Orden 771/2018 de la Consejería de Educación e Investigación por la que se
determinan nuevos beneficiarios de becas para el estudio de programas de
segunda oportunidad en el curso 2017/2018
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.
Por Orden 2990/2017,
de 24 de agosto (extracto publicado en el BOCM de 6
de septiembre), de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se aprobó la
convocatoria de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad
correspondiente al curso 2017-2018.
Segundo.
Seguidos los trámites legales oportunos, por Orden 4576/2017, de 13 de
diciembre (publicada en el BOCM de 15 de diciembre), de la Consejería de Educación
e Investigación, se resuelve la convocatoria de becas para el estudio de Programas de
Segunda Oportunidad correspondiente al curso 2017-2018.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.
La competencia para la revisión de los errores materiales, de hecho o
aritméticos, corresponde al propio órgano que haya dictado el acto, en los términos
previstos en el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid.
Segundo.
Revisados los expedientes recogidos en el Anexo, se aprecia la existencia
de errores, detectados por la Unidad gestora en los términos previstos en el artículo
109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y que determinan el reconocimiento de la condición de
beneficiarios de las becas a los interesados relacionados en el mismo, por las causas
establecidas en cada expediente.
Por todo lo anteriormente expuesto,
DISPONGO
Primero.
Conceder las becas para el estudio de programas de segunda oportunidad
correspondientes al curso 2017/2018 a los beneficiarios que figuran en el Anexo a esta
orden y por el importe que consta en él.
La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación:
El citado Anexo de beneficiarios se expondrá en las Direcciones de Área Territorial, en
la oficina de Información de la Consejería de Educación e Investigación, y en la página
web de la Consejería de Educación e Investigación.
Segundo.
El pago de las becas a los beneficiarios se hará efectivo, tal y como
establece el artículo 13 de la Orden 2990/2017, de 24 de agosto, mediante la entrega
de una tarjeta personalizada, por el importe total de la ayuda, y se realizará a través de
la empresa colaboradora SODEXO.
Tercero.
El coste total de las becas concedidas se financiará, con cargo al
subconcepto 48399 del programa 323M de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid.
Cuarto.
Declarar el archivo de los recursos de reposición que se hayan interpuesto,
para obtener las becas solicitadas por los interesados relacionados en el Anexo, al
desaparecer su objeto.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con
carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de
Educación e Investigación, o bien, directamente en el plazo de dos meses, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la
publicación de las listas en las Direcciones de Área Territorial.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
Rafael van Grieken Salvador
La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación:
0981294167398514509121
Firmado digitalmente por RAFAEL VAN GRIEKEN SALVADOR Organización: COMUNIDAD DE MADRID
Fecha: 2018.03.19 17:27:14 CET
ANEXO
Nº EXPTE PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
IMPORTE TOTAL
16 PECINO ALBORNOZ ANA MARIA 3.500,00 €
66 DE PAZ GARCIA RAUL 3.500,00 €
76 BELLO PEREZ JAVIER 3.500,00 €
77 COBOS MEDINA CARLOS 3.500,00 €
115 GONZALO MALDONADO MARIA 3.500,00 €
169 GARCIA-DENCHE MARIN SANTIAGO 3.500,00 €
184 FERNANDEZ GALVEZ ALVARO 400,00 €
219 ALIQUE LOZANO RODRIGO 3.500,00 €
220 CODESEDA CARBALLIDO ANDREA 400,00 €
333 PIGAZO GARCIA RICARDO 3.500,00 €
372 ATENCIO ROMERO MIGUEL ANGEL 3.204,00 €
380 GARCIA GARCIA CRISTINA 3.100,00 €
392 PILLAJO TOAPANTA LIZBETH CRISTINA 3.500,00 €
421 ALARCON MOLINA ALBA 3.500,00 €
591 ERUSTES VELA SARA 2.790,00 €
638 SUAREZ QUIJIJE
CINTHIA
ALEXANDRA 3.000,00 €
655 LEIVA GONZALEZ ALBERTO 3.500,00 €
741 ARIAS TEJERO CRISTIAN 3.200,00 €
760 CASTAÑEDA DE CASTRO ALBERTO 2.863,00 €
781 GUERRO FUENTES ALVARO 3.500,00 €
832 PEREZ DOMINGUEZ EMILIO JACOBO 3.500,00 €
862 RUIZ SANCHEZ DANIEL FELIPE 909,00 €
915 MANZANO CORTES KEVIN 3.500,00 €
947 CABAL MONTOYA
MARIA DE LOS
ANGELES 3.500,00 €
998 COELLO RODRÍGUEZ JENIFER 3.500,00 €
1000 KOZIÑSKA KASZUBA MICHELE 3.500,00 €
1055 PEREZ MARTIN SANTIAGO 2.900,00 €
1141 GOMEZ GIRALDO JESUS FERNANDO 2.863,00 €
1171 SIERRA HERRADON NURIA 3.000,00 €
1202 CABRERA LEQUIPE BRANKO MARCELO 3.500,00 €
1276 SANCHEZ PEREZ SERGIO 2.900,00 €
1303 MORCUENDE SAEZ MANUEL 3.500,00 €
1389 ARAGON GARZA NATALIA GABRIELA 3.310,00 €
1401 SALAZAR ARAUCO NELIDA DEL PILAR 1.021,50 €
1425 AGÜERO HEREDIA AIMEE SARIEL 2.900,00 €
1532 NAVARRO GONZALEZ LAURA 500,00 €
1603 VELASCO JIMENEZ DE ANDRADE PASTORA 3.400,00 €
La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación:
Nº EXPTE PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
IMPORTE TOTAL
1720 MARTELLO MORENO ITALO JESUS 3.500,00 €
1791 LOPEZ OCAÑA RODRIGUEZ EDUARDO 424,12 €
1934 PEREZ MARTIN BORJA 3.500,00 €
1941 LOPEZ LOPEZ ALBERTO 2.900,00 €
1943 ALFARO BARQUERO ADRIAN 3.500,00 €
2195 VICIOSO REYES SERGIO 3.500,00 €
2246 HERRERO GARCIA GUILLERMO 3.500,00 €
2296 CAMACHO PERERA ANDREA 2.800,00 €
2301 VALERO ARQUERO MARIO 3.500,00 €
2318 SANTOS PEÑALOZA DIANA KAROLINA 3.500,00 €
2332 MUÑOZ SAELICES SOFIA 2.800,00 €
2336 VICARIO ZARZALEJO SARA 400,00 €
2347 RODENAS MARTINEZ DANIEL 3.500,00 €
2349 GUTIÉRREZ HERRERA JAROL FERNANDO 2.900,00 €
2356 MARTIN DE LA PAZ MARINA 3.500,00 €
2374 FARFAN TRILLO JOSE MANUEL 3.500,00 €
2376 GARCIA RAMOS AITOR 3.500,00 €
2378 SANZ RUBIO BEATRIZ 2.900,00 €
2436 JIMENEZ HERRERO CAROLINA 3.500,00 €
2445 PEREZ OLMOS ARIADNA 3.500,00 €
2447 BEN MOUSSA SANCHEZ MONIR 3.500,00 €
2466 BRAKCHI GARCIA YANIS 3.500,00 €
2482 SOLIS PINILLA FRANCISCO JAVIER 3.500,00 €
2483 HENRIQUEZ MOSQUEA JONEYSIS 3.500,00 €
2484 LOPEZ DE LA CRUZ ELIZABETH 3.500,00 €
2485 GALLEGO DELGADO RUBEN 3.190,00 €
2486 POLANCO BELMONTE ARACELI 3.500,00 €
2487 MUHSEN DE FRUTOS YASER 3.150,00 €
2488 CHECA SANCHEZ-ISASI ELVIRA 3.500,00 €
2489 MARTIN RIVERA ANDREA 2.900,00 €
2490 FLORES ORTEGA IGNACIO 3.500,00 €
2491 GUITAR ROMEO JAIME 3.500,00 €
2493 SANTOANDRE MARTIN JUAN MARIA 3.500,00 €
2494 RODRIGUEZ HERRANZ DAVID 3.411,45 €
2495 KONTOS PORRAS JAVIER 3.316,50 €
2496 FERNANDEZ ARMAN ANDREA 2.570,00 €
2498 VICENTE CODES JOSE MANUEL 3.500,00 €
2500 MONZON GONZALEZ CARLOS 3.290,00 €
2501 RUIZ RODRIGUEZ ALEX 2.900,00 €
2503 GARCIA GILARRANZ MIGUEL 3.500,00 €
La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación:
Nº EXPTE PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE
IMPORTE TOTAL
2504 ALCALDE GOMEZ SARA 3.325,00 €
2505 GIL VEGA IGNACIO 1.160,00 €
2506 TERRES MATEOS ISAAC 3.500,00 €
La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación: