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ecensiones
ANDERSON, R. G.: Proceso de datos y sistemas de información de gestión. Traducción de Andrés Linares. Edaf, Ediciones y Distribuciones. Madrid, 1976; 574 págs.
Este manual se basa en las investigaciones especiales llevadas a cabo por el autor —nos dice en el prefacio— en el campo del empleo de ordenadores y de otros métodos de procesos de datos por parte de la industria. Abarca temas tales como los de los métodos manuales, electromecánicos y electróni-eos de proceso de datos, la transmisión de datos, el análisis de sistemas, la programación de ordenador y el marco conceptual de los sistemas de informa-ción de gestión.
Y tiene como meta —concluye— proporcionar un estudio amplio y servir como libro de consulta en todo lo que se refiere al campo del proceso de datos y de los sistemas de información de gestión.
El texto se presenta dividido en veintidós capítulos, agrupados en siete partes y complementados con cinco apéndices, dedicados, respectivamente, a la representación de datos en el ordenador; a un proyecto hipotético: actua-lización de «stocks»; a los elementos de Cobol; al marco conceptual de la cibernética y su relevancia para la información de gestión destinada al con-trol de las actividades comerciales y a los miniordenadores.
La parte primera, «Perfil del proceso de datos», capítulos i.° y 2.0, se iní' cia con los conceptos de los sistemas de proceso de datos y de información de gestión: el proceso de datos; operaciones, procedimientos y sistemas de los mismos; su clasificación y términos generales de dicho proceso; la posición de éste en la organización y sistemas de información.
Y a continuación se brinda la comparación entre los diferentes métodos de proceso de datos.
La parte segunda, «Las máquinas de procesos de datos y sus aplicaciones», capítulos 3.0 al 5.0, comprende las máquinas contabilizadoras electromecánicas; el equipo electromecánico de ficha perforada destinado a la contabilidad y las máquinas electrónicas de facturación y contabilidad.
A continuación se estudia la oficina de servicio de ordenador, que es una Empresa u organización que suministra un servicio a sus clientes en el campo especializado del proceso electrónico de datos. Y se enuncia la problemática del Banco de datos.
Por último, se exponen las distintas técnicas de proceso mediante ordena-dor y el empleo de los ordenaordena-dores en sistemas de información de gestión y de adopción de decisiones.
La parte cuarta, «Puesta en funcionamiento de un ordenador», capítulos 8." al 13, es la esencial en la obra.
Se inicia con la consideración de la factibilidad del ordenador, que tiene por objeto determinar la conveniencia de utilizar un ordenador para aplica-ciones específicas que incluyen el proceso de datos de rutina, la resolución de ploblernas y el suministro de información de gestión para la adopción de de-cisiones.
A continuación se estudia el análisis de sistemas que es el término que se utiliza para describir el proceso de recopilación y análisis de hechos en rela-ción con las operaciones, procedimientos y sistemas existentes y con el fin de hacerse una idea de la situación dominante de forma que se pueda diseñar y poner en funcionamiento un sistema de ordenador efectivo, si se demuestra su factibilidad.
Más tarde se examinan los programas de ordenador, entendidos como el conjunto completo de instrucciones necesarias para procesar un trabajo, igual-mente se exponen los conmutadores de programa, cuya inserción en éste está destinada a indicar al ordenador la secuencia concreta de las instrucciones a de__ariie£cig_con__las_ diversas circunstancias que se dan durante el proceso. - •
Seguidamente, se contempla la evaluación financiera de los ordenadores, que consiste en el análisis del rendimiento adecuado de la inversión que éstos suponen. Y se exponen los métodos de financiar la adquisición de los mismos : compra, alquiler y arriendo, si bien el más corriente es el de alquilar el orde-nador al fabricante. Cualquiera que sea el método elegido, la decisión debe tomarse después de haber estudiado una serie de factores.
A continuación se estudian los medios de entrada, salida y fines múltiples del ordenador. Los medios de entrada y salida pueden ser directa e indirecta, exponiéndose con detalle las ventajas e inconvenientes de cada uno de di-chos medios.
Por último, se examina la preparación y verificación de datos, indicando las características de los distintos medios empleables.
ordena-dor durante las actividades normales de proceso de datos, y se continúa con el control dé éste, por cuanto una cosa es procesar datos y otra muy distinta saber que se han recibido todos los datos necesarios para el proceso, que se han procesado, que se han señalado los errores y que se han efectuado las co-rrecciones. Para controlar el flujo de entrada y salida de los datos en el sis-tema de proceso de datos se suele incorporar una sección de control de datos a la organización de proceso de los mismos.
La parte sexta, «El equipo físico y el soporte lógico», capítulos 16 al 21, se inicia con el examen de la unidad central de proceso, que constituye la unidad principal de un sistema de ordenador, y se compone de tres elementos: la unidad aritmético-lógica, la unidad de control y la unidad de memoria de núcleos.
A continuación se ocupa de los dispositivos de entrada, analizando las ca-racterísticas generales de las distintas lectoras: de fichas perforadas, de cinta de papel, de caracteres y marcas ópticas y de caracteres de tinta magnética.
Después se ocupa de los dispositivos de almacenamiento de reserva, el que constituye una ampliación de la memoria interna del ordenador y se em-plea para el almacenamiento fuera de línea de programas y ficheros maestros hasta que se requieran durante el proceso y cuando se requieran, se transfie-ren a la memoria interna del ordenador.
Acto seguido, se consideran los dispositivos multifuncionales: unidad de cinta magnética, unidad de representación visual y la máquina de ficha mul-tifuncional. .
Mas tarde, se exponen los dispositivos de salida impresora por líneas; tra-zadora de gráficos o tratra-zadora de incremento de papel y microfilmación de la salida del ordenador.
Y, por último, se estudia el soporte lógico, que es el soporte del programa destinado a permitir el funcionamiento efectivo del equipo físico del ordena-dor. Consiste en los programas utilizados por un ordenador y preparados por el fabricante ó por el usuario, pero, en concreto, el término abarca los sistemas operativos y los programas de aplicación suministrados por el fabricante.
La parte séptima, «Sistemas de transmisión y recopilación de datos», ca-pítulo 22, comprende, en primer término, los sistemas de transmisión de datos, la que consiste en el desplazamiento de información en forma codificada y comprendiendo dígitos binarios, a través de algún tipo de sistema eléctrico de transmisión. Y, en segundo lugar, los sistemas de recopilación de datos, que se utilizan para registrar y transmitir los datos desde posiciones o emplazamien-tos remoemplazamien-tos a un punto central, o simplemente a un ordenador. . ,
indudable interés práctico para los dirigentes y para los estudiosos que deseen tener una visión global y a la vez pormenorizada de la problemática del pro-ceso de datos y de los sistemas de información de gestión.
J. CARRASCO BELINCHÓN
GALGANO, F . : Le istituzioni dell'economia capitdistica. Ed. Zaníchélli.
Bo-logna, 1974.
1. El libro de Galgano es un libro importante del que vale la pena dar noticia aún antes de que su traducción lo ponga más al alcance, y le dé más difusión, de cara al lector español. Es un libro teóricamente muy importante* que revela una gran madurez científica de quien lo escribe; pero es también una obra que hay que analizar con los ojos bien abiertos a la realidad socio-política. En efecto, lo que hace excepcional al libro de Galgano —hasta el punto de que un filósofo del Derecho que figura entre los juristas más aten-tos a la realidad fáctica, Giovanni Tarello, ha podido afirmar que se trata de una obra «al mismo tiempo clara en sí misma, y excepcional en la litera-tura iuspolítica y iussociológica italiana contemporánea» (1)—, es la feliz com-binación {en cuanto contrapuesta a la yuxtaposición esquizofrénica) de alta competencia profesional jurídica con una sólida cultura política y económica, todo ello en función de un diseño unívoco de política de la cultura, a su vez solidario con los diseños complejos de una bien identificada y realmente ope-rativa fuerza política {2).
2. En los dos primeros capítulos {«Estado del capital y Estado capita-lista» y «Capitalismo de Estado y democracia representativa»), Galgano aborda el tema del Estado en la sociedad capitalista y de las relaciones entre ésta y el sistema democrático burgués. Partiendo de la inicial afirmación de que* en la moderna sociedad capitalista, el Estado tiene una doble naturaleza: es la organización política de la sociedad capitalista y, al mismo tiempo, ele-mento de su organización económica, constata la falsa idea de que la econo-mía capitalista sea una econoecono-mía «liberal», dotada de mecanismos espontáneos de regulación y de reequilibrio. Para el autor, pues, puede hoy expresarse con seguridad el juicio de que «el liberalismo es la filosofía económica de una fase histórica del capitalismo concluida hace tiempo»: el problema de la
(1) Cfr. G. TARELLO: «Sulle istituzioni (giuridiche) dell'economia capitalistica», en Política del Diñtto, 1975, pág. 261.
moderna economía capitalista es el de las «razones», los «casos» y los «lími-tes» de la intervención del Estado. Intervención de la que la burguesía no tiene nada que temer, al menos mientras sea la única clase dirigente y pueda determinar dichas variables. El análisis histórico de las intervenciones estata-les en la economía viene a confirmar dichas observaciones, y a disipar cual' quier sospecha de contradicción entre economía capitalista e intervención del Estado en el proceso productivo.
Pasando de la historia al presente, la figura del Estado-empresario se ins-cribe, actualmente, en un diseño más amplio que es la dirección pública de la economía. En la «economía mixta» {3), en la que la intervención pública no es vista ya como un fenómeno «anticapitalista», se produce la transforma' ción del Estado en «capitalista colectivo ideal», en «organización mediante la cual la clase capitalista realiza colectivamente sus intereses de clase». El De-recho del capitalismo, entonces, como todo deDe-recho de clase, tiende a reali-zar no el interés de los capitalistas individuales, sino el interés general de la clase: el modelo ideal de Estado neo-capitalista, es el de Estado que no se hace instrumento de ningún interés particular de capitalistas concretos o de concretos sectores capitalistas, sino que opera como intento de realización de los intereses de la clase capitalista, y ello siendo factor de racionalización del sistema productivo, de superación de los peligrosos desequilibrios y de las crisis cíclicas que en él se determinan, de desarrollo de la economía; defen-diendo el modo de producción capitalista contra los ataques que se le dirigen desde dentro o desde fuera del país; actuando para la expansión de los mer-cados más allá de los confines nacionales.
Para la vigencia de estas cambiadas condiciones, es precisa la existencia dé una «riqueza de masas» que utilicé el Estado-empresario en su actividad de formación y reproducción del capital: el dato real de la economía mixta está en el hecho de que la clase capitalista utiliza, bajo la forma de «capital pú-blico», la aportación de riqueza de las clases trabajadoras. En efecto, la eco-nomía mixta modifica las formas de expropiación de los productores: la expro-piación se actúa sólo en parte por los concretos capitalistas, en el momento en que se apropian del valor de los bienes producidos; la expropiación se actúa también sobre aquella parte del valor que el concreto capitalista entrega a los trabajadores en forma de salario, y se actúa, en esta segunda fase, por el Estado. Ello no implica que se transforme la esencia de la organización de la economía capitalista, cuyo fin último continúa siendo la máxima valoriza-ción del capital privado, sino que es mera consecuencia de un «estado de necesidad» en el que se encuentra el capitalismo contemporáneo: necesidad económica de aquellos países sin fuerzas para superar con el imperialismo los límites internos de acumulación del capital, y que sufren, además, los límites ulteriores impuestos por la intervención del capitalismo extranjero.
En esta perspectiva armónica, no dejan de existir contradicciones. Para analizarlas es preciso pasar de la consideración del Estado en abstracto al Estado democrático-representativo. Estado democrático-representativo, porque con una aguda interpretación histórica, Galgano demuestra que las formas de-mocrático-representativas son el «mejor envoltorio político posible del capi-talismo». Y lo son porque garantizan la subordinación de la clase política di-rigente a la clase económica dominante, y porque —salvo los períodos excep-cionales en que las clases en lucha tienen un poder casi igual, de forma tal que er^3oder~estatat, emcttalidad -de^aparente mediador, adquiere momentánea-mente una cierta autonomía en relación con ellas—, el sufragio universal un «desafío calculado»: no determina, por sí mismo, una contradicción real dentro de la sociedad burguesa, o al menos no determina una contradicción insuperable. La dictadura de la burguesía no es ya, con el sufragio universal, una dictadura formal, pero continúa siendo una dictadura sustancial: como todas las igualdades burguesas, la formal igualdad política resulta convertida, en la sustancia, desigual por el poder económico de la clase capitalista. Pero la intervención estatal en el proceso productivo rompe la separación entre la esfera de lo económico y la esfera de lo político (donde existe la igualdad for-mal de los ciudadanos) {4), y determina una mayor relevancia de la
ción de las claves políticas desde el punto de vista de las relaciones económi' cas: de ahí las nuevas contradicciones y de ahí, sobre todo, que todo avance de la democracia represente, en una economía mixta, una conquista en la lucha de clases. Abriéndose la posibilidad de una nueva «autonomía del Estado», no como efecto de la ausencia de las clases sociales de la escena po-lítica, sino como resultado de la determinante presencia política de la clase trabajadora, que impide al capital el uso arbitrario del poder estatal, la subor-dmación del interés general al interés particular de la clase económicamente dominante.
3. Los capítulos 3.° a 6.° están dedicados a la Sociedad Anónima, en cuanto «forma jurídica típica de la Empresa capitalista moderna». También aquí un detenido análisis histórico demuestra que la Sociedad Anónima es una institución del Estado: su proceso de formación histórico es contempO' raneo al proceso de formación del Estado moderno; su origen es un episo-dio, no marginal, de las relaciones que la clase capitalista de los siglos XVII y xviii estableció con el Estado; es, desde su origen, la forma jurídica de la gran Empresa. Los caracteres propios de la Sociedad Anónima —limitación de la responsabilidad de los socios y división del capital social en acciones (que permite a la clase empresarial movilizar en torno a sus iniciativas, los recursos financieros de otros sectores sociales)— son, al principio, un privilegio de la clase empresarial sólo para, y justificados por, determinadas Empresas, y, pos-teriormente, fuera ya toda noción de privilegio, caracteres propios de un tipo específico de sociedad. Desde la perspectiva de la «socialización de los riesgos», se observa cómo —en una situación caracterizada por el dato de que las Empresas operantes en el mercado son cada vez más grandes y cada vez menos numerosas— la responsabilidad limitada ha perdido, en la época actual, el carácter originario de privilegio concedido a la gran sociedad, pero ha asegurado el carácter sustancial de beneficio reservado al grande, o al mediano, capital: el beneficio de poder transferir sobre otras clases -—sobre sectores productivos menores, sobre los trabajadores dependientes— una cuota importante de los propios riesgos pasivos.
con-cluir, tras ei análisis de las t elaciones entre la clase empresarial y las otras clases detentadoras de riqueza, que la Sociedad Anónima se presenta como una especie de micro-cosmos, dentro del cual se reflejan los episodios más generales de la historia económica y social. Su rostro cambia, en el curso del tiempo, con el cambiar de las relaciones de fuerza entre las diversas clases detentadoras de riqueza; presenta en los diversos países un rostro distinto, que corresponde al diverso punto de equilibrio alcanzado entre las opuestas clases sociales.
Y todo ello viene afirmado en contraposición abierta a las teorías «ins-titucionaüstas» sobre la Empresa, que sostienen la pérdida del «poder» por el capital y su adscripción a la «tecno-estructura», al «talento organizado». La crítica de estas teorías contenida en el capítulo 5.0 es algo muy importante en la economía de la obra. El abandono de la soberanía de la Asamblea y la pretendida disociación entre propiedad y control de riqueza, vienen conside' radas en esta perspectiva crítica. La contraposición entre los administradores y los accionistas en una falsa contraposición; se debe, más bien, contraponer, por un lado, aquellos accionistas que componen el grupo de control de la sociedad —y que son, frecuentemente, una restringida minoría, no sólo nu-menea, sino también de capital— y por otro, la masa innumerable de los accionistas extraños al grupo de control. El abandono del principio de la so-beranía de la Asamblea ha conferido mayor poder al capital «de control» de la sociedad. La dirección de la Empresa, sólo formalmente atribuida al Con-sejo de Administración, está, sustancialmente, concentrada en el grupo de accionistas de control de la sociedad. No hay, en el fondo del fenómeno, nin-gTffia~xrtsoeta€Í©B--d¿-4Kider__económico de la propiedad de la riqueza. El fenó' meno al que se asiste no es el del declinar de Táclase "eapftalistar-su--abdka¿_
ción, en favor de una nueva clase de. burócratas, del poder económico. La clase capitalista, por el contrario, ha reforzado sus propias posiciones de poder: con el abandono de la soberanía de la Asamblea se ha secundado legislativamente la vocación autoritaria del capitalismo, su intolerancia hacia las formas de democracia asamblear, su culto de la eficiencia, de la rapidez de decisiones, su aspiración a una mayor libertad de acción. La Asamblea de la Sociedad Anó-nima tiene sólo, en la realidad actual, una función de «investidura» del grupo de dirección de la sociedad, y éste, una vez ((investido», determina por sí mismo la orientación de la gestión (5). Más allá de las superestructuras ideológicas.
manera-de sus pretendidas justificaciones imanera-deales, la transformación en sentido auto-ritario de la Sociedad Anónima satisface las aspiraciones hegemónicas de la moderna burguesía industrial y comercial.
Finalmente, el declinar de las Sociedades Anónimas, declinar no de la Empresa capitalista, sino de la particular forma jurídica de Empresa capitalista que es la Sociedad Anónima, próxima ya al agotamiento definitivo de su ciclo histórico. Declinar que en los países de mayor prosperidad y más avanzado capitalismo, se conecta sobre todo con el hecho de que los grandes capitales industriales y comerciales están ya, desde hace tiempo, formados. La clase empresarial tiende a convertirse, financieramente, en autosuficiente: tiene cada vez menos necesidad de asociar a las propias iniciativas a otras clases deten-tadoras de riquezas. La Empresa capitalista puede prescindir hoy de diri-girse a los tradicionales sectores ahorradores; puede confiar en otras fuentes de financiación menos costosas, en particular, en la financiación pública. A este respecto el dato nuevo más importante es la financiación indirecta de las clases populares a las actividades productivas, o sea, la financiación realizada a través del Estado que extrae coactivamente en las formas de la imposición directa y de la indirecta, ingentes medios financieros. Es la presencia en las arcas del Estado de esta ingente disponibilidad de dinero, al que puede acu-dir, la razón por la que la clase empresarial advierte cada vez menos la nece-sidad de dirigirse a las tradicionales clases detentadoras de riqueza. Por otra parte, los capitales dirigentes de las sociedades se encuentran en condiciones de controlar no sólo la riqueza de los tradicionales y absentistas clases de «ahorradores», sino también la nueva riqueza de masas, perteneciente a los sectores trabajadores, que el Estado les extrae. El fenómeno del control mino-ritario adquiere así proporciones desmesuradas: ya no es sólo el control ejer-citado por oligarquías societarias sobre la riqueza conferida por los accionistas «ahorradores», sino también, y prevalentemente, control ejercitado sobre una riqueza, no conferida en sociedad, sino autoritariamente extraída a las clases que la han producido y, luego, dirigida hacia las sociedades. Y extraída a clases que no son, como las antiguas, ((absentistas» por elección: son clases sociales políticamente subalternas, a las cuales está impedido el «control» de la riqueza poi ellas producida.
Desde esta perspectiva aparece claro que, a veces, en la base de las ideas de reforma de la Sociedad Anónima hay una carencia de análisis, en términos de clases sociales, de las relaciones subyacentes a la Sociedad Anónima. La crisis de la Sociedad Anónima tiene causas profundas e irreversibles, ligadas
decisiva, cuáles s«an las clases sociales que se ocultan detrás de la figura impersonal del accionista de minoría, cuáles las relaciones de fuerza suyacentes a la disciplina legislativa de la sociedad por acciones (pág. 93).
a la evolución de las relaciones entre las clases sociales. Intentar, con una. reforma legislativa, restituir vitalidad a la Sociedad Anónima, significa perse-guir un sueño imposible de restauración. Los intereses en juego en dicha refcr~ ma no son ya, como en el siglo pasado, los intereses antagónicos de la clase empresarial por un lado y. por otro, de las clases aportadoras de «ahorro», puesto que la moderna Empresa capitalista, aun cuando todavía constituida. en las formas tradicionales de la Sociedad Anónima, actúa en el ámbito de una economía «mixta», caracterizada por la cada vez más masiva presencia del capí' tal público junto al capital privado. La reforma de la Sociedad Anónima debe ser concebida como momento de una más general transformación democrática de las instituciones. La aportación de riqueza por las clases populares no tiene, para la clase empresarial, un costo valorable en términos de dividendo; y ni siquiera en términos de participación en la gestión de las Empresas. El costo que ella debe soportar es de orden político: la aceptación, por parte de la cíase empresarial, del método de la programación, y de una programación democrática, cuyos Centros de decisión sean transferidos del ejecutivo a las Asambleas electivas.
4. En los capítulos 7.0, 8.° y 9.°, desde una perspectiva mucho más ape^ gada a la realidad italiana, pero no exenta igualmente de interés, vienen finaU mente analizadas a la luz de las consideraciones anteriores, toda una serie de cuestiones a un nivel más concreto. La intervención pública en la economía» los criterios de actuación de la misma, las reglas de su coexistencia con la iniciativa privada el límite de la «utilidad social...»; con una serie de pági' ñas, de extraordinario interés, sobre la cogestíón (151 a 159) y un tratamiento -Ai al <\e las sgciedades_cooperativas y de su papel en el sistema de instituciones
capitalistas.
5. La breve reseña del libro comentado sirve para justificar sobradamente las afirmaciones iniciales sobre el mismo. Si el proyecto que podía reflejarse en el título y en el subtítulo («Societa per azioni, Stato e classi sociali») era ambicioso, el resultado final de la obra no puede defraudar: las aportaciones exceden con mucho el ámbito del derecho de la Empresa y afectan a la teoría general del derecho e incluso a la teoría del Estado. Y, sobre todo, se trata de un libro informado, página tras página, por un preciso diseño político, ins' trumental a una determinada visión política, pero que conserva todo el rigor y la altura necesarios al debate científico. Aunque sólo fuera por ello, el libro sería muy importante: se trataría, como se trata, de un hito fundamental en la progresiva toma de conciencia de los juristas que, de «consejeros del príncipe» pasan a una nueva posición en la que los intereses a servir, por
encima de falsas neutralidades, son objeto de una concreta y decidida identi-ficación previa, sobre la que incide posteriormente, todo el bagaje técnico y toda la habilidad argumentativa de los juristas, que en el caso de Galgano, por lo demás, alcanza cotas de insospechada madurez.
FEDERICO R. DURAN
GUÉLAUD, Franjois (y otros): Pour une analyse des conditions du travail ouvrier dans l'entreprise. Armand Colin. París, 1975; 246 págs.
La doctrina sociológica especializada siente gran preocupación por mejorar las condiciones de trabajo y, desde hace algunos años, puede decirse que es redoblado este interés en todas las latitudes. El volumen a que se refiere la presente recensión tiene análoga finalidad, para lo que previamente se realiza importante investigación por el Seminario de Economía y Sociología del Tra-bajo de la localidad de la costa azul francesa Aix'en-Provence,
Con el objeto de conseguir la descripción precisa de la tarea que el traba^ jador realiza, los autores se imponen la ardua labor de formular las definicio' nes de los tipos de trabajo ejecutables que se expresan:
— Trabajo manual: atañe a tareas en las que el obrero realiza. cierto número de operaciones manuales, bien determinadas, con la ayuda de utensilios.
— Trabajo manual a máquina: el operario debe efectuar cierto número de operaciones manuales bien definidas, sin que haya que realizarlas sobre máquina universal o especializada.
— Trabajo de vigilancia de máquinas o de aparatos semiautomá' ticos: se refiere a puestos de trabajo en los que las operaciones ma-nuales regulares están muy limitadas y en. las que es preciso, ante, todo, garantizar la observación de las operaciones realizadas por
má-quinas o aparatos automáticos.
Se recuerda, en base de la publicación de A. Wisner, Audition et bruit, el establecimiento de las siguientes correlaciones entre las variables de produc-ción y modificaproduc-ción del nivel de sonoridad: en taUer mecánico, el número de piezas malogradas se consigue disminuir hasta el 50 por 100, cuando el nivel sonoro se ha puesto en el límite máximo de 25 decibelios; en local dáctilo-gráfico, el número de errores ha descendido el 30 por 100, cuando se consigue nivel sonoro inferior a. 25 db.; en taller de montaje, la producción o
miento se acrecienta en el 30 por 100, cuando se hace bajar el nivel sonoro de los ao db.
La redacción del libro es consciente de las dificultades que encierra la pre-tensión de efectuar, para cada puesto, la exacta medida de la carga física de trabajo, pues el nivel de gasto energético correspondiente a las distintas pos-turas o tipos de esfuerzo tienen, sin duda alguna, escalas bien distintas. No obstante, se arriesgan a tomar partido, con el ensayo de descomponer al má-ximo las distintas secuencias del trabajo realizado por el operador en su puesto de trabajo, con el objetivo de que se pueden caracterizar: de una parte, los diversos esfuerzos estáticos correspondientes a las posturas, así como, al propio tiempo, evaluar la duración acumulada en cada uno de ellos; de otro lado, los esfuerzos dinámicos, tanto los de transporte como de elevación de cargas, los desplazamientos del trabajador, o bien los esfuerzos de los distintos grupos musculares del organismo humano.
Los autores de la publicación consideran, por lo que se refiere a cómo medir los índices de carga mental, que se encuentran totalmente incapacita-dos para proponer un índice sintético del nivel de carga mental correspon-diente a tarea dada. De todos modos, en base de ciertas teorías, creen posible facilitar algunos indicadores indirectos o parciales, que cada uno de ellos puede caracterizarse a través de determinado aspecto de la carga mental, cuyas variables quedan especificadas de la siguiente forma: tiempo apurado;
com-plejidad-velocidad ; atención; minucia.
Insístese en que no existe método científico para medir cada uno de los elementos enumerados en el párrafo anterior, pero cierto número de caracte-rísticas de una labor pueden constituir otros tantos criterios que, combinados entre eHos~cT~sTirfrados~los unos -a-jQs__otrosL_rjerrnitirán apreciar la parte más o menos importante de tales elementos en la carga mentaU
El libro que comentamos clasifica, respecto de la dinámica del grupo que desarrolla determinada tarea, las tres categorías que más abajo se indican en sus relaciones interlaborales, tanto con sus camaradas como con los jefes:
—• Relaciones cooperativas: entre trabajadores que tienen el mismo estatuto social y funciones semejantes y quienes son llamados a comu-nicar, entre ellos, el cumplimiento de tarea dada, trabajo de equipo, grupos autónomos formales o informales. Se trata de tipo de coope-ración privilegiada, aunque pueden darse malas cooperaciones, pero en general son tas mejor apreciadas por los trabajadores.
—• Relaciones funcionales:. entre trabajadores que tienen estatutos diferentes en la Empresa, pero no jerarquizados los unos con,referen-cia a los otros, como son las relaciones del obrero con el ajustador, el
mecánico, etc. En todo caso, estas relaciones son calificadas como de naturaleza neutra, por lo que no resultan muy favorables ni netamente desfavorables.
— Relaciones jerárquicas: entre dos compañeros de estatutos di-ferentes, que uno tiene autoridad sobre el otro. Esta es la relación peor soportada, puesto que es la más tensional, la que tiende a modificarse por las experiencias recientes de equipos semiatónomos o autónomos.
Los autores limitan al máximo los indicadores de observación o informa-ción general sobre la Empresa. Aluden sólo a los equipos más corrientes o más indispensables, a los que pueden influir en forma directa y concreta sobre las condiciones de trabajo. Las variables aludidas conciernen, sobre todo, a estas materias: fecha de construcción de los locales; entretenimiento o limpieza de las diversas partes de la Empresa; equipos sanitarios; equipos sociales, tales como cantinas, comedores, dormitorios; tiempo de trabajo: datos com-plementarios de aquellos que han sido reconocidos en el capítulo correspon-diente, referentes al conjunto de la Empresa y los relativos a la organización de los diversos tipos de horarios, número de días de descanso, duración de las vacaciones anuales, etc.
El volumen contiene también estas materias: selecta bibliografía, desglo-sada en los apartados de ambiente térmico, ruidos, alumbrado, vibraciones, desgaste físico, carga mental, aspectos psicosociológicos y duración de la jor-nada de trabajo; anexos, detallados y significativos, sobre recapitulación de módulos referentes a las condiciones de trabajo y en torno a guía de obser-vación ; sendas listas relacionando los 22 cuadros incluidos en el libro y re-flejadora del contenido de los 15 gráficos insertos.
En suma: se trata, en nuestra modesta opinión, de excelente libro, técni-co, con redacción esmerada, de gran erudición, que resulta de indispensable consulta para cuantos se acerquen al estudio de estas materias. ,
GERMÁN PRIETO ESCUDERO
KoONTZ, Harold, y O'DONNELL, Cyril: Elementos de administración moderna. Traducción de Jorge CÁRDENAS. Libros McGraw' Hill. Méjico, 1975; 457 páginas.
se sufedivide en otras clasificaciones que comprenden la mateña básica per-tinente. La experiencia ha demostrado que dentro de este marco cabe cual-quier conocimiento nuevo surgido de las ciencias de la conducta, de las cuan' titativas, o de las innovaciones prácticas. De esta forma, esperamos haber dado los primeros pasos hacia la administración como ciencia (conocimientos orga-nizados) y hacer útil esta ciencia para quienes deban aplicarla a la realidad. De acuerdo con este propósito, el texto se presenta dividido en veintisiete capítulos, agrupados en seis partes y complementados con una serie de casos de estudio sistematizados con respecto a cada una de dichas partes.
La parte primera, «Los fundamentos de la Administración», capítulos i." al 4.0, es una introducción a estos fundamentos y así comienza con el examen de los principios de la Administración, que se definen como verdades funda-mentales de validez general, que sirven para pronosticar los resultados de la actividad administrativa y proporcionan el fundamento de la ciencia de la administración: sintetizan los conocimientos adquiridos mediante el aná-lisis y la experiencia.
A continuación se describen las distintas escuelas o criterios referentes a la teoría de la administración, entre las que se pueden mencionar la escuela matemática, la de los sistemas sociales, la del comportamiento y otras.
Después, se definen y describen brevemente las cinco funciones básicas de la administración (planeación, organización, nombramiento de personal, direc-ción y control) con el fin de sentar las bases de la exposidirec-ción que se efectúa en las siguientes partes.
Y, por último, se pone de manifiesto que el administrador no actúa en un __las fuerzas internas de su Empresa o departamento. Por el contrario, el ámbito de su acción rebasa su
Emipresa-y abarca todos los aspectos económicos, técnicos, sociales, políticos Emipresa-y éticos propios de la sociedad donde se encuentra.
La parte segunda, «Planeación», capítulos 5.0 al 9.°, se inicia con la indi-cación de las razones para planear y la clase de planes; se contempla la problemática de los objetivos y se expone el proceso de adopción de decisiones. Se consideran la formulación de políticas y de estrategia, corno progra-mas generales de acción y, finalmente, se centra la atención en tres cuestio-nes básicas: la coordinación de los placuestio-nes, la comunicación para la planeación y la participación en la realización de los planes.
La parte tercera, «Organización», capítulos io.° al 15.0, se ocupa de la teoría de la estructura de la organización, y así se comienza estudiando la naturaleza y el propósito de la organización; se trata de Ja agrupación-—de-partamentación básica— de actividades dentro de la estructura de la
ción; se analizan las relaciones de autoridad entre la línea y el staff, y se examinan los departamentos de servicios.
A contiguación, se contempla e¡ problema de la delegación y el grado de dispersión de la autoridad en la Empresa y se consideran los aspectos prácticos de la organización desde un punto de vista global.
La parte cuarta, «Dotación de personal», capítulos 16 al i9, se inicia tra-tando la naturaleza y los objetivos de ésta, y así se destaca su importancia y las dificultades que entraña.
A continuación se expone la selección y la evaluación de los directivos, poniendo de manifiesto las dificultades que entraña, y se finaliza con el exa' men de la capacitación de los mismos, indicando las ventajas y las limitaciones de los programas considerados.
La parte quinta, «Dirección», capítulos 20 a 23, toma como punto de partida el entender que para dirigir con efectividad, un directivo debe basarse en la motivación, la comunicación y el liderazgo.
A continuación se contempla la problemática de la motivación y, en espe-cial, los factores que la condicionan y cuyo conocimiento es indispensable para todo directivo.
La comunicación se estudia, después, destacando su trascendencia y pO' niendo de relieve su problemática.
Por último, se exponen las técnicas de dirección que se han mostrado idóneas para conducir eficientemente al personal.
La parte sexta, «Control», capítulos 24 al 27, se inicia con el estudio del proceso del control, en el que se advierte que es esencial el diseño de meca-nismos de control y de información que se ajusten a las peculiaridades de la respectiva organización.
A continuación se exponen las técnicas principales de control, tanto las tradicionales como los nuevos instrumentos empleados.
Se dedica especial atención a los controles generales, y se pone de re-Heve que frente a la idea comúnmente aceptada de que lo fundamental son los controles financieros, se afirma que lo esencial es el control de calidad de los directivos.
Y se concluye afirmando que una administración efectiva requiere contar y disponer de mejores directivos que apliquen hábilmente los conceptos, las técnicas y los principios y eliminen así los resultados insatisfactorios causados po¡ una mala administración.
En conclusión, se puede afirmar que nos hallamos ante una obra que es esencial tanto para el estudioso —que encuentra orientaciones y cauces— como para el hombre de acción —que halla pautas de comportamiento—.
J. CARRASCO BELINCHÓN
MARTÍN ARNORIAGA, Tomás: Los esclavos de oro del balón (Situación labo-ral y humang, de los jugadores profesionales del fútbol). Ediciones Sed-may, S. A. Madrid, 1976.
El tema de la naturaleza jurídica de la prestación de servicios del depor-tista profesional viene preocupando tanto a los estudiosos del Derecho laboral como a los dirigentes del deporte que, ante las transformaciones sufridas por la práctica del mismo ha llegado a constituir una dedicación plena y un medio de vida, se ven obligados a modificar conceptos y estructuras orga-nizativas mantenidas durante mucho tiempo como inconmovibles.
Jurídicamente, el tema ha sido abordado repetidamente desde la cono-cida tesis doctoral del hoy catedrático señor Cabrera, hasta la reiterada doc-trina del Tribunal Supremo referida mayoritariamente al jugador del fútbol, por ser la actividad deportiva, también mayoritaria y, sobre todo, más pro-fesionalizada y problemática hasta la ley de Relaciones laborales.
Periodísticamente diversos artículos han expuesto la noticia, la nota pin-toresca, y denunciado las situaciones abusivas en este espectáculo, que es hoy el deporte profesional.
En esta ocasión un periodista, Martín Arnoriaga, que tiene también la condición de universitario, en disciplina tan dispar como los estudios de Filo-sofía pura, ha logrado conjugar estos dos aspectos de filoFilo-sofía y realidad posi-tiva, en el análisis de un fenómeno que, como el espectáculo futbolístico, ha llegado a tener una gran trascendencia sociológica.
En_la_obra que comentamos, a manera de un rápido reportaje periodís-tico, se nos muestran sin pretensiones jurídic3Sr^eí©-en-uiL£stilp_ claro, sencillo y sugestivo, todas las facetas del fútbol profesional, sacando a la luz ese turbio mundo que se esconde tras los estadios llenos de multitudes que su-fren, gozan y se apasionan por los avatares de los triunfos y derrotas de sus clubs y por las vivepcias de sus ídolos, ignorando que, detrás de todo ello, muchas veces existen intereses bastardos, autoritarismos intolerables e inde-fensión del hombre frente a un. entramado de normas de ínfima categoría que, poco a poco, se va resquebrajando, afortunadamente.
Se trata, fundamentalmente, de un libro denuncia, que responde a la idio-sincrasia de su autor que pone el dedo en la llaga de cuestiones que» si aisla' damente nos son conocidas, al contemplarlas en su conjunto justifican sobrada-mente el título de Los esclavos de oro del balón.
Afortunadamente, la situación ha comenzado a variar gracias a estas de-nuncias, y al esfuerzo de unos cuantos laboralistas y, también, al espíritu, siempre progresista en materia de derecho del trabajo de nuestro más Alto Tribunal. Recientemente la nueva ley de Relaciones laborales ha reconocido y ratificado la situación laboral del trabajador dentro de la Empresa que es su Club.
Quedan muchas resistencias que vencer, tinglados que desmontar, pero el proceso es fatal y a estos hombres que practican el fútbol como actividad profesional y medio de vida les serán al fin reconocidos los derechos que, como hombres y como trabajadores, les corresponden.
A. NÚSEZ - SAMPER
ORGANISATION DE COOPERATION ET DE DEVELOPPEMENT ECONOMIQUE : L'OCDE
et les migration intemationales. OCDE. París, 1975; 54 págs.
La publicación que vamos a comentar recoge, esencialmente, las exposí-ciones y discusiones del Grupo de trabajo sobre las Migraexposí-ciones del Comité de la mano de obra y de asuntos sociales, de la OCDE. Todas sus conclusio-nes se pueden resumir, creemos, en los siguientes puntos: el análisis de la evaluación reciente de los movimientos migratorios intra-europeos incita a reconsiderar: las nociones de excedentes y de déficits coyunturales de mano de obra y de su compensación por el simple juego de la movilidad interna-cional del trabajo; el carácter estructural de la inmigración y las consecuen-cias en las que se desenvuelve el plan económico y social colocan, a los países correspondientes, ante opciones que determinan decisiones que se deben tomar tras el pleno conocimiento de los costos que representan; las nacio-nes de emigración son ampliamente tributarias del resto en el mercado inter-nacional del trabajo, por lo que concierne también al volumen y orientación de los flujos migratorios y de las medidas susceptibles de adoptarse en cuanto a cómo se valora la emigración; es preciso encontrar nuevo tipo de relacio-nes entre los dos grupos de países y evocar la posibilidad, en el más amplio grado, de nueva estrategia de la cooperación y del desarrollo.
siguientes características: las migraciones intra-europeas son beneficiosas para ambos grupos de países; él trabajador que emigra obtiene empleo equitativa' menté remunerado, á ia vez que mejora social y profesiottálrnente; de contra, tiene el inconveniente de orden colectivo y personal de que se le considera como menor, por sus problemas dé adaptación, alojamiento, idioma, etc.; se aboga por reconocer y normalizar como derecho subjetivo la libertad de emi-gración y se simplifica y asume las formalidades de entrada y estancia en el país de destino; en el empleo, el trabajador debe hallarse debidamente pro-tegido contra toda clase de emigración clandestina; debe ser integrado en el mercado nacional de empleo; se deben crear zonas de libre circulación de mano de obra; los servicios públicos serán encargados de facilitar al emigrante cuanta información al respecto precise; los trabajadores foráneos sé beneficia-rán de los mismos contratos, condiciones y ventajas que los nacionales; las cotizaciones de la seguridad Verificadas en los distintos países deben ser acu-muladas; se les asegurará la remesa de los dineros de sus ganancias; los be-neficios de los co-asegurados serán idénticos a los de los asegurados cabezas de familia; a los jóvenes trabajadores, en afán de promocionarles, se les faci-litará la debida formación profesional para mejorar su suerte laboral.
En el volumen qué se critica no se duda de que la rotación será bastante significativa, pero se advierte que menos importante de lo qué generalmente se cree. Efectivamente, cuando se pretende establecer correlación directa entre la rotación y las intenciones de retorno de los migrantes, resulta todo de arbi-trariedad elocuente.
En el año 1973, ^as estadísticas de remesas correspondientes a españoles al«ñcteorr~a~S^í3-^?iillQnfis__cle_dólares, mientras que las de portugueses y griegos fueron 745 y 735 millones, respectivamente;
En mayó de 1974 se celebró, en Viena, el Seminario titulado «La migra-ción internacional en sus relaciones con las políticas de ajuste industrial», organizado por él Centro de Desarrollo de la OCDE, en cuya reunión se ob-tienen las siguientes conclusiones: reconocimiento de la inexistencia de polí-ticas coherentes en la materia migratoria que nos ocupa; se recomienda la implantación de política de retornos cbn objeto de reinsertar sus actividades con las necesidades del país de origen; recálase la importancia de toma dé conciencia del problema por parte de las naciones de inmigración; examen de las divisiones internacionales del trabajo; análisis de algunos aspectos de las relaciones entré migraciones y desarrollo agrícola; se enumeran en el dominio de la forrnación y cultura, las condiciones que favorecen a migrantes, a sus hijos y al país de la inmigración.
•generalmente, valiosísimas informaciones y datos de singular interés sobre la problemática laboral y migratoria. En este caso, creemos que está, decidida-mente en está línea, la publicación cuyo comentario concluimos.
GERMÁN PRIETO ESCUDERO
•SOTELO, Ignacio: Del leninismo al stdinismo (Modificaciones del marxismo en un medio subdesarrollado). Editorial Tecnos. Madrid, 1976; 249 pá-ginas.
El autor plantea en este libro dos de las cuestiones claves de nuestro tiempo: dilucidar el carácter propio de la sociedad burocrática postcapita-lista y salvar la noción de socialismo como una sociedad libre de hombres libres en la que con las clases sociales van desapareciendo las diversas for-mas de opresión estatal.
Ahora bien, mantener esta concepción, en su origen cabalmente mar-xista, implica una revisión profunda del marxismo, que elabore la experien-cia histórica que ha hecho posible, si no necesario, un leninismo y un stali-nistno.
Sólo tomando conciencia de las enormes diferencias que separan el socia-lismo pensado por los clásicos del siglo XIX del sociasocia-lismo real que el sub-desarrollo hizo posible, cabe plantear estas cuestiones problemáticas.
Marx concibió el socialismo a partir de las sociedades capitalistas más avanzadas de Europa. La construcción del socialismo se comenzó en Rusia, un país subdesarrollado. Socialismo y subdesarrollo son incompatibles desde los supuestos básicos de Marx. Desde la experiencia histórica del siglo XX, forman al parecer una unidad indisoluble.
El que el socialismo se haga realidad en un medio subdesarrollado modi-fica sustancialmente lo que se entiende por socialismo: estas modimodi-ficaciones se llaman leninismo y stalinismo.
El tema del libro es la transformación del marxismo en leninismo y luego en stalinismo, intentando captar la esencia de esos fenómenos, pero sin aspirar a describirlos, ni siquiera de forma sumaria.
Se ha preferido la concentración en un punto básico, la relación entre marxismo y desarrollo, dejando al margen otras muchas cuestiones impor-tantes que cronológicamente pertenecen al marco histórico trazado.
bur-guesa; El carácter de la revolución rusa, La naturaleza del stalinismo e interpretaciones y enseñanzas. • . .
Al final se llega a la conclusión de que el poder del Estado se ha forta-lecido, tanto en los países capitalistas, donde el grado de concentración mono-polista de la economía va en aumento y parece imparable, como en los países llamados socialistas, en los que la concentración y monopolización en manos del Estado es ya completa.
La burocratización al Este y al Oeste se revela como el fenómeno deci-sivo de nuestro tiempo, en el que parece converger la sociedad industrial, en su forma capitalista —monopolista y en su forma estatal—_burocrátic«L_
Comprender este proceso, en sus aspectos positivos y negativos, supe-rando los temores y prejuicios, tanto del viejo liberalismo conservador como del antiestatismo revolucionario, constituye la tarea más urgente de las cien-cias sociales.
Si el papel del Estado en la organización de la economía y de la socie-dad ha de ir inevitablemente en aumento, la cuestión no es oponerse en vano a este proceso de estatificación burocrática, sino poner de manifiesto las formas aún posibles de participación democrática.
Desde el punto de vista filosófico, moral y sociológico, consideramos li-geros algunos juicios que se formulan, como calificar de «insultos históricos de los regímenes fascistas, de reacción capitalista, atemorizada por los éxi-tos ingentes de la Unión Soviética», las purgas, campos de trabajo forzado, arbitrariedad omnipotente de la burocracia, y tantos y tantos crímenes acu-mulados por el régimen soviético, a través de sus diferentes etapas, y que hoy continúan siendo denunciados por los intelectuales rusos.
^eria_conven¡ente_yalorar suficientemente los conceptos de libertad, de-mocracia, burocracia, clase política "dirigente, participación del proletariado, capitalismo, propiedad privada, participación y tantos otros, que se barajan continuamente en la obra, y se siguen actualmente en vigente problemática. Un índice de nombres completa este interesante y problemático estudio del leninismo y stalinismo en la revolución rusa.
MIGUEL FAGOAGA
Varios autores: La huelga en Europa. Estudios Laborales. Instituto de Estu-dios Laborales y de Seguridad Social. Ministerio de Trabajo. Madrid, 1975 ? 177 páginas.
Al contemplar la huelga en los diferentes países europeos se polarizan la» diversas cuestiones en los siguientes temas:
— Régimen jurídico: Fuentes reguladoras. —• Concepto.
— Clasificación. — Límites jurídicos. —• Efectos.
— Huelga y Seguridad Social. —• Prestaciones.
— Responsabilidades.
—• Servicios de interés público en tiempo de paz. — Sanciones, y
—• Bibliografía.
Los destacados profesores don Antonio Martín Valverde, doña María de los Santos Alonso Ligero, don Juan Ramírez Martínez, don Miguel Rodrí-guez Pinero, don José Vida Soria y don Jesús María Galiana Moreno, van analizando los respectivos regímenes de huelga en Alemania, Bélgica, Fran' cía, Holanda, Italia y Reino Unido.
Vamos a intentar sintetizar los rasgos más salientes de estos sistemas le-gislativos.
El profesor Efrén Borrajo presenta esta colección de estudios destacando la importancia del problema y la necesidad de tener un amplio conocimiento del Derecho comparado, para entrar, en el punto exacto de la problemática de las «huelgas», con sus ventajas y sus peligros, sin demagogias ni separa-tísmos europeizantes.
Martín Valverde contempla el panorama en la Alemania Federal, donde,, salvo unas genéricas declaraciones no existe una regulación legal o regla' mentaria de la huelga, dotada de un mínimo de concreción para resolver la casuística de la materia.
En esta situación el papel de la jurisprudencia en el establecimiento del alcance y los límites del derecho de huelga puede calificarse como de verda-dera creación normativa.
Entre los requisitos de forma para la licitud de la huelga el más restric tivo, y también el más controvertido, es el de que la huelga ha de haber sido organizada o posteriormente asumida por un Sindicato, lo que deja a extramuros de la legitimidad jurídica a las llamadas «huelgas salvajes».
La huelga ilícita da lugar a una responsabilidad civil de daños y perjui-cios a cargo de los huelguistas. Junto a los huelguistas son también
bles civiles de las huelgas ilícitas las asociaciones sindicales qué las promo-vieron o apoyaron.
No es lícita, penalmente, la actividad de los piquetes de huelga que impiden físicamente la entrada en él trabajo. Los piquetes pueden formarse pero sólo podrán ejercitar su labor por medio de la persecución.
El régimen jurídico de la huelga en Bélgica es expuesto por María de los Santos Alonso Ligero. Sigue la temática general de conceptos generales, re-gulación de la huelga, efectos tanto de la huelga legal como de la ilegal, sanciones y prestaciones de interés público en tiempo de paz.
Desarrolla el concepto doctrinal de huelga como la cesación colectiva y concertada del trabajo por un grupo de trabajadores, a fin de impedir el funcionamiento normal de lá Empresa, para hacer presión sobre el emplea-dor o sobre terceros.
La huelga no constituye infracción, pero las infracciones del Derecho común cometidas con ocasión de una huelga son sancionables como si hu-bieran sido realizadas fuera de un conflicto sücial.
Si la libertad de huelga está asegurada, el legislador debe velar para que la cesación del trabajo no comprometa el cuidado de la maquinaria o ins-trumentos de trabajo, ni la satisfacción de las necesidades vitales.
La huelga en Francia es analizada por Juan kamírez.
Se afirma que el derecho a la huelga da un derecho público, susceptible de limitaciones, que no pueden llegar a suponer en la práctica la imposibi-lidad o dificultad grave de su ejercicio.
A continuación se presenta su regulación, caracteres, clasificación, requi-sitos y límites, huelgas eh los servicios públicos, huelgas políticas y huelgas de solidaridad; efectos de la huelga legítima sobre el contrato de trabajo; huelga y Seguridad Social y los efectos de la huelga ilegítima.
La jurisprudencia dominante considera que la mera participación en una huelga ilegítima, ya sea ilícita o simplemente abusiva, constituye una falta muy grave.
La participación de un piquete de huelga es en sí lícita, salvo que venga acompañada de violencia sobre los trabajadores no huelguistas.
La huelga en Holanda es objeto de estudio por Rodríguez Pinero. Independiente de contemplar los temas generales de la huelga, dice qué el clima social holandés inmediatamente posterior al fin de la guerra se ha caracterizado por lo que se ha dado en llamar «paz laboral», en buena parte justificado por la existencia en el poder de grupos políticos én los que los Sindicatos confiaban.
Aún antes de 1950 el sistema holandés de relaciones laborales se carao •terizaba por el centralismo y estatificación de la negociación colectiva y el reducido número de huelgas, habiendo descendido vertiginosamente el hú-mero de las mismas.
En la huelga de los setenta parece detectarse el derrumbamiento del modelo anterior tanto respecto a la negociación colectiva como respecto a la «paz social» como respecto a la actitud hacia la huelga.
Las centrales sindicales comienzan a mostrarse menos reacias al recurso a la huelga. El endurecimiento de la situación económica, el proceso de fu-siones que hace aumentar rápidamente el tamaño de las Empresas, los resul-tados de las últimas medidas en materia salarial, el incremento preocupante de las cifras del desempleo, son todos síntomas de una evolución de la polí-tica sindical holandesa en materia de huelga.
El régimen jurídico de Italia es desarrollado por el profesor Vida. El ordenamiento jurídico italiano se inserta en el grupo de los que con-figuran el «derecho a la huelga».
En un ordenamiento jurídico de tipo normativista como el italiano, es difícil sostener la idea que «las leyes que regulan» el derecho a la huelga no fueran otras que las que, en el futuro se elaboran al respecto. La doctrina se ocupó del tema, coincidiendo siempre en que tales normas no se dicta-ban, ni se dictan, en razón de criterios de oportunidad política.
Siguiendo a Santoro Passarelli, afirma que hoy por hoy hay que decir que la titularidad del derecho de huelga se niega a las personas investidas de una función soberana del Estado, a los cuerpos avanzados del Estado, o de otros entes públicos, y a los servidores de funciones o servicios públicos esenciales, que tengan preeminente interés general.
La huelga política ha sido también uno de los puntos que han resultado más debatidos por la doctrina. En resumen, una última sentencia de la Corte constitucional italiana mantiene la tesis de que «el derecho de huelga no puede incluir abstenciones del trabajo proclamados en función meramente política».
Galiana Moreno aborda el régimen jurídico de la huelga en el Reino Unido.
En materia de huelga es tradicional en Inglaterra la oposición entre cotnmon law y derecho estatutario, hasta el punto de que el derecho de huelga se configura como una serie de libertades o inmunidades que el derecho escrito ha ido contraponiendo al common law, inclinado a sancionar primero criminalmente y luego en vía civil a los huelguistas.
les alcanzan sólo en caso de que su actuación tenga lugar «en previsión o como consecuencia de un conflicto de trabajo» profesional, o en cualquier otro lugar en que se halle una persona sin ser su residencia,, y con tal que dicha actividad se lleve a efecto únicamente con el fin de obtener pacífica^ mente informaciones de dichas personas o de comunicarle pacíficamente in' formaciones o persuadirle pacificamente de que trabaje o de que deje de trabajar.
Completan esta interesante monografía el texto del DecretO'ley de 22 de mayo de 1975 sobre regulación de los conflictos colectivos de trabajo, una nota autocrítica sobre conflictos de trabajo en la CEE y la referencia biblio-gráfica.