• No se han encontrado resultados

Gestión de Aire y Ruido en Venezuela

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2019

Share "Gestión de Aire y Ruido en Venezuela"

Copied!
37
0
0

Texto completo

(1)

Ing. Esp. Carolina Ojeda M.

(2)

Necesidades biológicas

de aire del hombre

Actividad l/min Kg/d

Descansando 7.4 12

Trabajo ligero 45.0 45

(3)

La Capa de Ozono

Se formó hace cerca de 2000 millones de años,

a la par de la evolución de la vida en la Tierra.

Se encuentra en la estratosfera, por encima de los 15km

de altura y tiene un espesor de 40km.

Su componente principal: el Ozono, absorbe la luz

Ultravioleta-b letal para los seres vivos.

La Capa de Ozono también contribuye a mantener el

perfil térmico de la atmósfera.

Desde 1985 se sabe que la capa de ozono está

(4)

La Capa de Ozono

Rayos UV

La Tierra

Capa de Ozono

15

Km.

60

Km.

90% Ozono

(5)

La Destrucción de la capa de ozono

30 millones de Km2 28 millones de Km2

(6)

Efectos del agotamiento del ozono

Cambios climáticos

Aumento luz UV-B en la superficie

Acumulación de ozono en la troposfera

y aerosoles ácidos

Contaminantes

Fotoquímicos Efectos directos en la salud

Daños a materiales pinturas, plásticos

y gomas

Daños en eslabones de la

cadena trófica Disminución del planktón y productividad acuática Reducción de productividad vegetal Daños a la vista,

cataratas y ceguera

Aumento de cáncer en la piel Inmunodeficiencia

Enfermedades respiratorias y cardíacas Daños a los

(7)

Las Sustancias Agotadoras de la

Capa de Ozono y el Calentamiento

Global

Los CFC, los HCFC el Tetracloruro de

carbono, el metilcloroformo y los Halones

destruyen la capa de ozono de la

estratosfera.

También actúan como potentes gases

(8)
(9)
(10)

Acuerdos internacionales para

proteger la capa de ozono

Acuerdo

Año del acuerdo Ratificaciones

Venezuela

Convenio de Viena

1985

190

1988

Protocolo de Montreal

1987

189

1989

Enmienda de

Londres

1990

177

1993

Enmienda de

Copenhague

1992

166

1997

Enmienda de

Montreal

1997

129

2002

Enmienda de

(11)
(12)

Reducción del Consumo Mundial

de SAO hasta el año 2002

Países

Consumo

Base (TM)

Consumo

2002 (TM)

Reducción

Desarrollados

33

788.860

7.837

99 %

En Desarrollo

96

242.499

108.648

55 %

Total 129

1.031.359

116.485

88,7 %

(13)

Regulaciones vigentes en Venezuela

para proteger la Capa de Ozono

1989 Protocolo de Montreal

1992 Ley Penal del Ambiente

1988 Convenio de Viena

1992 Decreto de FONDOIN

1993 Enmienda de Londres

1996Arancel de Aduanas

1997 Enmienda de Copenhague

1999 Ley Orgánica de Aduanas

2000 Constitución Nacional

(14)

Bases Legales

en Venezuela

Las normas para controlar la emisión de los

contaminantes peligrosos están basadas en la salud

(15)

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

G.O. 5.453 24-03-2000

Comisión Nacional de Normas

Tecnicas

Decreto N. 2.014 G.O. N. 37.563

25-11-02

Normas para regular y controlar el consumo, la producción. Importación, exportación y el uso de las sustancias agotadoras de la

capa de ozono

Decreto N. 3.228 G.O. N. 5.245

11-11-2004

Normas sobre emisiones de fuentes móviles

Decreto N. 2.673 G.O. No 04-09-98

Ley Orgánica del Ambiente

G.O. N. 31.004 16-06-1976

Ley Penal del Ambiente

G.O. N. 4.358 3-01-1992

Ley Orgánica De Régimen Municipal

G.O. N. 4.109 16-06-1989

Ley Orgánica para la Ordenación del territorio

G.O. N. 2.818 1-07-1983

Ley Sustancias, Materiales y Desechos Peligroso

G.O. N. 5.554 13-11-2001 Ordenanzas Municipales Ley Orgánica de Salud G.O. N. 11-11-1998

Protocolo de Montreal 26-01-1999

Calidad de Aire y contaminación

Atmosférica

Decreto N. 638 G.O. No 4.899

26-04-95

Ley de transito terrestre

G.O . 37.332 26-11-2001

Ruido

Decreto N. 2217 G.O. No 4418

(16)

COVENIN 2309

Determinación de la Opacidad del Humo. Vehículo con motor Diesel

Normas Venezolanas de

Calidad

COVENIN

COVENIN 2060

Determinación de la concentración de Partículas Suspendidas

en la Atmósfera (PTS)

COVENIN 2465

Determinación de Plomo por Espectrofotometría

de Absorción Atómica

COVENIN 3643

Determinación de Material Particulado Suspendido menor a 10

micrones (PM10)

COVENIN 1717

Determinación de Dióxido de Nitrógeno en la

Atmósfera (NO2)

COVENIN 2227

Medición de Monóxido de Carbono, Oxígeno e Hidrocarburos,provenientes

(17)

CONSTITUCIÓN BOLIVARIANA

DE VENEZUELA

El Capítulo Ambiental: Título III - Capítulo IX

Fundamento de la Legislación Ambiental

ARTÍCULOS CONTENIDO

127

La protección del ambiente. Derecho - deber de los ciudadanos

Obligación del Estado

128La ordenación del territorio

129

Impacto ambiental

Prohibición de entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos

(18)

EL Decreto N

°

638 relativo a las normas sobre

Calidad del Aire y control de la contaminación

atmosférica,

tiene

por

objeto

establecer

(19)

Decreto 638:

1. REGULA CALIDAD DEL AIRE Y PREVIENE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA. 2. ESTABLECE LÍMITES DE CALIDAD DE AIRE.

3. TIPIFICA CALIDAD DE AIRE SEGÚN RANGO DE PTS.

4. ESTABLECE ACTIVIDADES QUE GENEREN HUMO, POLVO U OLORES Y GENEREN MOLESTIAS A COMUNIDAD COMO DE ORDEN PÚBLICO.

5. ESTABLECE LÍMITES EMISIÓN FUENTES FIJAS. 6. PROHIBE TÉCNICAS DE DILUCIÓN DE EMISIONES.

(20)

8. ESTABLECE QUE CUANDO SE EXCEDAN LAS NORMAS SE DEBE NOTIFICAR AL MARN. 9. EN GENERAL NO LIMITA EMISIONES MÁSICAS: EXCEPTO INDUSTRIA ALUMINIO,

FERROALEACIONES, CADMIO, COV

10. DIVERSAS ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN SIN LÍMITES ESPECÍFICOS 11. ESTABLECE LOS PERÍODOS DE MEDICIÓN CALIDAD DE AIRE

12. INDICA LOS MÉTODOS DE MUESTREO APROBADOS

13. NO EXIGE MEDICIONES DE FUENTES FIJAS DURANTE PROCESO ADECUACIÓN 14. LÍMITES NO ESPECÍFICOS PARA COV

15. NO ESPECIFICA LÍMITES PARA SUSTANCIAS RELEVANTES (BTXE)

(21)

16. LAS EMPRESAS QUE NO CUMPLEN CON LOS LÍMITES DE EMISIÓN DEBEN EJECUTAR PLANES DE ADECUACIÓN A LA NORMATIVA

17. EL MARN PUEDE ESTABLECER LÍMITES DE CALIDAD DE AIRE PARA OTROS CONTAMINANTES NO INCLUIDOS EN EL DECRETO VIGENTE

18. EL MARN PUEDE FIJAR LÍMITES DE EMISIÓN PARA FUENTES FIJAS DISTINTOS A LOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO, CUANDO LAS CONDICIONES DE CALIDAD DE AIRE ASÍ LO JUSTIFIQUEN

19. SE PROHIBE LA INSTALACIÓN DE INCINERADORES EN ÁREAS URBANAS O CENTROS POBLADOS

20. EL MARN PODRÁ AUTORIZAR LA SUSTITUCIÓN DE LA CARACTERIZACIÓN DE FUENTES FIJAS POR OTROS MÉTODOS DE EVALUACIÓN O EXTENDER LA FRECUENCIA DE UNO A DOS AÑOS

(22)

LÍMITES DE CALIDAD DE AIRE

Contaminante Límite

(µg/m3) Excedencia Porcentaje medición Período

75 50 24h

150 5 24h

200 2 24h

1. Partículas Totales Suspendidas

260 0.5 24h 10.000 50% 1-8 h

2. Monóxido de

Carbono 40.000 0.5% 1-8 h 100 50% 24 h

3. Dióxido de Nitrógeno

300 5% 24 h 80 50% 24 h. 200 5% 24 h. 250 2% 24 h.

4. Dióxido de Azufre

365 0.5% 24 h. 10 2.0 % 24 h.

5.- Fluoruro de

(23)

Es una combinación desordenada de sonidos que

producen sensación desagradable; en esta categoría se

encuentran solo aquellos sonidos que no agradan al

escucharlos, tal como lo define la Organización Mundial

de la Salud y la Organización Internacional del Trabajo.

(24)

Es el nivel de presión sonora que contiene la

energía equivalente a la sumatoria de todos los

niveles de presión sonora que realmente se

sucedieron o llevaron a cabo en un mismo

intervalo de tiempo y el cual se asume que ha

permanecido constante.

(25)

Es una medida porcentual de la exposición al ruido y

es la relación entre tiempo real de exposición a un

determinado nivel de presión sonora y el tiempo

máximo permitido para ese nivel, es decir :

D = T x 100

T

(26)

Es aquel durante el cual una persona se

expone al 100% de la dosis de ruido para un

determinado nivel de presión sonora, es decir:

TMP = _ ____8_____

(Leq – 85)

2 3

(27)

Enmascaramiento: es solo un efecto concomitante (ocurre

durante el mismo período de tiempo), del ruido que desaparece al cesar este.

Fatiga Auditiva: disminución de la capacidad de detectar algunos sonidos, que pueden ser transitoria o permanente.

Desviación Permanente del Umbral: Es el aumento irreversible del umbral de capacidad auditiva a ciertas frecuencias después de la exposición a ruidos intensos.

(28)

Respecto

a

la

normativa

para

Ruido

Comunitario se tomó como referencia legal el

Decreto Nº 2.217 aparecido en Gaceta Oficial Nº

4.418, en la cual se establece para diferentes

zonas

como niveles de ruido tolerables, los

siguientes:

(29)

a) Ruido continuo equivalente (Leq):

65 dBA

Zona V 75 dBA

60 dBA

Zona IV 70 dBA

55 dBA

Zona III 65 dBA

50 dBA

Zona II 60 dBA

45 dBA

Zona I 55 dBA

9:31 p.m-6:29 a.m

6:30 a.m-9:30 p.m

Período Nocturno

Período Diurno

DE LOS NIVELES DE RUIDO AMBIENTAL

(30)

b) Ruido que no podrá ser excedido durante

mas del 10% del lapso de medición (L1O):

70 dBA

Zona V 80 dBA

65 dBA

Zona IV 75 dBA

60 dBA

Zona III 70 dBA

55 dBA

Zona II 65 dBA

50 dBA

Zona I 65 dBA

Período Nocturno

Período Diurno

(31)

b) Ruido que no podrá ser excedido durante

mas del 10% del lapso de medición (L1O):

La emisión de ruido por vehículos de transporte terrestre no deberá exceder los niveles siguientes:

a) Motocicletas: 86 dBA.

b) Automóviles y otros vehículos con un peso que no exceda de dos (2) Ton: 88 dBA.

c) Autobuses, camiones y vehículos de carga de un peso total superior a 3,5 Ton.: 93 dBA.

(32)

Se desarrolló una investigación de campo

de tipo descriptiva a fin de conocer los

niveles de ruido generados en el casco

central de la ciudad de Valencia.

La población está conformada por 40 paradas donde existe mayor afluencia de personas.

La muestra estuvo constituida por seis (6) paradas extraídas de la población de forma intencional.

(33)

Se tomaron 10 mediciones en cada punto de muestreo a frecuencias bajas, medias y altas, el promedio de estos valores

de niveles de presión

sonora en la escala de

ponderación representa

un Leq; el obtenido valor se comparó por zonas

(34)

L A R A C O N B R A N G E R SAN BLAS SAN BLAS B R A N G E R

AV. LARA AV. LARA

PUNTO DE MUESTREO

BAZAR FUNG Y HUNG

0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100

31,5 63 125 250 500 1k 2k 4k 8k HZ dB

(35)

PARADAS LEQ MEDIO ZONA LEQ (SEGÚN DTO.

2217)

Lara/Branger 89 III

70

Plaza Bolívar 82 III

Lara/Feria 83 III

AV Cedeño Bolívar 77 III

Paseo las Industrias 81 III

Puente Santa Rosa 86 III

NIVEL EQUIVALENTE CONTINUO POR ZONA

(36)

Los organismos encargados de hacer cumplir las leyes relacionadas con el Ruido Comunitario en

Venezuela, son ineficientes ante algunas

situaciones.

A partir de los resultados obtenidos se pudo

determinar que todos los puntos muestreados

sobrepasan el nivel máximo permisible establecido. Aquellos ruidos que concentran su energía hacia las bajas frecuencias son menos dañinos que

aquellos que se concentran hacia las altas

frecuencias.

En este estudio se pudo observar que algunas fuentes generadoras de ruido son: los trabajadores de economía informal de CD de (música, películas), los tubos de escape libres, las cornetas de los vehículos, entre otros.

(37)

Referencias

Documento similar

Esta Tesis Doctoral se fundamenta en tres ´ areas diferentes de la inform´ atica: (1) la Ingenier´ıa de Software Dirigida por Modelos (MDSE por sus siglas en ingl´ es), (2) los

El nuevo Decreto reforzaba el poder militar al asumir el Comandante General del Reino Tserclaes de Tilly todos los poderes –militar, político, económico y gubernativo–; ampliaba

Para ello, trabajaremos con una colección de cartas redactadas desde allí, impresa en Évora en 1598 y otros documentos jesuitas: el Sumario de las cosas de Japón (1583),

De alguna forma, y aunque el modelo colonial español conduce a muy notables singularidades, la exposición del 87 se adelanta —por su carác- ter pretendidamente asimilacionista y

Si se co- nocieran los tiempos invertidos en cada una de tales activi- dades, se podrían evaluar (con cierta aproximación) los valores de las correspondientes exposiciones y, en

En cuarto lugar, se establecen unos medios para la actuación de re- fuerzo de la Cohesión (conducción y coordinación de las políticas eco- nómicas nacionales, políticas y acciones

• El nivel de exposición semanal al ruido, obtenido mediante un control apropiado, no sea superior al valor límite de exposición de 87 dB(A). • Se adopten medidas

Todos los índices de nivel de presión de ruido de impactos, ya sean obtenidos in situ, como en laboratorio, expresan la transmisión de ruido de impactos