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TÉRMINOS DE REFERENCIA

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TÉRMINOS DE REFERENCIA

SERVICIO DE CONSULTORÍA PARA EL DISEÑO, DESARROLLO, INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÒN DEL SISTEMA DE CONTROL DE APORTES VÍA EXTRANET DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ELECTRICIDAD DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS 1. Número de certificación de crédito presupuestal:

2. Descripción del servicio y/o bien solicitado: 2.1. Antecedentes del servicio:

2.1.1. El Decreto Supremo Nº 057-2006-EM, aprueba la Norma: “Procedimiento de Autoliquidación de Aportes de Empresas del Subsector Electricidad”. En el Artículo 5.2 y 5.3 se indica que los aportes deberán ser depositados en la cuenta corriente bancaria del organismo receptor además de remitir a éste la Autoliquidación de Aporte con la copia de la constancia del depósito respectivo. En el Artículo 5.4 se indica que la fiscalización de las contribuciones es competencia del OSINERGMIN quien informará a la Dirección General de Electricidad (DGE).

2.1.2. El Decreto Supremo Nº 136-2002-PCM, establece disposiciones referidas a aportes de empresas y entidades de los subsectores electricidad e hidrocarburos en el marco de la Ley Nº 27332.

2.1.3. Mediante Resolución Directoral Nº 019-2002 EM/DGE, se aprueban estructuras de tablas de base de datos y el formato reporte de titulares de Generación para el mercado eléctrico y de Distribución, comprendidos en la Ley de Concesiones Eléctricas. 2.1.4. Mediante Resolución Directoral Nº 011-95-EM/DGE, se aprueban formatos para

elaboración y presentación de la información operativa del Subsector Eléctrico por las empresas concesionarias y/o autorizadas.

2.2. Objetivo del servicio:

2.2.1. El objetivo del servicio es poner en funcionamiento el Sistema Extranet para el control de los aportes las empresas concesionarias de las actividades eléctricas, en adelante el Sistema, a cargo de la Dirección General de Electricidad (DGE), tal como lo disponen las normas legales sobre la materia. Dicho sistema deberá integrarse al Sistema Extranet.

2.3. Alcance del servicio:

2.3.1. El proveedor que reciba el encargo de realizar el servicio deberá considerar las siguientes actividades mínimas para cumplir con los objetivos del servicio, las mismas que no deben ser consideradas como limitativas, ni necesariamente efectuadas en forma secuencial. Es decir, el proveedor del servicio podrá ampliarlas y/o modificarlas, en caso que lo considere necesario, de acuerdo a su experiencia, para alcanzar los objetivos propuestos en el plazo especificado.

2.3.1.1. Del análisis, diseño y desarrollo del sistema: El análisis y diseño deberá efectuarse tomando como base el sistema denominado: “Sistema de Control de Aportes de las Empresas Concesionarias de Electricidad”, a cargo de la DGE. Deberá utilizar la herramienta de desarrollo y Manejador de Base de Datos de acuerdo a los estándares sobre Extranet del Ministerio de Energía y Minas. 2.3.1.2. De la instalación, pruebas y puesta en marcha: El proveedor del servicio

en coordinación con la DGE y la Oficina de Informática, deberá dejar instalado el sistema, efectuar las pruebas necesarias para una eficiente operación del

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sistema, dejar instalado el sistema y entregar los programas fuentes acompañado de la documentación correspondiente.

2.3.1.3. De la operación y mantenimiento: El proveedor del servicio deberá dejar operativo el Sistema de Aportes Vía Extranet, con el Vº Bº de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina de Informática del Ministerio de Energía y Minas.

2.3.1.4. De la presentación del sistema: Deberá considerar una presentación de los resultados del sistema al personal que designe la Dirección General.

Luego de firmado el contrato y antes del inicio del trabajo, el proveedor realizará una exposición de su Plan de Trabajo ante la Entidad Contratante, formulando la organización del proyecto y presentado un cronograma de actividades optimizado, viable y elaborado en algún sistema de gestión que permita observar el desarrollo de estas actividades y la utilización de los recursos correspondientes.

2.4. Descripción del servicio:

2.4.1. Desarrollar el Sistema Extranet compuesto por el sistema de registro y seguimiento de los aportes de las empresas concesionarias de electricidad una aplicación Web descrito en el alcance (2.1.1), de acuerdo al flujo de información de la propuesta que se muestra en el Anexo Nº 01, que debe considerar las funcionalidades siguientes:

2.4.1.1. Preparación de la información recibida e ingreso de datos de la empresa concesionaria:

2.4.1.1.1. El representante de la empresa concesionaria (usuario), previo ingreso de su password, ingresará los datos de facturación, aportes y otros según norma sobre la materia, en los formatos indicados en el sistema Extranet (El password le será oficialmente remitido a la empresa previamente antes del funcionamiento del sistema por la DGE). Debe existir un módulo que permita gestionar los accesos de usuarios y seguridad del Sistema.

2.4.1.1.2. Los datos ingresados de cada Empresa Concesionaria se almacenarán en una base de datos denominada: “Aportes de la Empresa”. Este debe ser gestionado por un nivel de usuario Administrador.

2.4.1.1.3. El Sistema debe permitir al usuario de la empresa registrar la información del aporte de un determinado período de facturación (Mes de facturación).

2.4.1.1.4. El Sistema debe calcular automáticamente el monto que debe aportar la empresa, según las fórmulas establecidas y que deben ser totalmente parametrizables.

2.4.1.1.5. Debe permitir al usuario de la empresa seleccionar el mes de facturación y registrar uno o varios pagos (aportes). Implementando mecanismos de validación.

2.4.1.1.6. El sistema debe permitir adjuntar las boletas de pago de manera escaneada, un archivo por cada pago, si no se adjunta la boleta de pago, el registro no se debe actualizar.

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2.4.1.1.7. Debe permitir al usuario de la empresa, una vez terminado el registro de información, y si él lo desea, enviar la información al ministerio. Este envió debe generar un número de expediente en el Sistema de Trámite Documentario, con el asunto “Envió de Aportes correspondiente al Mes de [NombreMEs]… ”, además debe enviar un correo electrónico al encargado o encargados del área de la DGE, así como los encargados del área de Tesorería. La Oficina de Informática brindará las interfaces necesarias para la implementación de esta funcionalidad.

2.4.1.1.8. Debe permitir editar el pago o la información del aporte siempre y cuando, el estado del aporte no está como “Enviado al Ministerio”. 2.4.1.1.9. Debe controlar los estados del aporte, de acuerdo a los pagos

efectuados. Si la suma de los pagos es mayor o igual al monto a aportar, se debe colocar el estado totalmente pagado.

2.4.1.1.10. El Sistema debe permitir el registro de pagos, especiales correspondientes a años anteriores. Estos pagos son adecuaciones o regulaciones que las empresas tienen que hacer debido a procesos fiscalizadores u otros.

2.4.1.1.11. El Sistema debe permitir registrar la facturación y los valores calculados para el pago, por parte de la empresa, en atributos destinados para este fin. Además debe permitir efectuar los cálculos tal como lo viene haciendo el actual Módulo de Control de Aportes de las Empresas Concesionarias a cargo de la DGE. Estos valores calculados mensualmente deberán almacenarse temporalmente en una Base de Datos denominado: “Cálculo de aportes DGE”, para luego hacer una comparación entre estos valores y los valores registrados de la empresa.

2.4.1.2. Mantenimiento y Configuración de los datos maestros.

2.4.1.2.1. El Sistema debe permitir registrar la información de las tasas de interés activo en moneda nacional y tasa de interés pasivo en moneda nacional de manera diaria.

2.4.1.2.2. El Sistema debe permitir parametrizar la fórmula del aporte correspondiente a la facturación mensual.

2.4.1.2.3. El Sistema debe permitir registrar las fechas de vencimiento por cada periodo de facturación (Mes de Facturación).

2.4.1.2.4. El Sistema debe permitir registrar y editar la información de las empresas concesionarias de electricidad que están obligadas a aportar. Para registrar una empresa, se debe consultar a nuestra base de datos centralizada de clientes, SIMEM-CLIENTES. La Oficina de Informática proveerá las interfaces necesarias para completar esta funcionalidad.

2.4.1.2.5. El Sistema debe permitir registrar la información de contacto de la empresa eléctrica concesionaria, sus teléfonos y sus correos electrónicos, para una comunicación efectiva.

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2.4.1.2.6. El Sistema debe permitir parametrizar los valores del interés compensatorio e interés moratorio.

2.4.1.2.7. El Sistema debe permitir el registro de las personas (trabajadores del MINEM) que recibirán un correo electrónico, cada vez que se envié un aporte al ministerio.

2.4.1.2.8. El Sistema debe permitir registrar el promedio de tipo de cambio mensual a dólar y euro, con la finalidad de utilizar esta información en determinados reportes.

2.4.1.2.9. El Sistema debe permitir registrar las observaciones que se colocará en los aportes por período.

2.4.1.2.10. El Sistema debe implementar niveles de auditoria en todas las tablas, de tal forma que se conozca rápidamente el usuario que creó y/ o modificó el registro, a qué hora y desde qué dirección IP o terminal.

2.4.1.3. Control y Seguimiento de la Información ingresada

2.4.1.3.1. El Sistema debe mostrar una interface de consulta con las empresas concesionarias que están obligadas a aportar. Se debe escoger el mes de facturación y el sistema mostrará los registros o pagos del mes seleccionado.

2.4.1.3.2. El Sistema debe permitir visualizar fácilmente que empresa s aún no aportan.

2.4.1.3.3. El Sistema debe permitir al usuario de la DGE, editar algunos atributos, como observaciones o algunos comentarios de un determinado pago.

2.4.1.3.4. La Oficina financiera del Ministerio debe disponer de una interfaz donde pueda consultar la información de pagos efectuados en determinado mes, también debe poder visualizar el archivo escaneado y tener la posibilidad de actualizar un flag, indicando que el pago ha sido validado con el Banco de la Nación, implementado niveles de autorización o permisos respectivos.

2.4.1.3.5. Debe permitir determinar rápidamente la deuda que tiene una empresa por un determinado período de aporte. También debe acumular la deuda total de la empresa.

2.4.1.3.6. El Sistema debe enviar alertas masivas a las empresas que están con deuda pendiente en un determinado período. Se debe manejar Estados de Cuenta por Empresas y Sector.

2.4.1.3.7. El Sistema debe permitir habilitar o deshabilitar la presentación o envío electrónico de la información al Ministerio. Esto debe ser administrado por el usuario de la DGE.

2.4.1.3.8. El proveedor deberá desarrollar las opciones de mantenimiento de las tablas paramétricas y maestros que utiliza el sistema.

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2.4.1.4. Reportes y Consultas

2.4.1.4.1. Se debe implementar un reporte de pagos efectuados por período de facturación.

2.4.1.4.2. Se debe implementar un reporte de pagos por mes de pago.

2.4.1.4.3. Se debe implementar un reporte donde se visualice el pago total de una determinada empresa por cada mes de aporte.

2.4.1.4.4. Se debe implementar un reporte que muestre los datos de la facturación y los pagos, agrupados por actividad y por sector (Público o Privado).

2.4.1.4.5. Se debe implementar un reporte donde se muestre la lista de empresas que están pendientes de aportar.

2.4.1.4.6. Se debe implementar un reporte donde se muestre las empresas que tienen deuda pendiente.

2.4.1.4.7. Se debe implementar un reporte donde se muestre el detalle de la deuda de la empresa en cada período de aporte.

2.4.1.4.8. Todos los reportes deben tener la posibilidad de exportar a Excel o Pdf.

2.4.1.4.9. Todos los reportes deben de recibir como parámetro el mes de inicio y/o Mes de fin, para la evaluación.

2.4.1.4.10. Todos los reportes deben ser formatos en la escala monetaria que el usuario seleccione (Soles, Miles, Millones, etc.)

2.4.1.4.11. Los reportes que muestren la empresa, deber ser configurados de tal manera que el usuario seleccione si es que quiere se muestre la sigla o el nombre completo.

2.4.1.5. Sistemas Similares de Referencia

2.4.1.5.1. El Consultor podrá tomar como referencia un sistema similar que viene operando en el Ministerio de Energía y Minas, como por ejemplo el sistema extranet denominado: “Procedimiento de Acreditación de Pequeño Productor Minero o Artesanal” a cargo de la Dirección General de Minería.

2.4.1.6. De las autorizaciones previas para el funcionamiento del Sistema Extranet: El Proveedor como parte del Sistema Extranet, debe proponer un procedimiento para otorgar la autorización a las empresas (PASSWORD) para acceder al mismo.

2.4.2. El proveedor al final del servicio, deberá entregar un informe que contenga los siguientes:

2.4.2.1. Solución del Proyecto (Según formato de Anexo Nº03) 2.4.2.2. Plan de Pruebas y Mejoras (Según formato de Anexo Nº03) 2.4.2.3. Casos de Prueba y Mejoras (Según formato de Anexo Nº03)

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2.4.2.4. Acta de Entrega (Según formato de Anexo Nº03) 2.4.2.5. Informe Final del proyecto de Sistema.

2.4.3. El producto de software a desarrollar debe construirse en la siguiente plataforma: 2.4.3.1. Para plataforma Windows (Windows Server 2003, Windows Server 2008) y

estaciones de trabajo Windows XP Professional y Windows Seven.

2.4.3.2. Para navegadores: Internet Explorer v8.0 o superior. Así como en los navegadores Safari v3.o o superior y Firefox 3.5 o superior.

2.4.3.3. Base de Datos: Oracle 11g.

2.4.3.4. El lenguaje de programación debe ser: .Net con C-Sharp.

2.4.3.5. Todas las consultas a la base de datos no deben demorar más de 1 segundo. 2.4.4. Configuración General:

2.4.4.1. El sistema debe permitir cambiar el año de proceso como una variable global del sistema.

2.4.4.2. El sistema debe permitir a los usuarios cambiar su contraseña. 2.4.5. Seguridad del Sistema:

2.4.5.1. Debe existir un módulo de administración de la seguridad del sistema.

2.4.5.2. El administrador del Sistema debe tener la capacidad de crear usuarios del mismo y asignarles ciertos roles de acceso.

2.4.5.3. El administrador del sistema debe crear los roles del sistemas.

2.4.5.4. El administrador del sistema debe registrar opciones del sistema por roles. 2.4.6. Otros adicionales:

2.4.6.1. Los entregables de la parte de ingeniería deben ser: Visión del Sistema, SRS (Especificación de Requerimientos de Software, incluyendo modelo de casos de uso), Modelo de Arquitectura y Modelo de Diseño de Base de Datos.

2.4.6.2. Los entregables de la gestión de los proyectos, el acta de constitución del proyecto, informes de estado y actas de reunión. EDT y Plan de Trabajo.

2.5. Lugar donde se entregará el bien: Ministerio de Energía y Minas, Av. Las Artes Sur 260 –

Tercer piso, en la Dirección General Electricidad - San Borja.

2.6. Plazo de Entrega: El plazo de ejecución de la aplicación digital es de setenta y cinco (75)

días calendario para la programación de la interfaz de usuario y desarrollo del sistema, contados a partir del día siguiente de recibida la orden de servicio.

2.7. Presupuesto del bien: S/. 39,500.00 (Treinta y nueve mil quinientos y 00/100 Nuevos

Soles), el precio incluye IGV, el monto total será pagado con las deducciones de ley.

2.8. Forma de pago: El monto contratado será pagado previa entrega de la recepción formal y

completa de la documentación correspondiente los productos esperados, indicados en numeral 2.3.1.1, 2.3.1.2, 2.3.1.3, 2.3.1.4 del Alcance del servicio y aprobados por la Dirección General Electricidad del Ministerio de Energía y Minas.

2.8.1. 40% con el primer entregable descrito en el alcance (2.3.1.1) a los 30 días, contados a partir del día siguiente de recibida la orden de servicio.

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2.8.2. 60% con el segundo entregable descrito en el alcance (2.3.1.2, 2.3.1.3, 2.3.1.4) al culminar el servicio y luego de la conformidad correspondiente.

2.9. Garantía: La oferta del proveedor debe incluir tres (03) meses de garantía, solo aplicable a

vicios ocultos.

2.10. Requisitos mínimos del postor: Es postor debe ser una empresa dedicada al rubro de

desarrollo e implementaciones de sistemas de información.

2.11. Requisitos mínimos del personal: El personal propuesto del proveedor, designado como

responsable del servicio deberá ser un profesional cuyos requerimientos mínimos son los siguientes:

a) Acreditar con título o bachiller en Ingeniería de Sistemas, informático o profesional en ramas afines.

b) Acreditar con certificados, contratos o constancias haber participado en por lo menos un (01) año de experiencia como gestor de proyectos con conocimiento en desarrollo de aplicaciones Web con .NET y bases de datos Oracle o SQL Server.

2.12. Unidad organizacional responsable de la supervisión de la adquisición: Oficina de

Informática de la Oficina General de Administración y la Dirección General de Electricidad.

2.13. Unidad organizacional responsable de otorgar la conformidad previa al pago: La

Dirección General de Electricidad (DGE).

2.13.1. El proveedor entregará a la Dirección General de Electricidad (DGE), la documentación técnica necesaria para iniciar las pruebas respectivas del sistema: Plan de pruebas, casos de pruebas por escenarios, manual de instalación y manual de usuario.

2.13.2. El proveedor entregará a la Dirección General de Electricidad (DGE): el sistema de información e informe respectivo, presentando este último en dos ejemplares y un CD que contenga los archivos del informe y programas fuente del Sistema de Control de Aportes de las Empresas Concesionarias de Electricidad referida en el numeral 2.3.1.

2.13.3. 1er Entregable: Se espera recibir, el análisis, diseño y desarrollo del sistema “Sistema de Control de Aportes de las Empresas Concesionarias de Electricidad” para aprobación de la DGE.

2.13.4. 2do Entregable: Se espera recibir, la instalación, pruebas, puesta en marcha,

operación, mantenimiento y presentación del sistema del sistema “Sistema

de Control de Aportes de las Empresas Concesionarias de Electricidad”.

2.14. Capacitación o transferencia de conocimientos: La oferta debe incluir un

entrenamiento local y presencial en el manejo del aplicativo de mínimo 02 personas y máximo 20, a cargo del proveedor. El entrenamiento tendrá una duración de seis (06) horas de acuerdo al siguiente detalle.

2.14.1. Instalación, Configuración y Administración del “Sistema de Control de Aportes de las Empresas Concesionarias de Electricidad”. (02 horas).

2.14.2. Funcionalidad del Software al usuario final de los módulos: (04 horas). o Ingreso de datos de la empresa concesionaria

o Mantenimiento y configuración de los datos maestros o Control y seguimiento de la Información ingresada o Reportes y consultas.

2.15. Acerca de los derechos de autor: El profesional que desarrollará la aplicación Web y las

mejoras al sistema de información, cederá al Ministerio los derechos de autor, patentes y cualquier otro derecho de propiedad industrial o intelectual sobre los trabajos y documentos

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producidos como resultado del servicio, para uso exclusivo del Ministerio, el mismo que no será cedido, vendido o donado a otras entidades públicas o privadas.

2.16. Acerca de la confidencialidad: El profesional que desarrollará el sistema se obliga a

guardar confidencialidad y reserva, así como a no divulgar ni transferir información y documentación recibida y producida con ocasión de la prestación del servicio.

3. Justificación: La Dirección de Estudios y Promoción Eléctrica es el órgano encargado la

formulación de los estudios y planes requeridos por el subsector eléctrico y de promover las inversiones y el desarrollo sostenible del Subsector Electricidad, así como de las diversas fuentes de energía del país. Tiene la obligatoriedad de la automatización de la siguiente función: Recopilar y procesar la información relacionada con el ejercicio de las actividades del servicio eléctrico del país, así como la información económica como financiera y las inversiones del Subsector Electricidad.

4. Meta Institucional: 023

5. Finalidad Pública: Apoyo a las actividades de promoción y otorgamiento de concesiones, en el

marco del Decreto Ley N° 25844-Ley de Concesiones Eléctricas, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública N° 27086 y Decreto Supremo N° 009-2005-TR.

6. Penalidad

En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto de la presente orden de servicio, por causas imputables a EL CONTRATISTA, éste se obliga a pagar a EL MINISTERIO una penalidad equivalente al uno por ciento (1%) del monto total de la orden de servicio por cada día de atraso. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final.

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