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Corrupción: una consecuencia del financiamiento de las campañas electorales en Colombia

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Academic year: 2018

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CORRUPCIÓN: UNA CONSECUENCIA DEL FINANCIAMIENTO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN COLOMBIA

NGELLY NATALIA MAYOLO RIAÑO KATHERINE SANCHEZ LLANES ANDREA CATALINA VELA CARO

UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS FACULTAD DE DERECHO

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO VILLAVICENCIO

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CORRUPCIÓN: UNA CONSECUENCIA DEL FINANCIAMIENTO DE LAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN COLOMBIA

ANGELLY NATALIA MAYOLO RIAÑO KATHERINE SANCHEZ LLANES ANDREA CATALINA VELA CARO

Informe final presentado como requisito para optar al título de Especialista en Derecho Administrativo

Asesor:

Dra. SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO Doctor en Derecho

UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS FACULTAD DE DERECHO

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO VILLAVICENCIO

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Autoridades académicas

P. JUAN UBALDO LÓPEZ SALAMANCA, O.P. Rector General

P. MAURICIO ANTONIO CORTÉS GALLEGO, O.P. Vicerrector Académico General

P. JOSÉ ARTURO RESTREPO RESTREPO, O.P. Rector Sede Villavicencio

P. FERNANDO CAJICA GAMBOA, O.P. Vicerrector Académico Sede Villavicencio

Adm. JULIETH ANDREA SIERRA TOBÓN Secretaria de División Sede Villavicencio

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Nota de aceptación

_______________________________ _______________________________ _______________________________ _______________________________

_____________________________ SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO Decano de Facultad

_____________________________ MAIRA ALEJANDRA GOMEZ FUENTES Coordinador Especialización en Derecho Administrativo

____________________________ SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO Director Trabajo de Grado

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Contenido

Resumen ... 6

Introducción ... 7

1. Financiamiento de las campañas políticas... 9

1.1. Financiamiento electoral con recursos públicos ... 10

1.1.1. Financiación vía reposición de votos ... 11

1.1.2. Anticipos ... 11

1.2. Financiamiento electoral con recursos privados ... 12

2. Responsabilidad de los partidos frente a problemas de financiación ... 15

3. Evaluación critica de la corrupción electoral en Colombia ... 19

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Resumen

En un Estado democrático como lo es Colombia se ha considerado como una necesidad el financiamiento político, esto, debido a que la actividad política necesita recursos para su buen funcionamiento, es por lo que, se ha generado una necesidad de crear una normatividad específica en todo lo referente al manejo de dineros por parte de las organizaciones políticas. En el presente artículo se abordara el tema del financiamiento de las campañas políticas, a su vez, quiénes pueden realizar aportes bien sea en dinero o en especie para el desarrollo de las campañas electorales y una consecuencia a la cual ha dado pie la financiación privada: la corrupción, debido al condicionamiento impuesto por los privados orientado al favorecimiento de sus intereses particulares a través de futuras decisiones a las cuales se pueda llegar a enfrentar el candidato o candidata, una vez sea elegido y se encuentre en ejercicio del poder.

Palabras claves: Campañas Electorales, financiamiento Político, actividad política, recursos, corrupción, organizaciones políticas, aportes.

Abstract

In a democratic state such as Colombia, political financing has been considered as a necessity. This, because political activity needs resources for its proper functioning, is why, there has been a need to create specific regulations throughout The management of money by political organizations. In this article, the topic of financing political campaigns will be addressed, in turn, who can make contributions either in money or in kind for the development of electoral campaigns and a consequence that has given rise to private financing: Corruption, due to the conditioning imposed by the private ones oriented to the favoring of their particular interests through future decisions to which the candidate or candidate can face, once he is elected and is in the exercise of power.

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Introducción

Es sabido que Colombia es un estado democrático, mediante la constitución de 1991 en su artículo 40, dispuso que todo ciudadano tiene el derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, es por esto, que bajo unos parámetros impuestos por el Estado toda campaña política es financiada con recursos públicos (Constitución Política de Colombia [Const]., 1991, Art.109) y otra parte con recursos privados provenientes de particulares y empresas privadas, esto con la finalidad de que en las elecciones prevalezca la igualdad entre los diferentes candidatos y sea un reflejo de trasparencia todo el proceso electoral, es decir, desde el origen del dinero aportado como las intenciones con las que se hace el mismo.

En Colombia se regula el financiamiento electoral mediante el control del origen, el monto y la destinación de los dineros que son aportados a las campañas electorales, sin embargo, esta regulación, bajo la mirada de un contexto de corrupción es poco efectiva, puesto que muchas veces los aportes realizados por parte de particulares se hacen con la intención de que les sea retribuidos estos aportes de una u otra forma, o simplemente porque los candidatos no son trasparentes a la hora de presentar las rendiciones de cuentas de sus campañas generando una esfera de desigualdad entre los mismos, sin dejar a un lado el hecho de que una vez elegido un candidato éste queda comprometido a retribuir aquel aporte mediante favores particulares dejando de lado el principio universal de que prima el interés general sobre el particular, trayendo como consecuencia un estado completamente privatizado como resultado de la adjudicación de contratos, favorecimiento en convocatorias y otras fuentes de corrupción.

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se hará un recorrido sobre lo que es la “rendición de cuentas” o la responsabilidad que tienen los partidos frente a los problemas de financiación, esto, incluyendo el marco legal y constitucional. Aunado a lo anterior, se realizará una evaluación crítica de la Corrupción electoral en Colombia, recordando algunos casos relacionados con el tema para así poder comprender con más claridad las consecuencias de una mala financiación y lograr dar respuesta a los interrogantes planteados al inicio.

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1. Financiamiento de las campañas políticas

Contender en una elección cuesta dinero y por lo tanto requiere que los candidatos electorales tengan recursos para financiar sus campañas y así obtener el resultado esperado en cuanto a la cantidad de votos que sean necesarios para obtener la victoria. El término “financiamiento de las campañas políticas” se refiere a los fondos recaudados con el fin de promover a un candidato o candidata en elecciones, quienes participan en este tipo de elecciones deben contar con recursos suficientes para costear todos los gastos que implica llevar a cabo una campaña electoral con el fin de obtener la mayor cantidad de votos posibles, estos gastos pueden ser contratar personal, establecer una oficina de campaña, difundir su mensaje de campaña haciendo uso de los medios masivos de comunicación que le sirvan para así lograr que su mensaje llegue a muchos más electores, entre otros.

Ahora bien, existen distintos tipos de participación con el fin de aportar recursos legales para el financiamiento electoral, el principal o más común es la participación del Estado, donde con recursos públicos se financia gran parte de las campañas electorales, pero este aporte no impide que los particulares o empresas privadas apoyen financieramente a los candidatos de su predilección cumpliendo con algunas normas dispuestas. Según el Artículo 20 del Proyecto de Ley Estatutaria número 190 de 2010 Senado, 092 de 2010 Cámara, los candidatos de los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos inscritos a cargos de elección popular podrán acudir a distintas fuentes para la financiación de sus campañas electorales, como las siguientes:

“1. Los recursos propios de origen privado que los partidos y movimientos políticos

destinen para el financiamiento de las campañas en las que participen.

2. Los créditos o aportes que provengan del patrimonio de los candidatos, de sus cónyuges

o de sus compañeros permanentes, o de sus parientes hasta el cuarto grado de

consanguinidad.

3. Las contribuciones, donaciones y créditos, en dinero o en especie, que realicen los

particulares.

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5. Los ingresos originados en actos públicos, publicaciones y/o cualquier otra actividad

lucrativa del partido o movimiento.

6. La financiación estatal, de acuerdo con las reglas previstas en esta ley.” (Proyecto de

ley estatutaria número 190, 2010)

Como se puede observar, Colombia ha adoptado un sistema “mixto” para el financiamiento de la política, permitiendo que tanto el Estado como empresas privadas o particulares aporten recursos y así exista una igualdad entre todos los candidatos.

Así como existe una regulación en cuanto a quiénes pueden aportar recursos a las campañas electorales, la forma y el monto en que pueden hacerlo, se han creado normas en las cuales se dictan restricciones sobre el gasto que las organizaciones realizan en desarrollo de sus campañas, reglas para la elaboración y divulgación de informes donde se da a conocer la situación financiera de la campaña de cada uno de los candidatos y de la misma forma, se han creado mecanismos para supervisar el cumplimiento o incumplimiento de las normas por cada uno de los contendientes.

1.1. Financiamiento electoral con recursos públicos

Al momento de hablar de financiamiento con recursos públicos, lo primero que se piensa es que el Estado es quien debe hacerlo y efectivamente es así, el Estado es el encargado de brindar estos recursos a los candidatos en época de campañas proselitistas.

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1.1.1. Financiación vía reposición de votos

El mecanismo por vía de reposición de votos, principalmente lo que busca es devolver cierta parte del dinero gastado por los candidatos en el desarrollo de sus campañas electorales.

“Este es un sistema de financiación posterior a las votaciones mediante la cual se toma el número de votos recibidos por el candidato y se multiplica por el valor previamente fijado por el Consejo Nacional Electoral o la Ley.” (Mision de Observacion Electoral, 2010, pág. 14). Ahora bien, para poder aplicar este mecanismo es necesario que los candidatos o las listas inscritas, según sea el caso, hayan alcanzado el número de votos previstos o umbral establecidos en la ley. En efecto, los candidatos a elecciones presidenciales no tendrán derecho a la reposición de votos si en la elección no obtienen una votación igual o superior al cuatro por ciento (4%) de los votos depositados y en ese caso deberán devolver el monto total de la financiación.

En cuanto a las elecciones bien sea de gobernador o alcalde, no tendrán derecho a la reposición de votos los candidatos que no obtengan por lo menos el cinco por ciento (5%) del total de los votos válidos emitidos; en relación a las elecciones por listas, ya sea de Congreso, Asambleas Departamentales o Concejos Municipales, se requiere que obtengan por lo menos la tercera parte de los votos depositados por la lista que haya alcanzado curul con el menor residuo.

Según el (Ley 130, 1994, Art.14), el valor de la reposición de votos solo deberá ser entregado a los partidos, movimientos u organizaciones adscritas, y a los grupos o movimientos sociales, según sea el caso, previa presentación de la rendición de cuentas, exceptuando a los candidatos independientes o respaldados por movimientos sin personera jurídica pues en cuyo caso, el valor de la reposición será entregado directamente al candidato o a la persona natural o jurídica que este designe.

1.1.2. Anticipos

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“De acuerdo a dicha ley, como requisito para acceder a los anticipos se requiere haber sido inscrito

por un partido o movimiento político con personería jurídica, o alianza de estos, que hayan obtenido

el cuatro por ciento (4%) de los votos de Senado o un porcentaje igual de los votos de la Cámara

de Representantes sumados nacionalmente, en la elección al Congreso realizada con anterioridad a

la fecha de inscripción de candidatos a la Presidencia de la República. Cuando se trata de

inscripción por un movimiento social o grupo significativo de ciudadanos, se exige el respaldo de

un número de firmas válidas equivalentes al tres por ciento (3%) del número total de votos

depositados en las anteriores elecciones a la Presidencia de la República, certificadas por la

Registraduría Nacional del Estado Civil.” (Sanchez, 2011)

En el (Proyecto de ley estatutaria número 190, 2010, Art.22) se establecen las condiciones y requisitos para el acceso a los anticipos tanto para campañas presidenciales como para cualquier tipo de campaña que tenga como fin acceder al poder por vía de elección popular.

1.2. Financiamiento electoral con recursos privados

De acuerdo con el artículo 14 de la ley 130 de 1994, los partidos, movimientos políticos y candidatos, al igual que las organizaciones adscritas a grupos sociales que postulen candidatos a elecciones, están habilitados para recibir ayuda o contribuciones económicas de personas naturales o jurídicas. Este tipo de financiamiento demuestra la participación ciudadana en los procesos electorales, permitiéndoles a los particulares o empresas privadas apoyar económicamente al candidato de su elección. “El financiamiento privado de las campañas puede reducir el papel o la

interferencia del Gobierno en la realización de las campañas, lo que reduce las probabilidades de que los gobiernos en funciones manipulen el financiamiento público para su beneficio electoral.” (Iniciativas de Datos Electorales Abiertos, s.f.).

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donaciones privadas que reciben, incluyendo la fuente, fecha y valor de lo donado para así evitar posibles inconvenientes o versen involucrados en un proceso de investigación a futuro.

En relación con las campañas a la Presidencia de la Republica, la ley 996 de 2005, estableció un monto máximo de las contribuciones o donaciones por parte de particulares, al señalar que el veinte por ciento (20%) del tope de los gastos de las campañas presidenciales podrá ser financiado por personas naturales; sin embargo, las campañas presidenciales no podrán recibir aportes o donaciones individuales de personas naturales sino hasta el dos por ciento (2%) del monto fijado como tope de la campaña.

En cuanto a los aportes de los candidatos y sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil no podrán superar en conjunto el cuatro por ciento (4%) del monto fijado como tope por el Consejo Nacional Electoral.

Es de conocimiento público que este tipo de financiación en Colombia ha generado gran controversia en los últimos años, pues ha dejado la puerta abierta para que algunos candidatos u organizaciones políticas se vean involucrados en actos de corrupción o para que actores privados capturen el Estado.

La captura del Estado por actores privados surge cuando personas u organizaciones privadas

condicionan el financiamiento de las campañas electorales al favorecimiento de sus intereses

particulares a través de las futuras decisiones o acciones que tome el candidato una vez este en

ejercicio del poder. (Corporación Transparencia por Colombia, 2011, pág. 11).

Es por lo anterior que se podría llegar a incurrir en conflictos de interés.

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2. Responsabilidad de los partidos frente a problemas de financiación

Este capítulo es de gran importancia puesto que la base de todo proceso electoral es la trasparencia y esta solo se logra cuando los candidatos, las organizaciones políticas, Las campañas políticas y los grupos significativos hacen una rendición de cuentas real y conforme a ley, por lo que se sobreentiende que han respetado los topes y montos a los que se refiere la normativa. Una rendición de cuentas trasparente genera una seguridad jurídica tanto para el estado como para las organizaciones electorales y la misma ciudadanía ya que se les garantiza el derecho a la información demostrando el origen de los recursos como la destinación de estos mismos y quienes fueron los que hicieron los respectivos aportes.

Para empezar, se analizará quienes son los sujetos u organizaciones sobre las cuales recae la obligación de rendir cuentas, posteriormente se estudiará cómo se hace la rendición de cuentas, que actores intervienen y se terminara por explicar algunos beneficios que trae hacer una rendición trasparente. Se entiende que deben rendir cuentas todos los candidatos y candidatas u organizaciones políticas en las cuales se manejen recursos públicos y que hagan parte de un financiamiento electoral o gestión pública.

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ciento por ciento ajustada a la realidad o algunas veces se presenta la información tarde por lo que las autoridades electorales no pueden hacer la investigación a tiempo y mucho menos divulgar la información.

El segundo informe que deben presentar los candidatos es el informe de ingresos y gastos de la campaña, el cual la normatividad les otorga un mes a los candidatos a partir de finalizada la campaña para que lo presenten a las organizaciones políticas y estas a su vez en el transcurso de un mes lo presentaran ante la autoridad electoral, este informe contendrá con exactitud los aportes hechos a la campaña ya sea en dinero o en especie junto con el nombre de la persona y cuentas utilizadas o empresa que aporto el dinero, y se registraran todos los gastos que se hicieron desde el inicio formal de la campaña hasta las elecciones, esto con el fin de tener una contabilidad clara frente a quienes fueron las personas que aportaron y en que se gastó ese dinero, hay que hacer la aclaración que estos aportes a las campañas se hacen con la finalidad que todas las campañas se presenten en igualdad de condiciones en la contienda electoral y no exista una inequidad entre las unas y las otras. Presentados estos informes a la autoridad electoral, está en el trascurso de un mes se pronunciarán de acuerdo a los informes manifestando si los aceptan o si se debe hacer alguna corrección o aclaración, si estos formularios y anexos se encuentran conforme a ley, las cuentas están correctas y se han respetado los montos permitidos, el fondo nacional de financiación de partidos determinará a quienes les corresponde una reposición de gastos y cuál será el monto.

El tercer paso fundamental en esta rendición de cuentas es la publicación de los informes y los libros contables, ya que esto permite que se garantice el derecho a la información y que sea de conocimiento de todos los ciudadanos, los donantes y los mismos candidatos quienes fueron las personas que hicieron los aportes, por supuesto el origen de estos dineros y en que se gastó esté, esta información es divulgada a través de portales web de las organizaciones políticas y de los candidatos o mediante boletines físicos y virtuales, siempre cumpliendo con el principio de publicidad.

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algunos de los beneficios que se obtienen cuando se hace una campaña electoral impecable y estos son:

Respetar el principio de publicidad: Cuando se hace un reporte de las cuentas y el dinero

de las campañas se garantiza una legitimidad y trasparencia en el proceso electoral.  Brindar información al ciudadano: A través de este medio la ciudadanía conoce el origen

de los dineros aportados a las campañas y su respectivo uso dentro de la contienda electoral.  Verificación de datos: Al hacerse una rendición de cuentas la autoridad electoral verifica

que tanto los datos como las cuentas y los aportes sean reales y se hayan usado en la campaña.

Veeduría: Se hace un control público sobre el manejo contable de los candidatos y las

organizaciones políticas.

Se genera una buena reputación de los candidatos: Se les premia si entregan a tiempo

sus informes para la divulgación con una reposición de gastos a tiempo.

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3. Evaluación critica de la corrupción electoral en Colombia

Para comprender con mayor claridad el concepto de “corrupción electoral” primero se debe definir lo que es la corrupción, la cual “es la acción y efecto de corromper (depravar, echar a perder, sobornar a alguien, pervertir, dañar). (Perez & Merino, 2017). Siguiendo a lo anterior, podemos definir la corrupción política como el uso de unos roles políticos o puestos públicos con propósitos no éticos o aquellos que se pueden llegar a considerar ilegales, esto, con el fin de obtener alguna ventaja personal normalmente económica. Implica un desvío de los patrones de conducta esperados por los ciudadanos, por parte de quienes ejercen la autoridad u ocupan un puesto público, a efecto de conseguir algo privado no aceptado dentro del ejercicio de ese cargo. Es de aclarar que no todo comportamiento desviante es corrupción, sólo lo es cuando se reciben beneficios adicionales no aprobados.

La corrupción electoral la podemos encontrar dentro de la corrupción política y puede decirse que de cierto modo es la tergiversación o alteración de la voluntad de los electores o el falseamiento de los resultados electorales, contrariando así la voluntad de algunos electores, lesionando derechos de candidatos y partidos. Los actores y promotores de la corrupción electoral pueden ser cualquiera de los protagonistas de las elecciones, como los partidos, los candidatos, los electores, periodistas y dueños de medios y personas ajenas al proceso de electoral, entre otros.

Las formas características de este tipo de corrupción son múltiples, a continuación, veremos algunas de las más comunes:

 Suplantar una o varias veces a los electores a cambio de algún beneficio.

 Sobornar a funcionarios electorales para que estos permitan viciar los votos de los

electores.

 Compraventa de votos a favor de cierto candidato o partido político.  Cambiar el voto por artículos de consumo.

 Compraventa de la información y documentación oficial, como la papelería electoral.  Sobornar a los dirigentes de las campañas de la oposición para que cambien sus planes,

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 Obtener u ofrecer dinero por realizar actos en contra de los opositores, tales como infiltrarse

en sus campañas o sabotear los actos de las mismas.  Venta de candidaturas para puestos de elección popular.

 Obtención de recursos públicos y privados para las campañas mediante la extorsión y la

amenaza de sufrir males futuros (como la pérdida de un empleo público), o la promesa de una retribución posterior en la forma de un cargo público o un ascenso, o de exenciones especiales de impuestos y descuentos en el pago de servicios públicos, o la privatización de empresas o bienes públicos, o el otorgamiento de permisos, y facilidades para hacer negocios lícitos o ilícitos una vez ganada la elección.

La corrupción electoral siempre está latente en cualquier elección y con el paso del tiempo surgen nuevas formas de la misma, por lo que es indispensable una vigilancia permanente de los procesos electorales por parte de los representantes de los partidos, de la sociedad, la prensa y los entes encargados de tal actividad. Existen ciertas medidas preventivas que han contribuido a disminuirla como la definición de topes a las contribuciones que realicen los particulares a los partidos y sus campañas, así como la limitación y fiscalización de los gastos de las campañas, igualmente existen medidas punitivas que buscan castigar a los responsables de la corrupción electoral que van desde sanciones administrativas hasta penales, sin dejar de lado el desarrollo político, cultural y educativo de la población.

Ahora bien, como ya se mencionó anteriormente, a consecuencia de una mala o malintencionada financiación por parte de privados o particulares, además de la corrupción, se puede generar una captura del Estado la cual se ha concebido usualmente como una forma de corrupción a gran escala y se puede definir de la siguiente manera: “la acción de individuos, grupos o firmas, en el sector público y privado, que influyen en la formación de leyes, regulaciones, decretos y otras políticas del gobierno, para su propio beneficio como resultado de provisiones ilícitas y no transparentes de beneficios privados otorgados a funcionarios públicos” (World Bank, 2000, pág. XV). Es así que se puede llegar a incurrir en conflictos de interés, pues como el candidato que fue financiado por un particular le “debe favores” a consecuencia de esa financiación o las dadivas ofrecidas, en el

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principalmente los intereses y beneficios de ese particular que está capturando el Estado. “Cuando la formulación de leyes y regulaciones tiene el propósito de favorecer intereses que contradicen el bienestar general, se generan fuertes distorsiones culturales, sociales y económicas.” (Garay

Salamanca, Salcedo-Albarán, de Leon Beltrán, & Guerrero, 2008, pág. 15).

En Colombia se han presentado gran cantidad de casos relacionados con este tipo de corrupción, el más reciente tiene que ver con la multinacional brasileña Odebrecht, en el cual en medio de la investigación realizada en contra de esta empresa se confesó que en Colombia se pagaron 11 millones de dólares en sobornos y el 14 de enero de 2017 fue detenido el ex congresista del Partido Liberal Otto Bula, acusado de recibir una comisión de 4,6 millones de dólares por favorecer a Odebrecht en la concesión de una carretera; por el momento este caso continua en investigación. Otro caso conocido fue el de Miriam Prado Carrascal alcaldesa de Ocaña quien fue capturada junto con sus funcionarios secretarios de gobierno Juan Pablo Bacca, y de Movilidad, Albert Urquijo, a raíz de una denuncia interpuesta por un ciudadano del municipio quien manifestó que la alcaldesa había celebrado un contrato por un valor de $80 millones de pesos con un contratista de la región quien habría financiado toda la campaña electoral de la señora Miriam, es por esto que la fiscalía la captura por los delitos de violación del régimen de inhabilidades y celebración indebida de contratos puesto que pago sus dadivas de financiamiento mediante contrataciones, el ciudadano que denuncio manifestó que la alcaldesa violo una ley que fija prohibiciones para la entrega de contratos a financiadores de campañas electorales. A la fecha existe abierta una investigación en la procuraduría general de la nación por lo que se busca establecer la responsabilidad de la alcaldesa en estos delitos.

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de contrataciones que se realizaron fue mediante la modalidad de contratación directa que como bien se sabe no requiere una licitación pública lo que facilita que puedan existir intereses particulares o retribuciones; este informe arroja unos datos que a continuación se analizaran con el fin de demostrar lo frágil que puede ser el financiamiento de las campañas por parte de particulares.

Los departamentos donde más se retribuyeron los aportes hechos a las campañas electorales mediante contratos fueron Antioquia con 23.873 millones; Cesar con 8.575 millones; Nariño con $ 6.261 millones; Cundinamarca con $ 4.851 millones y Risaralda con $ 4.324, estos a nivel de regiones, además el informe arroja algunas cifras sobre las contrataciones que obtuvieron empresas por financiar las campañas, como por ejemplo Inciviles S.A., que aportó $ 15 millones a la campaña de Federico Gutiérrez y que durante su mandato la empresa de ingeniería recibió un contrato por $ 9.000 millones de parte de las Empresas Públicas de Medellín E.S.P, igualmente sucedió con la empresa Su Oportuno Servicio Ltda quien financio la campaña electoral del gobernador del Cesar Francisco Fernando Ovalle, y que aportó a esta un valor de $ 12.6 millones y quien recibió en contratos de la misma gobernación y del Instituto para el desarrollo del Cesar (IDECESAR) contratos por $ 8.242 millones, uno más lo encontramos en Nariño donde la empresa Metropolitana de Aseo S.A., aportó un valor de $ 3 millones de pesos a la campaña del gobernador Camilo Ernesto Romero Galeano y que a la fecha de la publicación del informe la empresa cuenta con 47 contratos con varias alcaldías del departamento que suman $4.586 millones, la empresa Coninsa Ramon H. SA, firma de servicios inmobiliarios, también aportó 5 millones de pesos a la campaña de Federico Gutiérrez y fue beneficiada con un contrato por parte de las Empresas Públicas de Medellín cuyo montó es de $ 4.299 millones.

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Como lo expreso el contralor Edgardo Maya en su momento existe un foco de corrupción gigante en el financiamiento de las campañas electorales y así lo manifestó en el foro Lucha contra la corrupción realizado por la Federación de Aseguradores colombianos, Fasecolda al decir: “No hay

mentira más grande que la rendición de cuentas de las campañas electorales. No hay mentira más grande que la prohibición de los funcionarios públicos para intervenir en política” y manifiesta que se deben crear unas políticas anticorrupción más fuertes y hacer una reforma a todo el sistema electoral.

Como se puede observar, la corrupción ha estado presente en muchas ocasiones en Colombia, los anteriores casos son solo algunos de los muchos ejemplos que se pueden encontrar relacionados con este tema, basta con leer informes acerca de la financiación electoral en Colombia para darse cuenta que las campañas políticas son financiadas en su mayoría con recursos privados y como un pequeño ejemplo, tenemos que para las elecciones del año 2015 “los anticipos estatales fueron tan mínimos que ni alcanzaron a sumar el 1% del total de los ingresos” (Transparencia por Colombia,

2016, pág. 71), esta situación evidentemente va en directa contradicción con el Articulo 109 superior donde se dispuso que las campañas políticas se deben financiar con aportes tanto públicos como privados, pero “en las pasadas elecciones, de los más de 100.000 candidatos que participaron, la gran mayoría no tuvo la oportunidad de contar con dichos recursos” (pág. 72), pues

el proceso que se debe seguir actualmente para poder recibir estos recursos es muy complejo y poco estandarizado por lo que en la práctica no es muy común que sean utilizados este tipo de aportes. “El análisis de los reportes de ingresos y gastos de las elecciones de 2015 evidenció en

todos los niveles (nacional, departamental, ciudades capitales e incluso en los municipios en consolidación), la alta dependencia de recursos privados para financiar las campañas" (pág. 72) donde prima aquellos que se causaron en el patrimonio de los candidatos o sus familiares; y para terminar de agrandar el problema de la corrupción relacionada con los aportes privados, recordemos que parte de los mismos, se pueden hacer en especie o en efectivo por lo que no pasan por el sistema bancario y su valor se puede tasar de manera subjetiva.

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aquí donde se hace más evidente la intención de recibir “algo” (como la adjudicación de un

contrato, recibir un trato diferente, prebendas particulares para favorecer a un sector específico o manipulación de las normas) a cambio del aporte, generando un conflicto de intereses como ya se mencionó anteriormente.

Es importante para evitar que las campañas electorales estén manchadas por la corrupción, tratar de buscar la manera que la financiación de las mismas sea cada vez más transparente, y a su vez, otorgar más facilidades para poder acceder a la financiación con recursos públicos, pues principalmente los municipios en consolidación por su condición de precariedad y riesgo ante la presencia de actores ilegales es evidente que necesitan un mayor apoyo por parte del gobierno a través de los aportes públicos, y en cuanto al tema de corrupción relacionado con aportes privados se podría pensar en un control mucho más estricto en cuanto al reporte de la cantidad y la forma en que se realizó, demostrado todo con documentos que soporten las cantidades reportadas, además de la forma y el momento en que se gastan tales dineros.

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Conclusiones

En un país como Colombia donde la regulación sobre el financiamiento a las campañas electorales no es muy estricto ni especifico, es muy posible que se presente el fenómeno de la corrupción relacionado con los aportes por parte de privados y particulares, pues al no existir una regulación estricta y específica donde se controle el monto, quién realiza dichos aportes, la forma en que ingresan y cómo se gastan tales dineros, es muy posible que personas o empresas inescrupulosas realicen aportes a las campañas generando el riesgo de que sus intereses propios incidan en los candidatos e igualmente en los elegidos, esto puede ser, a través de la búsqueda de un tratamiento diferencial o prebendas particulares para favorecer a ciertos sectores en específico, igualmente se ve reflejado en la búsqueda de adjudicación de contratos o a través de la manipulación de las normas; todo lo anterior, como se mencionó a lo largo del presente escrito, genera un conflicto de intereses pues la intención de la mayoría de esos aportes es obtener una retribución posterior.

Es indiscutible que aquellos candidatos que invierten mayores recursos en sus campañas aumentan sus probabilidades de ganar, pues tienen más facilidades y medios de hacer llegar su mensaje a los electores y así ganar muchos más seguidores, y si a esto se le suma el hecho de que la mayoría de los candidatos se financian con recursos propios, aportes de particulares o de empresas privadas, podemos deducir que los candidatos que posean más recursos para invertir en sus campañas son los que en la práctica salen elegidos para ejercer el poder; tal situación, ha llevado a que en Colombia se presente una especie de tradición en la elección de cargos por votos popular, facilitando de esta manera que familias políticas con amplios recursos se perpetúen en el ejercicio de los cargos públicos a nivel territorial; es en este punto donde se debe pensar que la situación de que “a mayores recursos, mayores posibilidades de salir elegido” debe ser revisada a fondo por parte de los entes correspondientes o por el contrario será imposible el surgimiento de nuevos liderazgos políticos en Colombia y la política de nuestro país siempre estará manchada por la corrupción.

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