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GOBIERNO REGIONAL CUSCO. Presidencia Regional 9 S011-GR CUSCO/PR

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CONVENIO N°

° 9

S011-GR CUSCO/PR

CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "MEJORAMIENTO DEL

o

SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DESAGUE EN LAS URBS. DE HARIN, HUARAN Y

coi SILLACANCHA DEL DISTRITO DE CALCA"

- Conste por el presente documento, el CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA EJECUCIÓN DE LA OBRA, que celebran de una parte el GOBIERNO REGIONAL CUSCO, con RUC N° 20527147612, con domicilio legal en la Av. Tomasa Ttito Condemayta s/n del Distrito de Wonchaq, Provincia y Departamento del Cusco, representado por su Presidente Regional Sr. Jorge lsaacs Acudo Tito, identificado con DNI N° 23899091, con credencial N° 551, emitida por el Jurado Nacional de Elecciones de fecha 20 de Diciembre del 2010, que en adelante se denominará "GOBIERNO REGIONAL CUSCO" y de otra parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA, con RUC N° 20156074242, representado por su Alcalde Sr. Ciriaco Condori Cruz, identificado con DNI N°24460179, con domicilio legal en la Calle San Martin Ng s/n del Distrito de Calca, Provincia de Calco y Departamento del Cusco, a la que en adelante se denominará LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA, en los términos y condiciones siguientes:

Las partes expresan su voluntad de convenir en las siguientes bases legales:

Constitución Politica del Estado.

Ley N°27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización.

Ley N°27783, Ley Orgánica de Bases de lo Descentralización.

Ley N°27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Ley N°27902, Ley Modificatorio de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y sus modificatorias.

Ley N°29626 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011.

Ley 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificado por las Leyes N° 28522 y 28802.

Demás normas pertinentes y complementarias.

USULA PRIMERA.- DE LOS ANTECEDENTES:

BIERNO REGIONAL CUSCO, es persono jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y s rativa en asuntos de su competencia; con jurisdicción en el departamento de Cusco, tiene por finalidad esencial, ntar el desarrollo regional integral y sostenible, promoviendo la inversión pública, privada y el empleo;

tizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los es y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

Mediante Acuerdo Regional 140-2011-CR/GRC.CUSCO, se autoriza realizar las acciones administrativas y presupuéstales pertinentes para la materialización de la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad PROVINCIAL DE CALCA, por el monto de S/ 3'845,430.00 (Tres Millones Ochocientos Cuarenta y cinco Mil Cuatrocientos Treinta con 00/100 Nuevos Soles), del mismo que se deberá descontar el porcentaje para Supervisión, para la ejecución del Proyecto: "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DESAGUE EN LAS URBS. DE HARIN, HUARAN Y SILLACANCHA DEL DISTRITO DE CALCA", con código SNIP N°114485.

Habiéndose procedido en el SIAF mediante la modificación presupuestaria procesada, estableciendo la estructura programática a lo que se afectará el desembolso a favor de la Municipalidad en mención.

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1.2 Mediante Memorándum N 22165-2011-GR CUSCO/GRI, la Gerencia Regional de Infraestructura, solicito la Transferencia Financiera para la Ejecución de Proyectos de Inversión Pública.

LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA, es un organismo público con personería jurídica sujetos al sistema nacional de control interno y a las normas citadas precedentemente y disposiciones conexas aplicables a las partes, con autonomía, administrativa, política y económico, en los asuntos de su competencia dentro del ámbito de su jurisdicción y como tal, facultada para suscribir el presente Convenio.

Tiene la finalidad de promover la adecuada prestación de los servicios públicos, locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, de conformidad con los alcances de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972.

1.3 Mediante Resolución de Alcaldia N°0167-2011/A-MPC la Municipalidad Provincial de Calca, aprueba el Expediente Técnico del Proyecto: "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DESAGUE EN LAS URBS. DE HARIN, HUARAN Y SILLACANCHA DEL DISTRITO DE CALCA".

CLÁUSULA SEGUNDA.- OBJETO DEL CONVENIO:

El objeto del presente Convenio Interinstitucional entre el GOBIERNO REGIONAL CUSCO Y LA MUNICIPALIDAD ROVINCIAL DE CALCA, es contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población del sector y establecer las ndiciones para la sostenibilidad, mediante la Transferencia Financiera para la Ejecución de la Obra: "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DESAGUE EN LAS URBS. DE HARIN, HUARAN Y SILLACANCHA DEL DISTRITO DE CALCA", en el Distrito de Calca, Provincia de Calca y Departamento de Cusca.

LÁUSULA TERCERA.- DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES:

A la firma del presente Convenio de Transferencia Financiera para Ejecución de la Obra: "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DESAGUE EN LAS URBS. DE HARIN, HUARAN Y SILLACANCHA DEL DISTRITO DE CALCA", se dispone efectuar la Transferencia Financiera por el Monto de S/3345,022.00 (Tres Millones Quinientos Cuarenta y Cinco Mil Veintidos con 00/100 Nuevos Soles) a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA.

Retener el monto considerado en el Expediente Técnico para Gastos de Supervisión, acción que deberá efectuarse al momento de la Transferencia Financiera.

Efectuará el monitoreo, seguimiento y verificación del cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras paro los cuales se entregaron los recursos.

4 Asignar el Profesional para realizar la labor de Inspector o Supervisor para la ejecución de la Obra con cargo al monto retenido para gastos de Supervisión (según ítem 3.1.2), vigilando que los recursos transferidos sean invertidos dentro del marco de las normas de ejecución de Obras previstas en el Expediente Técnico, así como realizar la revisión y dar la conformidad al Expediente Técnico de Ejecución de Obra, dispuesto en el literal 16.3 del articulo 16 de la ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2011.

3.2 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA:

Incorporar dentro del marco de su Presupuesto Institucional correspondiente al presente año, el monto de la Transferencia Financiera objeto del presente convenio ascendente o lo suma de S/3'545,022.00 (Tres Millones Quinientos Cuarenta y Cinco Mil Veintidos con 00/100 Nuevos Soles), destinándolos exclusivamente para los

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fines de la ejecución de la Obro: "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DESAGUE EN LAS URBS. DE HARIN, HUARAN Y SILLACANCHA DEL DISTRITO DE CALCA".

2.2 Presentar la declaración jurada de contar con los recursos humanas, logísticos y equipo suficiente para garantizar la ejecución de la Obra a lo firma del Convenio.

3.2.3 Se compromete a registrar debidamente en el Banco de Proyecto, los Formatos SNIP 15 ó 16, según corresponda bajo responsabilidad del titular, acción previa a la Ejecución de Obra.

3.2.4 Ejecutar la obra, objeto de la presente Transferencia Financiera en estricta sujeción al estudio de Pre-Inversión declarado viable y al Expediente Técnico debidamente aprobado mediante Resolución de Alcaldía Al°0167- 2011/A-MPC.

3.2.5 El costo del Cartel de Obra, será asumido en su totalidad par la Municipalidad PROVINCIAL DE CALCA, el cual se elaborará conforme a los diseños establecidos por el GOBIERNO REGIONAL CUSCO.

3.2.6 La Municipalidad solicitará al Gobierno Regional Cusco, la designación del respectivo Inspector o Supervisor de Obra, una vez que cuente con los materiales de construcción en Obro y la logística para el inicio de los trabajos.

3.2.7 Es Responsable de la ejecución técnica - administrativa de la Obra: "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DESAGUE EN LAS URSS. DE HARIN, HUARAN Y SILLACANCHA DEL DISTRITO DE CALCA', en estricta observancia de la normatividad sobre ejecución de Obras Públicas.

2.8 Los adicionales y/o mayores metrados que surjan en el proceso de ejecución de la Obra, así como los Gastos de Supervisión que se generen por Ampliaciones de Plazo, serán asumidos integramente con recursos de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA, los mismos que garantizarán el cumplimiento de las metas previstas.

3.2.9 Entregar el Informe Final de la Obra: "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACIÓN DE DESAGUE EN LAS URBS. DE HARIN, HUARAN Y SILLACANCHA DEL DISTRITO DE CALCA", dentro de los treinta días calendarios de concluida la Obra para revisión y aprobación del Inspector o Supervisar.

A la culminación de la Obra, enviar la Resolución de Aprobación de Liquidación Física - Financiera y un ejemplar del Expediente correspondiente, a la Gerencia General del Gobierno Regional Cusca.

ULA CUARTA.- DE LAS RESPONSABILIDADES:

OBIERNO REGIONAL CUSCO

y la

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA a través de sus representantes s, se obligan al estricto cumplimiento del presente Convenio.

UNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CALCA a través de su Alcalde, asume las responsabilidades administrativas, s y penales a que hubiere lugar, por el mal uso de los recursos públicos transferidos.

LÁUSULA QUINTA.- DEL PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO:

5.1 El Presupuesto Total del Expediente Técnico de la Obra asciende a la suma de S/. 3'845,430.00 (Tres Millones Ochocientos Cuarenta y cinco Mil Cuatrocientas Treinta con 00/100 Nuevos Soles). El GOBIERNO REGIONAL CUSCO, realizará la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/3'545,022.00 (Tres Millones Quinientos Cuarenta y Cinco Mil Veintidos con 00/100 Nuevos Soles), que se afectará a la cadena funcional programática que se detalla a continuación:

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"W rACT/PROYECTO : Transferencia Financiero o Gobiernos Locales

Eta MONTO : S/3 545,022.00 (Tres Millones Quinientos Cuarenta y Cinco Mil Veintidos con 00/100 Nuevos Soles) 0, FUENTE FINANCIAMIENTO

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REGICIKE4- : 5 Recursos Determinados

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5.2 El costo de Inspección o Supervisión de la obra, asciende a lo suma de 5/.100,407.71 (Cien Mil Cuatrocientos Siete con 71/100 Nuevos Soles), monto intangible que será retenido y ejecutado exclusivamente para el pago de los servicios de Inspección o Supervisión.

CLÁUSULA SEXTA.- DE LA VIGENCIA DE CONVENIO:

El presente convenio rige a partir de la fecha de su suscripción y tendrá vigencia hasta la culminación física del proyecto según cronograma de ejecución de obra del Expediente Técnico.

CLÁUSULA SÉPTIMA.- DE LA MODIFICACIÓN DE CONVENIO:

ualquier modificación, restricción o ampliación que las partes estimen conveniente al Convenio, se efectuará mediante ddendo que se suscribirá con las mismas formalidades del presente documento.

CLÁUSULA OCTAVA.- DE LA RESOLUCIÓN DEL CONVENIO:

• El Convenio podrá ser resuelto por los siguientes causales:

c;\

Por acuerdo mutuo.

Por caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los acuerdos adoptados.

Por norma legal que asilo determine.

La resolución del convenio se ejerce mediante documento escrito dirigido a la otra parte y produce sus efectos después de Quince (15) dios calendarios de su recepción.

CLÁUSULA NOVENA.- DE LA INTERPRETACIÓN:

presente convenio se interpreta de conformidad a los principios de la buena fé y común intención de las partes, de erdo al objeto del convenio y a los normas jurídicos de administración pública, casa contrario se recurrirá a las mas legales del acto jurídico.

SULA DÉCIMA.- DE LAS CONTROVERSIAS Y JURISDICCIÓN:

narse cualquier controversia en lo ejecución del presente convenio, las portes se comprometen o desarrollar su ci mejor esfuerzo de conformidad a los principios de la buena fé y común intención de estas. De persistir la controversia, las 9artes se someten a los jueces y tribunales del Distrito de Cusco, renunciando al fuero de sus domicilios que por sus factuales o futuros domicilios les pudiesen corresponder.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA:- ANEXOS:

Forman parte integrante del presente convenio los siguientes documentas:

1. Expediente Técnico de obra 2. Documentos de Compromiso:

a. Capacidad de Ejecución Técnica — Financiera.

b. De Ejecución de Obra hasta su Conclusión.

c. De asumir los Adicionales y/o Mayores Metrados que surjan en lo Ejecución de la Obra.

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3. Modelo de Cartel de Obra.

4. Resolución de Alcaldía que Aprueba el Expediente Técnico.

c as partes intervinientes declaran su plena conformidad con las clausulas contenidos en el presente convenio, o\

o scribiéndolo en tres (3) ejemplares que tienen el mismo valor, a los trece dios del mes de Sets- •ire del das mil once. #

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Arg. Jorge

1. Acuno Tito PRESIDENTE REGIONAL

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