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Tema 1

La información contable en

España: Aspectos mercantiles y

Presentación de los estados

contables básicos

Análisis de Estados Financieros 1º Economía

2º semestre

2009-2010

(2)

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1. Aspectos formales de la contabilidad del

empresario (I)

El Código de Comercio (Real Decreto de 22 de agosto de 1885), Título III, relativo a “

De la contabilidad de los empresarios

”, y en la Sección 1ª, dedicada a “

los libros de los empresarios

”, establece:

Art. 25: “todo empresario deberá llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su empresa que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios,….”

A) Son considerados obligatorios:

**

Libro de Inventarios y Cuentas Anuales

**

Libro “Diario”

B) En las sociedades mercantiles (sociedades anónimas (SA) y de responsabilidad limitada (SL)

“Libro de Actas”:

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1. Aspectos formales de la contabilidad del

empresario (II)

El art. 27 del Código de Comercio (CCo), los empresarios deben

depositar los libros de contabilidad en el Registro Mercantil

del lugar donde tuvieren su domicilio para su sellado.

La “

LEGALIZACIÓN DE LOS LIBROS

” puede hacerse:

** “a priori”, antes de iniciar la transcripción o anotaciones; o

(4)

El Libro de Inventarios y Cuentas Anuales:

* se estrena con el balance inicial detallado de la empresa (el de constitución)

* al menos, trimestralmente, se ha de incluir el balance de comprobación de sumas y saldos (saldos deudores y acreedores, según corresponda, de activos, pasivos, componentes del patrimonio neto, gastos e ingresos).

El Libro Diario:

registrará todas las operaciones relacionadas con la actividad empresarial, día a día, respetando el orden cronológico.

se permite la anotación contable agregada o conjunta de los totales de las operaciones por periodos no superiores a un mes; no obstante, se exige su detalle en otros libros o registros.(art. 28 del CCo).

Los empresarios deben CONSERVAR LOS “LIBROS DE CONTABILIDAD”, así como la correspondencia, justificantes, contratos y otros documentos probatorios, debidamente ordenados,

A LO LARGO DE 6 AÑOS

, a partir del último asiento contable realizado en los libros (art. 30 del CCo).

(5)

2. El secreto de los Libros y Registros contables

LA CONTABILIDAD DE LOS EMPRESARIOS ES SECRETA (art. 32 del CCo)

Salvo lo que establece en diversas leyes, que fijan una serie de condiciones o circunstancias en determinado supuestos:

** Concursos de acreedores por suspensión de pagos y quiebras; ** Sucesión universal;

** Liquidación de sociedades;

** Expedientes de regulación de empleo;

** Por el derecho de los accionistas o socios a su examen directo; ** Por el derecho de los representantes de los trabajadores a su examen directo;

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3. Elaboración y Presentación de las

Cuentas Anuales: III Parte del PGC2007 (I)

• Se establecen las normas de elaboración de las Cuentas

Anuales (NECAs) y modelos de formulación y contenido

de las Cuentas Anuales.

NECA 1ª, acerca de los documentos que

integran las cuentas anuales (art. 34 del

Código de Comercio):

**

balance;

** cuenta o estado de pérdidas y ganancias;

** estado de cambios en el patrimonio neto;

** estado de flujos de efectivo; y

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3. Elaboración y Presentación de las

Cuentas Anuales: III Parte del PGC2007 (II)

estos documentos forman una unidad;

deben ser redactados de conformidad con lo previsto

en el Código de Comercio, en el Texto Refundido de

la Ley de Sociedades Anónimas, en la Ley de

Sociedades de Responsabilidad Limitada y en este

Plan General de Contabilidad;

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3. Elaboración y Presentación de las

Cuentas Anuales: III Parte del PGC2007 (III)

NECA 2ª.1.

.:

Se elaborarán con una periodicidad de doce meses,

salvo en los casos de constitución, modificación de la

fecha de cierre del ejercicio social o disolución.

NECA 2ª.2.

:

Deberán ser formuladas por el empresario o los

administradores,

quienes

responderán

de

su

VERACIDAD

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3. Elaboración y Presentación de las

Cuentas Anuales: III Parte del PGC2007 (IV)

Deberán ser firmadas por:

el empresario;

todos los socios ilimitadamente responsables

por las deudas sociales, o

todos los administradores de la sociedad;

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3. Elaboración y Presentación de las

Cuentas Anuales: III Parte del PGC2007

(V)

VERACIDAD

VERACIDAD

:

ha de ser fiable;

clara y comprensible;

relevante,

(11)

3. Elaboración y Presentación de las

Cuentas Anuales: III Parte del PGC2007 (VI)

Como garantía de veracidad y reflejo de la

imagen fiel:

Las Cuentas Anuales son sometidas a un

proceso de verificación, denominado

auditoría

externa

;

(12)

3. Elaboración y Presentación de las

Cuentas Anuales: III Parte del PGC2007 (VII)

En principio, todas las sociedades que sobrepasan

dos

de los tres límites

que han sido puestos de manifiesto

para publicar el balance modelo normal u ordinario, así

como la exigencia de formulación del estado de flujos de

efectivo:

**

Activo total neto, 2.850.000 €.

**

Cifra de negocios o Ingresos principales de

explotación, 5.700.000 €.

**

Plantilla media anual, 50 empleadas/os.

(13)

3. Elaboración y Presentación de las

Cuentas Anuales: III Parte del PGC2007 (VIII)

El auditor de cuentas dispondrá de

UN MES

, a partir de

la entrega de las Cuentas Anuales por parte de los

administradores, para emitir y presentar el informe de

auditoría.

(14)

4. Aprobación de las Cuentas Anuales

Las Cuentas Anuales han de ser aprobadas por los

accionistas o socios en la Junta General de Accionistas o

Socios.

Cualquier accionista o socio tiene derecho a recibir de forma

inmediata y gratuita las

CUENTAS ANUALES

del ejercicio

económico último cerrado y otros documentos, así como, en su caso,

el informe de gestión y el

INFORME DE AUDITORÍA

, que han de ser

sometidos a la aprobación en la Junta.

(15)

En el plazo de

UN MES

, contado a partir de la fecha de

aprobación de las Cuentas Anuales:

• Certificación de los acuerdos tomados en junta general de aprobación

de las cuentas anuales y de aplicación del resultado.

•Se presenta un ejemplar de cada una de dichas cuentas:

– Balance de situación;

– Cuenta o Estado de Pérdidas y Ganancias;

– Estado de Cambios en el Patrimonio Neto;

– Estado de Flujos de Efectivo (en caso de estar obligado a ello);

– La Memoria

•Un ejemplar del Informe de gestión.

•Un ejemplar del informe de auditoría, bien porque esté obligada a ello, o

porque fuere exigido por una minoría de accionistas o socios.

•Si alguna o varias cuentas se han formulado de modo abreviado, debe

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• Forma de presentación de los documentos en el Registro

Mercantil

en papel o soporte magnético.

• Periodo de permanencia de los anteriores documentos en

el Registro Mercantil

6 años

(art. 219 del TRLSA).

• El acceso al Registro Mercantil es de carácter público;

• No obstante, antes de tener acceso a la información

contable, el Registrador/a Mercantil comunicará al Registro

Central, el primer día hábil de cada mes, la relación de

aquellas sociedades que hubieran satisfecho la obligación

del depósito a lo largo del mes anterior.

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