1
1281979 Marino Gerónimo Porzio Bozzolo, en representación de Start Today Co., Ltd.
Denominativa be unique, be equal Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: aclare redacción de "servicio de comunicado en revistas"; "servicios en comunicado de libros" en clase 35.
1281980 MARINO PORZIO, en representación de Start Today Co., Ltd.
Figurativa Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento
de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: aclare redacción de "servicio de comunicado en revistas"; "servicios de comunicado en libros" en clase 35.
2
1286682 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de SWISS KRONO Tec GmbH
Mixta K KRONOTEX BY SWISS KRONO GROUP
Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de fecha 11.10.2018, en relación a la cobertura pedida en la clase 19: corrija “componentes” por partes. Aclare “materiales biológicos, en particular materias primas orgánicas de origen biológico, hierba o materiales
biológicos; en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Elimine de todas las partes de la cobertura la expresión “otros” por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Verifique “tableros de virutas delgadas, tableros de virutas vastas, tableros de virutas largas, planas orientadas, todos estos productos en particular para construcción”, pues las virutas de madera son de la clase 22. Corrija “tableros y elementos moldeados de fibras para construcción” por tableros y elementos moldeados de fibras de madera para construcción. Aclare o verifique “polímeros para la construcción”, pues el polímero es un compuesto químico que debe clasificarse entonces en la clase 1. Aclare en toda la cobertura pedida la inclusión de la expresión “hierba”. Aclare en toda la cobertura
“revestimientos laminados y paneles para suelos y terrazas, laminados, paneles y revestimientos para paredes, techos y fachadas, no metálicos, en particular para construcción” por cuanto induce a confusión con productos de clase 27, como por ejemplo con
“revestimientos de suelo” y “revestimientos para paredes que no sean de materias plásticas”. Aclare “en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Aclare “hierba o materiales biológicos, en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico - todos estos materiales con o sin adición de otros materiales de relleno minerales o de otro
3
1286683 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de SWISS KRONO Tec GmbH
Mixta K KRONOTEX BY SWISS KRONO GROUP
Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de fecha 11.10.2018, en relación a la cobertura pedida en la clase 19: corrija “componentes” por partes. Aclare “materiales biológicos, en particular materias primas orgánicas de origen biológico, hierba o materiales
biológicos; en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Elimine de todas las partes de la cobertura la expresión “otros” por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Verifique “tableros de virutas delgadas, tableros de virutas vastas, tableros de virutas largas, planas orientadas, todos estos productos en particular para construcción”, pues las virutas de madera son de la clase 22. Corrija “tableros y elementos moldeados de fibras para construcción” por tableros y elementos moldeados de fibras de madera para construcción. Aclare o verifique “polímeros para la construcción”, pues el polímero es un compuesto químico que debe clasificarse entonces en la clase 1. Aclare en toda la cobertura pedida la inclusión de la expresión “hierba”. Aclare en toda la cobertura
“revestimientos laminados y paneles para suelos y terrazas, laminados, paneles y revestimientos para paredes, techos y fachadas, no metálicos, en particular para construcción” por cuanto induce a confusión con productos de clase 27, como por ejemplo con
“revestimientos de suelo” y “revestimientos para paredes que no sean de materias plásticas”. Aclare “en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Aclare “hierba o materiales biológicos, en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico - todos estos materiales con o sin adición de otros materiales de relleno minerales o de otro
4
1286684 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de SWISS KRONO Tec GmbH
Mixta K KRONOTEX Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de fecha 11.10.2018, en relación a la cobertura pedida en la clase 19: corrija “componentes” por partes. Aclare “materiales biológicos, en particular materias primas orgánicas de origen biológico, hierba o materiales
biológicos; en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Elimine de todas las partes de la cobertura la expresión “otros” por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Verifique “tableros de virutas delgadas, tableros de virutas vastas, tableros de virutas largas, planas orientadas, todos estos productos en particular para construcción”, pues las virutas de madera son de la clase 22. Corrija “tableros y elementos moldeados de fibras para construcción” por tableros y elementos moldeados de fibras de madera para construcción. Aclare o verifique “polímeros para la construcción”, pues el polímero es un compuesto químico que debe clasificarse entonces en la clase 1. Aclare en toda la cobertura pedida la inclusión de la expresión “hierba”. Aclare en toda la cobertura
“revestimientos laminados y paneles para suelos y terrazas, laminados, paneles y revestimientos para paredes, techos y fachadas, no metálicos, en particular para construcción” por cuanto induce a confusión con productos de clase 27, como por ejemplo con
“revestimientos de suelo” y “revestimientos para paredes que no sean de materias plásticas”. Aclare “en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Aclare “hierba o materiales biológicos, en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico - todos estos materiales con o sin adición de otros materiales de relleno minerales o de otro
5
1286686 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de SWISS KRONO Tec GmbH
Denominativa KRONOTEX Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de fecha 11.10.2018, en relación a la cobertura pedida en la clase 19: corrija “componentes” por partes. Aclare “materiales biológicos, en particular materias primas orgánicas de origen biológico, hierba o materiales
biológicos; en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Elimine de todas las partes de la cobertura la expresión “otros” por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Verifique “tableros de virutas delgadas, tableros de virutas vastas, tableros de virutas largas, planas orientadas, todos estos productos en particular para construcción”, pues las virutas de madera son de la clase 22. Corrija “tableros y elementos moldeados de fibras para construcción” por tableros y elementos moldeados de fibras de madera para construcción. Aclare o verifique “polímeros para la construcción”, pues el polímero es un compuesto químico que debe clasificarse entonces en la clase 1. Aclare en toda la cobertura pedida la inclusión de la expresión “hierba”. Aclare en toda la cobertura
“revestimientos laminados y paneles para suelos y terrazas, laminados, paneles y revestimientos para paredes, techos y fachadas, no metálicos, en particular para construcción” por cuanto induce a confusión con productos de clase 27, como por ejemplo con
“revestimientos de suelo” y “revestimientos para paredes que no sean de materias plásticas”. Aclare “en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Aclare “hierba o materiales biológicos, en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico - todos estos materiales con o sin adición de otros materiales de relleno minerales o de otro
6
1286687 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de SWISS KRONO Tec GmbH
Mixta K KRONOSTAR BY SWISS KRONO GROUP
Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de fecha 11.10.2018, en relación a la cobertura pedida en la clase 19: corrija “componentes” por partes. Aclare “materiales biológicos, en particular materias primas orgánicas de origen biológico, hierba o materiales
biológicos; en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Elimine de todas las partes de la cobertura la expresión “otros” por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Verifique “tableros de virutas delgadas, tableros de virutas vastas, tableros de virutas largas, planas orientadas, todos estos productos en particular para construcción”, pues las virutas de madera son de la clase 22. Corrija “tableros y elementos moldeados de fibras para construcción” por tableros y elementos moldeados de fibras de madera para construcción. Aclare o verifique “polímeros para la construcción”, pues el polímero es un compuesto químico que debe clasificarse entonces en la clase 1. Aclare en toda la cobertura pedida la inclusión de la expresión “hierba”. Aclare en toda la cobertura
“revestimientos laminados y paneles para suelos y terrazas, laminados, paneles y revestimientos para paredes, techos y fachadas, no metálicos, en particular para construcción” por cuanto induce a confusión con productos de clase 27, como por ejemplo con
“revestimientos de suelo” y “revestimientos para paredes que no sean de materias plásticas”. Aclare “en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Aclare “hierba o materiales biológicos, en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico - todos estos materiales con o sin adición de otros materiales de relleno minerales o de otro
7
1286688 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de SWISS KRONO Tec GmbH
Mixta K KRONOSTAR BY SWISS KRONO GROUP
Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de fecha 11.10.2018, en relación a la cobertura pedida en la clase 19: corrija “componentes” por partes. Aclare “materiales biológicos, en particular materias primas orgánicas de origen biológico, hierba o materiales
biológicos; en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Elimine de todas las partes de la cobertura la expresión “otros” por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Verifique “tableros de virutas delgadas, tableros de virutas vastas, tableros de virutas largas, planas orientadas, todos estos productos en particular para construcción”, pues las virutas de madera son de la clase 22. Corrija “tableros y elementos moldeados de fibras para construcción” por tableros y elementos moldeados de fibras de madera para construcción. Aclare o verifique “polímeros para la construcción”, pues el polímero es un compuesto químico que debe clasificarse entonces en la clase 1. Aclare en toda la cobertura pedida la inclusión de la expresión “hierba”. Aclare en toda la cobertura
“revestimientos laminados y paneles para suelos y terrazas, laminados, paneles y revestimientos para paredes, techos y fachadas, no metálicos, en particular para construcción” por cuanto induce a confusión con productos de clase 27, como por ejemplo con
“revestimientos de suelo” y “revestimientos para paredes que no sean de materias plásticas”. Aclare “en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Aclare “hierba o materiales biológicos, en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico - todos estos materiales con o sin adición de otros materiales de relleno minerales o de otro
8
1286689 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de SWISS KRONO Tec GmbH
Mixta K KRONOSTAR Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de fecha 11.10.2018, en relación a la cobertura pedida en la clase 19: corrija “componentes” por partes. Aclare “materiales biológicos, en particular materias primas orgánicas de origen biológico, hierba o materiales
biológicos; en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Elimine de todas las partes de la cobertura la expresión “otros” por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Verifique “tableros de virutas delgadas, tableros de virutas vastas, tableros de virutas largas, planas orientadas, todos estos productos en particular para construcción”, pues las virutas de madera son de la clase 22. Corrija “tableros y elementos moldeados de fibras para construcción” por tableros y elementos moldeados de fibras de madera para construcción. Aclare o verifique “polímeros para la construcción”, pues el polímero es un compuesto químico que debe clasificarse entonces en la clase 1. Aclare en toda la cobertura pedida la inclusión de la expresión “hierba”. Aclare en toda la cobertura
“revestimientos laminados y paneles para suelos y terrazas, laminados, paneles y revestimientos para paredes, techos y fachadas, no metálicos, en particular para construcción” por cuanto induce a confusión con productos de clase 27, como por ejemplo con
“revestimientos de suelo” y “revestimientos para paredes que no sean de materias plásticas”. Aclare “en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Aclare “hierba o materiales biológicos, en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico - todos estos materiales con o sin adición de otros materiales de relleno minerales o de otro
9
1286690 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de SWISS KRONO Tec GmbH
Denominativa KRONOSTAR Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de fecha 11.10.2018, en relación a la cobertura pedida en la clase 19: corrija “componentes” por partes. Aclare “materiales biológicos, en particular materias primas orgánicas de origen biológico, hierba o materiales
biológicos; en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Elimine de todas las partes de la cobertura la expresión “otros” por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Verifique “tableros de virutas delgadas, tableros de virutas vastas, tableros de virutas largas, planas orientadas, todos estos productos en particular para construcción”, pues las virutas de madera son de la clase 22. Corrija “tableros y elementos moldeados de fibras para construcción” por tableros y elementos moldeados de fibras de madera para construcción. Aclare o verifique “polímeros para la construcción”, pues el polímero es un compuesto químico que debe clasificarse entonces en la clase 1. Aclare en toda la cobertura pedida la inclusión de la expresión “hierba”. Aclare en toda la cobertura
“revestimientos laminados y paneles para suelos y terrazas, laminados, paneles y revestimientos para paredes, techos y fachadas, no metálicos, en particular para construcción” por cuanto induce a confusión con productos de clase 27, como por ejemplo con
“revestimientos de suelo” y “revestimientos para paredes que no sean de materias plásticas”. Aclare “en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico”. Aclare “hierba o materiales biológicos, en particular materiales de madera o de plástico, en particular plásticos biológicos y materiales compuestos hechos de materiales biológicos y plástico o mezclas de materiales biológicos y plástico - todos estos materiales con o sin adición de otros materiales de relleno minerales o de otro
10
1286917 SARGENT & KRAHN, en representación de INC RESEARCH, LLC
Mixta Syneos Health Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. A escrito de 25 de septiembre de 2018:
A lo Principal: Téngase por corregidas clases 35, 41. En clase 42, En “análisis de datos biológicos, investigación preclínica y evaluación de desarrollo (evaluación de la investigación y desarrollo de productos farmacéuticos y dispositivos médicos para ensayos clínicos), corrección de ensayos clínicos, gestión de estudios clínicos, monitoreo de biovigilancia (peritaje de estudios clínicos a nivel mundial para controlar la investigación y desarrollo de investigaciones clínicas)” corrija conforme al siguiente tenor “ por “análisis de datos biológicos con fines de investigación), investigación preclínica y evaluación de desarrollo (evaluación de la investigación y desarrollo de productos farmacéuticos y dispositivos médicos para ensayos clínicos), corrección de ensayos clínicos, gestión de estudios clínicos, control de calidad de estudios clínicos a nivel mundial para controlar la investigación y desarrollo de investigaciones clínicas
11
1289785 JORGE GARAY PÉREZ, en representación de Annabis, s.r.o.
Mixta ANNABIS Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: en cobertura clase 30 reclasifique o elimine “ACEITE DE CÁÑAMO, ACEITE DE SEMILLA DE CÁÑAMO,
CUALQUIER MEZCLA DE ACEITES QUE CONTENGAN ACEITE DE CÁÑAMO” ya que corresponden a la Clase 29; reclasifique o elimine “CÁÑAMO” ya que corresponden a la Clase 22; especifique “GRANOLA DE CÁÑAMO” por cuando la granola como tal es un alimento conformado por una mezcla de distintos ingrediente, no sólo cáñamo; aclare “BEBIDAS DE INFUSIÓN DE CÁÑAMO” por ser inductiva a error con la clase 32; aclare “PROTEÍNA DE CÁÑAMO FIBRA DE SEMILLA DE CÁÑAMO” por ser inductiva a error con otras clases; especifique “BARRA DE CÁÑAMO” por cuando la barras de cereales son alimentos conformado por una mezcla de distintos ingrediente, no sólo cáñamo; aclare “PROPAGACIÓN DE SEMILLA DE CÁÑAM”, “UNTABLE DE SEMILLAS DE CÁÑAMO” por cuanto no se entiende el producto que busca proteger; elimine repetición del producto “HARINA DE CÁÑAMO”.A escrito de fecha 18/10/2018: Por cumplido lo ordenado en clase 3.
12
1292479 Estudio Federico Villaseca y Cía, en
representación de Consorzio Per La Tutela del Formaggio Gorgonzola
Denominativa GORGONZOLA En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica.
i-El reconocimiento de las denominaciones de origen en Chile, pueden sustentarse en calidad , reputación u otra característica del producto. El informe técnico , no
acompaña elementos o pruebas de reputación en Chile del producto. Aún cuando contiene una descripción del producto, no acompaña antecedentes que permitan acreditar sus carácteristicas o calidad como única y diferenciada de otros quesos azules. Complemente el informe de tal forma que permita acreditar que las
características de este tipo de queso o su calidad es única y diferenciada de otros quesos azules, elaborado por un profesional competente.
En la página 13 del informe, señala a propósito de la relación de la DO con el ambiente geográfico, “ que los factores naturales estan relacionados con las condiciones climáticas de la zona climática delimitada, favorables a la abundancia y calidad de los forrajes destinados a la alimentación de las lecheras, y ademas al desarrollo de agentes microbiológicos que determinan las características organolépticas y de coloración del queso” (sic) . En este informe no se acompañan antecedentes relativos a las condiciones climáticas del área, ni de calidad de los forrajes utilizados en la alimentación de los vacunos productores de leche y de antecedentes que acrediten o expliquen el desarrollo de agentes microbiológicos que determinen las características del queso. Acompañe antecedentes que permitan acreditar la información proporcionada en el estudio técnico y que inciden en la vinculación del producto con su origen geográfico y características del queso.
ii-Se reitera observación en cuanto debe acompañar un documento original o debidamente apostillado del reconocimiento en país de origen.
iii- Habiéndose complementado la descripción del queso Gorgonzola, y no siendo exactamente igual a aquella descripción del queso contenida en la copia simple del decreto N° 1269 de 30/10/1955, acompañe documentos
13
1297416 ESTUDIO CAREY LTDA., en representación de Wirtgen GmbH
Denominativa DURAFORCE Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Aclare “picos, soportes para cinceles para máquinas, soportes para picos, soportes para soportes de cinceles, soportes para soportes de picos, palas, muelas de corte, barras de rasqueta y placas para sellar carcasas de tambor, barras de rasqueta y placas para alisar superficies, patines protectores para carcasas de tambor, placas laterales para carcasas de tambor, segmentos de
protección antidesgaste para carcasas de tambor y placas de forro para carcasas de tambor” por cuanto su redacción es confusa e induce a error con productos de otras clases. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 17/10/2018.
14
1297580 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de MIDMARK CORPORATION
Denominativa DESIGNING BETTER CARE Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En clase 37, corrija “Instalación y reparación de sistemas de localización y rastreo infrarrojo y de radiofrecuencia de localización y seguimiento en centros de salud” por “Instalación y reparación de aparatos de localización y rastreo infrarrojo y de radiofrecuencia de localización y seguimiento en centros de salud”; corrija “Servicios de consultoría en relación con la instalación y reparación de equipos clínicos y sistemas de localización y rastreo infrarrojo y de radiofrecuencia en instalaciones de atención médica” por “Servicios de consultoría en relación con la instalación y reparación de equipos clínicos y aparatos de localización y rastreo infrarrojo y de radiofrecuencia en instalaciones de atención médica”; corrija “Servicios de soporte técnico, en concreto, suministro de asesoramiento técnico relacionado con la reparación, instalación y mantenimiento de equipos clínicos en instalaciones sanitarias y de hardware y software para sistemas de localización y seguimiento infrarrojos y de radiofrecuencia” por “Servicios de asesoramiento en materia de reparación, instalación y mantenimiento de equipos clínicos en instalaciones sanitarias y de hardware para aparatos de localización y seguimiento infrarrojos y de radiofrecuencia”. En clase 41, corrija en toda la cobertura “entrenamiento” por “formación”.
Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 17/10/2018.
15
1297582 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de MIDMARK CORPORATION
Mixta M Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento
de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En clase 37, corrija “Instalación y reparación de sistemas de localización y rastreo infrarrojo y de radiofrecuencia de localización y seguimiento en centros de salud” por “Instalación y reparación de aparatos de localización y rastreo infrarrojo y de radiofrecuencia de localización y seguimiento en centros de salud”; corrija “Servicios de consultoría en relación con la instalación y reparación de equipos clínicos y sistemas de localización y rastreo infrarrojo y de radiofrecuencia en instalaciones de atención médica” por “Servicios de consultoría en relación con la instalación y reparación de equipos clínicos y aparatos de localización y rastreo infrarrojo y de radiofrecuencia en instalaciones de atención médica”; corrija “Servicios de soporte técnico, en concreto, suministro de asesoramiento técnico relacionado con la reparación, instalación y mantenimiento de equipos clínicos en instalaciones sanitarias y de hardware y software para sistemas de localización y seguimiento infrarrojos y de radiofrecuencia” por “Servicios de asesoramiento en materia de reparación, instalación y mantenimiento de equipos clínicos en instalaciones sanitarias y de hardware para aparatos de localización y seguimiento infrarrojos y de radiofrecuencia”. En clase 41, corrija “entrenamiento” por “formación”.. Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 17/10/2018.
16
1298314 SERGIO FERNANDO ROJAS MARÍN, en representación de ISOPRO S.A.
Denominativa LIF DETOX DRINK Previo a proveer comparezca Sergio Rojas Marín a firmar ante la Conservadora de Marcas el escrito presentado con fecha 23/10/2018 o en su defecto ratifíquese el escrito mencionado, dentro del plazo para cumplir la observación, en razón que se infringe lo establecido en el art. 3 de la Ley 19.799, por cuanto la firma electrónica no corresponde a la de quien comparece en el escrito presentado.
1299137 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de ROCKWELL AUTOMATION, INC
Denominativa EXPANDING HUMAN POSSIBILITY Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En clase 42, aclare “Servicios de consultoría en el campo del selección, implementación y uso de sistemas de hardware y software para terceros” por cuanto no queda claro el servicio que solicita; aclare “servicios de diagnóstico en el campo de hardware, software informático y maquinaria y equipos de automatización industrial” por cuanto induce a confusión con servicios de otras clases; aclare redacción de “automatización de datos y servicio de recolección utilizando software propietario para evaluar, analizar y recopilar datos de servicio” por cuanto su redacción es confusa.
Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 17/10/2018.
17
1299840 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de L'OREAL
Denominativa GARNIER COLOR MATCH Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del
Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido.
Respecto de prioridad invocada en la presentación de la solicitud, estese a lo resuelto en resolución de fecha 17/10/2018.
1301271 CATALINA DEL PILAR BARRANCO JURI Mixta Del Mundo Barra & Co Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Limite cobertura al producto destacado como parte del signo pedido, debiendo quedar la cobertura de la siguiente forma: " clase 30: Chocolates"..
1301419 CAROLINA ANDREA OLATE BELTRÁN Mixta SUNRISE RA En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica.
A escrito de 21 de octubre de 2018 C/2018/95685: Téngase por corregido nombre de la marca. A escrito de 21 de octubre de 2018 C/2018/95686: Especifique "accesorios"
Se deja constancia que de oficio se corrige descripción gráfica de etiqueta
18
1301438 Küdawn servicios e inversiones SpA, en representación de Küdawn Servicios e Inversiones SpA
Mixta Küdawn Creado en el Sur Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Acompañe poder, en original o copia autorizada, en caso de aquellos documentos firmados electronicamente , acompañe aquellos que contengan a lo menos CVE . Asimismo aclare solicitante por cuanto la solicitud esta presentada por "Kûdawan Servicios e Inversiones SPA" y el poder acompañado es de "SERVICIOS E
INVERSIONES KÜDAWN SpA" 1301837 CHRISTIAN RODRIGO SEPÚLVEDA VERA, en
representación de Asesorías y Construcción Sepúlveda y Sepúlveda Spa
Denominativa SEYSE Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Por corregida cobertura.
1302128 ERASMO JESÚS MENARES GUERRERO, en representación de Jardín Infantil Pequeña Burbujita
Denominativa Jardín Infantil Pequeña Burbujita En el caso de no cumplirse lo ordenado en los términos indicados precedentemente por este Instituto, la observación se tendrá por no cumplida y se procederá a hacer efectivo el apercibimiento legal que a continuación se indica.
Previo a proveer cambio de solicitante acompañe cesion. En su defecto, se hace presente al solicitante que le asiste la posibilidad de desistirse y presentar nuevamente su solicitud.
19
1302227 Lineros & Cia, en representación de Charlotte Tilbury TM Limited
Denominativa CHARLOTTE TILBURY Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido a lo dispuesto en el artículo 20 letra c) de la Ley N° 19.039, y el hecho de que la marca pedida incluye lo que pareciera ser el nombre de una persona natural, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 10 letra b) del Reglamento de la citada Ley, acompañando documento(s) autorizados ante Ministro de Fe en que conste
fehacientemente el consentimiento de la persona cuyo nombre se pretende registrar, o de sus herederos si hubiere fallecido, en cuyo caso deberá acreditar esta calidad; o en caso de solicitarse el registro de un nombre de fantasía que no corresponda a persona natural o jurídica alguna, acompáñese una declaración jurada en tal sentido.
Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 3: elimine la expresión "kits". Verifique y elimine o reclasifique "jabón desinfectante" por corresponder a la clase 5. En la clase 21: aclare "bolsas para usos cosméticos vacías" o bien corrija por neceseres de tocador. Aclare "estuches para productos cosméticos vacíos". Aclare o elimine o verifique "anaqueles para contener productos cosméticos", pues los anaqueles son repisas o estantes que en principio debieran de clasificarse en clase 20. Aclare "organizadores (contenedores) para productos cosméticos". Aclare "estuches adaptados para utensilios de productos cosméticos". Aclare "goteros vendidos vacíos para fines cosméticos", eliminando además la frase "vendidos vacíos". Especifique "artículos de baño". Aclare y especifique "bastoncillos aplicadores (que no sean de algodón)". En la clase 35: elimine la frase "por medio de tiendas". En la clase 44: corrija "servicios de maquillaje de artistas; servicios de maquillaje" por servicios
20
1303014 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de BALFLEX PORTUGAL - COMPONENTES HIDRÁULICOS E
INDUSTRIAIS S.A.
Denominativa BALFLEX Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: .. En clase 6, aclare “conectores y partes y piezas para tuberías, tubos y mangueras” por cuanto no es claro que se trate de un producto de la clase; aclare “adaptadores” por cuanto induce a error con productos de otras clases; en “grapas metálicas, abrazaderas metálicas, sistemas de amarre, todos para tuberías, tubos, y mangueras” aclare “grapas metálicas” y “sistemas de amarre” por cuanto no es claro que se trate de productos de la clase; aclare “dispositivos de fricción para tuberías, tubos y mangueras” por cuanto no es claro que se trate de productos de la clase; aclare “acoplamientos de fluidos y válvulas de esfera hidráulicas” por cuanto no es claro que se trate de
productos de la clase; corrija “bridas” por “bridas
metálicas”; aclare “terminales, conectores y partes y piezas para mangueras hidráulicas” por cuanto no es claro que se trate de productos de la clase; corrija “partes y piezas metálicas para la construcción” por “materiales de construcción metálicos”; corrija “tornillos de rosca” por “tornillos de rosca metálicos”; aclare “férulas de metal” por cuanto induce a confusión con productos de otras clases; corrija “partes y piezas de metal para conductos de aire comprimido” por “partes y piezas de metal para conductos metálicos de aire comprimido”.
En clase 7, corrija “Correas de transmisión” por “correas de transmisión que no sean para vehículos terrestres”; aclare “tubos hidráulicos, tubos de vapor, tubos de alimentación y de bombeo de hormigón, tubos de aire comprimido; tubos hidráulicos; tubos hidráulicos y tuberías hidráulicas listos para su instalación” por cuanto no es claro que se trate de productos de la clase; aclare “acoplamientos de manguera,
21
1303015 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Lenovo (Singapore) Pte. Ltd.
Denominativa THINKHOME Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En clase 9, aclare redacción de “centros de comunicaciones móviles” por cuanto no queda claro el producto que solicita. En clase 42, corrija “aplicaciones” por “aplicaciones informáticas”; aclare “Facilitación de un entorno informático virtual a través de la informática en la nube accesible a través de Internet” por cuanto no queda claro el servicio que solicita; aclare redacción de “servicios de informática, en concreto creación de comunidades virtuales en línea para que los usuarios registrados participen en debates, reciban comentarios, formen comunidades virtuales y participen en la conexión en redes sociales” por cuanto no queda claro el servicio que solicita.
22
1303248 GONZALO SEBASTIÁN RIVERO CISTERNAS, en representación de Hermanos rivero ltda
Mixta aqui es Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido que el ámbito de protección de las marcas o cobertura se define por los productos, servicios o
establecimientos que pretenden distinguir en el mercado, el hecho de que el solicitante no realizó una descripción clara de los productos y/o servicios solicitados para la marca que desea registrar, conforme se exige en el art.23 de la Ley 19039, que dispone que cada marca sólo podrá solicitarse para productos o servicios específicos y determinados, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, por la cual este Instituto adoptó la décimo primera edición en español de la Clasificación Internacional de Marcas Comerciales para productos y servicios, conforme al Arreglo de Niza, se resuelve: describa la cobertura solicitada conforme a la décimo primera edición del Clasificador Internacional de Niza, disponible gratuitamente para estos efectos en la página web de este Instituto.Se corrige de oficio la descripción de las etiquetas conforme a las mismas.
23
1303272 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de Kingston Technology Corporation
Denominativa WE’RE ALL GAMERS Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 9: aclare o especifique "mochilas para llevar portátiles y ordenadores portátiles". En la clase 18: aclare "sacos de embalaje". En la clase 20: aclare "sacos para sentarse rellenos de bolitas".
24
1303305 SARGENT & KRAHN, en representación de AGC INC.
Mixta AGC Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento
de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 1: aclare "solventes", "repelentes de agua". Especifique "pulpa". En la clase 2: aclare o especifique "materiales de revestimiento a base de fluor;
recubrimientos a base de uretano". Corrija "mastique" por mastique (resina natural). En la clase 3: aclare "materiales de perfume y saborizantes". En la clase 7: aclare o especifique "filtros de membrana", "herramientas para trabajar metales", "aparatos de construcción". Especifique "máquinas y aparatos para madera". En la clase 9: especifique "máquinas electrónicas, aparatos y sus partes". Corrija "CD-ROM" por discos compactos de solo lectura. En la clase 11: elimine la expresión "otros" por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Elimine la frase "vendidos como una unidad", es una redacción no aceptada por esta Oficina. Aclare "recuperadores para procesos químicos". Verifique "válvulas de control de nivel para tanques", pues la redacción puede inducir a error con productos de la clase 7. En la clase 17: aclare "empacaduras". En la clase 20: verifique "clavos, cuñas que no sean de metal, ni de caucho ni de fibra vulcanizada", pues la redacción igualmente puede inducir a error con otras clases de productos, lo mismo ocurre con las "arandelas que no sean de metal, ni de caucho ni de fibra vulcanizada". En la clase 21: aclare "paquetes de calefacción o refrigeración llenos de sustancias químicas listas para reaccionar cuando sea necesario; carteles verticales de vidrio o cerámica".
25
1303508 Andes Consulting SPA, en representación de JBS S.A.
Mixta RANCHO DORADO Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: Corrija “Porotos negros con carne de vacuno” por “platos elaborados en base a carne que contienen porotos negros”; corrija “Roast beef de vacuno en salsa” por “carne asada de vacuno en salsa”; corrija “Chilli con carne molida” por “carne molida con chiles (carne con condimentos)”. 1303538 MARÍA CONSUELO VIVANCO AGUILAR, en
representación de Gastronomía Durán SpA
Mixta Durán Bar de Carnes Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Aclare denominación de marca en conformidad a etiquetas acompañadas y su descripción por cuanto la etiqueta contiene elementos denominativos que no se encuentran incorporados en la marca.
26
1303539 RODRIGO ALEJANDRO VARGAS MONTANÉ Denominativa OSGAR CARROCERIAS SpA Atendido el hecho de que la descripción de productos y servicios solicitada adolece de errores de clasificación y/o imprecisiones que la hacen confusa, y visto lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, se propone la siguiente redacción de cobertura: clase 12, Establecimiento industrial para la fabricación de carrocerías metálicas para vehículos a motor; clase 6, Establecimiento industrial para la
fabricación de estructuras metálicas para la construcción. En caso de aceptar propuesta de cobertura acompañe comprobante de pago de clase adicionada.
Atendida la naturaleza del titular de la marca por cuanto se trata de una persona natural se resuelve: elimine de la denominación de marca la sigla "SpA".
1304107 LUIS ANTONIO MEDINA DEL GATTO, en representación de CUPON CLUB SPA
Mixta CERVEZA IMPERIUM Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). 1304127 LUIS IGNACIO OLMEDO BUSTOS, en
representación de Beverly Hills Teddy Bear Company
Denominativa SQUEEZAMALS Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).
27
1304515 ESTUDIO FEDERICO VILLASECA Y COMPAÑIA, en representación de OPEX ACADEMY S.C.
Mixta Opex Academy Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 41: corrija "actividades culturales" por organización de actividades culturales.
1304519 MARINO PORZIO, en representación de VALRHONA
Denominativa VALRHONA SELECTION Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). 1304536 Morgado Diaz Sara Olga Denominativa LA CASA DEL EMBRAGUE DE
GABRIEL MORGADO GUERRERO
Atendido a lo dispuesto en el artículo 20 letra c) de la Ley N° 19.039, y el hecho de que la marca pedida incluye lo que pareciera ser el nombre de una persona natural, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 10 letra b) del Reglamento de la citada Ley, acompañando documento(s) autorizados ante Ministro de Fe en que conste
fehacientemente el consentimiento de la persona cuyo nombre se pretende registrar, o de sus herederos si hubiere fallecido, en cuyo caso deberá acreditar esta calidad; o en caso de solicitarse el registro de un nombre de fantasía que no corresponda a persona natural o jurídica alguna, acompáñese una declaración jurada en tal sentido.
28
1304547 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE
Denominativa TodoSuma puntos BancoEStado Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 16: elimine "y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases" por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Corrija "fotografías" por fotografías (impresas). Señale en qué consiste el "material para artistas". Especifique
"materiasplásticas para embalaje" eliminando además la frase "(no comprendidas en otras clases)" por ser demasiado amplia. En la clase 35: especifique "servicios de investigación".
1304548 GUILLERMO ANDRÉS TORRES MALBRÁN, en representación de Comercializadora Apolo SpA
Mixta No Name Studio Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 35: corrija la redacción de la siguiente manera: Servicio de compra y venta al por mayor o al detalle de productos de la clase 1 a la 34, de persona a persona y a través de internet.Corrija el titulo de la marca solicitada a N NO NAME STUDIO, conforme a las etiquetas
acompañadas y a la descripción que se hace de las mismas.
29
1304549 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE
Denominativa TodoSuma viajes BancoEstado Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 16: elimine "y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases" por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Corrija "fotografías" por fotografías (impresas). Señale en qué consiste el "material para artistas". Especifique
"materiasplásticas para embalaje" eliminando además la frase "(no comprendidas en otras clases)" por ser demasiado amplia. En la clase 35: especifique "servicios de investigación".
1304551 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE
Denominativa TodoSuma descuentos BancoEstado Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 16: elimine "y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases" por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Corrija "fotografías" por fotografías (impresas). Señale en qué consiste el "material para artistas". Especifique
"materiasplásticas para embalaje" eliminando además la frase "(no comprendidas en otras clases)" por ser demasiado amplia. En la clase 35: especifique "servicios de investigación".
30
1304552 Valentina Venturelli Santa María, en
representación de Zoneperfect Nutrition Company
Mixta ZONE PERFECT Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 29: aclare "polvos a base de leche". En la clase 30: Aclare y/o especifique "refrigerios altos en grasa, bajos en carbohidratos; a saber, barras, colaciones, barras energéticas, barras altas en proteínas. Especifique "barras". Especifique y verifique "trufas", pues de lo contrario la expresión por si sola podría corresponder a la clase 29 (trufas en conserva) o clase 31 (trufas frescas). Aclare "barras y montoncitos para colación. Corrija "barras que contienen maní, nueces, mantequilla de maní, chocolate, frutas secas, cacao o base de chocolate" por productos de confitería a base de maní, nueces,
mantequilla de maní, chocolate, frutas secas, cacao o base de chocolate.
31
1304553 Valentina Venturelli Santa María, en
representación de Zoneperfect Nutrition Company
Denominativa ZONE PERFECT Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 29: aclare "polvos a base de leche". En la clase 30: Aclare y/o especifique "refrigerios altos en grasa, bajos en carbohidratos; a saber, barras, colaciones, barras energéticas, barras altas en proteínas. Especifique "barras". Especifique y verifique "trufas", pues de lo contrario la expresión por si sola podría corresponder a la clase 29 (trufas en conserva) o clase 31 (trufas frescas). Aclare "barras y montoncitos para colación. Corrija "barras que contienen maní, nueces, mantequilla de maní, chocolate, frutas secas, cacao o base de chocolate" por productos de confitería a base de maní, nueces,
mantequilla de maní, chocolate, frutas secas, cacao o base de chocolate.
32
1304554 PABLO SAENZ DE SANTA MARIA PÉREZ-COTAPOS, en representación de Frisku Foods Spa
Mixta FRISKU FOODS CONNECTING QUALITY
Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 35: elimine la expresión "representación", pues conforme a nuevos criterios adoptados por esta Oficina, no se acepta esta redacción en la clase de servicios pedida a no ser que se trate de servicios de representación de artistas del espectáculo o representación de deportistas profesionales.
1304556 Estudio Transglobo Ltda., en representación de DIDEVAL Sociedad Comercial Limitada
Denominativa DIDELIT Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 1: aclare o especifique "y otras materias de relleno en pasta".
1304557 Estudio Transglobo Ltda., en representación de DIDEVAL Sociedad Comercial Limitada
Denominativa DIDEPREN Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 1: aclare o especifique "y otras materias de relleno en pasta".
33
1304558 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE
Denominativa TodoSuma Beneficios BancoEstado Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 16: elimine "y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases" por ser demasiado amplio y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones. Corrija "fotografías" por fotografías (impresas). Señale en qué consiste el "material para artistas". Especifique
"materiasplásticas para embalaje" eliminando además la frase "(no comprendidas en otras clases)" por ser demasiado amplia. En la clase 35: especifique "servicios de investigación".
1304559 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de Saticoy Lemon Association
Denominativa SEA CURED Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple). 1304560 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación
de Saticoy Lemon Association
Denominativa SEA COOL Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia simple).
34
1304569 ALESSANDRI & COMPAÑIA, en representación de PHARMACIA & UPJOHN COMPANY LLC.
Denominativa UPJOHN Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 5: elimine la frase "Una línea completa de", pues es demasiado amplia y esta Oficina no acepta este tipo de redacciones.
1304575 FLAVIO ORLANDO MUÑOZ ORELLANA, en representación de Pedro Alberto Leyton Campos
Mixta PLASTIFLEX Atendido lo dispuesto por los artículos 15 y 22 de la Ley N° 19.039 y sus modificaciones; artículo 10 letras c) y d) del Reglamento de la citada ley, se resuelve: Acompañe poder que deberá constar a lo menos en instrumento privado, esto es firmado con firma simple o copia autorizada ante notario de dicho instrumento privado (no fotocopia
simple).Se corrige de oficio el titulo de la marca solicitada a PLASTIFLEX, conforme a las etiquetas acompañadas y a la descripción que se hace de las mismas.
1304582 Beuchat, Barros y Pfenniger, en representación de SOCIEDAD DE OPERACION Y LOGISTICA DE INFRAESTRUCTURAS S.A.
Mixta OPERALIA Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 35: corrija en todas las partes de la cobertura "administración" por administración de negocios. Corrija "Servicios de venta y comercialización al por mayor y/o al detalle y a través de internet de productos de las clases 1 a la 34" por Servicios de comercialización (venta al por mayor y/o al detalle) y a través de internet de productos de las clases 1 a la 34.
35
1304584 Beuchat, Barros y Pfenniger, en representación de SOCIEDAD DE OPERACION Y LOGISTICA DE INFRAESTRUCTURAS S.A.
Mixta OPERALIA Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 36: Aclare o especifique "y demás obras de infraestructura". Especifique "servicios crediticios". Corrija "servicios monetarios" por operaciones monetarias. Corrija "negocios financieros y monetarios" por operaciones financieras y operaciones monetarias. Aclare "Información en materia de servicios y negocios inmobiliarios" pudiendo modificar por Información en materia de servicios de agencia inmobiliaria. Corrija " leasing habitacional" por arrendamiento con opción de compra (leasing). Aclare o especifique "información en bienes raíces, ofertas y disponibilidad de todo tipo de inmuebles".
1304586 Beuchat, Barros y Pfenniger, en representación de SOCIEDAD DE OPERACION Y LOGISTICA DE INFRAESTRUCTURAS S.A.
Mixta OPERALIA Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 37: especifique "Reparación, instalación y mantención de toda clase de productos, con exclusión de máquinas de escribir", pues la redacción es muy amplia y esta Oficina no acepta este tipo de descripciones. 1304588 SILVA Y CIA., en representación de Imperial S.A. Denominativa RHINO Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del
Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido.
36
1304589 SILVA Y CIA., en representación de Imperial S.A. Mixta RHINO Atendido lo dispuesto en el artículo 9 letra b) del
Reglamento de la Ley 19.039, referido a la especificación clara de la marca, cumpla con señalar la traducción al español de la marca solicitada o de los elementos en idioma extranjero de los cuales está compuesto el signo pedido.
1304597 SILVA Y CIA., en representación de Forus S.A. Denominativa BO BRANDS OUTLET En razón del principio de prioridad, en virtud del cual la marca se fija al momento de la presentación y no procede el cambio o modificación de ella a voluntad del solicitante, se niega lugar al cambio de En la clase 35: elimine la expresión "representación", pues conforme a nuevos criterios adoptados por esta Oficina, no se acepta esta redacción en la clase de servicios pedida a no ser que se trate de servicios de representación de artistas del
espectáculo o representación de deportistas profesionales. Se deja constancia que la modificación del signo solicitado procede en forma excepcional y sólo a requerimiento de este Instituto en el marco del examen formal, con la finalidad de precisarlo o aclararlo.
1304614 MARIO GIULIO BAVESTRELLO CORREA, en representación de ELECTRÓNICA FUJICORP S.A.
Denominativa DIGICELL Atendido lo dispuesto en el art. 9 letra c) del Reglamento de la Ley N° 19.039 en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 391 de 2017 de INAPI, y habiéndose advertido ciertas imprecisiones o ítems de redacción confusa en la descripción de los productos y/o servicios solicitados, se observa lo que a continuación se indica: En la clase 9: aclare o elimine "accesorios" en todas las partes de la cobertura, pudiendo igualmente modificar por partes y piezas. Elimine la expresión "bluetooth" por corresponder a una marca registrada.
37
1305266 FRANCISCO ANTONIO BALART SALAMERO, en representación de Complementos Sanitarios Chile Ltda.
Figurativa Siendo deber del solicitante, conforme dispone el artículo 9
letra b) del reglamento de la citada ley especificar con claridad la marca solicitada, cumpla debidamente con lo dispuesto en el articulo 10 letra a) del Reglamento de la Ley N° 19.039, esto es, acompañe nuevos ejemplares de la representación gráfica del signo pedido , en las cuales se pueda distinguir con claridad la totalidad de la marca solicitada, sin variar en diseño ni color a la presentada inicialmente. Ello, por cuanto el segmento "toda la imagen" aparece demasiado tenue, borroso y/o pequeño como para ser apreciado claramente en su integridad.
1305267 FRANCISCO ANTONIO BALART SALAMERO, en representación de Complementos Sanitarios Chile Ltda.
Figurativa Siendo deber del solicitante, conforme dispone el artículo 9
letra b) del reglamento de la citada ley especificar con claridad la marca solicitada, cumpla debidamente con lo dispuesto en el articulo 10 letra a) del Reglamento de la Ley N° 19.039, esto es, acompañe nuevos ejemplares de la representación gráfica del signo pedido , en las cuales se pueda distinguir con claridad la totalidad de la marca solicitada, sin variar en diseño ni color a la presentada inicialmente. Ello, por cuanto el segmento "toda la imagen" aparece demasiado tenue, borroso y/o pequeño como para ser apreciado claramente en su integridad.