que en sentido literal y restrictivo.
c) El impacto ambiental.
Varios autores lo conceptualizan como el daño ecológico puro. El impacto ambiental vulnera intereses difusos o colectivos, alterando la composición del medio ambiente e imposibilitando la utilización de recursos para el desarrollo del ser humano.
d) Requisitos o características del daño medioambiental.
Tiene en particular tres características: Exteriorizarse lentamente. Esto permite al responsable a disfrutar de todos los beneficios que produce, mientras va causando el daño hasta que se advierta y pueda reclamarse y obtener una sentencia favorable. Expandirse territorialmente. Esto puede darse en forma rápida, convirtiéndose inclusive en supranacional Reposición compleja. De ocurrir se convierte en costosa y en ocasiones imposible, siendo que la compensación patrimonial no alcanza a remediar la pérdida
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Entenderemos como alcances del daño ecológico a los daños cuantitativos y cualitativos que se producen en el ecosistema y estos son de bajo, mediano y
alto impacto. Esta clasificación se la realiza de acuerdo con el análisis de los daños producidos, de las pérdidas y afectaciones causadas y tomando en cuenta quienes fueron perjudicados con dichos daños.
f) Los Daños Colectivos.
No es la suma de los daños individuales, ya que presentan entidad grupal y autonomía, afectan a la sociedad o al grupo, que se convierten en víctimas indiscriminadas del daño. En doctrina se advierte un daño colectivo propio o el impropio y el daño sufrido o causado colectivamente, no siendo excluyentes sino complementarios.
CARACTERÍSTICAS Y TIPOS DE DAÑO AMBIENTAL
1. Incertidumbre La incertidumbre es inherente a los problemas ambientales. Los efectos sobre la salud y el medio ambiente causado por las alteraciones realizadas por el ser humano son generalmente desconocidas y en algunas ocasiones imposibles de conocer. Al respecto, la Declaración de Alcalá sobre Contaminación Electromagnética y la Salud estableció: “la controversia es la
norma cuando del reconocimiento de los efectos ambientales se derivan consecuencias económicas importantes y posibles efectos para la salud”. Es
aquí donde encuentra asidero el principio precautorio propio del derecho ambiental, contenido en múltiples instrumentos internacionales, y por medio
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la salud de los vecinos, aunque no estén probadas lesiones actuales a su integridad psicofísica, para que la tutela de la salud se haga efectiva, sin juzgar
la producción de lesiones, tratándose de esta forma de evitar, que el daño temido se transforme en daño cierto, efectivo o irreparable. De igual forma se ha manifestado la Sala Constitucional de Costa Rica, la cual mediante la sentencia 1250-99 del diecinueve de febrero de mil novecientos noventa y nueve resolvió lo siguiente “De esta forma, en caso de que exista un riesgo de
daño grave o irreversible - o una duda al respecto – se debe adoptar una medida de precaución e inclusive posponer la actividad de que se trate. Lo anterior debido a que en materia ambiental la coacción a posteriori resulta ineficaz, por cuanto de haberse producido ya las consecuencias biológicas y socialmente nocivas, la represión podrá tener una trascendencia moral, pero difícilmente compensará los daños ocasionados al ambiente”. En otra resolución más reciente y sobre el mismo tema estableció: “Bien entendido el
principio precautorio, el mismo se refiere a la adopción de medidas no ante el desconocimiento de hechos generadores de riesgo, sino ante la carencia de certeza respecto de que tales hechos efectivamente producirán efectos nocivos en el ambiente”
2. Relevancia y alcances El daño ambiental jurídicamente relevante es aquel que entra en la categoría de intolerable, por lo tanto, no es cualquier daño el que le interesa al derecho ambiental, sino únicamente aquel cuya magnitud,
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3. Carácter difuso y expansivo El daño ambiental es difuso, no solo por la dificultad que entraña identificar a los agentes que lo causan, sino también, por
la determinación de los sujetos que se encuentran legitimados para entablar acciones judiciales o administrativas ante los órganos competentes, así como aquellos a los que puede alcanzar una posible indemnización. Por otro parte, el daño ambiental puede llegar a ser expansivo en el tanto su hecho generador crea efectos de tipo negativo, y en ocasiones estos llegan a convertirse en nuevas causas generadoras de otro tipo de daños, ocasionándose por tanto, una cadena que a la postre, podría llegar a ser interminable, afectando de esta forma una multiplicidad de recursos.
4. Daño concentrado y daño diseminado El daño concentrado es aquel cuya fuente es fácilmente identificable derivado de un suceso discreto o continuo, como lo sería la contaminación de una superficie definida de terreno. Por su parte el daño diseminado o difuso, es aquel en donde existe una multiplicidad de fuentes productoras del daño, esparcidas territorialmente, siendo su identificación e individualización de gran dificultad. Como ejemplo se podría citar la contaminación ambiental que produce el efecto invernadero o bien, la lluvia ácida.
5. Daño continuado o progresivo El daño continuado es aquel que es producto de un proceso dilatado en tiempo, y por lo tanto su desarrollo no es consecuencia de una única acción localizable en el tiempo. Daño progresivo es aquel que es producto de una serie de actos sucesivos, cuya conjugación
provoca un daño mayor que la suma de cada uno de los daños individualmente generados por cada acto lesivo.
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7. El daño moral ambiental de tipo colectivo Siguiendo la definición que da Galdós, el daño moral colectivo consiste en el atropello de intereses
extrapatrimoniales plurales de un estamento o categoría de personas, cuya ligazón puede ser, esencialmente subjetiva u objetiva. En el primer caso el daño se propaga entre varios sujetos – incluso sin vínculo jurídico entre ellos –
y recae en un interés común, compartido y relevante, con aptitud para aglutinar a quienes se encuentren en idéntica situación fáctica. En el segundo caso el factor atrapante es objetivo y de incidencia colectiva, porque media lesión a bienes colectivos o públicos, insusceptibles de apropiación o uso individual y exclusivo. En este supuesto la naturaleza del bien categoriza el daño, ya que a partir de él se propagan los efectos nocivos respecto de quienes disfrutan, usan o se benefician con el objeto conculcado. La comunicabilidad de intereses concurrentes no deriva de los sujetos, sino de un objeto público, cuyo daño expande sus efectos a una pluralidad de personas. Como bien lo señala Lorenzetti, de lo que se trata es de la preservación del bien colectivo, no sólo como afectación de la esfera social del individuo, sino del bien colectivo como un componente del funcionamiento social y grupal. Debido a lo anterior, cuando se afecta ese bien de naturaleza colectiva, el daño moral está constituido por la lesión al bien a sí mismo, con independencia de las repercusiones patrimoniales que tenga, y fundándose en que se lesiona el bien colectivo en su propia existencia o extensión. De modo que el perjuicio
inmaterial surge por la lesión al interés sobre el bien de naturaleza extra patrimonial y colectiva. El sujeto afectado no lo es únicamente una persona
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oponentes, pues como se observa, los reclamos que se le hacen, son los mismos que por muchos años se le han imputado al daño moral en general, y
sin embargo, al día de hoy nadie niega su existencia, y por tanto, se debe empezar a crear precedentes, con el fin que los mismos sirvan de parámetros con los cuales construir una base valorativa, tal y como ha sucedido con el daño moral en general. Al tratarse el medio ambiente de un bien de naturaleza común o colectiva, lo normal es que minoración en la tranquilidad la sufra la colectividad como un todo, así como cada uno de los sujetos que forman parte de ella. El daño moral colectivo sería entonces la disminución en la tranquilidad anímica y espiritual que sufre la comunidad en su totalidad, equivalente a lesión a intereses colectivos no patrimoniales, causada por el daño acontecido contra el ambiente que lo circunda. La característica principal del daño moral colectivo es ser al mismo tiempo personal y colectivo, pues lo sufren tanto la comunidad, como cada uno de los sujetos que la conforman. Si bien la legitimación para accionar en defensa del ambiente, y por tanto, para reclamar la recomposición y la indemnización del mismo, corresponde a tanto al estado, como todos y cada uno de los sujetos de la comunidad afectada y a grupos organizados, la titularidad en la pretensión resarcitoria en el caso del daño moral colectivo, no es individual, sino únicamente grupal, y los montos obtenidos por indemnización del daño moral colectivo le pertenecen a la colectividad como un todo, la cual, dentro de sus prerrogativas podrá analizar
la forma de repartir las sumas entre los sujetos que forman parte de la misma y que resultaron afectados por el daño moral. También, es posible que la
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de la demandada al grupo escultórico Las Nereidas. La Cámara de Apelaciones reconoció legitimación procesal activa excluyente y exclusiva a la
municipalidad en representación de los intereses difusos, en el tanto actuare en representación globalizante de todos y cada uno de los sujetos cuyo derecho difuso se vio vulnerado. De igual forma, el mismo fallo reconoció que el monto del resarcimiento por daño moral colectivo se destinare a un patrimonio de afectación para las obras de ornato y salubridad del presupuesto municipal. De este modo, el Gobierno Local, propietario y guardián de la escultura resarce a través suyo el daño extra patrimonial de toda la comunidad afectada porque, aunque difuso o fragmentado, se tutela un derecho general, de incidencia colectiva, que el Estado debe preservar en consonancia con la postura del resarcimiento pleno del daño injustamente causado.
1.3.- Valoración crítica de los conceptos principales de las distintas posiciones teóricas sobre el objeto de la investigación.
Si bien el daño ambiental puede ser producido de manera casual, fortuita o accidental, por parte de la misma naturaleza, el daño que interesa caracterizar, es aquel que es generado por una acción u omisión humana que llega a degradar o contaminar de manera significativa el medio ambiente20. Es así como nos encontramos ante un obrar, conducta o comportamiento que
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pueden ser de fácil o difícil individualización, dependiendo del tipo y gravedad del daño acontecido, siendo en la mayoría de los casos la comunidad como un
todo la afectada, asistiéndole a todos y cada uno de los sujetos que la conforman, legitimación activa para actuar en su defensa, al verse vulnerarse un interés de naturaleza difusa. La conducta dañosa del medio ambiente puede provenir tanto de sujetos particulares o privados, como del Estado y sus instituciones, entendiendo por esta tanto la administración centralizada como la descentralizada. La conducta dañosa del Estado puede ser activa u omisiva; de manera activa cuando por medio de sus funcionarios o servidores, obrando lícita o ilícitamente, en cumplimiento o no de planes debidamente aprobados, causa daño al equilibrio ambiental; y omisiva, cuando, por medio de sus instituciones y funcionarios omite controlar, vigilar, monitorear y sancionar las actividades de los particulares que degradan o contaminan los elementos constitutivos del ambiente. El daño ambiental puede recaer sobre bienes de naturaleza pública o privada. En el caso costarricense las aguas territoriales, las costas, el espacio aéreo, la plataforma continental, el zócalo insular, los recursos y riquezas naturales del agua del suelo y del subsuelo, las bellezas naturales, la fauna y los recursos genéticos y bioquímicos, así como la biodiversidad, el patrimonio histórico y artístico de la Nación, las fuerzas que puedan obtenerse de las aguas de dominio público, los yacimientos de carbón, las fuentes o yacimientos de petróleo, sustancias hidrocarburadas, depósitos
de minerales radioactivos, y el espacio electromagnético, son bienes de dominio público. Por su parte, la flora y los recursos forestales son de interés
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actuación que violente el ordenamiento, y por tanto, no cuente con los permisos de rigor otorgados por las autoridades administrativas o judiciales, o bien,
sobrepase los estándares mínimos de tolerabilidad. Al derecho ambiental no le interesa la licitud o ilicitud de la conducta que daña al ambiente, sino únicamente el daño injusto acaecido sobre el entorno sin participación de las víctimas. De esta forma, en ambos supuestos, lo justo es que respondan por el daño causado tanto el contaminador directo, por haber asumido el riesgo de su actividad, como la Administración por no haber prevenido suficientemente la causación del daño mediante la regulación adecuada. La responsabilidad ambiental por hecho lícito encuentra asidero jurídico en la doctrina del abuso del derecho, por medio de la cual, todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, deberá necesariamente ser sancionado. De ahí, que el uso anormal o excesivo de un derecho no tiene que ser soportado, y el límite del mismo es dado tanto por la normativa, como por la costumbre, o bien por el criterio de tolerancia normal. Por último, el daño ambiental puede ser producto de una única conducta, o bien, de un conjunto de comportamientos efectuadas en varios o muchos puntos en el tiempo. De esta forma, podemos calificar al daño como de continuado cuando es obra de un conjunto o sucesión de actos, de un mismo o varios autores, en épocas diversas. Si los efectos del daño ambiental continúan
en el tiempo, estaríamos en presencia de un daño permanente. Sería progresivo aquel que es fruto de una serie de actos sucesivos, de una misma
persona o de distintas, cuyo conjunto produce un daño mayor que la suma de cada uno de los daños individualmente ocasionados; es lo que los científicos denominan procesos de saturación.
1.4.- Conclusiones parciales del capítulo.
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complejo predecir. Las evaluaciones son más cualitativas que cuantitativas. Evaluar la calidad de la información, detectando los elementos que pueden
convertirse en riesgo en el manejo de las responsabilidades del Estado con relación al daño ambiental No existen políticas de prevención establecidas y que se cumplan, tampoco quien las audite por parte del Estado para prevenir los posibles daños al medio ambiente. Además de las modificaciones legales y reglamentarias, mejorar los elementos de la evaluación del impacto ambiental, a través de la gestión de mejorar las prácticas de gestión. Faltan estándares para establecer los daños causados tanto en la reparación como en la indemnización. Convirtiéndose en un obstáculo para efectuar la reparación. Debe especificarse en que consiste la reparación, no se identifica claramente, al faltar una adecuada valoración, siendo esto motivo de una reparación inadecuada e insuficiente por parte del Estado. El estado aún no es totalmente responsable por los daños causados al medio ambiente, pues siempre existen el desarrollo de múltiples actividades por parte de empresas y del mismo Estado, que no cuentan con los requerimientos necesarios para realizarlas. Siempre se comenta de las competencias de quién es el encargado del controlarlas.
CAPÍTULO II. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA.
2.1.- Caracterización del sector, rama, empresa, contexto institucional o problema seleccionado para la investigación.
La investigación en este trabajo es cuantitativa por que se ha tomado como base fórmulas matemáticas para determinar la muestra y los porcentajes que serán graficados, y cualitativa porque es importante destacar la interpretación del problema o fenómeno de estudio.
26 Modalidad de la investigación
Método Cuantitativo, Se realizó mediante la generación de datos y gráficos estadísticos obtenidos a través de las entrevistas y encuestas tomadas de la muestra sobre las contravenciones ambientales.
Método Cualitativo, Se utilizó mediante el estudio y análisis de los fenómenos jurídicos sociales motivo de la investigación, de orden social, jurídico de las contravenciones ambientales.
Tipos de investigación
Los tipos de investigación que se utilizó en el desarrollo de la tesis son:
Investigación de Campo: Esta investigación de acuerdo al lugar se trata de una investigación de campo, pues la investigación no se realizó en un ambiente controlado sino más bien en el lugar de los hechos.
Investigación Aplicada: Tomando en cuenta el objetivo de investigación, se trata de una investigación aplicada, por cuanto se refiere a un proceso investigativo, cuyos resultados puedan aportar a la solución del problema investigado. Antes que un avance a la ciencia del derecho.
Investigación Factible: Desde el punto de vista de factibilidad, se trata de un proyecto factible, pues los objetivos de la investigación se los puede realizar con voluntad de las personas.
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Investigación Descriptiva.- Porque se hizo un análisis descriptivo de los procedimientos y sanciones que en la actualidad existen.
Investigación Bibliográfica.- Porque el problema planteado necesita de un sustento científico, es así que la investigación se fundamentó en libros, códigos y artículos jurídicos, los cuales se los utilizó en la realización del marco teórico y del desarrollo de la propuesta.
POBLACIÓN Y MUESTRA DE LA INVESTIGACIÓN
Esta parte del desarrollo de investigación se refiere a la dimensión que comprenderá la investigación que se pretende hacer. Al identificar la selección del universo de trabajo se está considerando, explícitamente la capacidad de alcance con la cual habrá de desarrollarse la investigación. La población y
muestra que ha sido aplicada en la encuesta, se la ha realizado a diferentes personas de la ciudad de Babahoyo, los mismos que están compuesto de la siguiente manera: 6 jueces de lo penal, 6 agentes fiscales, 2 defensores públicos, 6 Funcionarios del Ministerio del Medio Ambiente, 10 Funcionarios de la Unidad Judicial Civil, 15 estudiantes de la facultad de jurisprudencia y le agregamos 15 Abogados en libre ejercicio, dando un total de 50 personas.
POBLACIÓN
TOTAL DE
POBLACIÓN
JUECES DE LO PENAL 6
AGENTES FISCALES 6
DEFENSORES PUBLICOS 2
FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE 6
ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA 15
FUNCIONARIOS DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL 10
28
TOTAL DE PERSONAS ENCUESTADAS 60
M= N -1 = 60 -1
(E2)(N-1)+1 (0.1)2 (60-1)+1
M= 60 = 0.060
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ENCUESTA, RESULTADOS Y ANÁLISIS
PREGUNTA 1.
Considera que una falta de Educación ambiental, ha degradado gravemente al Medio Ambiente.
OPCIÓN TOTAL PORCENTAJE
SI 60 100%
NO 0 0%
TOTAL 60 100%
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN.-
Es evidente que todos los encuestados consideran que la falta de educación ambiental y la falta de precaución con la poca importancia que le dan los empresarios industriales al tema han degradado gravemente el medio ambiente.
SI 100%
NO 0%
30
PREGUNTA 2.
Considera usted que el cambio de Climas en el Medio Ambiente genera graves efectos en los ecosistemas.
OPCIÓN TOTAL PORCENTAJE
SI 60 100%
NO 0 0%
TOTAL 60 100%
ANÁLISIS E INTERPRETACION.-
El 100 % por ciento que resulta ser la gran mayoría de los encuestados consideran que el cambio de climas genera graves efectos a los ecosistemas; y en realidad SI genera graves efectos a los ecosistemas ya que se ha roto la relación existente de los seres vivos con los inertes, que es el resultado de la actividad humana.
SI 100%
NO 0%
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PREGUNTA 3.
Cree usted que existen delitos en blanco, es decir, no existe una correcta Tipificación de los Delitos contra El Medio Ambiente, quedándose estos en la impunidad.
OPCIÓN TOTAL PORCENTAJE
SI 60 100%
NO 0 0%
TOTAL 60 100%
ANÁLISIS E INTERPRETACION.-
Todos los encuestados consideran que si existen delitos en blanco ya que se cometen actos en contra del medio ambiente y por el motivo que no se encuentra tipificados en ninguna ley, quedan en la impunidad ya que no reciben ningún tipo de sanción.
SI 100%
NO 0%
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PREGUNTA 4.
Piensa usted que los órganos de control cumplen a cabalidad sus funciones para sancionar a las personas responsables de una infracción ambiental.
OPCIÓN TOTAL PORCENTAJE
SI 60 100%
NO 0 0%
TOTAL 60 100%
ANÁLISIS E INTERPRETACION.-
Todos los encuestados piensan que NUNCA cumplen a cabalidad sus funciones los órganos de control ya que siempre tienen dificultades o limitaciones para sancionar a los responsables de una infracción ambiental, porque desconocen el Derecho Ambiental.
SI 100%
NO 0%
33
PREGUNTA 5.
Considera usted que la Administración de Justicia garantiza el derecho a un ambiente sano establecido en la Constitución.
OPCIÓN TOTAL PORCENTAJE
SI 30 50%
NO 30 50%
TOTAL 60 100%
ANÁLISIS E INTERPRETACION.-
Considera que la Administración de Justicia garantiza el derecho a la población a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación. La mitad de los encuestados respondió NO es decir, que no estánde acuerdo con la actuación
de la administración de justicia. La otra mitad responden que SI la administración de justicia garantiza tal derecho, en definitiva no existe una confianza en la administración de Justicia.
SI
NO
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PREGUNTA 6.
Considera usted que los altos niveles de contaminación se deben a leves sanciones
OPCIÓN TOTAL PORCENTAJE
SI 60 100%
NO 0 0%
TOTAL 60 100%
ANÁLISIS E INTERPRETACION.-
De la investigación realizada a base de preguntas a varios profesionales, personal de instituciones y estudiantes, se puede observar que el 100% creen que los altos niveles de contaminación si se deben a las leves sanciones expresadas en las leyes ecuatorianas.
SI 100%
NO 0%
35 2.3.- Propuesta del investigador.
En materia política las propuestas formuladas a nivel internacional (de las que
muchos puntos siguen en debate), son las siguientes: - Mecanismos oficiales de control, por medio de los cuales se establecen normas relativas a la contaminación y sencillamente se exige a quienes contaminan que las cumplan. - Impuestos a la contaminación, por conducto de los cuales se cobra a quien contamina según el nivel de emisiones (de CO2) producidas.- Permisos negociables, a través de los cuales se otorgan a los contaminadores permisos para contaminar hasta lo que establece la norma y la opción de comprar y vender permisos en el mercado. Los países que mejoren en su control ambiental obtendrán devoluciones o transferencias internacionales, por ejemplo:
Se pueden transferir directamente a un país pagos de una sola vez para compensarlo por no haber explotado un recurso. Se pueden hacer transferencias en forma de asistencia técnica y préstamos para proyectos específicos.
Intercambiar parte de las deudas por un acuerdo para reducir destrucción en el medio ambiente.
1. El Estado debe preocuparse del problema de la contaminación, dando leyes severas, controlando su cumplimiento y sancionando a los transgresores. El problema ambiental es un problema que afecta al bien
común y a la calidad de la vida, y, en consecuencia, no puede quedar al libre albedrío de las personas. El bien común es una responsabilidad del
Estado como representante del bienestar de todos los ciudadanos.
2. Una alta responsabilidad incumbe a los gobiernos municipales, responsables directos de la disposición de la basura y las aguas servidas; del control del parque automotor; de las áreas verdes; del control de los ruidos molestos; del ornato, y de las emisiones contaminantes en su jurisdicción.
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los ciudadanos, individualmente, puede ser muy grande en algunos aspectos:
No arrojar la basura y los desechos en las calles ni en cualquier lugar. Evitar los ruidos molestos, tanto a nivel de barrio (escapes abiertos, bocinas, música fuerte) como a nivel doméstico.
Erradicar hábitos sumamente contaminantes, como el escupir y hacer deposiciones en la calle o en los parques y jardines, etc.
Sembrar árboles y colaborar en el mantenimiento de las áreas verdes. No utilizar productos que contienen contaminantes, como CFC
(desodorantes en aerosol), gasolina con plomo, etc.
Si utilizan vehículos automotores, regular periódicamente la combustión del motor para evitar la producción de gases tóxicos.
4. Se deben usar alternativas menos contaminantes como abonos orgánicos en lugar de los sintéticos; transformar los desechos urbanos orgánicos en abonos; controlar biológicamente las plagas, es decir, combatir los insectos dañinos con sus enemigos naturales, etc.
5. Prohibir la propaganda ciega para los insecticidas, herbicidas y otras sustancias tóxicas, debiéndose alertar obligatoriamente al usuario sobre los efectos contaminantes y letales de las mismas.
6. Educar a la población a través de las escuelas y medios de comunicación (TV, radio, periódicos) en el respeto por el medio ambiente y en la erradicación
2.4.- Conclusiones parciales del capítulo.
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deforestar bosques (haciendo que el CO2 sea mucho más abundante en las ciudades), etc. Ya estamos deteriorando nuestro planeta causando así
fenómenos como el calentamiento global. Con todo lo anterior debilitamos la capa de ozono, contaminamos el suelo, agua y aire. Cada acción que realicemos repercute de una forma u otra en nuestro medio ambiente por tal razón a partir de años anteriores nuestro planeta ha sufrido un sin número de cambios tan drásticos que no permiten la adaptación de diversos organismos. Es importante tener en cuenta este tipo de aspectos en nuestra vida cotidiana y si tenemos otros hábitos de consumo podemos contribuir a mejorar nuestro entorno. Es momento de ver los resultados de la educación ambiental que se imparte en los niveles primaria, secundaria, medio superior y superior ya que en nuestras manos está la carga de mejorar nuestro ambiente.
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CAPÍTULO III. VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DE SU APLICACIÓN
3.1.- Modelo, sistema, metodología, que realice el investigador, de la aplicación de los resultados de la investigación.
La metodología utilizada consistió en la utilización de varios métodos de investigación científica que permitieron estructurar y organizar las diferentes
acciones de desarrollo de la presente investigación, lo que a su vez derivó en la concepción de los resultados a exponer.
Dentro de esta investigación se utilizó el método de campo, el cual se llegó a realizar encuestas a profesionales del derecho, estudiantes, etc., lo cual se pudo observar que la mayoría de la contaminación se debe a falta de conocimiento.
3.2.- Análisis de los resultados finales de la Investigación.-
ENSAYO JURÍDICO
En este Proyecto de Investigación planteo el tema del acceso a la justicia
ambiental, a partir de algunas consideraciones sobre el derecho ambiental y el desarrollo sostenible, que pasan por una brevísima descripción de lo que hoy es en nuestro país el derecho ambiental y la manera como pueden observarse los mecanismos vigentes para su aplicación práctica.