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NORMAS LEGALES. Sumario PODER EJECUTIVO. Año XXVIII - Nº ECONOMIA Y FINANZAS

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Academic year: 2021

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(1)FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR. AÑO DEL CENTENARIO DE MACHU PICCHU PARA EL MUNDO. Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES Año XXVIII - Nº 11459. 445909. www.elperuano.com.pe. Sumario PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 061-2011-PCM.- Prorrogan Estado de Emergencia declarado en distritos y provincias de los departamentos de Huánuco, San Martín y Ucayali 445912 Res. Nº 402-2011-PCM/SD.Certifican que la Municipalidad Metropolitana de Lima ha sido declarada apta para la transferencia de funciones sectoriales en materia de salud 445912 Res. Nº 403-2011-PCM/SD.- Disponen la publicación del Plan de Acción Sectorial para la transferencia de competencias y funciones sectoriales en materia de Trabajo y Promoción del Empleo a la Municipalidad Metropolitana de Lima 445913 Res. Nº 404-2011-PCM/SD.- Aprueban Requisitos Específicos Mínimos, Indicadores y Procedimientos de Verificación, para la transferencia de funciones en materia de Defensa Civil a los Gobiernos Regionales 445916. ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 133-2011-EF.Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el BIRF 445920 D.S. N° 134-2011-EF.Aprueban Operación de Endeudamiento Interno con el Banco de la Nación 445921 D.S. N° 135-2011-EF.- Autorizan incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 para continuar financiando obras del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú - Brasil (IIRSA Sur) - Fase Final 445922 R.S. N° 037-2011-EF.- Designan miembro del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV 445923 ENERGIA Y MINAS R.S. N° 063-2011-EM.Constituyen derecho de servidumbre de ocupación, paso y tránsito sobre predio ubicado en el departamento de Ica a favor de Contugás S.A.C. 445924. AGRICULTURA INTERIOR. D.S. N° 007-2011-AG.- Prorrogan vigencia del D.S. N° 001-2011-AG, sobre certificados de elegibilidad de cuotas de exportación de azúcar que otorga el Gobierno de los Estados Unidos de América al Perú 445917. R.S. N° 088-2011-IN.- Autorizan viaje de personal de la PNP a Argentina, en comisión de servicios 445927. COMERCIO. JUSTICIA. EXTERIOR Y TURISMO. R.S. N° 133-2011-JUS.- Acceden a solicitud de extradición activa y disponen su presentación a la República de Colombia 445928 RR.SS. N°s. 134, 135, 136 y 137-2011-JUS.- Acceden a solicitudes de extradición pasiva formuladas por órganos competentes de Alemania, Polonia, Argentina y los Estados Unidos de América 445928 RR.SS. N°s. 138 y 139-2011-JUS.- Deniegan solicitudes de extradición pasiva de ciudadanas peruanas formuladas por órganos jurisdiccionales de Argentina y España 445931 RR.SS. N°s. 140 y 141-2011-JUS.- Deniegan solicitudes de ampliación de extradición activa de ex Presidente de la República, formulada por Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia y por el Tercer Juzgado Penal Especial de Lima 445932 R.M. Nº 0099-2011-JUS.- Aprueban la Reformulación del Plan Operativo Institucional 2011 del Ministerio de Justicia 445933. Res. Nº 054-2011-PROMPERU/PCD.- Autorizan viaje de representantes de PROMPERU a Uruguay, en comisión de servicios 445918 Res. Nº 056-2011-PROMPERU/PCD.- Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ para llevar a cabo diversas acciones de promoción de exportaciones en evento que se realizará en los EE.UU. 445918 Res. Nº 063-2011-PROMPERU/SG.- Aprueban precio de venta para los servicios de participación en actividades internacionales de exportaciones 445919 CULTURA R.M. Nº 225-2011-MC.- Designan representante del Ministerio ante Comisión Multisectorial creada por R.S. N° 162-2011-PCM 445920.

(2) El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES. 445910. R.M. Nº 0116-2011-JUS.- Otorgan el Reconocimiento de carácter nacional denominado “Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y del Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia” a diversas personas 445933 RR.MM. Nºs. 0118, 0119, 0120, 0121, 0122 y 0123-2011JUS.- Nombran Notarios Públicos en el Distrito Notarial de La Libertad 445934 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL D.S. N° 010-2011-MIMDES.Declaran concluido el proceso de efectivización de la transferencia del Programa Integral de Nutrición - PIN y los Servicios de Protección Social y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a diversos Gobiernos Locales, entre otros 445936 SALUD R.M. Nº 503-2011/MINSA.- Designan funcionarios en el Hospital Nacional “Sergio E. Bernales” de la Dirección de Salud V Lima Ciudad 445939 R.M. Nº 504-2011/MINSA.- Aprueban la “Guía Técnica para el mantenimiento preventivo del capnógrafo” 445939 R.M. Nº 505-2011/MINSA.- Aprueban la “Guía Técnica de Mantenimiento Preventivo de Equipo de Cirugía Laparoscópica de Uso General” 445940 R.M. Nº 506-2011/MINSA.- Aprueban la “Guía Técnica para el mantenimiento preventivo de incubadora neonatal estándar” 445940 R.M. Nº 507-2011/MINSA.- Aprueban la “Guía Técnica para el mantenimiento preventivo de equipos de electrocirugía” 445941 R.M. Nº 508-2011/MINSA.- Aprueban el Documento Técnico: Análisis de Situación de Salud de las y los jóvenes “Una Mirada al Bono Demográfico” 445941 R.M. Nº 514-2011/MINSA.- Dan por concluida designación y encargan funciones de Director General del Hospital Nacional Dos de Mayo de la Dirección de Salud V Lima Ciudad 445942 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES D.S. N° 030-2011-MTC.- Criterios para la Participación de los Postores en el Concurso Público para la Asignación de las Bandas 899-915 MHz y 944-960 MHz en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao y las Bandas 902-915 MHz y 947-960 MHz en el resto del país 445942 RR.MM. Nºs. 444 y 446-2011-MTC/03.- Otorgan a personas jurídicas concesiones unicas para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República 445943 RR.MM. Nºs. 448, 449, 450, 451 y 456-2011-MTC/02.Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronaútica Civil a EE.UU., Chile y Rusia , en comisión de servicios 445945 R.D. Nº 1937-2011-MTC/15.- Autorizan a Red Car Perú S.A.C. para funcionar como Ecuela de Conductores Integrales y disponen su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores 445950. ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL R.J. Nº 162-2011-INDECI.- Dejan sin efecto los artículos 2° y 3° de la R.J. N° 212-2010-INDECI 445952. SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. Nº 244-2011/SUNAT/A.- Aprueban Procedimiento “Aplicación de Preferencias al Amparo del ALC Perú AELC” INTA-PE 01.25 (Versión 1) 445953 Res. Nº 247-2011/SUNAT/A.Aprueban facultad discrecional para la intendencia de Aduana Marítima del Callao para no determinar ni sancionar la infracción prevista en el numeral 3 del inciso f) del artículo 192° de la Ley General de Aduanas 445957 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES RR. Nºs. 049 y 053-2011/SBN-DGPE-SDDI.- Aprueban adjudicaciones en ventas directas, a favor de personas naturales y jurídica, de inmuebles de propiedad del Estado ubicados en el departamento de Lima 445959 Res. Nº 183-2011/SBN-DGPE-SDAPE.- Modifican la Res. N° 149-2011/SBN-DGPE-SDAPE 445961. ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Res. Nº 074-2011-SERVIR/PE.- Aprueban ampliación de plazo para la presentación del Plan de Desarrollo de las Personas Quinquenal (2012-2016) 445961 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Res. Nº 053-2011-EF/94.01.1.- Autorizan el funcionamiento de Faro Capital SAFI S.A. como sociedad administradora de fondos de inversión y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores 445962 Res. Nº 054-2011-EF/94.01.1.- Autorizan funcionamiento de NCF Sociedad Administradora de Fondos S.A. para administrar fondos mutuos de inversión en valores 445963 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Res. Nº 1127-2011-TC-S4.Sancionan a Empresa Nuevo Milenium S.A.C. con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado 445963. PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Res. Adm. Nº 548-2011-P-CSJL/PJ.- Modifican Res. Adm. N° 517-2011-P-CSJLI/PJ en lo referente a la conformación de la Comisión de análisis de la situación de las Salas Contencioso Administrativas de la Corte Superior de Justicia de Lima 445966 Res. Adm. Nº 549-2011-P-CSJLI/PJ.Establecen conformación de la Sala Transitoria Laboral de Lima 445966.

(3) El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES. ORGANOS AUTONOMOS. 445911. Res. Nº 088-2011-GRA/PR-GGR.- Disponen la primera inscripción de dominio a favor del Estado de inmueble ubicado en el departamento de Arequipa 446011. CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA. GOBIERNO REGIONAL. Res. Nº 243-2011-CNM.- Expiden título de Juez del Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Los Olivos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 445967 Res. Nº 244-2011-CNM.- Expiden título de Juez del Juzgado Mixto de Villa El Salvador del Distrito Judicial de Lima Sur 445967. DE SAN MARTIN Ordenanza Nº 017-2011-GRSM/CR.Aprueban la “Política Energética del Departamento de San Martín 2011 - 2025” 446012. JURADO NACIONAL. MUNICIPALIDAD. DE ELECCIONES. METROPOLITANA DE LIMA. Res. Nº 0572-2011-JNE.- Revocan Acuerdo N° 26-2011/ MVMT, dejan sin efecto credencial de regidor del Concejo Distrital de Villa María del Triunfo y convocan a candidata no proclamada para que asuma el cargo 445968 Res. Nº 0604-2011-JNE.- Establecen disposiciones para calcular el número mínimo de adherentes para las solicitudes referidas a los derechos de participación y control ciudadanos y para solicitar referéndum 445973. D.A. Nº 008.- Disponen el embanderamiento general de inmuebles ubicados en el Cercado de Lima 446013 R.J. Nº 001-004-00002371.- Aprueban disposiciones para la reestructuración de los fraccionamientos en el marco de lo dispuesto en la cuarta disposición complementaria y final de la Ordenanza N° 1534 446013. MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 1231, 1234 y 1235-2011-MP-FN.- Aceptan renuncia de fiscales adjuntas provisionales y sus designaciones en fiscalías provinciales de los Distritos Judiciales de Amazonas, Pasco y Tumbes 446004 Res. Nº 1232-2011-MP-FN.- Nombran fiscal adjunto provisional y lo designan en la Primera Fiscalía Provincial Penal de Bagua 446005 Res. Nº 1233-2011-MP-FN.- Nombran fiscales adjuntas provisionales del Distrito Judicial de Lima, designándolas en el Pool de Fiscales de Lima 446005. GOBIERNOS LOCALES. MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Ordenanza Nº 458-MSB.- Aprueban Ordenanza que protege la salud humana ante la proliferación de palomas en el distrito 446014 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO R.A. Nº 233.- Designan responsable del Libro de Reclamaciones de la Municipalidad 446015. SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y. MUNICIPALIDAD. ADMINISTRADORAS PRIVADAS. DE SAN LUIS. DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 6139-2011.- Cancelan el Código de Inscripción correspondiente a Apu Asesores & Corredores de Seguros Unidos S.R.L. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 446005 Res. Nº 7470-2011.- Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros 446006 Res. Nº 7897-2011.Modifican el Reglamento de Transparencia de Información y Disposiciones Aplicables a la Contratación con Usuarios del Sistema Financiero 446006. Ordenanza Nº 125-MDSL.- Establecen beneficios para la regularización tributaria de declaración jurada de Impuesto Predial para omisos y subvaluadores 446015 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ordenanza Nº 071/MDSA.Aprueban Plan de Gestión de Residuos Sólidos del distrito de Santa Anita 446016. GOBIERNOS REGIONALES. PROVINCIAS. GOBIERNO REGIONAL. MUNICIPALIDAD. DE AREQUIPA. DE LA PERLA. Res. Nº 086-2011-GRA/PR-GGR.- Precisan que son de dominio privado diversos predios inscritos a través de determinadas resoluciones 446010. Ordenanza Nº 011-2011-MDLP.- Modifican el TUPA de la Municipalidad, en lo relativo a la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro 446017.

(4) NORMAS LEGALES. 445912. PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Prorrogan Estado de Emergencia declarado en distritos y provincias de los departamentos de Huánuco, San Martín y Ucayali DECRETO SUPREMO Nº 061-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2011PCM del 27 de abril de 2011, se prorrogó por sesenta (60) días a partir del 09 de mayo de 2011, el Estado de Emergencia en el distrito de Cholón de la provincia de Marañón; en el distrito de Monzón de la provincia de Huamalíes, y en la provincia de Leoncio Prado, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huánuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martín; y en la provincia del Padre Abad del departamento de Ucayali; Que, estando por vencer el plazo vigente del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, aún subsisten las condiciones que determinaron la declaración del Estado de Emergencia en dichas circunscripciones, resultando necesario aprobar la prórroga de su vigencia; Que, el artículo 137° de la Constitución Política del Perú, establece en el numeral 1) que la prórroga del Estado de Emergencia requiere nuevo decreto; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del artículo 118, el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú y los literales b) y d) del numeral 2) del artículo 4 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Prórroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el término de sesenta (60) días, a partir del 08 de julio de 2011, el Estado de Emergencia declarado en el distrito de Cholón de la provincia de Marañón, en el distrito de Monzón de la provincia de Huamalíes, y en la provincia de Leoncio Prado, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huánuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martín; y en la provincia del Padre Abad del departamento de Ucayali. La Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Artículo 2.- Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante la prórroga del Estado de Emergencia a que se refiere el artículo anterior y en las circunscripciones señaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y la Ministra de Justicia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de julio del año dos mil once.. El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa MIGUEL HIDALGO MEDINA Ministro del Interior 662276-1. Certifican que la Municipalidad Metropolitana de Lima ha sido declarada apta para la transferencia de funciones sectoriales en materia de salud RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 402-2011-PCM/SD Lima, 30 de junio de 2011 VISTOS: El Informe de Concordancia Nº 008-2011-PCM/SDOTME, elaborado según lo dispuesto en la Directiva Nº 0072007-PCM/SD, y el Informe Nº 021-2011-PCM/SD-AVC, y; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el artículo 33° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización; el artículo 65° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo 151° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto al Régimen Especial de Lima Metropolitana, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Resolución Presidencial N° 006-CND-P2006, se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la Comisión Bipartita de Transferencia se instaló el 31 de mayo de 2007, al amparo de lo dispuesto en el artículo 69° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de la Resolución Ministerial N° 138-2007-PCM y de la Resolución de Alcaldía Nº 760 de 2007 derogada con la Resolución de Alcaldía N° 045-2009; con el objeto de realizar las transferencias de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Directiva Nº 007-007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada con la Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD y modificada mediante la Resolución de Secretaría de Descentralizacion N° 399-2011-PCM/SD, establece que la transferencia de funciones se ejecutará de acuerdo al Plan de Acción que cada sector deberá formular en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y que será aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 239-2011-PCM/SD se modifica el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado con la Resolución Secretaría de Descentralización N° 022-2008PCM/SD y modificado con la Resolución Secretaría de Descentralización N° 052-2009-PCM/SD, considerándose en el cuadro N° 02, Programación de Grupos para la transferencia de funciones, del numeral 1.3, la adición al Grupo II de transferencia, de las funciones específicas de la materia Salud; Que, en sesión ordinaria de la Comisión Bipartita, realizada el día veintiséis de abril del dos mil once, se aprobó el plan de acción sectorial de la materia Salud y se dispuso su publicación por la Secretaría de Descentralización;.

(5) El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES. Que, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 344-2011-PCM/SD, se modificaron los Requisitos Específicos Mínimos para la transferencia de Funciones Sectoriales de Salud, propuestos por el sector para su aplicación en la certificación de las funciones sectoriales que serán transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2011-PCM se establecen medidas para culminar las transferencias de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que se encuentren pendientes de transferir, en un plazo que no excederá los cuarenta y cinco días (45) calendario; Que, el Informe de Concordancia N° 008-2011-PCM/ SD concluye que la Municipalidad Metropolitana de Lima está Apta, para que le sean acreditadas las funciones sectoriales: a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n) y p) en Materia de Salud, del Artículo 49° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nºs. 27783, 27867 y 28273; el Decreto Supremo Nº 044-2011-PCM, y las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD, Nº 022-2008PCM/SD, Nº 052-2008-PCM/SD, Nº 239-2011-PCM/SD; y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acreditación de funciones en materia de Salud. Certificar que la Municipalidad Metropolitana de Lima ha sido declarada APTA para la transferencia de las funciones sectoriales, en materia de Salud, del Artículo 49° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, según el Informe de Concordancia Nº 008-2011-PCM/SD-OTME y de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 007-2007-PCM/ SD; en tal razón, se le ACREDITA para la transferencia de las funciones sectoriales que se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Notificación de la Acreditación Notificar la presente Resolución al Ministerio de Salud, así como a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la cual ha sido acreditada para la transferencia de funciones en materia de Salud, a fin de que continúen con el procedimiento hasta la suscripción de las Actas de Entrega y Recepción, prevista en la etapa de Efectivización de la Transferencia de las Funciones Sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD y modificada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 399-2011-PCM/SD . Artículo 3º.- Publicación La presente Resolución Secretarial y su Anexo, deberán ser publicados en el Diario Oficial “El Peruano”; y el Informe de Concordancia Nº 008-2011-PCM/SD-OTME, deberá ser publicado en la página web de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización ANEXO MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ACREDITADA PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES EN MATERIA DE SALUD, COMPRENDIDAS EN EL ARTÍCULO 49º DE LA LEY ORGANICA DE GOBIERNOS REGIONALES FUNCIONES SECTORIALES EN MATERIA DE SALUD a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l), m), n), o), p) 661835-1. 445913. Disponen la publicación del Plan de Acción Sectorial para la transferencia de competencias y funciones sectoriales en materia de Trabajo y Promoción del Empleo a la Municipalidad Metropolitana de Lima RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 403-2011-PCM/SD Lima, 30 de junio de 2011 VISTOS: Los oficios N° 505-2011-MTPE/3 y N° 564-2011-MMLGR; y CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 33º, establece un Régimen Especial para la provincia de Lima Metropolitana; señalando que las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional, son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con la Resolución de Secretaría de Descentralización N°032-2007-PCM/SD modificada con la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 399-2011-PCM/SD, se establece que la transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima se realizará por sectores y/o materias, de acuerdo a los Planes de Acción aprobados por la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana; Que, con la Resolución Secretaría de Descentralización N° 022-2008-PCM/SD se aprobó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima modificado mediante las Resoluciones de Secretaría de Descentralización N°0522009-PCM/SD y Nº239-2011-PCM/SD, considerándose en el cuadro N° 2 Programación de Grupos para la transferencia de funciones: Grupo III de transferencia para el sector Trabajo: Funciones Específicas de las materias: Trabajo y Promoción del empleo; Que, mediante los oficios de vistos, el Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y el Gerente del Programa del Gobierno Regional de Lima Metropolitana remiten, respectivamente, al Secretario de Descentralización como Presidente de la Comisión Bipartita, el Plan de Acción Sectorial para la transferencia de competencias y funciones sectoriales en materia de Trabajo y Promoción del Empleo, toda vez que las funciones sectoriales sobre Micro y Pequeña Empresa serán transferidas por el Ministerio de la Producción, correspondientes al Artículo 48° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su aprobación por la Comisión Bipartita; Que, en sesión ordinaria de la Comisión Bipartita, realizada el día jueves 23 de junio del año 2011, se aprobó el Plan de Acción en materia de Trabajo y Promoción del Empleo y se dispuso su publicación en el Diario Oficial El Peruano por la Secretaría de Descentralización; Que, el Decreto Supremo N° 044-2011-PCM establece en el Artículo 1º que los Ministros de Estado culminarán las transferencias de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Locales, que se encuentren pendientes, de conformidad a lo dispuesto en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y en las directivas aprobadas por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros;.

(6) NORMAS LEGALES. 445914. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Decreto Supremo N° 044-2011-PCM/SD; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disposición de la publicación del Plan de Acción Sectorial en materia de Trabajo y Promoción del Empleo Disponer la publicación del Plan de Acción Sectorial para la transferencia de competencias y funciones sectoriales en las materias de Trabajo y Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, correspondientes al Artículo 48° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO 1 PLAN DE ACCIÓN SECTORIAL EN MATERIA DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA LA TRANSFERENCIA DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES SECTORIALES CORRESPONDIENTES AL ARTÍCULO 48º DE LA LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES A LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA 1. Antecedentes La Secretaría de Descentralización a través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD formalizó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, que fuera aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia, estableciendo que dicha transferencia se efectúa en forma gradual y ordenada, y según los criterios contemplados en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. Asimismo, la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/ SD modificada con la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 399-2011-PCM/SD, establece que la transferencia de funciones se ejecutará de acuerdo al Plan de Acción que cada Sector deberá formular en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual será aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia. A través de la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 239-2011-PCM/SD que modifica el Plan de Acción para la transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se dispuso que los Sectores del Gobierno Nacional en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima podrán presentar ante la Comisión Bipartita de Transferencia la propuesta de Plan de Acción Sectorial para el avance de la transferencia de funciones, situación particular que se viene produciendo entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y dicha Municipalidad. 2. Finalidad El presente Plan tiene como finalidad desarrollar de manera gradual y ordenada el proceso de transferencia. El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. de funciones sectoriales en materia de Trabajo y Promoción del Empleo establecidas en el artículo 48º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a la Municipalidad Metropolitana de Lima. 3. Alcance Las disposiciones contenidas en el presente documento son de alcance a las siguientes instituciones: - Presidencia del Consejo de Ministros, que forma parte de la Comisión Bipartita de Transferencia representando al Gobierno Nacional, así como también el organismo encargado de dirigir y conducir el proceso de transferencia, a través de la Secretaría de Descentralización. - Municipalidad Metropolitana de Lima, como entidad receptora de las funciones sectoriales a ser transferidas. - Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, es la institución rectora de la administración del Trabajo y la Promoción del Empleo, que vela por el cumplimiento de las normas legales y mejora de las condiciones laborales, en un contexto de diálogo y concertación. 4. Base Legal - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. - Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales. - Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. - Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011. - Decreto Supremo Nº 080-2004-PCM que aprueba el reglamento de la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales. - Decreto Supremo N° 044-2011-PCM, “Establecen medidas para culminar las transferencias de Competencias y Funciones a los Gobiernos Regionales y Locales - Resolución Presidencial Nº 006-CND-P-2006, mediante la cual se constituye la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana. - Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD que aprueba la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD “Normas para la ejecución de la transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las funciones sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, modificada con la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 399-2011-PCM/SD. - Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD, que aprueba el Plan de Acción para la transferencia de funciones sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, y sus modificatorias. 5. Funciones materia de transferencia Las funciones específicas en materia de Trabajo y Promoción del Empleo, a ser transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima, señaladas en el artículo 48º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que actualmente están siendo ejercidas en el ámbito de Lima Metropolitana por el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, son las siguientes: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y micro empresa, con la política general del gobierno y los planes sectoriales. b) Incorporar la promoción del empleo productivo en los planes de desarrollo regional concertados..

(7) El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES. d) Promover el diálogo y la concertación con las organizaciones representativas de los trabajadores, empleadores y sectores de la sociedad vinculados, en materia de trabajo, promoción del empleo, formación profesional y fomento de la micro y pequeña empresa. e) Promover mecanismos de prevención y solución de conflictos laborales, difusión de la normatividad, defensa legal y asesoría gratuita del trabajador. f) Conducir y ejecutar los procedimientos de supervisión, control e inspección de las normas de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y micro empresa, aplicando las sanciones que correspondan de acuerdo a ley en el ámbito de su competencia. h) Conducir y ejecutar acciones en materia de seguridad y salud en el trabajo y bienestar social, concertando con entidades públicas y privadas, así como con organizaciones representativas de la región. Del mismo modo, hacer cumplir las normas de prevención y de protección contra riesgos ocupacionales. i) Dirigir y ejecutar en el ámbito regional la política nacional de promoción del empleo, capacitación y formación profesional, promoviendo la normalización y certificación de competencias laborales. j) Elaborar y difundir información en materia de trabajo, promoción del empleo y fomento de la micro y pequeña empresa. k) Promover la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo. I) Fomentar la formación profesional de los recursos humanos de las empresas de la región como un mecanismo de mejoramiento de los ingresos, la productividad y competitividad a través de actividades de capacitación, provisión de información y transferencia tecnológica. m) Coordinar la oferta de formación profesional y los programas de orientación laboral y ocupacional que brindan las entidades públicas y privadas; asimismo, supervisar los sistemas de intermediación laboral en la región y su articulación con el sistema de formación profesional. p) Resolver como Instancia Regional de Trabajo, en los procedimientos administrativos que tratan sobre materias de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y micro empresa. q) Llevar los registros administrativos en el ámbito de su competencia, en aplicación de la normatividad vigente. r) Simplificar los trámites y procedimientos administrativos aplicables a la constitución de empresas en su jurisdicción. Es preciso señalar que la transferencia de las funciones sectoriales antes mencionada corresponde sólo a las materias de Trabajo y Promoción del Empleo, toda vez que las funciones sectoriales sobre Micro y Pequeña Empresa serán transferidas por el Ministerio de la Producción.. 445915. 2. Análisis concertado de los requisitos específicos, 3. Aprobación de los requisitos específicos. Para la segunda etapa, denominada de Certificación se han contemplado las siguientes actividades: 4. Elaboración y Presentación del Informe Situacional por la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, 5. Informe de Concordancia. La tercera etapa, denominada de Acreditación, estará a cargo de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, que se encargará de: 6. Emitir la Resolución de Secretaría Descentralización de Acreditación respectiva.. de. Finalmente para la cuarta etapa, denominada de efectivización, se desarrollarán las siguientes actividades: 7. Designación de los Grupos de Trabajo, 8. Elaboración y suscripción de las Actas Sustentatorias e Informe Preliminar por parte de los Grupos de Trabajo, 9. Elaboración y suscripción de las Actas de Entrega y Recepción e Informe Final de la transferencia de funciones, 10. Emisión de la Resolución Ministerial que declara culminado el proceso de transferencia a la MML; y la, 11. Emisión del Decreto Supremo aprobando la transferencia de recursos financieros al Pliego de la Municipalidad Metropolitana de Lima Nº 15-01. 7. Programa de Desarrollo de Capacidades En el marco de la Descentralización el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo elaborará un Programa de Desarrollo de Capacidades como parte del acompañamiento del Sector al proceso de transferencia de funciones sectoriales. El mencionado programa tiene por finalidad fortalecer las capacidades de la Municipalidad Metropolitana de Lima respecto a las funciones en materia Trabajo y Promoción del Empleo. La capacitación y asistencia técnica brindada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo deberá desarrollar la teoría y normatividad general y específica sobre Trabajo y la Promoción del Empleo, así como determinar los alcances de la competencia que asumirá la municipalidad, el conocimiento práctico de las funciones sectoriales que serán transferidas y de los procedimientos operativos a través de los cuales se ejerce las funciones establecidas en el artículo 48º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. En el Programa de Desarrollo de Capacidades se definirá la metodología y cronograma de trabajo, módulos de capacitación, participantes y medios necesarios para su ejecución.. 6. De las etapas del Plan de Acción Sectorial De acuerdo con lo dispuesto en la Directiva Nº 0072007-PCM/SD aprobada con Resolución de Secretaría de Descentralización N° 032-2007-PCM/SD modificada con la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 399-2011-PCM/SD, y la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD, el presente Plan de Acción Sectorial comprende cuatro etapas: Inicial, Certificación, Acreditación y Efectivización; las que permitirán desarrollar un proceso de transferencia ordenado, eficiente y eficaz. La primera etapa del Plan de Acción Sectorial, denominada Etapa Inicial, comprende básicamente las siguientes actividades: 1. Designación de la Subcomisión de Trabajo para la transferencia de funciones sectoriales,. 8. Supervisión y seguimiento al Plan de Acción Sectorial La ejecución del presente Plan de Acción será supervisado por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros que informará periódicamente sobre los avances del proceso a la Comisión Bipartita de Transferencia. 9. Cronograma Como Anexo 2, consta el cronograma del presente Plan de Acción Sectorial que detalla las actividades que se desarrollarán para la ejecución del proceso de transferencia, el cual fija responsabilidades y la programación referencial por semanas para cada actividad..

(8) El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES. 445916. ANEXO 2: CRONOGRAMA DEL PLAN DE ACCION SECTORIAL PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES EN TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO A LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - MML. N° de Acción. Participantes. Nombre de la Acción. Junio 1. 2. 3. Julio 4. 1. 2. 3. Agosto 4. 1. 2. 3. Setiembre 4. 5. 1. 2. 3. Octubre 4. 1. 2. 3. 4. 5. ETAPA INICIAL DESIGNACIÓN DE LA SUBCOMISION DE TRABAJO PARA LA TRANSFERENCIA DE FUNCIONES SECTORIALES. 1. MINTRA/MML. 2. MINTRA/MML. 3. SD/PCM. 4. MINTRA/MML. 5. SD. INFORME DE CONCORDANCIA. 6. SD. ETAPA DE ACREDITACIÓN RESOLUCION DE ACREDITACION. 7. MINTRA/MML. 8. MINTRA/MML. ANÁLISIS CONCERTADO DE LOS REQUISITOS ESPECIFICOS APROBACION DE REQUISITOS ESPECIFICOS ETAPA DE CERTIFICACIÓN ELABORACION Y PRESENTACIÓN DE INFORMES SITUACIONALES. ETAPA DE EFECTIVIZACIÓN. 9. MINTRA/MML. 10. MINTRA. 11. MINTRA. DESIGNACIÓN DE LOS GRUPOS DE TRABAJO ELABORACION Y SUSCRIPCION DE LAS ACTAS SUSTENTATORIAS E INFORME PRELIMINAR POR PARTE DE LOS GRUPOS DE TRABAJO ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DE LAS ACTAS DE ENTREGA Y RECEPCION E INFORME FINAL EMISION DE LA RM DECLARANDO CULMINADO EL PROCESO DE TRANSFERENCIA A MML EMISION DEL DS APROBANDO LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS FINANCIEROS AL PLIEGO DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA (15-01). 661835-2. Aprueban Requisitos Específicos Mínimos, Indicadores y Procedimientos de Verificación, para la transferencia de funciones en materia de Defensa Civil a los Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 404-2011-PCM/SD Lima, 30 de junio de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 101-2011-MTC/02 y el Informe Nº 0262011-PCM/SD-LENC; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el órgano encargado de dirigir, conducir y supervisar el proceso de descentralización, a través de la Secretaría de Descentralización, de conformidad a lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 027-2007-PCM y Nº 063-2007PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2008PCM que aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, se programó la transferencia a los Gobiernos Regionales, entre otras funciones, de la función e) del artículo 61º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Defensa Civil; Que, con la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 060-2008-PCM, se aprobó el procedimiento y los plazos para efectuar la transferencia de las funciones programadas en el citado Plan Anual 2008, extendiendo para tal fin la vigencia de la Directiva Nº 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, que aprobó un. procedimiento simplificado para el ciclo de transferencia 2007; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, que aprueba el Plan Anual de Transferencias 2009, establece en su artículo 12º que la transferencia de la función e) del artículo 61º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, referida a promover y apoyar la educación y seguridad vial, es responsabilidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en atención a lo dispuesto en el numeral 5.1.4 de la indicada Directiva Nº 001-2007-PCM/SD, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, elaboró una propuesta de requisitos específicos, indicadores y procedimentos de verificación, en coordinación con la Secretaría de Descentralización, para la transferencia de la función e), del artículo 61º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que fue remitida con el oficio de vistos; Que, corresponde de acuerdo al Informe de Vistos y en el marco del Decreto Supremo Nº 044-2011-PCM, aprobar los requisitos específicos, indicadores y procedimientos de verificación propuestos, mediante la Resolución de Secretaría de Descentralización correspondiente y ser publicada para conocimiento de los actores involucrados (Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los Gobiernos Regionales), según lo dispuesto en la normatividad vigente; De conformidad con las disposiciones establecidas en las Leyes Nº 27783, 27867, 28273 y 29158; los Decretos Supremos Nº 027-2007-PCM, Nº 049-2008-PCM, Nº 0472009-PCM y Nº 044-2011-PCM; y, las Resoluciones de Secretaría de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD y Nº 060-2008-PCM/SD; y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Requisitos Específicos Mínimos, Indicadores y Procedimientos de Verificación, para la transferencia a los Gobiernos Regionales de la función e) del artículo 61º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Aprobar los Requisitos Específicos, Indicadores y Procedimientos de Verificación, a aplicarse en la.

(9) El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES. etapa de certificación del proceso de transferencia de la función e) del artículo 61º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Defensa Civil, a los Gobiernos Regionales, comprendida en el Plan Anual de Transferencia del año 2008, aprobado por el Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM; los mismos que están detallados en Anexo adjunto, el cual forma parte de la presente resolución. Todo aquello que no esté previsto en la presente resolución, será definido de común acuerdo de las partes involucradas en el proceso de transferencia de la función materia del presente. En caso de presentarse alguna controversia, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros será el órgano dirimente. Artículo 2º.- Publicación La presente resolución y su anexo, deberán ser publicados en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web de la PCM: www.pcm.gob.pe/sd. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros. Materia Artículo 61º inciso e) de Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; modificado por el Artículo 2 de la Ley Nº 29611. e) Promover y apoyar la educación en seguridad vial y ciudadana. (1) (1) De acuerdo a sus competencias el Ministerio de Transportes y Comunicaciones transfiere solo lo correspondiente a seguridad vial. 1. Recursos humanos Procedimiento de Verificación. Cumplir con los requisitos Gobierno Regional Verificar Resolución sobre recursos humanos acreditado para de acreditación del planteados en Ciclos transferencia Regional de Gobierno anteriores para la funciones del artículo 56º para la transferencia de transferencia de las incisos g) y h) de la Ley dichas funciones. funciones del artículo 56º Orgánica de Gobiernos Como alternativa, incisos g) y h) de la Ley Regionales. verificar Resolución Orgánica de Gobiernos Ministerial que da Regionales; requisitos por concluida la aprobados por Resolución transferencia de dichas Presidencial Nº 065-CNDfunciones al Gobierno P-2005 y Resolución Regional. de Secretaría de Descentralización Nº0042007-PCM/SD. (2) (2) En concordancia con lo establecido en el numeral 5.1.4 de la Directiva Nº 0012007-PCM/SD, respecto a los requisitos específicos propuestos por materias sectoriales. En este sentido, los requisitos referidos ya incluían la exigencia de contar con personal, relacionado a funciones de circulación terrestre y seguridad vial, asociadas a la función del artículo 61º inciso e), por transferir. 2. Normatividad. Indicador. Procedimiento de Verificación. Documentos técnico ROF aprobado (o Verificar documento normativos de gestión proyecto de ROF) del de ROF aprobado órgano y/o unidad (o proyecto de ROF) orgánica responsable de conteniendo el órgano realizar las funciones en o unidad orgánica materia de circulación e incorporando las terrestre y seguridad vial; funciones en materia de en el Gobierno Regional. circulación terrestre y seguridad vial.. 661835-3. AGRICULTURA Prorrogan vigencia del D.S. Nº 0012011-AG, sobre certificados de elegibilidad de cuotas de exportación de azúcar que otorga el Gobierno de los Estados Unidos de América al Perú. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. REQUISITOS ESPECIFICOS MINIMOS FUNCION e), Artº 61 de la LOGR.. Indicador. Requisitos Específicos. DECRETO SUPREMO Nº 007-2011-AG. ANEXO. Requisitos Específicos. 445917. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-AG, se determinó que los certificados de elegibilidad de cuotas de exportación de azúcar que otorga el Gobierno de los Estados Unidos de América al Perú, serán refrendados por el Ministerio de Agricultura únicamente en los casos de excedentes de producción nacional; Que, asimismo en el artículo 3º del citado dispositivo se señala que la vigencia del mismo es hasta el 30 de junio de 2011; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros; Que, teniendo en consideración que el sector azucarero en el Perú, no ha superado los problemas que impactan en los consumidores, es necesario prorrogar la vigencia del Decreto Supremo Nº 001-2011-AG, con efectividad al 01 de julio de 2011; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artículo 118° de la Constitución Política del Perú, lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; DECRETA: Artículo 1º.- De la Prórroga Prorróguese, con eficacia anticipada al 01 de julio de 2011, la vigencia del Decreto Supremo Nº 001-2011-AG, hasta el 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- Del Refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de julio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE VILLASANTE ARANIBAR Ministro de Agricultura 662276-5.

(10) NORMAS LEGALES. 445918. COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 054 -2011-PROMPERÚ/PCD Lima, 28 de junio de 2011 Visto el Memorándum Nº 141-2011-PROMPERU/DE de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, PROMPERÚ participará en la “II Reunión Anual de la Red Iberoamericana de Organismos de Promoción de Comercio Exterior” que se realizará en la ciudad de Colonia del Sacramento, República Oriental del Uruguay, los días 14 y 15 de julio de 2011, con el objetivo de promocionar las exportaciones y las inversiones en el mercado iberoamericano, el intercambio de tecnología e identificar las oportunidades de negocios, de expansión y fortalecimiento de asociaciones de cooperación en temas de comercio; Que, es de interés la participación de PROMPERÚ en el referido evento internacional, que tiene por fin mejorar la promoción comercial, servicios de exportación, encadenamientos productivos regionales, la inversión comercial conjunta, entre otros aspectos de importancia; Que, por tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ solicita que se autorice el viaje de los señores Ricardo Manuel Limo Del Castillo y César Freund Escudero, quienes prestan servicios en dicha institución, a la ciudad de Colonia del Sacramento, para que en representación de PROMPERÚ participen en el referido evento con el fin de realizar acciones de promoción de exportaciones; Que, la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los señores Ricardo Manuel Limo Del Castillo y César Freund Escudero, a la ciudad de Colonia del Sacramento, República Oriental del Uruguay, del 13 al 16 de julio de 2011, para que en representación de PROMPERÚ, participen en el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: • Viáticos (US$ 200,00 x 4 días x 2) • Pasajes Aéreos (US$ 1,074,00 x 2). : US$ 1 600,00 : US$ 2 148,00. El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERU 661244-1. Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ para llevar a cabo diversas acciones de promoción de exportaciones en evento que se realizará en los EE.UU. RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 056-2011-PROMPERÚ/PCD Lima, 5 de julio de 2011 Visto el Memorándum Nº 137-2011-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ conjuntamente con doce empresas nacionales agroexportadoras, ha programado su participación en la Feria Internacional “Summer Fancy Food Show”, organizada por la National Association for the Specialty Food Trade’s Fancy Food Shows (NASFT), a realizarse del 10 al 12 de julio de 2011, en la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de alimentos; Que, la participación de PROMPERÚ en dicho evento resulta de interés para el sector agroexportador, por tratarse de una de las principales ferias internacionales especializada en alimentos gourmet del sector delicatessen, lo que permitirá realizar actividades de prospección comercial sobre dichos productos, así como reuniones con compradores internacionales interesados en la oferta peruana; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de las señoras María del Pilar Alarcón Tarazona e Ivana Katharine Frkovich Gómez, quienes prestan servicios en dicha entidad, a la ciudad de Washington DC, para que en representación de PROMPERÚ, participen en dicho evento, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se refiere a la instalación del stand peruano; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;.

(11) El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES. De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América, de las señoras María del Pilar Alarcón Tarazona e Ivana Katharine Frkovich Gómez, del 7 al 14 de julio de 2011 y del 7 al 13 de julio de 2011 respectivamente, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción de exportaciones durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: María del Pilar Alarcón Tarazona: - Viáticos (US$ 220,00 x 7 días) : US$ 1 540,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 492,00 Ivana Katharine Frkovich Gómez: - Viáticos (US$ 220,00 x 6 días) : US$ 1 320,00 - Pasajes Aéreos : US$ 1 492,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 662011-1. Aprueban precio de venta para los servicios de participación en actividades internacionales de exportaciones RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 063-2011-PROMPERU/SG Lima, 24 de junio de 2011 Servicio. Nombre. Lugar. 445919. Vistos, los Memorandos Nºs. 006-2011/DPRSDPC, 009-2011/PROMPERU-DPE-SDPC, 031-2011PROMPERU/DPE/SDPC, 256/2011 PROMPERU/ DPE-SDPC, 261-2011/PROMPERU/DPE-SDPC y 2752011/PROMPERU/DPE-SDPC de la Sub Dirección de Promoción Comercial; y Memorando Nº 116-2011/ PROMPERU/SG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría General Nº 082-2010-PROMPERU/SG, del 24 de agosto de 2010, se aprobó la Carta de Servicios y la Política de Comercialización de los Servicios No Exclusivos que brinda la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la misma que fue modificada por Resoluciones de Secretaría General Nros. 098, 123 y 136-2010-PROMPERU/SG, 002-2011PROMPERU/SG, 013-2011-PROMPERU/SG, 082-2010PROMPERU/SG y 045-2011-PROMPERU/SG; Que, en el marco de las actividades programadas de promoción de las exportaciones, mediante los Memorandos de los vistos, la Sub Dirección de Promoción Comercial manifiesta que están previstas la participación en diferentes actividades internacionales, solicitando la aprobación previa de los precios de venta respectivos, conforme a la determinación de costos efectuada por la Oficina de Administración y Finanzas; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, el literal n) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2007MINCETUR y modificado por Decreto Supremo Nº 0142010-MINCETUR; Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, Sub Dirección de Promoción Comercial, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Administración y Finanzas y Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el precio de venta para los servicios de participación en las actividades internacionales de exportaciones, de acuerdo al siguiente cuadro: Modalidad. Precio de Venta S/. (Inc. IGV). Precio de Venta (%UIT). Moda las Vegas – Stand decorado. 13,980.00. 388.33. Fecha. WWD Participación en Ferias Perú Moda en las Internacionales de Exportaciones Vegas. Las Vegas – USA. Agosto. PREMIUM. Stand decorado. 18,690.00. 519.17. Stand no decorado. 13,780.00. 382.78. Stand decorado. 18,690.00. 519.17. Stand no decorado. 13,780.00. 382.78. Sourcing – Stand decorado. 15,540.00. 431.67. Pool Trade Show – Stand decorado. 8,250.00. 229.17. 01 – 04 de Septiembre de 2011. Stand decorado. 8,570.00. 238.06. Colombia – Sector Participación en Misión Comercial Manufacturas con Ruedas de Negocios de Medellín - Colombia Diversas y Exportación Artesanías. 24 – 27 de Agosto de 2011. No Aplica. 1,610.00. 44.72. Participación en Misión Comercial Colombia – Sector Bogotá y Medellín con Ruedas de Negocios de Servicios - Colombia Exportación. 26 – 29 de Septiembre de 2011. Una ciudad. 2,140.00. 59.44. Dos ciudades. 4,130.00. 114.72. Participación en Ferias Ethical Fashion Internacionales de Exportaciones Show. Paris – Francia.

(12) El Peruano Lima, jueves 7 de julio de 2011. NORMAS LEGALES. 445920. Lugar. Fecha. Modalidad. Precio de Venta S/. (Inc. IGV). Precio de Venta (%UIT). Participación en Misión Comercial Chile – Sector con Ruedas de Negocios de Servicios Exportación. Santiago de Chile. 24 – 27 de Octubre de 2011. No Aplica. 1,920.00. 53.33. Participación en Misión Comercial Hong Kong con Ruedas de Negocios de – Sector Pesca Exportación. Hong Kong – Hong 06 – 08 de Kong Septiembre de 2011. No Aplica. 3,240.00. 90.00. Servicio. Nombre. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Administración y Finanzas publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 3º.- El responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de PROMPERU, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, deberá hacer la publicación correspondiente en el Portal Institucional, Portal de. CULTURA Designan representante del Ministerio ante Comisión Multisectorial creada por R.S. Nº 162-2011-PCM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 225-2011-MC Lima, 5 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 162-2011-PCM se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de estudiar y proponer acciones pertinentes respecto a las concesiones mineras otorgadas en la provincia de Melgar, departamento de Puno, la misma que se encontrará adscrita al Ministerio de Energía y Minas; Que, la citada Comisión Multisectorial se encontrará integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Cultura, cuya designación deberá realizarse por Resolución Ministerial; Que, en tal sentido, corresponde designar al representante del Ministerio de Cultura ante la referida Comisión; De conformidad con las Leyes Nos. 29158 y 29565, el Decreto Supremo Nº 001-2011-PCM y la Resolución Suprema Nº 162-2011-PCM. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Viceministro de Interculturalidad como representante del Ministerio de Cultura ante la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema Nº 162-2011-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 662133-2. ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el BIRF DECRETO SUPREMO Nº 133-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 4.1 del Artículo 4° de la Ley Nº 29627, Ley de Endeudamiento del Sector Público. Transparencia de la Entidad y Portal de Servicio al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR PAJARES SAYAN Secretaria General 662011-2. para el Año Fiscal 2011, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 436 450 000,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, hasta por la suma de US$ 54 500 000,00 (CINCUENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el Programa “Optimización de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado en el Área de Influencia Huachipa y Áreas del Drenaje de los Colectores Comas y Chillón-Fortalecimiento de Capacidades de Gestión en Lima Metropolitana”; Que, tal operación de endeudamiento se efectuará con cargo al Sub-Programa “Sectores Económicos y Sociales” referido en el literal a) del numeral 4.1 del Artículo 4° de la Ley N° 29627; Que, la referida operación de endeudamiento contemplará la opción de Conversión de Moneda, la cual faculta a la República del Perú a solicitar la conversión de todo o parte del monto del préstamo, desembolsado o por desembolsar, de Dólares a Nuevos Soles, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación; Que, en adición, la citada operación de endeudamiento externo también contemplará la opción de Conversión de la base de la Tasa de Interés, el cual permite cambiar una parte o la totalidad del monto del préstamo desembolsado y pendiente de pago, de una Tasa Variable a una Tasa Fija de Interés, o viceversa, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación; Que, asimismo, la aludida operación de endeudamiento externo también contemplará la opción de Establecimiento de Límites a la Tasa Variable, el cual permite fijar, a una parte o a la totalidad del monto del préstamo desembolsado y pendiente de pago, un tope (cap) o una banda (collar) a la tasa de interés variable, con la correspondiente modificación de las condiciones financieras de la operación; Que, la operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modificatorias; y la Ley N° 29627; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en lo que respecta a disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por esta operación de endeudamiento externo, se cuenta con la opinión favorable de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL; Que, asimismo la Contraloría General de la República ha informado previamente sobre la citada operación de endeudamiento externo, en aplicación del literal l) del.

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