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Manual para la liquidacion y control de horas extras en la Gobernación del Tolima

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Academic year: 2020

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(1)MANUAL PARA LA LIQUIDACIÓN Y CONTROL DE HORAS EXTRAS EN LA GOBERNACIÓN DEL TOLIMA. Juliana Andrea Moreno Quintero. UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA SEDE IBAGUÉ ECONOMÍA, ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS IBAGUÉ - TOLIMA 2019 Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(2) MANUAL PARA LA LIQUIDACIÓN Y CONTROL DE HORAS EXTRAS EN LA GOBERNACIÓN DEL TOLIMA. Juliana Andrea Moreno Quintero. Asesor Mg. Edgardo Mejía Herrera. UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA SEDE IBAGUÉ ECONOMÍA, ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS IBAGUÉ - TOLIMA 2019 Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(3) Tabla de contenido Introducción................................................................................................................................... 7 1.. Planteamiento del Problema ................................................................................................... 9 1.1.. Objetivos ...................................................................................................................... 11. 1.1.1.. Objetivo General ................................................................................................... 11. 1.1.2.. Objetivos Específicos ............................................................................................ 11. 1.2. 2.. Justificación ................................................................................................................. 12. Marco teórico ....................................................................................................................... 14. 2.2.. Horas Extras..................................................................................................................... 15. 2.2.1.. Tipos de Horas Extras ............................................................................................... 16. 2.2.1.1.. Hora Extra Diurna ............................................................................................. 16. 2.2.1.2.. Horas Extras Nocturnas ..................................................................................... 16. 2.2.1.3.. Recargo Nocturno ............................................................................................. 16. 2.2.1.4.. Recargo Dominical o Festivo ............................................................................ 17. 2.2.1.5.. Hora Extra Diurna Dominical o Festiva ............................................................. 17. 2.2.1.6.. Hora Nocturna Dominical o Festiva Nocturna ................................................... 18. 2.2.2.. Horas Extras En el Sector Publico Para Funcionarios Administrativos ....................... 18. 2.2.2.1. Decreto Número 1042 De 1978 para los Permanentes Funcionarios Administrativos .................................................................................................................... 19 2.2.2.2.. Decreto Número 199 de 2014 para Funcionarios Administrativos ...................... 22. 2.2.3.. Secretaria Administrativa Central.............................................................................. 23. 2.2.4.. Secretaria de Salud ................................................................................................... 25. 2.2.5.. Secretaria de Educación y Cultura ............................................................................. 26. 2.2.5.1. Decreto Número 1092 del 26 de Mayo De 2015 de los Servidores Públicos Docentes y Directivos Docentes ........................................................................................... 27 2.2.5.2. Decreto Número 1116 Del 27 de Mayo de 2015 de los Servidores Públicos Docentes y Directivos Docentes ........................................................................................... 29 2.2.6.. Horas Extras en el Sector Privado ............................................................................. 30. 2.2.6.1.. Código Sustantivo del Trabajo........................................................................... 33. 2.2.6.2.. Ley 1846 del 18 de Julio de 2017 ...................................................................... 36. 2.3.. Proceso ............................................................................................................................ 37. 2.4.. Procedimiento .................................................................................................................. 37. 2.5.. Manual ............................................................................................................................. 38. 2.5.1.. Manual de Proceso y Procedimientos ........................................................................ 38 Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(4) 2.5.1.1. 2.5.. Etapas ............................................................................................................... 39. Control de Horas Extras.................................................................................................... 40. 2.5.1.. Tipos de Controles .................................................................................................... 41. 2.5.1.1.. Control Preventivo ............................................................................................ 41. 2.5.1.2.. Control Detectivos ............................................................................................ 42. 2.5.1.3.. Controles Correctivos ........................................................................................ 42. 2.5.1.4.. Controles Directivos.......................................................................................... 43. 2.5.1.5.. Control Preventivo y Simultáneo ....................................................................... 43. 2.5.1.6.. Control Interno Superior.................................................................................... 43. 2.5.2.. Presupuesto............................................................................................................... 44. 2.5.3.. Sistema de Información ............................................................................................ 45. 2.5.4.. Intranet ..................................................................................................................... 45. 2.5.5.. Registro Biométrico Dactilar ..................................................................................... 45. 2.5.6.. Apps para Registrar la Jornada Laboral de los Empleados. ........................................ 46. 3.. Marco Normativo ................................................................................................................. 47. 4.. Metodología ......................................................................................................................... 48 4.1.. Etapa 1 ......................................................................................................................... 49. 4.2.. Etapa 2 ......................................................................................................................... 49. 4.3.. Etapa 3 ......................................................................................................................... 50. 4.4.. Etapa 4 ......................................................................................................................... 51. 5.. Manual para la Liquidación y Control de Horas Extras en la Gobernación del Tolima ........... 52. 5.1.. Diseño del Proceso de Horas Extras de la Secretaria Administrativa Central ..................... 52. 5.1.1. 5.2.. Diseño del Proceso de Horas Extras de la Secretaria de Salud. .......................................... 62. 5.2.1. 5.3. 5.4.. Flujograma del Diseño del Proceso de Horas Extras Para la Secretaria Administrativa 58 Flujograma del Diseño del Proceso de Horas Extras Para la Secretaria de Salud ........ 67 Diseños de Formatos Estándar para el Proceso de Horas Extras ..................................... 70. Diseño del Proceso de Horas Extras de la Secretaria de Educación .................................... 78. 5.4.1. Flujograma del Diseño del Proceso de Horas Extras Para la Secretaria de Educación y Cultura 81 5.5.. Controles para El Proceso de Horas Extras para la Gobernación del Tolima ...................... 82. 5.5.1.. Planificación y Asignación Presupuestal para Cada Dependencia .............................. 82. 5.5.2.. Sistemas de Información ........................................................................................... 83. 5.5.3.. Registro Biométrico Dactilar ..................................................................................... 85. 5.5.4.. App para registrar la Jornada Laboral de los Empleados ............................................ 91 Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(5) 5.4.5.. Formatos Para El Proceso de Horas Extras ................................................................ 94. 6.. Conclusiones ........................................................................................................................ 95. 7.. Recomendaciones ................................................................................................................. 96. 8.. Referencias .......................................................................................................................... 97. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(6) Lista de Figuras. Figura 1. Mapa Conceptual Marco Teórico ...................................................................... 14 Figura 2. Según el grado que los docentes acrediten en el escalafón. ................................ 28 Figura 3.Según el grado que los docentes acrediten en el escalafón. ................................. 29 Figura 4. Grado en el escalafón ........................................................................................ 30 Figura 5. Tipos de Control ............................................................................................... 44 Figura 6.Proceso de funcionamiento del sistema biométrico ............................................. 46 Figura 7. Metodología ...................................................................................................... 48 Figura 8.Portal Web Supervisor ....................................................................................... 86 Figura 9.Cambio de Horario ............................................................................................. 87 Figura 10.Detalle Total de horas trabajadas por taller del supervisor en tiempo real. ....... 88 Figura 11.Detalle de avance diario por trabajador............................................................. 89 Figura 12.Diferentes técnicas de identificación ................................................................ 90 Figura 13.Biométrico de Control de Asistencia ................................................................ 90 Figura 14.Time Attendace System.................................................................................... 92 Figura 15.Time Attendace System.................................................................................... 93. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(7) 7. Introducción. Para lograr una mejora constante y un desarrollo en la organización, debe existir un equilibrio entre la planeación, la dirección, el control y la organización; esto será la base para implementar los procesos y procedimientos correctos en las organizaciones. El cual permitirá tomar decisiones adecuadas con la ayuda de conocimientos y experiencias, que el talento humano y las mismas empresas han vivido y aprendido durante varios años a través del mercado competitivo; gracias al mundo globalizado en el que vivimos, hoy en día se puede acceder a redes, información y tecnología para conocer el avance en los procesos que las entidades necesitan para lograr una productividad y competitividad más eficaz, esto permite obtener una estructura más organizada en cada procedimiento que conforman a la organización, con el propósito de cumplir con los objetivos y metas que se tienen tanto a corto como a largo plazo. Como dice el autor Zaratiegui (1999) ‘’ Los procesos se consideran actualmente como la base operativa de gran parte de las organizaciones y gradualmente se van convirtiendo en la base estructural de un número creciente de empresas’’ (pág. 81). Para hallar los procesos correctos para las organizaciones, es necesario conocer el estado actual de la empresa, la mejora continua se basa en contar con Talento Humano adecuado, el ahorro de recursos, conocer los factores económicos del país y del mercado competitivo, entre otras. De esto, se desprende el proponer una transformación o modificación en los procesos, con el fin de optimizarlos para beneficio no solo de las empresas, sino también del bienestar de los colaboradores. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(8) 8 En la actualidad, se ha reconocido la importancia que ostentan los manuales de procesos y de procedimientos dentro de una organización como herramienta fundamental para el desarrollo y crecimiento tanto competitivo como productivo, puesto que se requiere mejorar el control y organización del proceso de horas extras, desde su autorización hasta la liquidación de estas, y así adaptar a los funcionarios de la Gobernación del Tolima a este nuevo método de trabajo. Dado a lo anterior, el presente trabajo está enfocado a proponer un manual para diseñar el proceso de pago de horas extras general para la Secretaria Administrativa Central, Secretaria de Salud, Educación y Cultura, y, sugerir controles del proceso desde el comienzo hasta el final, dado que esto ayudara aumentar la optimización en el proceso y asegurar el desempeño de la entidad.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(9) 9 1. Planteamiento del Problema Luego de haber realizado las prácticas y los diferentes tipos de recolección de la información caracterización se pudo determinar que, en la Gobernación del Tolima no existe una guía o manual donde se describa y sugieran controles para el proceso de horas extras, una vez entrevistados a los funcionarios encargados de la nómina en la Dirección de Talento Humano, se concluyó que, como tal no hay un proceso y procedimiento ordenado de las horas extras sobre todo en la Secretaría Administrativa Central, mientras que en la Secretaría de Salud existe una mejor organización y control de dicho proceso. Siendo así una dificultad para la Dirección de Talento Humano controlar este proceso, provocando que este sea registrado en el mapa de riesgo de corrupción de la Gobernación del Tolima, por la falta de documentación del proceso y así mismo de ejercer control sobre este, presentándose posibles casos de corrupción y atraso en los procesos de nómina según lo que comentan los funcionarios, el problema se fundamenta en que no hay un proceso plasmado el cual los empleados se rijan al momento de solicitar su autorización, certificación y pago de horas extras. Según el (Decreto 1042 , 1978), articulo 36: . ‘’El trabajo suplementario deberá ser autorizado previamente, mediante comunicación. escrita, en la cual se especifiquen las actividades que hayan de desarrollarse.’’ . ‘’El reconocimiento del tiempo de trabajo suplementario se hará por resolución motivada.’’ Por otra parte, cabe resaltar que en la Secretaria Administrativa Central no sucede así, se. hayo un desorden en su proceso, pues primero se liquidan las horas que el empleado realizo pasando así un oficio firmado por Secretario encargado u Ordenador del Gasto para dar Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(10) 10 trámite al pago, anexo a las actividades que realizo. Según el Decreto Interno de la Secretaria Administrativa Central, se deben pasar el oficio para dicha liquidación los primeros 5 días hábiles de cada mes, pero en su proceso lo llegan a llevar hasta 10 días hábiles después. Esto hace que no solo se atrase o se estanque el pago de horas extras mes a mes, sino también pagar la nómina total y así mismo dar paso del pago a Presupuesto. En la Secretaria de Salud, primero pasan la carta donde se autoriza las horas extras y las actividades que realizara dicha persona, luego se realiza una certificación firmada por el Jefe inmediato y la Resolución Motivada para la liquidación de horas extras, se pasa a nómina y como último paso se liquidan dichas horas. En el caso de la Secretaria de Educación y Cultura, tiene un control más monitoreado por mencionarlo así, dado que maneja toda la parte de docentes, directivos docentes y funcionarios públicos que hacen parte de ella, siempre cada año lectivo tienen que planear las horas que se vayan a ejecutar llamándose así Proyecto de Horas Extras en cada colegio público, cuando se sube a la plataforma de Informe de labores y se revisa dicho proyecto sí cumple con todos los requisitos y normatividad, se da paso a subir el reporte de horas extras realizas al sistemas y así mismo rectificar que las horas que hayan autorizado estén acorde con las realizas para dar paso a su liquidación, todo esté control tiene manejo desde sus sistema, el cual se planean las horas extras, se autorizan, se verifican y así se liquidan. Mientras que se encontró un proceso mejor organizado en la Secretaria de Salud y en la Secretaria de Educación y Cultura para el proceso de horas extras, en la Secretaria Administrativa Central este proceso está sin ejercer control alguno, no se hayo controles para verificar si, por ejemplo: los colaboradores cumplen con dichas horas y actividades, si cuentan con los formatos adecuados para solicitar el trabajar en horas extras, el registro de tareas Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(11) 11 realizadas o hasta una asistencia, o si los Jefes Inmediatos controlan desde su aprobación y certificación de la necesidad de hacer trabajo fuera de la jornada laboral. A pesar de liquidar, verificar y controlar el valor de las horas extras mediante el sistema humano, se requiere estructurar el procedimiento a seguir para el reconocimiento y control de las horas extras. A lo anterior, se crea la pregunta siguiente ¿Se debe realizar un manual para diseñar la liquidación de horas extras y sugerir controles en la Gobernación del Tolima?, lo anterior para implementar en la entidad y así mismo mejorar su proceso, el cual ayudara a disminuir el ítem negativo en el que se encuentra la Dirección de Talento Humano en el mapa de riesgo de corrupción. 1.1. Objetivos. 1.1.1.. Objetivo General. Diseñar un manual para la liquidación y control de las horas extras en la Gobernación del Tolima. 1.1.2. . Objetivos Específicos. Diseñar el proceso para la liquidación y control de las horas extras a la Secretaria. Administrativa Central. . Diseñar el proceso para la liquidación y control de las horas extras a la Secretaria de. Salud. . Diseñar el proceso para la liquidación y control de las horas extras a la Secretaria de. Educación y Cultura. . Sugerir los controles para proceso de las horas extras para la Gobernación del Tolima Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(12) 12. 1.2. Justificación. El presente trabajo se realizará con la finalidad de diseñar un manual donde se documente el proceso de horas extras de las Secretaria Administrativa Central, Secretaria de Salud y Secretaria de Educación y Cultura, y así sugerir también controles para su mejora, con el objetivo de que los trabajadores se adapten a este nuevo método y de esta manera aumentar su eficiencia y eficacia en los procedimientos de La Gobernación del Tolima. Establecer un proceso adecuado para controlar el proceso general de las horas extras lograra que se disminuya la corrupción dentro de la entidad, esto permitirá crear una correcta organización para implementar técnicas que ayuden con este caso, que actualmente se está presentando en la Gobernación del Tolima, disminuyendo así las falencias que se dan entre los procedimientos que conforman a la entidad. Según el autor Robbins (1996) ‘’el control puede definirse como el proceso de regular actividades que aseguren que se están cumpliendo como fueron planificadas y corrigiendo cualquier desviación significativa" (pag.654). Así como lo menciona el autor, el control regula actividades que fueron planificadas para la corrección de los posibles inconvenientes que se producen durante cada sistema, por lo anterior es extremadamente útil e importante ejercer controles que ayuden a disminuir errores en cada procedimiento y paso que pertenecen al proceso de horas extras de la Gobernación del Tolima.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(13) 13 A lo anterior, es conveniente crear un manual para que en un futuro sea posible implementar un proceso de liquidación de horas extras con control y así mismo mejor organizado donde se refleje una eficaz, eficiente y transparente proceso. Los manuales son una herramienta y una base importante para el buen desarrollo de la organización, porque en ellos se ofrecerá la información que permite a los empleados realizar apropiadamente los procesos y procedimiento que componen a la empresa, con el fin de ofrecer una estructuración adecuada para que los procesos de la empresa y las funciones que realizan los empleados estén sincronizados para el cumplimiento de los objetivos.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(14) 14 2. Marco teórico 2.1. Mapa Conceptual. Figura 1. Mapa Conceptual Marco Teórico. Fuentes: Redacción propia Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(15) 15 Para hacer las cosas mejores para las organizaciones, para su crecimiento competitivo y ofrecer servicios y productos que contenga valor agradado para los clientes, es necesario la mejora de los procesos, pues diariamente las empresas están conformadas por actividades que tiene que llevar a cabo y debe ser afrontadas con acciones y controles. Por lo anterior, es preciso contar con un sistema de información, esto ayudara a tomar mejores decisiones y así determinar los puntos de mejora y control. El método que contribuirá a dicha mejora, es por medio de herramientas como la gestión de medición de los procesos. Toca tener en cuenta que el proceso de pago de horas extras, es un proceso de soporte que ayuda con el logro de los objetivos de las organizaciones, dado que hay funciones y actividades que requieres más tiempo y dedicación. Pero, en la Gobernación del Tolima no cuenta con un sistema de información donde se muestren por ejemplo el control de asistencia laboral de los funcionarios y algo que podría ser realmente útil para su control es un registro biométrico dactilar del personal, desde que ingresa a la entidad hasta su finalización de jornada. 2.2. Horas Extras Según la página (Actualizate, 2015) comenta ‘’que las horas extras hacen referencia al tiempo que un empleado labora como tiempo adicional a su jornada de trabajo habitual o contractual.’’ Por otra parte, (Prevencionar, 2017) comenta ‘’Hora extra es aquella hora que se trabaja adicional a las 8 horas diarias o a la jornada pactada entre las partes. Si en un día se trabajan 10 horas, y se ha pactado la jornada máxima legal (8 horas), entonces tendremos 2 horas extras, que son la que han superado el límite de las 8 diarias’’.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(16) 16 2.2.1.. Tipos de Horas Extras. Existen diferentes tipos de horas extras, los cuales se definirán a continuación 2.2.1.1.. Hora Extra Diurna. La hora extra diurna es la que se labora luego de la jornada laboral, y entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche. Es el típico horario de un trabajador de oficina que tiene una jornada diurna entre las 8 de la mañana y 6 de la tarde con el habitual descanso del medio día. Si este trabajador labora más allá de las 6 de la tarde y hasta las 9 de la noche, estamos ante una hora que es extra y es diurna. La hora extra diurna se paga con un recargo del 25% sobre el valor ordinario de la hora. Por ejemplo, si la hora ordinaria cuesta $10.000 la hora extra diurna costará $12.500 (10.000x1.25). (Gerencie, 2019). 2.2.1.2.. Horas Extras Nocturnas. El trabajo extra nocturno es aquel que cumple dos condiciones . Se labora luego de cumplida la jornada ordinaria. . Se laborar luego de las 9 de la noche y las 6 de la mañana del día siguiente. La hora extra nocturna se paga con un recargo del 75%, según el numeral 3 del artículo 168 del. código sustantivo del trabajo. Ejemplo: si la hora ordinaria cuesta $10.000 la hora extra nocturna costará $10.000 (10.000 x 1.75). (Gerencie, 2019). 2.2.1.3. Recargo Nocturno El recargo nocturno es aquel recargo que se paga al trabajador que desarrolla su jornada ordinaria en la noche, que en Colombia es entre las 9 de la noche y las 6 de la mana del día siguiente. En este caso no hay trabajo extra, sino simplemente un recargo por trabajar en horario nocturno. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(17) 17 Es el caso del trabajador que es contratado para hacer turnos nocturnos, y empieza su turno a las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana. Como se puede observar, sus 8 horas diarias las labora en la noche sin que se cause trabajo extra por cuanto no labora sino las 8 horas de ley. El recargo corresponde al 35% sobre la hora ordinaria, según lo estipula el numeral 1 del artículo 168 del código sustantivo del trabajo, es decir, que si la hora ordinaria vale $10.000, con el recargo nocturno valdrá $13.500. (Gerencie, 2019). 2.2.1.4.. Recargo Dominical o Festivo. El recargo dominical y festivo es aquel recargo al trabajador que por una u otra razón debe laborar un domingo o un festivo. Allí tampoco hay trabajo extra, pues se supone que laborar solamente las 8 horas de ley. El recargo por trabajar una jornada ordinaria en un domingo o festivo es del 75% sobre la hora ordinaria, por el sólo hecho de trabajar en esos días. Así lo dispone el artículo 179 del código sustantivo del trabajo. Por ejemplo, si la hora ordinaria vale $10.000, la hora dominical o festiva vale $17.500. (Gerencie, 2019). 2.2.1.5.. Hora Extra Diurna Dominical o Festiva. La hora extra diurna dominical o festiva se da cuando se cumplen las siguientes condiciones: . Se trabaja en un domingo o festivo.. . Se trabajan más de 8 horas diarias si esa es la jornada ordinaria. En este caso existen dos recargos individuales que se deben sumar:. . Recargo por trabajo extra diurno del 25%. . Recargo por trabajo dominical o festivo del 75%. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(18) 18 Los dos recargos sumados dan un total del 100% sobre el valor ordinario de la hora, de modo que si el valor ordinario de una hora trabajada es de $10.000, el valor de la hora extra dominical o festiva es del 200%. (Gerencie, 2019). 2.2.1.6.. Hora Nocturna Dominical o Festiva Nocturna. Para que se configure una hora dominical o festiva nocturna el trabajador debe cumplir dos condiciones: . Trabajar la jornada ordinaria en un domingo o un festivo. . Trabajar en horario nocturno (9pm – 6am) Tenga en cuenta que el domingo inicia luego de las 12 de la noche del sábado y que termina a las. 12 de la noche del domingo, pues luego ya será lunes, y el mismo criterio se tiene en cuenta para los festivos. Aquí concurren dos recargos que se acumulan: . Recargo dominical o festivo del 75%. . Recargo nocturno del 35% Esto nos da un recargo total del 110% sobre el valor ordinario de la hora. (Gerencie, 2019). 2.2.2.. Horas Extras En el Sector Publico Para Funcionarios Administrativos. ‘’La Legislación Laboral Colombiana permite una jornada de trabajo diaria, máximo de. ocho (8) horas, es decir, que las horas extras son aquellas que excedan dicha jornada laboral y por las cuales se debe recibir una remuneración especial.’’ (Actualizate, 2015). Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(19) 19 2.2.2.1.. Decreto Número 1042 De 1978 para los Permanentes Funcionarios. Administrativos Este decreto se aplica para los funcionarios administrativos los cuales hacen parte de la Gobernación del Tolima, como la Secretaria Central Administrativa, Secretaria de Salud y Secretaria de Educación y Cultura. Lo cual el Decreto 1042 , 1978 menciona lo siguiente: Artículo 33. De La Jornada De Trabajo. <Modificado en lo pertinente por los Artículos 1o. a 3o. del Decreto 85 de 1986; ver Nota de Vigencia. El texto original del artículo es el siguiente:> La asignación mensual fijada en las escalas de remuneración a que se refiere el presente Decreto, corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro horas semanales. A los empleos cuyas funciones implican el desarrollo de actividades discontinuas, intermitentes o de simple vigilancia podrá señalárseles una jornada de trabajo de doce horas diarias, sin que en la semana excedan un límite de 66 horas. Artículo 34. De La Jornada Ordinaria Nocturna. Se entiende por jornada ordinaria nocturna la que de manera habitual empieza y termina entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a. m. del día siguiente. . Sin perjuicio de lo que dispongan normas especiales para quienes trabajan por el sistema de. turnos, los empleados que ordinaria o permanentemente deban trabajar en jornada nocturna tendrán derecho a recibir un recargo del treinta y cinco por ciento sobre el valor de la asignación mensual. . No cumplen jornada nocturna los funcionarios que después de las 6:00 p.m. completan su jornada. diurna hasta con una hora de trabajo. Artículo 35. De Las Jornadas Mixtas. Sin perjuicio de lo dispuesto en normas especiales para los funcionarios que trabajen ordinariamente por el sistema de turnos, cuando las labores se desarrollen ordinaria o permanentemente en jornadas que incluyan horas diurnas y horas nocturnas, la parte del tiempo trabajado durante estas últimas se remunerará con el recargo del treinta y cinco por ciento, pero podrá compensarse con períodos de descanso.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(20) 20 Artículo 36. De Las Horas Extras Diurnas. <Artículo modificado por los Decretos anuales salariales>. Cuando por razones especiales del servicio fuere necesario realizar trabajos en horas distintas de la jornada ordinaria de labor, el jefe del respectivo organismo o las personas en quienes este hubiere delegado tal atribución, autorizarán descanso compensatorio o pago de horas extras. El. pago de horas extras o el reconocimiento del descanso compensatorio se sujetarán a los siguientes requisitos: . El empleo del funcionario que va a trabajarlas deberá tener una asignación básica mensual que no. exceda de diez mil pesos. "El empleo deberá pertenecer al nivel operativo, hasta el grado 17 del nivel administrativo y hasta el grado 39 del nivel técnico." . El trabajo suplementario deberá ser autorizado previamente, mediante comunicación escrita, en la. cual se especifiquen las actividades que hayan de desarrollarse. . El reconocimiento del tiempo de trabajo suplementario se hará por resolución motivada y se. liquidará con un recargo del veinticinco por ciento sobre la remuneración básica fijada por la ley para el respectivo empleo. . En ningún caso podrá pagarse más de 50 horas extras mensual Artículo 37. De Las Horas Extras Nocturnas. Se entiende por trabajo extra nocturno el que se. ejecuta excepcionalmente entre las 6:00 p.m. y las 6:00a.m. del día siguiente por funcionarios que de ordinario laboran en jornada diurna. Este trabajo se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento sobre la asignación básica mensual. Artículo 38. De Las Excepciones A Límite Para El Reconocimiento de Horas Extras. Las restricciones de tiempo y de monto total por concepto de horas extras de que trata el artículo 36, no se aplicarán respecto de los siguientes funcionarios: . Los empleados subalternos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público que tengan la. obligación de participar en los trabajos ordenados para la preparación y elaboración del Presupuesto de Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(21) 21 Rentas y Ley de Apropiaciones, su liquidación y las demás labores anexas al cierre e iniciación de cada vigencia fiscal. . Los auditores de impuestos. Artículo 39. Del Trabajo Ordinario En Días Dominicales Y Festivos. Sin perjuicio de lo que. dispongan normas especiales respecto de quienes presten servicio por el sistema de turnos, los empleados públicos que en razón de la naturaleza de su trabajo deban laborar habitual y permanentemente los días dominicales o festivos, tendrán derecho a una remuneración equivalente al doble del valor de un día de trabajo por cada dominical o festivo laborado, más el disfrute de un día de descanso compensatorio, sin perjuicio de la remuneración ordinaria a que tenga derecho el funcionario por haber laborado el mes completo. La contraprestación por el día de descanso compensatorio se entiende involucrada en la asignación mensual. Artículo 40. Del Trabajo Ocasional En Días Dominicales Y Festivos. <Artículo modificado por los Decretos anuales salariales> Por razones especiales de servicio podrá autorizarse el trabajo ocasional en días dominicales o festivos. Para efectos de la liquidación y el pago de la remuneración de los empleados públicos que ocasionalmente laboren en días dominicales y festivos, se aplicarán las siguientes reglas . Para que proceda el pago de horas extras y del trabajo ocasional en días dominicales y festivos,. así como el reconocimiento, cuando a ello hubiere lugar de descansos compensatorios de que trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios, el empleado deberá pertenecer al Nivel Técnico hasta el grado 09 o al Nivel Asistencial hasta el grado 19. . El trabajo deberá ser autorizado previamente por el jefe del organismo o por la persona en quien. éste hubiere delegado tal atribución, mediante comunicación escrita en la cual se especifiquen las tareas que hayan de desempeñarse. . El reconocimiento del trabajo en dominical o festivo se hará por resolución motivada. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(22) 22 . El trabajo ocasional en días dominicales o festivos se compensará con un día de descanso. remunerado o con una retribución en dinero, a elección del funcionario. Dicha retribución será igual al doble de la remuneración correspondiente a un día ordinario de trabajo, o proporcionalmente al tiempo laborado si éste fuere menor. . El disfrute del día de descanso compensatorio o la retribución en dinero, se reconocerán sin. perjuicio de la asignación ordinaria a que tenga derecho el funcionario por haber laborado el mes completo. . La remuneración por el día de descanso compensatorio se entiende incluida en la asignación. mensual. (Decreto 1042 , 1978). 2.2.2.2.. Decreto Número 199 de 2014 para Funcionarios Administrativos. A continuación, se mencionará los siguientes Artículos del Decreto 199 de 2014 para Funcionarios Administrativos: Artículo 14. Horas extras, dominicales y festivos. Para que proceda el pago de horas extras y del trabajo ocasional en días dominicales y festivos, así como el reconocimiento, cuando a ello hubiere lugar, de descansos compensatorios de que trata el Decreto 1042 de 1978 y sus modificatorios, el empleado deberá pertenecer al Nivel Técnico hasta el grado 09 o al Nivel Asistencial hasta el grado 19. Los Secretarios Ejecutivos del despacho de los Ministros, Viceministros, Directores y Subdirectores de Departamento Administrativo y los Secretarios Ejecutivos de Grado 20 en adelante que desempeñen sus funciones en los Despachos de los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Viceministros y Subdirectores de Departamento Administrativo, Secretarías Generales de Ministerios y Departamento Administrativo, tendrán derecho a devengar horas extras, dominicales y días festivos, siempre y cuando laboren en jornadas superiores a cuarenta y cuatro (44) horas semanales. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(23) 23 En los Despachos antes señalados solo se podrán reconocer horas extras máximo a dos (2) Secretarios a los que se refiere el inciso anterior. Parágrafo 1. Los empleados públicos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Departamento Nacional de Planeación que tengan la obligación de participar en trabajos ordenados para la preparación y elaboración del presupuesto de rentas y la ley de apropiaciones, su liquidación y demás labores anexas al cierre e iniciación de cada vigencia fiscal, podrán devengar horas extras, dominicales y festivos, siempre y cuando estén comprendidos en los niveles asistencial, técnico y profesional. En ningún caso podrá pagarse mensualmente por el total de horas extras, dominicales y festivos más del cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual de cada funcionario. Parágrafo 2. El límite para el pago de horas extras mensuales a los empleados públicos que desempeñen el cargo de Conductor Mecánico en las entidades a que se refiere el presente decreto, será de cien (100) horas extras mensuales. En todo caso la autorización para laborar en horas extras solo podrá otorgarse cuando exista disponibilidad presupuestal. (Decreto 199 , 2014). 2.2.3.. Secretaria Administrativa Central. La Secretaria Administrativa Central es aquella que se encarga de liquidar las horas extras y tener controles sobre el resto de las otras Secretarias que conforman a la Gobernación del Tolima, excepto la Secretaria de Salud y de Educación y Cultura, el cual tienen su propio grupo de nómina, que se encarga del proceso de horas extras. A lo anterior, se mencionará como está actualmente el proceso de horas extras, el cual se encontró una desorganización en el proceso y al mismo tiempo la falta crear controles para la elaboración y pago de las horas extras.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(24) 24 . Los funcionarios de la Gobernación de Tolima, lo primero que hacen es laborar horas. extras. . Los funcionaros tiene la responsabilidad de realizar la solicitud y la certificación de que. sí laboraron horas extras, el cual su Jefe Inmediato deben firmar. . Cuando se realizan los formatos anteriores, se anexa dicha solicitud y certificación, junto. a otros documentos el cual cada funcionario realiza o crean, dado que no hay formatos estándar para ello, donde contiene los siguientes datos  Cantidad de horas realizadas  Fecha de las horas realizadas  Actividades realizadas  Hora en que se desarrolló dichas actividades  Nombre Completo y datos personales  Tipos de Horas Extras . Entregan y se radican los formatos realizados a la Secretaria Ejecutiva del Despacho de la. Secretaria Administrativa, el cual se encarga de pasar el oficio al Ordenador del Gasto o Secretario Encargado para darle tramite al pago de las horas extras . Luego de firmar los documentos, se pasa a la nómina de la Dirección de Talento. Humano, se recibe y radica la entrega de los documentos, a esto el Grupo de Nómina procede a pre liquidar las horas extras y así mismo revisar documentos revisados y la nómina . Al ver que no hay inconsistencia y/o se corrigen, se incluyen en la nómina, y se elabora la. resolución motivada donde se evidencia que se les pagaron las horas extras a los funcionarios. . Se tramita firmas para el pago de nómina y se radica en la ventanilla de presupuesto.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(25) 25 2.2.4.. Secretaria de Salud. A comparación de la Secretaria Administrativa Central, la Secretaria de Salud tiene un poco más controlado y organizado su proceso de horas extras, dado que por ejemplo si no le pasan la Resolución Motivada a la persona encargada de liquidar las horas, no dará paso a dicho trámite. Aunque los funcionarios crean sus propios formatos, y no hay formatos estándar generales. Se controla no solo a la hora de liquidar las horas, sino también cuando se reciben los documentos se revisan para que no contenga ninguna fallas o toque hacer correcciones. . El primer paso para el proceso de horas en la Secretaria de Salud, se pasa la solicitud para. trabajar horas extras, el cual el jefe inmediato se encarga de autorizar o no. . Los funcionarios de la Secretaria de Salud se encargan que realizan las horas extras y. crear el certificado de horas extras, para que el jefe inmediato firme y certifique que realizaron dichas horas. . Los funcionarios deben realizar sus formatos, donde enuncie todos los datos. correspondientes:  Cantidad de horas realizadas  Fecha de las horas realizadas  Actividades realizadas  Hora en que se desarrolló dichas actividades  Nombre Completo y datos personales  Tipos de Horas Extras. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(26) 26 . El profesional universitario encargado de la Red de Urgencias Cruet, realiza los formatos. correspondientes de los funcionarios que pertenecen a esta dependencia con todos sus datos e información necesaria, y el Director revisa dichos formatos. . Luego se envían los documentos por vía correo, donde cada funcionario anexa la. certificación de horas extras y los documentos realizado, mientras que en el Cruet el Profesional Universitario envía dichos documentos a la Secretaria Ejecutiva de la Secretaria de Salud. . Una vez recibido los documentos completos por vía correo, la Secretaria Ejecutiva se. encarga de realizar la Resolución Motiva, imprimir los documentos recibidos y anexar la resolución motivada el cual el Ordenador de Gasto o Secretaria Encargado firma para dar trámite a la liquidación, para llevar al grupo de nómina de la Secretaria de Salud, para dar paso al pago de horas extras. . Luego de firmar los documentos, se pasa a la nómina de la Dirección de Talento. Humano, se recibe y radica la entrega de los documentos, a esto el Grupo de Nómina procede a pre liquidar las horas extras y así mismo revisar documentos revisados y la nómina . Al ver que no hay inconsistencia y/o se corrigen, se incluyen en la nómina, y se elabora la. resolución motivada donde se evidencia que se les pagaron las horas extras a los funcionarios. . Se tramita firmas para el pago de nómina y se radica en la ventanilla de presupuesto.. 2.2.5.. Secretaria de Educación y Cultura. Según lo manifiesta la autora Izquierdo (2016) La aplicación de la normatividad vigente frente al procedimiento para la autorización, reconocimiento y pago de horas extras para el personal docente y directivo docente (coordinador) que. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(27) 27 labora en las Secretarías de Educación y que se financia con cargo a los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) para Educación dentro del marco legal que le sea aplicable.. 2.2.5.1.. Decreto Número 1092 del 26 de Mayo De 2015 de los Servidores Públicos. Docentes y Directivos Docentes. Cabe resaltar, que en la Gobernación del Tolima no solo se aplica el Decreto1042 de1978 a funcionarios administrativos, sino que también a Docentes y Directivos Docentes se le pagan horas extras, el cual se menciona a continuación por medio del Decreto 1902 del 26 de Mayo de 2015: Artículo 14. Servicio Por Hora Extra. El servicio por hora extra efectiva de sesenta (60) minutos cada una, es aquel que asigna el rector o director rural a un docente de tiempo completo por encima de las treinta (30) horas semanales de permanencia en el establecimiento educativo, que constituyen parte de la jornada laboral ordinaria que le corresponda, según las normas vigentes. Estas horas extras solamente procederán cuando la atención de labores académicas en el aula, no pueda ser asumida por otro docente dentro de su asignación académica reglamentaria. . El rector solamente podrá asignar horas extras a un directivo docente - coordinador por encima de. las ocho (8) horas diarias que deberá permanecer en la institución y solamente para la atención de funciones propias de su cargo. Para el coordinador, el servicio por hora extra no procederá para atender asignación académica. . No procede la asignación y reconocimiento de horas extras para el rector o director rural. establecimiento educativo. . El servicio de hora extra que se asigne a un docente de tiempo completo o a un directivo docente. - coordinador no podrá superar diez (10) horas semanales en jornada diurna o veinte (20) horas semanales tratándose de jornada nocturna. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(28) 28 . Para asignar horas extras, el rector o director rural deberá solicitar y obtener la autorización y la. disponibilidad presupuestal expedida por el funcionario competente de la entidad territorial certificada. Sin el cumplimiento de este requisito, el rector o director rural no puede asignar horas extras. . Cuando por motivo de incapacidad médica, licencia por maternidad, o licencia no remunerada se. generen vacantes temporales que no puedan ser cubiertas mediante nombramiento provisional, habrá lugar a la asignación de horas extras para la prestación del servicio correspondiente, las cuales se imputarán a la disponibilidad presupuestal expedida para el pago de la nómina de la planta de personal docente; en consecuencia, no requieren la expedición de nueva disponibilidad presupuestal. . En ningún caso, la autoridad nominadora podrá autorizar horas extras en el acto administrativo de. nombramiento de un docente o directivo docente o en otro acto relativo a situaciones administrativas. Artículo 15. Valor Hora Extra. A partir del 1° de enero de 2015, el valor de la hora extra de sesenta (60) minutos es el que se fija a continuación, dependiendo del correspondiente grado en el escalafón: a. Según el grado que los docentes acrediten en el escalafón Figura 2. Según el grado que los docentes acrediten en el escalafón.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(29) 29 b. Para docentes no escalafonados: Figura 3.Según el grado que los docentes acrediten en el escalafón.. Artículo 16. Pago De Horas Extras. El reconocimiento y pago de las horas extras asignadas a un docente o directivo docente - coordinador procederán únicamente cuando el servicio se haya prestado efectivamente. . Para efectos del pago, el rector o el director rural del establecimiento educativo deberá reportar a. la Secretaría de Educación de la entidad territorial certificada, en los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente, las horas extras efectivamente laboradas. (Decreto 1092 , 2015). 2.2.5.2.. Decreto Número 1116 Del 27 de Mayo de 2015 de los Servidores Públicos. Docentes y Directivos Docentes. Artículo 9°. Valor Hora Extra. A partir del 1° de enero de 2015 el valor de la hora extra de sesenta (60) minutos es el que se fija a continuación, dependiendo del correspondiente grado en el escalafón: (Decreto 1116, 2015). Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(30) 30 Figura 4. Grado en el escalafón. 2.2.6.. Horas Extras en el Sector Privado. Aunque en el Sector Publico se maneja de manera diferente las horas extras al Sector Privado, para que una empresa privada labore horas extras, deben solicitar una autorización por del Ministerio del Trabajo, lo que a continuación menciona el autor Mosquera (2019): ¿Se requiere de alguna autorización para que los trabajadores de una empresa laboren horas extras? R: Si. Se debe solicitar autorización al Ministerio del Trabajo. Norma General. Un Empleador ni aún con el consentimiento expreso de los trabajadores podrá laborar horas extras sin contar con la autorización especial del Ministerio del Trabajo, mientras no haya tal autorización no se podrá exceder la jornada máxima legal de trabajo. Artículo 2.2.1.2.1.1 Decreto 1072 de 2015. Consecuencia Legal. Trabajar horas extras sin la autorización requerida da lugar a sanciones de conformidad con las normas legales.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(31) 31 Autorización Límite. La autorización de Ministerio solo podrá otorgarse para laborar dos (2) horas extras diarias y doce (12) semanales ya sean diurnas o nocturnas. Artículo 22, Ley 50 de 1990. Requisitos De La Solicitud. El Ministerio del Trabajo ha establecido los siguientes: . Solicitud suscrita por el empleador, dirigida al Director Territorial del domicilio principal de la. empresa, indicando los lugares donde se requiere laborar horas extras, las razones claras que justifican la petición y la vigencia requerida que en todo caso no podrá ser superior a un año. 1). Relación de actividades (cargos) para los cuales solicita la autorización.. 2). Certificación expedida por la ARL a la cual la empresa se encuentra afiliada especificando:. a). Las exigencias de carga física, psicosocial y demás riesgos para los cargos que requieren. trabajar horas extras. b). Evaluación donde establezca a manera general si los trabajadores que desempeñen los cargos. que requieren trabajar horas extras, por este hecho se verían afectados por las exigencias de carga física, psicosocial y demás riesgos (Tomando como referencia los programas de vigilancia epidemiológica). c). Existencia en la empresa solicitante de programas de vigilancia epidemiológica de factores de. riesgo, relacionados con las actividades laborales para las que se está solicitado autorización de horas extras . Manifestación expresa sobre la existencia o no de la organización sindical en la empresa. En caso. de existir deberá aportar nombre y dirección. . Manifestación expresa sobre la existencia o no de Pactos o Convenciones Colectivas en caso de. contar con alguno, y anexar la parte pertinente del mismo donde se estableció la jornada laboral, el horario de trabajo y el trabajo suplementario. . Copia del depósito en caso de tener Pacto o Convención Colectiva.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(32) 32 . Conformación del COPASS O Vigía ocupacional y dos últimas actas con evidencias de su debido. funcionamiento. . Copia de la Resolución del Reglamento de Trabajo y parte pertinente al horario que está aprobado. en el mismo reglamento y Circular de acuerdo con la Ley 1429 de 2010. . Certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor de un mes. En caso de. requerir autorización para otras ciudades diferentes a la principal anexar la respectiva Cámara de Comercio. Concepto Del Sindicato. Si hubiere sindicato o sindicatos en la empresa, Mintrabajo les solicitará concepto acerca de los motivos expuestos por el empleador y les notificará de ahí en adelante todas las providencias que se profieran. Publicidad. Copia de la solicitud se debe fijar en todos los lugares o establecimientos de trabajo por lo menos hasta que sea decidido lo pertinente por el Ministerio. Concedida la autorización o denegada el empleador debe fijar copia de la providencia en los mismos sitios antes mencionados. Artículo 2.2.1.2.1.1 Decreto 1072 de 2015. Termino De La Autorización. Según lo establecido en el anexo técnico administrativo del Mintrabajo, no podrá superar un (1) año y una vez vencida deberá hacerse nueva solicitud. El acto administrativo que resuelve la petición debe ser notificado a la empresa y a la organización (es) sindical (es), de ser el caso. Recursos. El sindicato o sindicatos que hubiere tendrán derecho, al igual que el empleador a hacer uso de los recursos legales contra la decisión del Mintrabajo.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(33) 33 Obligaciones Del Empleador. . Llevar diariamente por duplicado un registro del trabajo suplementario de cada trabajador, en el. que se especifique: nombre de este, edad, sexo, actividad desarrollada, número de horas laboradas con indicación si son diurnas o nocturnas y la liquidación de la sobre remuneración correspondiente. Artículo 2.2.1.2.1.2 Decreto 1072/2015 . El duplicado de tal registro entregarlo diariamente por el empleador al trabajador firmado por. aquel o su representante. Si el empleador no cumpliere con estos requisitos se le revocara la autorización No Se Requiere Autorización. Se podrá superar la jornada legal sin autorización legal: . Por fuerza mayor o caso fortuito.. . Amenazar u ocurrir algún accidente.. . Trabajos de urgencia en las maquinas o dotación.. . Pero solo se permite el trabajo en la medida necesaria para evitar que la marcha normal del. establecimiento sufra una perturbación grave. Artículo 2 del Decreto 13 de 1967 y artículo 2.2.1.2.1.3 Decreto 1295. Mosquera (2019). 2.2.6.1.. Código Sustantivo del Trabajo. La ley que menciona el trabajar horas extras, a los empleados del Sector Privado es el Código Sustantivo del Trabajo, el cual se mencionaran los siguientes artículos para conocer más: Artículo 4. Servidores Públicos. Las relaciones de derecho individual del Trabajo entre la Administración Pública y los trabajadores de ferrocarriles, empresas, obras públicas y demás servidores del Estado, no se rigen por este Código, sino por los estatutos especiales que posteriormente se dicten. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(34) 34 Artículo 159. Trabajo Suplementario. Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal. Artículo 160. Trabajo Ordinario Y Nocturno: Articulo Modificado Por El Artículo 25 De La Ley 789 De 2002. Diario Oficial 45046 Del 27/12/02. 1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.). 2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.) y las seis horas (6:00 a.m.). Texto original del código sustantivo del trabajo. Artículo 160. Trabajo Diurno Y Nocturno. 1. Trabajo diurno es el comprendido entre las seis horas (6 a.m.) y las dieciocho (6 p.m.). 2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las dieciocho horas (6 p.m.) y las seis (6 a.m.). Artículo 161. Duración. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana. Artículo 164. Descanso En La Tarde Del sábado. Pueden repartirse las cuarenta y ocho (48) horas semanales de trabajo ampliando la jornada ordinaria hasta por dos (2) horas, por acuerdo entre las partes, pero con el fin exclusivo de permitir a los trabajadores el descanso durante todo el sábado. Esta ampliación no constituye trabajo suplementario o de horas extras. Artículo 165. Trabajo Por Turnos. Cuando la naturaleza de la labor no exija actividad continuada y se lleve a cabo por turnos de trabajadores, la duración de la jornada puede ampliarse en más de ocho (8) horas, o en más de cuarenta y ocho (48) semanales, siempre que el promedio de las horas de trabajo calculado para un período que no exceda de tres (3) semanas, no pase de ocho (8) horas diarias ni de cuarenta y ocho (48) a la semana. Esta ampliación no constituye trabajo suplementario o de horas extras. Artículo 167-B. Límite Del Trabajo Suplementario. En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales. Cuando la jornada Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(35) 35 de trabajo se amplíe por acuerdos entre empleadores y trabajadores a diez (10) horas diarias, no se podrá en el mismo día laborar horas extras Artículo 179. Remuneración: Modificado por el Artículo 26 de la Ley 789 de 2002. Diario Oficial 45046 del 27/12/02.. . El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por. ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas. . Si con el domingo coincide otro día de descanso remunerado solo tendrá derecho el. trabajador, si trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior. . Se exceptúa el caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales previstas en el. artículo 20 literal c) de la Ley 50 de 1990. . Parágrafo 1°. El trabajador podrá convenir con el empleador su día de descanso. obligatorio el día sábado o domingo, que será reconocido en todos sus aspectos como descanso dominical obligatorio institucionalizado. . Interprétese la expresión dominical contenida en el régimen laboral en este sentido. exclusivamente para el efecto del descanso obligatorio. Las disposiciones contenidas en los artículos 25 y 26 se aplazarán en su aplicación frente a los contratos celebrados antes de la vigencia de la presente ley hasta el 1º de abril del año 2003. . Parágrafo 2°. Se entiende que el trabajo dominical es ocasional cuando el trabajador. labora hasta dos domingos durante el mes calendario. Se entiende que el trabajo dominical es habitual cuando el trabajador labore tres o más domingos durante el mes calendario. . El trabajo en domingo o días de fiesta se remunera con un recargo del ciento (100%). sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas sin perjuicio del salario ordinario a que tengan derecho el trabajador por haber laborado la semana completa. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(36) 36 . Si con el domingo coincide otro día de descanso remunerado solo tendrá derecho el. trabajador, si trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior. . Se exceptúa el caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales previstas en el. artículo 20 literal c) de esta ley. (Codigo Sustantivo del Trabajo, 1951) 2.2.6.2.. Ley 1846 del 18 de Julio de 2017. Por medio de la Ley 1846 del 18 de Julio de 2017, se modificó los siguientes artículos:. Artículo 160. Trabajo Diurno y Nocturno. . Trabajo diurno es el que se realiza en el periodo comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y. las veintiuna horas (9:00 p. m.). . Trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las veintiún horas (9:00 p.. m.) y las seis horas (6:00 a. m.). Artículo 2o. El literal d) del artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, quedará así: d) El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. Así, el número de horas de trabajo diario podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana teniendo como mínimo cuatro (4) horas continuas y como máximo hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la Jornada Ordinaria de 6. a. m. a 9 p. m. Artículo 4o. La presente ley rige a partir de su promulgación, modifica en lo pertinente los artículos 25 y 51 de la Ley 789 de 2002 que a su vez modificara los artículos 160 y 161 del Código Sustantivo del Trabajo, y demás disposiciones que le sean contrarias. (Ley 1846, 2017). Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(37) 37 2.3. Proceso (ISO 9000, 2015) define proceso como ‘’Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales transforman elementos de entrada en resultados’’. Para el logro de las metas de las entidades, requiere de una integración de su sistema con sus procesos, pues ahora en día las empresas buscan implementar procesos que ayuden aumentar la eficiencia, el desarrollo de la productividad y la misma competitividad, para generar un valor diferente y de calidad para sus clientes, para que sea distinguido en el mercado. Estrada (1994) afirma que, ‘’ El éxito de una empresa depende del éxito de sus procesos. automatizar ineficiencia solo ahora las compañías han comenzado a pensar en términos de procesos y a comprender los problemas de la organización funcional’’. 2.4. Procedimiento Según Melinkoff (1990) ‘’Los procedimientos consisten describir detalladamente cada una de las actividades a seguir en un proceso laboral, por medio del cual se garantiza la disminución de errores" Desde otro punto de vista Según Biegler (1980)" Los procedimientos representan la empresa de forma ordenada de proceder a realizar los trabajos administrativos para su mejor función en cuanto a las actividades dentro de la organización".. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(38) 38 2.5. Manual Según manifiesta Torres (2017): Los manuales son un instrumento importante en la administración, pues persiguen la mayor eficiencia y eficacia en la ejecución del trabajo asignado al personal para alcanzar los objetivos de cualquier empresa, así como la de las unidades administrativas que lo constituyen. 2.5.1.. Manual de Proceso y Procedimientos. Los manuales ayudan a consolidar todas las tareas e información para implementar y ejecutar un proceso, pues de modo como lo menciona Ibañez (2008) : El Manual de Procesos y Procedimientos documenta la experiencia, el conocimiento y las técnicas que se generan en un organismo; se considera que esta suma de experiencias y técnicas conforman la tecnología de la organización, misma que sirve de base para que siga creciendo y se desarrolle.. El anterior Autor realiza una pregunta que es muy llamativa e importante, Ibañez (2008) dice: ¿Para qué documentar los procesos en la empresa? Cuando se documenta la tecnología, se contribuye a enfocar los esfuerzos y la atención de los integrantes de una organización hacia la mejora de los sistemas de trabajo y su nivel de competitividad. Ibañez (2008).. Esto ofrece elementos con el fin de obtener información para ser analizada por medio de la formulación de indicadores, que permitirán arrojar un porcentaje para el control sobre la ejecución de los sistemas, procesos, procedimientos y tareas.. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(39) 39 Según (Gerencia, 2015) comenta que una empresa que no cuente con un manual de procesos, corre el riesgo de: a). Que se confundan las responsabilidades.. b). Que no haya reglas.. c). Que no haya un control eficaz de las actividades.. d) Que no haya un procedimiento establecido. 2.5.1.1.. Etapas. 2.5.1.1.1.. Técnicas de Recolección de Datos. Una de las principales herramientas que nos ayudaran en la investigación es la observación directa y las encuestas. Según lo menciona Malhotra (2004): . La observación directa: Tiene la característica principal de ser un hecho irrepetible y el. evento debe ser registrado en el acto. . Le encuesta: las encuestas son entrevistas con un gran número de personas utilizando un. cuestionario prediseñado. Según el mencionado autor, el método de encuesta incluye un cuestionario estructurado que se da a los encuestados y que está diseñado para obtener información específica. Malhotra (2004). 2.5.1.1.2.. Identificación de Actividades. Según manifiesta Bergholz (2011) Los procesos vistos en más detalle son una secuencia de actividades o acciones que a su vez están constituidas por una serie de tareas. La diferenciación entre actividad y tarea puede ser arbitraria y el sentido que tiene es que permite definir responsabilidades, asociando a cada tarea o parte de la tarea un determinado recurso que debe realizarla. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(40) 40 Cuando las actividades y tareas están adecuadamente diseñadas, significa que están interrelacionadas e integradas en torno a un objetivo único y común, agregando valor al resultado final. Se dan siempre en un tiempo y espacio determinado y consumen recursos, sean éstos materiales o no materiales.. 2.5.1.1.3.. Diagrama de Flujo. Según Gomez (1997) comenta que : “El Flujograma o Fluxograma, es un diagrama que expresa gráficamente las distintas operaciones que componen un procedimiento o parte de este, estableciendo su secuencia cronológica” Según Chiavenato (1993) los flujogramas contienen la siguiente simbología: . El circulo; significa una operación (una etapa o una subdivisión del proceso). Una operación se. realiza cuando se crea, se altera, se aumenta o se sustrae algo. Ejemplo: emisión de un documento. . La flecha o pequeño círculo corresponde a un transporte o tarea de llevar algo de un lugar a otro.. Ocurre cuando un objeto, mensaje o documento es trasladado de un lugar a otro. . El cuadrado significa una inspección o control, ya sea de cantidad o de realidad. Es el acto de. verificar o fiscalizar sin que se realicen operaciones. Ejemplo: verificación de una firma.. . La letra D: representa una demora o retraso, ya sea por congestionamiento, distancia o por espera. de alguna provisión por parte de otra persona. Significa una espera o un desplazamiento por agenda o la llegada de alguna cosa de quien se dependa para proseguir el proceso. . El triángulo con el vértice hacia abajo o hacia arriba representa una interrupción casi definitiva o. muy prolongada. Puede ser un almacenamiento (cuando se trata de materiales) o que algo se archiva (cuando se trata de documentos).. 2.5. Control de Horas Extras El controlar las horas extras diarias de cada empleado no es tarea fácil y mucho menos el contabilizarlas y pagarlas, esto ha hecho que no exista un control en el proceso de pago de Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(41) 41 horas extras de la Gobernación del Tolima, además de que haya brechas entre el proceso, pues este no tiene una organización adecuada por lo tanto hace que el disminuir los índices de corrupción sea casi nulo, además de que para la Dirección de Talento Humano se le ha hecho difícil dedicar tiempo para documentar un procedimiento más estructurado y organizado, y al mismo tiempo siendo casi imposible ejercer control sobre él. Por ende, es fundamental crear control sobre las brechas que se han presentado en el proceso que como tal no existe, y así ayudar a la Dirección de salir del ítem negativo que lo encuadra en el plan de anticorrupción. Según la página (Control Laboral, 2017) afirman que: Controlar las horas laborales de todos los empleados mediante un sistema de registro supone un importante avance en labores administrativas dentro del departamento de RRHH, que podrá gestionar fácilmente las horas extraordinarias. Además, poder acceder en cualquier momento a los informes con los registros validados y firmados por los empleados, supone una cómoda ventaja ante una posible inspección, por no decir que evita posibles irregularidades e imprevistos.. 2.5.1.. Tipos de Controles. Existen diferentes de controles, los cuales se mencionan a continuación por la pagina Auditoria informática Notas Importantes: 2.5.1.1.. Control Preventivo. Controles Preventivos: Anticipan eventos no deseados antes de que sucedan. . Son más rentables. . Deben quedar incorporados en los sistemas. Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

(42) 42 . Evitan costos de corrección o reproceso Ejemplo: El software de seguridad que evita el acceso a personal no autorizado, para tratar de evitar. la producción de errores o hechos fraudulentos. (Cata Grajales, 2015). 2.5.1.2.. Control Detectivos. Controles Detectivos: Identifican los eventos en el momento en que se presentan. . Son más costosos que los preventivos. . Miden la efectividad de los preventivos. . Algunos errores no pueden ser evitados en la etapa preventiva. . Incluyen revisiones y comparaciones (registro de desempeño). . Conciliaciones, confirmaciones, conteos físicos de inventarios, análisis de variaciones, técnicas. automatizadas . Límites de transacciones, passwords, edición de reportes y auditoría interna. Ejemplo: Un programa de auditoría, para descubrir a posteriori errores o fraudes que no haya sido. posible evitarlos con controles preventivos. (Cata Grajales, 2015). 2.5.1.3.. Controles Correctivos. Controles Correctivos: Aseguran que las acciones correctivas sean tomadas para revertir un evento no deseado. . Acciones y procedimientos de corrección (la recurrencia).. . Documentación y reportes que informan a la Gerencia, supervisando los asuntos hasta que son. corregidos o solucionados. Ejemplo: Asesorar sobre el conocimiento de las normas. (Cata Grajales, 2015). Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercialCompartirIgual 4.0 Internacional..

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Figura 1. Mapa Conceptual Marco Teórico
Figura 2. Según el grado que los docentes acrediten en el escalafón.
Figura 3.Según el grado que los docentes acrediten en el escalafón.
Figura 4. Grado en el escalafón
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